Boletin Las Comadres nº 4

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N. 4

Bogotá, octubre de 2014

Boletín bimensual de La Casa de la Mujer

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En qué vamos

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Haciendo Memoria

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Recomendado feminista


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EDITORIAL La justicia transicional nos coloca en una situación de duda pues nos debatimos entre dos alternativas: ¿justicia transicional para las mujeres o no? Al desafío le daremos la acepción de situación difícil a la que nos enfrentamos las mujeres en relación con la justicia transicional. Sin lugar a dudas, la justicia transicional ha sido una ganancia de la humanidad mediante la cual “(…) las sociedades ajustan cuentas con un pasado de barbarie e impunidad, y hacen justicia a las víctimas de las dictaduras, guerras civiles u otras crisis comparables con el propósito de avanzar y retornar a la plena normalidad democrática (…)” (La cita es de Jon Elster, citado por María Patricia González Chávez en: Justicia transicional y género: Aportes y reflexiones críticas, 2011. pg.5). La autora, señala los aportes al tema desde la memoria histórica a partir de casos que datan de la Segunda Guerra Mundial y las experiencias de Argentina, Bosnia-Herzegovina, Chile, España, El Salvador, Ex - Yugoeslavia, Japón, Ruanda, Sudáfrica y Guatemala, y donde se examinan “(…) los juicios a responsables de violaciones masivas de derechos humanos, los mecanismos de reparación y garantías de no repetición.” (González Chávez, 2011: 4). La justicia transicional es producto de sistemas jurídicos que articulan una trama de poder, donde el núcleo del control lo ejercen los varones y que se concreta en un sistema de poder múltiple que actúa en espacios macro y micro sociales. Las mujeres, definidas por esos sistemas jurídicos, quedamos atrapadas en el plano simbólico de la objetividad que no es otra cosa que el arbitrio del legislador y el juez, en una universalidad cuyo parámetro es masculino, en una serie de distinciones y jerarquizaciones que esconden las diferencias haciéndolas pasar por naturales.


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En este sentido, es necesario interpelar a la justicia transicional y modificar la legitimidad única, sustentada en construcciones androcéntricas, para redefinir la concepción de lo humano como una que incorpore lo masculino y femenino, en tanto diferencias que no implican discriminación y privilegios.

jeres? ¿Se debe castigar a todos/as a los/as responsables? ¿Se deben olvidar los atropellos para favorecer la paz y la reconciliación?

Es un desafío esclarecer los sesgos sexistas de la justicia transicional y la forma en que afectan el derecho de las mujeres a la verdad, la justicia, la reparación y garantías de no repetición. Se debe supe rar la utilización de modelos o patrones de indicadores indiscriminadamente, pues esto ha respondido a una visión unilineal de la realidad generalmente dominante, que se impone sobre realidades específicas donde las particularidades no son tomadas en cuenta, lo cual puede generar la tendencia a homologar recetas o soluciones para graves problemáticas que se deben enfrentar en relación con la violación de los derechos de las mujeres en el contexto del conflicto armado. Por ello, es necesario tener una perspectiva histórica del proceso de larga duración que implicado el conflicto armado colombiano, así como los elementos de coyuntura y situación. En este contexto, surgen preguntas a las cuales debemos encontrar salidas: Cuando se salga del conflicto armado, ¿qué debe hacer la sociedad colombiana frente al legado de graves atentados contra la dignidad y autonomía de las mu-

Fotografía: Santiago Aguirre


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¿EN QUE VAMOS? La dificultad de tipificar las violaciones a los derechos humanos de las mujeres Aunque el haber visibilizado la violencia sexual representa un aporte, el desafío es lograr un abordaje multifacético que incluya temas como la vulnerabilidad extrema y la injusticia estructural que afecta a las mujeres en cifras desproporcionadas en el contexto del conflicto armado. Además, cuando la mirada se concentra en las lesiones físicas, con frecuencia la experiencia de las mujeres como víctimas de violaciones de derechos humanos se reduce a la violencia sexual. Los motivos por los cuales se excluyen o marginan otros aspectos de las experiencias de las mujeres pueden variar, y van desde la dinámica del sensacionalismo de los medios de comunicación, hasta la insuficiencia de estrategias para el análisis de la violación de los derechos humanos de las mujeres. Este sesgo general, que iguala las violaciones de derechos humanos contra las mujeres con violaciones sexuales, puede constituirse en un problema para el acceso de las mujeres a la justicia transicional.

