Fallo Beccacece ANFP

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1° Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago

Santiago, veinticuatro de marzo de dos mil dieciséis. Vistos, oídos y considerando: Primero: Que, comparece don Sebastián Andrés Beccacece, profesor de educación física, domiciliado para estos efectos en El Monte 2022, comuna de Lo Barnechea, presenta demanda de cobro de remuneraciones y cobro de prestaciones en contra de su ex empleadora Asociación Nacional de Fútbol Profesional, Corporación sin fines de lucro, representada por Rodrigo Grumberg Landeros, Rut 13.539.049-6, ingeniero civil, con domicilio en Avenida Quilín N°5.636, comuna de Peñalolén, por las consideraciones de hecho y de derecho que expone. En lo pertinente, indica que con fecha 3 de diciembre del 2012, ingresó a prestar servicios en la Asociación Nacional de Fútbol Profesional, en calidad de Ayudante Técnico de la Selección Nacional Absoluta, suscribiendo el correspondiente contrato de trabajo con fecha 3 de diciembre del 2008, con una remuneración líquida anual de USD $225.000.- (doscientos veinticinco mil dólares de los Estados Unidos de América). Posteriormente, con fecha 1o de mayo del 2015 se suscribió un anexo del contrato de trabajo, modificando su sueldo, su bono por desempeño y bono por resultado, el que se encuentra suscrito por el gerente general de la Asociación Nacional de Fútbol Profesional, don Rodrigo Grumberg Landeros. Es así, como se acordó que su remuneración hasta el día 14 de diciembre del 2015 iba ascender a la suma líquida de USD$72.917.- (setenta y dos mil novecientos diecisiete dólares de los Estados Unidos de América) y a partir del 14 de diciembre se incrementaba hasta los US$ 79.167.Además, se fijó un Bono por Desempeño, del siguiente tenor: “El Empleador pagará un bono por desempeño equivalente al valor bruto de los premios por cada partido amistoso o clasificatoria pactados en la negociación de premios entre la Federación de Fútbol de Chile (FFC) y el plantel de jugadores de la Selección Chilena de Fútbol. Este bono se pagará dentro del plazo máximo de 90 días corridos, contados desde que se verifique el resultado deportivo que devenga el pago, en pesos, moneda de curso legal San Martín #950 Santiago – Fono 02-9157000 Correo Electrónico jlabsantiago1@pjud.cl


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