JURÍDICO, DE SEGURIDAD Y NORMATIVIDAD

31 JULIO 2023
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PÁGINA 1 ASPECTOS JURÍDICOS
• MEDICINA PREVENTIVA EN EL TRANSPORTE.
• LINEAMIENTOS QUE REGULAN LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS AUXILIARES DE ARRASTRE, DE ARRASTRE Y SALVAMENTO Y DE DEPÓSITO DE VEHÍCULOS.
PÁGINA 5 NORMATIVIDAD
• AMPLIACIÓN DEL PLAZO PARA EL CIERRE DEL AEROPUERTO INTERNACIONAL “BENITO JUÁREZ” DE LA CDMX PARA EL TRANSPORTE AÉREO DE CARGA.
• SE REANUDAN PLAZOS Y TÉRMINOS POR PARTE DE LA COMISIÓN REGULADORA DE ENERGÍA (CRE)
• VERIFICACIÓN DE CONDICIONES FÍSICO-MECÁNICAS PARA TERMINACIÓN DE PLACAS 3 Y 4.
• REUNIÓN DE LA COMISIÓN DE SUSTENTABILIDAD Y CAMBIO CLIMÁTICO DE CONCAMIN.
• REUNIÓN DE LA COMISIÓN DE ENERGÍA DE CONCAMIN.
• SUBCOMITÉ DE NORMALIZACIÓN DE SEÑALAMIENTO Y DISPOSITIVOS DE SEGURIDAD VIAL.
• PROYECTO DE MODIFICACIÓN DE LA NORMA OFICIAL MEXICANA NOM-167-SEMARNAT-2017, QUE ESTABLECE LOS LÍMITES MÁXIMOS PERMISIBLES DE EMISIÓN DE CONTAMINANTES PARA LOS VEHÍCULOS AUTOMOTORES QUE CIRCULAN EN LAS ENTIDADES FEDERATIVAS CIUDAD DE MÉXICO, HIDALGO, ESTADO DE MÉXICO, MORELOS, PUEBLA Y TLAXCALA; LOS MÉTODOS DE PRUEBA PARA LA EVALUACIÓN DE DICHOS LÍMITES Y LAS ESPECIFICACIONES DE TECNOLOGÍAS DE INFORMACIÓN Y HOLOGRAMAS.
PÁGINA 10 SEGURIDAD
• INCIDENCIA DELICTIVA.
PÁGINA 14 ADUANAS
• SE EXTIENDE PRÓRROGA PARA SANCIONES CFDI – COMPLEMENTO CARTA PORTE.
• SE EXTIENDE PRÓRROGA FOLIO FISCAL CFDI – COMPLEMENTO CARTA PORTE EN COMERCIO EXTERIOR.
• PEDIMENTO DE IMPORTACIÓN TEMPORAL DE REMOLQUES, SEMIRREMOLQUES Y PORTACONTENEDORES.
• CAMBIO DE HORARIO EN LA ADUANA DE PIEDRAS NEGRAS.
• PUENTE GUADALUPE – MARCELINO SERNA.
• ACTUALIZACIÓN DE FORMATOS RELACIONADOS CON LA CERTIFICACIÓN OEA.
PÁGINA 17 ENLACE LEGISLATIVO
• INICIATIVAS DEL CONGRESO DE LA UNIÓN.
• PUNTOS DE ACUERDO DEL CONGRESO DE LA UNÍON.
PÁGINA 21 ¿SABÍAS QUÉ?
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DIRECCIÓN JURÍDICA Y DE GESTIÓN INSTITUCIONAL
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ASPECTOS JURÍDICOS
MEDICINA PREVENTIVA EN EL TRANSPORTE.

Reunión de CANACAR y Dirección General de Protección y Medicina Preventiva en el Transporte.
La Dirección General de Protección y Medicina Preventiva en el Transporte, recibió en reunión de trabajo al Ing. Miguel Ángel Martínez Millán, Presidente de CANACAR y a la Mtra. Claudia Sánchez Porras, Directora General de la misma Institución, a efecto de tratar asuntos relacionados con la Constancia Psicofísica y de los Terceros Autorizados.
La reunión se llevó a cabo el pasado 31 de julio de 2023 con el Dr. Guillermo García Pinto, Director General de Protección y Medicina Preventiva en el Transporte, se abordó principalmente los siguientes temas:
La Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes (SICT), cuenta con 47 unidades médicas propias en los Centros SICT del país.

La Dirección de Medicina en el transporte busca volver a ocupar un lugar preponderante en la atención de citas médicas para expedición de constancias psicofísicas.

En virtud de lo anterior, y para apoyar a CANACAR en dicho trámite, el Dr. García Pinto, señaló que hay instrucciones al Director Médico de que, para agilizar la obtención de la constancia, se reciban a los operadores y operadoras que así lo requieran sin cita en las unidades médicas.
Se busca retomar y dar seguimiento a exámenes médicos en operación para los operadores y operadoras del autotransporte federal de carga, tanto en alcoholimetría como toxicológicos.
Los Terceros autorizados únicamente tiene 10 citas por día, es por ello por lo que las citas en ocasiones se alargan con mucho tiempo.
Así también el Ing. Martínez Millán propuso que se pudiera aperturar que, algunas empresas transportistas que reúnan los requisitos, que para tal efecto señalen las disposi-
ciones y la Dirección de Medicina Preventiva en el transporte, adecuen consultorios dentro de sus empresas para emitir las constancias para sus operadores y operadoras y, con el tiempo para que otras empresas que así lo requieran.
En virtud de lo anterior, se busca que tanto la Dirección de Medicina Preventiva en el Transporte como las empresas transportistas den seguimiento a la salud de los operadores y operadoras, no únicamente cuando sea necesario renovar licencias de conducción, sino durante el año monitorear la salud de los trabajadores.


