Litigio estrategico a favor de las mujeres en Colombia

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Este documento se ha realizado con la ayuda financiera de la Comunidad Europea en el marco del proyecto CRIS 2006 / 132 - 406 “Participación de las mujeres en la defensa de su derecho a una vida libre de violencias y por la resolución negociada del conflicto armado en Colombia”. El contenido de este documento es responsabilidad exclusiva de La Casa de la Mujer, Funsarep y Vamos Mujer y en ningún modo refleja la posición de la Unión Europea www.delcol.ec.europa.eu

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Tabla de contenido Introducción

Pág. 7

Persistencia de las violencias contra las mujeres en Colombia

Pág. 9

El uso del derecho desde el feminismo, litigio estratégico para las mujeres

Pág. 12

Casos emblemáticos

Pág.36

A manera de conclusión

Pág.32

Notas a píe de página

Pág.35

Bibliografía

Pág. 37

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Introducción Con el propósito de contribuir a develar la magnitud de las violencias que se ejercen contra las mujeres, a la exigibilidad de sus derechos a una vida libre de violencias y a la resolución negociada del conflicto armado, las organizaciones Casa de la Mujer (Bogotá), Vamos Mujer (Medellín), Funsarep (Cartagena) y el movimiento social de mujeres Ruta Pacífica de las Mujeres, con el apoyo de Intermón Oxfam, Oxfam Novib y la Unión Europea, desarrollaron de marzo de 2007 a febrero de 2010 el proyecto “Participación de las mujeres en la defensa de sus derechos a una vida libre de violencias y por la resolución negociada del conflicto armado en Colombia”.

El texto que se presenta “Litigio estratégico violencias contra las mujeres en Colombia”, aborda una muestra de los resultados de esta experiencia a partir de una primera reflexión sobre la magnitud de las violencias contra las mujeres en Colombia, a pesar de la existencia de un ordenamiento jurídico que cuenta con herramientas importantes para la protección de sus derechos. En un segundo momento se aborda la reflexión acerca del papel del derecho y del litigio estratégico en la lucha por una vida libre de violencias para las mujeres desde una postura feminista comprometida con la defensa de su autonomía y su reconocimiento material como sujetas de derechos. En tercer lugar, se realiza una presentación de 3 casos de mujeres que han padecido desaparición forzada, desplazamiento forzado y violencia sexual, en tres regiones diferentes de Colombia: Llanos Orientales, Montes de María y Antioquia, los cuales han sido acompañados por la Casa de la Mujer, Funsarep y Vamos Mujer, y son una pequeña muestra de los cientos de mujeres que han vivido diferentes violencias, y de la precaria respuesta institucional.

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Uno de los componentes desarrollados en el marco de este proyecto fue: cabildeo, sensibilización y movilización social a favor de las mujeres, en él se concibió la importancia de trabajar en litigio estratégico frente a situaciones de violencia contra las mujeres en el marco del conflicto social, político y armado que atraviesa el país, escenario en el que se exacerban las violencias y en el que la realización de los derechos a la verdad, la justicia y la reparación para las mujeres víctimas son aún una promesa pendiente. Tarea sumida dentro del proyecto por la Casa de la Mujer, Vamos Mujer y Funsarep.

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Por Ăşltimo, a manera de conclusiĂłn, se valoran los aprendizajes, los avances y los retos que tenemos las organizaciones que trabajamos en litigio estratĂŠgico en casos de violencias contra las mujeres, especialmente frente al acceso a la justicia.

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1. Persistencia de las violencias contra las mujeres en Colombia El movimiento feminista en Colombia ha denunciado el continuum de violencias que padecen las mujeres a lo largo de sus vidas, los cuales se intensifican en el marco del conflicto armado que vive el país, así lo confirman informes de las organizaciones y grupos de mujeres y organizaciones de derechos humanos, e informes de diversas instancias de protección de DDHH a nivel nacional e internacional, quienes coinciden en plantear el impacto diferenciado y la gravedad de las mismas. El reciente informe de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos publicado a inicios de 2010 destacó:

A la fecha, no se cuenta con cifras que permitan conocer la magnitud de las violencias contra las mujeres en Colombia, tal y como lo ha afirmado la Oficina de la Alta Comisionada de Naciones Unidas en Colombia para el caso de la violencia sexual “Las cifras sobre violencia sexual, incluyendo la ocurrida en el marco del conflicto armado interno, siguen siendo incompletas y segmentadas”2, aspecto que no difiere de la situación que se presenta frente a otro tipo de violencias contra las mujeres, no solo por las dificultades técnicas que se aprecian en la construcción de diversas baterías en el registro por parte de las entidades involucradas en la atención a las mujeres víctimas, sino también por el tamaño del subregistro como consecuencia de la persistencia del conflicto social, político y armado que hace que no se produzca la denuncia ante el miedo por represalias, la ausencia de garantías de protección por parte del Estado, y la historia de impunidad que acompaña este tipo de hechos, entre otras múltiples razones. Con la salvedad de los problemas que enfrentan los sistemas de registro, es importante observar las cifras existentes, las cuales pueden dar una idea de la magnitud del problema: Desaparición forzada Las desapariciones forzadas generalizadas o sistemáticas, en todos los casos reconocidas internacionalmente como Crímenes de Lesa Humanidad, es un crimen que persiste en Colombia, de acuerdo con los datos de la Comisión de Búsqueda de Personas desaparecidas (CBPD) desde la década

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“Que la violencia ejercida por todos los actores del conflicto interno sigue causando un impacto diferenciado y agravando la discriminación histórica que las mujeres colombianas han vivido […] Las principales manifestaciones de la violencia contra las mujeres identificadas en el informe de 2006 –la violencia física, sexual y psicológica, el reclutamiento forzado, la imposición de pautas de comportamiento social, y el desplazamiento forzado – continúan afectando a las mujeres de todas las edades, razas y etnias en Colombia”1.

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de los cuarenta hasta hoy, se registran oficialmente 43.346 casos de desaparición, de los cuales 11.822 son reconocidos como presuntas desapariciones forzadas3. Si bien este es un crimen que históricamente ha afectado con mayor preponderancia a los varones, en la actualidad se calcula que de las cifras oficiales al menos el 10.9% de los casos corresponde a mujeres, los departamentos en los que se presenta mayor prevalencia de este crimen en contra de mujeres son: Antioquia, Valle del Cauca y Nariño. Es importante señalar que esta misma Comisión ha afirmado que las desapariciones forzadas aumentaron dramáticamente entre el 1º de enero de 2007 y el 21 de octubre de 2008, periodo en el que se registraron 7.763 casos, de los cuales 3.090 ocurrieron durante el 20084. Desplazamiento forzado El desplazamiento forzado continúa afectando a la población civil en Colombia. La Agencia Presidencial para la Acción Social y la Cooperación Internacional, reporta que hasta el 31 de diciembre de 2009 existe un total de 3.303.979 personas reconocidas como desplazadas de manera forzada, de las cuales 1.623.236 son mujeres y 1.680.743 son varones5. Cifra que es realmente modesta si se compara con los datos de la Consultoría para los Derechos Humanos (CODHES) quienes afirman que entre 1985 y 2008 el desplazamiento forzado afectó a un total aproximado de 4.629.190 personas6. Según CODHES en 2009, al menos 286.389 personas fueron obligadas a desplazarse, situación que afectó al 69% del total de municipios del país7.

Gráfico 1: Hombres y mujeres en situación de desplazamiento forzado por año de salida. Fuente: Registro Único de la Población Desplazada8. Elaboración: Equipo de investigación.

De acuerdo a las cifras oficiales desde el 2006 las mujeres representan el 51% del total de personas que se han visto obligadas a desplazarse, quienes en términos cualitativos son víctimas de la vulneración de sus derechos constitucionales de manera “sistemática, extendida y masiva” quienes sufren un impacto desproporcionado en el conflicto armado y en la vivencia del desplazamiento forzado, al enfrentar riesgos y facetas de género que las ubica en una situación de vulnerabilidad acentuada .

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Violencia sexual Pese al alto sub-registro, de los datos oficiales existentes sobre dictámenes sexológicos realizados por INML durante el periodo 2007 – 2009, se evidencia una tendencia creciente en la denuncia y/o en los casos de violencia sexual en el país. Dichos dictámenes pasan de 20.232 en el 2007 a 21.228 en el 2009, aumento que también se da en la representación que tienen las mujeres en dichas cifras, pasando del 84% en el 2007, hasta alcanzar el 84,25% en el 2009.

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Gráfico 2.: Violencia sexual en Colombia 20072009. Fuente: Elaborado equipo de investigación con base en INML y CF, Forensis 2007, 2008 y 2009.

El movimiento feminista ha insistido en que la violencia sexual en contra de las mujeres es expresión de relaciones de opresión y subordinación e instrumento para disciplinar, ordenar y controlar la vida de las mujeres y de las comunidades, así lo reconoció la Corte Constitucional en el Auto 092 de 2008, al expresar que la violencia sexual en Colombia es una práctica habitual, sistemática e invisible en el contexto del conflicto armado que se extiende a todo lo ancho del territorio nacional, y que en su conjunto revela un panorama fáctico de violencia, crueldad y barbarie sobre el cual se ha tendido un manto casi total de invisibilidad, silencio e impunidad a nivel oficial y extraoficial10.

Presunto agresor

Nº de casos de mujeres 2007

2008

2009

Policía

22

29

34

Fuerzas militares

11

9

21

FARC

5

6

4

Otras guerrillas

5

8

2

0

5

5

ELN

1

1

Grupos seguridad privada

11

8

2

Narcotraficantes

3

2

5

2902

3157

3583

Ns/NR SI

973

949

948

Otros

1118

11720

13331

Paramilitares/ criminales

Agresor desconocido

bandas

dudoso/

Total 15051 15894 17935 Tabla 1: Presunto agresor casos de violencia sexual en contra de las mujeres en el 2007 - 2009. Fuente: Instituto Nacional de Medicina Legal. Informes periciales por presunto delito sexual. Colombia 2007, 2008 y 2009. Elaboración: equipo de investigación Casa de la Mujer.

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En los informes del INML, en el contexto del conflicto armado, la policía y las Fuerzas militares son los actores armados legales presuntos responsables de un número significativo de violencia sexual en contra de las mujeres como se puede apreciar en la tabla número 1. Se evidencia, por tanto, el incumplimiento de las obligaciones del Estado, no solo de prevenir, sancionar y erradicar la violencia sexual contra las mujeres, sino de abstenerse de cualquier acción o práctica de violencia de manera directa a través de sus agentes.

