AGT AS DEL CABILDO DE SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO
1785 -1789
Transcripción, Redacción de notas marginales, Indices y Re visión del trabajo de imprenta por
VIOLA VIDAL DE RODRIGUEZ
B. A Univ e rsidad de Puerto Rico
M. A. Universidad d e Columbia, N. Y.
PUBLICACION OFICIAL DEL MUNICIPIO DE SAN JUAN
Puerto Rico
1966
[11 DE ABRIL DE 1785.]
En la ciudad de San Juan de Puerto Rico , a onze de abril de mil se tecie ntos ochenta y cinco años, se juntaron a cabildo ordinario en es ta sala capitular los señores don José Dávila y don Severino Xiorro, alcaldes ordinarios, don Antonio de Córdova, don Bernardino de Aponte, don Valentín Martínez, don Domingo Dávila y don Miguel Xiorro, rexidores, para tratar y conferir las cosas tocantes al pro y útil d e la república, a que concurrió también el señor p rocurador general don Joaquín Pover.
Habiendo respuesto el señor procurador general a la vista que se l e comunicó sobre el pasaje de Palo S eco que está pendient e , se determinó por sus señorías que se les permite a los vecinos de Toa Vaja que tengan canoas propias y embarcadero para que puedan conducir sus frutos a esta ciudad lo mismo que se les ha concedido a los d e Bayamón, p ero con la condición de que no puedan traer otros frutos m ás que los suyos, ni alquilar s u s canoas para [ f. 1)/ este fin con apercebimiento que de lo contrario satisfarán al pasajero d e Palo Seco dere chos dobles y que para que les constase se escribiese carta al teniente a guerra de Toa Vaja para que éste se lo haga saber, con lo que, y por no haber otra cosa que acordar, aunque se conferenciaron varias, se concluyó este cabildo que firmaron sus señorías, de que doy fee.=Davila [rúbrica] =Xiorro [rúbrica] =Cordova [rúbrica] = Aponte [rúbrica]= Martine z [rúbrica] = Davila [rúbrica] =Xiorro [rúbrica] =Pover [rúbrica]=Ante mí=Nicolás Aguayo [rúbrica], e scribano real y teniente de público y cabildo . [ f- 1v·]/
[1360]
[18 DE ABRIL DE 1785.]
En la ciudad d e San Juan d e Puerto Rico, a diez y ocho de abril de mil setezientos ochenta y cinco años , se juntaron a cabildo ordinario los señores don Manuel Chiguero, teni e nte de gobernador y auditor de guerra, don Severino Xiorro y Díaz, teniente coronel, alcalde ordinario , don Val entín Martinez, don Domingo Dávila y don Mi-
[ Se permite a los vecinos d e Toa Baja tener canoas para transportar sus frutos.]
[Se discuten varios asuntos )
[Se aprueba el us o de tejas para techar las casilla s .]
ACTAS DEL 'CABILDO
guel Xiorro, rexidores, para tratar y conferir las cosas tocantes al pro y útil de la república .
Se conferenciaron varias cosas y quedaron a resolverse en otro cabildo y lo firmaron sus señorías de que doy fe. = Chiguero [rúbrica]= Xiorro [rúbrica] =Martinez [rúbrica ] =Davila [rúbrica] =Xiorro [rúbrica] =Ante mí= Ygnacio H errán z [rúbrica], esscribano público y de cabildo . [1 • 2] /
[1 36 1]
[25 DE ABRIL DE 1785.]
En la ciudad de San Juan de Puerto Rico, a veinte y cinco de abril de mil setezientos y ochenta y cinco años, se juntaron a cabildo ordinario los señores don José Dávila y teniente coronel graduado don Severino Xiorro y Díaz, alcaldes ordinarios, don Antonio de Córdova, don Bernardino Aponte, don Valentín Martínez, don Domingo Dávila y don Miguel Xiorro, rexidores, para tratar y conferir las cosas tocantes al pro y útil de la república, a que concurrió el señor procurador general don Joaquín Pover .
El señor rexidor don Miguel Xiorro presentó la noticia e informe del reparo de las casillas de que estaba encargado; y constando que el menos costo y maior permanencia es el de ponerse texa [testado: y] se acordó que se execute prontamente y se diputó al señor rexidor don Valentín Martínez y que d é la cuenta para su abono. [f· 2v·]/
[El m édico Tomás Prie to pide cer1ificación de sus s ervicios.)
El lizencia do don Tomás Prieto pidió certificazión del socorro y auxilio que ha tenido en esta ciudad con sus fac ultades de médico y cirujano y se le concedió conforme al conocimiento y cie ncia que tienen sus se ñorías sobre lo qu e representa.
Y no habiendo otra cosa que acordar se cerró , este cabildo y lo firmaron sus señorías de que doy fe.=Davila [rúbri ca] =Xiorro [rúbrica] =Cordova [rúbrica] =Aponte [rúbrica] =Martinez [rúbrica] =Davila [rúbrica] =Xiorro [rúbrica] =Pover [rúbrica] =Ante mí=Ygnacio Herránz [rúbrica], esscribano público y de cabildo.
[1 362 ]
[2 DE MAYO DE 1785.]
En la ciudad de San Juan d e Puerto Rico , a dos de mayo de mil setecientos ochenta y cinco años, se juntaron
SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO
a ca bildo ordinario los señores don José (f· 3] / Dávila y don Severino Xiorro, alcaldes ordinarios, don Bernardino Aponte y don Domingo Dávila, rexidor, para tratar y conferir las cosas tocantes al pro y útil de la república, a que concurrió también el señor procurador general don Joaquín Pover. Y por no haber cosa alguna que acordar, aunque se conferenciaron varias, se concluyó este cabildo que firmaron sus señorías , de que doy fee.=Davila [rúbrica] =Xiorro [rúbrica] =Aponte [rúbrica] =Davila [rúbrica ] =Pover [rúbrica] =Ante mí=Nicolás Aguayo [rúbrica], esscribano rea l y teniente de público y de cabildo
[1363]
[9 DE MAYO DE 1785.]
En la ciudad d e San Juan de Puerto Rico, a nueve de mayo de mil setezientos ochenta y cinco años, se juntaron a cabildo ordinario los señores don Jos é Dávila y don Severino Xiorro (f. 3v•]/ y Díaz, alcaldes ordinarios, don Sebastián Ygnacio de Vaerga, fiel executor, don Domingo Dávila y don Miguel Xiorro, rexidores, para tratar y conferir las cosas tocantes al pro y útil de la república, a que concurrió el señor procurador general don Joaquín Power.
A escrito presentado por el alcaide exponiendo varios reparos que necesita la cárcel y ruina que amenazan varios cuartos de ella, [ testado : y ] se mandó pasase al señor gobernador para que disponga su señoría.
El señor rexidor don Valentín Martínez, encargado de texar las casillas, expuso que no hallaba texa de buena calidad y se mandó que se pusiese ladrillo en lugar de texa.
El depositario de los bienes embargados a Miguel Acosta repr ese ntó que se inutilizaban y que había quien los comprase a justa tasación y se mandó dar traslado al Acosta y que los señores diputados de estas diligencias las prosigan
Y no habiendo otra cosa que acordar se cerró [ f. 4] / este cabildo y lo firmaron sus señorías, de que doy fe . = Davila [rúbrica] =Xiorro [rúbrica] =Baerga [rúbrica]=
Davila [rúbrica] = Xiorro [rúbrica] =Pover [rúbrica]= Ante mí=Ygnacio Herrán z [rúbrica] , esscribano público y de cabildo .
[El cabildo levanta s u sesión por n<> haber asuntos q ueacordar.]
[El alcaide pide reparaciones a la cárcel.]
( Se permite tec har las casillas con ladrillo.]
[Oe.positario informa daños a los bienes embargados a Miguel Acosta.]
!Cabildo e~traordi• natio.]
{Se trata sobre el -empedrado de las calles y arbitrio n e• cesario a ello. ]
ACTAS DEL -CABILDO [1364]
[18 DE MAYO DE 1785.J
[ Se acuerda sobre tributo de importa• -ción.]
En la ciudad de San Juan de Puerto Rico, a diez y ocho de mayo de mil setezientos ochenta y cinco, se juntaron a cabildo extraordinario, convocado por su señoría el señor gobernador y capitán general, que concurrió como presidente, y también los señores tenientes de gobernador y auditor de guerra don Manuel Chlguero y Saabedra, don José Dávila y el teniente coronel don Severino Xiorro y Díaz, alcaldes ordinarios, [ f. 4v•]/ don Antonio de Córdova, don Valentín Martínez, don Domingo Dávila y don Miguel Xiorro, rexidores, don Joaquín Pover, procurador general, los señores teniente coronel de yngenieros don Juan Francisco Mestre, el teniente coronel don Carlos Masdeo y el teniente don Ramón de Villalonga y no asistió el subteniente don Juan Pardinau [?] por estar enfermo; asimismo concurrieron don Pedro Vicente de la Torre, don Mig uel Antonio de Arizmendi y don Agustín Antonio Valdejulli, vecinos, y no concurrieron el señor rexidor don Bernardino de Aponte ni don Tomás Pizarro, el primero por esta r enfermo y el segundo por hallarse en comisiones del go bierno, cuya junta general fue convocada consecuente a la que se celebró en 16 de agosto de 84 sobre el proyecto acordado en ella para el empedrado de las calles y arbi-[r· 5 )/trio [sic] que se meditó, con el fin de manifestar la real aprobación que ha llegado y para tratar de las providencias correspondientes a reducirlo a efecto. Y en su consecuencia, habiéndose hecho presente la expresada Real Orde n de aprobación y [roto] tado y conferenciado sobre las dificultades que podía producir el proyecto celebrado en la expresada anterior junta en razón de quien debían ser los contribuientes del arbitrio que se señalan, t é rminos y modo con que debía exigirse, se acordó se uniese el testimonio de la citada Real Orden de aprobazión y el respectivo expedient e para su conclusión y que siempre conste archivándose. Y por lo que hace al pago de los derechos del referido arbitrio, se acordó asimismo, siguiendo la letra y términos de la R eal Orden, que los pagase el [r. sv. ]¡ dueño exportador o vendedor entendiéndose por este último el que introduce y vende, para lo cual el mismo deberá llevar una cuenta exacta para pasarla a reales oficios concluida que sea su venta para la exsación del respectivo derecho; en tendi éndose a simismo que esta con-
SAN JUAN
BAUTISTA DE PUERTO RICO
tribución sin embargo d e aparecer h echa por el dueñ o comerciante introductor, en la realidad se satisface por e l público sin perjuicio del libre comercio y sus regalías. Sacándose testimonio de este acuerdo para pasarlo a manos de su señoria y que unido al expediente mandado dar de la Real Orden, se provea lo demás que convenga.
Con lo que se concluió este cabildo y lo firmó su señoría el señor gobernador y capitán general [f· 6] / junto con los demás señores de él, de que doy fe.=luan Dab án [rúbrica] = Manuel Chiguero y Saab edra [rúbrica ] =loseph Davila [rúbrica] =Seberino Xiorro [rúbrica] =Antonio de Cordova [rúbrica ]= Valentin Martinez [rúbrica]= Domingo Davila [rúbrica] =Miguel Xiorro [rúbrica] =loachin Po ver [rúbrica] = luan Francisco Mestre [rúbrica]= Carlos Masdeu [rúbrica] =Ramon d e Villalonga [rúbrica] = Mi guel Antonio de Arizmendi [rúbrica] =Don Pedro Vicente de la Torre [rúbrica] =Agustín Antonio Valldejuli [rúbrica]=Ante mí=Ygnacio Herrán z [rúbrica], esscribano público y de cabildo. [f· 6v·] /
[1365]
[23 DE MAYO DE 1785.]
En la ciudad de San Juan de Puerto Rico, a veinte y tres de mayo de mil setezientos ochenta y cinco años, se juntaron a cabildo ordinario los señores don Severino Xiorro, tenien te coronel alcalde ordinario, don Valentí n Martínez y don Domingo Dá vila , rexidores, para tratar y conferir las cosas tocantes al pro y útil de la república, a que concurrió el señor procurador general don Joaquín Pover.
Se presentó don José Sabater pidiendo certificazión del acierto y circunstancias con que ha exercido sus facultades de médico y cirujano en esta ciudad y se le dió la que pareció conforme.
Don José Menéndez Valdés pidió se le concediese merced de yeguada en el hato y criadero San Lorenzo, de qu e es condueño, y se mandó dar vista al señor procurador general.
Y no habiendo otra cosa que acordar, se cerró este cabildo y lo firmaron [r 7]/ sus señorias, de que doy fe.= Xiorro [rúbrica] =Martinez [rúbrica] = Davila [rúbrica]
= Pove r [rúbrica]=Ante mí=Ygnacio Herránz [rúbrica], esscribano público y de cabildo.
[F.l mé dico d o n J o, sé Sabater pide certificación de su s servicios ]
[Don Jos é Mc né nd e z pide merce d de yeguada ]
[Se autoriza el a lquiler de la casa de Pal o Seco.]
[S!: a cu erda trami• tar proces ión d el Cristo de los P on• ce en rogativa p or sequía.]
ACTAS DEL CABILDO [1366]
[31 DE MAYO DE 1785.]
En la c iudad d e San Juan d e Puerto Rico , a treinta y uno de mayo d e mil setecientos ochenta y cinco año s , se juntaron a cabildo ordinario los señores don Jos é D á vila y don S everi no Xiorro, alcaldes ordinarios, don Antonio de Córdova y don Miguel Xiorro , rexidores, para tratar y co nferi r las cosas tocantes al pro y útil de la república, a que conc urrió el seño r proc urador gene ral don Joaquín Pover, y no lo hicieron los señore s don Sebas ti á n Bae rga y don Bernardino de Aponte por hallarse enfermos.
Se presentó e l mayordomo de pro [ f. 7v• ] / píos solicitán do permiso para alquilar la casa de Palo Sec o y se l e concedió con res pecto a haber expresado e l pasaj ero no necesitarla pero con la con di ción d e qu e el alquiler debía cesar Ju ego qu e se c onclu yese e l trienio y qu e se había de dejar separado el cuarto que sirve para alojamiento de los pasajeros.
H abiéndose hecho presente por e l señor procurador general que a consecuencia de l a escaséz de agua que se experimenta l e han s upli ca do algunos vecinos qu e acordándolo co n este ilustre cuerpo se sirviesen dar providencia para sacar en proces ión a la imagen del Santo Cristo de los P o nzes, que se venera en el conv en to de l os Padres Pre dicadores, en cuya virtud d eterminaron s us señorías que po r medio del señor don Antonio d e Córdova, a quien se nombra d e diputado, se practiquen las dilige n cias necesarias a fin d e que se verifique dicha procesión y roga tiva.
Con lo que, y no habiendo otra cosa qu e acordar, aunque se conferenciaron varias, [ f. 8) / se concluyó este ca bildo, que firmaro n s u s señorías, d e que doy fee . = Davila [rúbrica] =Xiorro [rúbrica ] =Cordova [rúbrica] =Xiorro [rú brica] = Po ver [rúb rica] = Ante mí=Nicolás Aguayo [rúbrica], esscribano real y teniente de público y cabi ldo .
[1 367 ]
[6 DE JUNIO DE 1785 . J
En l a ciudad de San Juan de Puerto Rico, a seis de junio d e mil setezientos ochenta y c inco años, se juntaron a cab ildo ordinario los señores don Severino Xiorro y Díaz ,
SAN JUAN
BAUTISTA DE PUERTO RICO
teniente coronel, alcalde ordinario, don Domingo Dávila y don Miguel Xiorro, rexidores, para tratar y conferir las cosas tocantes al pro y útil de la república , a que concurrió el señor procurador general don Joaquín Pover.
Presentó el señor rexidor don Valentín Martínez [ f. 8•·] / la cuenta de recomposición de las casillas, importantes 87 pesos y 1 real y se mandaron pagar al mayordomo en atenzión a sus comprobantes.
Lo mismo se mandó con 55 pesos de los 25 pares de grillos que se mandaron construir. Y no habiendo otra cosa que acordar se cerró este cabildo y lo firmaron sus señorías , de que doy fe.=Xiorro [rúbrica] =Davila [rúbrica] = Xiorro [rúbrica] = Pover [rúbrica] =Ante mí= Y gnacio Herrán z [rúbrica], esscribano público y de cabildo.
[1368]
[14 DE JUNIO DE 1785.]
En la ciudad de San Juan de Puerto Rico, a catorce de junio de mil setezientos ochenta y cinco años, se juntaron a cabildo ordinario los señores don Severino Xiorro y Díaz, alcalde ordinario, don Antonio de Córdova, don Va[f· 9] / lentín Martínez y don Domingo Dávila, rexidores, para tratar y conferir las cosas tocantes al pro y útil d e la república.
El mayordomo pidió una cerradura y dos llaves para la casa de Palo Seco y se le mandaron construir y que se pague el costo.
Respondió el señor procurador general a la instanzia de don José Valdés y se le volvió a dar vista a éste . Y no habiendo otra cosa que acordar se cerró este cabildo y lo firmaron sus señorías, de que do y fe.= X iorro [rúbrica] = Cordova [rúbrica] =Martine z [rúbrica] =Davila [rúbrica] =Ante mí=Ygnacio Herrán z [rúbrica], esscribano público y de cabildo. [f· 9v. J / [1369] [20 DE JUNIO DE 1785.J
En la ciudad de San Juan de Puerto Rico , a veinte de j uni o de mil setezientos ochenta y cinco se juntaron a
[Se presentan las cuen tas d el arregl,:, de las casillas.]
[ Se o r dena el Pª\:º por la construccion de grill os.]
[Se mandan construir una cer radura y dos ll aves para la casa de Palo Seco.]
[ :Se responde a la instan cia de don José Valdés.J
[Don J osé d e la Torre pide te stimonios d e acuerdos an t eriores sob re la casa y pasaje d e Palo Seco.]
[Se aprueba c o ntrato de la casa d e Palo S eco. ]
ACTAS DEL CABILDO
cabildo ordinario los señores don Manuel de Chiguero Saavedra, teniente de gobernador y auditor de guerra, don Severino Xiorro, teniente coronel graduado, alcalde ordinario, don Antonio de Córdova, don Domingo Dávila, don Valentín Martínez y don Miguel Xiorro, rexidores, para tratar y conferir las cosas tocantes al pro y útil de la república, a que concurrió el señor procurador general.
Don José d e la Torre, como albacea y heredero de su lexítimo padre, representó que sobre la construción de la casa del pasaje de Palo Seco se acordaron y sobre su pasaje se acordaron en lo pasado ciertos pactos y obligaciones y suplicó que por mí el esscribano, con vista de los Libros de Acuerdos, se le dé y provea testimonio de estos asentamientos y se acordó como lo pide.
Y no habiendo otra cosa que acordar se cerró este cabildo y lo firmaron s us señorías [f- 1º]/ de que doy fe.= Chiguero [rúbrica] =Xiorro [rúbrica] =Cordova [rúbrica] = Martinez [rúbrica] = Davila [rúbrica] = Xiorro [rúbrica] = Pover [rúbrica] = Ante mí = Ygnacio Herránz [rúbrica], esscribano público y de cabildo.
[1370]
[4 DE JULIO DE 1785.]
En la ciudad de San Juan de Puerto Rico, a cuatro de julio de mil setecientos ochenta y cinco años, se juntaron a cabildo ordinario en esta sala capitular, los señores alcaldes ordinarios don José Dávila y don Severino Xiorro, don Antonio de Córdova, don Domingo Dávila, don Valentín Martínez, don Tomás Pizarro y don Miguel Xiorro, capitulares, para tratar y con[f. 10v ·]/ferir las cosas toca ntes al pro y útil de la república, a que concurrió también el señor procurador general don Joaquín Pover.
Se presentó en es te cabildo Gabriel Sabate y Antonio Fort solicitando un resguardo sobre la entrega que se le ha hecho en arrendamiento de doce pesos mensuales de la casa de Palo Seco por el señor don Domingo Dávila, diputado para ello por el presente trienio y habiéndose aprobado esta contrata, se mandó que por nadie se le inquietase y que se le entregase el expediente original para su uso .
SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO
Se presentaron asimismo don José de la Torre y el mayordomo de la ciudad, don Eusebio Valentín Urquisu, tratando sobre el arrendamiento de la misma casa y se dio vista al señor procurador general.
Se presentó también con una cuenta de la recomposición de cerraduras y llaves de la misma casa de Palo Seco, de valor de doce reales, el citado mayordomo y se aprobó mandando se le entregase original. [f· 11 ]/
Asimismo se presentó el alcaide de esta real caree! haciendo presente que los barriles en que se mantiene el agua para los presos estaban inutilizados y determinaron su[s] señorías se comprasen por el mayordomo de propios tres tinajas que hagan de seis a ocho botijas de aguas.
Con lo que, y por no haber otra cosa que acordar, se concluyó este cabildo que firmaron sus señorías, de que doy fee. = Xiorro [rúbrica] = Cordova [rúbrica] = Davila [rúbrica] = Martinez [rúbrica] = Davila [rúbrica] = Pizarro [rúbrica] = Xiorro [rúbrica] = Pover [rúbrica] = Ante mí = Nicolás Aguayo [rúbri ca], escribano real y teniente de público y cabildo. [ f. 11v•]/
[1371]
[11 DE JULIO DE 1785.]
En la ciudad de Puerto Rico, a once de julio de mil setezientos ochenta y cinco años, para efecto de celebrar cabildo ordinario, vinieron a esta sala capitular los señores don Severino Xiorro y Díaz, alcalde ordinario y don Valentín Martínez, !'ex.idor, junto con el señor procurador general, don Joaquín Pover. Y por no hallarse competent e [sic] capitulares no se celebró cabildo y mandaron se anote y lo firmaron, de que doy fe. = Xiorro [rúbrica] = Martinez [rúbrica] = Pover [rúbrica] = Ante mí = Ygnacio Herrán z [rúbrica], esscribano público y de cabildo .
[1372]
[18 DE JULIO DE 1785.]
En la ciudad de San Juan de Puerto Rico, a diez y ocho de julio de mil setezientos ochenta y cinco años, se juntaron a cabildo or[f· 12 ]/dinario los señores don Ma-
[ Se trata sobre el arrendamiento de la casa de Palo Seco.]
[Se presenta la cuen ta por arreglo- de cerradura.]
[Se acuerda la compra de tinaja s. para la cárcel.]
[Se levanta la sesión por ausenci a, de capitulares.]
[ Petición d e don Franc isco Cor rea so bre censo.]
[El teniente a guerra de Río P iedras e nvía informe sobre reses ]
[Se piden d ocumentos a don /José •d e la Torre para proseguir s u instancia.]
ACTAS DEL CABILDO
nuel Chiguero y Saabedra, teniente de gobernador y auditor de guerra, don Severino Xiorro y Díaz, teniente coronel graduado y alcalde ordinario, don Antonio de Córdova, don Valentín Martínez y don Miguel Xiorro, rexidores, para tratar y conferir las cosas tocantes al pro y útil de la república, a que concurrió el señor procurador general, don Joaquín Pover.
Se presentó don Francisco Correa pidiendo traspaso del censo principal de 50 pesos que es obligado en Juan Cartaxena y se proveió que otorgándose por éste la escritura qu e ofrece, se proveerá.
El teniente a guerra de Río Piedras dio noticia con ex tracto de las reses existentes en aquel partido con otras solicitudes y se acordó se archive para tenerlo presente en el repar to general que ha de preceder [sic], y en cuanto a las solicitudes ocurra a la capitanía genera l como caso peculiar de e lla.
El procurador general respondió al traslado d e la instancia d e don José de la Torre [ f. izv. ]/ sobre la casa de Palo Seco exponiendo que para ha cerlo en forma presente poder de los demás herederos y los títulos del Plantaje y vuelvan a la vista, y así se decretó.
Y no habiendo otra cosa que acordar se cerró este cabildo y lo firmaron sus señorías, de que doy fe, y de que el señor rexidor don Domingo Dávila se halla ausente e n comisiones del gobierno. = Chiguero [rúbrica] = Xiorro [rúbrica] =Cordova [rúbrica] =Martinez [rúbrica] = Xiorro [rúb rica] = Pove r [rúbrica] = Ante mí = Y gnacio Herrán z [rúbrica], esscribano público y de cabildo.
[1373]
[1 DE AGOSTO DE 1785 J
En la ciudad de San Juan de Puerto Rico , a primero de agosto de mil setezientos ochenta [ f. 13] / y cinco años, se juntaron a cabildo ordinario los señores don José D ávila, alca lde ordinario, don Antonio de Córdova, don Valentín Martínez, y don Tomás Pizarro, rexidores, para tratar y conferir las cosas tocantes al pro y útil de la r epública, a que concurrió el señor procurador general don Joaquín Pover.
'{ Pedro Aguil a r pide mensuras en e l p a saje de Palo Se-
El pasajero Pedro Aguilar pidió saliese un señor capitular para medirle la legua del río por s u cañón, d es de
SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO
la boca, y también la cuerda cedida por don Pedro de la Torre, en tierra, para amarrar las canoas, y se le dé posesión de ellas para su uso. Igualmente pidió que yo, el esscribano, le dé copia autorizada de las instruziones qu e debe observar en aquel destino y se le concedió. Y no habiendo otra cosa que acordar, se cerró este cabildo y lo firmaron sus señorías, de [f. 13v•]/ que doy fe. = Davila [rúbrica] = Cordova [rúbrica] = Martinez [rúbrica] = Pizarro [rúbrica] = Pover [rúbrica] = Ante mí = Ygnacio Herránz [rúbrica], esscribano público y de cabildo.
[1374]
[8 DE AGOSTO DE 1785.]
En la ciudad d e San Juan de Puerto Rico, a ocho de agosto de mil sete[cientos] ochenta y cinco años, se juntaron a cabildo ordinario los señores don José Dávila y* don Severino Xiorro y Díaz, alcaldes ordinarios, don Sebastián de Vaerga, fiel executor, don Antonio de Córdova, don Bemardino de Aponte, don Valentín Martínez y don Tomás Pizarro, rexidores, [ f. 14]/ para tratar y conferir las cosas tocantes al pro y útil de la república.
Se conferenciaron varias cosas para resolver su asunto en otro cabildo y lo firmaron sus señorías, de que doy fe. = Davila [rúbrica] = Xiorro [rúbrica] = Baerga [rúbrica] = Cordova [rúbrica] = Aponte [rúbrica] = Martinez [rúbrica] = Pizarro [rúbrica] = Ante mí = Ygnacio Herránz [rúbrica], esscribano público y de cabildo.
[1375]
[16 DE AGOSTO DE 1785.]
En la ciudad de San Juan de Puerto Rico, a diez y seis de agosto de mil setezientos ochenta y cinco años, se juntaron a cabildo ordinario los señores don Severino Xiorro y Díaz, teniente coronel graduado y alcalde ordinario, don An-[f· 14v·]/tonio de Córdova, don Valentín Martínez y don Domingo Dávila, rexidores, para tratar y conferir las cosas tocantes al pro y útil de la república. Entró el señor
* Entre líneas: don José Davila y. 2. A C.
]
[En este día entró el seüor Obispo don José de Trespala• cios a las 8 de la mañana.]
[ Se conferencian varios asuntos.]
[El preve ndado d o n J osé Conde pide testimonio d e su conducta.]
[El alguacil Anto• nio Rodríguez re• nuncia a su ofi• cio.]
[Se r ecibe Real Provis ión sob re el d e r echo de asilo. ]
ACTAS DEL 'CABILDO
alcalde ordinario don Jo sé Dá vila y el señor procura dor general don Joaquín Pover.
El prevendado, doctor don Sebastiá n José Conde, pidió una certifi.cazión del modo con que se ha portado en esta ciudad en su ministerio y se le confirió completamente.
Hizo renuncia de su oficio de alguacil Antonio Rodríguez y se le concedió. Y no habiendo otra cosa que acordar, se cerró este cabildo y lo firmaron sus señorías, de que doy fe. = Davila [rúbrica] = Xiorro [rúbrica] = Cordova [rúbrica] = Martin ez [rúbrica] = Davila [rúbrica] = Pover [rúbrica] = Ante mí = Ygnacio Herránz [rúbrica], esscribano público y de cabildo. [f. 15] /
[1376]
[22 DE AGOSTO DE 1785.]
En la ciudad de San Juan de Puerto Rico, a veinte y dos de agosto de mil setecientos ochenta y cinco años, se juntaron a cabildo ordinario los señores don Severino Xiorro, alcalde ordinario, don Antonio de Córdova, don Valentín Martínez y don Tomás Pizarra, rexidores, para tratar y conferir las cosas tocantes al p ro y útil de la república.
El señor gobernador dirijió a es te cabildo por mi mano un pliego que, abierto, contiene una Real Provis ión de Su Alteza que declara el método y forma con que los reos se deben extraer del asilo de la Iglesia, y acordaron sus señorías se contexte al oficio qu e acompaña y que copiándose en el libro que corresponde, se archive el remitido.
Entraron los señores alcalde ordinario don José Dávila y el señor procurador general don Joaquín Po ver, a quienes se enteró de lo antecedente.
[Se permite la const rucción de cisterna e n la ca- "ª d e Palo S eco.]
Gabriel Savater y Pablo Fort, arrendadores [f· 15v• ] / de la casa de Palo Seco pidieron se les facultase construir una cisterna o tanque para recoger las aguas lluvias de la azotea, por faltar allí, y se le concedió con tal de que a su costa y de sus interese s lo fabriquen, entendidos que la ciudad la comprará por tasazión justa cuand o no les convenga, en atención al beneficio común que resulta a los caminantes, a quienes darán el agua de gracia y a ninguno se l es .-!scaseará.
SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO
El pasajero de Palo Seco, Pedro Aguilar, representó varias quejas de daños que le hacen las canoas de particulares que transitan con frutos de noche a esta ciudad y sin él saberlo, pidiendo remedio a este desorden, y se diputó al señor alcalde ordinario don José Dávila para que pon[f· 16 ] / ga el remedio conveniente baxo la multa o pena que le parezca.
Y no habiendo otra cosa que acordar, se cerró este cabildo y lo firmaron sus señorías, de que doy fe . =Davila [rúbrica] =Xiorro [rúbrica] =Cordova [rúbrica]= Martinez [rúbrica] =Pizarro [rúbrica] =Pover [rúbrica] =Ante mí=Ygnacio Herránz [rúbrica], esscribano público y de cabildo.
[1377]
[29 DE AGOSTO DE 1785.]
En la ciudad de San Juan de Puerto Rico, a veinte y nueve de agosto de mil setezientos ochenta y cinco años, se juntaron a cabildo ordinario los señores don Severino Xiorro y Díaz, alcalde ordinario, don Antonio de Córdova , don Bernardino [f· 16v·]/ de Aponte y don Valentín Martínez, rexidores, para tratar y conferir las cosas tocantes al pro y útil de la república.
El alcaide de la cárcel representó la necesidad de que los presos oigan misa los días de fiestas, prometiendo de su cuenta los ornamentos, adorno, cera, pan y vino y que el altar se ponga en esta sala de acuerdo cuias diligencias practicará con el señor Obispo y se le decretó ocurriese a su señoría el s eñor gobernador y capitán general, para que como presidente resuelva lo que convenga.
José Villanueva, herrero, pidió en alquiler el tinglado que se construió en la puerta de San Justo para pes cadería, dando seis pesos mensuales. Y se de[f· 17 ] /c retó pasase a vista del s eñor procurador general para que advertido de los fines de su contrucción, exponga.
Mateo Marchán pretendió ser alguacil y habiendo cometido el examen de sus circunstancias al señor alcalde don Severino Xiorro* se le admitió atento a la necesidad que hay de este individuo para la administrazión de justicia y por ahora.
* Entre lineas: al señor alcalde don Severino Xiorro.
[ El p as aj ero P edro Aguilar d e nuncia p rácticas en su perjuicio.]
[El alcai d e i nforma neces idad de qu.: lo~ r resos oigan IDJS3,
[José V illanu eva pide alquilar tiogla,;lo en l a p ue rta d e San Justo. ]
[ Se a d mit e a Ma t !O Marc h á n como al· guac il ]
( El prevendado don Miguel Rodríguez pide testimonio de su conducta.]
( El prevendado don José de Arroy•J pide testimonio de su con ducta.]
[Se a cuerda que Pedro Aguilar lleve su caso al tribunal <le justicia.]
ACTAS DEL 'CABILDO
Y no habiendo otra cosa que acordar se cerró este cabildo y lo firmaron sus señorías, de que doy fe. = Xiorro [rúbrica] = Cordova [rúbrica] = Aponte [rúbrica] = Martinez [rúbrica] = Ante mí = Ygnacio Herránz [rúbrica]. esscribano público y de cabildo. [f· 11v.]¡
[1378]
[S DE SEPTIEMBRE DE 1785.]
En la ciudad de San Juan de Puerto Rico, a cinco de septiembre de mil setezientos ochenta y cinco años, se juntaron a cabildo ordinario los señores don Manuel Chiguero Saavedra, teniente de gobernador y auditor de guerra, don José Dávila y don Severino Xiorro y Díaz, alcaldes ordinarios, don Antonio de Córdova y don Miguel Xiorro, rexidores, para tratar y conferir las cosas tocantes al pro y útil de la república y no asistió el señor don Domingo Dávila, rexidor, por haber participado se halla enfermo.
