DELITOS INFORMÁTICOS Abog. Zobeida Rojas
QUE SON DELITOS INFORMATICOS • El delito informático implica actividades criminales que en un primer momento los países han tratado de encuadrar en figurar típicas de carácter tradicional, tales como robos o hurto, fraudes, falsificaciones, perjuicios, estafa, sabotaje, etcétera. • Sin embargo, debe destacarse que el uso de las técnicas informáticas ha creado nuevas posibilidades del uso indebido de las computadoras lo que ha propiciado a su vez la necesidad de regulación por parte del derecho. • todas aquellas conductas ilícitas susceptibles de ser sancionadas por el derecho penal, que hacen uso indebido de cualquier medio informático.
PERFIL CRIMINOLÓGICO •
Son auténticos genios de la informática, entran sin permiso en ordenadores y redes ajenas, husmean, rastrean y a veces, dejan sus peculiares tarjetas de visita.
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Kevin Mitnik quien con solo 16 años fue un pionero, impuso su lema "La información es pública, es de todos, y nadie tiene derecho a ocultarla" y cuando fue detenido sostuvo que no se creía un delincuente y decía "Un Hacker es solo un curioso, un investigador, y aquí vuestra intención equivale a enviar a un descubridor a la hoguera, como lo hacia la inquisición"
Las personas que cometen los "Delitos informáticos" son aquellas que poseen ciertas características que no presentan el denominador común de los delincuentes, esto es, los sujetos activos tienen habilidades para el manejo de los sistemas informáticos y generalmente por su situación labora se encuentran en lugares estratégicos donde se maneja información de carácter sensible, o bien son hábiles en el uso de los sistemas informatizados, aún cuando, en muchos de los casos, no desarrollen actividades laborales que faciliten la comisión de este tipo de delitos.
• Por lo general tienen un alto coeficiente intelectual, curiosidad y facilidad para las abstracciones intelectuales. Aprecian y son estimulados por la novedad, especialmente la intelectual. Son relativamente individualistas y anticonformistas. • Aunque inteligentes, no saben lo que es la postergación de la gratificación. • Tienen habilidad mental para retener gran cantidad de detalles, que luego incluirán en un contexto para su fin. El que tenga estas características puede transformarse en un Hacker eficaz, pero para ser un genio Hacker deben tener grandes volúmenes de manuales de referencia presentes en su memoria para que, en breves instantes puedan aplicarlos sobre lo que tienen delante de sus ojos.
• Se interesan por cualquier asunto que proporcione estímulo mental y que pueda abrir [knowledgeably] del discurso • Los mismos Hackers sostienen que el mejor Hacker no existe sino que esta por venir, pero todos y cada uno de ellos quisieran serlo y se esmeran para ello. Del mismo modo que los niños deleitan en descubrir el interior de un juguete electrónico, al Hacker le encanta fabricar cosas complicadas, computadoras iguales, y cualquier hard o software ingeniado por ellos.
• El sujeto pasivo seguirá siendo la víctima del delito, el propietario legítimo del bien jurídico protegido, sobre quien recae la conducta de acción u omisión que realiza el sujeto activo. En el caso de estos delitos los sujetos pueden ser persona natural o jurídica que usan sistemas automatizados de información, generalmente conectados a otros. Mediante el sujeto pasivo podemos conocer los diferentes ilícitos que cometen los delincuentes informáticos, aunque estos generalmente no son descubiertos o no son denunciados a las autoridades responsables; tal vez la razón de ello es la falta de leyes que protejan a las víctimas de estos delitos; la falta de preparación por parte de las autoridades para comprender, investigar y aplicar el tratamiento jurídico adecuado a esta problemática; o bien el temor a su empresa y las consecuentes pérdidas económicas; u otros motivos.
• LEY CONTRA LA DELINCUENCIA ORGANIZADA
• Crimen organizado o delincuencia organizada es la denominación que se le da a las estructuras sociales compuestas por individuos que se organizan para cometer acciones delictivas, así como al tipo de delito imputado por dicha conducta. Entre dichas acciones suelen encontrarse el tráfico de drogas, armas, réplicas de obras artísticas o tesoros arqueológicos, robo de vehículos, terrorismo, secuestro, trafico de indocumentados, etc.
