BOLETÍN JURÍDICO, DE SEGURIDAD Y NORMATIVIDAD - NÚMERO 45 SEPTIEMBRE 2024

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JURÍDICO, DE SEGURIDAD Y NORMATIVIDAD

NÚMERO 45 SEPTIEMBRE 2024

TABLA DE contenido

PÁGINA 1 ASPECTOS JURÍDICOS

• CIFRAS HISTÓRICAS EN EMPLEO PARA LAS MUJERES MEXICANAS

• ¿QUÉ ES EL REDECO?

PÁGINA 6 NORMATIVIDAD

• GRUPO DE TRABAJO (GT) PARA EL ESTUDIO Y ANÁLISIS DEL ANTEPROYECTO DE MODIFICACIÓN DE LA NORMA OFICIAL MEXICANA NOM-044-SEMARNAT-2017

• CONVERSATORIO RETOS Y OPORTUNIDADES DEL REGLAMENTO DE LA LEY DE INFRAESTRUCTURA DE LA CALIDAD

• ACUERDO POR EL QUE LA COMISIÓN REGULADORA DE ENERGÍA EXPIDE LAS DISPOSICIONES ADMINISTRATIVAS DE CARÁCTER GENERAL EN MATERIA DE ELECTROMOVILIDAD PARA LA INTEGRACIÓN DE INFRAESTRUCTURA DE CARGA DE VEHÍCULOS ELÉCTRICOS Y VEHÍCULOS ELÉCTRICOS HÍBRIDOS CONECTABLES AL SISTEMA ELÉCTRICO NACIONAL COMO PARTE DE UNA RED ELÉCTRICA INTELIGENTE

• COMISIÓN NACIONAL DE MEJORA REGULATORIA (CONAMER)

• CURSO – TALLER DE APLICACIÓN DE LA REGULACIÓN PARA EL TRANSPORTE DE MATERIALES Y RESIDUOS PELIGROSOS

PÁGINA 10 SEGURIDAD

• INCIDENCIA DELICTIVA

• VEHÍCULOS RECUPERADOS POR LA FISCALÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA

PÁGINA 12 ADUANAS

• PERIODO DE TRANSICIÓN DE GAFETES ÚNICOS DE IDENTIFICACIÓN (GUI) A GAFETES ELECTRÓNICOS DE IDENTIFICACIÓN DE ADUANAS (GEIA)

• COMUNICADO ANAM

PÁGINA 13 ENLACE LEGISLATIVO

• INICIATIVAS DEL CONGRESO DE LA UNIÓN

• PUNTOS DE ACUERDO DEL CONGRESO DE LA UNIÓN

PÁGINA 15 ¿SABÍAS QUÉ?

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DIRECCIÓN JURÍDICA Y DE GESTIÓN INSTITUCIONAL dir.juridica@canacar.com.mx

ASPECTOS JURÍDICOS

CIFRAS HISTÓRICAS EN EMPLEO PARA LAS MUJERES MEXICANAS

Boletín número: 41/24

• Secretaría del Trabajo y Previsión Social | 03 de septiembre de 2024 | Comunicado

Al segundo trimestre de 2024, hay 59.3 millones de personas con empleo en el país, con un aumento de 805 mil en el último año, de las cuales 59% son mujeres

Se han creado 3.5 millones de empleos para las mujeres, así como 2.1 millones de empleos para los hombres, dando un total de 5.6 millones de empleos.

La tasa de informalidad de las mujeres es de 54.9%, la más baja desde el levantamiento de la ENOE, sin contar los años 2020 y 2021 afectados por la pandemia.

El segundo trimestre del año presentó un 46.3% de participación económica femenina en el país, el tercer registro más alto de los últimos 10 años, de acuerdo con la Encuesta Nacional de Ocupación y Empleo del INEGI, lo que para la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS).

El papel de las mujeres en la economía mexicana ha experimentado un crecimiento significativo durante este sexenio. En comparación con el segundo trimestre del 2023, la Población Económicamente Activa (PEA) aumentó en 737 mil personas, de las cuales, 436 mil son mujeres.

Este crecimiento ha contribuido a alcanzar cifras récord históricas en la PEA, que ahora cuenta con un total de 61 millones de personas.

Gracias a las políticas laborales, como el aumento al salario mínimo y la reforma a la subcontratación, el porcentaje de la población en pobreza laboral pasó de 40.7% en 2018 a 34.9% reduciéndose, es el segundo menor porcentaje desde 2005 y mantiene una tendencia a la baja; este indicador mide el porcentaje de la población que no puede adquirir una canasta básica con su ingreso laboral. Asimismo, la desocupación entre las mujeres alcanzó los 657 mil, lo que significa que solo el 2.6% de ellas no cuenta con empleo, la cifra más baja desde 2005.

SECTOR DEL AUTOTRANSPORTE DE CARGA

Solo 1.2% de los choferes de transporte de carga son mujeres, aún hay mitos por derribar.

Aunque muchas profesiones se han abierto a la población femenil, lo cierto es que en el transporte de carga hay un nicho de mercado importante.