El prevendado don Miguel Rodrigu ez Feli[ ciano] pidió informe de s u vida y costumbres, desempeño de su prevenda y conducta que ha tenido desde que llegó a ella y se le dio a continuazión y mandaron sus señorías que se le pasen los testimonios que pida. [f. 18 ]/
El doctor preven dado don José de Arroyo pidió lo mismo y tambié n se le informó a continuazión
Pedro Aguilar, pasajero de Palo Seco se quexó de Manuel García sobre que introduce en su canoa víveres d e Toa Vaxa sin pagarle l os derechos y se decretó que respecto a ser demanda de justicia ocurra al trib unal de ella.
Y no habiendo otra cosa que acordar se cerró este cabildo y lo firmaron sus señorías, de que d oy fe. = Chiguero [rúbrica] = Davila [rúbrica] = Xiorro [rúbrica] = Cordova [rúbrica] = Xiorro [rúbrica] = Ante mí = Ygnacio Herrán z [rúbrica], esscribano público y de cabildo .
[1379]
[12 DE SEPTIEMBRE DE 1785. ]
En la ciudad de San Juan de Puerto Ric o, a doce de septiembre de mil setecientos ochenta y cinco años, (f· 1Bv. J/
SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO
se juntaron a cabildo ordinario en esta sala capitular l os señores don Severino Xiorro, alcalde ordinario, don Antonio de Córdova, don Tomás Pizarro y don Miguel Xiorro, rexidores, para tratar y conferir las cosas tocantes al pro y útil de la república.
Se conferenciaron varios asuntos y por no haber cosa alguna que acordar se concluyó este cabildo, que firmaron sus señorías, de que doy fee. = Xiorro [rúbrica] = Cordova [rúb rica ] = Pizarro [rúbrica] = Xiorro [rúbrica] = Ante mí = Nicolás Aguayo [rúbrica], escribano real y t e niente de público.
(1380]
[19 DE SEPTIEMBRE DE 1785.]
En la ciudad d e S an Juan de Puerto Rico , a diez y nueve de septiembre d e mil setezientos [f· 19 ]/ ochenta y cinco años, se juntaron a cabildo ordinario los señores don Man uel Chiguero S aave dr a, t e ni ente de gobernador y auditor de guerra, don Jos é Dávila y don Severino Xiorro y Díaz, alcaldes ordinarios, don Tom á s Pizarro y don Miguel Xiorro, rexidores, para tratar y conferir las cosas tocantes al pro y útil de la rep ú blica, a qu e conc urrió el señor procurador general don Joaquín Pover .
El tenien te a guerra d e Toa Vaxa, don Tomás Villafaña , participó haber extraído d el partido d e Coamo y traído las a su partido don Fe rnando Dávila, 32 reses, en virtud de lo que le tiene ordenado el señor go b ernador y capitán general y se mandó anotar en este Libro y se archive.
Don Teodomiro del Toro pidió se le certifi que por mí, el es scribano, el reparto de reses que cupo a los hatos de la Compaña [ ?], Hoyo Mulas y Campeche e n los años de 38 - 39 - y 40 y se le mandó dar.
Don José de la Torre pidió testimonio de las diligencias qu e se obraron entre Pedro Agui[lar ] [ f. 19v·]/ y F rancis co Nuñez sobre el arri endo de la casa de Palo Seco y se le mandó dar.
Y no habie ndo otra cosa que ac ordar se cerró este cabildo y lo firmaron s u s señorías, d e que doy fe. = Chiguero [rúbrica] = Dúvila [rúbrica] = Xiorro [rúbrica] = Pi z arro [rúbrica] = Xiorro [rúbrica] = Po ve r [rúbrica] = Ante mí = Ygnacio H e rrán z [rúbrica], esscribano públi co y de cabildo.
[ El cabildo levanta su sesión por no haber asuntos que acordar.]
[ Se informa extra cción de gan ado del partido de Toa Baja.] [Don Teodomiro del To r o pi de in • forme de reparto de reses en varios años. ]
[ Don José de la Torre pide testimonio sobre e l arrendamiento de la casa de Palo Seco .]
[Se aprueba tras• paso de obligación de 300 p esos que solicita Pedro de los San to s.]
[ Se suspende mensura en Palo Seco y e l caso pasa a l gobernador. ]
ACTAS DEL CABILDO [1381]
[26 DE SEPTIEMBRE DE 1785. ]
En la ciuda d de San Juan de Puerto Rico, a veinte y seis de septiembre de mil setecientos ochenta y cinco años, se juntaron a cabildo ordinario los señores don Manuel Chiguero [f 20 ]/ y Saavedra, teniente de gobernador y auditor de guerra, don Severino Xiorro y Díaz, alcalde ordinario, don Bernardino de Aponte, don Valentín Martínez y don Domingo Dávila, rexidores, para tratar y conferir las cosas tocantes al pro y útil de la república .
Pedro de los Santos pidió traspaso de los 300 pesos a que es obligado en favor de las rentas de la ciudad, en don Juan S e bastián Martínez, quien pidió el reconocimiento baxo de la escritura de obligazión y fianza que ofreze y se le concedió y mandó archivar las diligencias.
Y no habiendo otra cosa que acordar, se cerró este cab ildo y lo firmaron sus señorías de que doy fe. = Chiguero [rúbrica] = Xiorro [rúbrica] = Aponte [rúbrica] = Martin ez [rúbrica] = Davila [rúb rica] = Ante mí = Ygnacio Herrán z [rúbrica], esscribano público y de cabildo . [r. 20v. ]/
[ 13 82 ]
[2 DE OCTUBRE DE 1785.]
En la ciudad de San Juan de Puerto Rico, a dos de octubre de mil setezientos ochenta y cinco años, s e juntaron a cabildo ordinario los señores don José Dávila, alcalde ordinario, don Bernardino de Aponte, don Domingo Dávila, don Tomás Pizarra y don Miguel Xiorro, rexidores para tratar y conferir las cosas tocantes al pro y útil de la repúbli ca.
El señor alcalde ordinario don José Dá vila dio cuenta de las diligencias que se le diputaron sobre la m ensura de la legua del pasaje y cuerda de tierra para el p asajero para atar las canoas y bestias, y hizo exhibición de la copia de carta que se l e dirigió [por] el esscribano de gobierno a consecuencia de lo representado por Lorenzo Corsino, quejándose al s eño r gobernador de que se le expulsaba de aquel terreno en que tiene su bojío, en la que manda su señoría suspenda el procedimiento y remita
[las] [f. 21 ] / diligencias, en cuia vista acordaron sus señorías que acomulada la copia de 1a citada carta se entregue todo por mí, el esscribano, al de gobierno.
Respecto a que el arrendamiento de la matanza de carnes hecho por ocho años, se finaliza en este mismo mes y es necesario volverlo a arrendar, acordaron sus señorías que para executarlo se le participe a su señoría el señor gobernador, intendente y capitán general por medio del señor rexidor decano, don Antonio de Córdova, por si su señoría tuviese alguna cosa que prevenir.
Y no habiendo otra cosa que acordar se cerró este cabildo y lo firmaron sus señorías, de que doy fe. = Davila [rúbrica] = Apante [rúbrica] = Davila [rúbrica] = Pizarra [rúbrica] = Xiorra [rúbrica] = Ante mí = Ygnacia Herránz [rúbrica], esscribano público y de cabildo
Nota: no concurrió el señor alcalde don Severino Xiorro por estar enfermo [rúbrica]. [f. 2lv-]/
[1383]
[10 DE OCTUBRE DE 1785 .]
En la ciudad de San Juan de Puerto Rico, a diez de octubre de mil setezientos ochenta y cinco años, se juntaron a cabildo ordinario los señores don Severino Xiorro y Díaz, alcalde ordinario, don Valentín Martínez, don Tomás Pizarro y don Miguel Xiorro, rexidores, para tratar y conferir las cosas tocantes al pro y útil de la república.
El esscribano de gobierno trajo a este cabildo la tarifa de los medicamentos de la botica, aprobada por el señor gobernador y capitán general y para que se archive, lo que así se mandó.
El mismo esscribano trajo la diligencia que sigue Lorenzo Corsino sobre el terreno de Palo Seco, en que está su bojío y en ellas manda e l señor gobernador y capitán general que se le d é testimonio por mí a Pedro Aguilar del r emate que hizo del pasaje a cuio fin se pase a este Ayuntamiento y en su consecuencia acordaron sus señorías que lleve [yo] las diligencias para su cumplimiento y que se entre-[f· 22 ] / guen al de gobierno. Y no habiendo otra cosa que acordar se cerró este cabildo y lo firmaron sus señorías, de que doy fe. = Xiarra [rúbrica] = Martine z [rúbrica] = Pizarra [rúbrica] = Xiorra [rúbrica] = Ante mí = Ygnacia Herrán z [rúbrica], esscribano público y de cabildo
[ S e inform a al gobernado r h a b e r venci d o e l ar ren damien t o p a ra la m atan za d e carnes.]
[ Se informa la tarifa d e medicamen t os d e la bot ica ]
[Se p rosigue el caso de Lorenzo Co rsino sobre terreno en Palo Seco.)
[ José Rafael Ramos somete licitación para la matanza de reses.]
ACTAS DEL CABILDO [1 3 84]
[17 DE OCTUBRE DE 1785.]
En la ciudad de San Juan de Puerto Rico, a diez y siete de octubre de mil setezientos ochenta y cinco años, se juntaron a cabildo ordinario los señores don Manuel Chiguero Saavedra, teniente de gobernador y auditor de guerra, don José Dávila y don Severino Xiorro, alcaldes ordinarios, don Antonio de Córdova, don Valentín Martínez, don Domingo Dávila y don Miguel Xiorro, rexidores, para tratar y conferir las cosas tocantes al pro [f· 22v.]/ y útil de la república, a que concurrió el señor procurador general don Joaquín Pover.
José Rafael Ramos se presentó con escrito haciendo postura a la matanza de carne baxo de ciertas condiciones y se le admitió y mandó se agregue al expediente para su pregón en el día de este día en que se ha de practicar el remate.
[Se aceptan fiadores de José Rafael Ramos.]
[Se o_rdeoa a Juan Cana¡eoa otorgar escñtura de censo.]
José Garcí a pidió se subrrogasen de fiadores a don Nicolás Fern[andez] y a don Joaquín Barriga en lugar de don Felix Ximenez y de Baltazara García, que se le habían resistido, y se le admitieron, y se mandó que en el preciso término de tercero día otorgue la escritura apercibido de que en su defecto se procederá contra é l por todo rigor de derecho.
A Juan Cartaxena se le mandó comparecer a otorgar la escritura de censo de 50 pesos a que se constituió, que tenía don Francisco Correa, dentro de tercero día y que en su defecto lo remita preso [ f. 23 ]/ por el teniente a guerra de Río Pi edras, a quien se escriba orden para ello. Y no habiendo otra cosa que acordar se cerró este cabildo y lo firmaron sus señorías, de que doy fe. = Chiguero [rúbrica] = Davila [rúbrica] = Xiorro [rúbrica] = Cordova [rúbrica] = Martinez [rúbrica] = Davila [rúbrica] = Xiorro [rúbrica] = Pover [rúbrica] = Ante mí = Ygnacio Herránz [rúbrica], esscribano público y de cabildo.
[1385]
[24 DE OCTUBRE DE 1785.]
En la ciudad de San Juan de Puerto Rico, a veinte y cuatro de octubre de mil setecientos ochenta y cinco años,
SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO
se juntaron a cabildo ordinario en esta sala Capitular los señores (f· 23v•]/ don José Dávila y don Severino Xiorro, alcaldes ordinarios, don Antonio de Córdova, don Domingo Dávila y don Miguel Xiorro, rexidores, para tratar y conferir las cosas tocantes al pro y útil de la república.
Se conferenciaron , arias cosas al mismo pro y útil de la república y no hubo qué acordar, con lo que se concluyó este cabildo que firmaron sus señorías, de que doy fee. = Davila [rúbrica] = Xiorro [rúbrica] = Cordova [rúbrica] = Davila [rúbrica] = Xiorro [rúbrica] = Ante mí = Nicolás Aguayo [rúbrica], esscribano real y teniente de público y cabildo.
[1386]
[31 DE OCTUBRE DE 1785.]
En treinta y uno de octubre de mil setecientos ochenta y cinco años, se juntaron a cabildo ordinario en esta sala capitular los señores don Severino Xiorro, alcalde ordinario [ f. 24 ]/ don Bernardino Aponte, don Domingo Dávila, y don Tomás Pizarra, rexidores, para tratar y conferir las cosas tocantes al pro y útil de la república.
En este cabildo se recibió una licencia remitida por el teniente a guerra de Faxardo en que consta la introdución en aquel p artido de seis reses por don Juan Jos é de Figueroa, qu e extrajo del de Río Piedras y se mandó archivar.
En este mismo cabildo hizo presente el señor rexidor don Domingo Dávila cómo a principios del mes entrante hace ánimo de ponerse en marcha para el partido d e Humacao a continuar la comición que se le tiene conferida sobre la entrega de tierras al apoderado del señor Duque de Crillón, con lo cual y por no haber otra cosa que acordar, aunque se conferenciaron varias, se concluyó este cabildo que firmaron sus señorías, de que doy fee. = Xiorro [rúbrica] = Aponte [rúbrica] = Davila [rúbrica] = Pizarra [rúbrica] = Ante mí = Nicolás Aguayo [rúbrica] , esscribano real y teniente de público y cabildo. [f . 24v.]/
[Se levanta la ses ión por no haber asuntos que acordar.]
[Se informa introducción de ganado e n el Partido de Fajardo.]
[Don Domingo Dáv i I a informa s u traslado a Humacao para la entrega de tierras a don Diego de Crillón.]
[Se levanta la sesión por no haber asuntos que tratar.]
¡Se discuten varios asuntos.]
ACTAS DEL :CABILDO [1387]
[7 DE NOVIEMBRE DE 1785.]
En la ciudad de San Juan de Puerto Rico, a siete de noviembre de mil setecientos ochenta y cinco años, se juntaron a cabildo ordinario los señores teniente coronel graduado y alcalde ordinario don Severino Xiorro y Díaz, don Antonio de Córdova, don Bernardino de Aponte y don Miguel Xiorro, rexidores, para tratar y conferir las cosas tocantes al pro y útil de la república.
Se conferenciaron varias cosas y no habiendo resoluzión en ellas hasta otro cabildo, se cerró éste y lo firmaron sus señorías, de que doy fe. = Xiorro [rúbrica] = Cordova [rúbrica] = Aponte [rúbrica] = Xiorro [rúbrica] = Ante mí = Ygnacio H er ránz [rúbrica] , esscribano público y de cabildo. [f. 25 ]/
[1388]
[14 DE NOVIEMBRE DE 1785.]
En la ciudad de San Juan de Puerto Rico, a catorce de noviembre de mil setecientos ochenta y cinco años, se juntaron a cabildo ordinario los señores don Severino Xiorro y Díaz, teniente coronel alcalde ordinario, don Bernardino de Aponte, don Valentín Martínez y don Miguel Xiorro, rexidores, para tratar y conferir las cosas tocantes al pro y útil d e la repúbli ca, a que concurrió el señor procurador general don Joaquín Pover.
Se conferenciaron varias cosas y se cerró este cabildo, que firmaron sus señorías, de que doy fe. = Xi orro [rúbrica] = Aponte [rúbrica] = Valentin Martinez [rúbrica] = Xiorro [rúbrica] = Pover [rúbrica] = Ante mí = Y gnacio Herránz [rúbrica] , esscribano público y de cabildo. [f· 25v·J/
[1389]
[21 DE NOVIEMBRE DE 1785 ]
En la ciudad de San Juan de Puerto Rico, a veinte y uno de noviembre de mil setecientos ochenta y cinco años,
SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO
se juntaron a cabildo ordinario en esta sala capitular los señores don José Dávila y don Severino Xiorro, alcaldes ordinarios, don Antonio de Córdova, don Valentín Martínez, y don Tomás Pizarra, rexidores, para tratar y conferir las cosas tocantes al pro y útil de la república. El dicho señor rexidor don Tomás Pizarro, diputado de mes, hizo presente que en el matadero se han hecho dos hoyos que necesitan de pronta composición porque de día en día se van profundisando, y que faltan las medidas de medio almud, cuartilla y media cuartilla que están a cargo del señor rexidor fiel executor que se halla para separarse por estar para espirar su quinquenio y se halla informado está gravemente enfermo En cuya virtud (f· 26]/ dispusieron sus señorías que sobre lo primero se encargase al mayordomo de propios para su compocición, llevando cuenta para darla a su tiempo, y sobre lo segundo se haga la solicitud conveniente por el citado señor diputado.
Con lo que, y por no haber otra cosa que acordar, aunque se conferenciaron varias, se concluyó este cabildo que firmaron sus señorías, de que doy fee. = Davila [rúbrica] = Xiorro [rúbrica] = Cordova [rúbrica] = Martinez [rúbrica] = Pizarra [rúbrica] = Ante mí = Nicolas Aguayo [rúbrica] , esscribano real y teniente de público y cabildo.
[1390]
[28 DE NOVIEMBRE DE 1785.]
En la ciudad de San Juan de Puerto Rico, a veinte y ocho de noviembre de mil setezientos (f· 26v·]/ ochenta y cinco años, se juntaron a cabildo ordinario los señores don Manuel Chiguero Saavedra, teniente de gobernador y auditor de guerra, don Severino Xiorro y Dí.az, teniente coronel, y don José Dávila, alcaldes ordinarios, don Antonio de Córdova, don Bernardino de Aponte, don Valentín Martínez y don Miguel Xiorro, rexidores, para tratar y conferir las cosas tocantes al pro y útil de la república, a que concurrió el señor procurador general don Joaquín Pover.
El mayordomo de propios, habiendo recompuesto los hoyos del matadero, presentó la cuenta importante tres pesos y medio y se le mandaron abonar y que los dé en
í EI regidor Pizarro informa de dos h oyos en el mata• d ero y faltar va• r ias m edidas.]
[El mayor domo inform a el a rreglo de los hoyos en el matade ro.]
[se levanta la sesión por ausencia de capitulares.]
[Gabriel Sabater pide el acuerdo sobre e l alquiler de la casa de Palo Seco.]
[ Se acuerda pagar el salario de los maes tros.]
ACTAS DEL CABILDO
data en la general de su cargo. Y no habiendo otra cosa que acordar se cerró este cabildo y lo firmaron [f- 27]/ sus señorías, de que doy fe. = Chiguero [rúbrica] = Davila [rúbrica] = Xiorro [rúbrica] = Cordova [rúbrica] = Aponte [rúbrica] = Martinez [rúbrica] = Xiorro [rúbrica] = Pover [rúbrica] = Ante mí = Ygnacio Herránz [rúbrica], esscribano público y de cabildo.
[1391]
[5 DE DICIEMBRE DE 1785.J
En Puerto Rico a cinco de dixiembre de mil setezientos ochenta y cinco años, para efecto de celebrar cabildo ordinario vinieron a esta sala de ayuntamiento los señores don Severino Xiorro, alcalde ordinario, y don Valentín Martínez, rexidor, y no habiendo llegado otros señores capitulares lo mandaron anotar* y firmaron, de que doy fe . = Xiorro [rúbrica] = Martinez [rúbrica] = Ante mí = Ygnacio Herránz [rúbrica], esscribano de cabildo. [f 27v.] /
[1392]
[12 DE DICIEMBRE DE 1785.]
En la ciudad de San Juan de Puerto Rico, a do ce de diciembre de mil setezientos ochenta y cinco años, se juntaron a cabildo ordinario los señores don José Dávila y don Severino Xiorro, alcaldes ordinarios, don Antonio de Córdova, don Bernardino de Aponte, don Valentín Ma rtínez y don Tomás Pizarra, rexidores, para tratar y conferir las cosas tocantes al pro y útil de la república, a que concurrió el señor procurador general don J oaq uín Pover.
Se presentó Gabriel Sabater pidiendo el acuerdo en que se aprobó el alquiler de la casa de Palo Seco y se l e mandó dar en la forma acostumbrada.
Los maestros de niños don Victoriano de Aldea y don Cristóbal [Caballero] pidieron s us respectivos salarios d el año y se les mandó dar al mayordomo.
Y no habiendo otra cosa que acordar se [ f. 28] / cerró este cabildo y lo firmaron sus señorías, de que do y fe. =
* La palabra «anotar» aparece corre gida.
SAN JUAN
BAUTISTA DE PUERTO RICO
Davila [rúbrica] = Xiorro [rúbrica] = Cordova [rúbrica ] = Aponte [rúbrica] = Martinez [rúbrica] = Pi zarra [rúbrica] = Pover [rúbrica] = Ante mí = Ygn acio Herránz [rúbrica], esscribano público y de cabildo.
[1393]
[1 DE ENERO DE 1786.J
En la ciudad de San Juan de Puerto Rico, a primero de enero de mil setezientos ochenta y seis se juntaron en esta sala capitul ar para la elección de los oficios de república como es costumbre y conforme a la ley, los señores don José Dávila y don Severino [ f. 23v. ] Xiorro, alcaldes ordinarios, don Antonio de Córdova, don Bernardino de Aponte, don Valentín Martínez, don Domingo Dávila, don Tomás Pizarro y don Miguel Xiorro; y despué s de haber precedido el escrutinio correspondiente a tan importante asunto, fueron sus señorías votando según estilo y salieron electos los siguientes:
Para alcalde ordinario de primera elección, don Antonio de Córdova, con siete votos
Para alcalde ordinario de segunda elección, don J oaquín Pover, con todos ocho votos
Para procurador general don Félix de la Cruz, con todos ocho votos
Para padre general, don Valentín Martínez, con siete votos
[Elecciones
Para depositario de multas, don Miguel Xiorro, con seis votos ..
......... [f· 29 ] /
Para alcalde de la Santa Hermandad de la banda del norte, don Nicolás Correa, con siete votos
Para alcalde de la banda del sur don Pedro Ximenez, con siete votos .
Para mayordomo de propios , don Eusebio Valentín, reelegido con todos ocho votos
Para fiel contraste, Bernardino Ravelo, con todos ocho votos. - Cuia eleción se dirigió a su señoría el señor gobernador y capitán general en oficio separado para su confirmación y la de los alcaldes de barrio y una y otra confirmó su señoría con el aditamento de que conforme al artículo 8º de la instrucción de intendentes, se entienda en lo sucesivo como este enuncia y se tome razón de los autos de confirmazión autorizados por el esscribano de
Confirmación.
ACTAS DEL CABILDO
gobierno y en esta virtud se mandaron llamar* los electos a quienes por mano del señor rexidor [Testado : decano ] don Bernardino de Aponte y por ante mí, el esscribano, les recibió juramento a los presentes que hicieron por Dios Nuestro [f. 29v.]/ Señor y una señal de cruz; y para los ausentes se mandó escribir carta de comparendo y dió comisión para el juramento y posesión al señor alcalde que se hallase en esta ciudad cuando vengan, baxo de todo lo cual se les dió su posesión y sentó en los que les corresponden. Entraron también los demás electos y alcaldes de barrio y executado lo mismo en razón del juramento, se cerró este cabildo y lo firmaron sus señorías, de que doy fe. = Joseph Davila [rúbrica] = Seberino Xiorro [rúbrica] =Antonio de Cordova [rúbrica] =Bernardino de Aponte [rúbrica]= Valentin Martinez [rúbrica]= Domingo Davila [rúbrica] =Thomas Pizarra [rúbrica]= Miguel Xiorro [rúbrica] =loachin Pover [rúbrica] =Felis de Lacruz [rúbrica]=Eusebio Valentin [Vaquero] [rúbrica] [f. 30 ]/ Manuel Martines [ rúbrica] = Salvador Fuertes [rúbrica] = José García Romero [rúbrica] = Bernardo Rabelo [rúbrica] = Miguel Gonsales Silencio [ rúbrica ] = Ante mí = Ygnacio Herránz [rúbrica], esscribano público y de cabildo.
Nota : se expidieron dos cartas llamando a los alca ldes electos de la Santa Hermandad. Herránz [rúbrica] [f .J>v.J/
[ANEXO UNICO .]
Señor intendente, gob ernador y capitán gen eral: Dirigimos a vuestra señoría la elección hecha en este ilustre ayuntam iento, de alcaldes ordinarios, de l a Hermandad y demás oficios concegiles en la forma siguiente
Para alcalde ordinario de primera elección, el señor rexidor decano don Antonio de Córdova, con siete votos. -
Para el de segunda elección, el señor procurador general don Joaquín Pover, con todos los ocho votos. -
Para procurador general don Felix de la Cruz, con tod os ocho votos. -
P ara padre general de menores, el señor rexidor don Valentín Martínez - con siete votos. -
Para depositario de multas, el señor rexidor don Miguel Xiorro - con seis votos. -
* Entre lineas: llamar.
SAN JUAN
BAUTISTA DE PUERTO RICO
Para alcalde de la Santa Hermandad de la banda del norte don Nicolás Correa, con siete votos. -
Para alcalde de la Hermandad de la banda del sur [don] Pedro Ximenez, con siete votos. - [f· 31 ]/
Para mayordomo de propios, reelexido don Eusebio Valentín.
Para fiel contraste, Bernardo Ravelo, con todos ocho votos - Cuia elección suplicamos a vuestra señoría se sirva confirmar, y la de alcaldes de barrio que también incluimos, o determinar lo que fuere de su superior agrado. Nuestro Señor guarde y prospere la vida de vuestra señoría muchos años. Sala capitular de Puerto Rico, 1.º de enero de 1786 años. Besa la mano de vuestra señoría, sus más atentos servidores : José Dávila - Severino Xiorro - Antonio de Córdova - Bernardino de Aponte - Valentín Martínez - Domingo Dávila - Tomás PizarroMiguel Xiorro.
Vistas las elecciones de los señores alcaldes ordinarios y demás oficios concegiles practicadas en este día por el ilustre ayuntamiento de esta ciudad su señoría dijo: las debía confirmar y confirmó en todo y por todo y mandó que a los contenidos en ella, [ f llv-J/ previo el debido juramento, se les ponga en posesión de sus respectivos empleos, guardándoles y hacié ndoles guardar todas las honras y preeminencias que les corresponden, entendiéndose dicha confirmazión por ahora, y para lo sucesivo se arreglará dicho ilustre ayuntamiento a lo prevenido en el artículo octavo de la Real Información de intendentes, devolviéndose evacuado que sea con la correspondiente nota para su archivo. - Juan Dabán - Manuel Chiguero y Saabedra - Lo mandó su señoría el señor intendente, gob ernador y capitán general, con el señor su teniente y lo firmaron en Puerto Rico a prime ro de enero de mil setezientos ochenta y seis años - Ante mí, Gregorio Sandoval, esscribano real y de gobierno.
En la ciudad de San Juan de Puerto Rico, a treinta y uno de dixiembre de mil setezientos ochenta y cinco años, para proceder como es costumbre [f· 32 ]/ y estilo a la elección de alcaldes de barrio para el año entrante vino a esta sala de ayuntamiento el señor alcalde ordinario de primera elección don José Dávila, a quien compete, y teniendo anticipada la convocazión de las personas que respectivamente los componen y votado en su razón, salieron electos los siguientes. -
[ Se nombran los comisarios para ias fiestas voti vas '/ para atender vis11tantes.]
ACTAS DEL CABILDO
Para el barrio de San Francisco, Salvador Fuertespara el de Campeche, Manuel Martínez - para el d e San Juan, José García Romero - para el de Santa Bárbara, Miguel Gonzalez Silencio. - En cuia virtud los hubo su merced por elexidos y mandó qu e para mañana a las ocho comparezcan en esta misma sala para su confirmación y lo firmó su merced, de que doy fe. - Jos é Dávilaan t e mí, Ygnacio Herránz, esscribano de cabildo. [f· 32 v,J/ Confírmase la elección de alcaldes de barrio, constante de la anterior certificación, a quienes instruiéndose d e sus respectivas obligaciones y jurando en forma, se le s pondrá en posesión, guardándoles todas las preeminencias, prerrogativas y h on ras que les correspondan, lo que practicado, puesta a continuación la nota competente, se devuelva para su archivo. - Juan Dabán - Manuel Chiguero y Saabedra - Lo mandó su señoría el intendente, gobernador y capitán general con el señor su teniente y lo firmaron en Puerto Rico a 1.0 de enero de 1786 años. Ante m í, Gregario Sandoval, esscribano real y d e gobierno.
Es conforme a sus originale s en los que puesta la no ta que se previene los devolví. Puerto Rico, 2 de enero de 1786. = Ygnacio H erránz [rúbrica], esscribano público y d e cabildo. [f 33 ] / [1394]
[9 DE ENERO DE 1786.)
En la ciudad de San Juan de Puerto Ri co , a nueve de enero de mil setezientos oche nta y seis años, se juntaron a cabildo ordinario los señores don Antonio de Córdova y don Joaquín Pover, alcaldes ordinarios, don Bernardino de Aponte, don José Dávila , don Valentí n Ma rtínez y don Miguel Xiorro, rexidores, para tratar y conferir las cosas tocantes al pro y útil de la república, a que concurrió también el señor rexidor don Tomás Pizarra y el señor procurador general don Félix de la Cruz.
Se nombraron para las fiestas votivas de Candelaria, San Juan y Santa Rosa a los señores don Antonio de Córdova y don Bernardino de Aponte.
Para la s d el Corpus y Santiago a los señores don Joaquín Po ver y don José Dávila
SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO
Para las cortesanías de sujetos que llegan ['· 33v• ] / a esta ciudad, a los señores don Valentín Martínez y don Miguel Xiorro
Se mandaron sacar al pregón y remate en la forma acostumbrada los pasajes vacantes en este año, a saber: Pueblo Viejo , Guayanes , Río Grande, Faxardo y Jumacao y se diputaron a los señores don Antonio de Córdova y don Domingo Dávila, asistiendo el señor procurador general. Y no habiendo otra cosa que acordar, se cerró este! cabildo y lo firmaron sus señorías, de que doy fe. = Cordova [rúbrica] = Pover [rúbrica] = Aponte [rúbrica] = Davila [rúbrica] = Martinez [rúbrica] = Pizarro [rúbrica] = Xiorro [rúbrica] = Lacruz [rúbrica] = Ante mi = Y gnacio H erránz, esscribano público y de . cabildo. [f 34 ] / [1395]
[9 DE ENERO DE 1786.]
En Puerto Rico a nueve de enero de mil setezientos ochenta y seis compareció en esta sala de Ayuntamiento don Pedro Ximenez, a quien el señor alcalde ordinario don Antonio de Córdova le recibió juramento de fidelidad que hizo por Dios Nuestro Señor y una señal de cruz, baxo del cual promet ió cumplir las obligaciones de su empleo de alcalde de la Santa Hermandad según su leal saber y entender y lo firmó, de que doy fe.=Cordova [rúbrica]= Pedro Ximenez [rúbrica]=Ante mí=Ygnacio Herrán z [rúbrica], esscribano de cabildo . [ f. 34v· ] /
[1396]
[16 DE ENERO DE 1786.]
En la ciudad de San Juan de Puerto Rico, a diez y seis de enero de mil setezientos ochenta y seis años, se juntaron a cabildo ordinario los señores don Manuel Chiguero y Saavedra, teniente de gobernador y auditor de guerra, don Antonio de Córdova y don Joaquín Pover, alcaldes ordinarios, don Valentín Martínez, don Domingo Dávila, don Tomás Pizarro y don Miguel Xiorro, rexidores, para tratar y conferir las cosas tocantes al pro y útil de la república, 3. A. C.
[ Se ordena sacar al pregón los pasajes vacantes.]
[Recibimiento d don Pedro Jiménez como alcalde de ia Hermandad.]
[Se pasan al tribunal del gobernador l as diligencias del caso que Ueva don J osé de la Torre.]
[Teresa Muñoz pretende redimir 150 pesos de propios.]
[Se recibe Re a 1 Provisión sobre la forma de extraer reos de la i glesia. ]
ACTAS DEL fCABILDO
a que concurrió el señor procurador general don Féliz de la Cruz. - Entró en este tiempo el señor don [sic] rexidor don José Dávila.
Las diligencias y autos que controvierte don José de la Torre, por sí y los demás herederos [f. 35 ]/ de don Pedro Vicente de la Torre, sobre la cuerda de tierra del pasajero de Palo Seco y casa de azotea de esta ciudad, se mandaron pasar al señor intendente con otras diligencias que corren en el tribunal del señor gobernador, por medio del esscribano de gobierno.
A Teresa Muñoz que pretende redimir 150 pesos de propios, se decretó que haciendo la consignazión en poder del mayordomo y certificarlo éste y el estar corriente en los réditos, se determinará lo que haya lugar.
Se vió en este cabildo una Real Provisión de Su Majestad, que remitió con su respectivo auto de obedecimiento el señor gobernador y capitán general, para que los jueces y justicias extraigan los reos de las iglesias con las formalidades prescritas en Real Cédula de 5 de abril de 1774, ha- [f 35•·]/ ciendo constar la verdadera existencia del reo, entre otras cosas constantes del testimonio remitido, en cuia inteligencia quedó este ilustre ayuntamiento para su puntual observancia y acordó se archive dicho testimonio.
[Se r eci be Rea l Orde n de l. 0 de mayo de 1785 y Real Cédula de exención a la Compañia para el comercio con Filipinas. ]
[ Se recibe Real P rovisión de la real a u diencia sobre ¡fo. nas capitales de presidio y deportación.]
Se vió la Real Orden remitida en l.º de mayo del año pasado con el exemplar de la Real Cédula de ereción de la compañía para el comercio de Filipinas y mandó se archive y tuviese presente para tratar en su razón lo conveniente por lo respectivo a los caudales de propios, quedando a cada uno de los señores concurrentes en contribuir por su parte en cuanto pueda al logro de tan importantes establecimientos .
