LAS PENSIONES EN EL ESTADO ESPAÑOL
UNA MIRADA CRÍTICA E HISTÓRICA Febrero 2014 CGT Región Murciana www.cgtmurcia.org C/Floridablanca, 75, 1º dcha. 30002 Murcia Tlf: 968 35 32 43
LAS PENSIONES EN EL ESTADO ESPAÑOL: UNA MIRADA CRÍTICA E HISTÓRICA - ÍNDICE Introducción ………………..…………………………………...…..…….………... Página
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Origen de la Seguridad Social ………………..………………..……..………... Página
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A.- En Europa. B.- En España. Garantías y características del sistema público de pensiones ........... Página
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Modelos de pensiones existentes …………….……………..……....…...…... Página
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El modelo de pensiones español y su sistema de financiación .......... Página
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A.- Modelo de pensiones en el Estado español B.- Financiación de las pensiones Reformas de las pensiones en el Estado español ……….…........…….… Página
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Hacia dónde nos llevan ……….…………………………………...………..….… Página
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¿Qué pasa con las murcianas y murcianos?……………..……..………... Página
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Argumentario necesario en la defensa del sistema público
15 Nuestras propuestas ……….…...………………………………..……………..... Página 19 de la Seguridad Social ……………………………………….…..……..………... Página
Las Pensiones en el Estado Español: Una Mirada Crítica e Histórica
- Introducción El pasado 26 de diciembre de 2013 se publicó la ley 23/2013 de 23 de diciembre, reguladora del Factor de Sostenibilidad y del Índice de Revalorización del Sistema de Pensiones de la Seguridad Social, es decir se lleva al BOE el robo de nuestras pensiones públicas suficientes y adecuadas, para las personas pensionistas actuales y todas las futuras. Ese mismo día también se publica la ley 22/2013 de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2014, que dentro de su título IV, fija los criterios para la revalorización de las pensiones del sistema de Seguridad Social y fija dicha revalorización en el 0,25% para el 2014. La nueva ley sobre recorte de pensiones supondrá jubilarse más tarde (a los 67 años), penalizará las jubilaciones anticipadas, aumentará los años de cotización reales hasta los 37, para acceder al 100% de la Base Reguladora y aumentará también el período de cálculo de dicha Base Reguladora sobre el que se calcula la pensión: de los 15 años a los 25 años. Además de esto las pensiones no se revalorizarán según el coste de vida y solamente se incrementan en un 0,25% para el 2014. De igual manera disminuirá la pensión inicial en función de la esperanza de vida de las personas (el llamado factor de sostenibilidad), con eficacia a partir del 2019. Esto supone que de aquí al 2027, el estado nos roba cerca de 33.000 millones de euros y una pérdida de entre un 5% y un 20% inicialmente al desligar la subida de las pensiones del IPC implica una pérdida Banqueros y aseguradoras, verán transferidos gran parte de nuestros recursos públicos en pensiones, que actualmente suponen unos 120.000 millones de euros, a sus sistemas privados de pensiones. Desde la CGT de la Región Murciana hemos hecho un breve repaso al sistema público de pensiones en el Estado Español, a sus orígenes y a sus diferentes reformas. También hemos querido reflejar nuestra visión al respecto, así como una crítica clara a la última reforma de las pensiones, que junto a otra serie de recortes componen el atraco que estamos padeciendo como pueblo. Esperamos que este trabajo sirva para hacernos una idea del calado de los retrocesos y que sea de utilidad para argumentar las reivindicaciones y derechos en materia de pensiones en nuestra lucha diaria. Enero de 2014 CGT Región Murciana
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Origen de la Seguridad Social A) En otros países: La Seguridad Social fue creada gracias a las demandas, de seguridad y protección social, realizadas por el movimiento obrero durante el siglo XIX. Se luchó por la universalización de la protección social, incorporando los derechos sociales y laborales para toda la población. En esta concepción, la financiación de tales derechos provendría de los fondos públicos. Este modelo se desarrolló en aquellos países donde el movimiento obrero fue más fuerte. Surgió otro modelo donde el movimiento obrero no consiguió la universalización ante la oposición de las clases dominantes. En este segundo modelo no universalista, se garantizó la protección social de las y los trabajadores y sus familias, a través de las aportaciones de la propia clase trabajadora y el empresariado a las Cajas de la Seguridad Social. La diferencia fundamental entre los dos modelos es que el primero es un sistema de solidaridad entre la población y el segundo es un sistema de ahorro forzoso en el que los derechos se adquieren según el nivel de aportaciones basadas en el mercado del trabajo.