Capacitar a más mujeres y crear un entorno favorable para su participación es fundamental para enfrentar el déficit de operadores que la industria del transporte de carga registra en los últimos años;

de acuerdo con datos de la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes (SICT), en septiembre de 2022, el padrón de conductores del servicio de autotransporte federal y privado en México contaba con 500 mil 463 hombres y solo 2 mil 703 mujeres, esto es 98.8% y 1.2%, respectivamente.

Al respecto, en entrevista con Publimetro, Aide Ponce, gerente de la región norte de la empresa mexicana ELAM-FAW, explicó que desafortunadamente tenemos un retraso de aproximadamente 10 años en el tema de transporte de carga con Estados Unidos, por ejemplo, ya que ellos se adelantan justo ese tiempo para planificar y ejecutar sus planes de desarrollo e infraestructura.

Indicó que pese a la apertura que se ha dado en muchas profesiones al abrir la puerta a mujeres, en el transporte de carga son pocas las operadoras que existen en México porque desafortunadamente ser chofer de un vehículo de carga es mayormente aceptado solo para la población masculina.

“Yo tengo 20 años en el mercado y creo que es una cuestión de voluntad, capacitación y de que las mujeres le pierdan el miedo, porque lo pueden hacer, indudablemente”, señaló.

ROBOS Y ACCIDENTES CARRETEROS, PRINCIPALES PROBLEMAS

e acuerdo con la representante de la firma mexicana, uno de los princi pales factores que han contribuido al déficit que se tiene de conducto la creciente inseguridad en las carreteras mexicanas pecialmente en entidades como el Estado de México, Puebla y Michoacán.

De acuerdo con algunos reportes, en 2023 se registraron 20 mil 746 robos de carga, un incremento de 3.1 % en comparación con 2022 y de 4.4 % respecto a 2021. Además, la percepción de que la profesión de conductor de carga no es atractiva para los jóvenes, sumado a la dificultad para conciliar la vida laboral y familiar, ha dificultado el reclutamiento de nuevos operadores.

Explicó que a partir de la pandemia bajaron los accidentes carreteros en 2020, ya que ese año solo se tuvieron 2 mil percances, pero en 2023 la cifra se duplicó, debido a que algunas carreteras del país no se encuentran en óptimas condiciones.

https://www.publimetro.com.mx/noticias/2024/07/21/mujeres-al-volante-solo-12-laboran-en-transporte-de-carga-mitos-por-derribar/.

¿QUÉ ES EL REDECO?

El Registro de Despachos de Cobranza (REDECO), es un Sistema electrónico que contiene información de los Despachos de Cobranza, quienes actúan como intermediarios entre la Entidad Financiera y el Deudor, con el propósito de requerir extrajudicialmente el pago de la deuda, así como, negociar y reestructurar los créditos, préstamos o financiamientos.

El REDECO permite al público conocer la información relativa a los Despachos de Cobranza, mediante los cuales las Entidades Financieras se apoyan para realizar la gestión del cobro de sus créditos, préstamos o financiamientos, entre la cual destaca su denominación o razón social, domicilio, teléfonos y correo electrónico utilizados para realizar sus gestiones.

Así mismo, cualquier persona puede presentar una queja en contra de las

Entidades Financieras a través del REDECO y recibir respuesta por el mismo sistema. ¿Cómo funciona?

Las Entidades Financieras solicitarán su alta en el REDECO a través del Portal Único de Registros (PUR), utilizando la Clave de Identidad CONDUSEF Institucional proporcionada a las Entidades Financieras por la CONDUSEF, la cual sirve de acceso a los Registros y sistemas de la CONDUSEF, dentro de ellos el REDECO, posteriormente proporcionarán los datos de los despachos de cobranza que realicen la gestión del cobro de sus créditos, préstamos o financiamientos:

Tratándose de personas físicas encargadas de realizar la Cobranza:

• Nombre;

• Registro Federal de Contribuyentes;

• Domicilio fiscal y teléfono exclusivos utilizados para realizar sus gestiones;

• Correo electrónico, y

• Nombre de las personas encargadas de llevar a cabo las actividades de Cobranza.

Tratándose de personas morales encargadas de realizar la Cobranza:

• Denominación o razón social;

• Registro Federal de Contribuyentes;

• Domicilio fiscal y teléfonos exclusivos utilizados para realizar sus gestiones;

• Correo electrónico y en su caso, página electrónica o de internet;

• Nombre de los socios y representantes legales, y

• Nombre de las personas físicas encargadas de llevar a cabo las actividades de Cobranza.

Una vez registrada la información de sus despachos deberá actualizarlos mensualmente, o bien en su caso, validar los datos cuando la información no presente cambios.

Las Entidades Financieras deberán dar atención a las quejas que se presenten en el REDECO, con independencia de quien la presente, por la mala gestión de cobro que realicen los despachos de cobranza que administren sus créditos, préstamos o financiamientos.

Así mismo, el público en general podrá consultar el listado de los despachos de cobranza y números registrados por las Entidades Financieras.

Las personas que presenten una queja en el REDECO, podrán dar seguimiento a la misma a través del portal, para tal efecto es necesario ingresar al apartado Consulta tu queja, y contar con la siguiente información para proporcionarla a través de la plataforma:

• El número de folio asignado a la queja;

• La fecha y hora de recepción de la queja;

• El nombre registrado en la queja, y

• El correo registrado en la queja.