La Dirección de Medicina Preventiva en el Transporte, solicitó a CANACAR un informe de la problemática que se presenta en los Estados respecto a los operadores y operadoras que requieran citas para renovación de su licencia de conducir.
LINEAMIENTOS QUE REGULAN LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS AUXILIARES DE ARRASTRE, DE ARRASTRE Y SALVAMENTO Y DE DEPÓSITO DE VEHÍCULOS.
Fueron publicados en la página de Comisión Nacional de Mejora Regulatoria (CONAMER), los LINEAMIENTOS QUE REGULAN LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS AUXILIARES DE ARRASTRE, DE ARRASTRE Y SALVAMENTO Y DE DEPÓSITO DE VEHÍCULOS, los cuales los ha estado trabajando CANACAR, otras Cámaras y Asociaciones con la Dirección General de Autotransporte Federal (DGAF), a efecto de dar mayor certeza al Reglamento de la materia para la prestación de los servicios auxiliares.
Se considera principalmente lo siguiente:
Objeto.
Regular las condiciones para la prestación de los servicios auxiliares al autotransporte federal de arrastre, arrastre y salvamento y depósito de vehículos, estableciendo para ello las directrices y criterios que deberán ser considerados en la prestación de los servicios antes mencionados; adicionalmente, regular los medios a través de los cuales se elaborará la memoria descriptiva e inventario cuando el Sistema Informático de Registro de Servicios (SIRSE) presente fallas, intermitencias o baja tecnológica.

Ámbito de aplicación.
Los lineamientos son de orden público e interés social y rigen en las vías generales de comunicación y en las zonas federales.
Forma de elaboración de la memoria descriptiva e inventario. En caso de que se presenten fallas, intermitencias o baja tecnológica del servicio, atribuibles a la persona usuaria del sistema o al correcto y óptimo funcionamiento del SIRSE, la memoria descriptiva, así como el inventario, deberán realizarse de forma manual al momento de prestar el servicio, a través de los formatos que para tal efecto emita la Secretaría.

Captura de información en el SIRSE.
El usuario del sistema tendrá 3 días naturales contados a partir de la ausencia de conectividad o acceso al sistema, por causas atribuibles a esta o al correcto y óptimo funcionamiento del SIRSE, para cargar en el sistema los mismos datos que fueron proporcionados a través de los documentos que se hicieron de forma manual, en caso de que no realizarlo, se hará acreedor a la sanción establecida en el Reglamento.
Sujeción a las tarifas autorizadas máximas.
El cobro de los servicios que corresponda deberá sujetarse a las tarifas autorizadas máximas establecidas de conformidad con el artículo 50 del Reglamento, mismas que deberán constar en la memoria descriptiva que se elabore de forma manual.
Libre contratación del servicio.
La persona usuaria o interesada podrá elegir al permisionario, considerando en todo momento el rol de servicio previamente registrado y autorizado por la Secretaría, así también, la autoridad competente encargada de solicitar el servicio auxiliar correspondiente, lo hará de conformidad con el rol de servicio.

Imposición de las medidas preventivas.
La DGAF o los Centros SICT, que sean competentes para la recepción, tramitación y resolución de las quejas, podrán imponer al permisionario de grúas contra el que se tramite la queja, las medidas preventivas previstas en el artículo 81 del Reglamento, en la forma y en los casos siguientes:
Suspensión del Rol:
• Cuando no acredite la existencia del inventario correspondiente, que cumpla con todos los requisitos previstos en el Reglamento.

• Cuando no entregue el vehículo a la persona usuaria una vez que se ha otorgado la garantía correspondiente.
• Cuando no acredite la existencia de la orden de remisión emitida por autoridad competente y tenga en su poder el vehículo objeto de sus servicios que motivan la queja.
• Cuando sea evidente que está realizando cobros superiores a la tarifa autorizada, argumentando circunstancias de emergencia, fenómenos naturales, meteorológicos, acuerdo de voluntades, siniestros o cualquier otra causa.
Suspensión de trámites:
• Cuando omita de cualquier modo cumplir con el requerimiento o lo haga de manera deficiente, para que, dentro del plazo de quince días
hábiles contados a partir del día siguiente al de su notificación, justifique el cobro pretendido, presente la memoria descriptiva emitida a través del SIRSE y, en su caso, formule manifestaciones ofreciendo las pruebas que a su derecho corresponda.
• Cuando no presente dentro del plazo de quince días siguientes a haber sido notificado de la queja, la memoria descriptiva o la misma no contenga todos los elementos y requisitos previstos en el Reglamento.
• Cuando, habiendo sido debidamente citado, no comparezca a la audiencia de conciliación prevista en el Reglamento.
Se impondrán ambas medidas preventivas:
• En el momento que resulte acreditada la causa para su aplicación en los términos previstos en las dos fracciones anteriores, pudiendo aplicarse estas de manera sucesiva, y no necesariamente en el mismo acto, según resulte procedente.