B) En España: La Seguridad Social apareció en España, de forma parcial en 1900 al crearse el primer seguro social que fue la Ley de Accidentes de Trabajo. Posteriormente, en 1908 se creó el Instituto Nacional de Previsión en el que se integraban las cajas que gestionaban los seguros sociales que entonces iban surgiendo. Más adelante nacieron otros derechos como fue el retiro Obrero (1919), el Seguro Obligatorio de Maternidad (1923), el Seguro de Paro Forzoso (1931), el Seguro de Enfermedad (1942), y en 1947 el Seguro Obligatorio de Vejez e Invalidez (SOVI). Durante la dictadura se promulgaron leyes que fueron insuficientes para dar protección a muchas personas trabajadoras y a sus familias que quedaron fuera. Fue en la década de los ochenta (ya se preveía en el artículo 41 de la Constitución) cuando se universalizó el sistema de la Seguridad Social, con la idea que llegara a toda la población y se sentaron las bases para su estabilidad financiera. Así como, es en el año 1985 cuando se implanta el sistema de la Seguridad Social tal y como lo conocemos hoy día. Y los cambios y reformas que se han realizado han comportado una disminución de los derechos y de las cantidades.
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Garantías y características del sistema público de pensiones El sistema público de pensiones es un mecanismo que los poderes públicos mantienen con el fin de garantizar unos recursos que en teoría permitan mantener un nivel digno de vida a aquellas personas que han dejado de percibir tales recursos por causas ajenas a su voluntad como pueden ser la jubilación, la invalidez o la muerte. El sistema público de pensiones forma parte del sistema de la Seguridad Social, que es un instrumento que, además de las pensiones, abarca muchos más ámbitos de protección social. El artículo 41 de la Constitución española prevé que los poderes públicos han de mantener un régimen público de Seguridad Social para toda la población, que garantice la asistencia y las prestaciones sociales suficientes ante situaciones de necesidad, especialmente en caso de paro. También dice que la asistencia y las prestaciones serán libres. La Seguridad Social cubre las privaciones que puedan sufrir los individuos a causa de enfermedad, maternidad, accidente de trabajo o enfermedad laboral, desempleo, invalidez, vejez y muerte; y también la protección en forma de asistencia médica y de ayuda a las familias con hijos e hijas. Por tanto, incluye entre otros servicios la asistencia sanitaria, las prestaciones por incapacidad laboral, las prestaciones por maternidad, las prestaciones de atención a la tercera edad, las prestaciones por desempleo y las pensiones de jubilación y de viudedad.
Modelos de pensiones existentes Por un lado los sistemas de pensiones pueden basarse en dos modelos generales: El modelo contributivo: reciben pensiones aquellas personas que han cotizado a lo largo de su vida laboral. Bajo este sistema los empresarios tienen que destinar a la Caja de la seguridad social una parte del salario del trabajador en forma de cotizaciones sociales. El modelo universalista (o no contributivo): está basado en principios de solidaridad, reciben pensiones todas las personas de una sociedad con independencia de que hayan trabajado o no a lo largo de su vida laboral.
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Por otro, se distinguen dos modelos más: El sistema de reparto: es aquel en que los trabajadores y las trabajadoras van cotizando día a día y con los fondos que se han generado se pagan las pensiones de quienes se jubilan en aquel momento y tienen derecho a percibirlas. En este sistema, las pensiones futuras se pagan con las cotizaciones que día a día aportan l@s trabajador@s. El sistema de capitalización: es aquel en que cada uno va acumulando a lo largo de su vida laboral y contributiva, la cantidad que después recibirá como pensión.
