PRÁCTICA N.4: Locke y el poder como consentimiento Cuestiones: 1.- Compare el Estado de naturaleza expuesto por Hobbes y por Locke. Locke considera al Estado de naturaleza como un estado en que se encuentran los hombres en completa libertad para ordenar sus actos, y para disponer de sus propiedades y de sus personas como mejor les parezca, dentro de los límites de la ley natural, sin necesidad de pedir permiso, y sin depender de la voluntad de otra persona. Es también un estado de igualdad, dentro del que todo poder y toda jurisdicción son recíprocas, en el que nadie tiene más que otro, puesto que no hay cosa más evidente que seres de la misma especie y de idéntico rango, nacidos para participar sin distinción de todas las ventajas de la naturaleza y para servirse de las mismas facultades. Pues Locke, al igual que Hoobes, sostenía que los hombres se mueven fundamentalmente por apetitos y aversiones; y que los apetitos son tan fuertes que “si se les dejara en libertad de obrar, pronto provocarían el derrumbe de toda moralidad. Las leyes morales se han establecido para frenar y poner límites a esos deseos exorbitantes”. Se dice que la diferencia entre esta concepción y la de Hobbes reside en que Locke consideraba a los hombres capaces de imponer por sí mismos estas reglas, al percibir su utilidad, sin imponer un soberano.
2.- Exponga el procedimiento a través del cual se llega a la constitución de la sociedad política en la teoría de Locke. Siempre que cierto número de hombres se unen en sociedad renunciando cada uno de ellos al poder de ejecutar la ley natural, cediéndolo a la comunidad, entonces y sólo entonces se constituye una sociedad política o civil. Ese hecho se produce siempre que cierto número de hombres que vivían en estado de naturaleza se asocian para formar un pueblo, un cuerpo político, sometido a un gobierno supremo, o cuando alguién se adhiere y se incorpora a cualquier gobierno ya constituido. Por ese hecho autoriza a la sociedad o, lo que es lo mismo, a su poder legislativo, para hacer las leyes en su nombre según convenga al bien público o de la sociedad, y para ejecutarlas siempre que se requiera su propia asistencia.
3.- Según el autor, ¿cuál es el fin que debe cumplir el gobierno? La finalidad máxima y principal que buscan los hombres al reunirse en estado o comunidades, sometiéndose a un gobierno, es la de salvaguardar sus bienes; esa salvaguardia es muy incompleta en el estado de naturaleza.
4.- ¿En qué aspectos podemos vincular la teoría de Locke con el advenimiento del Estado liberal? La teoría de Locke se asemeja con las características del Estado liberal. Locke sostenía el gobierno de la mayoría y el derecho de propiedad, dando por supuesto que solamente los hombres con propiedad eran miembros con pleno derecho de la sociedad civil, y por tanto, de la mayoría. Otro rasgo que se asemeja con la teoría liberal es el consentimiento individual, puesto que los gobiernos no pueden sostenerse sin grandes cargas, y es justo que quienes se benefician de su protección contribuyan a su mantenimiento, cada cual en proporción a sus recursos. Pero esto debe
de hacerse con su propio consentimiento, es decir, con el consentimiento de la mayoría, otorgado directamente por sus miembros o indirectamente por los representantes que la mayoría ha elegido. Siendo el individualismo un rasgo fundamental de las dos teorías, que consiste fundamentalmente en convertir al individuo en el propietario natural de su propia persona y de sus capacidades sin que deba nada por ellas a la sociedad. Por último, el constitucionalismo de Locke sienta una de las bases del Estado liberal. La única protección de que dispone el individuo frente a un gobierno arbitrario se sitúa en el derecho de la mayoría de la sociedad civil a decir cuando un gobierno ha perdido su confianza de actuar siempre en el sentido del bien público y nunca arbitrariamente. El constitucionalismo de Locke es esencialmente una defensa de la supremacía de la propiedad. Para él era necesario elaborar limitaciones al gobierno porque previamente había desarrollado la otra parte, esto es, la subordinación total del individuo a la sociedad civil.