EJEMPLOSDECADAREGLADELUGARDEREALIZACIÓN.-
Art. 68.Uno: Una persona compra una barra de pan en una panadería situada en Madrid . Se realiza en el TAI porque no hay expedición o transporte y se pone a disposición en el TAI.
Art. 68.Dos.1 parr.1: La empresa A tiene un ordenador en Madrid que vende a un empresario B en Berlín…antes de enviárselo, el empresario de Berlín vende el ordenador a un sujeto C que está en París, por lo que insta a A para que lo envíe desde Madrid : Tenemos 2 entregas de bienes que se producen
en el TAI. La venta de A a B se produce sin transporte (la puesta a disposición consiste en preparar el paquete para enviarlo a París), está en el TAI por el art. 68. Uno. La venta de B a C tiene transporte y ese transporte tiene origen en Madrid (aunque lo envíe un berlinés). Por tanto, se aplica este artículo y se entiende hecho en Madrid. Art. 68. Dos.1 parr. 2: La empresa A va a ser importador de un bien que está en China. Antes de que el bien llegue, lo vende a B; que lo recoge directamente en la Aduana. La entrega de A a B, aunque el transporte se realice desde China, se entiende realizada aquí, porque la importación de A es aquí y su entrega a B es una entrega subsiguiente. Art. 68.Dos.2: La empresa A , situada en el Algarve, vende un sistema de producción de energía solar a un ciudadano en un pueblo de Huelva. El aparato cuesta 10.000 € + 2.000 € de instalación (IVA no incluido). La empresa lleva el aparato y lo instala en casa del comprador. La instalación se última en
el TAI, requiere inmovilización de los bienes y supera el 15%del total de la contraprestación. Art. 68.Dos.3: Un agente inmobiliario inglés llamado Jonathan Harker se desplaza a los Cárpatos para firmar la venta de una abadía situada en Almería a un noble rumano. El inmueble está situado en el TAI, la entrega se entiende realizada en el TAI. Art. 68.Dos.4: Un sujeto A compra un reloj a la compañía a bordo de un avión en vuelo Madrid-Moscú, con escala en Roma; justo cuando sobrevolaban Génova. El trayecto Madrid-Roma es en el interior de la Comunidad (origen y destino en la Comunidad) y sale de Madrid, se entiende realizado en el TAI. Art. 68.Tres: Un empresario situado en Francia tiene una tienda en internet de productos de informática. En el año corriente ha vendido a sujetos españoles que no actúan como empresarios bienes por valor de 20.000€ hasta la fecha (el año pasado vendió bienes a sujetos no empresarios en España por valor de 60.000 €, asumiendo el coste de los envíos. Un ciudadano residente en Zaragoza le compra un ordenador para que su hijo haga los trabajos escolares, que le es enviado a su casa. Está situado en el
TAI porque el año pasado las entregas a no empresarios excedieron 35.000 € y esto es una entrega a un no empresario, no siendo objetos de arte, colección, etc.
Art. 68. Cuatro: Un empresario situado en España tiene una tienda en internet de productos de informática. En el año corriente ha vendido a sujetos francesesque no actúan como empresarios bienes por valor de 20.000€ hasta la fecha (el año pasado vendió bienes a sujetos no empresarios en Francia por
valor de 60.000 €, asumiendo el coste de los envíos. Un ciudadano residente en Lyon le compra un ordenador para que su hijo haga los trabajos escolares, que le es enviado a su casa. Es el supuesto
inverso al anterior, que el apartado 4 excluye de gravamen en España(a pesar de ser una entrega con transporte con origen aquí) porque hay una norma Francesaque lo grava (que es como nuestro art. 68.Tres).
