EXTRADICIÓN
Alumna: Elimar Díaz V-13268474
EXTRADICIÓN Pedido de un gobierno a otro, para el juzgamiento o la ejecución de la pena, a fin de que entregue a una persona. Se aplican normas vigentes del Código Procesal Penal. Se aplican los principios de: Legalidad, doble incriminación, especialidad, reciprocidad y prohibición de la pena de muerte. Existen dos Clases de Extradición: Activa y Pasiva. El trámite es: * Resolución consultiva de la Sala Penal Suprema. * Dictamen de la Comisión de Extradición. *Resuelve el Poder Ejecutivo.
EXTRADICIÓN
Requisitos de la Extradición: * Delitos del orden común: lato sensu. * Punibles en ambos Estados. * Que la pena sea de prisión y mayor de un año tratándose de delitos dolosos. * En los culposos que en ambas legislaciones se sancionen con pena de prisión. * Sólo por delitos perseguibles de oficio.
Condiciones para la Extradición Debe ser de nacionalidad extranjera. El delito debe haberse cometido en el territorio que solicita la extradición y que las leyes de dicho país le sean aplicables al delito. La extradición alcanza a los autores, cómplices o encubridores del delito. El hecho o delito causado tiene que estar tipificado en la legislación del país que solicita la extradición. No cabrá extradición si el delito ya ha prescrito. El delito por el cual se solicita la extradición, debe estar castigado en ese Estado con pena privativa de libertad mayor a un año.
PROCEDIMIENTO DE EXTRADICIÓN Inicio del Procedimiento de Extradición Activa Se inicia a solicitud del Ministerio Público ante el juez de control
Se dirige la actuación al Tribunal Supremo de Justicia.
Inicio del Procedimiento de Extradición Pasiva Se inicia mediante solicitud de un gobierno extranjero
El Poder Ejecutivo remite la solicitud al Tribunal Supremo de Justicia
El cual decidirá en 30 días si procede o no la solicitud de extradición.
El Tribunal Supremo de Justicia convoca a una audiencia oral dentro de los 30 días siguientes..
Si procede, se remite copia de la actuación al Ejecutivo Nacional.
Debiendo presentarse el Ministerio Público, el requerido y el estado requirente..
El Ministerio de Relaciones Exteriores tramitará y presentará
Para la decisión que deberá presentarse dentro de los 15 días siguientes
La solicitud en el lapso de 60 días ante el gobierno extranjero.