El modelo de pensiones español y su financiación del sistema A) Modelo de pensiones en el Estado español En España tenemos un sistema público mixto que combina: El modelo contributivo: que tiene dos niveles el de la Seguridad Social para todas las personas trabajadoras, y el sistema de Clases Pasivas de los funcionarios públicos. El modelo no contributivo o de prestaciones universal, que no dependen de las cotizaciones efectuadas, sino que se basa en situaciones concretas (personas incapacitadas para llevar a término una actividad laboral, personas que no han cubierto el período mínimo de cotización para la jubilación, etc.). A la vez nuestro sistema es de reparto. El sistema público es complementado por planes de pensiones privados, ya que son los intereses de las entidades financieras quienes están detrás de todas las reformas que se han ido realizando. En el sigueinte punto hablaremos más a fondo.
B) Financiación de las pensiones Las pensiones se financian a partir del salario de los propios trabajadores y trabajadoras, y de los impuestos que paga toda la población en proporciones que han variado a lo largo del tiempo y en los diferentes países. El modelo de financiación de la Seguridad Social en España, no tiene ninguna restricción constitucional, que imponga limitaciones para elegir su fuente de financiación exclusiva ni
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predominante, sino que simplemente requiere que se garantice su gestión pública, y por parte del Estado (no de las Comunidades Autónomas). El sistema español de financiación de la Seguridad Social, se fijó de forma consensuada, gracias a la aprobación del pacto de Toledo en el año 1997, donde se estableció la “separación de fuentes de financiación”, entonces tenemos: • Las prestaciones contributivas son prestaciones económicas generalmente de duración indefinida, que se financian a través de las cotizaciones sociales, que actualmente supone el 88,1%. Su concesión generalmente se condiciona a una previa relación jurídica con la Seguridad Social (por ejemplo, acreditar un período mínimo de cotización). Las pensiones contributivas pueden pertenecer a tres grandes clases: por jubilación; por incapacidad permanente, y por fallecimiento. • Las prestaciones no contributivas y universales se financian mediante las aportaciones del presupuesto del Estado a través de impuestos generales, que actualmente suponen el 8,9%. Existen dos clases de prestaciones no contributivas: las de invalidez y las de jubilación, que se conceden a aquellas personas que se encuentran en situaciones de necesidad, y carecen a su vez de recursos suficientes para subsistir, por ello no se exigen para su concesión períodos mínimos de cotización. La Seguridad Social ha vivido en las últimas décadas diversas reformas, de las que daremos unas pinceladas. En cada una de las modificaciones legales los mismos agentes sociales firmantes (Gobierno, patronal y los sindicatos CC.OO y UGT) han argumentado cambios sobre la base de unas supuestas mejoras muy difícilmente apreciables, pero sobre todo han defendido los continuos recortes en prestaciones y derechos sociales apelando a la responsabilidad de la población para contener un supuesto déficit público -que sólo perciben las visiones más catastrofistas y conservadoras y que de momento nunca ha existido- y hacer, por fin, sostenible el sistema.
Reformas de las pensiones en el Estado Español A partir de 1985, con la Ley 26/1985 de Medidas Urgentes por la Racionalización de la Estructura y Acción protectora de la Seguridad Social, el sistema de pensiones se mantiene en reforma permanente. Esta ley, que fue contestada con una huelga general, la primera de la “democracia” contra el gobierno socialista, supone un endurecimiento de los requisitos de acceso al sistema de pensiones, un recorte de los gastos en las pensiones y la negativa de aplicar, por parte del gobierno, una ley de pensiones no contributivas para compensar los efectos negativos de la reforma.