Fotografía: Santiago Aguirre

Es necesario también transcender la visión que entiende la violencia sexual como sinónimo de violación.


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Es necesario también transcender la visión que entiende la violencia sexual como sinónimo de violación. Cuando nos referimos a violencia sexual, estamos hablando de sexo, de violación de derechos humanos, de ejercicio del poder, de mecanismos de disciplinamiento, castigo y control de los varones sobre las mujeres. En este sentido, la primera Encuesta de Prevalencia de la violencia sexual en el contexto del conflicto armado, da luces acerca de una de las caras de la violencia sexual más invisibilizada: el control social, afectivo y sexual del cual son víctimas las mujeres. En la encuesta, 326.891 mujeres dijeron ser víctimas de esta forma de violencia sexual, por supuesto no tipificada como delito, que atenta contra su autonomía. Por eso, es urgente tanto ampliar el marco de interpretación de la violencia sexual y desplazarlo no solo a las violencias tipificadas en el código penal y el Estatuto de Roma, como interpretar la violación en tanto ejercicio de poder, y como forma de obtener sexo y satisfacer deseos por parte del victimario, de una manera perversa. Este representa uno de los retos. Para tratar de superar la visión sesgada de los crímenes cometidos contra las mujeres en el contexto del conflicto armado colombiano, es necesario incluir por lo menos tres elementos clave, en los mecanismos a través de los cuales operará la justicia transicional en el país. • Historia de patrones de violaciones de derechos humanos de las mujeres, partiendo de sus diversidades. • Metodologías para tomar declaraciones y recopilar información. • Investigaciones sensibles que den cuenta de la complejidad particular de la violencia basada en el género, no solo desde el ámbito jurídico.

Superar el esencialismo identitario del feminismo Las nuevas y viejas realidades de las mujeres en el país, nos invitan a mirarnos y a preguntarnos si como mujeres, hemos caído quizá en esencialismos identitarios que reclaman nuestra lealtad a una sola identidad, cuando la realidad nos sitúa en el cruce de fronteras, geográficas o metafóricas.


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Cruce de fronteras e identidades, por ejemplo, cuando las mujeres se reconocen como pacifistas o guerreras frente a la guerra, cuando las lesbianas cuestionan la homofobia de la guerra y de la paz, cuando las víctimas exigen enterrar a sus muertos o a sus hijas/os desaparecidos, o las feministas exigen el diálogo como el instrumento para la tramitación de los conflictos públicos y privados, o cuando las mujeres exigen atención en salud. Todas ellas -todas nosotras- ¿desde qué lugar o lugares de enunciación nos situamos para demandar nuestros derechos y el acceso a la justicia transicional? ¿Lo hacemos solo desde la conciencia y opresión de las mujeres? Afirmo, no hay una sola identidad desde la cual las mujeres exigen sus derechos, por el contrario, hay intersecciones y cruce de fronteras de

¿Desde qué lugar o lugares de enunciación nos situamos para demandar nuestros derechos y el acceso a la justicia transicional? identidades. Estamos en un momento en que debemos superar las hegemonías que en alguna medida se encuentra permeadas por un criterio de exclusión. Es decir, deberíamos tener la capacidad de situar las relaciones de opresión y subordinación entre varones y mujeres, para evitar el universalismo feminista y no silenciar las voces de mujeres para las que su experiencia de subordinación está marcada por la clase, la etnia, la opción sexual o la opción del uso de las armas como medio para la transformación social. El reconocimiento y la valoración de la diversidad ideológica, cultural, racial, sexual y de clase es una práctica crítica para los movimientos feministas tanto locales como globales.

