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DERECHO FINANCIERO Y TRIBUTARIO CASO PRÁCTICO INTERPRETACION DE LAS NORMAS TRIBUTARIAS El matrimonio formado por el Sr. “X” y la Sra. “Y” tienen un hijo, “H”, con una minusvalía psíquica del 73%, según consta en el correspondiente certificado de la Seguridad Social. No existe sentencia de incapacitación del hijo. Presentan una declaración conjunta por IRPF-2.006, con una cuota a devolver de 1.052,40 €. El 8 de octubre de 2.007 reciben propuesta de liquidación provisional de la que resulta una cuota a ingresar de 1.196,76 €. La motivación y los datos modificados son los que se acompañan en las hojas adjuntas. La legislación aplicada a la que se refiere la motivación es la contenida en el Real-Decreto Legislativo 3/2.004, de 5 de Marzo, que aprueba el Texto Refundido de la Ley del I.R.P.F. Se aplica también, aunque no se diga, el art. 97.1.b) de la Ley del Impuesto. El hijo obtuvo en 2.006 Rendimiento del capital mobiliario proveniente de un contrato de seguro por importe íntegro de 1.623,28 €. El rendimiento neto tras las correspondientes reducciones legales asciende a 323,68 €, con una retención de 57,54 €. No ha presentado declaración en ese ejercicio, aunque de haberla presentado hubiese resultado una cuota a devolver de 57,54 €.

SE PIDE: 1.- Especifique las modificaciones que ha practicado la Administración en la declaración presentada por el matrimonio. 2.- Emita un juicio de equidad sobre la actuación administrativa. 3.- Dictamine si la liquidación practicada por la Administración es conforme a derecho, especificando los criterios de interpretación utilizados. 4.- Especifique los criterios de interpretación que puede esgrimir el matrimonio para defender la corrección de la declaración presentada.


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