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COMPENDIO DE DERECHO DEL TRABAJO
límite de o renunciar a su preferenci-q para benefi ciar aotros trabajadores, o bien no renunciar con perfuicio de eilósa7. Ad"*¿;;l; ,"r"r.i0", ;ü;q;;;.; én inodo alguno .*itizár iii;it"ri" q;" pueda ser cali_ 99 ngdr.a Íl:1..1:llt, Ilcado como discriminatorio. conjuntamente con la notificación del despido, el empresario deberá poner a disposiciól 1o., trabajadores afectadoi tai"aeÁníii;,óñ;.ü;;; legalmente: «veinte {g días de salario por año dt;;.ü"iq pifrrateánd;; p; meses lo.s. períodos de_ tiempo inferiores a un año, con u'n máximo de dóce mensualidades» (art. 51.8 ET). Eso sí, conviene tér"rpi"rénte que en estos c_asos, como vimos en su momento, en determinadas ocasiones él Fondo de Garantía salarial abona 8 días de salario, de modo quále-pteud"i;ólri; correspond,e asumir elre_sto; no obstante, corresponde al émpferd;;ñil; los trabajadores el total de los veinte días de indáñi."cionl'sien¿o el empleador quien deberá dirigirse. po_steriormente at ro"áá pai;;.;;,bir".;;;;""'h" días por año de antigüedada{ cuando se trata de reduóción'Je e-preo r.rráa_ ta autoridad raboral pod.a ."onóiui i"iár pá**h";;" *al empresano : 1.:q mavor, el pago de la indemnizaciín, que correrá a cargo" h"t ná"Já dé Garantía Salaria[ (a-rr. 5 I . l2 ET).
4.
consecuencia el tiempo de r marzo alegant
vehículo partr gos aJugar ur la Dirección c diente discipli pido el 9 de m que la empres además no se ceso correspo septiembre. C basándose en
CupstroNBs e
1.
Califi
punto de vista CASO PRÁCTICO
2.
Califi
desde el puntc
La Dirección central de la empresa de venta de material informático «La s.4.rl alarmádapor la constanié áis*ir.r"io., del volu_ su deleqación próvincial, decide ,áit¡rlr rrra irrpec.iór, fl.L*:=^".i?.de Ia mrsma, que t" encomienda al Sr. García, Director Regional, otorÉánáol; poderes suficientes para que adopte las decisione, o. p?.rorár q"Jérti-é convenientes. El sr. Garcia en^una.primera inspección comprueba que er Sr. López, sobrino del Director provinciar, no acüde ar trabajá'á"r¿. rrá.. 6 meses debido a una situación de depresión nerviosa causada'poi;i;ilil proresionai, no obstante encontrarse cursando una carrera l" q"t;i;; normalmente a 1as clases y_ concurre a los exámen.r; ""i"é.ritáii;,;;; irJilIo a".dp;rt";;l padel de la Facúltad. participando en ¿ivéiüiclmpeticio,l.s roóu::rin:j: Ies.. ts r sr._ uarcia. rrntado con esta situación,-procede a llamarlo por teléfono el día 2 d2-rygrzo, comunicándole que se ótu¿" d" ;;i;;r; tráuu3á. iá e.qlpresa. El día 10 de marzo recibe ei señor López en su dómicilio "" cárta-ceile confirma el cese en la eilprá;r, ñ;i;rd;;;;dirp"_ llllldt^.,1].1,q1:,r,. srclon la lrquldaclón correspondiente. El trabajador intérpone demanda por despido el día i de abril. , A1 mismo tiempo comprueba que el Sr. Rodríguez, miembro del comité de empresa, hace uso de su crédito horario a efecto-s de representatividad sindical, sin preavisar a la.empresa de que se va a ausentar dé la misma, á¿ ;;Ainario marchándose en los momentoi de mayor actividad dei ,.go.i,o. coáo impre_sora moderna
47 a8
STC 191/1996, de 26 de noviembre.
Art. 33.8 ET y disp. trans. 3.u RDL l0/2010, de 16 de junio.
3.
Deterr
pido desde el formalmente ¡
EL
DE.SPIDO
431
consecuencia de ello contrata un detective privado para que le vigile durante e1 tiempo de uso del crédito horario, compróbando éste qüe er purido dia 4 d,e marzo alegando el uso del crédito horario se marchó , cumbiurl. el aceitá a su vehículo particular y posteriormente aprovechó para reuniirá ,on unos amigos a jugar una partida de mus. Enteraáo de ello, después de consultarlo con la Dirección central, el señor García decide er díá ts áe abiii abri.re un ér,pediente.disciplinario, concluyendo éste el 6 de mayo y enviánáol e cartade despido, el 9 de mayo. El.trabajador consideru qr" eidespido no es correcto, porque la. empresa no debe interferirse en ro qLre él hagjcon su creaiió h;;;rl; y además no se ha consultado a su delegado^sindical]Tras la áemanda y.ipio'ceso_ correspondiente, el Juzgado de lo Social declara el despido nulo"el 1'i de septiembre. cuatro días más tarde la empresa vuelve a despedir ar tiauajaaár basándose en los mismos motivos. CupsrroNps A
RESoLVER
1. - califique si los despidos se han producido correctamente desde el punto de vista formal. . ? .Califique las procedencia, improcedencia o nulidad de los despidos desde el punto de vistá material. 3. Determine si es correcta la reacción de los trabajadores frente al despido desde el punto de vista de cumplimiento de las formalidades exigidas formalmente para impugnar los despidos.
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