• Cuando en el mismo año calendario tres o más quejas declaradas procedentes y se presente una nueva queja en su contra.
Cuantificación, efectos, aplicación y extinción de las consignaciones o garantías.
La consignación o garantía del valor del servicio tiene por objeto que la persona usuaria o interesada recupere de inmediato la posesión de su vehículo dejando debidamente garantizado el pago de los servicios. Al dictarse la resolución administrativa correspondiente al procedimiento de queja, y resulte acreditada, una vez que quede firme, la autoridad emitirá la orden correspondiente de pago de la cantidad total consignada o garantizada en favor de la persona usuaria o interesada que constituyó la garantía y dará inicio al procedimiento administrativo de sanción y/o revocación del permiso, según resulte procedente, contra la persona permisionaria.
Entrega de la memoria descriptiva.
El permisionario debe entregar de forma electrónica o impresa la memoria descriptiva a la persona usuaria o interesada una vez que se hayan concluido con los servicios y el vehículo se encuentre en el depósito permisionado.
La persona que reciba el vehículo deberá acreditar su interés jurídico o legítimo de conformidad con la constancia documental que acredite dicho interés.
En caso de contar con ella; o no acreditar su situación, personalidad o interés, deberá recibirla bajo protesta de decir verdad que ostenta asentando de manera autógrafa en la memoria descriptiva que para tal efecto emita la persona permisionaria, el tipo de interés, vinculo o relación jurídica que prevalezca en el caso en particular; esto con independencia de las responsabilidades civiles o penales a las que haya lugar.
NORMATIVIDAD
AMPLIACIÓN DEL PLAZO PARA EL CIERRE DEL AEROPUERTO INTERNACIONAL “BENITO JUÁREZ” DE LA CDMX PARA EL TRANSPORTE AÉREO DE CARGA.

Através de Circular de CANACAR, se informó que la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes publicó en el Diario Oficial de la Federación de fecha 7 de julio de 2023, el siguiente:
Decreto por el que se modifica el diverso que establece el cierre del Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México Benito Juárez, para las operaciones del servicio al público de transporte aéreo que se indica, publicado el 2 de febrero de 2023.
Para quedar como sigue: Los concesionarios y permisionarios que proporcionen el servicio al público de transporte aéreo, nacional e internacional regular y no regular exclusivo de carga, con la excepción prevista en el presente decreto, cuentan con un plazo máximo de 148 días hábiles (contados a partir del 2 de febrero de 2023), a partir de la entrada en vigor del presente Decreto, para reubicar sus operaciones fuera del Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México “Benito Juárez”.
Este Decreto entró en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
SE REANUDAN PLAZOS Y TÉRMINOS POR PARTE DE LA COMISIÓN REGULADORA DE ENERGÍA (CRE).
Se informó mediante Circular que debido a que la Organización Mundial de la Salud declaró la terminación de la emergencia de salud pública de importancia internacional provocada por el virus SARSCoV-2; y que, el Gobierno Federal con fecha 9 de mayo de 2023, publicó en el Diario Oficial de la Federación, el Decreto por el que se declara terminada la acción extraordinaria en materia de salubridad general, atendiendo a que la emergencia sanitaria mantiene una baja actividad en el ámbito mundial y se encuentra bajo control en nuestro país, por lo que han desaparecido las causas de emergencia de atención prioritaria.
La Comisión Reguladora de Energía (CRE), publicó en el Diario Oficial de la Federación del día 20 de julio de 2023, el Acuerdo Núm. A/023/2023, mediante el cual:
• Se dejan sin efectos los Acuerdos “A/001/2021 por el que se establece la suspensión de plazos y términos legales en la Comisión Reguladora de Energía, como medida de prevención y combate de la propagación del coronavirus COVID-19” y “A/004/2023 de la Comisión Reguladora de Energía por el que se reanudan los plazos y términos legales de manera ordenada y escalonada, que modifica el diverso A/001/2021 mediante el cual se establece la suspensión de plazos y términos legales, como medida de prevención y combate de la propagación del coronavirus COVID-19”.

• A partir de la entrada en vigor del presente Acuerdo, los plazos y términos legales en la Comisión se atenderán conforme a lo previsto en Ley.
Este Acuerdo entró en vigor el día 20 de julio y los plazos y términos legales serán atendidos considerando el orden de prelación, el interés público y la atención conforme a lo humanamente posible.
El documento completo se puede consultar en la dirección electrónica www.dof.gob.mx de fecha 20 de julio de 2023.
VERIFICACIÓN DE CONDICIONES FÍSICO-MECÁNICAS PARA TERMINACIÓN DE PLACAS 3 y 4.
En seguimiento a la Circular 001/2023, se les recordó a los afiliados de la Cámara que, en el mes de agosto de 2023, termina el plazo para la verificación anual de las unidades con terminaciones de placas 3 ó 4, recordándoles que el número que aplica es el que se muestra subrayado en los siguientes ejemplos:
27 3 -AA-8