Lo anterior, a fin de que el sistema le permita dar seguimiento a su queja.

Marco legal

Ley para la Transparencia y Ordenamiento de los Servicios Financieros

Artículo 17 Bis 1.- Las Entidades a través de medios electrónicos y en sucursales,

deberán tener a disposición de sus Clien tes, los datos suficientes de identificación de los despachos externos, que incluirán a terceros o representantes que realicen la cobranza de los créditos que otorguen, así como de aquellos que apoyen en las ope raciones de negociación y reestructuración de créditos con sus Clientes o con aquellas personas que por alguna razón sean deu dores frente a las Entidades.

Artículo 17 Bis 2.- Las Entidades deberán tener la información citada en el artículo anterior debidamente actualizada y contener al menos los siguientes datos: nombre del despacho, dirección, teléfonos, y nombre de los socios.

Artículo 17 Bis 3.- Las Entidades supervisarán constantemente las actividades realizadas por sus despachos de cobranza, así como también el estado de los reclamos presentados, permitiéndole al Cliente dar seguimiento a los mismos.

Al momento de realizar los cobros, el despacho de cobranza y la Entidad deberán ser identificables plenamente.

Artículo 17 Bis 4.- En el ámbito de sus competencias, tanto la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros como la Procuraduría Federal del Consumidor, podrán emitir disposiciones de carácter general en materia de despachos de cobranza.

OBLIGACIONES DE LOS DESPACHOS DE COBRANZA

Condiciones que tienen los despa chos de cobranza para realizar las gestiones de cobro, negociación o rees tructuración de los créditos, préstamos o financiamientos:

DEBEN

Indicar al Deudor, en el primer contacto que establezcan, ya sea por escrito o ver balmente, según sea el caso:

• Nombre, denominación o razón social, domicilio y número telefónico del Despacho de Cobranza;

• Nombre de las personas que realizan la Cobranza;

• Nombre de la Entidad Financiera que otorgó el crédito, préstamo o financiamiento de que se trate;

• Contrato u operación motivo de la deuda en que se basa la acción de Cobranza;

• Monto del adeudo y fecha de cálculo;

• Requisitos, términos y condiciones para liquidar el adeudo;

• Domicilio, Correo Electrónico y número telefónico de la unidad administrativa de la Entidad Financiera que recibirá las Quejas por malas prácticas de Cobranza, y

• Que el o los pagos sólo podrán ser realizados a la Entidad Financiera que otorgó el Crédito, préstamo o financiamiento.

• Dirigirse al Deudor de manera respetuosa y educada;

• Comunicarse o presentarse en días hábiles y en un horario de 8:00 a 21:00 horas, de acuerdo con los husos horarios en que se encuentre el Deudor;

• Documentar por escrito con el Deudor el acuerdo de pago, negociación o reestructuración de los Créditos, préstamos o financiamientos; indicando los requisitos, términos y condiciones que permitan identificar la

oferta, descuento, condonación o quita, si el acuerdo incluye cualquiera de estos conceptos, así como la aplicación del importe a pagar, desglosando el monto principal, intereses ordinarios, moratorios y en su caso cualquier otro costo que sea exigible de acuerdo al contrato, incluyendo los cálculos respectivos, y si con ello se obtendrá el finiquito o liquidación del adeudo, o sólo se cubrirá un pago parcial; y, señalar el número de cuenta de la Entidad Financiera en el que se realizará el pago, con referencia al número de crédito de que se trate, o en su caso, señalar de forma específica las circunstancias de modo, tiempo y lugar en las que habrá de realizarse el pago del adeudo;

• Entregar a la Entidad Financiera, a través de los medios pactados, los documentos que contengan los acuerdos referidos en el anteriormente.

• Abstenerse de llevar a cabo malas prácticas de Cobranza.

• Tratar los datos personales de conformidad con la normativa aplicable en la materia.

NO DEBEN

• Utilizar un nombre o denominación que se asemeje a una institución pública;

• Utilizar números de teléfono que aparezcan en el identificador de llamadas como “confidencial”, “oculto”, “privado” o con cualquier otra expresión o denominación semejante que imposibilite su identificación.

• Amenazar, ofender o intimidar al deudor, familiares, compañeros de trabajo y/o cualquier otra persona que no tenga relación con la deuda;

Se entenderá por amenazar e intimidar, al anuncio de un posible embargo o acción de Cobranza de manera judicial o extrajudicial, o con actos para infundir miedo y temor, que puede realizarse de forma oral o escrita.

Se entenderá por ofender, a la manifestación de palabras altisonantes, gritos, insultos, desprecios, o humillaciones con palabras o acciones que demeriten la dignidad del Deudor o la persona con quien se realiza la gestión de Cobranza.

