Práctica visigoda

Page 1

DIEGO MAÑAS MARTÍNEZ

1C

TEXTO I BREVIARIO DE ALARICO 3,3,1 Y CÓDIGO DE EURICO 299 Los textos pertenecen al sistema jurídico visigodo, son fuente de naturaleza jurídica; puesto que son códigos, una redacción sistemática de derecho, con unidad de fondo y de forma, formada por leyes numeradas correlativamente y agrupadas en títulos. El autor oficial del Código de Eurico fue el propio monarca, él fue el autor material de las leyes contenidas en el palimpsesto encontrado en París. A León de Narbona se le atribuye la idea política de la redacción del código, y quien la lleva a cabo sería Marcellinus Félix Liberius junto a otros juristas romanos. Existe gran controversia sobre la datación del texto, ya que varia para diversos autores entre los años 451 y 484; siendo la fecha más probable el año 476 coincidiendo con la caída del Imperio Romano. El texto se escribió en las Galias donde residía Eurico, con el estilo de sencillez y pureza que le otorgaba el latín. El texto tenía un carácter territorial, es decir; iba dirigido para godos y romanos. El autor oficial del Breviario de Alarico fue el monarca Alarico II, siendo aprobado por la asamblea de obispos y provinciales en Aduris, Francia. Fue redactado en latín, en el año 506. El texto iba destinado a toda la población romana y goda. Los textos tratan de la prohibición a los padres de vender a los hijos. Tiene la finalidad de dar a conocer las sanciones a los condenados por este delito. Los textos intentan regular el derecho de familia, los contratos de compra-venta y la donación, ya que en los textos queda reflejado la prohibición de vender o donar a sus hijos.

TEXTO II BREVIARIO DE ALARICO 8,3,2 Y CÁNON 11 DEL VI CONCILIO DE TOLEDO DEL AÑO 636 Los textos pertenecen al sistema jurídico visigodo, son fuente de naturaleza jurídica; puesto que uno pertenece a un código y el otro es un cánon eclesiástico promovido por el monarca. El comentario externo referido al texto del Breviario de Alarico lo


encontramos en el comentario del texto anterior. El VI Concilio de Toledo fue convocado por el rey Chintila en el año 636 en Toledo. Fue dirigido en latín a toda la población goda y romana. El texto del Breviario de Alarico narra que si algún familiar o esclavo acusara de algun crimen a la persona con quien tuviera familiaridad o dominio para obtener sus bienes, sea muerto por la espada. El texto del Cánon 11 del VI Concilio de Toledo defiende el derecho de inocencia hasta que se compruebe la capacidad del acusador. Los textos tratan del derecho procesal, pues intentan establecer normas para procedimientos judiciales; referiéndose a la capacidad de los acusadores y testigos. Ambos textos hacen una salvedad sobre su cumplimiento referiéndose al crimen de lesa majestad.

TEXTO III LIBER IUDICIORUM 6, 1, 3 DE EGICA, AÑOS 687-702

El texto pertenece al sistema jurídico visigodo, es fuente de naturaleza jurídica, pues pertenece a una ley de Egica; mediante la cual fue reformado el código Liber Iudiciorum. El autor de la ley de Egica fue el monarca que le da nombre, datándose entre los años de su reinado 687-702; redactada en latín y cuyos destinatarios eran sus súbditos, puesto que tenía carácter de territorial. La ley establece la prueba del caldero para comprobar la culpabilidad de los acusados, fijando su pena o su inocencia.


El texto trata de reducir los atropellos cometidos por los libres aumentando las penas estableciendo una ley más justa. Esta ley de Egica es parte del derecho penal, cuyos delitos más usuales eran el aborto, el adulterio y las violaciones de sepulturas; siendo las penas: la muerte, la reducción o la servidumbre.

TEXTO IV LIBER IUDICIORUM, ANTIQUA, 6, 1, 8 Y 9, 1, 21

Los textos pertenecen al sistema jurídico visigodo, son fuente de naturaleza jurídica; pues el Liber Iudiciorum es un código destinado a la práctica forense, siendo una recopilación de leyes llevada a cabo por Recesvinto en el año 654. Los textos redactados en latín iban destinados a los súbditos de Recesvinto. En su elaboración participaron el rey, el Aula Regia y el concilio VIII de Toledo presidido por San Braulio. El texto Liber Iudiciorum, antiqua, 6, 1, 8 cuenta que sólo sea castigado el que cometió el delito. El texto Liber Iudiciorum 9,1, 21 advierte a los habitantes de ciudades, villas, castillos ... de que serían castigados con 200 azotes si algun siervo fugitivo era encontrado entre su población. El primer texto de Liber Iudiciorum, antiqua, 6, 1, 8 separa del derecho penal visigodo la responsabilidad familiar.


Turn static files into dynamic content formats.

Create a flipbook
Issuu converts static files into: digital portfolios, online yearbooks, online catalogs, digital photo albums and more. Sign up and create your flipbook.