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2. El uso del derecho desde el feminismo, litigio estratégico para las mujeres Ante la magnitud y la persistencia de las violencias en contra las mujeres en Colombia, una de las estrategias utilizadas y que continúa vigente por el movimiento feminista desde hace varias décadas, ha sido el uso del derecho como herramienta para la exigibilidad a una vida libre de violencias. A continuación algunas reflexiones sobre el uso del derecho desde una postura feminista y algunos de los aprendizajes que se han tenido desde el litigio estratégico en casos de violencias contra las mujeres. 2.1

El uso del derecho desde el feminismo

El feminismo como corriente de pensamiento desde sus distintas vertientes (liberal clásico, social, socialista, cultural, radical, antiesencialista, constructivista, marxista), ha analizado el derecho desde diferentes perspectivas, en esta tarea tal y como lo plantea Isabel Cristina Jaramillo se han realizado críticas que abordan aspectos teóricos e institucionales, y se han creado distintos métodos para su análisis11. Beatriz Kohen identifica tres etapas del pensamiento jurídico desde los estudios feministas, en las que se ha planteado que el derecho es sexista, masculino, y finalmente que el derecho tiene sexo/género. La reflexión sobre el carácter sexista del derecho ha sido planteada de manera particular por las feministas liberales quienes han llevado a cabo diferentes luchas tendientes a extender los derechos reconocidos formalmente a los varones y a las mujeres. Por su parte, las críticas sobre el carácter masculino del derecho promovidas por las feministas radicales, han desvirtuado algunos de los postulados básicos del derecho, entre los que se destaca su pretendida universalidad, objetividad y neutralidad, especialmente a partir del análisis sobre la aplicación de las normas jurídicas. Finalmente, las feministas posmodernas han sostenido que el derecho tiene género y que en esta medida éste podría ser un instrumento de reforma social al tiempo que se comporta como una fuerza que contribuya a mantener a las mujeres “en su sitio”12.

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Las ideas esgrimidas en esta última etapa guardan similitud con la tercera vía expuesta por los estudios interdisciplinarios de derecho y sociedad13 ante la discusión que existe entre marxistas y liberales tradicionales sobre la concepción del derecho, quienes se debaten frente al derecho cómo límite al ejercicio de la violencia y en esa medida como instrumento de protección frente a los más débiles y, el derecho como instrumento de dominación, de legitimación del poder y del statu quo. En este escenario, los estudios de derecho y sociedad indagan por los usos contra hegemónicos del derecho en el caso de los grupos que históricamente han sido subordinados, llegando incluso a afirmar que el derecho puede ser utilizado para obtener ventajas reales para los grupos e individuos desventajados14. Las organizaciones que confluimos en el proyecto “Participación de las mujeres en la defensa de sus derechos a una vida libre de violencias y por la resolución negociada del conflicto armado en Colombia”, partimos de la idea de que el derecho es producto de un sistema socio-sexual patriarcal que se sustenta sobre un andamiaje cultural y simbólico, que busca enseñar a las mujeres a vivir en la subordinación y la opresión, constituyendo las violencias contra las mujeres y su legitimación en componente básico del sistema15. No obstante, coincidimos con las reflexiones hechas desde los estudios de derecho y sociedad, sobre el uso contra hegemónico del derecho, en el sentido de que experiencias concretas, han demostrado la pertinencia de su uso para el respeto, protección y garantía de los derechos de las mujeres, ejemplo a nivel nacional es la existencia del Auto 092 de 2008 de la Corte Constitucional, que por primera vez reconoció la magnitud

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y las especiales afectaciones que viven las mujeres en el marco del conflicto armado, así como la condición de las mujeres como sujetos de especial protección constitucional. Adicionalmente, al afirmar y asumir el feminismo como “camino teórico y práctico (…), como un movimiento intelectual y político a favor de las mujeres, (…) y principalmente como movimiento subjetivo de politización de la vida cotidiana que hace de lo personal, de lo más ínfimo, una constante problematización capaz de subvertir los modos de vida y ampliar nuestra capacidad de decisión y autonomía sobre nuestras vidas”, se concibe el uso del derecho desde el colectivo y a nivel individual como una herramienta para la búsqueda de la autonomía de las mujeres. En esta tarea, la lucha por el reconocimiento de derechos y la exigencia de la efectividad de aquellos ya reconocidos, son un camino en la búsqueda de una real autonomía sobre las vidas y los cuerpos de las mujeres. 2.2

Litigio estratégico para las mujeres

Si bien cada hecho de violencia que se ejerce en contra una mujer expresa la condición de subordinación y discriminación de todo este grupo poblacional, este hecho se constituye en hecho o caso emblemático, que se demanda mediante acciones de litigio estratégico cuando se realizan acciones de exigibilidad que pretenden impactar la sociedad y las instituciones, más allá del debate y los intereses individuales.

El litigio estratégico de casos emblemáticos no implica llevar muchos procesos judiciales sobre la misma situación que se pretende solucionar, se trata de llevar uno o unos pocos con objetivos políticos específicos. En esta medida realizar litigio estratégico, requiere desarrollar estrategias jurídicas ambiciosas, que no se limiten al triunfo de una de las partes, sino que pretendan modificar el funcionamiento de las instituciones jurídicas y que contribuyan a modificar las pautas sociales y culturales que niegan los derechos de las mujeres y que legitiman las violencias en su contra. Objetivos específicos del litigio estratégico para las mujeres 1. Obtener jurisprudencia garantista de los derechos de las mujeres. Entendiendo por garantismo: “la elaboración y la implementación de las técnicas de la garantía idóneas para asegurar el máximo grado de efectividad de los derechos constitucionales reconocidos”16. 2. Promover valores democráticos, entendiendo que éstos, si bien hacen parte del ejercicio político en sociedades patriarcales y capitalistas, representan también la limitación del ejercicio arbitrario del poder por parte del Estado o de los particulares. 3. Modificar leyes o políticas que contengan aspectos discriminatorios hacia las mujeres. 4. Denunciar públicamente normas discriminatorias hacia las mujeres. 5. Generar opinión pública favorable a los derechos humanos de las mujeres. 6. Apoyar las demandas del movimiento de mujeres.

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El litigio estratégico es el debate judicial ante tribunales nacionales o internacionales, sobre una situación con el objetivo de que produzca resultados que favorezcan a un grupo de personas, un grupo poblacional o comunidad, acompañado de acciones de exigibilidad política y social. En el caso del litigio estratégico a favor de las mujeres se pretende que se avance en la protección de sus derechos contribuyendo a la superación de la discriminación histórica que han vivido.

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Cuestiones que deben estudiarse antes de iniciar el caso Existen varias cuestiones que deben ser analizadas en el proceso de selección de un hecho de violencia frente al cual se pretendan realizar acciones de litigio estratégico. Los principales asuntos a tener en cuenta en el proceso de selección son: los objetivos políticos, quién es la mujer representada y cuáles son sus necesidades y aspiraciones con la acción de exigibilidad, los recursos humanos y económicos con los cuales se cuenta, y el análisis de contexto en el cual se va a enmarcar la acción para prever posibilidades y limitaciones de la acción de litigio. Al analizar los objetivos políticos que se persiguen con la acción de litigio estratégico se debe aclarar cuál es la relevancia política de los problemas sociales que se van a debatir. En el caso de exigibilidad de derechos para las mujeres es necesario determinar si con la acción de litigio se atacará un hecho representativo de la violencia que se ejerce contra las mujeres. En este punto es necesario evaluar los nexos de los hechos violentos con la discriminación histórica hacia las mujeres, sus diferentes expresiones y formas en que se manifiesta en hecho particular. Este análisis implica tanto el acto violento que da origen al proceso judicial, como las respuestas que el Estado ha dado a este tipo de hechos. La situación psicosocial de la víctima y su interés en las acciones de exigibilidad son fundamentales para determinar la viabilidad del caso y hacer que éste le sirva a ella para desarrollar su potencial como sujeto político. Por lo tanto, se debe tener en cuenta el estado emocional de la mujer, su situación familiar, las redes de apoyo con las que cuenta, su situación económica, el estado general de vulneración o garantía de sus derechos. Así mismo se debe establecer el interés que la mujer tiene en las acciones de exigibilidad que se pretenden emprender; de manera tal, que si sus expectativas no corresponden con las de la institución que la acompañará en la acción de litigio estratégico, el caso se hará inviable, si por el contrario sus intereses coinciden con los de la institución, éstos se pueden potenciar aún más con las mismas acciones de litigio estratégico. Antes de iniciar el caso es importante establecer los recursos humanos y económicos con los que se contará. Los recursos humanos están constituidos por el equipo de trabajo base y las redes de mujeres y demás organizaciones que acompañaran las acciones de exigibilidad. Si el litigio estratégico no cuenta con este tipo de recursos humanos, la acción puede fracasar, pues una decisión judicial favorable a los derechos de las mujeres que no cuenta con respaldo político en la sociedad tiene posibilidades de efectividad restringidas. Los recursos económicos garantizan que las acciones de exigibilidad sean sostenibles, pero si se prioriza este tipo de recursos por encima del recurso humano, las acciones de exigibilidad también fracasarán, pues no impactarán la sociedad y, los recursos económicos terminarán siendo desperdiciados. El análisis de contexto que se realiza para determinar la viabilidad de una acción de litigio estratégico permite valorar las condiciones favorables y desfavorables en medio de las cuales se adelantará el caso, y brinda elementos adicionales para la determinación del objetivo político del litigio. La acción judicial

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La viabilidad de la acción de litigio estratégico está determinada en términos judiciales por las pruebas que lo sustentan, las que se poseen o las que potencialmente se podrían recaudar.

