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Las sociedades BIC, una nueva oportunidad para aportar más que riqueza
Foto: Johann Gianiary Montoya
Por: Sandra María Salazar Arias Directora Unidad de Registro y Asuntos Jurídicos de la CCMPC
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Las sociedades de beneficio e interés colectivo (BIC) fueron creadas con la expedición de la Ley 1901 de 2018 reglamentada por el Decreto 2046 de 2019, y se inspiran en la necesidad de contar con modelos de negocio que se preocupen por generar, además de riqueza para sus socios o accionistas, beneficio e interés colectivo para la comunidad, sus trabajadores y el medio ambiente.
La adopción de la denominación BIC no implica un cambio de tipo societario o creación de uno nuevo; lo que la ley hizo fue crear una condición o sello especial que llevarán estas sociedades en su razón social, con el que le indicarán a la comunidad y especialmente a los consumidores que, además de preocuparse por generar valor económico y utilidades para sus propietarios, realizan acciones en beneficio de la comunidad al incluir actividades sociales y ambientales en el desarrollo de los negocios.
En torno a esta figura se han creado algunos mitos, como que solo aplica para grandes empresas o que es difícil cumplir los estándares para llegar a ser una sociedad BIC.
Lo primero que hay que decir es que esta condición le es aplicable a todo tipo de sociedades sin importar su tamaño, pues la ley no estableció restricción alguna en este sentido, y además, porque cualquier empresa podría estar en capacidad de cumplir los requisitos ya que deben obedecer por lo menos a una de las siguientes dimensiones: modelo de negocio, gobierno corporativo, prácticas laborales, ambientales y con la comunidad.
Adoptar la condición de sociedad BIC es muy fácil y en la Cámara de Comercio de Manizales por Caldas te ofrecemos asesoría y acompañamiento para la realización del trámite de inscripción en el registro mercantil, para lo cual debe aprobarse la respectiva reforma estatutaria por el máximo órgano social, consistente en la modificación de la razón social incluyendo la abreviatura BIC, o las palabras sociedad de “Beneficio e Interés Colectivo” y la modificación al objeto social incluyendo, además de los respectivos actos de comercio que pretendan desarrollar, aquellas actividades de beneficio e interés colectivo que se propongan fomentar. Adoptar la condición de sociedad BIC trae muchas ventajas y beneficios:
En el mundo de hoy, cada vez son más los consumidores que prefieren empresas que contribuyan a la comunidad y a la sostenibilidad ambiental.
Los inversionistas buscan que sus recursos tengan impacto positivo en la sociedad.
Pueden acceder a los beneficios tributarios y económicos creados por el Gobierno Nacional.
Son reconocidas como empresas social y ambientalmente responsables, lo cual incrementa su reputación.
Fideliza el talento humano de los trabajadores e impacta positivamente a los clientes y consumidores