Fotografía: Santiago Aguirre


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Las mujeres como carentes de poder Es necesario también dar un salto cualitativo, para salirnos de posturas binarias que entienden a los varones como depositarios del poder y a las mujeres como carentes de él, e indagar y encarnar lo que propuso Michel Foucault: el poder sólo puede entenderse en el contexto de la resistencia. Quizá allí, encontremos nuevos sentidos a las resistencias de las mujeres a las guerras. Por ejemplo, en las madres de Soacha, en las Madres de la Candelaria, en las mujeres que lloran a sus hijas e hijos, o en sujetos políticos que reivindican el sagrado derecho de enterrar a sus muertos/as. La visión de las mujeres como carentes de poder, ha fortalecido imaginarios de las mujeres como víctimas, despojándolas de sus capacidades y habilidades para el cambio y la transformación. Entonces, ¿son víctimas carentes de poder o son mujeres que ganan y arrebatan autonomía para sus vidas y exigen derechos? ¿Estamos reduciendo la resistencia de las mujeres a los espacios de poder del patriarcado?

Fotografía: Santiago Aguirre

La visión de las mujeres como carentes de poder, ha fortalecido imaginarios de las mujeres como víctimas, despojándolas de sus capacidades y habilidades para el cambio y la transformación.

Otro asunto que deberíamos analizar, se refiere a la pregunta por los cuerpos de las mujeres en el debate sobre justicia transicional: ¿Dónde están? ¿Cuál es la lectura que hacemos de los cuerpos femeninos de las víctimas? ¿Dónde están esos otros cuerpos femeninos que también han resistido la guerra pero que no son víctimas directas de ella?


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La La reparación reparación transformadora. transformadora.

La reparación transformadora para las mujeres, debe ir más allá de políticas públicas que reconozcan, protejan y amplíen los derechos de las mujeres. Es necesario reconocer a las mujeres como titulares de derechos en la práctica y ello obliga al Estado a garantizarles condiciones habilitantes para su goce efectivo. Adicionalmente, implica cambiar la lógica que las entiende como mujeres con necesidades que deben ser atendidas, por la lógica que las ve como mujeres ciudadanas víctimas con derechos, que demandan del Estado el cumplimiento de sus responsabilidades constitucionales e internacionales. La reparación transformadora debe estar dirigida no solo a las mujeres víctimas de los diversos actores armados, sino también a las víctimas del sexismo; es decir, implica hacer posible la justicia para todos los colectivos de mujeres. Justicia que “no debería referirse solo a la distribución sino también a las condiciones institucionales necesarias para el desarrollo y el ejercicio de las capacidades individuales, de la comunicación colectiva y de la cooperación.” (Young, 1990: 72). Esta visión de justicia permitiría avanzar en propuestas de reparación transformadora para las mujeres, que deben estar dirigidas a erradicar situaciones como:

1) la explotación de las mujeres en todos los campos de la vida socio política del país; 2) la marginación que ubica a las mujeres en situaciones de vulnerabilidad y desventaja económica, social, cultural y sexual; 3) la carencia de poder que nos pone en situaciones de desventaja para la representación social y política, que nos deja sin legitimidad y autoridad y con pocas oportunidades para desarrollar y usar nuestras capacidades y habilidades; Fotografía: Santiago Aguirre


