Comunicado tlalixtac

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COMUNICADO DE PRENSA Tlalixtac de Cabrera, Oaxaca, a 25 de noviembre de 2015. -­ Lic. Gabino Cué Monteagudo, Gobernador Constitucional del Estado de Oaxaca. -­ C. Diputados integrantes de la LXII Legislatura del Estado de Oaxaca. -­ Mtro. Gustavo Meixueiro Nájera, Consejero Presidente del Instituto Estatal Electoral y de Participacion Ciudadana de Oaxaca (IEEPCO). -­ Lic. Adelfo Regino Montes, Secretario de Asuntos Indígenas del Gobierno del Estado de Oaxaca. -­ Lic. Arturo de Jesús Peimbert Calvo, Defensor de los Derechos Humanos del Pueblo de Oaxaca. -­ A toda las distintas Organizaciones y Asociaciones que trabajan en la defensa de los Derechos Humanos, en especial de los Pueblos y Comunidades Indígenas y afromexicanas. -­ A todos los medios de comunicación local, nacional y extranjera. -­ A la opinión publica Los que suscribimos integrantes de la Comisión para la Observancia del Proceso de Entrega-­Recepción y Acreditación de los Nuevos Concejales en las diversas Instancias Gubernamentales e integrantes de la Asamblea General de Ciudadanos de la comunidad de Tlalixtac de Cabrera, Oaxaca, en relación a la información tergiversada y parcial que ha circulado en distintos medios de comunicación respecto de la destitución de todo el cabildo municipal electo para el periodo 2014-­ 2016, informamos y precisamos lo siguiente: 1.-­ Tlalixtac de Cabrera, Oaxaca, es una comunidad indígena que tiene una organización social basada en un sistema normativo interno. De esta forma, desde siempre hemos ejercido el derecho a la libre determinación y autonomía que implica la posibilidad de definir nuestras propias formas de organización social, económica, política y cultural, al respecto, es de destacarse el derecho a la organización política propia, porque de él se desprende la capacidad de definir sus propias instituciones nombrando a las autoridades de acuerdo a nuestros propios sistemas normativos. 2.-­ Este derecho a la libre determinación y autonomía se encuentra preponderantemente protegido por el Convenio 169 de la OIT, la Declaración de Naciones Unidas sobre Derechos de los Pueblos Indígenas, la Constitución Federal y la Local, por ello, con base a esta normatividad, el día 27 de agosto de 2013, fueron nombrados en asamblea como concejales del Ayuntamiento de Tlalixtac de Cabrera, Oaxaca, los ciudadanos Guillermo Regino Hernández, Anastasio Santiago Lorenzo, Crispín Santiago Calderón, Eugenio Santiago Lorenzo, Crescencio Hernández López, Ricardo Cabrera Hernández, Francisco García Manuel, Pedro López López, José Hernández Yescas y Daniel López Lorenzo. El primero de los mencionados, Guillermo Regino Hernández, fue designado como presidente municipal constitucional de nuestra comunidad, y junto con los demás, se determinó en ese momento que desempeñarían sus responsabilidades para el periodo comprendido 2014 – 2016. 3.-­ No obstante, el día 27 de marzo del año 2014, ante la Asamblea General de la población, los señores CRISPÍN SANTIAGO CALDERÓN y LUIS MIGUEL BAUTISTA CABRERA, que en ese entonces fungían como Regidor de Hacienda y Tesorero del H. Ayuntamiento de Tlalixtac de Cabrera, Oaxaca, respectivamente, denunciaron públicamente las irregularidades en la administración municipal que fueron generadas por los integrantes del H. Ayuntamiento y la empresa denominada “CORPORATIVO MNS S.A de C.V.”, la cual fue contratada para brindar asesoría contable y de administración gubernamental al municipio. En la misma asamblea, también dieron a conocer la existencia de desvíos de recursos, manipulación de cuentas cheques o que se expedían sin solicitar el consentimiento y firma del propio Regidor de Hacienda.


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