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La favorabilidad de las leyes y la jurisprudencia hacia los planteamientos políticos de la acción de litigio estratégico deben ser tenidos en cuenta para establecer el tipo de argumentaciones que se habrán de exponer. Sin embargo, la escasa favorabilidad de las leyes y la jurisprudencia no puede ser un obstáculo que impida realizar una acción de litigio estratégico a favor de los derechos de las mujeres, pues el interés de impactar las instituciones implica muchas veces abrir el debate en un terreno desfavorable. Si se tiene en cuenta que derecho hace parte de una cultura patriarcal, sería una actitud derrotista esperar solo hasta que las condiciones legales o políticas sean favorables para decidirse a litigar a favor de los derechos de las mujeres. Los ámbitos judiciales donde pueden realizarse las acciones de litigio estratégico son diversos y pueden acudirse a varios de ellos durante el desarrollo de las acciones. En el caso colombiano tales ámbitos son: juzgados, tribunales y cortes nacionales, así como tribunales, cortes y órganos de protección de los tratados internacionales de DDHH a nivel internacional. Movilización o Impacto

Cuando se realiza una adecuada movilización, esta debe permanecer tiempo después de haber logrado el triunfo ante las instancias judiciales. Solo con este tipo de persistencia en las acciones se puede lograr un impacto en la sociedad. Aspectos psicosociales y jurídicos para el litigio estratégico Las acciones de litigio estratégico requieren un enfoque multidisciplinario e integral, donde se tengan en cuenta aspectos psicosociales para la atención de las víctimas y legales jurídicos para el desarrollo de las acciones legales. El primero permite fortalecer a la victima emocional y socialmente. El segundo permite fortalecer la argumentación legal y facilitar el desarrollo de la misma. En el litigio estratégico para las mujeres, ambos aspectos requieren la aplicación de un enfoque feminista que en el ámbito psicosocial genere procesos de autonomía y, que en el jurídico presente herramientas técnicas enfocadas a hacer explicito el impacto de las violencias en la vida de las mujeres. El acompañamiento psicosocial se inscribe en una crítica a la noción clásica de salud/enfermedad y a la medicalización de la salud de las mujeres, se parte de reconocer que las relaciones de subordinación y opresión y las violencias que viven tienen impactos que se manifiestan en malestares emocionales que son necesarios entender y atender. Con el proceso de asesoría psicosocial se busca progresivamente que las mujeres adquieran elementos que les permita dimensionar crítica y proactivamente la situación emocional producto de las violencias o de los duelos no tramitados. Poder conocer y comprender mejor sus emociones, situaciones y dolores y conocer y comprender el mundo que las rodea, saber cómo las afectan particularmente las situaciones que viven como la pobreza, la falta de afecto, las violencias, las carencias materiales y afectivas

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Una acción de exigibilidad de derechos requiere que de manera permanente se esté buscando influenciar la comunidad o la sociedad donde se desarrolla el debate. Si esto se omite y todas las acciones se limitan a la actuación judicial o a las acciones de incidencia al margen de las comunidades, no habrá una sociedad que apropie el triunfo que se obtenga, o que persista en la búsqueda de un cambio, si el resultado del litigio es desfavorable. En este trabajo es importante tener una estrategia de medios y un acercamiento a todos los sectores de derechos humanos mixtos nacionales e internacionales, organizaciones sociales y sectores académicos que sea posible.

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son un paso importante para trabajar en medidas de cuidad y auto-cuidado y en estrategias proactivas de tramitación de los malestares emocionales y de las pérdidas. El acompañamiento psicosocial en el litigio estratégico para las mujeres se dirige a realizar acciones de apoyo emocional para enfrentar los problemas que se hayan generado como consecuencia de las violencias que la mujer pueda estar viviendo en su vida de pareja y en otros ámbitos. Para el desarrollo de este enfoque psicosocial es necesario tener en cuenta si la víctima es directa o no, acompañar el proceso de evolución de la afectación y no multiplicar los espacios de apoyo emocional para que la victima pueda seguir un proceso. Así mismo, el enfoque psicosocial se dirige a fortalecer la relación de la víctima con su redes de apoyo y a realizar acciones que promuevan su bienestar social y económico, sin que se convierta en un apoyo asistencialista. El acompañamiento psicosocial es necesario para que la víctima salga fortalecida de su participación en las acciones de exigibilidad. El enfoque jurídico en las acciones de litigio posibilita incorporar en la argumentación jurídica conceptos técnicos desde el punto de vista psicológico y social, que den cuenta del malestar de las mujeres en sociedades patriarcales. Así mismo, permite que las mujeres victimas cuenten con apoyo emocional para enfrentar las acciones jurídicas que podrían ser difíciles de manejar emocionalmente si no se cuenta con el apoyo adecuado. El enfoque jurídico es necesario para que sus acciones estén sustentadas en aspectos psicológicos y sociales relevantes en la vida de las mujeres y, para evitar o disminuir los efectos revictimizantes que podría conllevar la gestión jurídica.

3.

Casos emblemáticos

Cada uno de los tres casos que se presentan a continuación son graves crímenes (desaparición forzada, desplazamiento forzado y violencia sexual), que han afectado a las mujeres por el hecho de ser mujeres y otros que aunque no han ocurrido por su condición de mujeres las afectan de manera desproporcionada en el marco del conflicto social, político y armado que enfrenta Colombia. Casos que están siendo acompañados por La Casa de la Mujer, Fusarep y Vamos Mujer, a través de los cuales se procura contribuir a la lucha de las mujeres para erradicar las violencias que se ejercen en su contra. 3.1

Desaparición forzada ¿A dónde van los desaparecidos?/ Busca en el agua y en los matorrales. ¿Y por qué es que se desaparecen?/ Porque no todos somos iguales. ¿Y cuándo vuelve el desaparecido?/ Cada vez que los trae el pensamiento. ¿Cómo se le habla al desaparecido? / Con la emoción apretando por dentro. Desaparecidos-Rubén Blades

3.1.1 Contexto de la zona donde ocurrieron los hechos

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La zona conocida como los Llanos Orientales se encuentra conformada geográficamente por los departamentos de Meta, Arauca y Casanare. Ubicados al centro oriente del país, limitan al occidente con la cordillera oriental, al norte por el río Arauca frontera con Venezuela, al oriente por el río Orinoco y el departamento del Vichada y al sur con el río Guaviare y el departamento del mismo nombre.

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Es importante mencionar que en el departamento de Meta, actualmente la Comisión de Búsqueda de Personas Desaparecidas reporta un total de 1.791 personas en su base de datos, 539 presuntamente desaparecidas de manera forzada, de las cuales 58 son mujeres. 3.1.2 Hechos “María” (Nombre con el que de ahora en adelante se denominará a la víctima), era una joven de 14 años que vivía en una habitación cercana a la casa de su madrastra en un municipio de Meta, luego

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Luego del proceso de conversaciones entre el Gobierno y los grupos paramilitares en Santa Fe de Ralito, por el cual se da la presunta desmovilización de gran parte de los bloques paramilitares que supondría una baja sustancial del conflicto, y de confrontaciones en la zona comprendida por los departamentos de Meta, Vichada, y Casanare, la intensidad del conflicto parece haberse incrementado La falta de una desmovilización real de estos grupos se ha expresado en el cambio de nombre de los grupos que siguen cumpliendo la misma función, integrados muchas veces por los mismos combatientes, pero que actúan ahora bajo el nombre de “águilas negras” o “rastrojos” y exactamente en la zona de los llanos recibieron el nombre de ERPAC, fracción del Bloque Centauros al mando de alias “cuchillo” Estas nuevas organizaciones ocuparon el lugar de los paramilitares bajo el argumento de que las guerrillas habían retomado los espacios dejados por los anteriores paramilitares.

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Ha sido una zona de fuerte presencia histórica de las FARC-EP, llegando incluso a finales de los años ochenta del siglo XX, a ser la sede del Estado Mayor Central de esta guerrilla en el campamento conocido como “casa verde”, localizada en el municipio de La Uribe, campamento que fue bombardeado por orden del Gobierno el 9 de diciembre de 1990, mismo día en que se votaba por la Asamblea Nacional Constituyente y el gobierno de Cesar Gaviria había iniciado acercamientos con el grupo insurgente para 17 un posible diálogo. Debido a esa histórica presencia y a raíz de lo sucedido, se reactiva la confrontación bélica alimentada por la cada vez más numerosa presencia paramilitar. Sin embargo, a pesar de presentarse con una fuerte vocación contrainsurgente, el hecho de estar involucrado fuertemente el negocio del narcotráfico en la región, generó la confrontación de los grupos paramilitares que hacían presencia, siendo de notorio reconocimiento los choques de las Autodefensas Campesinas de Casanare y las AUC representadas en el Bloque Centauros comandadas por Pedro Oliverio Guerrero alias “cuchillo” en la primera década del 2000 .

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de tomar la decisión de permanecer en este municipio y no desplazarse de manera forzada junto con su madre a la ciudad de Bogotá. Como muchas menores que viven en zonas de conflicto armado, es importante anotar que María había establecido una relación de pareja con un actor armado, en este caso con un integrante del Ejército Nacional, quien para entonces y aún hoy en día, ostentaba un alto rango dentro del escalafón militar. Los hechos criminales se presentaron el martes 3 de septiembre de 2003, cuando María viajaba de Vista Hermosa Meta a Bogotá en un bus de Flota La Macarena a ver a su madre, durante este recorrido, a unos cuantos kilómetros de Vista Hermosa fue bajada del bus y desaparecida, crimen presuntamente cometido por paramilitares del Bloque Centauros. “Carmen” (nombre con el que se denominará a la madre de la menor), fue enterada de la situación el miércoles 4 de septiembre de 2003, cuando la llamaron los familiares a las 9:00 a.m. y le preguntaron si la niña ya había llegado. La madre angustiada inició la búsqueda desesperada de su hija sin obtener ningún resultado. “Los compañeros de estudio también se pusieron en comunicación conmigo y les dije que no sabía nada esos días; yo estaba desesperada comunicándome de un lugar a otro. El profesor que le daba clase me llamó a preguntarme si era verdad que la estaban velando en Villavicencio y le dije “si yo no sé nada! por favor díganme la verdad, qué pasó con ella” A los pocos días la madrastra de María, llamó a Carmen y le dijo que en el pueblo se estaba escuchando que a María la habían bajado del bus y la habían desaparecido. Al día siguiente Carmen presentó la denuncia en la Fiscalía, fue enviada de una oficina a otra, hasta que finalmente pudo presentar la denuncia, sin embargo, por razones que hasta el momento se desconocen, esta denuncia, a la fecha, no aparece en ningún expediente. Días después llegaron unos hombres amenazando a una amiga de la madrastra, quien le estaba ayudando a ella y a Carmen a hacer averiguaciones sobre el paradero de María. Le dijeron que si seguía insistiendo “buscando a su enterrado” ella correría la misma suerte, que hiciera el favor de irse del pueblo. Es así como ella y sus tres hijos, tuvieron que salir desplazados del lugar. En noviembre de 2007 a la mamá de la niña le dijeron que su hija había sido bajada del bus y que en el pueblo era voz populi que había sido asesinada. 3.1.3 Desarrollo del litigio

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Reconociendo los patrones que legitiman las violencias en contra las mujeres como una estrategia para la subordinación y la opresión en la cultura patriarcal, la Casa de la Mujer incorpora el litigio estratégico como una alternativa que contribuye a la consecución de verdad, justicia y reparación para las víctimas y a develar las dinámicas que se entretejen en el marco del conflicto armado alrededor de las vidas y los cuerpos de las mujeres. Con este propósito, el enfoque de trabajo de la Casa de la Mujer en relación con el litigio estratégico, reconoce a las mujeres como protagonistas de sus procesos y aborda acciones de formación y

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acompañamiento jurídico y psicosocial que contribuyan al fortalecimiento de las mujeres como sujetos de derechos, así como a su autonomía para el ejercicio pleno de su ciudadanía. La Casa trabajó con Carmen, la madre de María, en un proceso psicosocial que le brindara las herramientas para reconocer en su vida el continuum de violencias perpetradas en su contra tanto en el espacio privado como en el público y en esa dimensión asumir su calidad de víctima. El impulso del proceso se convierte así en una acción que es consecuencia del trabajo previo con la víctima y de documentación de la situación de las violencias contra las mujeres en el contexto regional adelantado por la Casa. Como ya se mencionó, uno de los propósitos del litigio estratégico es el de develar las dinámicas que se entretejen en el marco del conflicto armado alrededor de las vidas y los cuerpos de las mujeres a través del acompañamiento a casos de violencias contra las mujeres que desde esta perspectiva se estructuran como casos emblemáticos. La situación de María es una clara muestra de las dinámicas denunciadas históricamente por organizaciones feministas y de mujeres en relación con la situación de las mujeres víctimas en el marco del conflicto armado.

