PRÁCTICA DE LOS TEMAS 11, 13 Y 14 DE LA GUÍA DOCENTE I.El plazo de presentación de la autoliquidación del IRPF, ejercicio 2007, finaliza el 2 de julio de 2008. El Sr. Dormilón tendría que haber presentado la suya, con una cuota a ingresar de 10.000 €, pero no lo hace. Tomamos el interés de demora al 5%. Determine la cuantía de la deuda tributaria, incluyendo todos los elementos correspondientes, en los siguientes supuestos: 1.- Si presenta la autoliquidación espontánea y extemporánea el 30 de junio de 2012. 2.- Si la presenta el 3 de julio de 2008. 3.- Si el 5 de agosto de 2010 recibe un requerimiento para que justifique dos ingresos con billetes de 500 € en una entidad de crédito, el día 10 de marzo de 2007 y no vuelve a recibir ninguna notificación más hasta el 4 de julio de 2012, comunicándole el inicio de un procedimiento de comprobación limitada, del que finalmente se deriva una liquidación de 10.000 €, más los intereses de demora correspondientes más una sanción del 50%. 4.- Si el 2 de agosto de 2009 se inician actuaciones de comprobación limitada y el 10 de noviembre del mismo año recibe la notificación de la liquidación, más los intereses de demora y la sanción y, una vez finalizado el plazo de pago en voluntaria, ingresa la deuda antes de recibir la providencia de apremio.
II.- La mercantil “DEFRAUDO Y NO ME PILLAN, S.L.” presentó de la autoliquidación correspondiente a la obligación principal del pago del primer trimestre del IVA 2005, el último día del plazo establecido, es decir, el 20 de abril de 2005. El 30 de enero de 2006, último día también del plazo reglamentario, la sociedad presentó el modelo 390, que consiste en un mero resumen informativo del IVA del año anterior (una obligación formal). El 10 de diciembre de 2009 recibe una notificación de inicio de actuaciones inspectoras y el 20 de mayo de 2010 se le notifica una liquidación por una supuesta defraudación correspondiente a la autoliquidación del primer trimestre del IVA 2005, por importe de 40.000 €, más los intereses de demora y el inicio de un procedimiento sancionador. Se pide: ¿Habrá prescrito el derecho de la Administración a determinar la deuda tributaria correspondiente a la autoliquidación del IVA del primer trimestre? *Sugerencia: Consultar la STS de 25 de noviembre de 2009 (JUR 2010\16781) y el epígrafe I del Tema 11 de la Guía Docente.