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Con la reforma de 1985 se ponen en marcha dos procesos que aún continúan hoy en día: uno de moderación o reducción de los gastos a largo término (endureciendo las condiciones de acceso y aproximando la proporcionalidad entre las aportaciones de los trabajadores y las pensiones percibidas) y el otro de construcción de las condiciones ideológicas y los instrumentos legales e institucionales para favorecer sistemas complementarios privados de pensiones. De una forma más esquemática, podemos ver las reformas más importantes realizadas en el sistema de pensiones, en el siguiente cuadro: REFORMAS
Firmantes
Edad Jubilación
1985
1997
2006
PP, PSOE, PSOE, PP, PSOE + otros + otros + Empresarios Empresarios, Empresarios, CCOO y UGT CCOO y UGT 65
Período de Cálculo
DE 2 años se pasa de manera gradual a 8
Años necesarios para 100% BR de Pensión
30
65
65
2011
PSOE, PNV, CIU, PP, otros + Empresarios, CCOO y UGT
65
66
67
25 años de forma gradual a partir De 8 años, se De 15 años del 2013 y en plena vigencia en el pasa de (incluidos días 2027. Se revisará automáticamente manera paga extra) se cada cinco años, en plena función gradual a 15 pasa a 15 de la esperanza de vida y se tiende (incluidos días años reales a toda la vida laboral, reforzando el paga extra) factor de contributividad
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35
38,5
38,5
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Si bien, las reformas puntuales y estructurales que se han realizado de nuestro sistema de pensiones, han sido muy numerosas. En concreto, las que han supuesto cambios más importantes han sido las siguientes: • En el 1985: Se aumentan los años mínimos de cotizaciones para acceder a la jubilación, pasando de 2 a 8 años. Así se dejaron fuera las personas con menos años de cotización, sobre todo las mujeres.
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• En el 1997: Se aumentan de nuevo los años mínimos de cotización, a 15 años (no reales ya que se computan las pagas extraordinarias). Cada vez se deja fuera de la protección a más colectivos. • En el 2001: Se limitó el incentivar el retraso de la jubilación, modificando también los coeficientes reductores (los coeficientes reductores son porcentajes de rebaja de la pensión de jubilación por cada año que se adelante la edad de jubilación), y reduciendo levemente las prestaciones económicas. • En el 2007: se aumenta hasta 15 años reales el mínimo para acceder a la jubilación, este incremento se fue exigiendo de manera gradual en 77 días cada seis meses trascurridos desde la entrada en vigor de la reforma (1 de enero de 2008), hasta llegar al 2014. Además se produce una reducción de las cuantías de la prestación por Invalidez Permanente con un no cálculo (puede reducir hasta el 50% la prestación), etc. • En el mayo de 2010: un “decretazo” elimina la normativa anterior sobre la jubilación parcial y comienza aplicar unos requisitos más restrictivos, entre los que se exigen tener cumplidos los sesenta años, treinta años de cotización a la seguridad social y al menos seis años de antigüedad en la empresa. • En el 2011: Se retrasa la edad legal de jubilación (se alarga la vida laboral de los 65 a los 67 años); se endurece el acceso a la pensión máxima (si había que cotizar 35 años para cobrar el 100%, se aumenta hasta 37 años); Sólo se podrán jubilar a los 65 con el 100%, quienes hayan cotizado 38,5 años (antes 35 años); Se retrasa la jubilación anticipada (se alarga la edad de jubilación anticipada voluntaria que estaba fijada en 61, hasta los 63 años); Se recorta la renta media de la pensión, aumentando de 15 a 25 años, de forma progresiva, el periodo de cómputo para el cálculo de la pensión; Se endurece la jubilación parcial y se crean incentivos para seguir trabajando y alargar la vida laboral, entre otras medidas. En definitiva, para la mayoría de la población significa trabajar más años para recibir menos prestaciones. • En el 2013: Pensiones y trabajo por cuenta propia o ajena, serán compatibles siempre que el acceso a la pensión haya tenido lugar una vez cumplida la edad ordinaria de jubilación (se excluye para la jubilación anticipada), además el porcentaje aplicable a la base reguladora de la pensión a efectos de determinar la cuantía debe alcanzar el 100%, y
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el trabajo compatible podrá realizarse a tiempo completo o parcial. En 2013 se acuña el término “factor de sostenibilidad”, para promover esta serie de medidas, que permiten compatibilizar pensiones y trabajo (los llamados minijobs). El factor de sostenibilidad está relacionado con la esperanza de vida de la población, y supone eliminar la revalorización automática de la pensión a cobrar, que siempre será por debajo del IPC anual. Así se reduce, aún más, el gasto público en pensiones y se reduce, una vez más, el número de personas que cobrarán una pensión pública. Además, el Real Decreto Legislativo, de 16 de marzo de 2013, preveía la creación de un comité de expertos “independientes”, para el estudio del Factor de Sostenibilidad del Sistema de la Seguridad social. De la teórica independencia de este comité de expertos, así como de sus conclusiones, tendremos oportunidad de hablar más adelante. A la vez, y a partir de 1987, se han ido impulsando los planes y fondos privados complementarios. Por ejemplo, la Ley de 1987 sobre Planes y Fondos Privados, reforzada el 1995, con la Ley de Ordenación y supervisión del los Seguros Privados. El endurecimiento gradual de las condiciones para percibir prestaciones y a su reducción progresiva (tanto en las prestaciones de paro como en las de jubilación, viudedad o incapacidad), ha tenido en los últimos años una preocupante aceleración a partir de los Pactos de Toledo de 1995.