78-AA- 3 C
02-AA-0 3
Los vehículos nuevos quedarán exentos de efectuar su verificación de condiciones físico–mecánica por un período de 2 años, contados a partir de la fecha de fabricación del vehículo siempre que se utilicen en configuración vehicular Camión Unitario (C), Camión Remolque (C-R), Tractocamión articulado (T-S).
Para el caso que utilicen unidades en configuraciones doblemente articuladas (T – S – R, T –S – S), tienen que cumplir con la disposición que señala en el numeral 6.1.2.2.1 de la Norma Oficial Mexicana NOM-012-SCT-2-2017, relativa al peso y dimensiones.
A fin de evitar la imposición de infracciones y retiro de la circulación de unidades, es necesario efectuar la verificación en los plazos que le corresponde
Nota: Para realizar la verificación, deberá presentar el dictamen del período anterior.
REUNIÓN DE LA COMISIÓN DE SUSTENTABILIDAD Y CAMBIO CLIMÁTICO DE CONCAMIN.
El día 12 de julio de 2023, se llevó a cabo en forma híbrida, la reunión de la Comisión de Sustentabilidad y Cambio Climático de CONCAMIN, contando en esta ocasión con la participación de Agencia Francesa de Desarrollo en México, de lo cual se tuvo lo siguiente:
• Esta organización tiene una Red Mundial de 115 países con 85 oficinas.

• Sus temas son la Biodiversidad, Desarrollo Agropecuario, Pesca Sostenible, Océanos y Agroecología.
• Está impulsando la Estrategia Nacional de Economía Circular, para ello, se requiere en primera instancia que se establezca en México una Legislación acerca de esta Economía y las disposiciones regulatorias que la complementen.
• Desde el 2014 ha estado proporcionando a nuestro país apoyos económicos a fondo perdido para el desarrollo de los temas que se mencionaron anteriormente.
• Esperan que para la próxima administración se pueda establecer formalmente un Consejo Consultivo que le dé seguimiento tanto a los apoyos económicos que se brindarán, así como al desarrollo y conclusión de los proyectos que se presenten.
• Actualmente se están haciendo estudios y análisis acerca de los productos genéticamente modificados y su incorporación a los mercados internacionales en diferentes productos de consumo.
• No se tienen resultados que mostrar de los proyectos en los cuales se les ha entregado apoyos económicos en el pasado.
• Otro tema de interés para la economía circular es el desarrollo de generadores de energía eléctrica que surta la demanda para la electromovilidad que se piensa avanzará a partir del2024.
REUNIÓN DE LA COMISIÓN DE ENERGÍA DE CONCAMIN.
El día 12 de julio de 2023, se llevó a cabo en forma virtual, la reunión mensual de la Comisión de Energía de la CONCAMÍN, iniciando con los temas de gas natural y electricidad, en la cual se tuvo lo siguiente:
• Con respecto al gas natural, el gas Waha subió 78 centavos de dólar con respecto al de Houston.
• Los precios del gas natural permanecerán estables sin incrementos que superen a un dólar
• Para la curva de futuros al 2030 se espera su máximo en el 2026.
• Los inventarios de gas natural se mantienen en un promedio de 5 años.

• La percepción que el gas en almacenes de EE. UU. no se congestionará este verano, al haber sustitución de carbón a gas, y un menor crecimiento en la producción de gas en la segunda mitad del 2023.
• Esto mantendrá a nuestro país estable en cuanto a este tipo de energético.
• Se presentaron preguntas con respecto a los controles volumétricos de los petrolíferos y del gas natural, en donde se les mencionó a los participantes que:
a) Deben tener controles volumétricos, toda vez que te encuentras en el supuesto establecido la fracción IV de la regla 2.6.1.2 de la Resolución Miscelánea que establece como obligadas a llevar controles volumétricos a las personas físicas o morales que transporten hidrocarburos o petrolíferos al amparo de un permiso de la Comisión Reguladora de Energía, incluyendo el transporte para usos propios.
b) Dentro del reporte de información de controles volumétricos deben registrar su carácter como “Usuario”. Fundamento legal: Artí-
culo 28, fracción I, apartado B del Código Fiscal de la Federación, Regla 2.6.1.2. de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2023 y Especificaciones Técnicas para la Generación del Archivo XML de Controles Volumétricos para Hidrocarburos y Petrolíferos y Especificaciones Técnicas para la Generación del Archivo JSON de Controles Volumétricos para Hidrocarburos y Petrolíferos.
• En el marco del Simposio Internacional de la Energía organizado por CANAME la comisionada de la CRE, Norma Leticia Campos, impartió la conferencia “El Futuro del Código de Red”. Dentro de su conferencia, además del tema del Código de Red, abordó como está conformado el Comité Consultivo de Confiabilidad y destacó que se incluyó el tema de electromovilidad.
• Comentó que considera que debe existir un marco regulatorio que establezca un plan tarifario para los vehículos eléctricos para incentivar la carga en horario de menor demanda, además de expresar su preocupación sobre la integración segura de cargadores de vehículos para las redes de baja tensión.

SUBCOMITÉ DE NORMALIZACIÓN DE SEÑALAMIENTO Y DISPOSITIVOS DE SEGURIDAD VIAL.

