BARQUISIMETO-EDO. LARA ACTOS Y PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS PROF. GLENDA AZOCAR
Recursos Administrativos Alumnos: Junior Amado Pérez Carmen Avendaño Juan Andrés Casanova
MECANISMOS DE DEFENSA DE LOS PARTICULARES ANTE LA ADMINISTRACION PUBLICA
LA CONSTITUCION Y LAS LEYES ESTABLECEN LOS PRINCIPIOS Y MEDIOS ADMINISTRATIVOS Y JUDICIALES PARA QUE LOS ADMINISTRADOS AFECTADOS EN EL DISFRUTE Y GOCE DE SUS DERECHOS PUEDAN EXIGIR EL RESTABLECIMIENTO DE LA SITUACION JURIDICA INFRINGIDA
a)
Recursos Administrativos
VIA ADMINISTRATIVA b) Derecho de peticiรณn
CLASIFICACION
LOS RECURSOS: (MEDIOS DE DEFENSA)
a)
Acciones Judiciales
b)
Recursos contenciosos administrativos
VIA JURISDICCIONAL
DEMANDA CONTRA EL ESTADO
a)
Demanda de nulidad de contratos Administrativos
b)
Demandas de responsabilidad patrimonial contra el Estado
a)
Recursos Administrativos
De reconsideración Jerárquico De revisión De solicitud de auto tutela
VIA ADMINISTRATIVA b) Derecho de petición
a)
Acciones Judiciales
Acción de amparo Acción de protección por ante la jurisdicción de niños, niñas y adolescentes
TIPOS
VIA JURISDICCIONAL
b)
Recursos contenciosos administrativos
De nulidad por inconstitucionalidad de un acto administrativo o norma De abstención o carencia
a)
Demanda de nulidad de contratos Administrativos
b)
Demandas de responsabilidad patrimonial contra el Estado
DEMANDA CONTRA EL ESTADO
VIA ADMINISTRATIVA: Se impone el recurso por ante el órgano del cual emano el acto, para que sea revisado, cuando las decisiones de la administración publica lesionan los derechos e intereses de los administrados
RECURSOS ADMINISTRATIVOS: Son actuaciones que se pueden oponer ante la actuación u omisión de un Órgano del Estado.
RECURSO DE RECONSIDERACION: DEFINICION: Procede contra todo acto de carácter particular emitido de la administración publica CARACTERISTICAS: 1) No requiere de asistencia profesional 2) Dispone de 15 días para presentarlo y la administración cuenta con 15 días para contestar 3) Interpuesto ante el funcionario que emitió el acto BASE LEGAL: Art. 2, 3, 94 de la LOPA, PRINCIPIOS: Participación, responsabilidad de la función publica. EJEMPLO: Se impone una multa por incumplimiento de un deber formal de 10,000,00 Bs. al no tener el RIF en lugar visible, el funcionario actuante no se percato que el Rif si estaba en cartelera, el afectado impone un recurso de reconsideración por cuanto el funcionario por apuro no se percato de esto
RECURSO JERARQUICO: DEFINICION: debe ser interpuesto cuando se ratifica el acto administrativo recurrido o cuando transcurrido el lapso no se ha recibido respuesta CARACTERISTICAS: 1) No requiere de la asistencia de abogados 2) Procede después del recurso de reconsideración y el órgano inferior decide no modificar el acto 3) Debe ser introducido dentro de los 15 días hábiles siguientes, 4) Interpuesto ante el Superior a quien dicto el acto 5) Se debe identificar al funcionario(a) y al órgano que decidió el recurso BASE LEGAL: Art. 2, 3, 98 de la LOPA, PRINCIPIOS: Legalidad, Participación, Celeridad, Eficacia, Eficiencia, responsabilidad en el ejercicio de la función publica. EJEMPLO: El funcionario ratifica el acto administrativo (la multa) se introduce un recurso jerárquico por ante el Superintendente de Administración Tributaria (SENIAT)
RECURSO DE REVISION: DEFINICION: Opera contra actos administrativos firmes que no pueden ser impugnables SUPUESTO DE APLICACIÓN: a) Cuando aparezcan pruebas esenciales b) Cuando en la decisión hubieran influido testimonios falsos por sentencia firme y c) cuando la resolución hubiera sido adoptada por violencia, o manifestación fraudulenta en sentencia firme CARACTERISTICAS: 1) El lapso para su interposición es de 3 meses desde que se tiene conocimiento de las pruebas y 3 meses de la sentencia, la administración tiene 30 días para pronunciarse BASE LEGAL: Art. 2, 3, 97 de la LOPA, PRINCIPIOS: Legalidad, Participación, Celeridad, Eficacia, Eficiencia, responsabilidad en el ejercicio de la función publica. EJEMPLO:
VIA JUDICIAL: RECURSO DE ABSTENCION O CARENCIA DEFINICION: Utilizado ante abstenciones o negativas de funcionarios a cumplir determinados actos a que están obligados por ley CARACTERISTICAS: 1) Tiene fundamento en el incumplimiento de una obligación legal para actuar BASE LEGAL: Ley de función publica (LOFP) PRINCIPIOS: Gratuidad, sin formalidades, celeridad, publicidad EJEMPLO: Un funcionario se negó a emitir una constancia o certificación de habitabilidad urbanística