Se vió una Real Provisión despachada por la real audiencia [f . 36 ] / del distrito en 12 de mayo del año próximo pasado para que las justicias ordinarias no executen penas capitales ni condenen a presidio ni deportazión sin precedente consulta de aquel superior tribunal, pasado a este ayuntamiento con el correspondiente auto del señor gobernador [de su] cumplimiento y se acordó se tuviese presente para su puntual observanzia en los casos ocurrentes.
[ Se recibe Re al Provisión de la r eal audie ncia sobre vi ~ s ita semanal a ta cá rcel.]
Se vió otra Real Provisión de la misma Audiencia despachada en 26 de noviembre del año anterior por la que entre otras cosas se ordena la visita semanal de i[carcel] y para la respectiva inteligencia de este ayuntamiento a
SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO
[roto] de los señores alcaldes ordinarios y demás determinado por su señoría s e mandó participar y dicho ayuntamiento quedo* inteligenciado de (f. 36v- J/ todo para su cumplimiento.
Se vió asímismo el oficio del señor comisario [ testado : del.] subdelegado de cruzada de 14 del presente para que a consecuencia d e la Real Cédula de Su Majestad en que se ordena salga la ciudad a recibir la Bula de la Santa Cruzada el día de su predicación tenga a bien practicarlo el 12 de febrero inmediato, día señalado para ello, e inteligenciado de todo el ayuntamiento, se acordó se execute a sí y participe a dicho señor comisario en contextazión del referido oficio de 14 del corriente.
Y no habiendo otra cosa que acordar, se cerró este cabildo y lo firmaron sus señorías, de que (f· 37 ]/ doy fe . = Chigu ero [rúbrica] =Cordova [rúbrica] =Pover [rúbrica] =Davila [rúbrica] =Martinez [rúbrica] =Davila [rúbrica] =Pizarra [rúbrica] = Xiorro [rúbrica] =Lacruz [rúbrica] =Ante mí=Ygnacio Herránz [rúbrica], esscribano público y de cabildo.
[1397] [23 DE ENERO DE 1786.]
En la ciudad de San Juan de Puerto Rico, a veinte y tres de enero de mil setezientos [ochenta] y seis años, se juntaron a cabildo ordinario los señores don Antonio de Córdova y don Joaquín Pover, alcaldes ordinarios, don Valentín Martínez y don Tomás Pizarro, rexidores [ f. 37v• ] / para tratar y conferir l as cosas tocantes al pro y útil de la república, a que concurrió el señor procurador general don Félix de la Cruz.
El señor procurador general representó que para las solicitudes que intenta don José d e la Torre sobre la casa del pasaje y cuerda del pasajero le parece conforme oirséle para defend er en esta parte los derechos d e propios y se mandó pasar al señor gobernador, intendente y capitán general La citada r e presentación.
El mayordomo presentó las cuentas del año vencido con los documentos comprobantes y se mandó dar vista de ellas al señor procurador general.
* Entre line as : quedó.
(Se acuerda que la ciudad salga a re• cibir la Bula de la Santa Cruzada.]
[El procurador ge• ner a l manifiesta se le d ebe o lr en el caso que lleva don José de la Torre.]
[E 1 mayordomo presen tó sus cuen• tas del año 1785. J
[El procurador general pide las ordenanzas en vigor.]
[Se admite a Antonio Rodrigu ez como alguacil.]
[ Se admite el traspaso pedido por Teresa Muñoz.J
[ El alcaide pide arreglos en la cárcel.]
[Don Tomás Pizar ro entrega doc umentos del cabildo.]
[ Se recibe Real Orden sobre el establecimien to de casas para los enfermos de viruela.]
ACTAS DEL 'CABILDO
También pidió el señor procurador general vista d e las ordenanzas de la ciudad y se le mandaron dar y se le dieron .
Se admitió por alguacil a Antonio Ro[f· 38 ]/ dríguez respecto a que el señor intendente, gobernador y capit án genera l h a convenido en ello y que se pase la nota al mayordomo para que le contribuia su sueldo.
A Teresa Muñoz se la admitió en el traspaso que pidió de l censo de 150 pesos a Feliciana Heredia baxo de la escritura y fianzas que ofrece.
El alcaide de la caree! representó la necesidá [sic] de recomponer los calabozos de la cárcel y sus puertas y se acordó que ocurriese al señor intendente, gobernado r y capitán general.
El señor rexidor don Tomás Pizarra entregó las ordenanzas y demás papeles que tenía. Y no habiendo otra cosa que acordar se cerró este cabildo y lo firmaron, de que doy fe.=Cordova [rúbrica] = Pover [ rúbrica] =Martinez [rúbrica] =Pizarra [rúbrica] =Lacruz [rúbrica] =Ante mí=Ygnacio Herrán z [rúbric a] , essc ribano de cabildo. [f· 38v.J/
[ 1398 ]
[30 DE ENERO DE 1786.]
En la ciudad de San Juan de Puerto Rico, a treinta de enero de mil setezientos ochenta y seis años, se juntaron a cabildo ordinario los señores don Manuel Chiguero y Saavedra, teniente de gobernador y auditor de guerra, don Antonio de Córdova y don Joaquín Pover, alcaldes ordinarios, don Valentín Martínez y don Tomás Pizarro, rexidores, para tratar y conferir las cosas to cantes al pro y útil de la república.
En este cabildo se presentó por el señor teniente de gobernador, auditor de guerra, comisionado del señor intendente, gobernador y capitán general, una Real Orde n de 15 de abril del año próximo pasado relativa al importante establecimiento de casas o hermitas que intenta [certificar] la piedad de Su Maj estad para la curación [f· 39 ]/ de los virolentos, y asímismo dos exemplares de la disertaci ón que acompañó dicha Real Orden y enterado de to d o este ayuntamiento, halla ser mui propio de su atenzión la execuzión de cuant o contiene la Real Orden , a c u io fin, como a cuanto ordena su señoría para l os gastos que se
SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO
estimen necesarios está pronto, sin embargo de la escase,. d e los fondos de propios y de otras necesidades en que está, siéndole preciso para detallar cuanto se previene por dicho señor gobernador e informar una nota exacta d e l caudal existente y otros conocimientos, para con todos ellos pueda acordarse [lo] conveniente, se mandó que tomándose razón de la citada Real Orden y archivándose los mencionados exem-[f· 39v·J/plares certifique el ma yordomo de propios sobre la existencia de caudales en la actualidad, con cuios conocimientos y los particulares d e cada uno de los señores concurrentes sobre lo que contiene el oficio del señor gobernador, acordará en el inmediato cabildo lo que le parezca más conforme, manifestándolo a dicho señor. Y siendo lo que por ahora urge el que notoriándose al público este importante establecimiento de la piedad del Rey intenta facilitar para preservarlos del contagio de las viruelas, queden entendidos ya en ello y ya* en la dulzura, humanidad y esmero con que serán tratados los virulentos para que sin recelo alguno contribuía por su parte al [f 40 ]/ logro de él, con obligación de d enunciar los padres, dueños de casas y dem ás personas a cuio cargo estén y los ñsicos, u otras encargadas en su curazión, pena de que en su defecto serán tratados con el rigor de las leies. Todo lo cual se participará al señor gobernador con las formalidades de estilo en el concepto d e que instando la necesidad de resultas de las denuncias que se han de practicar, está pronto este cabildo a juntarse antes d el día prevenido para resolver [testado: los] sobre los puntos que quedan pendientes. Y no habiéndo otra cosa que acordar se cerró este cabildo y lo ['· 40v- J/ firmaron sus señorías, de que doy fe.=Chiguero [rúbrica]= Cordova [rúbrica] = Pover [rúbrica] =Martinez [rúbrica] =Pizarra [rúbrica] =Ante mí=Ygnacio Herrán z [rúbrica], esscribano público y de cabildo.
[1399]
[6 DE FEBRERO DE 1786.]
En la ciudad de San Juan de Puerto Rico, a seis de febrero de mil setecientos ochenta y seis años, se juntaron a cabildo ordinario los señores don Manuel Chiguero
* Entre línea s: y ya.
[ Se comisiona al alcalde Córdova y al regidor Dávila preparar el acuerdo sobre los enfe rmos de viruelas.]
[Se ordena la revisión de las cuentas del mayordomo.]
[Fray Antonio Za• vala presenta ti t ulo de no tario de la Santa Inquisición.]
[ Se discuten varios asuntos.]
ACTAS DEL 1CABILDO
y Saabedra, teniente de gobernador y auditor de guerra, don Antonio de Córdoba y don Joaquín Pover, Alcaldes ordinarios, don Tomás Pizarro, don Domingo [ f. 41 ]/ Dávila, don Valentín Martínez, y don Miguel Xiorro, rexidores, para tratar y conferir las cosas tocantes al pro y útil de la república. - Entró el señor rexidor don José Dá vila.
Se volvió a tratar y conferenciar el asunto de viruelas expresado en el antecedente acuerdo y para mexor resolver tan importante negocio se acordó que los señores don Antonio de Córdova, alcalde, y don José Dávila, rexidor, con las reflexiones que se han hecho traigan para otro cabildo el extracto y modelo de perfeccionarlo y concluirlo.
El señor procurador general respondió a la vista de las cuentas del mayordomo y se mandó que los señores rexidores don Valentín Martínez y don Miguel Xiorro las revean.
El padre subprior in capite d el Convento de Predicadores, fray Antonio Zavala se presentó [ r· 41v•] / con el título de notario de la Santa Inquisición de Cartaxena y se le dió el pase para su uso . Y no habiendo otra cosa que acordar se cerró este cabildo y lo firmaron sus señorías, de que doy fe.=Chiguero [rúbrica}=Cordova [rúbrica] =Pover [rúbrica] =Davila [rúbrica] =Martinez [rúbrica] =Davila [rúbrica] =Pizarra [rúbrica] =Xio rro [rúbrica] =Ante mí=Ygnacio Herránz [rúbrica], esscribano público y de cabildo. [1400]
[13 DE FEBRERO DE 1786.]
En la ciudad de San Juan de Puerto Rico, a trece de febrero de mil setezientos ochenta y seis años, se juntaron a cabildo ordinario los señores don Antonio de Córdova y don (f 42 ]/ Joaquín Pover, alcaldes ordinarios, don Bernardino de Aponte, don José Dávila, [Testado: don Bernardino de Aponte] don Valentín Martinez, don Tomás Pizarro y don Miguel Xiorro, r e xidores , para tratar y conferir las cosas tocantes al pro y útil de la república, y también e l señor don Domingo Dávila.
Se trataron varias cosas y quedaron a resolver en el cabildo inmediato y se cerró éste y lo firmaron sus s eñorías, de que doy f e .=Cordova [rúbrica] =Pover [rúbrica] =Apont e [rúbrica] =Davila [rúbrica] = Martinez [rúbri-
ca] =Davila [rúbrica] =Pizarro [rúbrica] =Xiorro [rúbrica] =Ante mí=Ygnacio Herránz [rúbrica], esscribano público y de cabildo. [f· 42v·]/
[1401]
[20 DE FEBRERO DE 1786.]
En la ciudad de San Juan de Puerto Rico, a veinte de febrero de mil setecientos ochenta y seis años, se juntaron a cabildo ordinario los señores don Manuel Chiguero y Saavedra, teniente de gobernador y auditor de guerra, don Antonio de Córdova, alcalde ordinario, don Jos é Dávila, don Tomás Pizarro y don Miguel Xiorro , rexidores, para tratar y conferir las cosas tocantes al pro y útil de la república.
Se presentó el informe prevenido a * los señores comisionarios en el asunto de viruelas y visto por sus señorías y leido por mí, el esscribano, y conformándose en todo y por todo con él, se acordó se le pase original a su señoría el señor [f. 43 ]/ intendente, gobernador y capitán general [Testado : aprobado en todo y por todo el citado informe y qu e se adjunte] con testimonio de este acuerdo para que se sirva determinar lo que hallare por conveniente.
Se presentó el expediente promovido por el apoderado del excelentísimo señor Duque de Crillón sobre el reparto de terrenos y en vista de todo y de las diligencias de los comisionados del señor gobernador expuso la ciudad hallarse conformes y no tener que oponer cosa alguna en su aprobazión. Y no habiendo otra cosa que acordar se cerró este cabildo y lo firmaron, de que doy fe = Chigu ero [rúbrica ] =Cordova [rúbrica] =Davila [rúbrica] =Davila [rúb rica] =Pizarro [rúbrica] =Xiorro [rúbrica] =Ante mí=Ygnacio Herránz [rúbrica], esscribano Público y de cabildo. [f. 43 v•]/
[1402]
[3 DE MARZO DE 1786.]
En Puerto Rico a tres de marzo de mil setezientos ochenta y seis años, habiendo comparecido don Nicolás
* Las palabras «prevenido a» aparecen enmendadas.
[Se aprueba el informe sobre las virue las.]
[ Se aprueba el expediente de reparto de ~ erras al Duqne de Crillón.J
[Recibimiento de don Nicolás Correa como alcalde de la Santa Hermandad.]
[ Se levanta la ses i ón por no haber asuntos que acordar.]
[El gobernador informa traslado de ganado al Partido de Arecibo.]
ACTAS DEL CABILDO
Correa, alcalde de la Santa Hermandad en virtud de la carta que se expidió (lo que no había hecho antes por haber caído enfermo, como consta de sus cartas contextando a la que se le dirigió) vino el señor alcalde ordinario don Antonio de Córdova a esta sala de ayuntamiento y por ante mí, el esscribano le recibió juramento que hizo por Dios Nuestro Señor y una señal de cruz de proceder .fielmente y conforme a las leyes y a su saber y entender y lo .firmaron, de que doy fe. =C6rdova [rúbrica] =Nicolás Correa [rúbrica] =An te mi=Ygnacio Herránz [rúbrica], esscribano público y de cabildo. [f· 44 ]/ [1403]
[6 DE MARZO DE 1786.]
En la ciudad de San Juan de Puerto Rico, a seis de marzo de mil setecientos ochenta y seis años, se juntaron a cabildo ordinario en esta sala capitular los señores don Antonio de Córdova, alcalde ordinario, don José Dávila, don Valentín Martínez y don Domingo Dávila, rexidores, para tratar y conferir l as cosas tocantes al pro y útil de la república.
Y no habiendo habido cosa alguna que acordar, aunque se conferenciaron varias, se concluyó este cabildo que firmaron sus señorías, de que doy fee.=Cordova [rúbrica] =Davila [rúbrica] =Martinez [rúbrica] =Davila [rúbrica] =Ante mí =Nicolás Aguayo [rúbrica], esscriban0 real y teniente d e público y cabildo. [ f. 44v.]¡
[1404]
[13 DE MARZO DE 1786.J
En la ciudad de San Juan de Puerto Rico a trece de marzo de mil setezientos ochenta y seis años, se juntaron a cabildo ordinario los señores don Antonio de Córdova y don Joaquín Pover, alcaldes ordinarios, don Bernardino de Aponte, don José Dávila, don Domingo Dávil.a, don Tomás Pizarro y don Miguel Xiorro, rexidores, para tratar y conferir las cosas tocantes al pro y útil de la república.
El señor gobernador y capitán general remitió a este cabildo por mi mano la noticia y aviso cerrado que con-
BAUTISTA DE PUERTO RICO
tiene haber emigrado don Manuel Maysonet del partido de Bayamón al de Arecivo con lizencia de su señoría dos vacas paridas y un ternero, para el competente aviso a este ilustre cabildo y se mandó acomular a los demás documentos del asunto. [f. 45 ]/
Se aprobaron las cuentas de la ciudad con la vista que se les <lió a los señores diputados y su alcance de 2398 pesos y 26 maravedís, con 154 libras y cuarta de cera y se acordó que con arreglo al capítulo 36 de intendencia, se lleven por mí, el esscribano, al señor intendente, gobernador y capitán general precedida la venia debida y acostumbrada.
Y no habiendo otra cosa que acordar se cerró este cabildo y lo firmaron sus señorías, de que doy fe.=Cordova [rúbrica] =Pover [rúbrica] =Aponte [rúbrica] =Davila [rúbrica] =Davila [rúbrica] = Pizarro [rúbrica] =Xiorro [rúbrica] =Ante mí= Ygnacio Herránz [rúbrica], esscribano público y de cabildo. [f. 4Sv.]/
[1405]
[20 DE MARZO DE 1786.]
En la ciudad de Puerto Rico, a veinte de marzo de mil setecientos ochenta y seis años, se juntaron a cabildo ordinario los señores don Antonio de Córdova, alcalde ordinario, don Bernardino de Aponte, don Domingo Dá vila y don Miguel Xiorro, rexidores, para tratar y conferir las cosas tocantes al pro y útil de la república.
Y no habiendo habido asunto que resolver, aunque se trataron varias cosas, se cerró este cabildo y lo .firmaron sus señorías, de que doy fe.= Cordova [rúbrica] =Aponte [rúbrica] =Davila [rúbrica] =Xiorro [rúbrica] =Ante mí=Ygnacio Herránz [rúbrica], esscribano público y de ca bildo. [f. 46 ]/
[1406]
[27 DE MARZO DE 1786.]
En la ciudad de San Juan de Puerto Rico a veinte y siete de marzo de mil setecientos ochenta y se is años, se juntaron a cabildo ordinario en esta sala capitular los se-
[Se aprueban las-c uentas del mayo~ domo.]
( Se levan ta la sesión por no h aber asuntos que acor" dar.]
[Se levanta la sesión por no haber asuntos que tratar ]
[El gobernador informa licencia dada a don José Morales para mudarse con s u gana do al Partido de Fajardo.]
ACTAS DEL !CABILDO
ñores don Manuel Chiguero y Saavedra, abogado de la real chansillería de Granada, teniente de gobernador y auclitor de guerra, don Antonio de Córdova, alcalde ordinario, don José Dávila, don Tomás Pizarra, don Domingo Dávila y don Miguel Xiorro, rexidores, para tratar y conferir las cosas tocantes al pro y útil de la república.
Y por no haber cosa alguna que acordar, aunque se trataron algunas, se concluyó este cabildo, que firmaron sus señorías, de que doy fee =Chi gu e ro [rúbrica] =Cordova [rúbrica] =Davila [rúbrica] =Davila [rúbrica] =Pizarra [rúbrica] =Xiorro [rúbrica] =Ante mí=Nicolás Aguayo [rúbrica], escribano real y teniente de público y cabildo . [ f- %v.]/
[1407]
[3 DE ABRIL DE 1786.]
En la ciudad de San Juan de Puerto Rico, a tres de abril de mil setezientos ochenta y seis años, se juntaron a cabildo ordinario los señores don Antonio de Córdova y don Joaquín Pover, alcaldes orclinarios , don Valentín Martínez, don Domingo Dávila y don Miguel Xiorro, rexidores, para tratar y conferir las cosas tocantes al pro y útil de la república.
Con fecha de 28 del próximo mes pasado clirigió el señor gobernador y capitán general una lizencia que concedió su señoría a don José Morales para que se pasase al partido de Faxardo, del de Toa Vaxa, llevándose consigo siete vacas, seis novillas, o cho terneras, cuatro terneros y do s bueyes que componen veinte y siete animales y se mandó archivar con las demá s d e este asunto.
Y no habiendo otra cosa que acor[f· 47 ] / dar se cerró este cabildo y lo firmaron sus s eñorías, de que doy fe.= Cordova [rúbrica] =Pover [rúbrica] =Martinez [rúbrica] =Davila [rúbrica] =Xiorro [rúbrica] =Ante mí= Y gnacio H e rránz [rúbrica], esscribano público y de cabildo.
[1408]
[27 DE ABRIL DE 1786.]
En la ciudad de San Juan de Puerto Rico, a veinte y siete de abril de mil setezientos ochenta y seis años, se
SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO
juntaron a cabildo ordinario los señores don Antonio de Córdova y don Joaquín Pover, alcaldes ordinarios, don Domingo Dávila, don Tomás Pizarro y don Miguel Xiorro, rexidores, para tratar y conferir [f. 47v• ] / las cosas tocantes al pro y útil de la república, a que concurrió el señor procurador general don F élix de la Cruz.
Se presentó el lizenciado don Tomás Prieto, cirujano mayor d el real hos pital, pidiendo certificación a mí, el esscribano, para efectos que le convienen, del día en que el señor don Antonio de Córdova fue admitido al empleo de rexidor y las veces en que ha obtenido el de alcalde ordinario y si los ha desempeñado siempre a satisfazión de este ayuntamiento, y que se le entregue original con los testimonios que necesite a cuia solicitud (habiéndose separado el dicho señor don Antonio de Córdova, por interesado) se decretó como lo pide.
El señor procurador general expuso que hallándose defendiéndo la cuerda de tierra que [ f- 48 ] / de inmemorial tiempo está concedida al pasaje de Palo Seco , contra don José de la Torre como dueño del Plantage, que lo contradice, necesita de las instrucciones necesarias para dicha defensa y también las expensas precisas para ellas en todos los recursos que puedan ocurrir. Y se acordó que por lo que respecta a instrucciones se le comunicarán siempre que las necesite, y en cuanto al abono de expensas, quedaron sus señorías a resolver la duda que se le ofrece, para otro cabildo.
Y no habiendo otra cosa que acordar se cerró este cabildo y lo firmaron sus señorías, de que doy fe.=Cordova [rúbrica] = Pover [rúbrica] =Davila [rúbrica] =Pizarra [rúbrica] = Xiorro [rúbrica] =Lacruz [rúbrica] =Ante mí =Ygnacio Herránz [rúbrica], esscribano público y de cabildo. [ r. 43v•]/
[1409]
[2 DE MAYO DE 1786.]
En Puerto Rico, a dos de mayo de mil setezientos ochenta y seis años, se juntaron a cabildo ordinario los señores don Joaquín Pover, alcalde ordinario, don Valentín Martínez, don Domingo Dávila y don Tomás Pizarro, rexidores, para tratar y conferir las cosas tocantes al pro y útil de la república a que concurrió el señor procurador general don Félix de la Cruz.
[El licenciado don Tomás Prieto p ide certificación d e I tiempo y la manera que ha servido don Antonio de Córdova.]
[El procurador general pide instrucciones en el caso c ontra don J osé de la Torre al abono de las expensas.]
[Se autoriza a 1 mayordomo a pagar los gastos de la defensa en el caso contra don José d e la Torre.]
[ Se le dan al procurador general los d ocumentos q u e nec.esi ta para cum• plir sus funciones.]
ACTAS DEL 1CABILDO
Se volvió a tratar para resolver la duda ofrecida en el ant ecedente cabildo sobre las expensas que necesita para defender la causa contra don Jos é de la Torre, de la cuerda de tierra concedida al pasaje de Palo Seco, que contradice el dicho don José. Y se acordó que el mayordomo supla los intereses que el señor procurador general necesite [f 49 ]/ para estos fines llevando la cuenta de todo con la maior claridad y recibos comprobantes, pasándosele al mayordomo la orden correspondiente.
El señor procurador general expuso necesitaba de todas las Reales Cédulas y Ordenes que tiene el cabildo para instruirse de cuanto se le pueda ofrecer así para los casos ocurrentes como para lo sucesivo en orden a la comisión que se [espera] de tierras y fundazión de villas a la llegada del señor fiscal de la real audiencia don J ulián Díaz de Sarabia y se le mandaron dar por mí, el esscribano.
[El regidor don Vale ntín Martínez se querella de la conducta de Antonio Trabieso y reclama reparación.]
El señor rexidor don Valentín Martínez expuso que en el mes de octubre nel año próximo pasado, siendo diputado y haciéndose en la carnecería pública en el reparto de tarnes del vecindario, le aconteció que el moreno Antonio Trabieso [ f . 49v·J/ se excedió con uno de los marchantes nombrado Manuel Cintrón, sin tener respeto a s u calidad ni a la mediación del diputado que procuró contenerle, mandándole cambiar la carne con el marchante, motivo d e disputa, p ero sin embargo continuó el referido Trabieso hablándole mal , que fue causa para que repitiese la queja el Cintrón para que contuviese a aquel negro, lo que executó el diputado mandándole salir fuera, pero lejos de hacerlo así, se puso con el rexidor con altanerías y su sombrero puesto y habiéndo hechado mano el rexidor de la vara que tenía para hacerlo salir por haberlo resistido con violencia, hechó mano el negro de una gruesa vara de medir [f· 50] / descargando un golpe sobre el diputado que pudo huirle el cuerpo mandando a dos ministros de justicia lo arrestasen, el que lo resistió dando dos heridas a uno con lo que pudo escaparse por el mucho concurso que había, de todo lo que dió parte a :m señoría el señor gobernador para que s e tomase la providencia de justicia que hub iere lugar, a que se procedió a su prisión. Pero estando el día de ayer el que expone en el balcón de su casa se le presentó el referido negro con aire de insulto, quitándole el sombrero y haciéndole un gran saludo y enterado el que representa de que habfa salido absuelto, lo hace presente a vuestra señoría ilustre
SAN JUAN
BAUTISTA DE PUERTO RICO
para que teniendo considerazión a La gravedad de su delito, desacato co-[f. .sov .] /metido en la persona del exponente y falta de respeto a un ministro público de los que componen este respetable cuerpo, lo representa vivamente en es te acuerdo para que enterado del hecho e igualmente de sus circunstancias y del poco aprecio con que ha sido mirada tamaña injuria que no puede decirse irrogada al diputado sin que trascienda a todo el cuerpo de quien es miembro, se sirva su señoría ilustre pasar oficio a su señoría e l señor gobernador y capitán general reclamando la más completa satisfacción de este agravio con el debido castigo a su autor [delito] y pidiendo se le juzgue con la mayor severidad y se le impongan las penas que el derecho tiene establecidas para iguales casos. Y enterados [f· 51 ]/ sus señorías de todo acordaron (habiéndo salido fuera el señor exponente) que por ahora inste y represente su causa en el tribunal de su señoría el señor gobernador y capitán general y la cumplida satisfacción que merece tamaña delincuencia, y el nuevo insulto cometido por el negro Antonio Trabieso, y en el caso de que no la logre el señor diputado ( que no se espera de la integridad de su señoría), tomará desde luego su señoría ilustre a su cargo la satisfacción completa conforme a lo expuesto.
Mandaron igualmente sus señorías que le paguen los seis pesos que pide el librero por encuadernar los dos libros que el señor teniente de gobernador y auditor de guerra dispuso se executase por la utilidad que tiene esta facción. [ f. 51 v·]/ Y no habiendo otra cosa que acordar se cerró este cabildo y lo firmaron sus señorías, de que do y fe.=Pover [rúbrica] =Martinez [rúbrica] =Davila [rúbrica ] =Pizarra [rúbrica]=Lacruz [rúbrica]=Ante mí=Ygnacio Herránz [rúbrica], esscribano público y de cabildo.
[1410]
[8 DE MAYO DE 1786.]
En la ciudad de San Juan de Puerto Rico, a ocho de mayo de mil setecientos ochenta y seis años se juntaron a cabildo ordinario en esta sala capitular los señores don Antonio de Córdova y don Joaquín Pover, alcaldes ordinarios, don Valentín Martínez, don Domingo Dávila y don Miguel Xiorro, rexidores, para tratar y [f. 52 ]/ conferir las cosas tocantes al pro y útil de la república, a que concu-
[ Se ac uerda pa gar al librero P,Or la encuadernación de dos libros.]
[ Se recibe un pliego del gobernador.]
[B 1 gobernador nombra una junta municipal p a r a asuntos de la intendencia y f i j a sus funciones.]
ACTAS DEL !CABILDO
rrió también el señor procurador general don Félix de la Cruz.
En este cabildo se recibió un pliego del señor gobernador y capitán general por medio del esscribano de gobierno y habiéndose abierto y leido, se mandó tomar razón del auto que comprende para que se entregue a los señores diputados conforme se previene, que lo son Valentín Martínez y don Tomás Pizarro, contestándose a su señoria por medio de oficio.
Y habiéndose conferenciado otras varias cosas y no habido qué acordar se concluyó este cabildo, que firmaron sus señorías, de que doy fee . =Cordova [rúbrica]= Pover [rúbrica] =Martinez [rúbrica] =Davila [rúbrica]= Xiorro [rúbrica]=Lacruz [rúbrica]=Ante mí=Nicolás Aguayo [rúbrica], esscribano real y teniente de público y cabildo. [ f. 52v·]/
[ANEXO UNICO.]
En la ciudad de San Juan de Puerto Rico, a los seis de mayo d e mil setecientos ochenta y seis años, el señor don Juan Dabán y Noguera, coronel de los reales exércitos, gobernador, intendente y capitán general de esta isla, dijo que siendo el ramo de propios uno de los que deja l a Real Instrucción de intendentes al privativo conocimiento de su señoria, encargándole la formación de un reglamento privativo y su puntual arreglo en todo, previo el examen de la concesión y origen de sus fondos, sus cargas temporales o perpetuas, sus faltas o sobras al fin del año y demás que prescribe el artículo veinte y cinco, estableciéndo se al fin y para la execución de todo la junta municipal que ordena el treinta, a cuyo cargo y con a bsoluta inhibición del ayuntamiento o cu erpo de ciudad, ha de correr 1a administración y manejo de estos efectos y cuanto conduzca a su mayor aumento, [ f. 53 ] / subasto de sus ventas y b eneficio público con las facultades, limitaciones y dependencia de su señoría que en los expresados artículos y otros por [extenso] se declara; por tanto y habiendo determinado su señoría cuanto se previene en esta parte por dicha Real Instrucción y deseoso de practicarlo por un orden metódico y sencillo que facilite cuantos conocimientos sean necesarios asegurando en ellos sus posteriores subsiguientes resoluciones, desde luego elige y establece la expresada junta municipal nombrando por vocales
SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO
de ella en uso de las facultades que corresponden a su señoría, a los rexidores don Tomás Pizarro y don Valentín Martínez, para que convocándose y juntándose en las casas de su presidente, el alcalde de primera elección, igualmente vocal semanariamente y a no exigir otra cosa La n ecesidad con presencia del procurador general, sin voto y sólo para [f· 53v·J/ que promueva lo que le parezca más util, y del escribano del ayuntamiento, que autorizen sus juntas, traten por ahora de examinar e indagar sobre todos y cada uno de los bienes y rentas pertenecientes a dicho ramo, recogiendo todos los documentos y papeles que acrediten su pertenencia, origen y concesión, ya estén disp ersos o ya en poder del mayordomo, o testimonio en caso de imposibilidad y del mismo modo todos los demás concernientes a dicho ramo, entendiéndose a este fin con el ayuntamiento o justicias a quienes corresponda, archivándolos previo su inventario en la conformidad que prescribe dicha Real Instrucción, dejando a dicho mayordomo sólo las notas o testimonios necesarios para el cobro y dando cuenta de haberlo así practicado en e l t érmino de veinte días y en el mismo remitiendo específica relación de todos y cada uno de los ramos [ f. 54 ] / de propios y arbitrios que goze esta ciudad, s u concesión y origen, cargas perpetuas o temporales que sufren de los gasto s precisos o extraordinarios, sobrantes o faltas al fin de cada año y de la existencia, custodia o cuentas de estos caudales para que en vista de todo puedan darse las d emás providencias que convengan y para que lo mandado tenga cumplido efecto, se pasará el correspondiente oficio con testimonio de esta providencia a dicho ayuntamie nto para su inteligencia y que tomada la razón lo entreguen a los vocales de La junta establecida para que en su virtud entren desde luego al uso y posesión de ella y sus respectivos empleos, juntándose según exijan las presentes circunstancias y comisionándose, como su señoría comisiona, para la primera de dichas juntas de este estab leci miento al señor su teniente, auditor de guerra. Y p or éste que su señoría proveyó con consulta de dicho [ f. 54v• ] / señor, así lo mandó y firmaron, de que doy fee. = Juan Dabán= Manuel Chiguero y Saabedra = Ante mi=Gregorio Sandoval, esscribano real y de gobierno. Concuerda con e l auto original de su contenido que queda por ahora en el oficio de mi cargo y para que tenga efecto lo prevenido, libro el presente que signo y firmo en Puerto Rico, fecha ut supra.
[Se acord~ qu e ,comparezca Andrés de Santana para resol ver conflictos de pre cios de la carne.]
ACTAS DEL 1CABILDO
En testimonio de verdad=Gregorio Sandoval, escribano real y de gobierno.
Corresponde con su original, a que me remito. Puerto Rico y mayo ocho de mil setecientos ochenta y seis.=Nicolás Aguayo [rúbrica] , esscribano real y teniente de público y cabildo.
[1411]
[17 DE MAYO DE 1786.]
En la ciudad de San Juan d e Puerto Rico a diez y siete de mayo de mil setezientos oc h enta y seis años, se juntaron a cabildo ordinario l os señores don Manuel Chiguero [f. ss ]¡ y Saabedra, teniente de gobernador y auditor d e guerra, don Antonio d e Córdova y don Joaquín Pover, alcaldes ordinarios y don Valentín Martínez y don Miguel Xiorro, rexidores, para tratar y conferir la s cosas tocantes a l pro y út il de la república.
A consecuencia de varias dudas que se han ofrecido so bre los precios señalados a las reses de matanza en la carnecería para el arrendador, y confusión que ofrece el arancel b axo del cual arrendó, examinado el asunto se acor dó compareciese en el inmediato cabildo el arrendatario Andrés de Santana a evacuar algunas dificult a d es que se ofrecen . Y no habiendo otra cosa que acordar, se cerró este cabildo y lo firmaron (f· ssv·] / sus señorías, de que doy fe.=Chiguero [ rúbrica] =Cordova [rúbrica] =Pover [rúb rica ] =Martinez [rúbrica] =Xiorro [ rúbrica]= Ante mí=Ygnacio Herrán z [rúbrica], esscribano público y de cabildo.