Se llevó a cabo la reunión en forma presencial el día 1º de agosto de 2023, teniendo lo siguiente:
• Informe del estado que guardan las Normas Oficiales Mexicanas NOM–034–SCT–2–2022, NOM-036-SCT-2–2023 y NOM–086–SCT–2–2023.
• Con respecto a la NOM–034–SCT–2–2022, referente al señalamiento vial, se informó que se recabará la firma del Subsecretario de la SEDATU y del Subsecretario de la SICT para enviarla a publicación al Diario Oficial de la Federación (DOF), esperando que se publique como Norma definitiva el mes entrante.
• Con respecto a las Normas NOM-036-SCT-2–2023, y NOM–086–SCT–2–2023, relativas a la señalización en obra y rampas de emergencia, se enviarán al enlace de la SICT con el DOF para la publicación de las respuestas a los comentarios enviados en el período de consulta pública.
• Continuando con el desarrollo del Anteproyecto de Norma Oficial Mexicana PROY NOM–03–SC –2–2023, referente a las plazas de cobro, se estable-
ció en las especificaciones de diseño que el diseño de las plazas de cobro está basado en factores cuantificables como la demanda y composición del tránsito, tipos de sistemas de cobro (abierto o cerrado), métodos de pago, disponibilidad del derecho de vía, infraestructura de agua, energía y comunicaciones.
• Las plazas de cobro troncales deben ubicarse a la mitad de una tangente horizontal de longitud igual a la suma del diamante de transición más dos (2) veces la longitud indicada en la tabla 1, de acuerdo con la velocidad de proyecto (para carreteras nuevas) o de operación (para carreteras existentes). Esta tangente horizontal deberá tener una pendiente longitudinal vertical máxima de más menos dos (± 2) por ciento.
• En caso de que la plaza de cobro troncal tuviera que ubicarse dentro de una curva horizontal, ésta deberá tener como máximo un grado de curvatura de un (1) grado (Radio = 1 145,92 m).
• Para definir la ubicación de una plaza de cobro se deberá considerar también el ancho del diamante de transición, las edificaciones necesarias, las obras de drenaje y la altura libre, con el fin de contar con el derecho de vía necesario.
• Las áreas de servicio tales como sanitarios, gasolineras, tiendas y estacionamiento, se deberán localizar al menos a un (1) kilómetro de distancia del diamante de transición.
PROYECTO DE MODIFICACIÓN DE LA NORMA OFICIAL MEXICANA NOM-167-SEMARNAT-2017, QUE ESTABLECE LOS LÍMITES MÁXIMOS PERMISIBLES DE EMISIÓN DE CONTAMINANTES PARA LOS VEHÍCULOS AUTOMOTORES QUE CIRCULAN EN LAS ENTIDADES FEDERATIVAS CIUDAD DE MÉXICO, HIDALGO, ESTADO DE MÉXICO, MORELOS, PUEBLA Y TLAXCALA; LOS MÉTODOS DE PRUEBA PARA LA EVALUACIÓN DE DICHOS LÍMITES Y LAS ESPECIFICACIONES DE TECNOLOGÍAS DE INFORMACIÓN Y HOLOGRAMAS.
Con respecto a este Proyecto, presentado a la Comisión Nacional de Mejora Regulatoria (CONAMER), por la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales el día 16 de junio de 2023, asignándole el Número de Expediente 04/0027/160623, la Cámara Nacional del Autotransporte de Carga (CANACAR), desarrollo una propuesta de comentarios al Análisis de Impacto Regulatorio con su consecuente propuesta de modificación en el Proyecto referenciado anteriormente, en el sentido de evitar la sobre regulación al autotransporte federal de carga, así como una aclaración al impacto económico que representa la emisión de esta regulación ya que se tienen que cubrir dos verificaciones que tienen los mismos límites y el mismo protocolo de prueba.
Asimismo, la Cámara Nacional del Autotransporte de Carga (CANACAR), desarrollo una propuesta de comentarios al Proyecto de Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-167-SEMARNAT-2023, que establece los límites máximos permisibles de emisión de contaminantes para los vehículos automotores que circulan en las Entidades Federativas Ciudad de México, Hidalgo, Estado de México, Morelos, Puebla, Querétaro y Tlaxcala; los Métodos de Prueba para la Evaluación de dichos Límites y las especificaciones de Tecnologías

de Información y Hologramas, publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 4 de julio de 2023, el cual establece que:

Es de observancia obligatoria para propietarios o legales poseedores de vehículos automotores que circulen en la Ciudad de México, Hidalgo, Estado de México, Morelos, Puebla, Querétaro y Tlaxcala que utilicen gasolina, diésel, gas licuado de petróleo, gas natural u otros combustibles alternos, incluidos los vehículos que presten cualquier tipo de servicio público, federal o local, así como cualquier tipo de servicio privado regulado por las leyes federales o locales en materia de autotransporte.
En el TRANSITORIO QUINTO establece que los vehículos automotores de autotransporte federal de carga, pasaje o turismo, en sus diversas modalidades y transporte privado federal, que circulen en las entidades federativas de la Ciudad de México, Hidalgo, Estado de México, Morelos, Puebla, Querétaro y Tlaxcala, deberán aplicar lo que señala la presente Norma Oficial Mexicana en los Centros de Inspección Vehicular y Unidades de Inspección, y bajo las consideraciones que se determinen en el Acuerdo de Coordinación que para tal efecto establezcan, a través de la Comisión Ambiental de la Megalópolis, la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes y los gobiernos de las entidades federativas señaladas. Debido al contenido de este Proyecto, CANACAR concluyó que se reconozca válida para esta Norma, la verificación de emisiones contaminantes que realizan los vehículos del autotransporte federal en apego a las disposiciones de la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes, por lo que NO deberán realizar una doble verificación de emisiones contaminantes en la Megalópolis, y evitar la sobre regulación.
SEGURIDAD
INCIDENCIA DELICTIVA.
El Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública (SESNSP) y la Fiscalía General de la República (FGR) reportan de manera mensual la incidencia de robo al transporte de carga que se presenta en nuestro país, en esta ocasión presentaremos el comportamiento de la incidencia del primer semestre de 2023 tanto del fuero común como del fuero federal.
INCIDENCIA DELICTIVA FUERO COMÚN Y FUERO FEDERAL

