Pd ssma 16 01 procedimiento emo

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Código: PD-SSMA-16-01 Versión:05 Fecha: 23 – Sep. -2014

PROCEDIMIENTO EXAMENES MEDICOS OCUPACIONALES

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1. OBJETIVO Dar cumplimiento de la legislación vigente en riesgos laborales y obtener información documentada de las condiciones de salud y trabajo de la población trabajadora de la organización, realizando valoraciones médicas de ingreso, periódicas y de egreso, con el principal propósito de establecer acciones que permitan el desempeño en forma eficiente de las labores sin perjuicio de su salud o la de terceros. 2. ALCANCE El presente procedimiento abarca a todo el personal que ingrese, permanezca o se retire de MAB INGENIERÍA DE VALOR. 3. DEFINICIONES Y ABREVIATURAS Accidente de trabajo: Todo suceso repentino que sobrevenga por causa o con ocasión del trabajo, y que produzca en el trabajador una lesión orgánica, una perturbación funcional o psiquiátrica, una invalidez o la muerte. Enfermedad laboral: Se considera enfermedad laboral la contraída como resultado de la exposición a factores de riesgo inherentes a la actividad laboral o del medio en el que el trabajador se ha visto obligado a trabajar. Riesgo: Es la materialización de un evento de características negativas que puede generar lesiones a las personas, daños a la propiedad y/o alteraciones del medio ambiente cuando fallan o dejan de operar los mecanismos de control. Historia laboral: Resumen de los puestos de trabajo en los que se ha desempeñado anteriormente el trabajador incluyendo sus riesgos, enfermedades laborales adquiridas o accidentes de trabajo que haya tenido. Vigilancia Epidemiológica: Proceso de seguimiento de un determinado factor de riesgo y de los efectos que en la salud del trabajador se pueda ocasionar. SST: Sistema de seguridad y salud en el trabajo 4 DESCRIPCION 4.1 EVALUACIÓN MÉDICA DE INGRESO


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Se realizará al ingreso del trabajador a la empresa; para determinar las condiciones de salud física, del trabajador en función de las condiciones de trabajo a desempeñar, acorde con los requerimientos de la tarea y perfil del cargo. Del mismo modo el profesiograma se actualizara periódicamente, con el fin de incluir los cargos nuevos de la organización o aquellos que hayan sufrido modificaciones. El Director de Recursos Humanos y/o el personal designado entregarán al trabajador previo a su contratación, la orden para la realización de las evaluaciones médicas de ingreso en el centro médico especializado contratado. Los exámenes requeridos por la organización, se encuentran contemplados en el profesiograma de MAB. Una vez realizados los exámenes, el proveedor de exámenes médicos ocupacionales envía el concepto de aptitud, en el cual se describen las condiciones de salud del trabajador. El Director de recursos humanos entregará a cada trabajador FR-SSMA-16-12 Notificación de recomendaciones médicas, esto para dar a conocer su condición de salud al ingreso a la organización y con el fin de que el trabajador tenga en cuenta las recomendaciones medicas descritas en el concepto de aptitud laboral. “No se permitirá el ingreso a la Empresa, de ningún trabajador sin el cumplimiento de este requisito”. 4.2 EVALUACION MÉDICA PERIÓDICA Evaluaciones médicas periódicas programadas. Se realizará con el propósito de evaluar la exposición a factores de riesgo e identificar de forma precoz posibles alteraciones del estado de salud, ocasionadas por el ambiente de trabajo con una periodicidad anual. El Director de Recursos Humanos y/o el personal designado entregarán al trabajador, la orden para la realización de las evaluaciones médicas periódicas en el centro médico especializado contratado. Los exámenes requeridos por la organización, se encuentran contemplados en el profesiograma de MAB. Una vez realizados los exámenes, el proveedor de servicio de exámenes médicos ocupacionales envía el concepto de aptitud, en el cual se describen las condiciones de salud del trabajador. El Director de recursos humanos entregará a cada trabajador FRSSMA-16-12 Notificación de recomendaciones médicas, esto para dar a conocer su condición de salud y con el fin de que el trabajador tenga en cuenta las recomendaciones medicas descritas en el concepto de aptitud laboral.