[1412]
[22 DE MAYO DE 1786.]
En la ciudad de San Juan de Puerto Ri co, a veinte y dos de mayo de mil setezientos ochenta y seis, se juntar on a cabildo ordinario los señores don Manuel Chiguero Saabedra, tenien te de gobernador y auditor de guerra, don Antonio de Córdova y don Joaquín Pover, alcaldes ordinarios, [f. 56 ] / don Valentín Martínez, d on Domingo D ávila, don Tomás Pizarro y don Miguel Xiorro, rexidores, para
SAN JUAN BAUTISTA DE PU~RTO RICO
tratar y conferir las cosas tocantes al pro y útil de la república. [Testado : y]
Y habiendo compar ecido Andrés de Santa [sic], arrendador de la matanza de carne y conducción a la carnecería para oirle sobre varios puntos y dificultades que quedaron pendientes en el ant erior cabildo expecialmente la que producía el arancel de sus derechos en el que expresándose para el valor que había de pagar cada res las arrobas de carne y sebo que debía tener, había muchas que excediendo en carne o sebo , ofrecían algunas contiendas, [ f. 56•·]/ con reflexción a todo y a lo informado por el señor diputado sobre fiel, don Miguel Xiorro, y en declarazión de dicho arancel, acordó este ayuntamiento que toda res que tenga diez arrobas de carne haya de pagar tres reales y uno de cargadura, tenga la una arroba de sebo más o menos y así de todas las demás, de manera que por cada diez arrobas de carne haya de pagar el expresado derecho, conténgase en muchas o pocas reses, o muchas arrobas [ en una], é sto en el concepto de que cada diez arrobas es una res o se regula por tal, y de que el arrendatario queda obligado a desebarla y cumplir lo demás de su contrata, y mandaron sus señorías se notorie así fixándose en la [f 57 ] / carnecería el citado precio para que conste. Y no habiendo otra cosa que acordar se cerró este cabildo y lo firmaron sus señorías, de que doy fe. = Chiguero [rúbrica] = Cordova [rúbrica] = Pover [rúbrica] = Martinez [rúbrica] = Davila [rúbrica] = Pizarro [rúbrica] = Ante mí = Ygnacio Herránz [rúbrica] , esscribano público y de cabildo.
[1413]
[29 DE MAYO DE 1786.]
En la ciudad de San Juan de Puerto Rico, a veinte y nueve de mayo de mil setecientos ochenta y seis años, se juntaron a cabildo en esta sala capitular los señores don Manuel Chiguero y Saabedra, abogado (f· 57•·] / de la real chansillería de Granada, teniente de gobernador y auditor de guerra, don Antonio de Córdova y don Joaquín Pover, alcaldes ordinarios, don José Dávila, don Valentín Martínez, don Domingo Dávila y don Tomás Pizarro, rexidores, para tratar y conferir las cosas tocantes al pro y útil de la república, a que concurrió también el señor
4. A. C.
43 [ Se regula el pre• cio de la carne según el arancel en• mendado.]
[Se acuerda la visita de las tiend as para la regulación de precios razonables.]
ACTAS DEL CABILDO
procurador general don Félix de l a Cruz, en este estado compareció el señor rexidor don Miguel Xiorro.
En este cabildo se trató de la visita de tiendas para el reconocimiento de la calidad de los comestibles , moderación de sus precios, examen de pesas y medidas y demás que le es anexo en conformidad de las l eyes y particulares ordenanzas del asunto y para que se verifique acordó la ciudad nombrar por diputados de ella a los señores don Valentín Martínez y don Tomás Pizarra, para que juntos o cada uno de por sí pro-[ f· 58 ]/cedan inmediatamente a su práctica [y pués] que los pulperos y revendones están viviendo (según informe) con el mayor desorden sin hacer manifestación de los efectos que compran para ponerles precio y evitar los excecivos a que están vendiendo en perjuicio del público y contravención de las leyes que prescriben, se les haya de señalar el que corresponda al principal y una moderada ganancia por la justici a Y teniendo presente asímismo que dichos pulperos y revendones pueden hallarse sin las correspondientes licencias para defraudar los reales derechos, sobre cuyo particular previno el señor gobernador y capitán general al señor teniente de gobernador y auditor de guerra se indagase en la expresada visita, acordó asímismo la ciudad fuese extensiva a ello la comisión conferida a d ichos señores rexidores y a que se inti-[f· 58•·]/rnase a todos y cada uno de los pulpe ros y revendones que en el preciso término de tercero día presentasen relación jurada de los víveres y efectos comestibles sean o no ultramarinos que haya en sus tiendas con los precios a que los hubiesen comprado y el que en la actualidad estuviesen vendiendo y que en lo sucesivo procedan a la venta de [Testado: esta] ningunos de los efectos que comprasen sin que preceda igual manifestació n jurada a las justicias o diputado sobre fiel para la postura de su precio, apercibidos para en caso de contravención a todo o parte de lo mandado con que se les exigirá la multa que hubiese lugar y corresponda a su inobediencia y gravedad del caso y que en e l de reincidencia se tomarán otras más serias providencias, [ f. 59] / todo lo cual se participará a su señoría, dicho señor intendente gobernador por medio de los señores comisionados, con testimonio para su inteligencia y que, teniéndolo a bien dicho señor, se proceda a su execución. Con lo que no habiendo otra cosa que acordar, aunque se conferenciaron varias, se concluyó este cabildo, que firmaron s us señorías , de que doy fee . = Chiguero [rúbrica ] = Cordo-
SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO
va [rúbrica] = Pover [rúbrica] = Davila [rúbrica] = Martinez [rúbrica] = Davila [rúbrica] = Pizarra [rúbrica] = Xiorro [rúbrica] = Lacruz [rúbrica] = Ante mí = Nicolás Aguayo [rúbrica], esscribano real y teniente de público y cabildo. [ f. 59v- J/ [1414]
[12 DE JUNIO DE 1786.J
En la ciudad de San Juan de Puerto Ri co, a doce de junio de mil setezientos ochenta y seis años, se juntaron a cabildo ordinario los señores don Antonio de Córdova y don Joaquín Pove r, alcaldes ordinarios, don Valentín Martínez, don Domingo Dávila, y don Tomás Pizarro, rexidores, para tratar y conferir las cosas tocantes al pro y útil de la república.
Se trató sobre que siendo de la regalía del señor rexidor don Bernardino de Aponte sacar el pendón el día de San Juan, a la hora de ésta se ignora si lo ha de executar por causa de sus aci dentes que padece u otras causas que le puedan ocurrir y se acordó que * se l e trate este asunto por el señor alcalde don Antonio de Córdova y avise de sus [ f. 60]/ resultas con respuesta categórica . Y por no haber otra cosa que acordar se cerró este cabildo y lo .firmaron sus señorías, de que doy fe. = Cordova [rúbrica] = Pover [rúbrica] = Martinez [rúb rica ] = Davila [rúbrica] = Pizarra [rúbrica] = Ante mí = Ygnacio Herránz [rúbrica], esscribano público y de cabildo.
[1415] [19 DE JUNIO DE 1786.J
En la ciudad de San Juan de Puerto Rico, a diez y nue ve de junio de mil setecientos ochenta y seis años, se juntaron a cabildo ordinario los señores don Antonio de Córdova y don Joaquín Pover, alcaldes ordinarios, don Bernardino d e Aponte, don Valentín Martínez, don Domingo Dávila y don Miguel Xiorro, rexidores, para tratar y conferir las cosas tocantes al pro y útil de la república,
* Entre líneas: y se acordó que.
[Se acuerda investigar si don Bernardino de Aponte podrá sacar el pendón de San Juan.]
[Se levanta la sesión p or no haber asuntos qu e tra• tar ]
[Se levanta la sesión por no hab e r asuntos que tratar.]
ACTAS DEL .CABILDO
a que (f. 60v- J/ concurrió el señor procurador general don Félix de la Cruz y no asistió el señor rexidor don José Dávila por haber avisado se halla enfermo de un pie.
Y no habiendo cosa que conferenciar, aunque se trataron varias, se cerró este cabildo y lo firmaron sus señorías, d e que doy fe. = Cordova [rúbrica] = Pover [rúbrica] = Aponte [rúbrica] = Martin ez [rúbrica] = Davila [rúbrica] = Xiorro [rúbrica] = Lacruz [rúbrica] = Ante mí = Y gn acio Herrán z [rúbrica], esscribano público y de cabildo. [ f. 61 ] /
[1416]
[26 DE JUNIO DE 1786.]
En la ciudad de San Juan de Puerto Rico, a veinte y seis años, [sic] se juntaron a cabildo ordinario en esta sala capitular los señores don Antonio de Córdova y don Joaquín Pover, alcaldes ordinarios, don Bernardino Aponte, don Valentín Martínez, don Domingo Dávila,* don Tomás Pizarro y don Miguel Xiorro, rexidores rexidores [sic], para tratar y conferir las cosas tocantes al pro y útil de la república, a que concurrió el señor procurador general don Félix de la Cruz.
Con lo que, y aunque se conferenciaron varias cosas tocantes al pro y útil de la república, no hubo qué acordar, en cuya virtud se concluyó este cabildo, que firmaron sus señorías , de que doy fee. = Cordova [rúbrica] = Pover [rúbrica ] = Aponte [rúbrica] = Martinez [rúbrica] = Davila [rúbrica] = Pizarro [rúbrica] = Xiorro [rúbrica] = Lacruz [rúbrica] = Ante mí = Nicolás Aguayo [rúbrica], esscribano real y teniente de público. [t. 6tv·J/
[1417]
[27 DE JUNIO DE 1786.]
En la ciudad de San Juan de Puerto Rico, a veinte y siete de junio de mil setecientos ochenta y seis años, se juntaron a cabildo extraordinario en esta sala capitular de orden de su señoría el señor gobernador, intendente
* Entre líneas: don Valentín Martínez, don Domingo Dávila.
SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO
y capitán general, a instancia del señor fiscal de la real audiencia del distrito, don Julián Díaz de Sarabia, comisionado por Real Cé dula para la data de tie rras, los señores don Antonio de Córdova y don Joaquín Pover, alcaldes ordinarios, don Bernardino de Aponte, don Valentín Martínez, don Domingo Dávila, don Tomá s Pizarro y don Miguel Xiorro, rexidores, a que concurrió t a mbién el señor procurador genera l don Félix de la Cruz. En cuyo estado, previo el correspondiente permiso, entró en dicho ayuntamiento el esscribano real y de comisió n, don Martín de Muese s y exhibió una Real Cédula en que se nombra de comisionado por Su Majestad para la expresada data de tierras a dicho señor don Julián Díaz de Sarabia en la [ f. 62 ]/ conformidad ordenada en otra Real Cédula de 14 de enero de 78, las que vistas con el auto a su consecuencia proveído para su cumplimiento y en solicitud de varias diligencias conducentes al éxito de la expresada comisión dijeron sus señorías obedecían y obedecieron las nominadas Reales Cédulas con el respeto y acatamiento debido. Y para su cumplimiento y de lo dem á s que contiene el auto del señor reguirente [sic] a fin de poderlo practicar con el acierto que corresponde previas las noticias que deben tomarse con asistencia del señor teniente de gobernador, excusado en el día por otras justas ocupaciones, acordaron se defiriese su respectiva providencia para el día de mañana convocándose nuevamente y dando cuenta al señor gobernador, intendente y [ f 62v- ]/ capitán general y lo firmaron sus señorías, de que doy fee. = Cordova [rúbrica] = Pover [rúbrica] = Aponte [rúbrica] = Martinez [rúbrica] = Davila [rúbrica] = Pizarra [rúbrica] = Xiorro [rúbrica] = Lacru z [rúbrica] = Ante mí = Nicolás Aguayo [rúbrica], esscribano real y teniente de público y cabildo.
[1418]
[28 DE JUNIO DE 1786 ]
En la ciudad de San Juan de Puerto Rico, a veinte y ocho de junio de mil setecientos ochenta y seis años, para continuar el cabildo extraordinario principiado en el día de ayer concurrieron a esta sala capitular (previa citación y permiso de su señoría el señor gobernador, intendente y capitán general) los señores don Manuel Chiguero y
[ Se recibe Real Cédula nom bra n do a don Ju lián Día,: d e Sarabia como co misionad o para la dat a de tierr a s.]
[Se nombran comisionados para el r eparto d e tierra s y s e informa sobre las me didas d e t ierras e n la isla ]
ACTAS DEL lCABILDO
Saabedra, (f· 63 ] abogado de la real chansillería de Granada, teniente de gobernador y auditor de guerra, don Antonio de Córdova y don Joaquín Pover, alcaldes ordinarios, don Bernardino Aponte, don Valentín Martínez, don Domingo Dávila, don Tomás Pizarro y don Miguel Xiorro, rexidores, a que concurrió también el señor procurador general, don Félix de la Cruz.
Y con presencia de la Real Cédula de diez de octubre del año próximo pasado en que Su Majestad se sirve comisionar para el reparto de terrenos prevenida en otra de catorce de enero de setecientos setenta y ocho, al señor don Julián Díaz de Sarabia, fiscal de la Real Audiencia de Santo Domingo, el auto providenciado por dicho señor y sus respectivas solicitudes y de lo acordado en el anterior cabildo, dijeron que a consecuencia del obedecimiento que tiene prestado de la expresada Real Cédula y para su puntual cumplimiento y de lo que se pretende por el citado señor comisionado, se había y hubo por [f. 63 v·]/ citado este ayuntamiento para el nominado reparto general, inspección y vista ocular de terrenos, nombrando como nombraban por sus comisionados particulares al intento y demás que sea necesario al cumplimiento de lo ordenado por Su Majestad, a los señores don Tomás Pizarro y don Félix de la Cruz, el primero rexidor y el segundo procurador general para la pública representación que les corresponde, entendiéndose a ambos dichos señores, juntos o cada uno de por sí, ésto con respecto a lo dilatado de esta comisión, a otras sus obligaciones y a los particulares motivos de enfermedad que asisten a dicho señor procurador general, entre el hallarse incluido en otros públicos negocios no de menor atención, quien en caso de solicitar su formal separación usará de su derecho como le convenga, sin admitirse por ahora su excusa. - Que en cuanto a la razón que se pide de las medidas de tierras que se a costumbran y han acostumbrado en esta [ f 64 ]/ Isla, se informa a dicho señor que la que de inmemorial tiempo se ha usado en ella siempre se ha denominado y regulado por caballería, la que se compone de un terreno d e diez cuerdas de frente y veinte de fondo , que cada cuerda consta de setenta y cinco varas castellanas, de cuya multiplicación o cuadratura resulta su superficie o área,* que el hato se compone de una legua y ésta de cien cuerdas, cada una d e setenta y cinco varas castellanas, en-
* Entre líneas y testado: de 200 cuerdas.
SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO
tendiéndose la legua del hato y sus cien cuerdas tanto por el frente como por el fondo, de lo que viene a resultar igualmente su seperficie [sic] o área. Bajo cuyo respecto se propuso a Su Majestad el impuesto de real y cuartillo por cada cuerda de las diez de frente en las tierras de estancia y tres cuartillos en las de hato que componen dicha caballería, según consta en varios acuerdos de este ayuntamiento que se tuvieron presentes en la [f. 64• ]/ junta general celebrada a este efecto y en los mismos términos se sirvió Su Majestad admitirle y mandar se pusiese en execución por Real Orden de 12 de junio de 75, que debe existir en el archivo de gobierno. En cuyo cumplimiento el señor gobernador que entonces era, don Miguel de Muesas, libró las órdenes circulares a los tenientes a guerra de toda la isla con formulario para la exacción, cobranza y entero de su producto en las reales cajas, como desde entonces se ha pagado y deberá constar en los Reales Oficios de contaduría a cuyos documentos se remite este cabildo, debiendo advertir que en la extensión del hato está por lo regular y se contiene su criadero.
Que en cuanto a la [Testado : territorio y] jurisdicción de esta ciudad es su extensión hasta confinar con la de la Villa de San Germán ; por la parte del norte la boca del Río de Camuy y por la del sur la del Río de Jacagua. Que en cuanto a territorio particular no tiene otro dicha ciudad que el [f· 65 ]/ de su recinto hasta confinar con el mar y el exido que corre desde la Puerta de Santiago hasta el puente de San Antonio , de todo lo cual se informará al señor requiriente con testimonio de este acuerdo, que pondrá en sus manos con el expediente original el presente esscribano, previas las urbanidades de estilo. Con lo que se concluyó este cabildo, que firmaron sus señorías, de que doy fee. = Chiguero [rúbrica] = Cordova [rúbrica] = Pover [rúbrica] = Aponte [rúbrica] = Martinez [rúbrica] = Davila [rúbrica] = Pizarra [rúbrica] = Xiorro [rúbrica] = Lacruz [rúbrica] = Ante mí = Nicolás Aguayo [rúbrica], esscribano real y teniente de público y cabildo [f· 65•·] /
( Por enfermedad de d o n Félix de la Cruz se n ombr a a don Pablo de Córdo,·a como diputado para el reparto de ti erras.]
ACTAS DEL CABILDO [1419]
[3 DE JULIO DE 1786.]
En la ciudad de San Juan de Puerto Rico, a tres de julio de mil setezientos ochenta y seis años, se juntaron a cabildo ordinario los señores don Antonio de Córdova y don Joaquín Pover, alcaldes ordinarios, don Bernardino de Aponte, don Valentín Martínez, don Domingo Dávila, don Tomás Pizarro y don Miguel Xiorro, rexidores, para tratar y conferir las cosas tocantes al pro y útil de la república, a que concurrió el señor procurador general don Félix de la Cruz.
El señor fis cal, juez de comisión para la data, medida y deslinde de las tierras en que se está entendiendo, mandó* pasar este cabildo una representazión que le hizo el señor procurador general acompañada de una certif icación de los médicos [ f. 66 ] / del real hospital don Jos é Sabater y don Tomá s Prieto, en que consta la imposibilidad, por sus accidentes, de desempeñar el encargo en que está nombrado como procurador síndico personero para acompañar al citado señor juez comisionado, pidiéndo que se le redima de este encargo, y visto todo con la madurez correspondiente, acordaron sus señorías que atentas las justas causas que representa el expresado señor procurador general, comprobadas con la certificación presentada, que le declaraban y de clararon por imposibilitado de pasar a la dicha comisión y en su lugar por el corto número de individuos en este ayuntamiento** su lugar subrogaron sus s eñorías este nombramiento en don Pablo de Córdova y mandaron se le haga saber para su aceptazión y juramento que se comete al señor alcalde don Joaquín Pover ** * y se disponga para el día viernes siete [ f. 66v· ] / del corriente que advierte el señor fiscal marcha a evacuar su real comisión, autorizado este nombramiento en bastante forma y que al pie de aquel expediente se ponga testimonio de este acuerdo y se devuelva**** y todo se participe con el nombramiento del señor rexidor don Tomás Pizarro al señor gobernador y capitán general por
* Entre lineas: mandó.
** Entre lineas: por el corto número de individuos en este ayuntamiento
* ** Entre line as: y jurame nto que se come te al señor alcalde don Joaquín Pover.
**** Entre lineas : y s e devuelva
SAN JUAN
BAUTISTA DE PUERTO RICO
mí, el esscribano. Y no habiendo otra cosa que acordar se cerró este cabildo y lo firmaron sus señorías, de que doy fe. = Cordova [rúbrica] = Pover [rúbrica] = Aponte [rúbrica] = Martinez [rúbrica] = Davila [rúbrica] = Pizarro [rúbrica] = Xiorro [rúbrica] = Lacruz [rúbrica] = Ante mí = Ygnacio Herrán z [rúbrica]. esscribano público y de cabildo. [ f. 67 ] /
[1420]
[4 DE JULIO DE 1786.]
En Puerto Rico, a cuatro de julio de mil setezientos ochenta y seis años, habiendo comparecido en esta sala de* ayuntamiento don Pablo de Córdova, se le hizo saber el nombramiento prevenido en el acuerdo de ayer y lo aceptó, y en manos del señor alcalde ordinario don Joaquín Pover hizo el juramento en forma, por Dios Nuestro Señor y una señal de cruz, según derecho, de proceder fiel y legalmente lo que a su encargo le corresponde, y lo firmó con dicho señor alcalde, de que doy fe . = Pover [rúbrica] = Pablo de Cordoba [rúbrica] = Ante mí = Ygnacio Herrán z [rúbrica]. esscribano público y de cabildo. [f· 67v ]/
[1421]
[10 DE JULIO DE 1786.]
En la ciudad de San Juan de Puerto Rico, a diez de julio de mil setezientos ochenta y seis años, se juntaron a cabildo ordinario los señores don Antonio de Córdova y don Joaquín Pover, alcaldes ordinarios, don José Dávila, don Valentín Martínez, don Domingo Dávila y don Miguel Xiorro, rexidores, para tratar y conferir las cosas tocantes al pro y útil de la república, a que concurrió el señor procurador general don Félix de la Cruz.
El señor procurador general expuso que tiene varias ciertas noticias que Su Majestad (Dios le guarde) ha derramado sus reales gracias en la isla de Santo Domingo para fomento y ventajas de aquellos naturales en razón de intro-[f. 68 ] /ducir negros para los trabaxos y otros utenci-
* Entre líneas: sala de.
[Se recibe juramento de don Pablo de COrdova como comision a do de l cabildo en e l reparto de tierras.]
[ S e acuerda solicitar testimonio de pet ición hecha por el cabildo de Santo Domingo y gracia s concedidas p o r el Rey para el fomento de aquella isla. ]
[El cabildo discu te vario s a s un tos. ]
ACTAS DEL !CABILDO
lios precisos para el citado fomento, todo merecido a la representazión de aquel cabildo que ansiosos de este poderoso fin lo representaron*. Y que con atención a ello era y es mui debido que igualmente este ayuntamiento ocurra a Su Majestad para la misma gracia por estar en la misma situación esta isla, y oida por sus señorías, acordaron que el señor rexidor don Valentín Martínez se haga cargo de escribir a su correspondiente en Santo Domingo, don Antonio Mañón, para que instruido de todo, como capitular, solicite un testimonio de la citada representación hecha por la ciudad y de la real gracia expedida sobre este asunto , con los demás documentos concernientes a él para en su vista [f. 68v·]/ disponer lo que se d eba executar. Y no habiendo otra cosa que acordar, lo firmaron sus señorías y se cerró este cabildo, de que doy fe . = Cordova [rúbrica] = Pover [rúbrica] = Davila [rúbrica] = Martinez [rúbrica] = Davila [rúbrica] = Xiorro [rúbrica] = Lacruz [rúbrica] = Ante mí = Ygnacio Herránz [rúbrica], esscribano público y de cabildo.
[1422]
[17 DE JULIO DE 1786.]
En la ciudad de San Juan de Puerto Rico, a diez y siete de julio de mil setecientos ochenta y seis años, se juntaron a cabildo ordinario en esta sala capitular los señores don Antonio de Córdova, alcalde ordinario, don Valentín Mar-[f· 69 ]/tínez y don Domingo Dávila, rexidores, para tratar y conferir las cosas tocantes al pro y útil de la república, a que no concurrieron los demás señores por hallarse algunos de ellos enfermos, con lo que, y habiéndose conferenciado varias cosas tocantes al mismo pro y útil de la república, se concluyó este calbido, que firmaron sus señorías, de que doy fee. = Cordova [rúbrica] = Martinez [rúbrica] = Davila [rúbrica] = Ante mí = Nicolás Aguayo [rúbrica], esscribano real y teniente de público y cabildo.
* Entre líneas: lo representaron.
[24 DE JULIO DE 1786.]
En la ciudad de San Juan de Puerto Rico, a veinte y cuatro de julio de mil setecientos ochenta y seis años, se juntaron a cabildo ordinario en esta sala [f. 69v-]/ capitular los señores don Antonio de Córdova, alcalde ordinario, don José Dávila, don Valentín Martínez, don Domingo Dávila y don Miguel Xiorro, rexidores, para tratar y conferir las cosas tocantes al pro y útil de la república.
El señor gobernador y capitán general remitió a este cabildo noticia de haber concedido a José Morales para que conduzga del partido de Toa Vaxa al de Faxardo tres vacas paridas, y mandaron sus señorías se ponga con los d emás del asunto.
El comisionario de este cabildo, procurador general subrogado don Pablo de Córdova, escribió su llegada a Jumacao* ofreciéndose con todo rendimiento a la disposición de sus señorías y mandaron se le contexte por el señor don Valentín Martínez, a cuio efecto se le entregó la carta. Y no habiendo otra cosa que acordar se [ f. 70] / cerró este cabildo y lo firmaron sus señorías de que doy fe. = Cordova [rúbrica] = Davila [rúbrica] = Martinez [rúbrica ] = Davila [rúbrica] = Xiorro [rúbrica] = Ante mí = Y gnacio H erránz [rúbrica], esscribano público y de cabildo.
f1424]
[31 DE JULIO DE 1786.]
En la ciudad de San Juan de Puerto Rico, a treinta y uno de julio de mil setezientos ochenta y seis años, se juntaron a cabildo ordinario los señores don Antonio de Córdova y don Joaquín Pover, alcaldes ordinarios, don Valentín Martínez y don Domingo Dávila, rexidores, para tratar [f. 70v•]/ y conferir las cosas tocantes a l pro y útil de 1a república.
Se recibió una carta remitida por el señor gobernador y capitán general a este ayuntamiento en que concede su señoría que don Fabián Rodríguez, de Cavo Roxo , se emigre al partido de l a Villa, llevando consigo seis vacas, dos
* Entre líneas: a Jumacao.
[E l gobernador autoriza el traslado de reses al Partido de Fajardo.]
[Don Pablo de Córdova informa haber llegado a Humacao.]
[El gobernador informa el traslado de don Fabián Rodríguez y reses de s u -¡:,ropiedad a 1 Partido de San Germán.]
[ Se r ecibe Real Ord en autorizando la firma del Ma rq ués de Sonora en var i o s documen ros rea les.]
ACTAS DEL /CABILDO
novillas, dos becerras, dos bezerros y dos bueyes, para la competente anotación en este cabildo, lo que así se executó y se acomuló donde toca.
Y no habiendo otra cosa que acordar se cerró este cabildo y lo firmaron sus señorías, de que doy fe. = Cordova [rúbrica] = Pover [rúbrica] = Martinez [rúbrica] = Davila [rúbrica] = Ante mí = Ygnacio Herránz [rúbrica] , esscribano público y de cabildo. [ 1 • 71 ]/
[1425]
[7 DE AGOSTO DE 1786.]
En la ciudad de San Juan de Puerto Rico, a siete de agosto de mil setezientos ochenta y seis años, se juntaron a cabildo ordinario los señores don Antonio de Córdova y don Joaquín Pover, alcaldes ordinarios, don Valentín Martínez, don Domingo Dávila y don Miguel Xiorro, rexidores, para tratar y conferir las cosas tocantes al pro y útil de la república. No asistieron don Bernardino de Aponte y don José Dávila por hallarse enfermos.
Se recibió un pliego remitido a este ayuntamiento por el señor gobernador y capitán general que incluie Real Orden en la cual concede Su Majestad al excelentísimo señor Marqué s de Sonora la facultad de firmar con estampilla todas las órdenes a visa, Cédulas Reales, patentes y despachos poniendo firma entera en todos ellos y sólo media en las órdenes y demás [ 1 • 71v·]/ cosas de oficio para estas Indias, sus Islas adyacentes y Filipinas, para inteligencia de este ayuntamiento. A lo que se contextó con igual oficio y se mandaron archivar ocho exemplares que se remitieron con dicho oficio. Y no habiendo otra cosa que acordar, se cerró este cabildo y lo firmaron sus señorías, de que doy fe. = Cordova [rúbrica] = Pover [rúbrica] = Martinez [rúbrica] = Davila [rúbrica] = Xiorro [rúbrica] = Ante mí = Ygnacio Herránz [rúbrica], esscribano público y de cabildo.
[1426]
[14 DE AGOSTO DE 1786.]
En la ciudad de San Juan de Puerto [f· 72]/ Rico, a catorce de agosto de mil setezientos ochenta y seis años, se
SAN JUAN
BAUTISTA DE PUERTO RICO
juntaron a cabildo ordinario don Antonio de Córdova y don Joaquín Pover, alcaldes ordinarios, don Valentín Martínez, don Domingo Dávila y don José Dávila, rexidores, para tratar y conferir las cosas tocantes al pro y útil d e la república.
S e trataron varias cosas y no s e resolvió cosa alguna y lo firmaron, de que doy fe. = Cordo v a [rúbrica] = Po v er [rúbrica] = Davila [rúbrica] = Martin ez [rúbrica] = Dav ila [rúbrica] = Ante mí = Ygnacio Herrán z [rúbrica], esscribano público y de cabildo. [f . 72•·]
[1427]
[21 DE AGOSTO DE 1786.]
En la ciudad de San Juan de Puerto Rico, a veinte y uno d e agosto de mil setezientos ochenta y seis años, se juntaron a cabildo ordinario los señores don Antonio de Córdova y don Joaquín Pover, alcaldes ordinarios, don Valentín Martínez, don Domingo Dávila y don Miguel Xiorro, rexidores, para tratar y conferir las cosas tocantes al pro y útil de la república a que concurrió el señor procurador general don Félix de la Cruz.
Se presentó don Juan Dávila representando que el arrendador de Palo Seco, Pedro Aguilar, le había dejado en el descubierto de mil setezientos y más pesos como fiador que fue de su arrendamiento en el trienio pasado y que estando executado por ellos se le siguen gravísimos quebrantos, por lo que suplicaba se le admitiese por censuatario de ellos, que está pronto [f · 73]/ a otorgar la correspondiente escritura con fiadores abonados, a que se decretó se le pasase vista al señor procurador general. Y no habiendo otra cosa que acordar se cerró este cabildo y lo firmaron sus señorías, de que doy fe . = Cordova [rúbrica] = Pover [rúbrica] = Martinez [rúbrica] = Davila [rúbrica] = Xiorro [rúbrica] = Lacruz [rúbrica] = Ante mí = Ygnacio Herránz [rúbrica], esscribano público y de cabildo. [f· 73•·]/
[142 8 ]
[29 DE AGOSTO DE 1786.]
En la ciudad de San Juan de Puerto Rico, a veinte y nueve de agosto de mil setezientos ochenta y seis años, se
[El cabildo discute varios asuntos. ]
[Don J uan Dávila solicita se le admita a censo por cantidad adeudada.]
[ Se acepta la petición de don Juan Dávila admitiéndole a censo la cantidad de 1,700 pesos.]
[Don Cayetano de Matos pide cierto< documento s en su nombre y el de otros propietarios. J
ACTAS DEL /CABILDO
juntaron a cabildo ordinario los señores don Antonio de Córdova y don Joaquín Pover, alcaldes ordinarios, don Valentín Martínez, don Domingo Dávila y don Miguel Xiorro, rexidores, para tratar y conferir las cosas tocantes al pro y útil de la república, a que concurrió el señor procurador general don Félix de la Cruz.
Respondió el señor procurador general a la instancia de don Juan Dávila y en atención a las razones que expresa y a la utilidad que resulta a los propios y rentas de esta ciudad, se le concedió el que lleve a censo y tributo los 1700 pesos, entregando el pico al mayordomo [f. 74 ]/ y otorgando la escritura censual correspondiente con fiadores abonados y de arraigo, lo que se le haga saber, y al citado mayordomo. Y no habiendo otra cosa que acordar, se cerró este cabildo, que firmaron sus señorías, de que doy fe. = Cordova [rúbrica] = Pover [rúbrica] = Martine z [rúbrica] = Davila [rúbrica] = Xiorro [rúbrica] = Lacruz [rúbrica] = Ante mí = Ygnacio Herránz [rúbrica] , esscribano público y de cabildo.
[1429]
[ 4 DE SEPTIEMBRE DE 1786.]
En la ciudad de San Juan de Puerto Rico, a cuatro de septiembre de mil setezientos ochenta y seis años, se juntaron a cabildo ordinario los señores don Antonio de (f· 74v•]/ Córdova y don Joaquín Pover* alcaldes ordinarios, don Valentín Martínez, don Domingo Dávila y don Miguel Xiorro, rexidores, para tratar y conferir las cosas tocantes al pro y útil de la república, a que concurrió el señor procurador general.
Don Cayetano de Matos se presentó por sí y por los dueños de los batos de Antón Ruiz, Pe ña Pobre, Cayures, y Santiago, pidiendo certificación de ciertos documentos a mí, el esscribano, para el uso de sus derechos, y no habiendo presentado poder de los comuneros, se le mandó que verificándolo se proveerá.
[ Se recibe copia de la Real Cédula de gracia co ncedida a Santo Domingo y se enea rga a don Valentin Martínez red actar la representación que se h ará a l Rey.]
En virtud de la comisión que se le dió al señor rexidor don Valentín Martínez para que solicitase un testimonio de la represen-[f· 75]/tazión que hizo la ciudad de Santo Domingo a Su Majestad pidiendo las gracias con-
* Entre líneas: y don Joaquín Pover
SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO
cedidas a aquellos naturales y Real Cédula de la concesión, exhibió en este cabildo una copia simple de la citada Real Gracia y no de la representazión hecha por la ciudad, por responderle el sujeto a quien se encargó que se ha traspapelado en el gobierno, y se acordó que el mismo señor rexidor don Vale ntín Martínez se encargue de formar un extracto de la representazión que ha de pasar a Su Majestad. Y no habiendo otra cosa que acordar, se cerró este cabildo y lo firmaron sus señorías, de que doy fe. = Cordova [rúbrica] = Pover [rúbrica] = Martin e z [rúbrica] = Davila [rúbrica] = Xiorro [rúbrica] = Lacruz [rúbrica] = Ante mí = Ygnacio Herránz [rúbrica], esscribano público y de cabildo. (f· 75 v. J/
[1430]
[11 DE SEPTIEMBRE DE 1786.]