Carmen tuvo que desplazarse del departamento por causa de la violencia de los grupos paramilitares, cuyos integrantes le advirtieron que debía salir o sería asesinada. Ella se desplazó con María a Bogotá. María no logró soportar la presión que ocasionaron la depresión del desplazamiento, el clima de Bogotá, el relacionamiento con un nuevo núcleo social, la soledad, la pobreza y la ausencia de respuesta institucional, por lo cual se regresó a la zona de la que habían sido desplazadas para tratar de recuperar su vida. Carmen no la pudo mantener en Bogotá y tampoco pudo regresar con ella por la posibilidad de ser asesinada como le había sido advertido. Una vez regresó a la zona, María, como todas las niñas del pueblo, fue sometida al control y relacionamiento con grupos armados legales e ilegales. En la zona, solo ellos, los dueños de las armas y el poder de decisión, tenían el derecho de relacionarse con mujeres adultas, niñas y adolescentes a quienes seducían con la imagen de la protección y el afecto o, cuando esta estrategia no funcionaba, dominaban con el ejercicio de la fuerza. María, una niña víctima de estos actores, quien ya había vivido las consecuencias de su poder, fue nuevamente objeto de sus acciones. Fue seducida por ellos, manipulada y controlada a tal punto que le fue prohibido salir de la zona. El ejercicio del poder en una región dominada por las armas, las disputas territoriales y el ejercicio de los varones pertenecientes a los grupos armados con la ausencia del Estado en instituciones de justicia y protección, asesinaron a María e incrementaron la situación de violencias en contra de Carmen.

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Carmen, la madre de María, fue una mujer que creció en un contexto cultural dominado por los varones en donde la situación de las niñas en términos de educación e integridad personal fue desconocida por el Estado. Carmen no tuvo acceso a educación escolar completa y siempre tuvo que emplearse en fincas para el cuidado de propiedades ajenas ya que nunca fue propietaria de bien alguno.

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El trabajo de documentación del caso que adelantó la Casa de la Mujer abordó el contexto regional y se orientó a las prácticas sociales y de guerra en diferentes zonas. A partir de las entrevistas y la revisión de documentos, encontró que el dominio de los actores armados legales e ilegales sobre los cuerpos, la sexualidad y la vida de las mujeres en diferentes etapas, se instaló a través de prácticas permanentes y socialmente aceptadas. María no fue la única mujer que a su temprana edad fue incluida en esta dinámica, hubo otras niñas, cuyos familiares se vieron obligados a desplazarse de la zona. Llama la atención el nivel de tolerancia social frente a la violencia contra las mujeres en la zona. Al ser preguntadas, diferentes personas reconocieron el relacionamiento de actores armados con María, culpando a María de lo sucedido. Esto se suma a la pérdida de legitimidad de las instituciones responsables de la garantía de los derechos en la zona provocada por la ausencia de respuesta en la investigación y sanción de casos así como por la infiltración de los actores armados en tales instituciones: Por ejemplo, un actor paramilitar expresó en una audiencia que su grupo destinaba recursos para el mantenimiento del Cuerpo técnico de investigación –CTI- en la zona. Aunque los avances del proceso no han garantizado el derecho a la verdad para Carmen, el propósito del litigio desde la perspectiva explicada conducirá a indagar sobre la responsabilidad del Estado colombiano en aspectos como la protección de las mujeres y las niñas en zonas con presencia de actores armados, la protección de las niñas y adolescentes frente a las dinámicas que acá se entretejen, la investigación por casos de violencia sexual y la reparación a las víctimas por toda una serie de acciones que toleraron, violencias en su contra. En cuanto al trabajo con Carmen, su vínculo a los procesos de formación y de acompañamiento psicosocial adelantados por la Casa, permitió fortalecer un nivel de confianza entre ella y la organización mientras paralelamente se identificaba su caso. La Casa contó con el interés de Carmen para representarla en la investigación judicial que se inició por la desaparición forzada de su hija y adelantar el proceso de acompañamiento con el enfoque descrito anteriormente. Inicialmente, Carmen no sabía dónde estaba la investigación por los hechos que había denunciado ante la Fiscalía, solo sabía que había tenido que ir a muchas oficinas a contar su historia, recordando la ubicación de algunas de ellas. A partir de esta información la abogada de la Casa de la Mujer en julio de 2008 inició labores para buscar el proceso, después de múltiples averiguaciones ante la fiscalía y otras instituciones, se obtuvo el dato de que el proceso estaba en el departamento de Meta, constatando que no existía ningún tipo de avance en la investigación.

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Incluso la abogada encontró que el proceso había sido archivado años atrás debido a una escasa o nula actividad investigativa, pero que después se volvió a abrir, principalmente por la inclusión del caso dentro del Auto 092 de la Corte Constitucional, la cual se realizó a partir de información brindada por la Casa de la Mujer al Alto Tribunal. Al conocer de la presunta responsabilidad del bloque Centauros de los grupos paramilitares en septiembre de 2008, se asiste a las versiones libres de un jefe paramilitar de la región en el marco de la ley 975 de 2005, buscando información sobre la desaparición de María bajo el presupuesto de que este podría dar cuenta de las acciones suyas y de sus subalternos.

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En las audiencias se percibió un ambiente adverso a los abogados y abogadas de las víctimas por parte de las-os funcionarias-os de la Fiscalía, quienes querían impedir que los profesionales se acercasen a éstas. Ante las preguntas formuladas por la abogada de la Casa de la Mujer, el versionado informó que, de acuerdo a la fecha y hechos, quienes podían dar información eran algunos de sus antiguos subalternos. Adicionalmente, es importante anotar que varias de las audiencias de versión libre de la ley 975/05 de paramilitares que actuaban en la zona para el momento de los hechos, fueron canceladas y aplazadas desde noviembre de 2008 hasta noviembre de 2009, entre otros motivos por huelgas de los desmovilizados quienes consideraban que el Gobierno les había incumplido varios acuerdos. En diciembre de 2008 se solicitó a la Fiscalía General de la Nación cambio de radicación del proceso judicial que se adelanta por la justicia ordinaria en el departamento de Meta, para que se enviara a la ciudad de Bogotá a la Unidad de Derechos Humanos, con lo que se esperaba que disminuyeran los problemas de seguridad, adicionalmente en esa ciudad actualmente vive Carmen y se encuentra la abogada de la Casa. En marzo de 2009 la Fiscalía respondió aceptando el cambio de radicación del proceso pero no a la ciudad de Bogotá, sino a la Unidad de Derechos Humanos de otra ciudad.

A partir de este momento, la abogada de la Casa de la Mujer ha venido realizando diferentes actuaciones dentro del proceso de justicia ordinaria que adelanta la Unidad de Derechos Humanos. Uno de los avances que ha tenido el proceso es que, después de varios años de haber estado en investigación preliminar, desde 2002, a finales de 2009 se convirtió en una investigación formal, vinculándose como procesados a varios paramilitares de la región. Durante sus indagatorias los procesados han dado información que no podemos publicar en este documento por ser reserva sumarial. Así mismo, el expediente contiene información valiosa sobre las circunstancias que rodearon los hechos que tampoco podemos publicar por el mismo motivo. En el transcurso del año 2010, los jefes paramilitares vinculados se acogieron al beneficio de la sentencia anticipada, no obstante que la información recopilada al interior del expediente no aporta para alcanzar la verdad plena. En noviembre de 2009 se realizaron nuevas audiencias de versión libre, a las que se esperaba asistieran varios desmovilizados de la zona. En su desarrollo, uno de los desmovilizados, quien podría tener más información de los hechos, no acudió a la audiencia, sin que la Fiscalía informase conocer el motivo de su ausencia, el sonido era confuso y no fue posible practicar ninguna pregunta por cuanto la Fiscalía interrumpió las sesiones y las aplazó, hechos ante los cuales se presentó la respectiva queja. Sin embargo, lo más lamentable ocurrió en una conversación sostenida entre la abogada de la Casa y la Fiscal, quien manifestó que ella permitía a los representantes de las victimas realizar preguntas por darles gusto. Con dicha afirmación la funcionaria no solo desconoció los derechos de las víctimas, sino también su obligación de investigar lo favorable como lo desfavorable a los procesados, para lo cual resulta de suma importancia escuchar la información suministrada por las víctimas. En una nueva audiencia, uno de los paramilitares que se acogió a sentencia anticipada en el proceso ordinario, reiteró los hechos que expuso dentro del proceso de justicia ordinaria pero aportó los datos de otro integrante de los grupos

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En julio de 2009 la abogada entra a actuar en el proceso de la Unidad de Derechos Humanos en calidad de Parte Civil, figura mediante la cual se debía realizar la representación a la víctima en el expediente, en el sistema procedimental anterior (ley 600 de 2000).