• La mayoría de esas organizaciones tienen un orden jerárquico, siendo las formas de pandillas Y mafia las más comunes
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AN aprobó Proyecto de Ley Orgánica Contra la Delincuencia Organizada La plenaria de la Asamblea Nacional aprobó, en segunda discusión, el Proyecto de Ley Orgánica Contra la Delincuencia Organizada, su objeto es prevenir, investigar, perseguir, tipificar y sancionar los delitos relacionados con la delincuencia organizada, de conformidad con la Constitución nacional y los tratados internacionales relacionados con la materia, suscritos válidamente por la República. La Presidencia de la Asamblea Nacional ordenó su remisión a la Comisión de Política Interior para incorporar los cambios surgidos durante el debate, y así elaborar el informe final que será considerado para la sanción de la norma y su posterior remisión al Ejecutivo nacional a los efectos de su promulgación y publicación en la Gaceta Oficial. En el artículo 16 se establecen los delitos considerados delincuencia organizada, además de los tipificados en la ley, que son: tráfico ilícito de sustancias estupefacientes y psicotrópicas, sus materias primas, insumos, productos químicos esenciales, solventes, precursores y de otra naturaleza desviados y utilizados para su producción; la importación, exportación, fabricación y comercio ilícito de armas y explosivos; la estafa y otros fraudes; los delitos bancarios o financieros; el robo y hurto;
• la corrupción y otros delitos contra la cosa pública; los delitos ambientales; el hurto, robo o tráfico ilícito De vehículos automotores, naves aeronaves, trenes de cualquier índole, sus piezas o partes; el contrabando y los demás delitos de naturaleza aduanera y tributaria; la falsificación de monedas y títulos de crédito público: la trata de personas y de migrantes; la privación ilegítima de la libertad individual y el secuestro, así como la extorsión. En el capítulo de los delitos contra el orden socioeconómico, lo relacionado con la legitimación de capitales, donde quien por sí o por interpuesta persona sea propietario o poseedor de capitales, bienes, haberes o beneficios cuyo origen derive, directa o indirectamente de actividades ilícitas, será castigado con prisión de ocho a 12 años y multa equivalente al valor del incremento patrimonial ilícitamente obtenido.
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En los delitos contra las personas está el artículo 12 referido al sicariato, que señala: “Quien dé muerte a alguna persona por encargo o cumpliendo órdenes de un grupo de delincuencia organizada, será penado con prisión de 25 a 30 años. Con igual pena será castigado quien encargue la muerte y los miembros de la organización que ordenaron y tramitaron la orden”. En el artículo 42, se crea la Comisión Nacional Contra la Delincuencia Organizada, que será designada por el Ejecutivo nacional y estará encargada de estudiar y procesar la información necesaria para controlar, evitar y reprimir las actividades de estas organizaciones. En el capítulo relacionado con los organismos policiales de investigaciones penales y del Ministerio Público, está el artículo 57 que señala: “El Ministerio Público creará una Dirección General contra la Delincuencia Organizada, dotada de un equipo técnico especialista en investigación y análisis objeto de esta ley. De esta Dirección dependerán, al menos, una Dirección contra el tráfico de sustancias estupefacientes y psicotrópicas y otra relacionada con la legitimación de capitales y otros delitos financieros y económicos. El Ministerio Público creará programas especiales de información, formación y capacitación para los fiscales del Ministerio Público en esta
El artículo 6 de la Ley Contra La Delincuencia Organizada, establece: “Quien forme parte de un grupo de delincuencia organizada para cometer uno o más delitos de los previstos en esta Ley, será castigado, por el sólo hecho de la asociación, con pena de cuatro a seis años de prisión”.
• Del análisis antes realizado, se evidencia que si bien hubo un cambio de calificación a favor del imputado HEBERT ALEJANDRO MONTERO, los delitos de extorsión y de Asociación para delinquir, son delitos que requieren de un concurso de personas, tal como se evidencia, que presuntamente ocurrió en el presente caso, y ambos se encuentran previstos en leyes especiales, creadas por el Estado para preservar con mayor punibilidad los bienes jurídicos tutelados, …………..
DELITOS TRIBUTARIOS CODIGO ORGANICO TRIBUTARIO
• ILICITO TRIBUTARIO TODA ACCION U OMISION VIOLATORIA DE LAS NORMAS TRIBUTARIAS ART. 80 COT • BIEN JURIDICO TUTELADO EL TRIBUTO, EL FISCO NACIONAL Y EL SISTEMA TRIBUTARIO
• REVALANCIA CONSTITUCIONAL • ART. 311. • ART.316 • ART.317 • DISPOSICION TRANSITORIA
โ ข FUENTE DEL DERECHO TRIBUTARIO Art.27 COT Agente de retenciรณn, Agente de percepciรณn Responsabilidad solidaria
• Art.116 Defraudación Tributaria • Agravantes • Indicios de defraudación art.117