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4) la universalización de la experiencia masculina como la norma, lo cual sitúa la experiencia femenina como algo subsidiario de menor valor y trascendencia humana; y 5) la violencia sistemática que se ejerce en nuestra contra. (Young, Iris Marion: 71-106). La subordinación y opresión de las mujeres, en su diversidad identitaria y sexual, desaparecerá si se transforman los imaginarios sociales que nos hacen objeto de uso y derecho de los varones, y que definen nuestros cuerpos sólo en términos de una sexualidad cosificada como cuerpos para la sexualidad o para el trabajo doméstico, como objetos deshumanizados y de observación para el placer de otros. El derecho al cuerpo significa poder disponer de él en todos y cada uno de los espacios y tiempos de la vida. La libertad sexual para las mujeres debe salir del círculo del cuerpo reducido al sexo, del sexo femenino atrapado en un cuerpo regulable por medio del deseo y de la estética de los varones. Este es también una de los retos de la reparación transformadora para las mujeres. Un elemento de vital importancia para la reparación transformadora, en íntima relación con la justicia y el cruce de identidades de las mujeres, es el daño que se le hace a las mujeres y que

se encarna en su subjetividad de múltiples y variadas formas. Por ejemplo, el daño que se le hace a una mujer despojada de su tierra, ¿se encarna en su cuerpo de la misma forma que el daño hecho a una mujer víctima de violencia sexual? A la hora de reparar a las mujeres ¿Se pueden homologar los daños?

Fotografía: Santiago Aguirre

El derecho al cuerpo significa poder disponer de él en todos y cada uno de los espacios y tiempos de la vida.


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EL DERECHO A LA MEMORIA HISTÓRICA La memoria histórica no puede ser agotada desde una visión de la verdad, por supuesto necesaria desde una perspectiva ética, política y jurídica. Debe darse espacio también a la memoria histórica de las mujeres como “el esfuerzo consciente desde la colectividad de las mujeres por interpretar hechos pasados y presentes que marcan sus historias de olvido, subordinación, opresión, discriminación y violencias, para su no repetición y transformación”, “así como “herramienta que contribuye a la exigibilidad de los derechos a la verdad, la justicia y la reparación para las mujeres” (Casa de la Mujer, 2011: 12) El ejercicio de hacer historia desde y entre mujeres es un compromiso del feminismo, no solo para la labor de nombrar, reconocer y hacer visibles a las mujeres como sujetos políticos en todos los ámbitos de la sociedad, sino también para contribuir a la creación de narrativas para la transformación del sin sentido y vergüenza que es la guerra, como una de las marcas y consecuencias más evidentes de la cultura patriarcal. Abordar la memoria histórica de las mujeres desde el feminismo, plantea un serie de interrogantes: ¿cómo sacar a la luz la historia que habita en cada ser humano de manera que combine el conocimiento crítico con el pensamiento que descifre lo que se siente sin que ello contribuya a perpetuar el odio y la venganza, en un país que se alimenta a diario de la violencia y la retaliación? (RIVERA G, María Milagros; 2007: 36)


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Escuchar y fortalecer las narrativas propias de las mujeres, es parte fundamental de la reparación integral y la construcción de paz.

¿Cómo rescatar la memoria histórica desde un movimiento personal que avance en superar la dicotomía entre historiadores-as? y las mujeres y varones que a diario tejen y entretejen jirones de historia, dicotomía que impide conocer el sentido del conflicto social y político que ha terminado en este país en el conflicto armado, porque la palabra y la política no han sido capaces de ponerse al servicio del diálogo y la tramitación política. ¿Cómo recuperar a las protagonistas del pasado y del presente y contribuir a la revalorización de sus experiencias -nuestras experiencias- como elementos que permitan comprender y escribir la historia? Mientras no se promuevan iniciativas de memoria desde la voz de las mujeres, las víctimas no encontrarán su representación en los relatos colectivos que indiscutiblemente recrean las identidades y las historias sociales. Escuchar y fortalecer las narrativas propias de las mujeres, es parte fundamental de la reparación integral y la construcción de paz. El debate sobre la justicia transicional debe tener en cuenta las nuevas realidades globales del planeta, pues la globalización coloniza las vidas tanto de mujeres como de varones en todo el mundo. Para exponer y hacer visibles las varias y yuxtapuestas formas de subyugación en la vida de las mujeres, necesitamos un