En la ciudad de San Juan de Puerto Rico, a once de septiembre de mil setecientos ochenta y seis años, se juntaron a cabildo ordinario en esta sala capitular los señores don Joaquín Pove r, alcalde ordinario, don José D á vila, don Valentín Martínez, don Domingo Dávila, y don Miguel Xiorro, rexidores, para tratar y conferir las cosas tocantes al pro y útil de la r e pública, a que concurrió tambié n el señor procurador general don Félix de la Cruz y no lo hizo el señor alcalde ordinario don Antonio de Córdova, por hallarse indispuesto. Se presentó el rever e ndo padre fray Francisco de P eña solicitando informe sobre su conducta y se mandó pasar al señor procu rad or general. Se presentó asímismo el contador judicial don Manuel d e Acosta solicitando copia de su título y se le mandó ocurrir al tribunal que corresponde.
También se presentó el alcaide de esta real caree! solicitando se mandasen construir sambuyos y componer una cerradura y se le mandó ocurrir [ f. 76 ]/ a la junta municipal. Con lo que, y por no haber otra cosa que acordar, aunque se conferenciaron varias, s e concluyó este cabildo, que firmaron sus señorías, de que doy fee. = Pover [rúbrica] = Davila [rúbrica] = Martinez [rúbrica] = Davila [rúbrica] = Xiorro [rúbrica] = Lacruz [rúbrica] = Ante mí = Nicolás Aguayo [rúbrica], esscribano real y teniente de público y cabildo.
[Fray Francisco d e Peña pide informe sobre su conducta.]
[El contador d o n Manuel de Acosta solicita copia d e su tit ulo.]
[E l alcaide solicita mejoras en la cárcel. ]
[ Se contes t a a la petición d e fra y F rancisco de la Concepción Peña. ]
fSe adm ite a Car• os Carnl al empleo de alguacil y ma cero.]
ACTAS DEL 'CABILDO [1431]
[18 DE SEPTIEMBRE DE 1786.]
En la ciudad de San Juan de Puerto Rico, a diez y ocho de s eptiembre de mil setecientos ochenta y seis años, se juntaron a cabildo en esta sala capitular los señores don Antonio de Córdova y don Joaquín Pover, alcaldes ordinarios, don Va-(f· 76v·] / lentín Martínez, don Domingo Dávila y don Miguel Xiorro, rexidores, para tratar y conferir las cosas tocantes al pro y útil de la república.
En este cabildo, habiendo contestado el señor procurador general a la vista que se le dió del informe que ha solicitado en este cabildo el reverendo padre fray Francisco de la Concepción Peña s e le dió el que se tuvo por conveniente, con lo que, y no habiendo otra cosa que acordar, aunque se conferenciaron varias, se concluyó este cabildo, que firmaron sus señorías, de que doy fee. = Cordova [rúbrica] = Pove r [rúbrica] = Martinez [rúbrica] = Davila [rúbrica] = X i orro [rúbrica] = Ante mí = Ni c olás A g uay o [rúbrica], esscribano real y teniente de público y cabildo .
[1432]
[25 DE SEPTIEMBRE DE 1786.]
En la ciudad de San Juan de Puerto (f. 77 ]/ Rico, a veinte y zinco de septiembre de mil setezientos ochenta y seis años, se juntaron a cabildo ordinario los señores don Manuel Chiguero Saabedra, teniente de gobernador y auditor de guerra, don Antonio de Córdova y don Joaquín Pover, alcaldes ordinarios, y don Domingo Dávila, rexidor, para tratar y conferir las cosas tocantes al pro y útil d e la república, a que concurrió el señor procurador general don Félix de la Cruz.
Habiendo informado el s eñor don Domingo Dávila sobre la conducta y circunstancias de Carlos Carní, que solicita el empleo de alguacil y macero, se le admitió y mandó que para la correspondiente aprobazión y abono de su sueldo desde el día de la posesión se participe al señor gobernador, intendente y capitán general [f 77v•]/ por medio de mí, el presente esscribano.
SAN JUAN
BAUTISTA DE PUERTO RICO
En este cabildo 5e hizo presente por el caballero procurador general haber así en el hospital como dispersos en el pueblo varias personas que padecían la enfermedad de vómito prieto, la maior parte de ellas procedente del arribo de la fragata Ysleña, surta en este puerto, y desembarco de sus polizones o marinerage, y que siendo esta enfermedad contagiosa por su naturaleza en sentir de los físicos, suplicaba a 1a ciudad se sirviese acordar lo conveniente para el debido remedio y contener los estragos que amenaza, particularmente en la crítica estazión del día; todo lo cual examinado con la reflexión que exige, ciertos sus señorías de hallarse esta enfermedad propagada en muchos individuos de la expresada fragata, y con respecto a no hallarse con facultades (f· 78 ] / suficientes para resolver y deliberar en tan importante asunto y sobre el abono de los gastos qu e ocurran, acordó que con testimonio de este acuerdo se pase el correspondiente oficio al señor gobernador, intendente y capitán general de quien es privativo, para que en su vista se sirva dar la providencia que tuviese por conveniente y para reponer en su antiguo ser la visita de sanidad, abolida por algunos reparos que no superan la seguridad y utilidad pública. Y no habiendo otra cosa que acordar, se cerró este cabildo y lo firmaron sus señorías, de que doy fe. = Chiguero [rúbrica] = Cordova [rúbrica] = Pover [rúbrica] = Davila [rúbrica] = Lacruz [rúbrica] = Ante mí = Ygnacio H erránz [rúbrica], esscribano de cabildo. [f . 78v,J /
[1433]
[2 DE OCTUBRE DE 1786.]
En la ciudad de San Juan de Puerto Rico, a dos de octubre de mil setezientos ochenta y seis años, se juntaron a cabildo ordinario los señores don Manuel Chiguero Saabedra, teniente de gobernador y auditor de guerra y auditor de guerra [sic], don Antonio de Córdova y don Joaquín Pover, alcaldes ordinarios, don José Dávila, don Valentín Martínez, don Domingo Dávila y don Miguel Xiorro, rexidores, para tratar y conferir las cosas tocantes al pro y útil de la república, a que concurrió el señor procurador general don Félix de la Cruz.
En este cabildo se abrió un pliego de su señoría el señor gobernador, intendente y capitán general con fecha
5. A. C
[ El proc urador \!"' nera l info rma de l pe li gro d e l vómito ne gro y se r efie r e e l caso a l gobernador ]
[ El gobernador soUci ta recomendaciones para prevenir
que se propague e l vómito negro y el cabildo cons u lla los médicos del H os pital Real y toma providencias.]
ACTAS DEL tCABILDO
de 26 del próximo pasado, el que expresó el esscribano de cabildo hallarse en su poder desde la tarde del mismo día, el que examinado se halló ser [ f. 79]/ la contextazión del oficio y testimonio remitido a su señoría el día anterior 25 del mismo mes, consiguiente a el acuerdo celebrado el propio día en el que entre otras cosas se sirve prevenir a la ciudad el que tratando y conferenciando sobre el asunto le proponga lo que juzgue practicable y bastante a serenar los recelos que justamente hay de que se propague la enfermedad del vómito prieto, como asímismo el desembolso que la visita de sanidad ocasionaba a las embarcaciones visitadas y causas que motivaron su suspensión, para en vista de todo deliberar. Y conferenciado sobre todo y ciertos sus señorías de que nada podían proponer ni dictar sobre este asunto sin preceder la formal, d eb ida instrución [ f . 79v· ] / de los hechos al menos por informe de los físicos don José Sabater y don Tomás Prieto que lo son del público y del real hospital, acordaron compareciesen, como lo practicaron, y hechas varias indagaciones, preguntas y repreguntas sobre la materia expusieron que como a mediados de agosto pasado de este año empezaron a declinar las enfermedades estacionales, que hasia entonces habían ocurrido, en la de vómito prieto de cuio mal hubo e n el hospital hasta el número [de] diez personas que fallecieron, tomando los exponentes las precauciones correspondientes para que no se propagase esta enfermedad que en su sentir juzgan contagiosa por su esencia, lo que lograron por medio de su vigilancia, separazión d e muebles y utensilios enfermos [f· 80 ]/ que ni ha continuado ni se ha propagado, estando en s u dictamen, lib res de esta enfermedad todos los que existen en e l real hospital a excepción de un marinero del correo de Caracas, el que por disposición de los exponentes estaba con la d ebida separazión. Que han advertido y tocado d esde el mismo ti em po la referida enfermedad en e l pueblo expecialmente en varios individuos de la fragata Ysleña, surta en este puerto, a quien había asistido e l doctor Tomás Prieto, falleciendo entre ellos cinco a quienes por no haber ocurrido en tiempo no pudo auxiliarles con los socorros de la medicina , uno en las casas d el presbítero don José Ezpeleta, otro en las de la viuda de Benito Gómez, dos en dos bojíos d e la Calle Nu eva y otro en el [ f. aov. ] / ho spital de caridad, y en otros que había asistido el do cto r José Sabater de los cuales fallecieron tres catalanes que vivían el uno frente del
SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO
cuartel de San Carlos, el otro inmediato a la puerta de San Jus to y el otro en las casas terreras del here dero de Atiles en las que, y a sus respectivos asistentes, previnieron lo conveniente para precaver el contagio; que ya por estas oficiosas prevenciones como por ocurrir e n tiempo los enfermos s egún habían generalmente prevenido, hechos cargo de la malignidad de las enfermedades y crítico de la estazión, habían cesado sin que se advirtiese otro que el que queda mencionado en el real hospital y el pueblo libre aunque con algunas enfermedades en la actualidad [ f . 81 ] / que por la gravedad de sus síntomas pueden declinar por su malignidad en esta expecie de enfermedad.
Asegurados así sus señorías y comprobada la lexítima existencia d e dicho mal por los expresados informes y con respecto a lo que produce y prevenido por su señoría dixeron que en atención ha haber cesado en el público esta enfermedad parece superfluo el tomar la seria providencia de destinar hospital o casas proporcionadas a so tavento, desalojando sus vecinos para hos pitalidad, del mismo modo que tratar* de donde ha yan de salir los gastos de los albergues, ut ensilios y sirvientes que se destinasen y que indispensablemente debían ser de los fondos públicos o de otros en su defecto , exigiéndolo la necesidad, con [ r· 81 v·] / res erva de dar cuenta a Su Maj es tad y de reintegrarse de los pudientes o de quien hubiere lugar, que con presencia de lo expuesto por los referidos físicos se comisione uno d e los caballeros capitulares que cerciorado de las casas donde han fallecido los expresados enfermos procure examinar cuanto se hubi ese practicado y dar las providencias convenientes para la extinción, quema o vintilación [sic] de los cuartos, muebles y utensilios que hubi esen servido previo el dictamen en su razón de dichos médicos, y que por lo que hace al que se halla en e l real hospital , existiendo co mo existe, con la debida separazión, que permanezca allí sin ha cer otra novedad continuándose con las mismas precauziones [ r. 82 ]/ que han contribuido a que en él no se haia propagado, dando cuenta a su señoría tanto los expresados médicos como los demás de la ciudad de toda nov edad que adviertan ocurra para que a su consecuencia, y estimando lo que tenga por conveniente este acuerdo se sirva deliverar lo
* Entre líneas: tratar.
[ Se t rata sobre la vi s ita d e sanidad a las embarcacion es que lleguen a es.e puerto.]
ACTAS DEL !CABILDO
que hallare por más conforme al seguro y bien de la causa pública.
En este estado, por ser tarde, y con respecto a que para contextar el oficio de su señoría el señor gobernador y capitán general es necesario practicar varias diligencias de reveer algunos acuerdos y otros papeles que tocan a este asunto, mandaron sus señorías suspender este acuerdo para el día de mañana, y que se pase este aviso por el señor rexidor decano don José [f szv·]/ Dávila a su señoría para su inteligencia y lo firmaron con los físicos, de que doy fe. = Chiguero [rúbrica] = Cordova [rúbrica] = Pover [rúbrica] = Davila [rúbrica] = Martinez [rúbrica] = Davila [rúbrica] = Xiorro [rúbrica] = Lacruz [rúbrica] = Josef Sabater [rúbrica] = Tomas Prieto [rúbrica] = Ante mí = Ygnacio Herránz [rúbrica], esscribano público y de cabildo .
[1434]
[3 DE OCTUBRE DE 1786 .]
En la ciudad de San Juan de Puerto Rico, a tres de octubre de mil setezientos ochenta y seis años, se juntaron a cabildo para proseguir el asunto del acuerdo antecedente, [ f. 83 ]/ los señores don Manuel Chiguero y Saabedra, t eniente de gobernador y auditor de guerra, don Antonio de Córdova y don Joaquín Pover, alcaldes ordinarios, don José Dávila, don Valentín Martínez, don Domingo Dávila y don Miguel Xiorro, rexidores, a que concurrió el señor procurador general don Felix de la Cruz. Y co n presencia del anterior acuerdo y de lo que en orden a la visita de sanidad se intenta indagar por su señoría, se le informe d el origen de su establecimiento que fue por junta celebrada en 24 de noviembre de 766 presidida por el señor don Marcos de Vergara, gobernador y capitán general que entonces era de esta isla, aprobada por Su Majestad en Real Cédula de tres de mayo de 768 en donde consta los derechos que deben exigirse y su r espectiva distribuzión. Que todo ello se verificó desde el año de 67 [ f 83v·] / hasta junio de 74, en que se extinguió la entrada de n egros por la compañía de este asiento, practicándose alguna en el tiempo del mando de su señoría, cual fue la de la balandra dan esa nombrada Sati d el mando de su capitán Abran Albay, sin que por parte del cabildo ni de
SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO
su señoría se hubiese dispuesto cosa alguna en orden a la continuación de las visitas no obstante la mucha más razón que había de practicarse en el día con motivo de la libertad concedida para comerciar los frutos sobrantes en las colonias extranjeras e introducción de utensilios y negros en quienes es menester toda precaución conforme al espíritu de la Real Cédula y recientes experiencias de los que han venido con escorbuto, fácil de ocultarse o d e [f· 84 ]/ transcenderse si no tienen a la vista un magistrado que ya por su responsabilidad ya por el celo de la causa pública es de presumir hará cuanto sea útil a su maior bien [ testado : haciendo] que le parece debía ser* trascendental dicha visita a todas l as embarcaziones que no vengan de esta costa , ya por ignorar, hasta el evento de su visita, lo que puede conducir, ya por lo que produce el actual y anteriores acuerdos y ya por haber diferentes males contagiosos a que están sujetas toda expecie de gentes y embarcaciones, pudiéndo fomentarse o propagarse aun en el mismo viaje, por cuia verdad no estima la ciudad necesario comprobarlo con algunos casos que ha acreditado asímismo la experiencia.
Que por lo que respecta a los polizones de que trata el acuerdo [ f. 84•·]/ y oficio citado, teniendo presente lo en su razón prevenido por el señor gobernador en el del referido día 26 se contexte: que una vez que su señoría tiene las licencias en su [secretaría] y está satisfecho, o cuando no su lexitimidad e identidad [le es fácil] comprobar por justificaciones y diligencias en que la ciudad y sus respectivas justicias no pueden entender, podrá dicho señor resolver lo que tenga por conveniente teniendo presente por si condujese, que entre los isleños desembarcados y contagiados del vómito lo han sido Santiago Antonio, natural de Santa Ursula, Andrés Suarez, de la Canaria y José Martín González, de Tenerife. Y por último que la proposición de la ciudad en es ta parte no es acertiva ni puede constituirse en la clase de un delator de su [f. 85 ] / asunto, que sustancialmente no le interesa y en que juzgaba que su simple exposición, motivada del crecido número de gentes que traía a su bordo la fragata Ysleña, int roducidos en el pueblo unos pordiosando y enfermos en él y otros buscando acomodo y traduciéndose a los campos en su casual arribada, prestan a mérito para dudar y sobre todo para precaver y que en consequencia de todo
* Entre líneas: que le parece debía ser.
[El g o b e r nador aprueba el nombra• miento del a lguacil y macero.]
ACTAS DEL CABILDO
y satisfacción del referido oficio de su señoría el señor gobernador, intendente y capitán general, se le contexte con el correspondiente y testimonio de éste y del anterior acuerdo ofreciendo el de la Real Cédula que se cita por si se hubiese extraviado en la secretaría de dicho señor. Y con resp ec to de haber manifestado el presente esscribano [ f. 85•·] / existir en su poder el referido oficio desde el día 26 del próximo pasado sin haber dado cuenta hasta el cabildo del día de ayer, quedará prevenido para que en iguales circunstancias, lo haga inmediatamente a la justicia o señor decano para su [Testado: mayor.] debido curso, con lo que se concluió este cabildo y lo firmaron sus señorías, de que doy fe.=Chiguero [rúbrica] =Cordova (rúbrica] =Pover [rúbrica] =Davila [rúbrica] =Martinez [rúbrica] =Davila [rúbrica] =Xiorro [rúbrica] =Lacruz [rúbrica]=Ante mí=Ygnacio Herránz [rúbrica], esscribano público y de cabildo. [ f. 86 ]/
[1435]
[9 DE OCTUBRE DE 1786.]
En la ciudad de San Juan de Puerto Rico, a nueve de octubre de mil setezientos ochenta y seis años, se juntaron a cabildo ordinario los señores don Antonio de Córdova y don Joaquín Pover, alcaldes ordinarios, don Domingo Dávila y don Miguel Xiorro, rexidores, para tratar y conferir las cosas tocantes al pro y útil de la república.
Habiendo aprobado el señor gobernador y capitán general el nombramiento de alguacil y macero en Carlos Carné, se mandó pasar la orden al mayordomo para que desde primero de éste mismo mes se le contribuía el sueldo. Y no habiendo otra cosa que acordar, se cerró es te cabildo y lo firmaron, doy fé . =Cordova [rúbrica] =Pover [rúbrica] =Dávila [rúbrica] =Xiorro [rúbrica] =Ante mí =Ygnacio Herránz [rúbrica], esscribano público y de cabildo. [f· 86•·]/
[1436]
[16 DE OCTUBRE DE 1786.]
En la ciudad de San Juan de Puerto Rico, a diez y seis de octubre de mil setezientos ochenta y seis años, se jun-
taron a cabildo ordinario los señores don Antonio de Córdova y don Joaquín Pover, alcaldes ordinarios, don Valentín Martínez, don Domingo Dávila y don Miguel Xiorro, rexidores, µara tratar y conferir las cosas tocantes al pro y útil de la república, a que concurrió el señor procurador general don Félix de la Cruz.
Se abrió un pliego remitido por su señoría el señor gobernador, intendente y capitán general, al presente esscribano el día de ayer, en el que contexta su señoría al oficio y testimonio que se le pasó en tres del corriente y acordaron sus señorías que se archive y para a su consecuencia representar [f· 87 ]/ a Su Majestad lo conveniente, el que el presente esscribano compulse íntegro testimonio de los anteriores respectivos acuerdos, trayéndolo. Y no habiendo otra cosa de acordar, se cerró este cabildo y lo firmaron sus señorías, de que do y fé.=Cordova [rúbrica]= Pover [rúbrica] =Martínez [rúbrica] =Davila [rúbrica] =Xiorro [rúbrica] =Lacruz [rúbrica] =Ante mi = Ygnacio H erránz [rúbrica] , esscribano público y de cabildo.
[1437] [23 DE OCTUBRE DE 1786.]
En la ciudad de San Juan de Puerto [ f. 87v· ] / [sic] a veinte y tres de octubre de mil setecientos ochenta y seis años, se juntaron a cabildo ordinario los señores don Antonio de Córdova y don Joaquín Pover, alcaldes ordinarios, don Valentín Martínez, don Domingo Dávila y don Miguel Xiorro , rexidores , para tratar y conferir las cosas tocantes al pro y útil d e la república, a que concurrió también el señor procurador general don Félix de la Cruz.
S e presentó Esteban de Castro, solicitando se compusiera la pue rta de una de las casillas que habita y se mandó pasase su solicitud a la junta municipal. Con lo que, y por no haber otra cosa que acordar, aunque se conferenciaron varias, se concluyó este cabildo, que firmaron sus señorías, de que doy fee.=Cordova [rúbrica] =Pover [rúbrica] =Davila [rúbrica] =Martinez [rúbrica] =Davila [rúbrica] =Xiorro [rúbrica]=Lacruz [rúbrica]=Ante mi= Nicolás Aguayo [rúbrica], esscribano real y teniente de público y cabildo. [ f. 88 ]/
[ El gobernador contesta e l oficio del cabi Ido sobre la visita de san idad.]
[Esteban de Castro solicita arreglo en la casilla que habita.]
[ El cabildo discute s ob re varios asunt os.]
[ El cabildo discute sobre varios asuntos.]
ACTAS DEL CABILDO [1438]
[30 DE OCTUBRE DE 1786. ]
En l a ciudad de San Juan de Puerto Rico, a treinta de octubre de mil setezientos ochenta y seis años, se juntaron a cabildo ordinario los señores don Antonio de Córdova y don Joaquín Pover, alcaldes ordinarios, don Valentín Martínez y don Domingo Dávila, rexidores para tratar y conferir las cosas tocantes al pro y útil de la república, a que concurrió también e l señor rexidor don Miguel Xiorro y el s e ñor procurador general don Félix de la Cruz.
Habiéndose conferenciado varias cosas y no podido resolverse, se dejaron para otro cabildo y éste se concluió, y lo firmaron sus señorías, de [ f 88•·]/ que doy fé.=Cordova [rúbrica] =Pover [rúbrica] =Martinez [rúbrica]= Davila [rúbrica] =Xiorro [rúbrica] =Lacruz [rúbrica]= Ante mi=Ygnacio Herránz [rúbrica], esscribano público y de cabildo.
[1439]
[6 DE NOVIEMBRE DE 1786.]
En la ciudad de San Juan de Puerto Rico, a seis de noviembre de mil setecientos ochenta y seis años, se juntaron a cabildo ordinario los señores don Antonio de Córdova y don Joaquín Pover, alcaldes ordinarios, don Valentín Martínez, don Domingo Dá vila y don Miguel Xiorro .. rexidores, para tratar y confe rir las cosas [f. 89] / tocantes al pro y útil de la república, a que no concurrió el señor rexidor don José Dávila por continuar aún sus accidentes, que se le imposibilitan.
Se meditaron varias cosas, y se concluio este cabildo, que firmaron sus señorías, de que doy fé.=Cordova [rúbrica] =Pover [rúbrica] =Martinez [rúbrica] =Davila [rúbrica] =Xiorro [rúbrica]=Ante mí=Ygnacio Herránz [rúbrica], essc ribano público y de cabildo. [ f. 89• ] /
[1440]
[13 DE NOVIEMBRE DE 1786.]
En la ciudad de San Juan de Puerto Rico, a trece de noviembre de mil setecientos ochenta y seis años, se jun-
SAN JUAN
BAUTISTA DE PUERTO RICO
taron a cabildo ordinario los señores don Antonio de Córdova y don Joaquín Pover, alcaldes ordinarios, don Valentín Martínez, don Domingo Dávila y don Miguel Xiorro, rexidores, para tratar y conferir las cosas tocantes al pro y útil de la república, a que concurrió el señor procurador general don Félix de la Cruz.
Se presentó el doctor don José Sánchez Valverde, con el título de abogado, despachado por la real audiencia y se le admitió mandando se tome razón de él y se le devolviese.
Y no habiendo otra cosa que acordar se cerró este cabildo y lo :firmaron [ f. 90]/ sus señorías, de que doy f é .= Cordova [rúbrica] =Pover [rúbrica] =Martinez [rúbrica] =Davila [rúbrica] =Xiorro [rúbrica] =Lacruz [rúbrica]= Ante mi=Ygnacio H erránz [rúbrica], esscribano público y de cabildo.
[1441]
[20 DE NOVIEMBRE DE 1786.]
En la ciudad de San Juan de Puerto Rico, a veinte de noviembre de mil setezientos ochenta y seis años, se juntaron a cabildo ordinario, en esta sala capitular, los señores don Antonio de Córdova y don Joaquín Pover, alcaldes ordinarios, don Valentín Martínez, don Domingo Dávila y don Miguel Xiorro, rexidores, para tratar y [f · 90v- J/ conferir las cosas tocantes al pro y útil de la república, a que concurrió el señor procurador general don Félix de la Cruz y no lo hizo el señor don José Dávila, rexidor, por hallarse enfermo.
El señor procurador general don Félix de la Cruz presentó un escrito representando los perjuicios que experimentaba el público por fa falta de recolección de papeletas y otras cosas de este asunto y por ser grave en su resolución mandaron sus señorías llamar al señor teniente de gobernador y auditor de guerra, y habiendo llegado a esta sala de ayuntamiento se leyó la citada representación y dixeron que examinado y reflexionado cuanto expone, y teniendo a mayor abundamiento presente que [f. 91 ]/ circulando la plata se aumentaría su curso exponiéndola aún los que la tienen reservada por los inconvenientes que se tocan que en cualesquiera urgencia que ocurriese cuando no hubiese el arbitrio del nuevo establecimiento de pape-
[Se admi te el tít u• lo d e abogado del doctor don J0 sé Sánchez Val verde.]
[ El cabildo consid e r a problemas mo netarios y hace recomendaciones al gobernador.]
!etas, hecho que por sí sólo evitaría los perjuicios públicos que representa el procurador general, puede tener el señor gobernador la satisfacción de hallar dinero pronto en los mismos naturales como ha sucedido en otras ocasiones [Testado: que] en prueba de su amor y lealtad al Rey y la patria, que por éste y otros respetos no debe posponerse al público en la recolección de sus papeletas cuando no se juzguen preferentes, con presenzia también de los bandos en esta razón publicados, y que si no tuvieron efecto fue por una prolija inspección acordada, puesta en execuzión [r. 91v•] / y suspensa ha poco, o por juzgarse inútil para la recoleción, compreendiendo que lo que debió precederle era sólo la lexitimidad del papel, o por su dilatada investigación, que si hubiese de preceder forzosamente, detendría dicha recolección por muchos años, o por otros motivos, y no obstante compreender la ciudad que si con setecientos mil y más pesos a que ascendió el caudal de cajas con el anterior situado no se recoxieron dichas papeletas, maior dificultad podría presentarse en el día por haber menos, h echo cargo ya de los motivos que la suspendieron de la porción de caudales [en] papel que habían e ntrado en caxas desde aquel tiempo hasta el presente de las muchas menos que han de correr en la isla, [ f. 92 ] / de lo que pueden auxiliar este intento los fondos muertos y naturales por redimir de algún modo estos perjuicios dejarían mucha parte de s u caudal hasta el situado venidero, o cuando no se les podrían excitar a ello por aquellos me· dios, cuio uso asegurarían sus favorables resultas. Acordó la ciudad que sacándose testimonio de dicho expediente, que se archivará, y este acuerdo se pase con el correspondiente oficio al señor gobernador intendente de esta plaza para que en su inteligencia y con presencia en caso necesario d e l os bandos y acuerdos citados, [estados] y existencia de caudales y del papel que corra, se sirva resolver con su justificación lo que hallase ser más conforme a justicia y en b e neficio de este público, o ya por sí o ya en la junta extraordinaria [f· 92v· ] / que prescribe el artículo 100 de la Real Instrucción de intendentes, oyendo en ella, s i lo estimase su señoría a maior abundamiento, algunas otras personas que no juzga de más por la gravedad del asunto y no versarse en él sólo las seguridades de los reales intereses, sino también el beneficio público, y para que sobre lo d e más que representa el procurador sín di co general en orden a sobrantes y asistencia de algún individuo por el público y para representarlo, resuelva su señoría lo
SAN JUAN
BAUTISTA DE PUERTO RICO
que sea de ley o estimase más conforme, sirviéndose participarlo.
El procurador Antonio Drapeos, a nombre de don Vicente Gómez, se presentó en grado de apelazión con los autos que ha seguido ante los señores alcaldes ordinarios contra Bernardo [f· 93 ]/ Vélez, pidiendo nombramiento de d iputados para su seguimiento, y se acordó decretándole que respecto a resultar de ellos intempestivo del recurso y d efecto de las demás diligencias prevenidas en derecho, no ha lugar a su admisión, como ni al nombramiento de jueces consistoriales que solicita, que se uniese a los autos y se le devolviesen haciéndose saber. Y no habiendo otra cosa que acordar, se cerró este cabildo , que firmaron sus señorías, de que doy fé . =Chiguero [rúbrica] =Co rdova [rúbrica] =Pover [rúbrica] =Martinez [rúbrica] =Davila [rúbrica] =Xiorro [rúbrica] =Lacruz [rúbrica] =Ante mí =Ygnacio Herránz [rúbrica], esscribano público y de cabildo. [ f. 93v·J/
[1442]
[27 DE NOVIEMBRE DE 1786.]
En la ciudad de San Juan de Puerto Rico, a veinte y siete de noviembre de mil setezientos ochenta y seis años, se juntaron a cabildo ordinario los señores, don Antonio de Córdova, alcalde ordinario, don Valentín Martínez, don Domingo Dávila y don Miguel Xiorro, rexidores, en este tiempo entró el señor alcalde ordinario don Joaquín Pover, para tratar y conferir las cosas tocantes al pro y útil de la república, a que no concurrió el señor procurador general don Félix de la Cruz, por haberme expresado que se halla arrestado por orden del señor gobernador y capitán general. Entró el señor teniente de gobernador y auditor de guerra.
El señor procurador general presentó escrito solicitando ciertos testimonios de su repre-[ f· 94 ] /sentación de veinte del corriente y acuerdo d e l mismo día y certificazión re lativa a su contenido, y se le mandaron dar con el original. Se cerró este cabildo por no haber otra cosa que acordar y lo firmaron sus señorías, de que doy fé. = Chiguero [rúbrica] =Cordova [rúbrica] = Pover [rúbrica]= Martinez [rúbrica] = Davila [rúbrica] =Xiorro [rúbrica]
= Ante mi = Ygnacio Herránz [rúbrica], esscribano público y de cabildo .
[ El cabildo deses• tima la apelación de don Vicente Gómez. J
[Arresto del procu• rado r genero! por orden del goberna d or.]
[ El p r ocurador ge• neral pide t esti• monio d e s u represen ta ción al ca bild o anterior.)
[ El cabildo discut e varios asuntos.]
[Maes tros de niños solicitan el pago de sus s ueldos.]
ACTAS DEL CABILDO [1443]
[4 DE DICIEMBRE DE 1786.]
En la ciudad de San Juan de Puerto [f. 94•·]/ Rico, a cuatro de diciembre de mil setecientos ochenta y seis años, se juntaron a cabildo ordinario en esta sala capitular los señores don Manuel Chiguero y Saavedra, abogado de la real chansillería de Granada, teniente de gobernador y auditor de guerra, don Antonio de Córdova y don Joaquín Pover, alcaldes ordinarios, don Valentín Martínez, don Domingo Dávila y don Miguel Xiorro, rexidores, para tratar y conferir las cosas tocantes al pro y útil de la república, a que concurrió también el señor procurador general don Félix de la Cruz. En cuyo estado y por no haber cosa alguna que acorda [ sic ], aunque se conferenciaron varias se suspendió este cabildo, que fi.rmador sus señorías, de que doy fee. = Chiguero [rúbrica] =Cordova [rúbrica] =Pover [rúbrica] =Martinez [rúbrica] =Davila [rúbrica] =Xiorro [rúbrica] =Lacruz [rúbrica] =Ante mi= Nicolás Aguayo [rúbrica], esscribano real y teniente de público y cabildo. [f· 95]/
[1444]
[11 DE DICIEMBRE DE 1786.]
En la ciudad de San Juan de Puerto Rico, a once de diciembre de mil setezientos ochenta y seis años, se juntaron a cabildo ordinario los señores don Manuel Chiguero Saavedra, teniente de gobernador y auditor de guerra, don Antonio d e Córdova y don Joaquín Pover, alcaldes ordinarios, don Valentín Martínez, don Domingo Dávila y don Miguel Xiorro, rexidores, para tratar y conferir las cosas tocantes al pro y útil de la república, a que concurrió el señor procurador general don Félix de la Cruz.
Se presentó el maestro de niños don Victoriano de Aldea, y el otro Cristóbal Caballero, pidiendo el primero los 150 pesos y el segundo l os 50 que se les están asignados por tales maestros en el presente año y se mandó ocurran a la junta de propios [ f. 95•• ]/ para que por ella se expida el libramiento para su paga.