Art. 68.Cinco: Un empresario situado en Francia tiene una tienda en internet de tabaco. Envía 2 paquetes de tabaco a un ciudadano no empresario español, asumiendo el coste del envío el empresario francés. Esta regla es como la del apartado 3, pero no hay límite de cantidad y se refiere sólo a
objetos sobre los que recaigan impuestos especiales. Art. 68.Seis: Atención: Esta regla complementa las reglas 3 y 4, en el caso de que el origen del transporte esté en un Estado tercero: : Un empresario situado en Francia tiene una tienda en internet de productos de informática, productos que el empresario importa de Andorra. En el año corriente ha vendido a sujetos españoles que no actúan como empresarios bienes por valor de 20.000 € hasta la fecha (el año pasado vendió bienes a sujetos no empresarios en España por valor de 60.000 €, asumiendo el coste de los envíos. Un ciudadano residente en Zaragoza le compra un ordenador para que su hijo haga los trabajos escolares, que le es enviado a su casa desde Andorra, con importación realizada en Francia. Se entiende que el origen del transporte está en Francia, con lo que el ejemplo es
igual que en el caso 68.Tres. Distinto es que ademáshay una importación, realizada en Francia. Art. 68. Siete.1: Un empresario compra gas a una compañía Argelina para revenderlo desde su sede en Almería. Recordemos que el gas se consideraba un bien (art.8). La entrega se realiza en el TAI porque el empresario revendedor que recibe tiene la sede destinataria en el TAI. Art. 68. Siete.2: Una compañía portuguesa suministra electricidad a los sujetos de un pueblo onubense fronterizo. Seentiende realizada en el TAI, porque el consumo se produce en él. Art. 69.Uno.1: Un diseñador gráfico residenciado en Francia realiza un logotipo para la sede en Madrid de una empresa alemana. Se realiza en el TAI porque, al ser el destinatario un empresario, es gravamen en destino. El destino es la sede en Madrid. Art. 69. Uno.2: Un empresario alemán realiza un corte de pelo a un famoso cantante brasileño desde su sede en Madrid. Hay que considerarlo realizado en el TAI, porque se presta a un no empresario profesional actuando como tal –aunque sería discutible- desde la sede en Madrid. Art. 69.Dos: Una cinematográfica española realiza un doblaje de la película “El verdugo” al inglés, por encargo de una fundación norteamericana que desea dar a conocer gratuitamente las obras de García Berlanga en EEUU. No se realiza en el TAI porque el doblaje está dentro de los supuestos
previstos en la lista de servicios que, cuando el destinatario no es empresario o profesional actuando como tal, no se gravan en origen. Art. 70.1: Un importante arquitecto norteamericano diseña el proyecto para la remodelación del campo de fútbol de un equipo radicado en Barcelona. Es un servicio relacionado con un inmueble, por lo tanto se entiende realizado donde esté el inmueble. Art.70.2: Un ciudadano español decide hacer una vuelta al mundo en avión comercial, partiendo de Madrid y haciendo escala en Barcelona, Roma, Atenas, Estambul, Bagdad, Laos, Pekín, Los Ángeles, Washington y Londres. Se entiende realizado en el TAI el primer trayecto, entre Madrid y
Barcelona. El resto -al no ser para un empresario- se entiende realizado en el TAI si el vuelo lo presta una compañía residenciada en España (norma general). Art. 70.3: Una compañía circense francesa realiza espectáculos –dentro de una misma gira- en Burdeos, Lyon, Barcelona y Niza. Se entiende realizado en el TAI el espectáculo en Barcelona, porque se presta materialmente en el TAI y es manifestación cultural/recreativa. Art. 70.4: Un ciudadano español residente en Almería y no empresario paga a una empresa con sede única en México para que le convierta un documento .doc a la extensión .pdf a través de su página web.
Empresario situado fuera de la Comunidad que presta servicios por vía electrón. ica a un no empresario radicado en el TAI. Art. 70.5.A.a: Una persona compra un refresco para consumo inmediato a bordo de un avión en un trayecto entre Madrid y Londres. Es servicio -art. 11- y se produce en un trayecto dentro de la Comunidad y con origen en el TAI. Art. 70.5.A.b: Una multinacional con sede central en EEUU realiza servicios de restauración en la Feria Internacional de la Comida Rápida celebrada en Madrid. Sepresta materialmente en el TAI. Art. 70.6: Un Ayuntamiento de un pequeño pueblo de Ciudad Real contrata a un representante para que intente contratar a un conocido grupo musical internacional para que actúe en las fiestas del pueblo. El servicio para el que se representa (actuación musical) se consideraría realizada en el TAI y el destinatario de la representación no es empresario o profesional (el Ayuntamiento). Art.70.7: Un empresario español tunea el coche de un afamado actor inglés en su sede en Bilbao. Se trata de un trabajo sobre bien mueble corporal realizado materialmente en el TAI y el destinatario no es un empresario o profesional. Art. 70.8: Un ciudadano español no empresario situado en La Línea de la Concepción obtiene conexión a internet conectándose a un servicio inalámbrico que emite un empresario situado en Ceuta. Se realiza en el TAI porque se presta por un empresario situado fuera de la Comunidad y lo recibe un empresario que lo utiliza en el TAI. Art.70.9: Un club de fútbol portugués alquila un avión a una empresa de transportes de Barcelona, que lo recibe allí y que organiza el viaje de un club español a Noruega. Terminado el viaje de ida y vuelta, el avión es devuelto al club portugués. Se entiende realizado en el TAI el alquiler del avión, porque
no es por más de 30 días y se pone a disposición en el TAI.