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que podría dar una información ampliada. A la fecha se espera una nueva audiencia con esta persona, mientras que en el proceso de justicia ordinaria se continúa con la práctica de pruebas. Este caso se ha acompañado con acciones de divulgación en la medida en que Carmen se siente más segura en el proceso de reconocimiento como sujeto de derechos. Las acciones adelantadas a su vez le han permitido a Carmen fortalecer su postura, expresar con su voz el dolor y la demanda del respeto a sus derechos por una historia de violencias continuas en su vida que terminaron con la vida de su hija. 3.1.4. Conclusiones Para la Casa de la Mujer el crimen cometido contra María se enmarca en aquel tipo de violencia que de acuerdo con la CIDH “mediante actos de violencia física, psicológica y sexual, los actores armados pretenden intimidar, castigar y controlar a las mujeres por tener relaciones afectivas con miembros del bando contrario, por desobedecer las normas impuestas por los actores armados, o por participar en organizaciones percibidas como enemigas. Sin embargo, estos actos no solo tienen como objetivo el deshumanizar a las víctimas como mujeres. Estas agresiones sirven adicionalmente como una táctica para humillar, aterrorizar y lesionar al ‘enemigo’, ya sea el núcleo familiar o la comunidad a la que pertenece la víctima.” A pesar del reconocimiento hecho por la Corte Constitucional sobre el recrudecimiento de las violencias contra las mujeres en el marco del conflicto en Colombia y de la importancia de una pronta investigación por parte de las autoridades competentes en al Auto 092 de 2008, pronunciamiento respaldado por diversos sectores de la comunidad internacional, luego de más de 7 años de la ocurrencia de los hechos, el crimen continúa en la impunidad. En el caso de María se ha podido constatar que a pesar de haber sido un crimen ejecutado por paramilitares que presuntamente se han desmovilizado, hasta la fecha no ha sido posible obtener la verdad sobre los hechos que rodearon el crimen; el avance de la investigación ha sido posible, en parte, gracias a la información de civiles que han colaborado con el proceso, aún cuando esto significa un altísimo riesgo para sus vidas.

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Como parte de las ganancias obtenidas, se destaca el avance en la investigación del proceso ordinario, así como el proceso vivido por Carmen, que le ha permitido reconocerse como sujeto de derechos y enfrentar los diferentes obstáculos que ha tenido que sobrellevar en busca de la realización de sus derechos a la verdad, la justicia y la reparación, tales como: 1. El desconocimiento inicial de Carmen sobre sus derechos y los procedimientos que debería seguir para su exigibilidad, 2. Las nuevas situaciones de riesgo a las que ella y personas cercanas que continúan buscando información sobre la manera cómo ocurrieron los hechos, se han visto enfrentadas, 3. El desconocimiento de los derechos de las víctimas por parte de los operadores jurídicos, 4. Las dificultades que implica adelantar la investigación en la zona en la que ocurrió el crimen, entre otros. El camino señala la necesidad de determinar las demás responsabilidades en este caso, pero también muestra elementos que expondrán a la opinión pública la realidad de las mujeres en relación con las violencias dentro y fuera del espacio privado, exacerbadas en el marco del conflicto

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armado. Para la Casa de la Mujer, la voz de Carmen será a la vez la demanda de otras mujeres víctimas cuyas experiencias, dolores y voces fueron silenciados por las violencias, las armas, la intolerancia social y el desinterés institucional. La Casa de la Mujer espera que este proceso, además de permitirle a Carmen el acceso a verdad, justicia y reparación, contribuya al movimiento feminista y al movimiento de mujeres como herramienta para alcanzar el reconocimiento de verdad, justicia y reparación por las violencias de las que históricamente han sido víctimas. 3.2 Desplazamiento forzado 3.2.1 Contexto de la zona donde ocurrieron los hechos

Cuenta con una superficie de 25.978 km² los cuales son en su mayoría de topografía plana, siendo la principal zona de montaña la serranía de San Lucas a 2.450 mts sobre el nivel del mar. El área central está constituida por la depresión inundable del río Magdalena, conocida como la depresión momposina. Posee una rica y variada vegetación abundante en algunos sectores debido a los extensos cuerpos de agua que se encuentran en el departamento. La región de los Montes de María, ubicada en la zona central del departamento, cuenta con suelos fértiles, con vocación agroindustrial, ganadera, forestal y artesanal, además de poseer una cultura agroexportadora importante. De otro lado, el sur de Bolívar es una región dotada de gran cantidad de recursos naturales y biodiversidad, siendo ampliamente explotados los sectores agropecuario y minero. Su economía se funda en el comercio y los servicios, los cuales desarrollan el 87.9% de la actividad económica del departamento, siendo sólo el 11% dedicada a la industria y un 1.1% a otras actividades. Es de resaltar que en Bolívar se encuentran ubicadas 131 grandes empresas que poseen activos por cerca de $4.5 billones de pesos y que generaron una utilidad neta de $117.000 millones para el año 2002, lo cual no ha significado una redistribución de la riqueza en el departamento.

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El departamento de Bolívar se encuentra en un punto estratégico localizado al norte del país, limitando por el norte con el mar Caribe y el Atlántico, por el sur con Antioquia y Santander, por el oriente con los departamentos de Magdalena y Cesar, y al occidente con los departamentos de Córdoba y Sucre.

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El índice de desarrollo humano es de 0.76, lo que lo ubica por debajo del promedio nacional que se encuentra en 0.78. Presenta igualmente un índice de necesidades básicas insatisfechas (INBI) que asciende al 19%, alcanzando la desnutrición de la población infantil menor de cinco años, un alarmante porcentaje de 13.5%. En cuanto al desarrollo del conflicto armado su avance se encuentra enmarcado por varios factores ligados a la histórica ausencia de la presencia estatal no militar en la región, a sus riquezas naturales y a un terreno fértil capaz de proporcionar los recursos necesarios para la supervivencia de sus habitantes y a su estratégica ubicación geográfica frente al mar Caribe, que junto a sus corredores fluviales entre los que se halla el Magdalena, crean una importante salida de diversos productos por la costa Caribe, incluidos la coca producida en esa región. Sin duda alguna, ha sido la permanente ausencia estatal en las zonas periféricas y de colonización la que ha permitido que esta región del país haya quedado bajo la influencia de los ejércitos subversivos, principalmente del ELN, quienes se establecieron como el principal grupo capaz de ejercer el monopolio de la fuerza desde los años setenta. Sin embargo, desde mediados de la década de los ochenta, grupos paramilitares apoyados esencialmente por medianos terratenientes y ganaderos, entraron a disputar las zonas anteriormente dominadas por la guerrilla, generando fuertes choques entre ambos ejércitos ilegales que afectaron directamente a la población civil. A partir de 1997 hasta la fecha, en el departamento se han presentado fuertes enfrentamientos entre los paramilitares, el ELN y las FARC (Frentes 37 y 24 del Bloque Magdalena Medio), luego del repliegue al que se vio obligado el ELN por sus enfrentamientos con los paramilitares y el Ejército Nacional.

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Las Autodefensas Unidas de Colombia (AUC) tienen ingreso a Bolívar como extensión de la violencia ejercida en los vecinos departamentos de Sucre y Santander, incursionando en municipios dominados anteriormente por el ELN, logrando entrar en los cascos urbanos con la presencia del Bloque Central Bolívar. Posteriormente, por medio del Frente Héroes Montes de María o Bloque Rito Antonio Ochoa en principio bajo la jurisdicción de las Autodefensas Campesinas de Córdoba y Urabá (ACCU) y luego organizadas como Bloque Norte de las AUC, ejercen presencia activa en los municipios de Arjona, Cartagena, Calamar, Córdoba, El Carmen de Bolívar, San Estanislao, El Guamo, Magangue, María La Baja, San Jacinto, San Juan Nepomuceno, Turbaco, Turbana, Villanueva y Zambrano al norte de Bolívar19. Las proyecciones de consolidación de las Autodefensas en el sur de Bolívar se hicieron notorias a finales de los años 90, cuando en los municipios del sur se instauraron prácticas de intimidación y cooptación de territorio, especialmente a través de masacres y asesinatos colectivos, realizados en los municipios de esta zona. De otro lado, la incursión del fenómeno del narcotráfico en la sociedad colombiana configura unas mutaciones relevantes para las dinámicas y las estructuras de los actores del conflicto. Las grandes mafias construyeron un sistema de seguridad que protegía todo el proceso de producción de narcóticos, esta maquinaria económica estaba en cabeza de los grandes capos de la droga. En la posterior caída de estos cabecillas, por parte del los grupos paramilitares se genera una integración de esta economía con su proyecto político; en el caso de la guerrilla, la economía cocalera se ha convertido paulatinamente en una de sus principales fuentes de financiación.

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La dinámica del conflicto en Bolívar ha generado grupos diferenciados atravesados por la dinámica conflictiva, por ejemplo la población desplazada, grupos económicos afectados en su explotación productiva, entre otros. El desarme del Bloque de Montes de María de las AUC llevado a cabo el 14 de julio de 2005 en el corregimiento San Pablo del municipio de María La Baja, conllevo a la desmovilización de 594 miembros y la desmovilización del Bloque Central Bolívar en la zona sur del departamento el 31 de enero de 2006 y que desarmó a 2.519 miembros, se presentó ante el país como el proceso de desmovilización más importante de los últimos tiempos en Colombia. Sin embargo, a la fecha resulta innegable la continuación de paramilitarismo en la región a través de las mal llamadas bandas emergentes que se denominan “Águilas Negras” y “Autodefensas Bolivarenses de Santa Rosa”.

El departamento se encuentra a su vez subdividido en cinco regiones: Sabana, Morrosquillo, San Jorge, Mojana y Montes de María, pero son dos las que primordialmente se encuentran afectadas directamente por el conflicto armado, las zonas de la Mojana y Montes de María. En los Montes de María, lugar que geográficamente se localiza en la serranía de San Jacinto y que comparten los departamentos de Sucre y Bolívar, pueden identificarse claramente dos corredores en los que no solo se moviliza el tráfico de estupefacientes, sino también la confrontación armada entre tres los principales actores: guerrilla, paramilitares y Ejército Nacional. El primer corredor parte de Sincelejo y conecta con Toluviejo, San Onofre y María La Baja, en Bolívar. El segundo corredor parte de Corozal en Sucre y atraviesa los municipios de Palmitos, Ovejas, Carmen de Bolívar y San Juan de Nepomuceno, los dos últimos en Bolívar. Por el contrario, la zona de la Mojana sucreña que ocupa los municipios de Majagual, Sucre, Guaranda y San Benito Abad, se encuentra exclusivamente bajo la influencia de los paramilitares, inicialmente de la mano de las Autodefensas Campesinas de Córdoba y Urabá (ACCU), que posteriormente pasarían

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Por su parte el departamento de sucre se encuentra ubicado al norte de Colombia, limita con el mar Caribe y con los departamentos de Bolívar, Córdoba y Antioquia. Región principalmente ganadera cuenta con una población de 854.955 habitantes. Por su enorme capacidad fluvial y sus características geográficas, en los últimos diez años se ha convertido en una zona propicia para el narcotráfico principalmente como corredor de salida de narcóticos.