Hacia dónde nos llevan Con falacias como que el sistema de pensiones es insostenible, debido al aumento de la esperanza de vida; al elevado número de ancianos, y la disminución de los cotizantes, se viene intentando implantar en España, desde el año 1989, progresivamente, un sistema de planes de pensiones privados. Los planes privados de pensiones, y por ello la modificación de nuestro sistema de pensiones, por uno de capitalización, van de la mano. En el sistema de capitalización, las pensiones se financian mediante aportaciones que hacen los trabajadores a los bancos o aseguradoras, constituyendo unos fondos que se acumulan. Estos fondos son usados por los mercados financieros, que juegan con ellos en bolsa, para intentar aumentar su capital. El trabajador en cambio, ajeno a estas maniobras, sabe cuánto dinero destina a su fondo de inversión, pero no cuánto dinero cobrará cuándo se jubile. De hecho en España, ya llevan años en que las pensiones privadas valen menos cada año. Este es el modelo por el que apuestan quienes defienden un modelo de pensiones privadas, y por el que el gobierno español (o el bolsillo de sus políticos) se siente cada vez más atraído.
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De hecho, nuestra Seguridad Social facilita con sus propios medios la suscripción de planes de pensiones, alegando esa falsa premisa de que privatizar es moderno, solvente y sostenible, mientras que lo público está anticuado y es un derroche en la actual sociedad globalizada. Así, la Asociación Internacional de la Seguridad Social ha suscrito diversos acuerdos con Entidades Financieras y de Seguros, a fin de incentivar la suscripción de seguros privados. Algo que no es de extrañar cuando conocido es que cuanta más “responsabilidad” se ostenta en la esfera pública, menos tiempo se tarda al ser cesado en el cargo, en saltar a puertos de gran relevancia en el sector privado (y viceversa). Actualmente, muchas son las entidades financieras, que con importantes campañas publicitarias pretenden informar a toda la población, -muchas veces aportando para ello los testimonios de personajes de gran prestigio en la esfera social o académica-, la necesidad de suscribir planes de pensiones privados que les garanticen una “jubilación de oro”, así, podemos observas las campañas realizadas por BBVA; Bankia; Sabadell CAM; Banco Popular; ING… Además, actualmente estos planes de pensiones privados se ven beneficiados por jugosas desgravaciones fiscales, que sólo favorecen a quienes pueden ahorrar más, a los ricos. En España, con una tasa de paro que ronda el 27%, ¿qué familias pueden ahorrar para contratar una pensión privada? Y sobre todo, ¿por qué hablar de una crisis inexistente, del sistema de pensiones, para conducirnos a un sistema de pensiones privadas? La verdadera razón, es que los fondos privados de pensiones proporcionan flujos regulares y abundantes de recursos financieros al capital privado para negociar y obtener grandes beneficios. Así, los fondos de pensiones privados constituyen enormes flujos de capitales, seguros y sin riesgo para las instituciones financieras. En esta misma sintonía, el Gobierno encargo en abril de 2013, a 12 expertos, que con vistas a diseñar una nueva reforma de pensiones, definieran el factor de sostenibilidad, para que este factor fuera usado en una nueva reforma del sistema de pensiones. Estos doce especialistas, de diversas áreas relacionadas con las pensiones y la seguridad social, fueron elegidos por el PP y PSOE, si bien dos de los integrantes eran colaborares de los sindicatos UGT y CCOO (Santos Ruesga y Miguel Ángel García, respectivamente), y también la patronal tenía su representante, gracias a Miguel Ángel Vázquez (UNESPA), e incluso la Banca, Rafael Doménech, economista jefe para Europa del servicio de Estudios del BBVA, integraba también este gabinete de expertos.
