LA SECCIÓN SINDICAL DE CGT DENUNCIA EN INSPECCIÓN DE TRABAJO A ISGF POR INCUMPLIR EL CONVENIO DE TELEMARKETING NO RESPETA LOS DESCANSOS ENTRE LLAMADAS La empresa dice que cada llamada debe durar 2 minutos y exige que atendamos, en una hora, 30 llamadas entrantes o 25 llamadas salientes. Algo que resulta imposible ya que, según el convenio, hay que descansar 25 segundos entre llamadas y 5 minutos por cada hora de trabajo en pantalla. Teniendo en cuenta lo anterior para hacer 30 llamadas hacen falta 77,5 minutos. La empresa nos insta a NO TOMAR las pausas reglamentarias para que no se vea reducido nuestro rendimiento y la centralita nos deriva las llamadas sin pausas. El resultado es una carga excesiva de trabajo que deriva en estados elevados de ansiedad, estrés y las consiguientes bajas.
La empresa ha respondido no reconociendo la existencia de nuestra Sección Sindical, negándonos el derecho a actuar como tal, no permitiéndonos usar el tablón y obviando todas nuestras comunicaciones y solicitudes de documentación.
REPRESIÓN SINDICAL DE LA SECCIÓN SINDICAL DE CGT
MODIFICA LAS CONDICIONES DE TRABAJO SALTÁNDOSE EL ESTATUTO DE LOS TRABAJADORES Y TRABAJADORAS La modificación es de carácter colectivo y consistente en la reducción de una hora de nuestra jornada de trabajo, con la correspondiente rebaja salarial y la pérdida del plus de nocturnidad.
Este proceder incumple los requisitos establecidos en el articulo 41 del Estatuto de los Trabajadores y Trabajadoras, que establece “la decisión de modificación sustancial de condiciones de trabajo de carácter colectivo deberá ir precedida de un período de consultas con los representantes legales de los trabajadores”, algo que no ha sucedido. www.cgtmurcia.org