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a ser las Autodefensas Unidas de Colombia (AUC) y que se consolidarían por medio de los Frentes Héroes Montes de María o Rito Antonio Ochoa al mando de “Diego Vecino”, el Frente Golfo de Morrosquillo comandado por Rodrigo Antonio Mercado Peluffo alias “Rodrigo Cadena” y el Frente La Mojana dirigido por Eder Pedraza Peña alias “Ramón Mojana”, quien extendió su dominio a los departamentos de Bolívar y Antioquia. Son los pobladores de la subregión de los Montes de María los que más se han visto afectados por el conflicto, pues es allí donde se adelanta el mayor numero de confrontaciones al encontrarse en esta zona concentrados en seria disputa el Ejército, los paramilitares y las guerrillas de las FARC y el ELN generando unas altas tasas de desplazamiento entre sus habitantes quienes intentan huir a los señalamientos de parte de cada uno de los actores que los acusan de colaborar con el bando contrario. La dinámica del conflicto armado y económico que vive esta región ha conllevado a la ocurrencia de múltiples violaciones a los derechos humanos en la zona, como torturas, desapariciones forzadas, y masacres, lo que genera miedo y desplazamiento. A diciembre de 2009, de acuerdo con las cifras oficiales en Bolívar, al menos 277.098 personas allí y 109.652 en Sucre, se vieron a obligadas a desplazarse. De igual manera, estos dos departamentos son receptores de desplazados de diferentes lugares del país, en diciembre de 2009 se calculaba que Bolívar albergaba a 188.891 personas y Sucre 146.58420. 3.2.2 Hechos El impulso de procesos en torno a la exigibilidad en Cartagena sobre el Auto 092 de 2008 de la Corte Constitucional referentes a derechos de las mujeres en situación de desplazamiento forzado, permitió el comienzo de la relación entre Funsarep y la señora Sixta Tulia Martínez Hernández, procedente del municipio de Morroa (Sucre) desde marzo de 2008. Sixta Tulia Martínez Hernández nacida en 1967, es una mujer desplazada que cursó hasta sexto grado de bachillerato, ex compañera permanente de un Infante de Marina de la Armada, de nombre Luis Alfredo Pérez Castillo, quien en los últimos años perteneció al Batallón de Infantería de Corozal (Sucre). La convivencia de Sixta Tulia Martínez Hernández con Luis Alfredo Pérez Castillo fue de seis (6) años. En el año 2005, Sixta adelantó un proceso jurídico de alimentos contra su compañero ante el incumplimiento de éste frente a dicha obligación. Cuando el menor de los hijos varones tuvo tres (3) meses de nacido, Luis Alfredo se fue de la casa. Sixta Tulia es Peluquera y trabajaba en su casa y en veredas cercanas a su domicilio. Sin embargo en el 2006, se situación económica precaria la llevó a pedirle a una prima suya que les recibiera a sus dos (2) hijos varones en una parcela de Bienestar Familiar que ella atendía, ubicada en Hato Viejo (Sucre). Allá viajaba a visitar a sus hijos. Uno de sus hijos sufría de asma y su hija menor padecía desnutrición y anorexia.

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En 2007, comenzando el año, Sixta Tulia tuvo que llevar al Hospital a su hijo con crisis de asma y dejarlo allí varios días en observación debido a su delicado estado. El papá del niño se enteró y fue a visitarlo en algunas ocasiones. En la última visita que hizo al Hospital, le prometió que volvería, pero jamás lo hizo. Sixta, relata que acostumbraba llevar al niño enfermo a controles médicos a la oficina de Sanidad del Batallón. Una madrugada, cuando volvía con el niño, muy cerca de la casa que ella compartía con una

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hermana, le salieron al encuentro 12 hombres vestidos de camuflado, con gorra, caras cubiertas de nariz a boca y botas de caucho, quienes le propusieron que vendiera a sus “potrillos” (denominando así a los hijos), que por cada uno pagarían diez millones de pesos; ella rechazó tal negocio inmediatamente y luego de este episodio los hombres le aseguraron que no le harían daño ni a ella ni a sus hijos. A la semana siguiente, el niño con asma debió ser hospitalizado nuevamente, y siendo las 12:30 de la madrugada, Sixta Tulia volvía sola del hospital hacia su casa, cuando aparecieron dos hombres vestidos de civil y sin cubrir sus rostros; le agarraron los brazos por detrás y le dijeron que no gritara, que ya no le querían comprar a sus hijos, sino que querían que se los entregara, que ella era una “sapa”, “mujer de un militar”, que lo visitaba y le llevaba cosas. Gracias a la solidaridad de los vecinos, quienes buscaron al hermano de Sixta para contarle lo que ocurría, éste logró llegar a tiempo a su lado para evitar que le hicieran un daño mayor. Los hombres huyeron. En marzo de 2008, Sixta Tulia se dirigía a su casa cuando sintió un fuerte golpe en el abdomen que la derribó al suelo mientras escuchaba que tenía ocho horas para entregar a sus hijos; le gritaron repetidamente “perra, puta, sapa”; le pusieron un pie sobre la nuca para que escuchara desde el suelo sin mirar. Eran las 12:30 de la madrugada. Un vecino acudió a ayudarla. A las 7:00 a.m. de ese día se fue Sixta con sus hijos a Lorica (Córdoba).

En Cartagena, Sixta laboraba en oficios domésticos, vendía minutos de celular y algunas veces realizaba trabajos de peluquería en casas de familia que contaran con los implementos para ello pues los de ella habían quedado en Morroa. En las noches dormía en colchonetas de un Instituto Infantil de Bienestar Familiar, en una sala sin puerta que da a un patio que cuando llovía tenían que salir de allí para no mojarse y distribuir a sus hijos en otras casas cercanas para poder dormir, situación que evidenciaba la falta de atención oportuna por parte de Acción Social. En febrero de 2009, su hija mayor que está casada y tienen un hijo, tuvo que desplazarse desde Nechí (Antioquia) hasta Cartagena, por amenazas contra ella y su familia, a quien le preguntaron “¿en dónde está la mamá?”, es decir, Sixta Tulia. Sixta piensa que las amenazas contra su vida y la integridad de sus hijos e hijas permanecen. Por la difícil situación que debieron afrontar en Cartagena, decidieron arriesgarse volviendo al departamento de Sucre. 3.2.3. Desarrollo del litigio A la fecha no se ha podido desarrollar litigio estratégico debido a la falta de condiciones para este ejercicio, en un país en donde las violencias contra las mujeres resultan permanentes y no se cuenta con una debida respuesta estatal. El miedo y las condiciones de vulnerabilidad extrema que afrontan las mujeres, hace que no sea posible el desarrollo de ejercicios integrales de exigibilidad de sus derechos.

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El 26 de abril de 2008 llegó a Cartagena, desplazada nuevamente desde Lorica (Córdoba) porque no encontró en dónde quedarse, ni qué hacer. Al llegar a Cartagena acudió a Acción Social para hacer la declaración de desplazamiento buscando además que dicho Organismo del Estado le ayudara a solucionar en alguna medida sus problemas. Sin embargo, Acción Social no le prestó atención, ni ayuda inmediata, lo que ocasionó que ella y sus hijos anduvieron de un lugar a otro, sin alimentarse debidamente, sin seguridad social en salud y sus hijos sin educación.

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A la fecha, desde Funsarep se han adelantado diferentes trámites, todos ellos en el marco de la exigibilidad de la debida atención a las mujeres en situación de desplazamiento forzado, sin embargo, no ha sido posible iniciar el proceso penal correspondiente. Funsarep, la conocer la situación de Sixta Tulia y la de sus hijos e hijas, planteó el caso ante la Personería Distrital de Cartagena mediante un memorial y seguimiento personal para lograr su reconocimiento como mujer en situación de desplazamiento forzado y para solicitar protección policial. En febrero de 2009 Sixta recibió atención por parte del Ministerio del Interior a través de una Medida de Protección Inmediata que le permitió albergarse, con sus hijos, en el Hotel y Restaurante “La Quinta”. A finales de febrero se dio por terminada esta medida y en reunión con la Secretaría del Interior y Convivencia Ciudadana, mediante Acta, se acordó su reubicación. Cuando salió del Hotel-Albergue, Sixta vivió en distintas habitaciones sufriendo necesidades económicas y problemas de salud, debido además al incumplimiento, por parte del Ministerio del Interior, de la entrega de los dineros acordados para su reubicación. Sobre la ayuda humanitaria de emergencia, Sixta Tulia solo ha recibido un pago por dicho concepto. La organización Funsarep perdió contacto con Sixta Tulia Martínez Hernández, desde agosto de 2009 hasta diciembre del mismo año, mes en el que Sixta se comunicó vía telefónica y expresó que tuvo que salir de la ciudad por el riesgo que enfrentaban ella y sus hijos, no manifestó cuándo volvía, ni en dónde estaba. 3.2.4. Conclusión El caso de Sixta Tulia refleja el continuum de violencias a las que se ven enfrentadas las mujeres, violencias que se viven y se extienden a todos los espacios públicos y privados, no se presentan en una determinada edad y, se pueden sufrir durante toda la vida. Las violencias son ejercidas por actores armados, por personas conocidas, cercanas y familiares, por el propio Estado, sobre quien recae la responsabilidad de cumplir con la protección y garantías de los derechos humanos de las mujeres. Sixta Tulia no solo ha sido víctima de los actores armados que la obligaron a desplazarse ante la amenaza del reclutamiento forzado de sus hijos, sino también de su ex compañero, quien desconoció de manera permanente la responsabilidad que tenía con sus hijos e hijas, y del Estado, que no le brindo la atención debida, incurriendo con ello en nuevas formas de re victimización a través del incumplimiento de acuerdos, la tardanza en sus respuestas y la ausencia de protección y atención efectiva.

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A través de la historia de Sixta Tulia, las organizaciones que confluyen en este proyecto quieren insistir en la importancia y obligación estatal de generar condiciones mínimas para la participación y la exigibilidad de los derechos de las mujeres víctimas del desplazamiento forzado, quienes tal y como ha sido reconocido por la Corte Constitucional, son sujetos de especial protección constitucional y a pesar de ello padecen una vulnerabilidad acentuada, teniendo que afrontar al menos 12 riesgos dentro de los que se encuentra “el riesgo de reclutamiento forzado de sus hijos e hijas por los actores armados al margen de la ley u otro tipo de amenazas contra ellos, que se hace más grave cuando la mujer es cabeza de familia” y, 18 facetas de género en el marco del conflicto armado21.