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Únicamente uno de los expertos votó en contra del informe, aduciendo que sus compañeros habían hecho un diagnóstico excesivamente al alarmista de los problemas financieros del sistema público de pensiones, con una crítica subyacente al sistema de reparto, que, sin embargo había mostrado hasta el momento, con un gran potencial para hacer frente a diferentes problemas a los que se ha tenido que afrontar. El factor de sostenibilidad, que se anunció en 2011, para comenzar a aplicarse en 2027, se aplicaría ahora de forma inmediata, gracias a la sabiduría científica revelada por el comité de los doce sabios, que con un estudio de apenas tres meses, ha sido capaz definir el factor de sostenibilidad, ofreciendo para su cálculo una compleja e incomprensible fórmula, a la que se llegó valorando una única propuesta, que fue “estudiada” y ratificada, sin más contemplaciones. El factor de sostenibilidad está compuesto por dos factores, valga la redundancia: • El Factor de Equidad Intergeneracional (FEI), que afectará sólo a los nuevos pensionistas, a partir de 2019. Se aplica una única vez a los nuevos jubilados, en el cálculo de su primera pensión, partiendo de que la esperanza de vida aumenta y para que no cobre más que los jubilados anteriores se hace variar (es decir, disminuir), la pensión inicial con la esperanza de vida teórica calculada. En la práctica, supone que los jubilados verán reducido el importe que cobrarán de la pensión, por cada año que se retrase la jubilación. Quienes se jubilen a partir de 2040 perderán de entrada un 15-20% de su pensión. • El Factor de Revalorización Anual (FRA), que afectará a todos los pensionistas. El FRA garantiza que nunca habrá déficit ni superávit en el presupuesto de pensiones. Las pensiones ya no se actualizarán utilizando el IPC anual, sino aplicando la “revalorización” de las pensiones. Como la aplicación del FRA, en lugar de la del IPC, supone una pérdida enorme en todas las pensiones, se fija un suelo para la revalorización mínima (un 0,25% en recesiones económicas) y un techo para las etapas de crecimiento (el IPC más el 0,25%). Teniendo en cuenta la actual crisis que vivimos en España, aplicar el FRA es, encubiertamente, una forma perfectamente legal para en la práctica congelar las pensiones, y producir una enorme pérdida en la capacidad adquisitiva de los pensionistas, porque las pensiones se “revalorizarán” (o sea, se infra-valorizarán), por debajo del IPC. Y esta ha sido la autentica patraña, con la que los Entes económicos que nos gobiernan (gobierno, patronal, banca...), nos han vendido un cientifismo interesado, para engañar a la sociedad diciendo que sólo aplicando esta fórmula, podremos evitar la quiebra de la Seguridad social en España.
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¿Qué pasa con las murcianas y murcianos? La pensión media de jubilación en el Estado Español, que comprende las distintas clases de pensiones (incapacidad permanente; jubilación; viudedad; orfandad y favores familiares), se ha situado en enero de 2014, en 864 euros. En Murcia, la pensión media, es la tercera más baja de toda España, rozando los escasos 763 € mensuales (hasta 101 € perciben de media, menos, las y los pensionistas de murcianos en comparación con el resto de Comunidades Autónomas), pero es más, aprobada recientemente la Ley de Presupuestos Generales para este 2014, que limita la subida de las mismas en un 0,25% (frente a la subida del IPC, que para este año el Ministerio de Economía prevé en torno a un 1,5%), los pensionistas de la Región de Murcia verán reducido el poder adquisitivo de su pensión en aproximadamente 95€, pérdida que se incrementa sangrantemente en algunas pensiones, como la de jubilación: Los JUBILADOS MURCIANOS PIERDEN ESTE AÑO EN TORNO A 195€ de poder adquisitivo.