[El cabildo considera no h aber cont es t ado e l goberna-
En este cabildo se hizo presente no haber contextazión del señor gobernador, intendente y capitán general, al ofi-
SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO
cio que en fecha de 20 del próximo pasado se le dirigió en razón de los perjuicios que experimentaba el público por defecto de la r ecoleción de papeletas, suplicando a su señoría se sirviese dar las providencias que hallase conformes a evitarlos, en cuia inteligencia y hecho presente a la ciudad las sucesivas diligencias y pesquisas practicadas por el señor gobernador consecuente al referido acuerd o y de cuias r esultas se halla arrestado el caballero procurador general, con lo expuesto e informado en el acto por sus capitulares acordó que con testimonio de todo, certificando también a mayor abun-[f· 96 ] /damiento el presente esscribano no haber habido contextazión al citado oficio de 20 del próximo pasado y con arreglo a los libros de acuerdos si la ciudad ha promovido expediente alguno con el expresado señor gobernador en el tiempo de su mando , se dé cu enta al Rey, Nuestro Señor, por mano del excel entísimo señor Marqués de la Sonora, acompañando para la real inteligencia de Su Majestad testimonio de los bandos publicados en 17 de julio de 81 y l.º de junio de 85 de la junta de real hazienda que precedió a és te en el mismo tiempo y certificazión del esscribano de real h azienda sobre el tiempo que duró el cotexo empezado a practicar en real contaduría de la identidad de papeletas y si en las examinadas resultaron algunas duplicadas, a cuio fin se pase el correspondiente [t . 96v· ] / oficio al seño r gobernador. Y no habiendo otra cosa que acordar, se cerró e ste cabildo y lo firmaron sus señorías, de que doy fe.=Chiguero [rúbrica]=Cordova [rúbrica]=Pover [rúbrica] = Martine z [rúbrica] = Davila [rúbrica] = Xiorro [rúbrica]=Lacru z [rúbrica ] =Ante mí=Ygnacio Herrán z [rúbrica ], esscribano público y de cabildo.
Certifico : que hasta el presente no ha bido [sic] contextazión al cabildo por el señor gobernador, intendente y capitán general del oficio pasado en veinte de noviembre próximo pasado. Puerto Rico, once d e dixiembre d e mil setezientos ochenta y seis.=Ygnacio Herránz [rúbrica] , esscribano público y de cabildo. [ f. 97 ]/
[1445]
[18 DE DICIEMBRE DE 1786.J
En la ciudad de San Juan de Puerto Rico, a diez y ocho de diciembre de mil setezientos ochenta y seis, se
dor su oficio sobre papel moneda '/ to• ma providencias.]
[El escribano certifica no haberse recibido contestación del gobernador. J
[ El alcaide pide el pago de los grill os que se mandaron fabricar.]
[Se r eciben documentos del gobernador y se nombran d ipu t ados para s u trámite. ]
[El ección del año de 1787.]
ACTAS DEL CABILDO
juntaron a cabildo ordinario los señores don Manuel Chiguero y Saavedra, teniente de gobernador y auditor de guerra, don Antonio de Córdova y don Joaquín Pover, alcaldes ordinarios, don Valentín Martínez, don Domingo Dávila y don Miguel Xiorro, rexidores, para tratar y conferir las cosas tocantes al pro y útil de la república, a que concurrió el señor procurador general don Félix de la Cruz. El alcaide de la cárcel pidió e l costo de grillos que se le mandaron pagar en cabildo de seis de junio del año próximo pasado y por habérsele traspapelado los documentos comprobantes, se le mandaron presentar y que se proveería. [ f. 97v• ]/ Se examinaron el decreto del señor gobernador puesto a continuación del oficio que se le pasó en once del mismo y su contextazión al que se l e dirigi ó a dicho señor consiguiente al acuerdo celebrado en 20 de noviembre del próximo pasado, todo lo cual se mandó unir al expediente del asunto y que a ello fuese extensivo el testimonio mandado sacar en el anterior cabildo el presente esscribano con arreglo a los libros de acuerdo de este y el anterior gobierno, certifique cómo se han dirigido las representaziones del procurador general y acuerdos que han recaído cuando se ha estimado necesario, a dicho señor gobernador, si por oficios o por medio de uno o más capitulares, diputándose para este a [f- 98 ] / asunto [sic] a los señores don Valentín Martínez y don Miguel Xiorro, rexidores. Y no habiendo otra cosa que acordar, se cerró este cabildo y lo firmaron sus señorías, de que doy fe.= Chiguero [rúbrica] =Cordova [rúbrica] =Pover [rúbrica] =Martinez [rúbrica] = Davila [rúbrica] =Xiorro [rúbrica]= Lacruz [rúbrica] =Ante mí = Y gnacio H erránz [rúbrica] , esscribano público y de cabildo.
[1446]
[1 DE ENERO DE 1787 ]
En la ciudad de San Juan de Puerto Rico, a primero de enero de mil setezientos ochenta y siete años, se juntaron a cabildo en esta sala capitular para las eleciones [ f. 98v·] / los señores don Antonio de Córdova y don Joaquín Pover, alcaldes ordinarios, don Valentín Martínez, don Domingo Dávila y don Miguel Xiorro, rexidores, a que no concurrieron los señores don Tomás Pizarra por hallarse en diputazión en la comisión de tierras y don José Dávila
SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO
por permanecer enfermo. Y después de precedidas las circunstancias que para este caso corresponde fueron votando en su lugar, salieron elegidos los siguientes -
Consiguiente a lo prevenido en 1a Real Instruzión de intendentes y en cumplimiento de ello, que previene quede de alcalde ordinario, el de primera eleción, y sólo se elixa un alcalde, salió electo con los cinco votos el procurador general don F é lix de la Cruz.
Para procurador general salió electo con [r. 99 ]/ cuatro votos don Pablo de Córdova.
Para padre general, el señor* don Miguel Xiorro, con cuatro votos.
Para diputado de multas, el señor don Valentín Martínez, con cuatro votos.
Para alcalde de la Hermandad del norte, don José Antonio Ortiz, con cinco votos .
Para alcalde de la Hermandad de la banda del sur, don Jos é de Rivera, con cinco votos.
Para fiel contraste, don Manuel Moxica, con los mismos votos.
Y habiendo dirigido esta elección a su señoría en oficio separado junto con la de los alcaldes de barrios y Las confirmó, l as cuales se mandaron tomar razón** de ellas en este Libro, y mandaron sus señorías llamar al señor alcalde ordinario don Félix de la Cruz, quien habiendo llegado se le hizo saber dicha elección y en m anos del señor rexidor decano [Testado: y alcalde.] [f. 99v• ] / don Valentín Martínez, juró por Dios Nuestro Señor y una señal de cruz de exercer su empleo a su leal saber y entender y conforme a las leyes . Lo mismo hicieron los alcaldes de barrio Gaspar Marco, Miguel Silencio, Antonio Maestre y Francisco Calderón, y se les dió posesión de sus empleos. Y por h a llarse ausente el procurador general don P ab lo de Córdova y los dos alcaldes de H e rmandad, se expidan cartas para su comparendo, diputándose al señor don Félix de la Cruz para el juramento y posesión y lo mismo del fiel contraste don Manuel Moxica, por hallarse enfermo y lo firmaron sus señorías con los demás, [ r. 100 ] / de que yo, el esscribano, doy fe. Antonio de Cordova [rúbrica] = lo achín Pover [rúbrica]= Valentín Martínez [rúbrica] = Domingo Davila [rúbrica] = Miguel Xiorro [rúbrica] =Felis de Lacruz [rúbrica] =Gaspar Marco [rúbrica]
* Entre líneas: el señor
** Entre líneas : razón.
Oficio. [ Notificación elecciones ]
ACTAS DEL CABILDO
=Antonio Maestre [rúbrica] =Miguel Gonzales Silencio [rúbrica] =Ante mí=Ygnacio Herránz [rúbrica], esscribano público y de cabildo.
[1447]
[2 DE ENERO DE 1787.]
En Puerto Rico, a dos de enero de mil setezientos ochenta y siete, habiendo comparecido don Pablo de Cór[r. 100v J / dova, en virtud del aviso que se le dió , y el señor alcalde ordinario don Felix de la Cruz héchole saber la elección que en él se hizo de procurador general, le recibió juramento, que hizo por Dios Nuestro Señor y una señal de cruz, según dere cho, de usar su empleo a su leal saber y entender y lo firmó con su merced, de que doy fe.=Lacruz [rúbrica] =Pablo de Cordova [rúbrica] =Ante mí=Ygnacio Herrán z [rúbrica], esscribano público y de cabildo.
[ANEXO UNICO.J
Muy señor mio. Dirigimos a vuestra señoría la eleción de anual hecha en este cabildo de hoy, habiendo salido electo los siguientesPara alcalde ordinario salió elexido el caballero procurador general don Félix de la Cruz con [1• 1º1]/ zinco votos Para procurador general don Pablo d e Córdova, con cuatro votos. Para padre general de menores el señor rexidor don Miguel Xiorro, con cuatro. Para depositario de multas el señor rexidor don Valentín Martínez, con cuatro votos. Para alcalde de la Santa Hermandad de la banda del norte don José Antonio Ortiz, con cinco votos. Para el de la banda del sur al licenziado don José de Rivera, con los mismo s. Para fiel contraste Manuel Muxica, con todos cinco votos, en cuia virtud suplicamos a vuestra señoría se sirva confirmar la citada elección y la de alcaldes de barrio que acompañamos, o resolver lo qu e a vuestra señoría le parezca más conforme. Nuestro señor prospere la vida de vuestra señoría muchos años. Puerto Rico, l.º de enero de 1787. Besa la mano de vuestra señoría sus más rendidos servidores = Antonio de Córdova = Joaquín Pover = Valentín Martínez = [1• 1º1v·]/ Domingo Dávila =
SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO
Miguel Xiorro . Señor gobernador, intendente y capitan general don Juan Bautista Dabán.
Vistas las elecciones de señores alcaldes ordinarios Confirmazión. y demás oficios concejiles practicadas en este día por el ilustre ayuntamiento de esta ciudad, su señoría dixo : las debía confirmar y confirmó en todo y por todo y mandó que a los contenidos en ella, previo el debido juramento, se les ponga en posesión de sus respectivos empleos, guardándoles y haciéndoles guardar todas las honras y preeminencias que le corresponden. Y mediante a echarse menos la propuesta de vocales para la junta de propios que prescribe el artículo 30 de la Real Instrucción, a el fin nombrara dicho ayuntamiento dos de sus individuos, dando cuenta para su aprobazión, devolviéndose en la forma ordinaria. Juan Daban=Manuel Chiguero [ f. 1º2] / y Saavedra. Lo mandó su señoría el señor gobernador, intendente y capitan general de esta isla, con el señor su teniente, auditor de guerra y lo firmaron en Puerto Rico y enero 1.0 de mil setezientos ochenta y siete. =Ante mí=Gregorio Sandoval, esscribano real y de gobierno .
En la ciudad de Puerto Rico a 31 de dixiembre de 1786 años, para proceder como es de estilo y costumbre a la el eción de alcaldes de barrio para e l año entrante, vino a esta sala de ayuntamiento el señor don Antonio de Córdova, capitán de milicias graduado, rexidor decano y alcalde ordinario de primera elección, a quien compete y por ante mí, el esscribano, estando anticipada la convocazión de las personas que los componen, salieron electos los siguientes. Para el barrio de San Francisco , Gaspar Marco. Para el de Campeche, Miguel Silencio, [f· 102v· J/ reelexido. Para el de San Juan, Antonio Maestre. Para el de Santa Bárbara, Francisco Calderón, en cuia virtud los hubo su merced por elexidos y mandó que para mañana a las ocho comparezcan en esta sala dos electos para su confirmación y po sesión, y lo firmó, de que doy fe.=Antonio de Córdova = Ante mí= Ygnacio Herrá nz, escribano de cabildo. Vista la eleción de alcaldes de barrio constante de la anterior certificadión, a quienes instruiéndose de sus respectivas obligaziones y jurando en forma, se les pondrá en posesión, guardándoles todas las preeminencias, prerrogativas y honras que les correspondan, lo que practicado, puesta a continuazión la nota, se devolverá para su archivo. Juan Dabán=Manuel Chiguero y Saavedra. Lo mandó su señoría el señor [f· 1º3 ]/ gobernador, 6. A. C
[Do n José de R ivera jura el cargo <!e alcalde de la San ta Herm an d ad.)
[Nombramien t o de vocales para la junta municipal.]
ACTAS DEL CABILDO
intendente y capitán general y lo firmó con el señor su teniente, auditor de guerra, en Puerto Rico y enero primero de mil setezientos ochenta y siete.=Ante mí=Gregorio Sandoval, esscribano r eal y de gobierno.
Es conforme a su original que por ahora quedan archivadas en el de mi cargo. Puerto Rico, 2 de ene ro de 1787.=Ygnacio Herránz [rúbrica], esscribano de cabildo.
[1448]
[5 DE ENERO DE 1787.]
En Puerto Rico, a cinco de enero de mil setezientos ochenta y siete, habiendo comparecido en esta sala de ayuntamiento el licenziado don José de Rivera, se le hizo saber el nombramiento y eleción he cha en él de alcalde de la Santa Hermandad, cuio oficio aceptó [f· i o3v. ] / y en manos d el señor alcalde ordinario don F élix de la Cruz, hizo el juramento acostumbrado por Dios Nuestro Señor y una señal de cruz, de exercerlo a su leal saber y entender y lo firmaron, de que doy fe.=Lacruz [rúbrica]= Licenciado Jo sé de Rivera [rúbrica] =Ante mí =Ygnacio Herránz [rúbrica], esscribano de cabildo.
[1449]
[8 DE ENERO DE 1787.]
En la ciudad de San Juan de Puert o Rico, a ocho de enero de mil setecientos ochenta y siete años, se juntataron a cabildo ordinario los señores don Antonio de Córdova y don Felix de la Cruz, alcaldes ordinarios, don Vale ntín [ f. 104 ]/ Martínez, don Domingo Dávila y don Miguel Xiorro, rexidores, para tratar y conferir las cosas tocantes al pro y útil de la república, a que concurrió el señor procurador general don Pablo de Córdova.
Consecuente a lo expuesto por su señoría el señor gob ernador y capitán general en su auto de aprobazión y confirmazión de que está tomado razón en este Libro, para la elección de vocales para la junta municipal elixieron sus señorías a los señores don José Dávila y don Valentín Martínez para que con el señor don Antonio de Córdova, alca lde primero, como presidente de la junta
SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO
resuelva lo que ocurra en ella, y que se dé cuenta de esta elecci ón a su señoría pasándole el oficio correspondiente [f· 104v.]/
Fueron electos para las fiestas votivas de Candelaria, San Juan y Santa Rosa, a los señores don Antonio de Córdova y don José Dávila.
Para las del Corpus y Santiago los señores don Félix de la Cruz y don Valentín Martínez.
Para el cumplido de personas y sujetos que llegan de alto carácter, los señores don Valentín Martínez y don Miguel Xiorro.
El señor procurador general expuso que hallándose, como se hallaba, en la comisión del reparto de tierras y al presente la necesidad de continuar este encargo según la Real Orden de Su Majestad, lo hace presente para lo que este ilustre ayuntamiento tenga a bien prevenirle, y acordaron sus señorías que desde luego puede [hacer] [f· 105 ]/ su viaje a los fines tan importantes que expresa.
Y no habiendo otra cosa que acordar, se cerró este cabildo y lo firmaron sus señorías, de que doy fe. = Cordova [rúbrica] = Lacruz [rúbrica] = Martinez [rúbrica] = Davila [rúbrica] = Xiorro [rúbrica] = Cordova [rúbrica] = Ante mí = Ygnacio Herránz [rúbrica], esscribano público y de cabildo. [ f. 105v· ] / [1450]
[15 DE ENERO DE 1787.]
En la ciudad de San Juan de Puerto Rico, a quince de enero de mil setezientos ochenta y siete años, se juntaron a cabildo ordinario los señores don Antonio de Córdova, alcalde ordinario, don Valentín Martínez, don Domingo D á vila y don Miguel Xiorro, rexidores, para tratar y conferir las cosas tocantes al pro y útil de la república.
Se abrió un pliego del señor gobernador que contiene la confirmación del nombramiento de vocales que se hizo por el anterior acuerdo para la junta municipal en los señores don José Jos é [sic] Dávila y don Valentín Martínez, y se mandó copiar en este Libro para que conste y de la condición que expresa para lo [f· 106 ] / sucesivo.
Se volvió a presentar el alcaide de la real cárcel cobrando los grillos que se le mandaron construir, con los
[Nombramiento de comisarios para las fiestas votivas. ]
[Nombramiento de capitulares p a r a atender visitantes. ]
[Se autoriza al procurador general a continuar las g estiones del reparto de t ierras.]
[ El gobernado r aprueba los vocales nombrados ¡:,ara la junta municipal.]
[ El alcaide trae documentos para el cobro de los grillos.]
[
ACTAS DEL \CABILDO
documentos necesarios y se decretó que ocurriese a la junta municipal.
Y no habiendo otra cosa que acordar, se cerró este cabildo, a que no asistió el señor alcalde don Félix de la Cruz por hallarse adoleciente de una pierna, según lo previno al ministro, y lo firmaron sus señorías , de que doy fe. = Cordova [rúbrica] = Martinez [rúbrica] = Davila [rúbrica] = Xiorro [rúbrica] = Ante mí = Ygnacio H erránz [rúbrica], esscribano público y de cabildo (f· 106v.]/
[ANEXO UNICO .]
Mui señor mío : He aprobado el nombramiento hecho por vuestra señoría en don José Dávila y don Valentín Martínez para vocales de la junta municipal según me participó en su oficio de 8 del corriente mes pero con la circunstancia de que en lo sucesivo deberá observarse por vuestra señoría lo prevenido en el artículo 30 de la Real Instrucción de intendentes a fin que turnando los rexidores en este encargo se instruían de tan importante objeto. Dios guarde a vuestra señoría muchos años. Puerto Rico, 13 de enero de 1787. Besa la mano de vuestra señoría su seguro servidor, Juan Dabán. Muy ilustre Cabildo, Justicia y Reximiento d e la ciudad de Puerta Rico.
Es conforme al original de su contenido a que me remito. Puerto Rico, quince de enero de mil setezientos ochenta y siete . = Ygna c io Herránz [rúbrica] , esscribano de cabildo. [ f 107 ]/
[1451]
[16 DE ENERO DE 1787.]
En Puerto Rico, a diez y seis de enero de mil setezientos ochenta y siete años, comparecieron en esta sala capitular don José Antonio Ortiz, alcalde de la Santa Hermandad y Manuel Muxica, fiel contraste, y enterados de sus respectivos empleos, lo aceptaron y juraron en manos del señor alcalde ordinario don Félix de la Cruz, por Dios Nuestro S eñor y una señal de cruz, de usarlos bien y fielmente a su leal saber y entender, y lo firmaron con su merced, de que doy fe. = Lacruz [rúbrica] = Josef
SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO
Antonio Ortiz [rúbrica] = Manuel Muxica [rúbrica] = Ante mí = Ygnacio H erránz [rúbrica], esscribano de cabildo. [ f. IO'lv.]/
[1452]
[22 DE ENERO DE 1787.]
En la ciudad de San Juan de Puerto Rico, a veinte y dos de enero de mil setezientos ochenta y siete años, se juntaron a cabildo ordinario los señores don Antonio de Córdova, alcalde ordinario, don José Dávila, don Valentín Martínez, don Domingo Dávila y don Miguel Xiorro, rexidores , para trata r y conferir las cosas tocantes al pro y útil de la república.
Se resolvió la solicitud de don Victoriano de Aldea sobre el escrito que presentó pidiendo se le diese el sueldo de doszientos y cincuenta pesos que tenía su antecesor y cincuenta que tiene Cristobal Caballero respecto a no usar su oficio, lo hacía presente para [f. 108 ] / lo que en este asunto se pueda resolver y acordaron sus señorías que se le tendrá presente y que a Cristobal Caballero se le haga saber que queda sin sueldo desde este año para en lo sucesivo, por el mismo hecho de no educar a los niños, de lo que están informados sus señorías. Y no habiendo otra cosa que acordar, se cerró este cabildo y lo firmaron, de que doy fe. = Cordova [rúbrica] = Davila [rúbrica] = Martinez [rúbrica] = Davila [rúbrica] = Xiorro [rúbrica] = Ante mí = Ygnacio Herránz [rúbrica], esscribano público y de cabildo. [ f. 108v•]/
[1453]
[29 DE ENERO DE 1787.]
En la ciudad de San Juan de Puerto Rico, a veinte y nueve de enero de mil setezientos ochenta y siete, se juntaron a cabildo los señores don Antonio de Córdova, alcalde ordinario, don Domingo Dávila y don Miguel Xiorro, r exidores, para tratar y conferir las cosas tocantes al pro y útil de la república, a que no concurrió el señor Valentín Martínez por haber participado se halla enfermo.
El maestro de niños don Victoriano de Aldea volvió a instar sobre el sueldo de 250 pesos que solicita y se
[El maestro don Victoriano de Aldea pide se Je pague lo que a su antecesor más el s ueldo de Cristóbal Caballero, quien no ejerce. ]
[El maestro don Victoriano de AJ. dea solicita su sueldo.]
[El teniente a guerra de Loyza, solicita el pasaje para el vec in dar io. ]
[ Se levanta la sesión por no haber a s untos que tratar. ]
ACTAS DEL CABILDO
mandó a pasar a la junta municipal; y lo mismo se acordó con una representazión a l cabildo que hizo el teniente a guerra de Loysa, pidien-(f· 100 ]/do el pasaje y corral de aquella jurisdición para el vecindario por lo mismo que lo remató Andrés Santana, en 1.000 pesos. Y no habiendo otra cosa que acordar se cerró este cabildo y lo firmó [sic] sus señorías, de que doy fe . = Cordova [rúbrica] = Davila [rúbrica] = Xiorro [rúbrica] = Ante mí = Ygnacio Herránz [rúbrica] , esscribano público y de cabildo. (f. 10'Jv·J / [1454]
[S DE FEBRERO DE 1787.]
En la ciudad de San Juan de Puerto Rico, a cinco de febrero de mil setecientos ochenta y siete, se juntaron a cabildo ordinario los señores don Antonio de Córdova, alcalde ordinario, don José Dávila, don Domingo Dávila y don Miguel Xiorro, rexidores, para tratar y conferir las cosas tocantes al pro y útil de la república. Y por no haber habido qué acordar se cerró este cabildo y lo firmaron sus señorías , de que doy fe . = Cordova [rúbrica] = Davila [rúbrica] = Davila [rúbrica] = Xiorro [rúbrica] = Ante mí = Ygnacio H erránz [rúbrica], esscribano público y de cabildo. [ f- 11º] / [1455]
[12 DE FEBRERO DE 1787.]
En la ciudad de San Juan de Puerto Rico, a doce de febrero de mil setecientos ochenta y siete años, se juntaron a cabildo ordinario en esta sala capitular los señores don Antonio de Córdova y don Félix de la Cruz, alcaldes ordinarios, don Jos é Dá vila, don Valentín Martínez, don Domingo Dávila y don Miguel Xiorro, rexidores , para tratar y conferir las cosas tocantes al pro y útil de la república.
[Se encari¡:a a don Migu e l J1orro la revisión de la s cuentas del mayordomo.]
Se recibieron en este cabildo las cuentas presentadas por el mayordomo de proprios a la junta municipal y remitidas p or los señores de ella y se nombró de diputado al señor rexidor don Miguel Xiorro para que las inspec-
donase, en atención a hallarse el señor procurador general ausente en la comisión de reparto de terrenos .
Se presentó en este mismo cabildo Francisco Cárdenas solicitando permiso para poner tienda de platería [ f. 110v·]/ y para determinar lo que corresponda se mandó dar vista al contraste. El señor diputado de mes don Valentín Martínez expuso hallarse los tablados de camisería enteramente inútiles e igualmente descompuestas las entradas de las puertas y que h ay que hacer algunos otros r e paros. Y se acordó pase a La junta municipal.
Con lo que, y por no haber otra cosa que acordar, aunque se conferenciaron varias, se concluyó este cabildo, que firmaron sus señorías, de que doy fee. = Cordova [rúbrica] = Lacruz [rúbrica] = Dávila [rúbrica] = Martínez [rúbrica] = Davila [rúbrica] = Xiorro [rúbrica] = Ante mí = Nicolás Aguayo [rúbrica], esscribano real y teniente de público y cabildo . [1• lll]/ [1456]
[26 DE FEBRERO DE 1787.]
En la ciudad de San Juan de Puerto Rico, a veinte y seis de febrero de mil setezientos ochenta y siete años, se juntaron a cabildo ordinario los señores don F élix de la Cruz, alcalde ordinario, don Valentín Martínez, d on Domingo Dávila y don Miguel Xiorro, rexidores, para tratar y conferir las cosas tocantes al pro y útil de la república, a que no asistió el señor alcalde don Antonio de Córdova por hallarse enfermo.
Se abrió un pliego dirigido en este mismo día por el señor gobernador y capitán general que contiene un auto testimoniado de la erección de intendencia subdelegada por lo respectivo a los partidos de La Tuna, Pepino, Moca, Aguada, Rincón, Añasco, Mayagüez, [f 111v·]/ Villa de San Germán, Cavo Roxo y Aguadilla, con residencia en ésta el subdelegado y ministros que la componen, vaxo las instrucciones y reglas que su señoría les ha de comunicar, en cuia vista acordaron los señores se le conteste por oficio y se ponga testimonio en el libro que corresponde. Y no habiendo otra cosa que acordar se cerró este cabildo y lo firmaron sus señorías , de que doy fe. = Lacruz [rúbrica] = Martinez [rúbrica] = Davila [rúbrica] = Xiorro [rú-
81
rFrancisco Cárde• nas solicita poner tienda de plate• ría.]
[Don Valentfn Martínez informa d esperfec t os en ,a carnicería.]
[El gobernador informa la creación de la intendencia subdelegada para varios partidos.]
[ Se ac uerda dar vi s ta a Francisco Cárdenas del informe sobre su pet ición de poner t ienda de platería.]
[El gobernador envía modelo para la formac ión de cuentas del mayordomo.]
ACTAS DEL CABILDO
brica] = Ante mí = Ygnacio Herránz [rúbrica], esscribano público y de cabildo . [f· 112 ]/
[1457]
[S DE MARZO DE 1787.J
En la ciudad de San Juan de Puerto Rico, a cinco de marzo de mil setecientos ochenta y siete años, se juntaron a cabildo ordinario, en esta sala capitular, como lo han de uso y costumbre, los señores don Antonio de Córdova, alcalde ordinario, don Domingo Dávila y don Miguel Xiorro, rexidores, para tratar y conferir las cosas tocantes al pro y útil de la república.
En este cabildo se mandó dar vista a Francisco Cárdenas de la exposición que hizo el contraste Manuel Moxica sobre su solicitud de poner tienda pública de platería.
Con lo que, y no habiendo otra cosa que acordar, aunque se conferenciaron varias, se concluyó este cabildo, que firmaron sus señorías, de que doy fee. = Cordova [rúbrica] = Davila [rúbrica] = Xiorro [rúbrica] = Ante mí = Nicolás Aguayo [rúbrica], esscribano real y teniente de público y cabildo. [ f. iuv.] /
[1458]
[12 DE MARZO DE 1787.J
En la ciudad de San Juan d e Puerto Rico, a doce de marzo de mil setecientos ochenta y siete años, se juntaron a cabildo ordinario en esta sala capitular los señores don Antonio de Córdova, alcalde ordinario, don José Dávila, don Valentín Martínez, don Domingo Dávila y don Miguel Xiorro, rexidores, para tratar y conferir las cosas tocantes al pro y útil de la república.
En este cabildo se recibió un pliego cerrado del superior gobierno y habiendo abierto se encontró contener un oficio de su señoría el señor gobernador, intendente y capitán general con una copia modelo para la formación de cuentas en lo sucesivo para los mayordomos de proprios, el que se mandó archivar y que se diese copia a éste, contestándose dicho oficio.
SAN JUAN
BAUTISTA DE PUERTO RICO
Así mismo se recibieron los manifiestos de reses de la isla remitidos por el mismo señor gobernador y capitán general, por medio del ayudante de órdenes don [f· 113 ]/ Manuel Fuertes y se nombraron en su vista y para el reparto de ellas a los señores rexidores don Valentín Martínez y don Miguel Xiorro.
Se presentaron los borriqueros esclavos querellándose de su capitán sobre algunas usurpaciones hechas por éste, pidiendo en su consecuencia se n o mbrabrase otro. Y se proveyó pasase su instancia a su señoría el señor gobernador, intendente y capitán general para que se sirviese dar la providencia que tuviese por conveniente.
Con lo que, y por no haber otra cosa que acordar, aunque se confe renciaron varias, se concluyó este cabildo, que firmaron sus señorías, de que doy fee. = Cordova [rúbrica] = Davila [rúbrica] = Martin e z [rúbrica] = Davila [rúbrica] = Xiorro [rúbrica] = Ante mí = Nicolás A g uay o [rúbrica] , esscribano real y teniente de público y cabildo. [f. 113v• ]/
[1459]
[20 DE MARZO DE 1787.
]
En la ciudad de San Juan de Puerto Rico a veinte de marzo de mil s e tecientos ochenta y siete años, se juntaron a cabildo ordinario en esta sala capitular los señores don Félix de la Cruz, alcalde ordinario, don José Dávila, don Valentín Martínez, don Domingo Dávila y don Miguel Xiorro, rexidores, para tratar y conferir las cosas tocantes al pro y útil de la república, a que concurrió también el señor procurador general don Pablo de Córdova.
El señor presidente hizo presente a los demás señores de este ilustre cuerpo que para imponerse de lo resuelto por el Rey, Nuestro Señor, sobre las extracciones de los reos que se asilan a la inmunidad, necesitaba de las Reales Ordenes que hubiese en este archivo sobre el asunto y habiendo accedido a ellos dichos señores [ f . 114 ]/ entregué yo, el esscribano, al citado señor presidente don Félix de la Cruz una Real Cédula fecha en San Ildefonso a 4 de octubre de 1770 y una Real Provisión de 21 de mayo de 1785.
Con lo que, y no habiendo cosa alguna que acordar, aunque se conferenciaron varias, se concluyó este cabildo,
[El gobernador e n • ví a los manifiestos de ,eses para e l re• par to. ]
[ Se presen ta que • rell a por los borriqueros esclavos. ~
[ Se entr egan al al cal de documen tos sobre inmuni dad de reos asilados en la igles ia. ]
[El cabildo levanta la sesión por no haber asuntos que tra tar. ]
Jueves Santo.
[El cabildo pl antea s i se debe entregar al teniente de gobernador la llave d e l sagrario cuando falte el gobernador a los servi• cios de Ju eves Santo.]
ACTAS DEL tCABILDO
que firmaron sus señorías, de que doy fee.=Lacru z [rúbrica] = Davila [rúbrica] = Martinez [rúbrica] = Davila [rúbrica] = Xiorro [rúbrica] = Cordova [rúbrica] = Ante mi = Nicolás Aguayo [rúbrica], escribano real y teniente de público y cabildo. [f· 114v·]/
[1460]
[26 DE MARZO DE 1787.]
En la ciudad de San Juan de Puerto Rico, a veinte y seis de marzo de mil setezientos ochenta y siete años se juntaron a cabildo ordinario los señores don Antonio de Córdova, alcalde ordinario, don Valentín Martínez, don Domingo Dávila y don Miguel Xiorro, rexidores, para tratar y conferir las cosas tocantes al pro y útil de la república, entró el señor rexidor don José Dávila.
No habiendo cosa que acordar se cerró este cabildo y lo firmaron sus señorías, de que doy fe . = Cordova [rúbrica] = Davila [rúbrica] = Martinez [rúbrica] = Davila [rúbrica] = Xiorro [rúbrica] = Ante mí = Ygnacio Herrán z [rúbrica] , esscribano de cabildo. [f· llS]/
[1461]
[S DE ABRIL DE 1787.]
En la ciudad de San Juan de Puerto Rico, a cinco de abril de mil setezientos ochenta y siete años, habiendo llegado a esta sala capitular los señores don Manuel Chiguero Saavedra, teniente de gobernador y auditor de guerra, don Antonio de Cordova, don Félix de la Cruz, alcaldes ordinarios, don José Dávila, don Valentín Martínez, don Domingo D ávila y don Miguel Xiorro, rexidores, a que concurrió el señor procurador general don Pablo de Córdova, dixeron que en atenzión a que habiendo asistido en el día de hoy a los divinos oficios en la santa iglesia catedral, presidida por dicho señor teniente de gobernador, cuando esperaba que r eservado el Señor en el sagrario, se le pusiese la llave a di cho señor presidente por el señor d o n Juan Lorenzo de Mata, arcediano ['· mv·]/ de dicha santa iglesia que oficiaba, consecuente a la representazión qu e como cabeza d el cabildo exercía y ya por
SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO
las demás prerrogativas y preeminencias que le competen la virtud de la novísima Real Instruzión de intendentes y posteriores Reales Ordenes de Su Majestad que le sobstituien en la intendencia y sus anexidades en falta, enfermedad, o ausenzia del señor intendente, contraviniendo a todo ello dicho señor arcediano, despojando al real vicepatronato y privándole de una regalía que Su Majestad así mismo tiene declarada, omitió el echar la llave a dicho señor teniente de gobernador que se hallaba a este fin, al pie del altar con el guión, extrañándolo [Testado : todo] el pueblo [Testado: que a vista] y particularmente el ayuntamiento [ f. 116 ]/ que había advertido esta inconcusa práctica y la de poner a este fin una llave de prespectiva en el sagrario, como se practicaba en todas las iglesias catedrales, en cuya virtud, lo sagrado del día y no permitir la venerazión debida del lugar donde acaeció el hecho, contiendas ni las protextas que eran debidas, desde luego las hacen sus señorías en el presente sin intermisión de acto alguno, para que no le pare perjuicio, habilitándose a este fin el día y pasados con los demás solemnes, particípese esta protesta al venerable señor presidente y cabildo de esta dicha santa iglesia, con testimonio, que pasará con las debidas formalidades el presente esscribano dándose cuenta al ilustrísimo señor Obispo, con res-[f· 116v·]/pecto a su ausenzia y sin perjuicio, al Rey Nuestro Señor con la justificazión que estime conveniente. Y por ahora y para los fines que puedan convenir, se haga presente todo al señor gobernador, intendente por medio del señor don Jos é Dávila a quien se comisiona con reserva de hacerlo más en forma pasados los días feriados. Y lo firmaron sus señorías, de que doy fe. = Chiguero [rúbrica] = Cordova [rúbrica] = Lacru z [rúbrica] = Davila [rúbrica] = Martinez [rúbrica] = Davila [rúbrica] = Xiorro [rúbrica] = Cordova [rúbrica] = Ante mí = Ygnacio Herránz [rúbrica], esscribano público y de cabildo. [f. 117]/
[1462]
[16 DE ABRIL DE 1787.J
En la ciudad de San Juan de Puerto Rico, a diez y seis de abril de mil setezientos ochenta y siete años, se juntaron a cabildo ordinario los señores don Antonio de Córdova y don Félix de la Cruz, alcaldes ordinarios, don José
[El docto r don J osé Gu tiérr ez d el Arroyo pide t es tim onio sobre s u fa. mi lia. J
[Se acuerda no p roseguir as unto de la ll ave d el sagrario lu ego d e la opini ón e mitid a por el gobernador ]
[ El tenient e d e gobernador pide te stimon io d e la prot es ta l evant a d a el dla 5 de abril.]