• Enviar o presentar documentos que aparenten ser escritos judiciales u ostentarse como representantes de algún órgano jurisdiccional o autoridad;

• Evidenciar al Deudor públicamente, a través de redes sociales, medios de difusión masiva, listas negras, cartelones, o anuncios, entre otros; así como establecer registros especiales, con lo cual se haga del conocimiento del público la negativa de pago del Deudor;

• Indicar una forma distinta de pago a la señalada por la Entidad Financiera, y/o solicitar que el pago del adeudo se realice de manera directa al Despacho de Cobranza;

• Realizar las gestiones de cobro, negociación o reestructuración con menores de edad o adultos mayores, salvo que en el último supuesto se trate de los Deudores;

• Realizar las gestiones de cobro, negociación o reestructuración en el domicilio, teléfono y/o Correo Electrónico distinto al proporcionado por el Deudor, obligado solidario o aval;

• Realizar la Cobranza mediante el uso de grabaciones;

• Realizar Cobranza de un Crédito ya pagado;

• Realizar gestiones de cobro, negociación o reestructuración a personas que no son el Usuario, cliente y/o socio Deudor,

• Realizar gestiones de cobro utilizando teléfonos no registrados por la Entidad Financiera en el REDECO.

1. ¿En qué momento debo presentar mi queja a través del REDECO?

Cuando las personas consideren que han sido vulneradas en sus derechos por parte de los Despachos de Cobranza registrados por las Entidades Financieras, podrán presentar su reclamación en contra de la Entidad Financiera a través del REDECO.

2. ¿Los despachos de cobranza están facultados para embargarme?

Sólo cuando el embargo es ordenado por un juez, dentro de un procedimiento del cual debes ser notificado legalmente.

3. ¿Los despachos de cobranza pueden ejercer acción penal en mi contra?

No. Nadie puede ser encarcelado por una deuda de carácter civil con una institución crediticia como bancos y SOFOMES.

4. ¿Pueden hablarme a cualquier día, hora y dejar recado con quien les conteste para cobrarme un adeudo?

La Disposición en materia de Registros establece que los despachos no pueden marcarte en días hábiles y antes de 8:00 am o después de las 21:00 pm.

5. ¿Las negociaciones las tengo que realizar con el despacho?

El despacho de cobranza actúa como intermediario entre la Entidad Financiera y el Deudor, con el propósito de requerir extrajudicialmente el pago de la deuda, así como, negociar y reestructurar los créditos, préstamos o financiamientos; sin embargo, la formalización del convenio y el pago convenido en el mismo deberá realizarse con la Entidad Financiera que otorgó el crédito.

NORMATIVIDAD

GRUPO DE TRABAJO (GT) PARA EL ESTUDIO Y ANÁLISIS DEL ANTEPROYECTO DE MODIFICACIÓN DE LA NORMA OFICIAL MEXICANA NOM-044-SEMARNAT-2017

“Que establece los límites máximos permisibles de emisión de monóxido de carbono, óxidos de nitrógeno, hidrocarburos no metano, hidrocarburos no metano más óxidos de nitrógeno, partículas y amoníaco, provenientes del escape de motores nuevos que utilizan diésel como combustible y que se utilizarán para la propulsión de vehículos automotores con peso bruto vehicular mayor a 3,857 kilogramos, así como del escape de vehículos automotores nuevos con peso bruto vehicular mayor a 3,857 kilogramos equipados con este tipo de motores.”

El grupo de trabajo (GT) para el estudio y análisis del anteproyecto de modificación a esta norma oficial mexicana en concordancia con los Objetivos Legítimos del Interés Público contenidos en el artículo 10 de la Ley de Infraestructura de la Calidad, en el que precisa que las Normas Oficiales Mexicanas tienen como finalidad atender las causas de los problemas identificados por las Autoridades Normalizadoras que afecten o que pongan en riesgo los objetivos legítimos de interés público, destacando como objetivos legítimos: la protección y promoción a la salud así como la protección al medio ambiente y cambio climático.

CONVERSATORIO RETOS Y OPORTUNIDADES DEL REGLAMENTO DE LA LEY DE INFRAESTRUCTURA DE LA CALIDAD

Retos de la infraestructura de la calidad para el sector empresarial

En este tema se mencionó que es necesario que, el Proyecto de Reglamento se mantenga más tiempo para comentarios debido a que es un alto impacto para el sector privado y que en ese sentido deben ir los comentarios que se presenten a la Comisión Nacional de Mejora Regulatoria (CONAMER), ya que el articulado del Proyecto es muy extenso y se tiene que analizar con bastante cuidado.

Retos de la infraestructura de la calidad para el sector gobierno

Los participantes mencionaron que, el documento no se consensó con el sector privado y al sector público solamente se le pidieron comentarios, sin que se les convocara a la participación en su elaboración.

Expresaron que al sector público se le compromete a cumplir necesariamente con los temas que proponga y se acota su participación en el Programa de Infraestructura de la Calidad y en el Suplemento de éste, por otra parte, se mencionó que existe incertidumbre en cuanto a la existencia y accesibilidad a la plataforma de infraestructura de la calidad ya que durante este sexenio siempre se mencionó la falta de presupuesto para su funcionamiento, por otra parte se mencionó que, el documento debería de estar para comentarios durante 60 días de acuerdo a las Reglas del T – MEC, lo cual no se está cumpliendo, por otra parte se explicó que, aun cuando la Secretaría de Economía solicitó la disminución del plazo de consulta pública, no debería de autorizarse la misma, debido a la Ley de Mejora Regulatoria y para tranquilidad del sector privado, la Ley contempla la contratación de un experto en los casos en los cuales la sociedad considera mayores los costos que el beneficio de la regulación que se propone, dicha contratación correrá a cargo al presupuesto de la Dependencia que propuso el Proyecto.