Fotografía: Santiago Aguirre


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proyecto feminista antiimperialista, anticapitalista y contextualizado. Asimismo, el acuerdo para terminar el conflicto y para la construcción de la paz, se ubica en esta época de globalización, caracterizada por la fragmentación del proceso productivo, de las luchas y de los imaginarios colectivos. En ese sentido, la construcción de alianzas entre luchas diversas y la articulación de micro-políticas es el reto que enfrentamos las mujeres. En este esfuerzo por construir articulaciones, resulta prioritario establecer diálogos entre nosotras y con mujeres del sur y del norte del planeta. Es necesario salir de las disyuntivas sobre cuánta justicia, cuánta verdad o cuánta reparación, o si es por la vía de lo punitivo que se le va otorgar justicia a las mujeres víctimas. Debemos más bien responder preguntas como: El derecho penal, ¿va a garantizarle a las mujeres su reivindicación de libertad? Y si lo hace, ¿a qué precio y con qué beneficios? En el marco de la justicia transicional, ¿es la estrategia de investigar y sancionar a los máximos responsables la que realmente va a garantizar a las mujeres reparación y la no repetición? La estrategia de máximos responsables, ¿va a satisfacer la expectativa de las mujeres que consideran que se debe sancionar al perpetrador directo de la violencia sexual en su contra? El debate está abierto, y en la medida en que se concerten salidas jurídicas, políticas y sociales, será posible garantizar verdad, justicia, reparación y garantías de no repetición no solo a las víctimas de la violencia sexual en el contexto del conflicto armado, sino a todas la víctimas de las violencias.

Fotografía: Santiago Aguirre

Fotografía: Santiago Aguirre


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RECOMENDADO FEMINISTA La Fuente de las Mujeres - La Source des Femmes Para toda mujer que no entienda por qué existe el feminismo y cuáles son sus principios, esta película ilustra algunos elementos de este movimiento social y político. Esta historia se desarrolla en una aldea del oriente medio, donde las mujeres tienen la obligación de hacer la tareas del hogar y el cuidado de la familia, los hombres son los encargados de llevar el dinero a sus familias, poner las regales y garantizar el orden en la comunidad. Pero todo cambia cuando la protagonista Leila, dice no más a la tradición que exige a las mujeres ir a buscar el agua en lo alto de una montaña, esta travesía diaria que tienen que realizar las mujeres es la causa de constantes abortos y de que a muchas las lleguen a llamar estériles, por no cumplir con sus obligaciones como reproductoras. La propuesta de Leila nace con la idea de una huelga de amor, dejando sin sexo a los hombres hasta que colaboren en el traslado del agua hasta la aldea. La huelga dio pie en el film para tratar los derechos de las mujeres y su relación con la religión islámica. Dejando en una de las escenas la interpretación de las mujeres del Corán y la diferencia con la que plantean los hombres, quienes toman la huelga como una ofensa a la religión y la cultura al no cumplir con sus obligaciones. Los derechos de las mujeres han sido vulnerados por el sistema socio/sexual


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patriarcal que es característico de la mayoría de las culturas mundiales. Y las protagonistas de esta película toman el sexo como el único poder que tiene sobre los hombres, ya que a las mujeres desde la interpretación de los hombres del Corán no se les permite leer, escribir y pensar, dejando la violencia como única forma para proteger las tradiciones contra las mujeres que quieran cambiarla. Para invitarlas e invitarlos a ver esta grandiosa película, les dejo estas líneas que fueron muy elocuentes en relación a la mujer: “Las mujeres no tiene que taparse para reprimir los deseos de los hombres. Los hombres deben cerrar sus ojos y reprimir sus impulsos.”

En este link podrán ver el film, La Fuente de las Mujeres: http://vimeo. com/51363628


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