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3.3. Violencia sexual 3.3.1 Contexto de la zona donde ocurrieron los hechos Antioquia es un departamento ubicado en el noroccidente colombiano, el cual, además de poseer salida al mar Caribe, limita al norte con los departamentos de Córdoba, Sucre y Bolívar; al oriente con Santander y Boyacá; al sur con Caldas y Risaralda; y al occidente con el departamento de Choco.

A nivel económico es una región en la que confluyen la agroindustria con amplias zonas de latifundio y zonas de colonización campesina en las que conviven con círculos de cultivos ilícitos. De las nueve subregiones23 que conforman el departamento24, las que presentan un mayor índice de conflictividad son: la región del Urabá al nororiente, de la cual hacen parte los municipios de Apartadó, Mutatá, Chigorodó, Turbo, Necocli y San Juan de Antioquia y una segunda subregión ubicada en el Nudo de Paramillo conformada por los municipios de Dabeiba, Frontino, Cañasgordas, Toledo, Puerto Valdivia, Cáceres y Taraza. En estas dos zonas encontramos presencia de guerrillas, paramilitares y fuerzas armadas, quienes se disputan el control territorial. Esta misma característica la comparte la subregión del Magdalena Medio. Por el contrario, las zonas del Bajo Cauca, el Norte, el Nordeste y Oriente antioqueño, se caracterizan por ser territorios bajo el fuerte dominio del control paramilitar y de grupos de narcotraficantes, ambos herederos del negocio del tráfico de estupefacientes perteneciente anteriormente al cartel de Medellín. Un ejemplo del desarrollo y transformación de la violencia en el departamento a través del tiempo es la que se ha presentado en el Urabá antioqueño, región estrechamente ligada a la problemática de los trabajadores y las compañías bananeras que desde que comenzaron su incursión en la región, aproximadamente durante los años cincuenta provenientes de regiones cercanas como Ciénaga

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Con una población que asciende a 5.962.885 residentes en un área de 63.612 km2, Antioquia se encuentra ubicada en zona de montaña entre las cordilleras occidental y central, su capital es Medellín y su poblamiento se dio gracias al proceso de colonización antioqueña llevada a cabo desde mediados del siglo XIX e inicios del siglo XX y que básicamente se sustento en un proceso de colonización familiar22.

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Magdalena, en donde se vincula íntimamente la problemática social y armada de la región con la inequitativa distribución de unas enormes riquezas que se quedan en manos de las multinacionales que imponen en definitiva las reales y deficientes condiciones laborales del gran número de trabajadores que llegan a la zona en busca de oportunidades. De igual forma la pronunciada concentración de grandes extensiones de tierra por parte de unos pocos terratenientes que buscaron a toda costa la imposibilidad de llevar a cabo una verdadera reforma agraria y por el contrario se concentraron en la generación de una contrarreforma que acentuara las desigualdades e impidiera el acceso de campesinos y campesinas organizadas. Situación que condujo a que en los años setenta, se creará la Asociación Nacional de Usuarios Campesinos (ANUC) con la cual se logró algunas acciones de defensa contra las empresas extranjeras y se impulsaron procesos de recuperación de tierras a través de oleadas de invasiones a grandes extensiones de haciendas bananeras25, las cuales encontraron una respuesta violenta no solo en los hacendados, sino también en fuertes instituciones como la SAC (Sociedad de Agricultores Colombianos) y en el mismo Estado. Es en este caldo de cultivo que ingresan las organizaciones subversivas nacidas oficialmente en los años sesenta, a incursionar en este territorio, con el objetivo de impulsar sus organizaciones y de insertarse en las aún débiles organizaciones de defensa creadas por el movimiento obrero y campesino de la zona para propender por nuevas reivindicaciones y formas de lucha. Mientras esto sucedía, los empresarios impulsaron ejércitos privados de paramilitares para hacer frente a las presiones campesinas y obreras y al avance de la insurgencia en la región. Bajo estas consideraciones se crearon grupos de autodefensas siguiendo el modelo de las Autodefensas Campesinas de Segovia impulsadas por los hermanos Fidel y Carlos Castaño que posteriormente se transformarían en las Autodefensas de Córdoba y Urabá (ACCU). Frente a estas graves circunstancias propiciadas por el conflicto entre los grupos armados, el Ejército colombiano realizó una fuerte presencia que se concentró en ejercer control en las zonas de presencia guerrillera a través del uso despiadado y desmedido de la fuerza, dejando que los grupos paramilitares actuaran libremente. La confrontación en los últimos 20 años se ha transformado, cada vez más se abandona la confrontación directa entre actores para convertir a la población civil de cada zona en las principales víctimas de los enfrentamientos, provocando innumerables masacres y grandes desplazamientos masivos con lo que se configura un nuevo orden social.

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Con la aparente desmovilización de los movimientos paramilitares a partir del 2005, la región bajó su nivel de violencia aunque por corto tiempo, pues el lugar dejado por paramilitares, rápidamente fue cooptado por las mal llamadas “bandas emergentes”. Así mismo el Estado, bajo el impulso de su principal política pública desde 2002, denominada “Seguridad democrática”, inicio un fortalecimiento de sus Fuerzas Armadas en todo el territorio nacional, pero primordialmente en las zonas de confrontación y disputa con los grupos subversivos. De esta forma, en Antioquia fortaleció la Brigada Cuarta adscrita a la Séptima División del Ejercito, convirtiéndola en la mejor unidad operativa por sus altas capacidades de entrenamiento y lucha dirigidas a neutralizar y reducir las amenazas de los actores violentos, siendo una de las que más ha demostrado logros en operaciones militares.28

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3.3.2 Hechos Los hechos constitutivos de violencia sexual en persona protegida, ocurrieron en el Municipio de Sonsón – Antioquia el 15 de Julio de 2004, mientras las jóvenes Diana y Mónica, ambas menores de edad, se desplazaban rumbo a la casa de otra amiga a quien recogerían para ir a ver los Juegos pirotécnicos que ese día tendrían lugar en el Municipio. Los hechos narrados fueron cometidos por soldados pertenecientes a la Brigada Juan del Corral. 3.3.3. Desarrollo del litigio El proceso fue competencia de la Jurisdicción especializada de Medellín por tratarse de secuestro y violencia sexual, en el marco de la Ley 600 de 2000. En los exámenes médicos legales, si bien se encontraron rastros de desfloración y de desgarramiento, no fue posible determinar la ocurrencia de los hechos denunciados debido al número de días transcurridos (20) entre la ocurrencia de los hechos y la fecha del examen médico legal.

El fiscal de instrucción encargado del conocimiento del proceso, emitió auto de preclusión de la investigación por las dificultades probatorias que le impedían señalar la ocurrencia o no de los hechos, lo que es conocido como “duda razonable o principio de favorabilidad”, por tal razón el expediente fue archivado. La Corporación Jurídica Libertad se abstuvo de interponer recurso contra el auto que decretaba la preclusión del proceso, porque concluyó que “no había caso”. La estrategia jurídica que se desarrolla en la actualidad se dirige a llevar el caso ante el sistema interamericano de derechos humanos. 3.3.4 Conclusión Los crímenes que se cometen en el marco del conflicto armado, en contra de las mujeres por el hecho de ser mujeres, están relacionados con el concepto que se tiene de la mujer en culturas patriarcales, según el cual, ellas son propiedad masculina y deben asumir un rol de subordinadas. El control que se ejerce sobre el cuerpo de las mujeres ocupa un lugar central en esta relación de dominación de varones hacia mujeres, en este tipo de sociedades. “La cultura patriarcal se expresa en el cuerpo de las mujeres de múltiples formas: la violación, el feminicidio, el hostigamiento, el acoso sexual, la esclavitud sexual, la servidumbre doméstica, el control afectivo y económico, entre otras. El poder patriarcal

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En el curso del proceso, los soldados sindicados de la perpetración del delito, aportaron, según información de la Corporación Jurídica Libertad, amplia prueba documental y testimonial; el Comandante de la Brigada Juan del Corral a la cual se encuentran adscritos los militares sindicados declaro: “ellas los asediaban permanentemente, previamente habían sido sorprendidas en unas garitas teniendo relaciones sexuales en la Base Juan del Corral “ en igual sentido fueron las declaraciones de varios militares de la base. Si bien los victimarios fueron detenidos e indagados, la nula presencia de pruebas de la defensa conllevo a la “inexistencia de caso”, según lo informó el Abogado Elkin Ramírez de la Corporación Jurídica Libertad.

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se materializa también en la guerra, convirtiendo el cuerpo de las mujeres en territorio que se disputan los actores armados. En el campo de batalla, se viola, se humilla, se tortura y se maltrata a las mujeres, se rapta a las mujeres para complacer sexualmente a los combatientes (…)”29. De allí el alto índice de crímenes sexuales contra las mujeres en el marco del conflicto armado en Colombia, los cuales, de acuerdo a las cifras oficiales, son cometidos en su mayoría por integrantes de las fuerzas armadas, quienes paradójicamente tienen dentro de su mandato proteger a la sociedad colombiana en su conjunto. A pesar del reconocimiento sobre la gravedad y frecuencia de la violencia sexual contra las mujeres a nivel nacional por parte de la Corte Constitucional, quien la calificó como “una práctica habitual, extendida, sistemática e invisible en el contexto del conflicto armado” y a nivel internacional, en donde múltiples relatores, relatoras, y ONG internacionales han señalado en sus informes y recomendaciones esta misma situación, la respuesta estatal en materia de investigación y sanción a los responsables sigue caracterizándose por la prevalencia de la impunidad. En el caso de Diana y Mónica, el principal factor que debe ser analizado es la dificultad probatoria al que se enfrentan los casos de violencia sexual, es importante recordar que en el país existe libertad probatoria, “la jurisprudencia de las altas cortes ha resaltado la relevancia jurídica del testimonio de la víctima de un delito sexual en razón a su carácter de prueba esencial y, en caso concreto de la víctima menor de edad, señala que su testimonio goza de especial credibilidad”30, sin embargo, tal y como ocurrió en este caso, algunos operadores jurídicos siguen teniendo la prueba médico legista casi que como única prueba sin valorar a cabalidad dentro del acervo probatorio el testimonio de la víctima, en este caso el de las dos niñas. Adicionalmente, las pruebas testimoniales allegadas por la defensa versan en su gran mayoría en el pasado sexual de las víctimas de las que se buscó inferir el consentimiento de las menores, las cuales, de acuerdo con la jurisprudencia constitucional, deberían haber sido excluidas.