Mencionaron que el documento es producto de varios cambios de DirectorGeneral de Normas, por lo que se notan algunas inconsistencias en su contenido como lo es la certificación de marca.

Retos de la infraestructura de la calidad en la evaluación de la conformidad

Para este tema, se mencionó que en el sector electrotécnico inició con 5 entidades de evaluación de la conformidad y durante estos años aumento a más de 60 participantes contando varios de países extranjeros incluidos varios de China, esto se atribuye a la carencia de una vigilancia de mercado por parte del sector público, sin embargo, en el sector alimenticio, la normalización y evaluación de la conformidad tiene un paso acelerado para contrarrestar la competencia con los países extranjeros mismos que en un tiempo estuvieron enviando a México un producto que le denominaban leche sin que cumpliera con las características y compuestos de la misma, por lo que se pidió se negara su entrada al país, con este Proyecto de Reglamento esperan que se aclaren los términos de autodeclaración de cumplimiento y de verificación de segunda y tercera parte.

En lo referente a la denominación de origen, se mencionó que con este Proyecto se debe normalizar y vigilar la aplicación de la Ley y este Reglamento para protección de los productos nacionales que tienen denominación de origen.

Retos de la infraestructura de la calidad en la estandarización

El sector privado que ha participado en la elaboración de Normas Mexicanas está de acuerdo que se expida el Reglamento para que se defina claramente y con certeza jurídica la transición de las Norma Mexicanas a Estándares, así como el uso de las Normas Extranjeras. Así mismo, se espera que se reactive la participación de México en los Comités Mexicanos de Normalización ante los Organismos Internacionales de Normalización como lo son la ISO e IEC, ya que durante este sexenio no hubo participación en el desarrollo de los Estándares Internacionales. Este reglamento exigirá la participación más activa del sector empresarial para el desarrollo y claridad tanto de la Normas Oficiales Mexicanas como de los Estándares.

ACUERDO POR EL QUE LA COMISIÓN REGULADORA DE ENERGÍA EXPIDE LAS DISPOSICIONES ADMINISTRATIVAS DE CARÁCTER GENERAL EN MATERIA DE ELECTROMOVILIDAD PARA LA INTEGRACIÓN DE INFRAESTRUCTURA DE CARGA DE VEHÍCULOS ELÉCTRICOS Y VEHÍCULOS ELÉCTRICOS HÍBRIDOS CONECTABLES AL SISTEMA ELÉCTRICO NACIONAL COMO PARTE DE UNA RED ELÉCTRICA INTELIGENTE

El 10 de septiembre de este año, se publicó este Acuerdo en el Diario Oficial de la Federación, que entre otras disposiciones menciona lo siguiente:

La Comisión en un plazo no mayor a 24 meses, a partir de la entrada en vigor de las presentes disposiciones desarrollará y pondrá en operación una plataforma informática en materia de electromovilidad con los procedimientos correspondientes para el registro de la información descrita en el capítulo 8 de las Disposiciones administrativas de carácter general en materia de Electromovilidad para la integración de infraestructura de carga de Vehículos Eléctricos y Vehículos Eléctricos Híbridos Conectables al Sistema Eléctrico Nacional como parte de una Red Eléctrica Inteligente a que se refiere el Acuerdo Primero de este instrumento.

En tanto no entre en operación la plataforma de Electromovilidad, a que hace referencia el párrafo anterior, los Usuarios Finales que conecten Electrolineras al Sistema Eléctrico Nacional, deberán publicar en sus páginas electrónicas, aplicaciones móviles o mediante las pantallas digitales de los Cargadores Inteligentes de Vehículos Eléctricos o Vehículos Eléctricos Híbridos Conectables (CIVE) la información descrita en los capítulos 6 y 8 de las Disposiciones administrativas de carácter general en materia de Electromovilidad para la integración de infraestructura de carga de Vehículos Eléctricos y Vehículos Eléctricos Híbridos Conectables al Sistema Eléctrico Nacional como parte de una Red Eléctrica Inteligente a que se refiere el Acuerdo Primero de este instrumento.

COMISIÓN NACIONAL DE MEJORA REGULATORIA (CONAMER)

Como resultado del monitoreo que se tiene de las regulaciones que las Dependencias gubernamentales proponen a consulta y posterior publicación en el Diario Oficial de la Federación, se tiene lo siguiente:

PROYECTO DE REGLAMENTO DE LA LEY DE INFRAESTRUCTURA DE LA CALIDAD

El día 12 de septiembre del año en curso, la CONAMER emitió el Dictamen Final a este Proyecto de Reglamento, mismo que complementa a la Ley de Infraestructura de la calidad, dentro de sus disposiciones contempla las siguientes:

• Definiciones

• Representación Internacional

• Acreditación

• Procedimiento de Evaluación de la Conformidad

• Autodeclaración

• Acuerdos de Reconocimiento Mutuo y Equivalencias

• Sujetos facultados para estandarizar

• Organismos Nacionales de Estandarización y relación con Terceros Autorizados

• Excepciones

El paso siguiente es la publicación en el Diario Oficial de la Federación.