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Argumentario necesario en la defensa del sistema público de seguridad social PENSIONES A 1 DE ENERO DE 2014 Tipo de pensión Jubilación Incapacidad Permanente Viudedad Orfandad Favor Familiares TOTAL PENSIONES
En el Estado En la Región Español Murciana 5.523.066 932.045 2.345.930 315.546 38.030 9.154.617
131.391 32.296 60.492 10.274 825 235.278
La Seguridad Social NO TIENE DÉFICIT ni puede tenerlo por: • El Pacto de Toledo, decidió separar las fuentes de financiación de la Seguridad Social y ahí creó el “artificio político del déficit contable”. • El Fondo de Reserva, actualmente se encuentra dotado con las cotizaciones del sistema contributivo, pero forma parte intrínseca de la financiación de la SS. •
LA SEGURIDAD SOCIAL SE DEBE FINANCIAR CON LOS IMPUESTOS a través de los PGE.
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LAS MENTIRAS: I. “El sistema de Pensiones quebraría si no se reforma”: En 1995, las entidades financieras, La Caixa y BBVA, encargaron a “expertos” estudios que vaticinaban que en el 2010, el déficit de la Seguridad Social sería del 2,15% y la tasa de dependencia (relación entre cotizantes/pensionistas), sería de 0,9/1. LA REALIDAD: Es cierto que la relación entre pensionistas y cotizantes ha descendido, pero desde luego no a los niveles que vaticinaban las entidades financieras en 1995, ni si quiera estando en la situación de crisis aguda en la que nos encontramos, con un tercio de la población en paro. II. “El sistema es inviable por el aumento de la esperanza de vida, la menor entrada de afiliados/as y el aumento de los años en que se percibe pensión” LA REALIDAD: • Desde 1995 a 2010, la población cotizante aumenta en 5 millones. • En la actualidad, de cada 100 euros de riqueza social que genera la economía española, se dedican 9,9 euros para pensiones, luego quedan 91 euros para repartir. Con solamente un incremento de la productividad del 1,5% de aquí al 2050, la riqueza social se situaría en 225 euros, si dedicáramos el 15% para Pensiones, es decir 33,75 euros, quedarían para repartir 191,25 euros. •
Fijémonos que el sector de la agricultura agrupaba al 30% de la población activa hace 50 años, es decir en los años 60 del siglo pasado, y hoy, solamente lo hace el 4,5%, pero ese 4,5% produce más que el 30% anterior.
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III. “El sistema público, con esta reforma, sale reforzado” LA REALIDAD:
•
Con la Ley 27/2011 y RD 5/2013, más de la mitad de todos los trabajadores y trabajadoras, es decir más de 10 millones, se jubilarán legalmente, al menos 2 años más tarde.
•
Al aumentar el período de cálculo hasta los 25 años progresivamente (con tendencia a toda la vida laboral), todos y todas perderemos hasta un 8,3% de la pensión media.
•
Los años obligatorios de cotización para el 100% de la Base Reguladora aumentan, luego “más ingresos para el sistema”.
•
Los años de prestación disminuyen al jubilarnos más tarde, luego “más ingresos para el sistema”.
•
Las prestaciones (pensiones) bajan de media un 8,3%, luego “más ingresos para el sistema”.
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Los elementos o variables que contempla el “factor de sostenibilidad”: •
mayor esperanza de vida
•
menos cotizantes
•
aumento del número de años de cobro de prestación
•
variables económicas: crisis, crecimiento, (ingresos – gasto = déficit/superávit) quiebra,
fueron y son, cálculos interesados, eran y son variables no contempladas ni relacionadas, como: •
El efecto de la mano de obra migrante.
•
El reparto del trabajo (con reducción de jornada real) para que trabajen más de 6 millones de personas, actualmente paradas de manera involuntaria.
•
Los aumentos de productividad y el crecimiento económico.
•
La mayor tasa de actividad de las mujeres (aún estamos 16 puntos por debajo de la media UE-15.
•
El crecimiento de los salarios.