4.

A manera de conclusión

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Como uno de los aprendizajes a destacar dentro de los tres casos expuestos en este documento, es la necesidad de crear condiciones que permitan el desarrollo del litigio, concretados en: la construcción de relaciones de respeto y de confianza entre las víctimas y las organizaciones; la garantía del acompañamiento sicosocial a las víctimas que pueda facilitar la re significación de las violencias vividas, su reconocimiento como sujetos de derechos, y que fortalezca sus capacidades para afrontar los obstáculos de acceso a la justicia a los que se pueda ver enfrentada; la garantía del mínimo vital y de seguridad para las víctimas, sin las cuales asumir un proceso de exigibilidad de derechos resulta una tarea que puede llegar a ser, en muchas ocasiones, infructuosa. Si bien es posible afirmar que se han logrado avances importantes en el reconocimiento formal de los derechos humanos de las mujeres, es fundamental recalcar que la lucha contra la impunidad, en muchos casos, resulta agotadora, pues paralelamente al trabajo de exigibilidad de derechos, se está buscando permanentemente impactar la sociedad y las instituciones en aras de instalar en el imaginario social, que

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las violencias contra las mujeres son delitos que no son naturales y que resultan injustificables. Las organizaciones que confluimos en el proyecto “Participación de las mujeres en la defensa de su derecho a una vida libre de violencias y por la resolución negociada del conflicto armado en Colombia”, consideramos que el uso del litigio estratégico sigue siendo un reto y una necesidad para las organizaciones feministas, en la búsqueda del respeto, protección y garantía de los derechos de las mujeres, en especial, del derecho a una vida libre de violencias.

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Notas a pie de página 1. Comisión Interamericana de Derechos Humanos. Informe de Seguimiento – Las Mujeres frente a la violencia y la discriminación derivadas del conflicto armado en Colombia. Capítulo V Colombia Informe Anual 2009. 2. Oficina Alta Comisionada de las Naciones Unidas para los DDHH. Informe anual de la Alta Comisionada de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos sobre la situación de los derechos humanos en Colombia, en: informe anual del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos e informes de la Oficina del Alto Comisionado y del Secretario General. 4 de marzo de 2010. 3. Comisión de Búsqueda: http://www.comisiondebusqueda.com/mapaDeBusqueda.php, página consultada el 11 de mayo de 2010. 4. Corporación jurídica Libertad. Desaparición forzada, crimen de lesa humanidad.. http://www.cjlibertad. org/index.php?option=com_content&view=article&id=248:desaparicion-forzada-crimen-de-lesahumanidad-&catid=34:victimas&Itemid=37. 21 de Agosto de 2009 5. Registro único de población desplazada. Consultado el 11 de mayo de 2010. 6. CODHES. Boletín informativo No. 75. Víctimas emergentes. 22 de abril de 2009. 7. CODHES. Boletín informativo No. 76. ¿Salto estratégico o salto al vacío? 27 de enero de 2010.

9. Corte Constitucional. Auto 092 de 2008. 10. De igual manera numerosos organismos internacionales, ONG internacionales y nacionales han documentado esta práctica, entre otros: CIDH. Las Mujeres frente a la violencia y discriminación derivadas del conflicto armado en Colombia, octubre de 2006; Relatora Especial de Naciones Unidas sobre violencias contra la Mujer, sus causas y consecuencias, “Misión a Colombia” marzo de 2002. Amnistía Internacional. Cuerpos marcados crímenes silenciados. 2004. 11. Para un completo desarrollo ver: Isabel Cristina Jaramillo, 2000. La Crítica feminista al derecho, estudio preliminar. En: Robin West, Género y teoría del derecho. Siglo de Hombres Editores, Facultad de Derecho de la Universidad de Los Andes, Ediciones Uniandes, Instituto pensar. Bogotá. 12. Beatriz Kohen. El feminismo jurídico de los países anglosajones: el debate actual. En Haydeé Birgin, El derecho en el género y el género en el derecho. Centro de apoyo al Desarrollo local, Editorial Biblos, Buenos Aires. 13. En Colombia, estos estudios han sido impulsados por García Villegas, Uprymny Yepes, Rodríguez Garavito y Leimatre Ripoll. 14. LEIMATRE Ripoll. El derecho como embrujo. Siglo del Hombre Editores, Universidad de Los Andes, 2009, p. 27.

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8. Agencia Presidencial para la Acción Social y la Cooperación Internacional. Datos extraídos del registro único de la Población desplazada. http://www.accionsocial.gov.co/Estadisticas/publicacion%20 junio%20de%202009.htm

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15. SÁNCHEZ GÓMEZ, Olga Amparo. Las violencias contra las mujeres en una sociedad en guerra. Bogotá, Colombia. Junio de 2008 P. 9 16. FERRAJOLI, Luigi. Sobre los Derechos Fundamentales. En: Teoría del Neoconstitucionalismo. Editorial Trotta. Madrid. 2007. Pág. 72. 17. “Bombardeo a Casa Verde”. En Semanario VOZ, 13 de diciembre de 1990. Páginas 5,6y 7. 18. Ver Informe de la Human Rights Watch “Herederos de los paramilitares. La nueva cara de la violencia en Colombia” 19. Génesis Montes de María, Sistema de Información de Justicia y Paz (SIJYP). 20. Acción Social. http://www.accionsocial.gov.co/Estadisticas/publicacion%20diciembre%20de%202009. htm 21. Ver Auto 092 de 2008 Corte Constitucional. 22. LEGRAND, Catherine. Colonización y protesta campesina en Colombia: 1850-1950. Bogotá, 1988 23. Las nueve subregiones que conforman el departamento son: el Noreste con 10 municipios; Urabá con 11 municipios; la región de Occidente con 18 municipios; el Norte con 18; el Sureste con 23; Oriente con 23; Bajo Cauca con 6 municipios al igual que la región del Magdalena Medio; y el Valle de Aburrá con 10 municipios. 24. Ver página Gobernación de Antioquia. http://www.antioquia.gov.co 25. ZAMOSC, León. “La cuestión agraria y el movimiento campesino en Colombia”. Cambridge, 1986. 26. Se hace mención al surgimiento de las organizaciones guerrilleras que a mediados de los sesenta dieron a conocerse como tal (FARC, ELN, EPL), la primera de ellas, con antecedentes en procesos de autodefensa provenientes de la violencia desatada en los años cuarenta. 27. Ver Informe de la Human Rights Watch “Herederos de los paramilitares. La nueva cara de la violencia en Colombia”. 2010 28. Para información sobre la organización de la Séptima División del Ejercito, visitar la página web http:// www.septimadivision.mil.co 29. SÁNCHEZ GÓMEZ, Olga Amparo. Ibídem P.67

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30. CORPORACIÓN HUMANAS. Estudio de jurisprudencia colombiana en casos de delitos sexuales cometidos contra mujeres y niñas. 2010, p. 161

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Bibliografía CODHES. (2009). Boletín informativo No. 75. Víctimas emergentes. Bogotá. CODHES. (2010). Boletín informativo No. 76. ¿Salto estratégico o salto al vacío? Bogotá. Comisión Interamericana de Derechos Humanos. (2009). Informe de Seguimiento –Las Mujeres frente a la violencia y la discriminación derivadas del conflicto armado en Colombia. Informe Anual, Capítulo V. Colombia. Comisión de Búsqueda: URL: http://www.comisiondebusqueda.com/mapaDeBusqueda.php, página consultada el 11 de mayo de 2010. Comisión Interamericana de Derechos Humanos. (2009). Las mujeres frente a la violencia y la discriminación derivadas del conflicto armado en Colombia”, documento OEA/Ser.L/V/II.Doc67. Spa., par. 4.

Corporación Humanas. (2010). Estudio de jurisprudencia colombiana en casos de delitos sexuales cometidos contra mujeres y niñas. P. 161 Corte Constitucional. (2008). Auto 092 de 2008. P.2 y 3. Ferrajoli, Luigi. (2007). Sobre los Derechos Fundamentales. En: Teoría del Neoconstitucionalismo. Editorial Trotta. Madrid. P. 72. Human Rights Watch. (2010). “Herederos de los paramilitares. La nueva cara de la violencia en Colombia” Instituto Nacional de Medicina Legal – Centro de Referencia Nacional sobre Violencia. (2007). Forensis, Bogotá. D.C. ___________________________ (2008). Forensis, Bogotá. D.C. ____________________________(2009). Forensis, Bogotá. D.C. Jaramillo Isabel Cristina. (2000). La Crítica feminista al derecho, estudio preliminar. En: Robin West, Género y teoría del derecho. Siglo de Hombres Editores, Facultad de Derecho de la Universidad de Los Andes, Ediciones Uniandes, Instituto pensar. Bogotá.

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Litigio estratégico viol enc ia s c ontr a l as muje res en Co lo mbia

Corporación Jurídica Libertad. (2009). Desaparición forzada, crimen de lesa humanidad. URL:http://www.cjlibertad.org/index.php?option=com_content&view=article&id=248:desaparici on-forzada-crimen-de-lesa-humanidad-&catid=34:victimas&Itemid=37

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LAGRAND, CATHERINE. (1988). Colonización y protesta campesina en Colombia: 1850-1950. Bogotá. Leimatre Ripoll, JULIETA. (2009). El derecho como embrujo. Siglo del Hombre Editores, Universidad de Los Andes. P. 27. Oficina Alta Comisionada de las Naciones Unidas para los DDHH. (2010). Informe anual de la Alta Comisionada de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos sobre la situación de los derechos humanos en Colombia, en: informe anual del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos e informes de la Oficina del Alto Comisionado y del Secretario General. Registro único de población desplazada. Consultado el 11 de mayo de 2010 SÁNCHEZ GÓMEZ, OLGA AMPARO. (2008). Las violencias contra las mujeres en una sociedad en guerra. Bogotá, Colombia. P. 9 ZAMOSC, LEÓN. 1986 “La cuestión agraria y el movimiento campesino en Colombia”. Cambridge.

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KOHEN, BEATRIZ. (2000). El feminismo jurídico de los países anglosajones: el debate actual. En Haydeé Birgin, El derecho en el género y el género en el derecho. Centro de apoyo al Desarrollo local, Editorial Biblos, Buenos Aires.

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