DECRETO POR EL QUE SE REFORMAN Y ADICIONAN DIVERSAS DISPOSICIONES DEL REGLAMENTO DE AUTOTRANSPORTE FEDERAL Y SERVICIOS AUXILIARES

La Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes (SICT) presentó este Proyecto para regular el servicio de transporte de pasajeros mediante lo siguiente:

Plataforma Digital: Herramienta tecnológica o software y tecnología, en dispositivos fijos o móviles, que personas morales administran y operan para el control, programación y/o geolocalización de vehículos que cuenten con la Tarjeta de Identificación Vehicular para prestar el servicio de transporte con chofer contratado mediante plataforma digital;

Servicio de transporte con chofer contratado mediante plataforma digital: Servicio de transporte terrestre de y hacia los aeropuertos que se contrata por cualquier persona, a través de plataformas digitales mediante herramienta tecnológica o software y tecnología, en dispositivos fijos o móviles, que personas morales mexicanas administran y operan para el control, programación y/o geolocalización de vehículos que cuenten con la Tarjeta de Identificación Vehicular;

Sin embargo, previo a su Dictamen Final, la SICT retiro el Proyecto del portal de la CONAMER.

CURSO – TALLER DE APLICACIÓN DE LA REGULACIÓN PARA EL TRANSPORTE DE MATERIALES Y RESIDUOS PELIGROSOS

En coordinación con el área de Profesionalización, se impartió el Curso – Taller de aplicación de la regulación para el Transporte de Materiales y Residuos Peligrosos en la empresa TMS, en el cual se trataron los siguientes temas:

• Antecedentes

• Aplicación de la Norma Oficial Mexicana NOM – 002 – SCT – SEMARTARTF

• Sistema de Identificación de unidades

• Envase /embalaje

• Transporte por autotanques y RIGs

• Documentos a portar durante el traslado de estas mercancías.

• Entrega de la clasificación de carreteras y del Mapa elaborado por CANACAR.

La capacitación se llevó a cabo en el Centro de Capacitación de la empresa TMS los días 4 y 5 de septiembre de 2024.

SEGURIDAD

INCIDENCIA DELICTIVA

El Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública (SESNSP) y la Fiscalía General de la República (FGR) reportan de manera mensual la incidencia de robo al transporte de carga que se presenta en nuestro país, en esta ocasión presentaremos el comportamiento de la incidencia al mes de agosto de 2024 tanto del fuero común como del fuero federal.

INCIDENCIA DELICTIVA FUERO COMÚN Y FUERO FEDERAL

AGOSTO 2024

ESTADOS DE MAYOR INCIDENCIA FUERO COMÚN AGOSTO 2024

ESTADOS DE MAYOR INCIDENCIA FUERO FEDERAL AGOSTO 2024

• El 88.48% de los eventos se denunciaron en estos 10 Estados.

• El 32.06% se denunció en el Estado de México.

• El 22.15% se denunció en el Estado de Puebla.

TOP 10 ESTADOS CON MAYOR INCIDENCIA

VEHÍCULOS RECUPERADOS POR LA FISCALÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA

n base a las reuniones de trabajo que se llevan a cabo con la Fiscalía General de la República (FGR), nos ha proporcionado información sobre los vehículos que han sido robados y a su vez recuperados en el mes de agosto 2024, la cual contiene las características de la unidad (marca, tipo, placas y número de serie), así como la Delegación de la FGR donde se encuentran resguardadas y el motivo por el cual no han sido devueltas.

Ponemos a su disposición el listado de los vehículos recuperados en el link: https://canacar.com.mx/vehiculos-recuperados-2024/, a fin de que puedan verificar si las unidades que aparecen en el mismo son de su propiedad y procedan a realizar el trámite de liberación correspondiente en el lugar donde se encuentra localizada. Para acceder al listado, agregar la contraseña (PGK2024).

ADUANAS

PERIODO DE TRANSICIÓN DE GAFETES ÚNICOS DE IDENTIFICACIÓN (GUI) A GAFETES ELECTRÓNICOS DE IDENTIFICACIÓN DE ADUANAS (GEIA)

La Agencia Nacional de Aduanas de México, mediante boletín número 20/2024 de 3 de septiembre del presente año, informó que: “Derivado de la implementación de la solución de los GEIA, se hace de su conocimiento que en coordinación con el Servicio de Administración Tributaria (SAT), a partir de la fecha de emisión de este boletín se inicia el periodo de transición de GUI a GEIA, con el cual se pretende que todos los usuarios de comercio exterior que presten sus servicios o que realicen actividades dentro de los recintos fiscales o fiscalizados cuenten con su GEIA.

Lo anterior y debido al cierre del ingreso de solicitudes para el trámite de Gafete (Transportista y Agente Aduanal) en la Ventanilla Digital Mexicana de Comercio Exterior (VUCEM), lo cual incluye: solicitud inicial, renovación, reposición, etc.

Por lo que se exhorta a los usuarios de comercio exterior que aún no cuenten con los GEIA, generen su cita a través del Acceso Único de la ANAM en el

link https://accesounico.anam.gob.mx y con ello, obtengan dichos gafetes de la figura que corresponda.

