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Jurídico I
posibilidad de que la Dimar deje de encargarse de la investigación de los accidentes marítimos (Dec. 2324 de 1984), y pasen a conocimiento de otra autoridad. Esto en tanto que, por la experiencia y la fortaleza institucional, lo conveniente sería conservar tales facultades en la Dimar. Ahora, si lo que se pretende es crear una entidad adicional, ello solo agregaría duplicidades, más costos burocráticos y demoras innecesarias.
Por otra parte, en cuanto a los requisitos técnicos mínimos de seguridad, ya el país ha decidido contar con una Comisión de Regulación de Infraestructura y Transporte (Ley 1682 y Dec. 947 de 2014). En lugar de empezar a ensayar con una nueva entidad, convendría finalmente poner en marcha la Comisión.
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En cuarto lugar, otra de las propuestas en las bases para la consolidación de la red de infraestructura a nivel local, es la celebración de convenios solidarios con las Juntas de Acción Comunal para la construcción de vías terciarias.
6 https://www.cnp.gov.co/prensa/Paginas/Noticias/Recomendaciones-del-CNP-a-lasbases-del-Plan-Nacional-de-Desarrollo-2022-2026.aspx
7 https://www.mintransporte.gov.co/publicaciones/11235/ministro-detransporte-anuncio-las-prioridades-acciones-y-retos-de-la-cartera-para-losproximos-cuatro-anos/ buques de carga”. El Ministerio7 anunció que se realizarán inversiones por más de $145.000 millones para el mantenimiento de canales navegables en Barranquilla, Pinillos, Mompox y el Canal del Dique.
En materia portuaria convendría que el PND cree las reglas que permitieran e incentivaran a los actuales puertos a comprometerse con nuevas inversiones, bien porque se creen los instrumentos jurídicos que permitan extender los contratos, o bien porque se determinen otros incentivos o instrumentos para ello.
En tercer lugar, en las bases (p. 96) se anuncia que se hará una reforma institucional para contar con “una entidad encargada de la prevención de la siniestralidad, la investigación de accidentes, el registro de siniestros y definir los requisitos técnicos mínimos de seguridad en los modos férreo, portuario, marítimo y fluvial”.
Así, en el Plan podría estarse gestando la creación de una nueva entidad que, de manera similar a la Agencia Nacional de Seguridad Vial (Ley 1702), se encargue de la prevención de los siniestros en los modos férreo, portuario, marítimo y fluvial.
En cuanto a los accidentes marítimos, llama la atención la
Este modelo de contratación ya se encuentra regulado en la Ley 1551 de 2012 por el cual se autoriza a las entidades territoriales del orden departamental y municipal para celebrar este tipo de convenios con las juntas de acción comunal. Y, además, ya desde el Conpes 3857 de 2016 se realizó un diagnóstico de estas vías terciarias y se adoptaron políticas públicas para mejorarlas. La iniciativa, pues, es factible, si se tienen en cuenta los diagnósticos y limitaciones de esta figura.
Finalmente, en el modo fluvial el gobierno anunció que habrá inversiones de cerca de $1 billón en los próximos cuatro años para intervenir 207 instalaciones portuarias fluviales, que crearán más de 9.500 empleos y beneficiarán a más de 2 millones de personas; mientras que para la navegabilidad del río Magdalena se destinarán $2,02 billones.
Desde hace tiempo, con la expedición del Plan Maestro Fluvial en el 2015, se ha procurado dar mayor importancia a este modo. La frustrada licitación para la navegabilidad del río Magdalena en el 2022 debe servir para redoblar esfuerzos en el sector, para lo cual el PND debería contribuir.
En conclusión, aunque a la infraestructura se dedican breves líneas en los documentos preparatorios del PND, es claro que para conseguir los objetivos del gobierno en temas tan disímiles como la “paz total” o “potencia mundial de la vida”, la contribución de la infraestructura es enorme, y el Congreso debe propender por un PND que (i) favorezca la inversión pública y privada en el sector; (ii) retire barreras y obstáculos y (iii) facilite la preparación y presentación de nuevos proyectos y la continuidad de los buenos que estén curso.