PRIMER SEMESTRE 2023
ESTADOS DE MAYOR INCIDENCIA FUERO COMÚN
PRIMER SEMESTRE 2023

ESTADOS DE MAYOR
INCIDENCIA FUERO FEDERAL
PRIMER SEMESTRE 2023


COMPARATIVO DE INCIDENCIA
FUERO COMÚN VS FUERO FEDERAL 2023
TOP 10 ESTADOS DE MAYOR INCIDENCIA
• El 93.09% de los eventos se denunciaron en estos 10 Estados.

• El 31.69% se denunció en el Estado de México

• EL 21.67% se denunció en el Estado de Puebla

ADUANAS
SE EXTIENDE PRÓRROGA PARA SANCIONES CFDI – COMPLEMENTO CARTA PORTE.
El 17 de julio del año en curso, se publicó en el portal del SAT la primera versión anticipada de la Sexta Resolución de Modificaciones a la Miscelánea Fiscal (RMF) para 2023, la cual establece lo siguiente:
• ÚNICO. Se reforma el Transitorio Décimo de la RMF para 2023, para quedar como sigue:
Décimo. Para los efectos de los artículos 29, último párrafo. 84, fracción IV, inciso d) y 103, fracción XXII del CFF, con relación a la Sección 2.7.7., se entiende que cumple con las disposiciones fiscales, aquellos contribuyentes que expidan el CFDI con complemento Carta Porte hasta el 31 de diciembre de 2023 y éste no cuente con la totalidad de los requisitos contenidos en los diversos “Instructivos de llenado del CFDI al que se incorpora el Complemento Carta Porte”, publicados en el Portal del SAT.
SE EXTIENDE PRÓRROGA FOLIO FISCAL CFDI – COMPLEMENTO CARTA PORTE EN COMERCIO EXTERIOR.
El 17 de julio del presente año, se publicó en el portal del SAT la primera versión anticipada de la Tercera Resolución de Modificaciones a las Reglas Generales de Comercio Exterior (RGCE) para 2023, la cual establece lo siguiente:
• ÚNICO. Se reforma el Transitorio Primero, fracción II de las RGCE para 2023, publicadas en el DOF el 27 de diciembre de 2022, para quedar como sigue:
“Primero. …
I. …
II. Las reglas 1.9.11., fracción I, inciso b), numeral 8; 2.4.12., fracción I, inciso f); 3.1.15., fracción V; 3.1.32., fracción VIII y penúltimo párrafo; 3.1.33., fracción I, inciso g), y 4.6.8., fracción II, inciso h), en lo relativo al folio fiscal del CFDI de tipo ingreso o tipo traslado, según corresponda, con complemento Carta Porte, será exigible a partir del 01 de enero de 2024.
PEDIMENTO DE IMPORTACIÓN TEMPORAL DE REMOLQUES, SEMIRREMOLQUES Y PORTACONTENEDORES.
La Agencia Nacional de Aduanas de México (ANAM) mediante boletín No. 14 informó que, derivado de los cuestionamientos que se han realizado respecto de la autenticidad del documento con el que comprueben la legal importación temporal del remolque, semirremolque y portacontenedor que transportan las mercancías, por no ostentar la firma autógrafa de algún funcionario y la certificación por impresora del sistema electrónico de cómputo, siendo víctimas de presuntos abusos de autoridades locales y federales del país.

Por lo anterior, la ANAM muestra un ejemplo del “Pedimento de Importación Temporal de Remolques, Semirremolques y Portacontenedores”, el cual es portado por los usuarios de comercio exterior y transportistas, para acreditar la legal estancia de los mismos en el territorio nacional, pedimento que es transmitido a las autoridades aduaneras, a través del sistema electrónico aduanero, en documento electrónico, con información referente a las mercancías empleando la firma electrónica avanzada o sello digital, generándose en su caso, el código de aceptación (su validación). Razones por las que carece y no se previene firma autógrafa de funcionarios o interesados y/o sellos de impresión de certificador manual.
CAMBIO DE HORARIO EN LA ADUANA DE PIEDRAS NEGRAS.
El 25 de julio del año en curso, se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF), la tercera modificación del Anexo 4 de las Reglas Generales de Comercio Exterior para 2022, en el cual se establecen los horarios de operación de las Aduanas del país, modificando lo siguiente:

PUENTE GUADALUPE – MARCELINO SERNA.
La Administración de la Aduana de Ciudad Juárez, informó que con la finalidad de hacer más expedito el cruce de mercancías por esta Aduana, se dará inicio a las operaciones de carga por el Puente Guadalupe – Marcelino Serna (Tornillo) a partir del lunes 14 de agosto de 2023, con el siguiente horario:


No se omite mencionar que el horario para la importación de vehículos no sufre afectación, siendo de lunes a viernes de 08:00 a 13:00 horas.