En cuanto al procedimiento de solicitud de la cita, para pronta referencia se envía el link en el que se encuentra la “Guía rápida del módulo de Gafetes de Identificación de Aduanas”, los “Lineamientos Gafetes de Identificación ANAM”, el “Anexo 1 Guía rápida para generar línea de captura” y “Anexo 2 Guía rápida para la vinculación de dependientes y auxiliares”, documentos con los cuales los usuarios se podrán apoyar en caso de tener dudas respecto al procedimiento, desde la solicitud de la cita, hasta la impresión y entrega del GEAI:

https://anam.gob.mx/gafetes-de-identificacion/

No se omite comentar que, con la intención de no afectar las operaciones de comercio exterior, los usuarios podrán realizarlas tal cual, y como se realizan actualmente, es decir, utilizando los Gafetes GUI hasta el fin de este periodo de transición, mismo que será notificado oportunamente por este medio.

De manera adicional, se pone a su disposición el siguiente correo electrónico en caso de alguna duda sobre el contenido del presente documento: gafetes@anam.gob.mx

El presente boletín, estará vigente hasta la emisión de nuevas disposiciones.”

COMUNICADO ANAM

Con fecha 11 de septiembre de 2024, ANAM compartió la siguiente información:

“Se hace de su conocimiento que, por detalles presentados en DIGITALIZACIÓN en VUCEM es necesario operar de manera preventiva en el esquema de contingencia a partir de hoy 11 de septiembre, desde las 10:00 horas (hora del centro), con la finalidad de no retrasar las operaciones de Comercio Exterior.

Cabe señalar que, los usuarios podrán realizar la activación del Mecanismo de Selección Automatizado de las siguientes formas:

• Cuando no se pueda obtener el número de e-document, el usuario al validar el pedimento no deberá declarar dicho número de e-document.

• Se deberá declarar el identificador “OC” que corresponde a “Operaciones terminadas en fase de contingencia de la Ventanilla Digital”, conforme al apéndice 8 del Anexo 22 de las Reglas Generales de Comercio Exterior

• Se deberá anexar físicamente la documentación que de acuerdo a las disposiciones jurídicas aplicables se deban acompañar al pedimento, en sustitución de los e-documents.

El cierre de dicha contingencia será informado.

ENLACE LEGISLATIVO

INICIATIVAS DEL CONGRESO DE LA UNIÓN

Durante los trabajos del mes de la LXVI Legislatura del Congreso de la Unión, se presentaron las siguientes iniciativas de interés para el sector:

1. Iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma la fracción VIII, del apartado B, del artículo 20; se deroga el octavo párrafo del artículo 100; y se adiciona el artículo 100 Bis de la Constitución Polí-

tica de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo de las Senadoras y Senadores del Grupo Parlamentario del PAN, el 3 de septiembre de 2024.

La iniciativa propone establecer que el Instituto de la Defensoría Pública, será un órgano con autonomía, especializado, imparcial, con personalidad jurídica y técnica de gestión con capacidad para decidir sobre su presupuesto y determinar su organización interna.

En ese sentido, el Congreso de la Unión y las legislaturas de las entidades federativas establecerán organismos para la prestación de este servicio. La Defensoría Pública Federal tendrá un titular electo por el voto de las dos terceras partes de los miembros presentes de la Cámara de Senadores, o en su caso, por la Comisión Permanente y durará en su encargo 9 años.

ESTATUS. Pendiente.

2. Iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona la fracción XXVII Ter del artículo 132 a la Ley Federal del Trabajo, a cargo de la Senadora Luisa Cortés García del Grupo Parlamentario de MORENA, el 18 de septiembre de 2024.

La iniciativa propone que los patrones estarán obligados a otorgar permiso de cuidados geriátricos de uno a cinco días laborales con goce de sueldo a hijas, hijos o personas cuidadoras de personas adultas mayores de 60 años de manera semestral, ya sea por enfermedad o por necesidad de atención médica y requieran para ello ausentarse de su centro de trabajo.

ESTATUS. Turnada a la Comisión de Trabajo y Previsión Social y de Estudios Legislativos.

3. Iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman diversos artículos de la Ley de Inversión Extranjera; de la Ley de Cooperación Internacional para el Desarrollo; de la Ley de Sociedades de Solidaridad Social; de la Ley Federal para el Fomento de la Microindustria y la Actividad Artesanal; de la Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa; de la Ley General en Materia de Humanidades, Ciencias, Tecnologías e Innovación; Ley para Impulsar el Incremento Sostenido de la Productividad y la Competitividad de la Economía Nacional; de la Ley Federal de Trabajo; de la Ley General de Educación; y de la Ley Aduanera, a cargo del Senador Francisco Ricardo Sheffield Padilla del Grupo Parlamentario de MORENA, el 24 de septiembre de 2024.