ACTAS DEL CABILDO
Dávila, don Valentín Martínez, don Domingo Dávila y don Miguel Xiorro, rexidores para tratar y conferir las cosas tocantes al pro y útil de la república.
El doctor don José Gutiérrez de Arroyo se presentó en este cabildo pidiendo certificación del estado que tiene su familia en esta isla y si entre las más visibles se halla, y con efecto se le certificó ser así y se le entregase original como lo pide.
El señor rexidor don José Dávila , diputado que se nombró p a ra dar cuenta a su señoría, el señor gobernador y capitán general, de lo ocurrido en [f. 111v. ]/ la Santa Iglesia Cat edral el día cinco del corriente [Testado : y] dijo que habiéndole participado su comisión,* preguntó su señoría a quien habían puesto la llave y le respondió que a nadie y que no hubo otra llave que la pequeña con que se cierra la urna, a que replicó su señoría que el preste debió ponerla, no estando presente su señoría y que había hecho bien en no habérsela dado al auditor de guerra pues si éste la quiere [Testado: ilegible que] haga su recurso al Rey. Lo que oído por sus señorías, enterados de todo, dixeron que en atención a que la protesta que motivó el anterior oficio verbal que ahora se contexta fue estimulada d e los más vivos deseos a llenar en cuanto está de parte de sus señorías los deberes de su obligazión conforme a la Ley La, título 6, libro l.º de la Recopilación de Indias y que según de ella misma se deduce** nada otra cosa les compete en iguales casos que es protestar in fraganti el uso de todos los medios que [f- 118 ]/ conduzcan a la defensa de los derechos y regalías del Real Patronato y dar cuenta al señor vicepatrono para que si lo tuviere a bien, lo ponga en práctica, p ersuadidos a que con lo que hasta aquí actuado han cumplido con lo en esta parte les corresponde, desde luego sobreseían y sobreseyeron en todo separándose de este asunto.
Se recibió un pliego del señor teniente de gobernador y auditor de guerra y habiéndose abierto pide se le dé testimonio de la protexta hecha el día 5 del corriente, relativa a lo acaecido en la Santa Iglesia Catedral sobre no haberse colocado en él la llave del depósito por efecto de no hallarse presente el señor intendente, gobernador y capitán general como también de lo que produjo el recado o participazión que por medio del señor rexi-
* Entre ,líneas: participado su comisión.
** Entre líneas: y que según de ella misma se deduce.
SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO
dor don José Dávila, diputado para ello, en el mismo día y a consecuencia de aquel acto se pasó a su señoría dicho señor intendente* y informe a con-[f· mv. ] / tinuazión [Testado: de] este ilustre cabildo sobre la práctica que en semejantes eventos se ha observado, particularmente desde el establecimiento de la intendencia, en cuia virtud y a consecuencia del citado oficio informaron sus señorías que hasta el presente, co n motivo de no haber faltado en este día el señor vicepatrono real no ha habido exemplar de que a otra persona alguna se le haya puesto la llave a excepción del caso particular acaecido en el gobierno del señor coronel don Miguel de Muesas, que se la puso el preste de cuias resultas se elevó este hecho, como de agravio a l Real Trono en lo que resolvió Su Majes tad lo que tuvo por conveniente declarando expecificamente que la llave en este día es regalía precisa y anexa a su vicereal patronato, de todo lo cual mandaron sus señorías se le den por el presente esscribano al enunciado señor teniente de gobernador [f. 119 ]/ y auditor el testimonio que pide para los fines que expresa, como también de la protesta y resultas del recado u oficio que expresa, contextándose igualmente a su oficio.
La Junta municipal remitió a es te cabildo las cuentas evacuadas las diligencias de su pertenencia, y se dió vista al señor procura dor general. Y no habiendo otra cosa que acordar se cerró este cabildo y lo firmaron sus señorías, de que doy fe. - Cordova [rúbrica] = Lacru z [rúbrica] = Davila [rúbrica] = Martinez [rúbrica] = Davila [rúbrica] = Xiorro [rúbrica] = Ante mí = Y gnacio Herránz [rúbrica], esscribano público y de cabildo. [f· 119v ]/
[1463]
[23 DE ABRIL DE 1787.]
En la ciudad de San Juan de Puerto Rico, a veinte y tres de abril de mil setezientos ochenta y siete años, se juntaron a cabildo ordinario los señores don Felix de la Cruz, alcalde ordinario, don José Dávila, don Valentín Martínez, don Domingo Dávila y don Miguel Xiorro, rexidores, para tratar y conferir las cosas tocantes al pro y útil de la república.
* Entre líneas: se pasó a su señoría dicho señor intendente.
( Se pasan a l procurador general las cuentas enviadas por la junta municipal.]
[Se recibe Real Orden sobre el tra• tam iento debido a don Jaime O ' Daly.]
[ Real Cé dula sobre e o r r e s pondencia con jefes y min ist ros.]
[Se devuelven las cuentas a la junta municipal.]
ACTAS DEL CABILDO
Se recibieron dos pliegos del señor gobernador, el uno con testimonio de Real Orden en que manda Su Majestad se le guarden a don Jaime O'Daly los privilex.ios y fu eros de español mientras se halle, como lo está , e n servicio de Su Majestad en esta isla, a que se contextó, y al otro oficio acompañado de Real Cédula que previene el método con que se deben llevar y escribir las correspondencias de oficio con los xefes y ministros que explica. [ r. 120] ¡
Respo ndió el procurador general a las cuentas y se mandaron volver a la junta municipal, como lo previe [ sic] la Real Instruzión.
Y no habiendo otra cosa que acordar se cerró este cabildo y lo firmaron sus señorías , de que do y fee . = Lacruz [rúbrica] = Dávila [rúbrica] = Martinez [rúbrica ] = Davila [rúbrica] = Xiorro [rúb ric a] = Ante mí = Ygnacio Herránz [rúbrica] , esscribano público y de cabildo. [f 120v·] /
[1464]
[30 DE ABRIL DE 1787. ]
[Real Provisión sobre la manera de form ar los inventarios.]
En l a ciudad de San Juan d e Pu erto Ri co, a treinta de a bril de mil setecientos och enta y siete años, se juntaron a cabildo ordinario l os señores don Félix d e la Cruz, alcalde ordinario, don Va lentín Martínez, don Domingo Dávila y don Miguel Xiorro, rex.idores, para tratar y conferir las cosas to cantes al pro y útil de la república.
[Francisco RocJrf y,uez solicita emp leo de alguacil.]
Se abrió un pliego del señor gobernad o r remitido con fecha d e 25 del corriente que contiene el bando publicado para el cumplimiento de la Real Provisión de Su Alteza, que previene el método con que se deben formar los inventarios y demás que expresa, y leída que fue mandaron sus señorías se archive para su execución en lo sucesivo y se contexte su recibo por oficio al señor go bernador y capitán general. [ f- m]/
Francisco Rodríguez pretendió la vara de alguacil, vacante por muer te de Andrés Gutiérrez. Y no habiendo otra cosa, se cerró este cabildo y lo firmaron sus señorías, de que doy fe. = Lacruz [rúbrica] = Martinez [rúbrica] = Davila [rúbrica] = Xiorro [rúbrica] = Ante mí = Ygnacio Herránz [rúbrica], esscribano público y de cabildo.
SAN JUAN
BAUTISTA DE PUERTO RICO
[ 14 65 ]
[7 DE MAYO DE 1787.]
En la ciudad de San Juan de Puerto Rico, a siete de mayo de mil setezientos ochenta y siete años, s e juntaron a cabildo ordinario los señores don Antonio de Córdova, alcalde ordinario, don José Dávila, [ f. 121v·] / don Valentín Martínez, don Domingo D ávila y don Miguel Xiorro, rexidore s , para tratar y conferir las cosas tocantes al pro y útil de la república.
Se conferenciaron varias cosas y no habiendo otra cosa que acordar, se cerró este cabildo y lo firmaron sus señorías, de que doy fe . = Cordova [rúbrica ] = Dávila [rúbrica] = Martín ez [rúbrica] = Dávila [rúbrica] = Xiorro [rúbrica] = Ante mí = Ygnacio Herránz [rúbrica], esscribano público y de cabildo. [ f. 122 ]/
[1466]
[4 DE JUNIO DE 1787.J
En la ciudad de San Juan de Pue rto Rico, a cuatro de junio de mil setezientos ochenta y siete años , se juntaron a cabildo ordinario los señores don Domingo Dávila, don Tomás Pizarro y don Miguel Xiorro, rexidores, y por no haber concurrido los d e más se ñores no se hizo cabildo y mandaron se anotase participando el señor don Tomás Pizarra que aunque ha cesado en la comisión de reparto gen e ral de ti erras, a que fue diputado con el señor fiscal , l e había dejado otras que evacuar incidentes que le d ejó, y también por parte d el gobierno un d espacho para los mismos fines y le precisaba ocupar el tiempo en dichas comisiones, sin poder concurrir a los cabildos, lo que hacía presente para inteligencia de los señores. Y en e s ta virtud lo firmaron sus señorías, de ['· 122v·] / que doy fe. = Dávila [rúbrica] Pizarra [rúbrica] = Xiorro [rúbrica] = Ante mí Ygnacio H erránz [rúbrica] , esscribano de cabildo.
[El cabildo discu• te varios asuntos. 1
[ S e levanta la sesión por ausencia de capi tulares y don Tomás Pizarra explica s u s pos ibles ausencias futuras .]
[Se presenta recibo de Miguel Zambrano por copias de documentos.]
ACTAS DEL CABILDO
[ 1467]
[11 DE JUNIO DE 1787.]
En la ciudad de San Juan de Puerto Rico, a once de junio de mil setezientos ochenta y siete años, se juntaron a cabildo ordinario los señores don Antonio de Córdova y don Felix de la Cruz, alcaldes ordinarios, don José Dávila, don Domingo Dávila y don Miguel Xiorro, rexidores, para tratar y conferir las cosas tocantes al pro y útil de la república.
El señor rexidor don Miguel Xiorro presentó un [f· 123]/ recibo de 43 pesos dados a Miguel Zambrano por el trabajo de copiar y sacar en limpio los manifiestos y repartos de la contribuzión de la pesa, y se mandó pasar a la junta municipal. Y trajo el reparto y rol del año próximo pasado de 86 [Textado: para] su archivo donde corresponde.
l Se acuerda no concurrir e o m o cuerpo a varias funciones religiosas.]
[Se pasa al gobernad or informe sobre daños causados por t emblor de tierra. ]
En este cabildo se conferenció largamente sobre la concurrencia del cabildo a las funciones de los conventos con mazas los días de los patriarcas y los de Nuestra Señora del Rosario y Concepción todos los años y viernes santos por la tarde a la procesión, y con atenzión a lo recargado que está este cabildo de semejantes funciones a que muchas veces* no pueden concurrir sus individuos por hallarse en sus haziendas y quedan tal vez algunos imposibles de sacar las mazas por falta de ellos y no quedar desaira-[f- 123v•]/do el cuerpo por la calle, como tan improprio. Por estos y otros motivos acordaron sus señorías que se reformen las citadas funciones y se borren de la tabla que las señala para lo que se diputa al señor alcalde don Félix de la Cruz.
El señor procurador general presentó escrito representando el quebranto que han padecido los edificios de esta ciudad con el temblor de tierra sucedido el día 2 de mayo último y pidiendo que se pase oficio al señor gobernador y capitán general para su r emedio , y así se acordó por sus señorías para que tome su señoría la providencia que tenga a bien.
Que en atenzión a que la falta de dos ministros a lguaciles, por hab er muerto André s Rodríguez, digo: Gutiérrez, y Blás Ramón García inútil por sus accidentes ocasiona la [ilegible ] de administrar justicia, [ f. 124]/ acorda-
* Entre líneas: veces.
SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO
ron sus señorías que los señores alcaldes soliciten el más propio en el interín se presentan y los abiliten para toda diligencia de justicia. Y no habiendo otra cosa que acordar se cerró este cabildo y lo firmaron sus señorías, de que doy fe. = Cordova [rúbrica] = Lacruz [rúbrica] = Davila [rúbrica] = Davila [rúbrica] = Xiorro [rúbrica] = Ante mí = Ygna c io Herrán z [rúbrica], esscribano público y de cabildo. [f· 124v· ] / [1468]
[18 DE JUNIO DE 1787.J
En la ciudad de San Juan de Puerto Rico, a diez y ocho de junio de mil setecientos ochenta y siete años, se juntaron a cabildo ordinario los señores don Antonio de Córdova y don Félix de la Cruz, alcaldes ordinarios, don Valentín Martínez y don Domingo Dávila, rexido res, para tratar y conferir las cosas tocantes al pro y útil de la república, a que no concurrieron los señores don Miguel Xiorro, rexidor y don Pa blo de Córdova, procurador, por hallarse enfermo.
Se presentó Carlos Antonio Mallen pretendiendo la plaza de alguacil y macero, vacante por muerte de Andrés Gutiérrez, y se le admitió mandando pasar el expediente al mayordomo de propios para el pago de su salario.
Los señores diputados don Valentín Martínez y don Miguel Xiorro, exhibieron en este [f. 125 ]/ cabildo los manifiestos d e reses de la Isla para el reparto de pesa y se mandó archivar.
El señor don Valentín Martínez y don Miguel Xiorro, encargados en la correspondencia con el apoderado en la corte, don Diego Paniagua, dieron cuenta de haber llegado a sus manos los documentos remitidos y libranza de los doscientos pesos que le fue enviado y que quedaba en practicar todas las diligencias convenientes con la mayor actividad, de que iría avisando. Y no habiendo otra cosa que acordar, se cerró este cabildo y lo firmaron sus señorías, de que doy fe. = Cordova [rúbrica] = Lacruz [rúbrica] = Martín ez [rúbrica] = Davila [rúbrica] = Ante mí = Ygnacio Herránz [rúbrica], esscribano público y de cabildo. [f· 125v·]/ 7.
[Se admite a Ca r• los Antonio Mallen c o mo algua cil y macero.]
[Se someten los manifiestos de reses.]
[Se informa so b re la correspondencia con don Diego Paniagua. ]
[Don J osé Joaquín Coronado presenta título de abogado.]
ACTAS DEL CABILDO [1469]
[3 DE JULIO DE 1787.]
En la ciudad de San Juan de Puerto Rico, a tres de julio de mil setecientos ochenta y siete años, se juntaron a cabildo ordinario en esta sala capitular los señores don Antonio de Córdova, alcalde ordinario, don Valentín Martínez, don Domingo Dávila y don Miguez Xiorro, rexidores, para tratar y conferir las cosas tocantes al pro y útil de la república .
En este cabildo se presentó el doctor don José Joaquín Coronado con el título o Real Provisión de habérsele recibido de abogado y habiéndosele admitido al uso y exercicio de este oficio, se le mandó devolve r tomada l a correspondiente razón.
[El alcalde informa sobre carta del señor Obispo.]
[Se trata sob re el privilegio de la ciudad de ll evar el guión en ciertas festividades.]
El señor presidente ha expuesto que habiéndole demostrado el señor provisor carta del ilustrísimo señor leyó una cláusula en la que manda que a su nombre dé reve-[ f· u6 ]/rentes gracias a este ayuntamiento por la celebridad y función pública que ha hecho en esta catedral a Dios Nuestro Señor en acción de gracias y por los beneficios recibidos de la Divina Misericordia.
Y sigue ndo, expuso di cho señor que h abiéndo tratado verbalmente con el señor gobernador el privilegio que tiene este ayuntamiento a la insignia del guión en las funcion es públicas y estando en cuerpo de ciudad* en la de Corpus Christi y otras solemnidades, quedó su señoría que en lo sucesivo no tomaría partido alguno en el asunto que va referido dejando a este ayuntamiento como dejaba gozase de sus privilegios en éste y otros que [f· 126v· ] / tenga adquiridos por ley, y enterados los demás señores d e la exposición que antecede, dijeron sus señorías que no obstante que se conforman con ella añadieron a mayor abundamiento que igualmente se le deben guardar a este ayuntamien to no sólo los privilegios que le franquean las leyes, sino los que tenga a dquiridos por costumbre Con lo que, y por no haber habido otra cosa que acordar, aunque se conferenciaron varias, se concluyó este cabildo, que firmaron sus señorías, de que doy fee. = Cordova [rúbrica] = Mart ine z [rúbrica] = Davila [rúbrica] = Xiorro [rúbrica] = Ante mí = Nicolás Aguayo [rú-
* Entre línea s : de ciudad.
SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO
brica ] , esscribano real y teniente de p úblico y cabildo. [f. 111]/
[ 1470]
[9 DE JULIO DE 1787.]
En la ciudad de San Juan de Puerto Rico, a nueve de julio de mil setecientos ochenta y siete años, se juntaron a cabildo ordinario en esta sala capitular los señores don Antonio de Córdova, alcalde ordinario, don Domingo Dávila y don Miguel Xiorro, rexidores, para tratar y conferir las cosas tocantes al pro y útil de la república.
En este cabildo se comisionó al señor rexidor don Miguel Xiorro para que contestase el oficio que con fecha de 24 de mayo próximo pasado recibió del muy venerable señor deán y cabildo sobre que se sirviese coadyudar a la función de iglesia que se intenta establecer el día dos de mayo en memoria y agradecimiento del singular favor que Dios Nuestro Señor fué servido de no sumergirnos en la nada como lo tenemos merecido por nuestras culpas, con los tem-[f· 111•·]/blores de tierra acaecidos.
Con lo que, y por no haber otra cosa que acordar, aunq u e se conferenciaron varias, se concluyó este cabildo, que firmaron sus señorías, de que doy fee.=Cordova [rúbrica] =Davila [rúbrica] =Xiorro [rúbrica] =Ante mí= Nicolás Aguayo [rúbrica], esscribano real y teniente de público y cabildo.
[
1471] [6 DE JULIO DE 1787.]
En la ciudad de San Juan de Puerto Rico, a seis de julio de mil setezientos ochenta y siete años, se juntaron a cabildo ordinario los señores don Antonio d e Córdova, alcalde ordinario, don Valentín Martínez y don Domingo Dávila, rexidores, para tratar y conferir las cosas tocantes [f· 128 ]/ al p ro y útil de la república, entró el señor rexidor don Miguel Xiorro.
Melchor de Rivera pidió traspaso en María [Hernández ] , ambos de Toalta, de 100 pesos de censo a que es obligado, pertenezientes a la ciudad y se dió vis ta al señor procurador general con las certificaciones que la acompañan.
[Se acuerda la par• licipación d e la ciudad en los actos de acción de gracias luego del terremoto.]
[ Melchor Rivera pide traspaso de censo en María Hernández.]
[ Se admite a María Hernández por censuataria.]
[Don Bernabé Dávila pide se autorice al teniente a guerra de Ba yamón a otorgar escritura de censo. ]
t Se r eciben cinco testimo nios de Reales Cédulas.]
ACTAS DEL !CABILDO
Y no habiendo otra cosa que acordar, se cerró este cabildo y lo firmaron sus señorías, de que fe.=Cordova [rúbrica] =Martinez [rúbri ca] =Davila [rúbrica] =Xiorro [rúbrica]=Ante mí = Y gnac io Herránz [rúbrica]=, esscribano público y de cabildo. [f. 128v·]/
[1472]
[23 DE JULIO DE 1787.J
En la ciudad de San Juan de Puerto Rico , a veinte y tres de julio de mil s etecientos ochenta y siete años , se juntaron a cabildo ordinario los señores don Antonio de Córdova, alcalde ordinario, don Domingo Dávila y don Miguel Xiorro, rexidores, para tratar y conferir las cosas tocantes al pro y útil de la república.
S e admitió a María Hernández por censuataria de 100 pesos qu e t enía Melchor de Rivera, baxo de escritura con fiadores abonados a satisfazión de mi, el esscribano.
Don Bernabé Dávila pidió que estando admitido por inquilino d e 300 pesos de censo de esta ciudad, se le permita que el teniente a guerra de Bayamón otorgue la correspondiente escritura, por tener allí sus fiadores y serle costoso traerlos aquí, y se le concedió.
El esscribano que hace de gobierno, don José de Reyna, entregó cinco testimonios de Reales Cédu-[f· 129 ]/las de mandato del señor gobernador y capitán general, para su cumplimiento, una sobre comercio, otra sobre duda de la pragnática [sic] de casamientos , otra sobre divorcio, y otra concediendo oratorios a los obispos, concediéndo les facultar [sic] de darlos, y otra sobre extración de refuxiados.
Y no habiendo otra cosa que acordar, se cerró este cabildo y lo firmaron sus señorías, de que fe.=Cordova [rúbrica] =Davila [rúbrica] =Xiorro [rúbrica] =Ante mí =Ygnacio H erránz [rúbrica], esscribano público y de cabildo. [ f. 129v·J/
[1473]
[30 DE JULIO DE 1787.]
En la ciudad de San Juan de Puerto Rico, a treinta de julio de mil setezientos ochenta y siete años, se juntaron
SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO
a cabildo ordinario los señores don Antonio de Córdova, alcalde ordinario, don Valentín Martínez, don Domingo Dávila y don Miguel Xiorro, rexidores, para tratar y conferir las cosas tocantes al pro y útil de la república.
El alcaide de la cárcel pidió se le admitiese un segundo por las ocupaciones graves que ocurren en ella, baxo de la responsión [sic] que él tiene de satisfacérsele por él su correspondiente gratificación con su mismo salario y se le admitió, precedida la aprobación del señor gobernador para cuio efecto se le entregue el expediente. Y no habiéndo otra cosa que acordar se cerró este [f• 130 ] / cabildo y lo firmaron sus señorías, de que doy fe.=Cordova [rúbrica] =Martinez [rúbrica] =Davila [rúbrica] =Xiorro [rúbrica] =Ante mí=Ygnacio Herránz [rúbrica], esscribano público y de cabildo.
[1474]
[6 DE AGOSTO DE 1787.]
En la ciudad de San Juan de Puerto Rico , a seis de agosto de mil setezientos ochenta y siete años, se juntar on a cabildo ordinario en esta sala capitular los señores don Antonio de Córdova, alcalde ordinario de primera elección, don José Dávila, don Valentín Martínez, don Domingo Dávila y don Miguel [f i30v.]/ Xiorro, rexidores, para tratar y conferir l as cosas tocantes al pro y útil de la república. A que concurrió el señor procurador general don Pablo de Córdova.
El señor presidente don Antonio de Córdova, mandó extraer las ordenanzas con todos los documentos concernientes a la nueva ordenación que se hallan en este archivo para remitírselas al señor teniente de gobernador y auditor de guerra, y en efecto se le remitieron.
Con lo que, y no habiendo otra cosa que acordar, aunque se conferenciaron varias, se concluyó este cabildo, que firmaron sus señorías, de que doy fee.=Cordova [rúbrica] =Davila [rúbrica] =Martinez [rúbrica] =Davila [rúbrica] =Xiorro [rúbrica]=Cordova [rúbrica]=Ante mí= Nicolás Aguayo [rúbrica], esscribano real y teniente de público y cabildo. [f· 131 ]/
[El alcaide de la cá r cel pide se le autorice un auxilia r.]
[Se acuer d a remitir ordenanzas al ten iea t e d e gob e rn a dor.]
[Se levanta la sesión por no haber asuntos que tratar.]
[Se discuten varios asuntos.]
ACTAS DEL CABILDO [1475]
[13 DE AGOSTO DE 1787.]
En la ciudad de San Juan de Puerto Rico, a trece de agosto de mil setezientos ochenta y siete, se juntaron a cabildo ordinario los señores don Antonio de Córdova, alcalde ordinario, don Valentín Martínez y don Domingo D ávila, rexidores, para tratar y conferir las cosas tocantes al pro y útil de la república Y por no haber cosa que tratar se cerró este cabildo y lo firmaron sus señorías, de que doy fe.=Cordova [rúbrica]=Martin ez [rúbrica]=Davila [rúb rica]=Ante mí=Ygnacio Herránz [rúbrica], esscribano público y de cabildo.
[1476]
[20 DE AGOSTO DE 1787.]
En la ciudad de San Juan de Puerto [f· 13iv.]/ Rico , a veinte de agosto de mil setezientos ochenta y siete años, para efecto de proceder a cabildo ordinario se juntaron en esta sala capitular los señores don Antonio de Córdova, alcalde ordinario de primera elección, don Valentín Martínez, don Domingo Dávila y don Miguel Xiorro, rexidores, para tratar y conferir las cosas tocantes al pro y útil de la república, a que concurrió también el procurador generan don Pablo de Córdova.
Con lo que, y por no haber cosa alguna que acordar, aunque se conferenciaron varias, se concluyó este cabildo, que firmaron sus señorías, de que doy fee.=Cordova [rúbrica] = Martínez [rúbrica] = Davila [rúbrica] = Xiorro [rúbrica] =Cordova [rúbrica] = Ante mí = Nicolás Aguayo [rúbrica], esscribano real y teniente de público y cabildo. [ f , 132 ] /
[1477]
[28 DE AGOSTO DE 1787. ]
En la ciudad de San Juan de Puerto Rico, a veinte y ocho d e agosto de mil setezientos ochenta y siete años se juntaron a cabildo ordinario los señores don Antonio de Córdo va, alcalde ordinario, don Valentín Martínez, don Domingo Dávila y don Miguel Xiorro, rexidores, para tra-
tar y conferir las cosas tocantes al pro y útil de la república. Entró el señor rexidor don José Dávila.
El licenciado don Juan Mauricio Ramos de Gracia se presentó con título de abogado y se le admitió a su uso y se mandó tomar razón y que se le devuelva .
Lo mismo hizo don José Benítez presentando título de esscribano de rexistros y real hazienda nuevamente establecido en la Aguadilla, despachado por el gobierno, y se mandó tomar razón de él en el libro capitular, y que se [f· 132v-J/ le devuelva.
El portero Pablo de Rivera representó al señor gobernador y capitán general el mérito de siete años que ha servido este oficio y su celo y exactitud en el cumplimiento de él y que la cortedad de cinco pesos de sueldo mensuales que tenía señalados no tenía competente para su precisa decencia, pidiendo se le asignasen otros cinco pesos más, su señoría lo remitió a este cabildo para que instruíd o de todo d é su dictamen para ello y se acordó que todo lo que expone en s u memorial es cierto, en cuia atenzión era de dictamen se l e aumentasen hasta ocho pesos o lo que su señoría fuere servido asignarle. Y no habiendo otra cosa se cerró este cabildo y lo firmaron sus señorías, de que doy fe.=Cordova [rúbrica] =Davila [rúbrica] = Martin ez [rúbrica] =Davila [rúbrica] =Xiorro [rúbrica]= Ante mí=Ygnacio Herránz [rúbrica], esscribano público y de cabildo. (f· 133] / [1478]
[3 DE SEPTIEMBRE DE 1787.]
En la ciudad de San Juan de Puerto Rico, a tres de septiembre de mil setezientos ochenta y siete años, se juntaron a cabildo ordinario los señores don Antonio de Córdova, alcalde ordinario, don José Dá vila, don Valentín Martínez, don Domingo Dávila y don Miguel Xiorro, rexidores, para tratar y conferir las cosas tocantes al pro y útil de la república, a qu e concurrió el procurador general don Pablo de Córdova.
No hubo en este cabildo p articular alguno que resolver ni acordar y se cerró, el que firmaron sus señorías, de que doy fe.= Cordova [rúbri ca ] = Davila [rúbrica] =Martine z [rúbrica] =Davila [rúbrica] =Xiorro [rúbrica]= Cordova [ rúbrica] = Ante mí = Ygnacio Herrán z [rúbrica], esscribano público y de cabildo . [ f. 133v·] /
97
[Don Juan Mau ricio Ramos presenta título de abogado.]
[Don José Benítez presenta titulo d e escribano de registros.]
[ El portero Pab lo ae Rivera solicita aumen to en su sa !ario.]
[Se levanta la se• sión po r no h aber asuntos que tratar.]
[Se recibe resolución real sobre la recole cció n de papele tas.)
[ El cabi ldo discute varios a suntos.]
ACTAS DEL tCABILDO [1479 ]
[4 DE SEPTIEMBRE DE 1787.]
En la ciudad de San Juan de Puerto Rico, a cuatro de septiembre de mil setezientos ochenta y siete años, se juntaron a cabildo extraordinario, con motivo de haber llegado ayer un pliego en el correo, los señores don Antonio de Córdova, alcalde ordinario, don José Dávila, don Valentín Martínez, don Domingo Dávila y don Miguel Xiorro, rexidores, entró el señor auditor de guerra, teniente de gobernador, don Manuel Chiguero Saabedra y el señor alcalde ordinario don Félix de la Cruz. Se abrió el pliego y contiene la resoluzión de Su Majestad en orden a la recolección d e papeletas qu e solicitó este cabildo d el señor gobernador, intendente, p or acuerdo de noviembre de 86, la que l eída y entendida, dixeron s us señorías la obedecían y obedecieron con el respeto y acatamiento debido, cumpliéndose, guardándose, y execután-[r. 134 ]/dose en todo y por todo por lo respectivo a los particulares qu e conciernen al cabildo, archivándose [Testado : y ] contestándose y t eniéndose presente para lo que convenga. Y lo firmaron sus señorías, de que doy fe.=Chiguero [ rúbrica ] =Cordova [rúbrica] =Lacruz [rúbrica ] = Davila [ rúbrica ] =Martinez [rúbrica] = Davila [rúbrica] =Xiorro [rúbrica] =Ante m í = Ygnacio Herránz [rúbrica ] , esscribano público y de cabildo .
[1480]
[10 DE SEPTIEMBRE DE 1787 .]
En la ciudad de San Juan de Puerto Rico, a di ez d e septiembre de mil setezientos ochenta y siete años, se juntaron a cabildo ordinario los señores don Félix de la Cruz, alcalde ordinario, [f 134v•] / don Valentín Martínez , don Domingo Dávila y don Miguel Xiorro, rexidores, para tratar y conferir las cosas tocantes al pro y útil d e la república. Se conferenciaron varias cosas y se quedaron para otro cabildo, que firmaron sus señorías, d e que doy fe.= Lacruz [rúbrica] = Martine z [rúbrica] = Davila [rúbrica] = Xiorro [rúbrica]=Ante mí=Ygnacio H er ránz [rúbrica] , esscribano público y de cabildo.
[17 DE SEPTIEMBRE DE 1787.]
En la ciudad de San Juan de Puerto Rico, a diez y siete de septiembre de mil setezientos ochenta y siete años, se juntaron a cabildo ordinario en esta sala capitular los señores don Manuel Chiguero y Saabedra, abogado de la real chansillería de Granada, teniente de [f. 135]/ gobernador y auditor de guerra, don Antonio de Córdova y don Félix de la Cruz, alcaldes ordinarios, don José Dávila, don Valentín Martínez, don Domingo Dávila y don Miguel Xiorro, rexidores,* para tratar y conferir las cosas tocantes al pro y útil de la república.
S e presentó el señor don Joaquín Pover con el título y real confirmación del oficio de alférez real d e esta ciudad, el que leído y entendido por sus señorías se obedeció con el respeto y acatamiento debido y mandó que en su conformidad y con respecto a la posesión que de él obtenía el citado don Joaquín Pover, según consta de cabildo celebrado en veinte y tres de diciembre de mil setezientos setenta y cuatro, se le reciba y permita el uso y continuación de la posesión de su empleo en conformidad y puntual cumplimiento de lo determinado por Su Majestad guardándole las exenciones y preemi-[r· 135v•]/nencias que le son d ebidas, entre ellas la del asiento y lugar preeminente que prescriben las leyes y obtenía al tiempo d e haberle suspendido la posesión del citado oficio, tomándose la razón del expresado r e al título en el libro que corresponde.
Se presentó igualmente otro real título de confirmación d e l oficio de rexidor depositario que obtenía el señor don Miguel de Arizmendi y de cuya posesión, obtenida e n el mismo día veinte y tres de diciembre de mil setecientos setenta y cuatro se hallaba suspenso y habiéndose leído el expresado real título y cédula de confirmación , dijeron sus señorías la obedecían y obedecieron con el respeto y acatamiento debido y mandaron se guarde, cumpla y execute en su conformidad, guardando al expresado don Miguel Antonio de Arizmendi todas las honras (f· 136] / y mercedes que como tal le corresponden y el asiento y lugar que tenía al tiempo de la suspensión de la expresada posesión, sin perjuicio del señor rexidor decano, sus preeminencias
* Entre líneas: rexidores.