El déficit es MENTIRA y los Derechos Sociales, lo público, no se rige por el interés privado. La Casa Real, El Ejercito, La Policía… no generan riqueza social ni se rigen por el déficit o superavit… Lo que les importaba y les importa, es crear alarma social suficiente para crear una “necesidad” de cubrir parte de la pensión pública con fondos privados, detrayendo miles de millones de euros del erario público, al sector financiero-asegurador privado. Nuestro sistema público de Pensiones, no es un problema. El problema de las Pensiones es creado por los políticos y los mercaderes, que pretenden redistribuir recursos suficientes (riqueza social suficiente creada por las personas asalariadas), de manera inversa, apropiándose (robando) de cerca del 10% del PIB (unos 100.000 millones de euros).
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Nuestras propuestas Nuestra Constitución establece que se ha de garantizar unas pensiones dignas. Por ello estas no deben depender de déficit o superávit del presupuesto. El Estado Social proclamado en nuestra Constitución, debe nutrirse de todos los recursos económicos disponibles y ello incluye, que las pensiones también puedan financiase por la vía de los impuestos. ¿Cómo es posible que los Presupuestos Generales del Estado no destinen un céntimo a nuestro sistema de pensiones? En España, mientras que el ejército o la casa real (entre otros), están financiados desde los Presupuestos Generales del Estado, y son partidas siempre deficitarias, las pensiones sólo pueden financiarse con las cotizaciones sociales y además han de mantener siempre equilibrado su presupuesto. ¿Por qué? El sistema de pensiones no quebrará en 2023, como asegura el grupo de “expertos”, salvo que las pensiones futuras bajen a partir de 2014, y las actuales sigan creciendo por debajo del coste de la vida. Quebrarán los beneficios que los Entes económicos pueden sacar, gracias a la privatización de los planes de pensiones. Actualmente, los fondos privados manejan12,7 billones de Euros (12 veces el PIB de España, y el 27% del PIB mundial). Si las pensiones se privatizan, estos fondos aumentarían sus beneficios, y la banca nunca pierde, los que perdemos somos los ciudadanos, cuando nuestro sacrificio y bienestar, es invertido en productos financieros desconocidos, sometido a las fluctuaciones del mercado, y apostado por personas que no hemos elegido ni autorizado, para que ganen dinero a nuestra costa, en forma de sustanciosas comisiones. Por todo ellos nosotros pedimos: • No aceptar la idea de “la crisis de las pensiones”, es un problema de distribución de la renta. Es una opción del sistema económico y social. • No suscribir pensiones privadas. • Plantear una reforma del sistema de pensiones ante el Tribunal Constitucional, para que en cumplimiento del artículo 50 de nuestra Constitución, se garanticen unas “pensiones dignas”. • Aumentar las cotizaciones. Si se quiere que la mayoría de la población haga fondos privados, ¿no sería lo mismo aumentar las contribuciones a las pensiones públicas? La
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Las Pensiones en el Estado Español: Una Mirada Crítica e Histórica
gente tiene que pagar en un caso y en otro. ¿Por qué son mejores las privadas? Las pensiones públicas son mucho más seguras. • Aumentar la base reguladora de los salarios altos. • Eliminar prestaciones que no le corresponden a la Seguridad Social (como las bonificaciones a la contratación). • Mejorar el mercado de trabajo y aumentar el empleo. Mantener un sistema de pensiones acorde con las necesidades reales de la población no es inviable de por sí, otra cosa es que las pensiones, injustificada e ilógicamente tengan cerradas unas puertas de financiación, que son necesarias para mantener el carácter Social, que está proclamado en el artículo primero de nuestra Constitución. Lo único cierto y verdadero, es que la disminución de las pensiones públicas, aumentará aún más la pobreza y la desigualdad social en toda nuestra geografía. Por ello desde CGT lucha para que se realicen las siguientes reformas: • Se elimine la desfiscalización del capital. • Se incrementen los impuestos de los Beneficios, de las rentas superiores a 60.000 euros de patrimonio, de transacciones financieras. • Terminar con el doble fraude fiscal, el legal y el ilegal de las rentas altas. • Terminar con las subvenciones a las cotizaciones empresariales. • Perseguir el fraude fiscal de grandes empresarios y fondos de inversión. •
Aumentar las Pensiones Mínimas, de manera universal, a 1.200 € en 14 pagas.
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