CAPÍTULO 1. DERECHO Y DERECHO CONSTITUCIONAL 1. DERECHO Y SISTEMA JURÍDICO - Derecho como conjunto de normas de una sociedad determinada (derecho español). - Derecho según el ámbito material de las normas de un mismo país (derecho civil, penal, administrativo...) - Derecho como facultad o capacidad de exigir algo de un individuo (derecho de acreedor, derecho de sufragio) - Derecho como ideal, como principio o valor que ha de perseguirse (sinónimo de justicia) - Derecho como ciencia social (carrera de Derecho) Fin del Derecho: procurar la paz social y realizar un ideal de justicia El Derecho constituye un sistema jurídico. 2. CONCEPCIONES IUSNATURALISMO: afirmar la existencia de un Derecho natural, anterio y superior al establecido por los gobernantes, con la consecuencia de que este segundo sólo es válido cuando resulte conforme con el anterior. HISTORICISMO: el auténtico Derecho es el que nace del alma genuina de cada pueblo, producto de su historia, cultura y tradiciones. POSITIVISMO: el Derecho y la moral son dos esferas distntas y que el primero es el implantado efectivamente en una sociedad. SOCIOLOGISMO JURÍDICO: el Derecho pasa a ser lo que rige de modo efectivo en la sociedad, y no lo proclamado en los códigos. 3. NORMA JURÍDICA Regla que ordena la conducta de los hombres en sociedad y la configuración del Estado, y cuya observancia garantiza el Estado mediante oportunas sanciones. 4. DERECHO Y POLÍTICA La política impulsa la existencia y la continua evolución del Derecho: toda norma procede de un poder y de una voluntad políticos. A su vez, el Derecho legitima y organiza la política: ésta no podría desarrollarse pacíficamente al margen de las normas que aquél aporta. 5. RAMAS DEL DERECHO. DERECHO PÚBLICO Y PRIVADO Distinción por el criterio del interés y por el criterio subjetivo.
El Derecho público se divide en el internacional, de un lado, y en el interno, de otro. El primero es el propio de la comunidad internacional y regula las relaciones entre Estados. El segundo es el implantado por un Estado. Dentro del Derecho público estatal se abre una nueva división: Derecho constitucional, administrativo, financiero o tributario, penal y procesal. El Derecho privado forma parte también del estatal. Se divide en Derecho civil, mercantil y laboral. 6. DERECHO CONSTITUCIONAL La rama del orden jurídico que regula la política de un país entendiendo por política el conjunto de acciones tendentes a obtener o mantener el poder en una sociedad determinada. Es el sector del ordenamiento jurídico que fija los presupuestos y elementos constitutivos del Estado, esto es, sus órganos fundamentales, sus competencias y sus relaciones con los miembros de la comunidad. 7. PARTES DEL DERECHO CONSTITUCIONAL > Teoría del Estado: dedicada a la exposición de los fundamentos y características generales de esta fórmula política. > Derecho positivo de un Estado: consideración de la forma y principios del mismo, sus antecedentes históricos, fuentes jurídicas, sistema orgánico o institucional, derechos y libertades individuales y las garantías constitucionales. > Derecho constirucional comparado: se explica por el interés que en sí tiene el conocimiento de los sistemas políticos de otros países.