ACTUALIZACIÓN DE FORMATOS RELACIONADOS CON LA CERTIFICACIÓN OEA.
El 03 de agosto del año en curso, se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF), el Anexo 1 de la Tercera Resolución de Modificaciones a las Reglas Generales de Comercio Exterior para 2023, en el cual se establece la actualización de formatos relacionados con la certificación OEA, tales como:
• E5 Perfil del Auto transportista Terrestre.
• F3 Solicitud de Registro en el Esquema de Certificación de Empresas.
• F.3.4 Instructivo de trámite para obtener el Registro en el Esquema de Certificación de Empresas, modalidad de Socio Comercial Certificado, rubros auto transportista.
En tal virtud, se sugiere que al momento de presentar alguno de los trámites anteriores hagan uso de dichos formatos, a fin de evitar que sean rechazados.
ENLACE LEGISLATIVO
INICIATIVAS DEL CONGRESO DE LA UNIÓN.
Durante los trabajos del mes de la LXV Legislatura del Congreso de la Unión, se presentaron las siguientes iniciativas de interés para el sector:
1. Iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona el artículo 55 Bis 3 de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal, a cargo del Diputado Gerardo Peña Flores del Grupo Parlamentario del PAN, el día 5 de julio de 2023.
La iniciativa propone regular la guarda y custodia en los depósitos de vehículos permisionados por la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, los cuales pueden recibir únicamente vehículos sobre los cuales recae una orden de remisión, acompañada y cotejada con el inventario correspondiente. Establecer que, la Guardia Nacional levantará el inventario de cada vehículo, y cuando solo se realice el servicio de arrastre o arrastre y salvamento, la persona encargada de la grúa o la permisionaria levantará el inventario. Fijar que será responsabilidad de la persona permisionaria, las averías o faltantes que pudiese sufrir la unidad, una vez que inicie el servicio de arrastre o de depósito vehicular. Especificar no es responsable por el deterioro que sufran los vehículos que se encuentren bajo guardia y custodia, cuando es causado por el transcurso del tiempo, por cuestiones climatológicas, por las averías que el vehículo sufrió en el hecho de tránsito que motivó la orden de remisión. Especificar que el servicio de depósito de vehículos inicia cuando es puesto en guarda y custodia dentro del local permisionado y termina cuando se entrega a la persona propietaria o poseedora legítima.

ESTATUS. Turnada a la Comisión de Comunicaciones y Transportes.

2. Iniciativa con proyecto de decreto para reformar el párrafo segundo del artículo 19 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del Diputado Oscar Almaraz Smer, del Grupo Parlamentario del PAN, el 5 de julio de 2023.
La iniciativa propone derogar la oficiosidad de la prisión preventiva, requiriendo al juez, que, a través de motivación, sustentación, fundamentación y en el supuesto de que lo considere necesario ordenara la prisión preventiva.
ESTATUS. Turnada a Comisión de Puntos Constitucionales.
3. Iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 19, segundo párrafo, y se deroga el párrafo octavo del artículo 16 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo de la Senadora Xóchitl Gálvez Ruiz, del Grupo Parlamentario del PAN, el día 18 de julio de 2023.
La iniciativa propone eliminar la figura del arraigo, así como el catálogo de delitos por los que el juez ordenará la prisión preventiva oficiosa.

ESTATUS. Turnada a la Comisión de Puntos Constitucionales y de Estudios Legislativos, Segunda.
4. Iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal, a cargo de la Senadora Alejandra Lagunes Soto, del Grupo Parlamentario del PVEM, el día 18 de julio de 2023.
La iniciativa propone retirar de la circulación, así como revocar el permiso al autotransporte federal que no cumpla con las verificaciones técnicas, las condiciones de peso, dimensiones, capacidad y otras establecidas en la Ley y en las NOMs.
También, prohíbe la circulación de unidades de autotransporte de carga denominadas camión remolque, tractocamión semirremolque-remolque y tractocamión semirremolque-semirremolque.

ESTATUS. Turnada a la Comisión de Comunicaciones y Transportes y Estudios Legislativos, Segunda.
5. Iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona un párrafo tercero, recorriéndose los subsecuentes al artículo 60 del Código Penal Federal, a cargo del Senador Arturo Bours Griffith, del Grupo Parlamentario de MORENA, el día 25 de julio de 2023.
La iniciativa propone cuando se cometa un homicidio culposo en un accidente de tránsito en el que el conductor se encuentre con una cantidad de alcohol en sangre superior a 0.8 g/lt, o su equivalente en aire 0.4 mg/lt, se incrementará en 50% las penas establecidas.
ESTATUS. Turnada a la Comisión de Justicia y de Estudios Legislativos, Segunda.
6. Iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona un párrafo al artículo 390 del Código Penal Federal, a cargo del Diputado Luis Mendoza Acevedo, del Grupo Parlamentario del PAN, el día 25 de julio de 2023.
La iniciativa propone que se aplique de dos a ocho años de prisión y de cuarenta a ciento sesenta días multa al que cometa, de manera voluntaria e intencionada, hechos de tránsito (montachoques), de vehículos en caminos y puentes de jurisdicción federal, con el propósito de obtener un beneficio económico.
ESTATUS. Pendiente.
7. Iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona l artículo 50 de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal, a cargo de la Diputada María del Rosario Corona Nakamura, del PVEM, el día 25 de julio de 2023.