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Evaluaciones médicas periódicas por cambio de ocupación/ reubicación. Orientadas a garantizar que se mantengan en el trabajador las condiciones de salud física, mental y social acordes a las nuevas tareas y evitar que las nuevas condiciones de trabajo afecten su salud. Se realizaran cada vez que el trabajador cambie de ocupación/reubicación, siempre y cuando implique cambio de ambiente laboral, cambio de tareas o funciones, exposición a nuevos o mayores factores de riesgo. El Director de Recursos Humanos entregará al trabajador, la orden para la realización de las evaluaciones médicas en el centro médico especializado contratado. Los exámenes requeridos por la organización, se encuentran contemplados en el profesiograma de MAB. Una vez realizados los exámenes, el proveedor de servicio de exámenes médicos ocupacionales envía el concepto de aptitud, en el cual se describen las condiciones de salud del trabajador. El Director de recursos humanos entregará a cada trabajador FRSSMA-16-12 Notificación de recomendaciones médicas, esto para dar a conocer su condición de salud y con el fin de que el trabajador tenga en cuenta las recomendaciones medicas descritas en el concepto de aptitud laboral. En el caso, que sea necesario el cambio de ocupación/reubicación se realiza análisis ocupacional con el fin de evidenciar en qué cargo se puede ubicar la persona que requiera este traslado. 4.3 EVALUACION MÉDICA DE EGRESO Se realizaran a todos los trabajadores cuando se termine la relación laboral, con el fin de valorar y registrar las condiciones de salud en las que se retira el trabajador. La Empresa notificará por medio del FR-RH-12-18 Notificación examen de egreso a todos los trabajadores a través del Director QHSE y/o personal responsable durante la inducción, sobre el derecho a la toma sin ningún costo de esta evaluación médica. En Director de Recursos Humanos por medio del documento de terminación del contrato laboral o de aceptación de renuncia, informa al trabajador para que se realice la evaluación médica de egreso dentro de los cinco días siguientes a la fecha de retiro al centro médico establecido por la empresa. La decisión de realizarse los exámenes de egreso la toman los trabajadores. 4.4 EVALUACION MÉDICA POST INCAPACIDAD


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Se realizaran evaluaciones médicas cuando se identifiquen condiciones de salud que puedan verse agravadas o que puedan interferir en la labor o afectar a terceros. Las evaluaciones médicas post incapacidad se realizaran a personas que tengan incapacidades con un tiempo mayor a 30 días. El Director de Recursos Humanos y/o el personal designado entregarán al trabajador, la orden para la realización de las evaluaciones médicas en el centro médico especializado contratado. Los exámenes requeridos por la organización, se encuentran contemplados en el profesiograma de MAB. Una vez realizados los exámenes, el proveedor de servicio de exámenes médicos ocupacionales envía el concepto de aptitud, en el cual se describen las condiciones de salud del trabajador. El Director de recursos humanos entregará a cada trabajador FRSSMA-16-12 Notificación de recomendaciones médicas, esto para dar a conocer su condición de salud y con el fin de que el trabajador tenga en cuenta las recomendaciones medicas descritas en el concepto de aptitud laboral. 4.5 HISTORIA CLINICA OCUPACIONAL La historia clínica ocupacional, contiene y relaciona los antecedentes laborales y de exposición a factores de riesgo que ha presentado la persona en su vida laboral, así como resultados de mediciones ambientales y eventos de origen laboral. La historia clínica ocupacional es estrictamente confidencial y hace parte de la reserva laboral, por lo cual esta es recibida, resguardada y custodiada en el departamento de archivo del proveedor de exámenes médicos ocupacionales. Esta, solo es entregada al trabajador cuando él lo solicite o según lo descrito en la ley. 4.6 CASOS ESPECIALES El trabajador que comunique al Director de Recursos Humanos una dolencia y que esta sea, según el trabajador, con motivo del trabajo que este ejecutando, o se tenga sospecha de enfermedad laboral y/o los resultados de los exámenes médicos ocupacionales dictaminen sospechas de una enfermedad laboral, debe ser remitido mediante el FRSSMA-16-12 Notificación de recomendaciones médicas a su entidad promotora de salud (EPS), para su respectivo control y seguimiento. Si la EPS del trabajador dictamina “una posible enfermedad laboral”, ésta (la EPS) emite un comunicado enunciando el diagnóstico y los pasos a seguir tanto al trabajador como a la empresa, para iniciar con la administradora de riesgos laborales (ARL) el debido proceso de calificación.


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En el caso de que la ARL dictamine la enfermedad laboral, la organización debe solicitarle las recomendaciones médicas necesarias para que el trabajador desarrolle sus labores. Estas recomendaciones se remiten al trabajador mediante el FR-SSMA-16-12 Notificación de recomendaciones médicas y se realiza el seguimiento por parte de MAB INGENIERIA DE VALOR S.A. Después de la calificación de la ARL, se debe diligenciar el formulario de reporte de enfermedad laboral y remitirlo a la EPS con copia a la administradora de riesgos laborales. 5 ANEXOS FR-RH-12-18 Notificación examen de egreso FR-SSMA-16-12 Notificación de recomendaciones médicas Profesiograma


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