La iniciativa propone establecer el reconocimiento de la relocalización como modelo de desarrollo, entendiéndose ésta como la estrategia de externalización de servicios cuyo objeto es transferir o reposicionar operaciones comerciales o de tecnología de un productor a otro o el mismo para ser reubicado en México, por localizarse geográficamente cercano a regiones altamente competitivas y demandantes de productos. Esto elevando la estructura de las normas de competencia laboral y potenciando nuevas formas de crecimiento a partir de las tecnologías como elementos centrales del modelo, así como su despliegue en la legislación

en materia de trabajo y educación, apoyo a las micro, pequeñas y medianas empresas en el andamiaje de la relocalización, el fortalecimiento de las estructuras de cooperación internacional y la visión transversal de la prosperidad compartida.

Así mismo se propone establecer las bases para el fortalecimiento de la articulación de cadenas de valor, impulsar el apoyo a las pequeñas y medianas empresas mediate impulso de los flujos de inversión para que participen en buena medida las pequeñas y medianas empresas en la cadena de valor y fortalecer la promoción para el acceso a financiamientos para escalar sus operaciones, proporcionarles acompañamiento técnico, transferencia de tecnologías, homologación de procesos, y certificaciones.

Respecto a las competencias laborales se propone establecer una reorientación de la estructura de los Sistemas de Competencia Laboral como herramienta para la relocalización de inversiones y el desarrollo regional, así como reformular normas técnicas por la Secretaría del Trabajo y la Secretaría de Educación Pública en coordinación con la Secretaría de Economía para los sectores de interés; automotriz, fabricación de autopistas, sector de enseres domésticos, equipó médico, electrónico, de cómputo, aeroespacial, metal-mecánica, maquinaria y equipo en general, en concordancia con las disposiciones previstas en los tratados internacionales con que se ha comprometido el Estado Mexicano.

Para el fortalecimiento aduanero se propone establecer la estandarización y armonización de criterios, conceptos, procedimientos y técnicas aduaneras para la gestión del comercio exterior mediante la promoción de inversiones en procedimientos homologados con inteligencia artificial.

ESTATUS. Turnada a la Comisión de Economía y de Estudios Legislativos.

¿SABÍAS QUE?

CANACAR en numerosas ocasiones ha publicado Circulares donde informa de cierres carreteros, totales o parciales a causa de labores de BACHEO, ya sea superficial o profundo, pero ¿qué es y en qué consiste?

Ya anteriormente hemos hablado sobre la importancia de la superficie de rodadura para la seguridad vial, sin embargo, el pavimento sufre desgastes que pueden ser provocados por diversos motivos como: las condiciones meteorológicas, la sobre carga de los vehículos, la frecuencia del tránsito y el tiempo, por mencionar algunas.

Por ello, es importante realizar mantenimientos continuos en los tramos, para que la capa de rodadura esté en las mejores condiciones posibles y tengas un viaje más seguro.

Para cumplir dicha tarea y de acuerdo al desgaste que sufra la superficie del pavimento, se realizan labores de bacheo, que es un proceso de mantenimiento que consiste en reparar, en un área limitada, los des-

perfectos en la superficie del pavimento en una carretera. Este tipo de trabajos se realiza para restaurar la calidad de la superficie y mejorar las condiciones de seguridad. Existen dos tipos principales de bacheo: profundo y superficial, cada uno diseñado para abordar diferentes niveles de deterioro en el pavimento.

Bacheo Profundo

Es un método de reparación en el que se remueve completamente la sección deteriorada del pavimento, incluyendo las capas inferiores a la superficie de rodadura. Una vez retirado el material defectuoso, se procede a rellenar con nuevas capas de material de acuerdo a la calidad requerida, mejorando así la estructura del pavimento desde sus capas inferiores.

Este tipo de bacheo se utiliza principalmente en áreas donde el deterioro es severo, afectando no solo la capa de rodadura sino también las capas inferiores del pavimento. Es común en zonas con alto tráfico de carga pesada, donde la fatiga del pavimento es más intensa. El bacheo profundo es esencial para corregir fallas estructurales mayores y prolongar la vida útil de la carretera.

Bacheo Superficial

Por su parte, el bacheo superficial, se enfoca en reparar daños menores que afectan únicamente la capa superior del pavimento. En este proceso, se limpia la superficie afectada, se eliminan los materiales sueltos y se aplica una nueva capa de material asfáltico para nivelar y restaurar la superficie.

El bacheo superficial es adecuado para el mantenimiento regular y preventivo, ideal para corregir daños menores antes de que se conviertan en problemas mayores. Este tipo de reparación es más rápido y menos costoso en comparación con el bacheo profundo, y se utiliza en áreas donde el daño no compromete la integridad estructural del pavimento.

Como podemos ver, la elección entre bacheo profundo y superficial depende de la magnitud del daño en la carretera, el tamaño del área afectada, la profundidad de los baches o roderas generadas por los vehículos. Estos son algunos de los factores clave al decidir qué tipo de bacheo realizar. Ambos métodos son cruciales para el mantenimiento vial, ya que no solo contribuyen a la conservación de la infraestructura, sino que también juegan un papel relevante en la seguridad de las personas usuarias.

Para finalizar, es importante recordarte que atiendas los señalamientos de obra, y que reduzcas la velocidad ante la presencia de personal laborando con el fin de evitar accidentes, recuerda que estas personas están trabajando para ofrecerte un mejor camino para transitar con seguridad. FUENTE. CAPUFE. •

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