La iniciativa propone prohibir el uso de vehículos de autotransporte de carga con dos o más remolques o semirremolques para la prestación del servicio de autotransporte de materiales, residuos, remanentes o desechos peligrosos.
ESTATUS. Pendiente
PUNTOS DE ACUERDO DEL CONGRESO DE LA UNIÓN.
1. Proposición con punto de acuerdo por el que la Comisión Permanente del H. Congreso de la Unión exhorta al titular de la Guardia Nacional para que se refuerce la seguridad en el tramo de Mil Cumbres, de la autopista México – Veracruz, a cargo de la Diputada Martha Rosa Morales Romero, del Grupo Parlamentario de MORENA, el día 5 de julio de 2023.

ESTATUS. Turnado a la Primera Comisión.
2. Proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la titular de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana y al Gobernador del Estado de Tamaulipas para que, en el ámbito de sus facultades y atribuciones, se implementen mecanismos y acciones coordinadas que garanticen la seguridad e integridad de las y los usuarios de caminos y carreteras del Estado de Tamaulipas, a cargo del Diputado Gerardo Peña Flores, del Grupo Parlamentario del PAN, el día 5 de julio de 2023.
ESTATUS. Turnado a la Primera Comisión.
3. Proposición con punto de acuerdo por el que la Comisión Permanente del H. Congreso de la Unión exhorta a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes para que, en el marco de sus competencias legales, reconsidere la pertinencia de las disposiciones reglamentarias relativas al CFDI con Complemento Carta Porte de bienes o mercancías, tenga condiciones más favorables para desarrollar sus actividades económicas y no se impongan mayores requisitos inoperantes que impidan el sano desarrollo de
dichos sectores productivos, a cargo de Legisladoras y Legisladores del Grupo Parlamentario del PRI, el día 11 de julio de 2023.
ESTATUS. Turnado a la Tercera Comisión.
4. Proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes (SICT), a la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana (SSPC) y al comandante de la Guardia Nacional, con el propósito de mejorar la información del estado actual de las reparaciones, señalética y seguridad vial de la carretera federal 57, en el Estado de Querétaro, a cargo de la Diputada Marcia Solórzano Gallego, del Grupo Parlamentario del PAN, el día 11 de julio de 2023.
ESTATUS. Turnado a la Tercera Comisión.
5. Proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la SICT y a la Guardia Nacional para que, en el ejercicio de sus atribuciones, fortalezcan las acciones de vigilancia y supervisión en la carretera federal 57, con la finalidad de prevenir la ocurrencia de accidentes de tránsito, a cargo del Diputado Román Cifuentes Negrete, del Grupo Parlamentario del PAN, el día 18 de julio de 2023.


ESTATUS. Turnado a la Tercera Comisión.
6. Proposición con punto de acuerdo por el que la Comisión Permanente del H. Congreso de la Unión solicita a los titulares de la SICT y de la SSPC, de la Guardia Nacional y de la Fiscalía General de la República a que remitan un informe detallado sobre las acciones de seguridad en carreteras; así como se exhorta al Servicio de Administración tributaria a que analice la viabilidad y, en su caso, modifiquen las disposiciones reglamentarias que regulan la expedición del CFDI con Complemento Carta Porte en términos de la Resolución Miscelánea Fiscal 2023, a cargo del Senador Mario Zamora Gastelum, del Grupo Parlamentario del PRI, el día 18 de julio de 2023.
ESTATUS. Turnado a la Tercera Comisión.
7. Proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la SICT, para que de conformidad con sus atribuciones lleve a cabo mesas de trabajo con diversas autoridades para que implemente, en conjunto, controles preventivos provisionales, prestando especial atención en la revisión de documentación oficial que acredite la propiedad del vehículo cuando exista causa fundada o probable sospecha de ilicitud fundada y para la revisión de placas que cumplan con las características y especificaciones que señala la NOM-001-SCT-2-2016 y la reglamentación de tránsito local, a cargo de las y los Senadores del Grupo Parlamentario del PVEM, el día 25 de julio de 2023.
ESTATUS. Turnado a la Tercera Comisión.

¿Sabías que?

RECOMIENDA LA SICT UTILIZAR EL CINTURÓN DE SEGURIDAD Y NO CONDUCIR A EXCESOS DE VELOCIDAD EN CARRETERAS.
La Secretaría destaca que todo accidente se puede prevenir, por lo que las vialidades son más seguras si se maneja con precaución. Para un manejo seguro, evite ingerir bebidas alcohólicas y el uso de cualquier equipo electrónico, como el celular.
Al circular por las carreteras maneje con moderación y respete los límites de velocidad que indican los señalamientos a lo largo del camino. Esto le ayudará a que, si se viera obligado a frenar de emergencia, tenga el tiempo suficiente para hacer alto total sin exponer a los suyos y a usted.
Si va a conducir, evite tomar bebidas embriagantes. Está comprobado que manejar con ciertas dosis de alcohol en el organismo incrementa en 100% los riesgos de accidentes.
Tome sus precauciones al ir al volante; mantenga su mirada al frente y guarde su distancia con respecto al vehículo que va adelante, esto le ayudará a frenar con tiempo en caso necesario.

Utilice las luces direccionales para indicar sus movimientos y con ello puedan reaccionar a tiempo quienes circulan a su alrededor. Si es necesario detenerse, hágalo en los acotamientos; nunca se detenga en una curva o en lugares de poca visibilidad, y encienda las luces intermitentes.
Y algo muy importante: al manejar no use el teléfono celular, o cualquier equipo electrónico que distraiga su atención; puede ser la diferencia entre sufrir un accidente o evitarlo.