[Don J oaquín Pover presenta títul o de alférez real.]
[ Don Miguel An tonio de Arizmendi presenta título de regidor.]
[Se reciben l os 11.eal es Decretos d e c r ea ción d e las sec r etarias d e guerra y d e gracia y just ic ia.]
ACTAS DEL CABILDO
y privilegios a cuyo fin se admitían y admitieron las protestas hechas en el acto sobre el asunto y dijo dicho señor rexidor decano don Antonio de Córdova en este acto que entendido de este acuerdo de sus señorías y el asiento y voto que antes de ahora había obtenido y obtuvo el señor don Miguel Antonio de Arizmendi, con preferencia al señor exponente, del cual se halló agraviado y ahora lo está, en cuya virtud y teniendo presente que ha sido y es contra los privilegios, prerrogativas y demás ( f- 136v· ] / concernientes a dicho su empleo * todo lo declarado por leyes, protestaba y protestó cuanto puede y debe en el asunto y que en ningún tiempo le pare perjuicio, y para ello protesta igualmente ponerlo en execución presentándose en la forma que a dicho su empleo y privilegios corresponden en tribunal competente, para lo que suplica a este ilustre ayuntamiento se sirva mandarle dar el testimonio o testimonios que pida de este acuerdo, y que en él se insertase terminantemente su protesta como así todo se acordó. Y que la posesión decretada se entendiese con la precisa calidad de renovar a sati sfacción de este ayuntamiento la fianza que anteriormente había otorgado en el preciso término de quize días, tomándose la razón, con lo que se mandó entrasen dichos señores don Joaquín Pover [f- 137 ]/ y don Miguel Antonio de Arizmendi a quienes manifestando el cumplimiento de las nominadas Reales Cédulas de confirmación y acordado sobre su respectivo particular se les recibió y sentó en el lugar que antiguamente habían obtenido a fin de que continuasen su posesión, en cuyo acto volvió a insistir el señor rexidor decano, aon Antonio de Córdova, con las protestas que antes tiene hechas, las que igualmente se admitieron. Se recibió un pliego del señor gobernador, intendente y capitán general que habiéndose abierto se halló contener los Reales Decretos de Su Majestad sobre la creación de dos secretarías, la una de gracia y justicia y la otra de guerra y hacienda en el despacho de Indias, con lo demás que contiene, a que inteligenciados sus señorías acor(f- 137v.]/daron sus señorías se guarde, cumpla y execute como en ello se contiene, archivándose y contestándose el oficio de remisión de dicho señor gobernador, que se le dirigirá en la forma ordinaria . Con lo cual y no habiendo otra cosa que acordar, aunque se conferenciaron varias, se concluyó este cabildo que firmaron sus señorías, de que
* Entre líneas: a dicho su empleo.
SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO
doy fee.=Chiguero [rúbrica]=Cordova [rúbrica] =Lacruz [rúbrica] =Davila [rúbrica] =Martinez [rúbrica] =Davila [rúbrica] =Xiorro [rúbrica] =loachin Pover [rúbrica]= Miguel Antonio de Arizmendi [rúbrica] =Ante mí=Nicolás Aguayo [rúbrica], esscribano real y teniente de público y cabildo. [f. 138 ]/
[1482]
[24 DE SEPTIEMBRE DE 1787.]
En la ciudad de San Juan de Puerto Rico, a veinte y cuatro de septiembre de mil setezientos ochenta y siete años, se juntaron a cabildo ordinario los señores don Antonio de Córdova y don Félix de la Cruz, alcaldes ordinarios, don Joaquín Pover, alférez real, don Miguel Antonio de Arizmendi, depositario general, don Valentín Martínez, don Domingo Dávila, don Tomás Pizarro y don Miguel Xiorro, rexidores, para tratar y conferir las cosas tocantes al pro y útil de la república.
El señor rexidor don Tomás Pizarro presentó la Real Cédula de confirmación de su oficio de rexidor llano de este ayuntamiento y sus señorías lo admitieron y admitían al uso y exercicio de él en la misma misma [sic] forma y conforme al título que se d espachó por el gobernador don Miguel [f. 138v·]/ de Muesas, por declararse e n dicha Real Cé dula no haber caducado dicho oficio y se le dió el asiento que le corresponde, y se mandó se le devuelva, tomada la razón en el libro capitular que toca .
S e recibió el duplicado de la r esolución de Su Majestad sobre la recoleción de papeletas y se mandó archivar como el principal.
El señor alcalde ordinario don Antonio de Córdova expuso * que en el día de ayer el señor gobernador y capitán general le recomendó practica se con los señores de este ayuntamiento el exámen de las papeletas qu e cada uno tenga y oído por sus señorías dixeron que para el siguiente cabildo se resolvería dando la razón d e las papele tas con que se hallen. Y no habié ndo otra cosa que acordar, se cerró este cabildo y lo firmaron sus señorías, [f. 139 ] / de que yo, el esscribano, doy fe.=Cordova [rúbrica] =Lacruz [rúbrica] = Pover [rúbrica] =Ari zmendi [rúbrica] =Marti-
* Entre líneas: expuso.
[Don Tomás P izarro presenta título de regidor.]
[Se recibe duplicado de la resolución real sobre las pa• peletas.]
[Se postpone acuerdo sobre e l examerde las papeletas.]
[ Se acuerd a sob re el exame n d e las pape le ta s.]
ACJ'AS DEL CABILDO
nez [rúbrica] =Davila [rúbrica] =Thomas Pizarra [rúbrica] =Xiorro [rúbrica)'=Ante mí=Ygnacio Herránz [rúbrica] =esscribano público y de cabildo.* [1483]
[1 DE OCTUBRE DE 1787.J
En la ciudad de San Juan de Puerto Rico, a primero de octubre de mil setezientos ochenta y siete años, se juntaron a cabildo ordinario don Manuel Chiguero y Saabedra, teniente de gobernador y auditor de guerra, don Antonio de Córdova y don Félix de la Cruz, alcaldes ordinarios, don Joaquín Pover, alférez real, don Miguel Antonio de Arizmendi, depositario general, don Valentín Martínez, don Domingo Dávila y don Miguel Xiorro, rexidores, para tratar y conferir las cosas tocantes al pro y útil de la república, a que concurrió el señor procurador general don Pablo de Córdova.
A consecuencia de lo acordado en el antecedente cabildo sobre la averiguazión de las papeletas que cada uno de los señores tenga, acordaron se hiciese la manifestazión extrajudicialmente al señor alcalde don Antonio de Córdova . Se conferenciaron varias [f. 140 ]/ cosas, y se cerró este cabildo y lo firmaron sus señorías, de que doy fe.= Chiguero [rúbrica] =Cordova [rúbrica] =Lacruz [rúbrica] =Pover [rúbrica] =Arizmendi [ rúbrica] =Martinez [rúbrica] =Davila [rúbrica] =Xiorro [rúbrica] =Cordova [rúbrica] =Ante mí=Ygnacio Herránz [rúbrica], esscribano público y de cabildo.
[1484]
[8 DE OCTUBRE DE 1787.J
En la ciudad de San Juan de Puerto Rico, a ocho de octubre de mil setecientos ochenta y siete años, se juntaron a cabildo ordinario los se-[r. 140v·J /ñores don Antonio
* Inmediato al documento de arriba aparece testado: En la ciudad de San Juan Puerto Rico, a primero de octubre de mil setezientos ochenta y siete años, se juntaron a cabildo ordinario los señores don Antonio de Córdova y don Félix de la Cruz, alcaldes ordinarios, don [f. 139v.J/
SAN JUAN
BAUTISTA DE PUERTO RICO
de Córdova y don Félix de la Cruz, alcaldes ordinarios, don Joaquín Pover, don Miguel Antonio de Arizmendi, don José Dávila, don Valentín Martínez, don Domingo Dávila y don Miguel Xiorro, rexidores, para tratar y conferir las cosas tocantes al pro y útil de la repúblicas [sic].
Y habiéndose tratado del asunto de la dilatoria de recolección de papeletas con respecto a la Real Orden recibida en cuatro de septiembre próximo pasado acordaron sus señorías que respecto a su gravedad se defiera para el cabildo venidero. Con lo que se concluyó este cabildo , que firmaron sus señorías, de que doy fe.=Testado debre: y demás se reservó para el cabildo venidero, no vale; la dilatoria de, entre renglones, no vale.=Cordova [rúbrica] =Lacruz [rúbrica] =Pover [rúbrica] =Arizmendi [rúbrica] =Davila [rúbrica] =Martinez [rúbrica] =Davila [rúbrica] =Xiorro [rúbrica]=Ante mí=Nicolás Aguayo [rúbrica], escribano real y teniente de público y cabildo. (f· 141]/
[1485]
(15 DE OCTUBRE DE 1787.J
En la ciudad de San Juan de Puerto Rico, a quince de octubre de mil setezientos ochenta y si ete años, se juntaron a cabildo ordinario los señores don Félix de la Cruz, alcalde ordinario, don Joaquín Pover, alférez real, don Miguel Antonio de Arizmendi, depositario general, don José Dávila, don Valentín Martínez y don Miguel Xiorro, rexidores, para tratar y conferir las cosas tocantes al pro y útil de la república.
Entró el esscribano de gobierno con un pliego cerrado del señor gobernador y capitán general, que abierto contiene un testimonio de Real Provisión ínserta en ella una Real Orden de Su Majestad que ordena no se tome resid encia a los señores ministros de las reales audiencias por punto general y sí a los gobernadores observando rigo[ f- 141v·J/rosamente las leyes del asunto. Y se mandó contextar al oficio de su señoría y que se archive el citado testimonio en el de este cabildo. Y no habiendo otra cosa que acordar, se cerró este cabildo y lo firmaron sus señorías, de que doy fe.=Lacruz [rúbrica] =Pover [rúbrica]= Arizmendi [rúbrica] =Davila [rúbrica] =Xiorro [rúbrica] =Martinez [rúbrica] =Ante mí=Ygnacio Herránz [rúbrica] =esscribano público y de cabildo.
[Se pospone a c uerdo sobre la recole cc ió n de las pape letas ] [ Se r eciben Rea l Orden y Provis ión sob re l a toma de resid encia a l os m inistros de l a audi encia y a gober• nador e s.J
[El cabildo di scute varios a sun tos .]
[Se l eva nt a la sesión po r no h aber a s unt os que aco r• dar. ]
ACTAS DEL CABILDO
í 1486 ]
[22 DE OCTUBRE DE 1787.]
En la ciudad de San Juan de Puerto Rico, a veinte y dos de octubre de mil setezientos ochenta y siete años, se juntaron a cabildo [f. 142 ]/ ordinario los señores don Antonio de Córdova, alcalde ordinario, don Joaquín Pover, alférez real, don Miguel Antonio de Arizmendi, depositario general, don Domingo Dávila y don Miguel Xiorro, rexidores, para tratar y conferir las cosas tocantes al pro y útil de la república.
Se conferenciaron varias cosas y por no haber cosa alguna se cerró este cabildo y lo firmaron sus señorías de que doy fe.=Cordova [rúbrica] =Pover [rúbrica] =Arizmendi [rúbrica] =Martinez [rúbrica] =Davila [rúbrica]= Xiorro [rúbrica]=Ante mí=Ygnacio Herránz [rúbrica], esscribano público y de cabildo. [f. 142v·]/
[148 7]
[29 DE OCTUBRE DE 1787. ]
En la ciudad de San Juan de Puerto Rico, a veinte y nueve de octubre de mil setecientos ochenta y siete años se juntaron a cabildo ordinario los señores don Antonio de Córdova, alcalde ordinario, don Joaquín Pover, alférez real, don Valentín Martínez, don Domingo Dávila y don Miguel Xiorro, rexidores, para tratar y conferir las cosas tocantes al pro y útil de la república.
Y no habiendo habido cosa particular y útil que acordar, se cerró este cabildo y lo firmaron sus señorías, de que doy fe.= Cordova [rúbrica] =Pover [rúbrica] =Martinez [rúbrica] =Davila [rúbrica] =Xiorro [rúbrica]= Ante mí=Ygnacio Herránz [rúbrica]=esscribano público y de cabildo. [f. 143 ]/
[1488]
[S DE NOVIEMBRE DE 1787.]
En la ciudad de San Juan de Puerto Rico, a cinco de noviembre de mil setezientos ochenta y siete años, se jun-
SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO
taron a cabildo ordinario los señores don Joaquín Pover, alférez real, don Miguel Antonio de Arizmendi, depositario general, don Valentín Martínez y don Miguel Xiorro, rexidores, para tratar y conferir las cosas tocantes al pro y útil de la república a que asistió el señor procurador general don Pablo de Córdova.
No hubo cosa alguna que acordar y resolver y firmaron sus señorías, de que doy fe.=Pover [rúbrica]=Arizmendi [rúbrica] =Martinez [rúbrica] =Xiorro [rúbrica]= Cordova [rúbrica]=Ante mí=Ygnacio Herránz [rúbrica], esscribano público y de cabildo. [ r. 143v·] /
[1489]
[12 DE NOVIEMBRE DE 1787.]
En la ciudad de San Juan d e Puerto Rico, a doce de noviembre de mil setezientos ochenta y sie te años, se juntaron a cabildo ordinario los señores don Félix de la Cruz, alcalde ordinario, don Joaquín Pover, alférez real, don Miguel Antonio de Arizmendi, depositario general y don Domingo Dávila, rexidor, para tratar y conferir las cosas tocantes al pro y útil de la república.
No hubo cosa alguna que tratar, se cerró es te cabildo y lo firmaron sus señorías, de que doy fe .= Lacruz [rúbrica] =Pover [ rúbrica] =Arizmendi [rúbrica ] =Davila [rúbrica] =Ante mí=Ygnacio Herránz [rúbrica], esscribano público y de cabildo. [ f. 144 ]/
[1490]
[19 DE NOVIEMBRE DE 1787.]
En la ciudad de San Juan de Puerto Rico, a diez y nueve de noviembre de mil setecientos ochenta y siete años, se juntaron a cabildo ordinario los señores don Antonio de Córdova, alcalde ordinario, don Joaquín Pover, alférez real, don Tomás Pizarro , don Valentín Martínez, don Domingo Dávila y don Miguel Xiorro, rexidores, para tratar las cosas tocantes al pro y útil de la república.
Se conferenciaron varias cosas y no habiendo qué acordar, se concluyó este cabildo, que firmaron sus señorías con el señor don Jos é Dávila, que entró en este acto, de
[ Se levanta la sesión por no haber asuntos que acordar.]
[Se levanta la s e• sión por no haber asuntos que Ira· tar.]
[Se discuten varios as u ntos .]
[Se envía oficio al gobernador sobre escasez de alimentos.]
ACTAS DEL CABILDO
que doy fee.=Cordova [rúbrica] =Pover = [rúbrica] =Pizarra [rúbrica] =Davila = [rúbrica] =Martinez [rúbrica] =Davila [rúbrica] =Xiorro [rúbrica] =Ante mí=Nicolás Aguayo [rúbrica], esscribano real y teniente de público y cabildo. [f 144v.J/
[1491]
[26 DE NOVIEMBRE DE 1787.]
En la ciudad de San Juan de Puerto Rico, a veinte y seis de noviembre de míl setezientos ochenta y siete años, se juntaron a cabildo ordinario los señores don Antonio de Córdova, alcalde ordinario, don Joaquín Pover, alférez real y don Miguel Xiorro, rexidor, para tratar y conferir las cosas tocantes al pro y útil de la república.
El procurador general don Pablo de Córdova presentó una representazión exponiendo que con la tormenta padecida se han escaseado los plátanos, alimentos precisos para el mantenimiento del común con las demás miniestras y legumbres y pidió que se pasase el oficio acostumbrado al señor gobernador, intendente y capitán general para que s u señoría se sirva dar providencia para que los tenientes a guerra de la isla obliguen a los vecinos el plantío de todos los necesarios y se [r· 145 ] / acordó se pasase a su señoría la dicha representazión para los fines que expresa el señor pro curador general. Y no habiendo otra cosa que acordar, se cerró este cabildo y lo firmaron sus señorías, de que doy fe.=Cordova [rúbrica] =Pover [rúbrica] =Xiorro [rúbrica] =Ante mí=Ygnacio H e rránz [rúbrica], esscribano público y de cabildo .
[1492]
[10 DE DICIEMBRE DE 1787.]
En la ciudad de San Juan de Puerto Rico, a diez de diciembre de mil setezientos ochenta y siete años, se juntaron a cabildo ordinario los señores don Manuel Chiguero y Saavedra, teniente de gobernador y auditor de guerra, don Antonio de Córdova, don Félix de la Cruz, alcaldes ordinarios don [f· 145\1·]/ Joaquín Pover, alférez real, don Miguel Antonio de Arizmendi, depositario general, don Tomás Pizarra, don Valentín Martínez, don Domingo Dávila y don
SAN JUAN
BAUTISTA DE PUERTO RICO
Miguel Xiorro, rexidores, para tratar y conferir las cosas tocantes al pro y útil de la república.
Habiéndose contextado por el señor gobernador y capitán general a la representazión que se le pasó en el cabildo anterior del señor procurador general, se mandó archivar.
El maestro de niños don Victoriano de Aldea presentó las planas de sus discípulos y pidió su salario de 150 pesos y se hubo por presentado el legaxo de planas y que se retengan y en lo demás que ocurra a la junta municipal.
Se trató del asunto d e visita de pesas y medidas y la necesidad precisa de hacerla gene-[ f- 146 ] /ralmente a todas las tiendas, pulperías y panaderías y se acordó que los señores don Joaquín Pover, alférez real y don Miguel Antonio de Arizmendi, depositario general, a quienes se les diputó salgan desde luego a la citada visita general entregándose en el acto los aranceles que deberán acordarse con el señor alcalde de primera elección y rexidor de mes don Miguel Xiorro, para su cumplimiento y de lo mandado por el señor gobernador. Y no habiendo otra cosa que acordar, se cerró este cabildo y lo firmaron sus señorías, de que doy fe.=Chiguero [rúbrica] =Cordova [rúbrica] =Lacruz [rúb rica ] =Pover [rúbrica] =Arizmendi [rúbrica] =Pizarra [rúbrica] =Martinez [rúb rica ] =Davila [rúbrica] =Xiorro [rúbrica] =Ante mí=Ygnacio H erránz [rúbrica] , esscribano público y de cabildo. [ f. 146"·] / [1493]
[17 DE DICIEMBRE DE 1787.]
En la ciudad de San Juan de Puerto Rico, a diez y siete de diciembre de mil setezientos ochenta y siete años, se juntaron a cabildo ordinario los señores don Antonio de Córdova, alcalde ordinario, d on Joaquín Pover, alférez real, don Miguel Antonio de Arizmendi, depositario general , don Tomás Pizarra, don Valentín Martínez, [testado: y] don Domingo Dávila y don Miguel Xiorro, rexidores, para tratar y conferir las cosas tocantes al pro u útil de la república.
Dirijió su señoría el gobernador y capitán general testimonio de un auto que previene se ponga a continuación testimonio de la acta capitular de 23 de dixiembre de 1774 certificando asímismo y con arreglo a los libros si consiguiente a ella tuvo en todo el tiempo de su posesión prefes. A. C.
107
¡[E 1 gobernador contes ta el oficio sob r e escasez de alimentos.)
[ El maestro don Victoriano de Aldea presenta planas de sus discfpulos y soUcita su sal ario.)
[ Se acuerda sobre l a vi s ita a las tiendas.)
f.E! gobe1:11ad~r SO· 1c1ta testimoruo sobre precedencia en los cargos de depositario general y regidor deca no.]
ACTAS DEL CABILDO
rente lugar el rexidor depositario general, al decano, y si sobre ello resultaron hechas algunas protextas o reservas [f. 147 ] a cuio fin se pasara el correspondiente testimonio de esta providencia al ilustre ayuntamiento por medio del presente esscribano, precedidas las urbanidades de estilo y se acordó que se diese uno y otro como se previene. Y no habiendo otra cosa que acordar, se cerró este cabildo y lo firmaron sus señorías, de que doy fe. Testado : y don Joaquín Pover -no vale, enmendado Domingo- vale. =Cordova [rúbrica] = Pove r i[rúbrica ] =Arizmendi [rúbrica] =Pizarro [rúbrica] =Martinez [ rúbrica] =Davila [rúbrica] =Xiorro [rúbrica] =Ante mí=Ygnacio Herrán z [rúbrica ] , esscribano público y de cabildo. [f· 147•·]/
[Elecciones para el año de 1788.]
[1 DE ENERO DE 1788.]
En la ciudad de San Juan de Puerto Rico, a primero de enero de mil setezientos ochenta y ocho años, para celebrar las elecciones de alcaldes ordinarios, de la Hermandad y d emás oficios concexiles se juntaron en esta sala capitular, como lo han de uso y costumbre, los señores don Antonio de Córdova y don Félix de la Cruz, alcaldes ordinarios, don Joaquín Pover, alférez real, don Miguel Antonio de Arizmendi, depositario general, don Tomás Pizarro, don José Dávila, don Valentín Martínez y don Domingo Dávila, rexidores, y no concurrió el señor don Miguel Xiorro por enfermo. Y habiéndose practicado todas las solemnidades acostumbradas y dado sus votos respectivamente en su asiento y lugar, salieron electos los siguientes :-
Para alcalde ordinario de segunda elección, [ f. 148 ]/ don Tomás Pizarro . -
Para procurador general, don Agustín Valdejulli.-
Para diputados vocales de la junta municipal, los señores don Joaquín Pover y don Domingo Dávila.-
Para padre general de menores, el señor don Jos é Dávila.-
Para alcalde de la Santa Hermandad de la banda del norte, don José Carmona.-
Para la del sur, don Cayetano Cabrera.-
Para fiel contraste, Bernardo Ravelo.-
y habiendo dirixido esta elección con oficio separado a su señoría, l a confirmó y en su virtud mandaron los se-
SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO
ñores llamar a don Agustín Valdejulli y al fiel contraste Bernardo Ravelo y hécholes saber la dicha elección en ellos como también los señores vocales de la junta municipal y padre general de menores y el señor procurador general, dixo que admitía su empleo, con protexta de exponer [ f. 143v.J/ dond e, cuando y como le corres ponda, justas causas que tiene y le impiden su continuación, siendo una de ellas la ocupazión en que se halla de notario del Santo Tribunal subdelegado de inquisición, se le r ecibió juramento que hizo en manos del señor rexidor decano don Antonio de Córdova y dió el asiento que le corresponde. Los s eñores vocales y padre general hicieron lo mismo con el contraste Bernardo Ravelo y alcaldes de barrio y todos la aceptaron y juraron en forma. Y para los alcaldes de Hermandad se mandó escribir cartas para su comparendo , recepción y posesión, se diputó al señor rexidor don Valentín Martínez . Igualmente mandaron sus señorías se tome razón este Libro de dichas elecciones y con[f· 149]/firmazión y se le devuelva al señor gobernador como lo previene. Y lo firmaron, exce pto Carla Magni, por no saber, de que doy fe. = Cordova [rúbrica] =Lacruz [rúbrica] =Pover [rúb r ica] =Arizmendi [rúbrica] =Thomas Pizarro [rúbrica] =loseph Davila [rúbrica] =Martínez [rúbrica] = Domingo Davila [rúbrica] =Agustín Antonio Valldejuli [rúbrica] = lo se Gonzalez [rúbrica ] =Ambrosio / so la [rúbrica] =Dionicio del Ca stillo [rúbrica] =Bernardo Rabelo [rúbrica] =An te mí =Ygnacio Herránz [rública], esscribano público y de cabildo. [f· 149v·]/
[1495]
[7 DE ENERO DE 1788 .]
E n la ciudad de San Juan de Puerto Rico, a s iete de enero de mil setecientos ochenta y ocho, se juntaron a cabildo ordinario como lo han de uso y costumbre los señores don Félix de la Cruz, alcalde ordinario de primera elección, don Joaquín Pover, alférez real, don José Dávila, don Valentín Martínez, don Domingo Dávila y don Miguel Xiorro, rexidores, para tratar y conferir las cosas tocantes al pro y útil de la república .
Se vieron dos oficios, uno del señor gobernador y otro del señor comisario subdelegado de cruzada, y ambos incluien la correspondiente Real Cédula que previene la publicazión de la bula en este b ienio avisando el señor co-
[ Se informa sobre la publicación de la bula de la santa cruzada.]
[Don Antonio e.le! Córdova pide certificac ión d e lo s empleos que ha ejerc ido en la ciudad.]
[Se nombran diputad os para las fi est as votiva s ]
ACTAS DEL CABILDO
misario que se ha de executar el día 20 del corriente como es [f 150 ]/ costumbre y acordaron sus señorías se contexten y se archiven uno y otro, lo que se executó con esta fecha.
El señor rexidor decano, don Antonio de Córdova, pidió se certifique por este ayuntamiento haber cumplido con sus respectivas obligaciones a satisfazión del público y superiores en los encargos de rexidos, alcalde y otras comisiones que se le han conferido, dando yo, el esscribano, testimonio d e las veces qu e ha obtenido dichos empleos y se decretó póngase la certificación por el presente esscribano y traígase.
Se nombraron diputados para las funciones d e Candelaria, San Juan y Santa Rosa a los señores alcalde don Félix de la Cruz y don Joaquín Pover, alférez real.
Para las d el Corpus y Santiago a los señores alcalde don Tomás Pizarra y don Miguel Ariz-[f· 1so.·J / mendi, d epositario general.
[Se n o mb ra n diputados p ara a te nder vi s itante s. ]
( Don Cayc tan o Cabrera to ma pose~ s ión como a lcald e de la S an t a He rm a ndad. )
Para las cortesanías de sujetos que llegan a es ta capital, los mismos señores don Joaquín Pover y d on Miguel Antonio Arizmendi. Y no habiendo otra cosa que acordar, se cerró este cabildo y lo firmaron sus señorías, de que doy fe.=Lacruz [rúbrica] =Pover [rúbrica] =Davila [rúbrica J=Martinez [rúbrica] =Davila [rúb rica ] =Xiorro [rúbrica] =Ante mí=Ygnacio Herránz [rúbrica], esscriba no público y de cabildo.
[1496]
[7 DE ENERO DE 1788.]
En Puerto Rico, a siete de enero de mil setezientos ochenta y ocho años, (f· 151 ] / habiendo conparecido don Cayetano Cabrera y héchole saber el nombramiento y elección de alcalde de la Santa Hermandad del norte, lo aceptó y juró en manos del señor diputado de usar su empleo conforme a las leyes de su peculiar cargo y d erecho real y lo firmó, de que doy fe. =Martinez [rúbrica] =Cayetano Cabrera [rúbrica] = Ant e mí=Ygnacio Herránz [rúbrica], esscribano público y de cabildo.
SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO
[1497]
[8 DE ENERO DE 1788.]
En Puerto Rico, a ocho de enero de mil seteziento s ochenta y ocho, c ompareció don José Carmona, electo alcalde d e la Santa Hem1andad, cuia elección [f. 151v•] / habiéndosela hecho saber la aceptó y juró en manos del s eñor rexidor d o n Vale ntín Martínez, diputado para ello , por Dios Nuestro Señor y una señal de cruz, d e usar su e mpleo a su leal saber y entender y conforme a las leyes d e su asunto y lo firmaron, de que doy fe.=Martine z [rúbrica] =lo s ef Carmona [rúbrica]=Ante mí=Ygnacio H errán z [rúbrica], esscribano público y de cabildo.
[1498]
[7 DE ENERO DE 1788.]
Señor gobernador, intendente y capitán general: Dirigimos a vuestra señoría la elección hecha de los oficios concejiles habiendo salido electos los siguientes.
Para alcalde ordinario de segunda elección el señor r exidor don Tomás de Pizarro.
Para vocales de la junta municipal los señores [f· 152 ] / don Joaquín Pover y don Domingo Dávila .
Para procurador general, don Agustín Antonio Valdejulli-
Para padre general de menores el señor don José Dávila.
Para alcalde de la Hermandad de la banda del norte don Cayetano Cabrera.
Para la del sur don José Cannona.
Para fiel contraste , Bernardo [sic] Ravelo , en cuia virtud suplicamos a vuestra señoría se sirva confirmar la citada elecció n y la de los alcaldes de barrio que igualmente acompañamos, o disponer lo que a vuestra señoría le parezca más conforme . Nuestro Señor prospere la vida de vuestra señoría muchos años. Sala capitular de Puerto Rico, l.º de enero de 1788. Antonio de Córdova=Félix d e la Cruz=Joaquín Pover=Miguel Antonio de Arizmendi= Tomás Pizarro=José Dávila=Valentín Martínez=Domingo Dávila. [f 152v·J/
[Don J osé Carmooa toma posesión como alcalde de la Santa H ermandad.]
[ Elección de o licios concejiles.]
[Alcaldes de barrio.]
Confirmación.
ACTAS DEL CABILDO
En la ciudad de San Juan de Puerto Rico, a treinta y uno de dixiembre de mil setezientos ochenta y siete años, para efecto de hacer la elección de alcaldes de barrio, vino a esta sala de ayuntamiento el señor alcalde ordinario de primer voto, don Antonio de Córdova, estando anticipada la convocatoria de las personas que respectivamente los componen, salieron electos los siguientes.
Para el barrio de San Francisco, a Ambrosio Insola.
Para el de Campeche a Carlos Magne.
Para el de San Juan a don José González.
Para el de Santa Bárbara a Dionisio del Castillo. En cuia virtud los hubo a todos y a cada uno por elexidos su merced y mandó que éstos estén mañana a las ocho en esta sala capitular para la confirmación de sus empleos conforme a la resolución de su señoría el señor gobernador y capitán general y lo firmó, de que doy fe. = Antonio de Cordova. (f 153 ·]/
Vistas las elecciones antecedentes del señor alcalde ordinario y demás oficios concexiles practicadas en este día por el ilustre ayuntamiento de esta ciudad, su señoría dijo las debía confirmar y confirmó en todo y por todo y mandó que a los contenidos en ellas previo el debido juramento, se les ponga en posesión de sus respectivos empleos guardándoles y haciéndoles guardar las honras y preeminencias que le corresponden, lo que practicado, puesta a continuazión la nota competente se devolverá para su archivo. Juan Dabán . Lo mandó su señoría el señor gobernador, intendente y capitán general y lo firmó en Puerto Rico a primero de enero de mil setezientos ochenta y ocho.=Ante mí=José de Reyna, esscribano público interino dé gobierno.
Ot ra.
Vistas las ele cciones de alcaldes de barrio [ f. 153v· ] / que anteceden, su señoría dixo que las debía confirmar y confirmó a los sujetos en ellas mencionados, a quienes instruyéndose de sus respectivas obligaciones y jurando en forma se les pondrá en posesión guardándoles todas las preeminencias, prerrogativas y honras que les correspondan, lo que practicado, puesta a continuazión la nota competente, se devolverá para su archivo. Juan Dabán. Lo mandó su señoría el señor gobernador, intendente y capitán general que lo firmó en Puerto Rico a primero de enero de mil setezientos ochenta y ocho años, de que doy fe .= Ante mí=José de Reyna, esscribano público interino de gobierno.
SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO
Así parece de los documen tos originales que devolví. Puerto Rico, 7 de enero de 1788.=Ygnac io Herránz [rúbrica], esscribano público y de cabildo. [f· 154 ] /
[ 14 99 ]
[14 DE ENERO DE 1788.]
Doy fee haberse juntado en este dia, para celebrar cabildo ordinario los señores don Miguel Antonio de Arizmendi, depositario general, don Jos é Dávila, don Valentín Martínez, don Domingo Dávila y don Miguel Xiorro , rexidores y por no haber concurrido los demás señores, unos por estar enfermos y otros por ocupación y tener que contestar a un oficio d e su señoría el señor gobernador, intendente y capitán general, no se celebró dicho cabildo, lo que anoto de orden de los referidos señores, en Pue rto Rico a catorce de enero de mil setezientos ochenta y ocho años. =Nicolás Aguayo [rúbrica], esscribano real y teniente de público y cabildo. [f· 154v·]/
[1 500 ]
[21 DE ENERO DE 1788.]
En la ciudad de San Juan de Puerto Rico , a veinte y uno de enero de mil setezientos ochenta y ocho años, se juntaron a cabildo ordinario los señores don Félix de la Cruz, alcalde ordinario de primera elección, don Miguel Antonio de Arizmendi, don Jos é Dávila, don Valentín Martínez, don Domingo Dávila y don Miguel Xiorro, rexidores, para tratar y conferir las cosas tocantes al pro y útil de la república.
Habiéndose participado en este cabildo por el esscribano real y teniente de público don Nicolás Aguayo el auto de s u señoría e l señor gobernador, intendente y capitán general, consecuente a la escu sa que con varios fundamentos ha propuesto don Agustín Valdejulli d el oficio concexil de procurador, síndico general del común, enterados su señorías de todo dixeron que sin em-[ r. 155 ]/bargo de haberse tenido presentes todas las causas que se expresan en su instancia hallaron por conveniente pro ceder a su elección con respecto a que en la concordia del año de mil
[5e levanta la se• stón por ausencia de capitulares.]
[ Se trata sob re 1a petición de don Agustín Valdejulli para que se le e.'<• cuse de servir el cargo de proc urador general. ]
ACTAS DEL ,CABILDO
seiszientos treinta y tres, consultada en Madrid con Su Majestad el señor don Felipe Cuarto, en once de abril y mandada observar puntualmente en estos reinos, se previene que no se ha de hacer novedad en que los oficiales y familiares del Santo Oficio puedan ser rexidores etcetera, cuias palabras importan lo mismo que si se previniese la observancia de la costumbre, pues siendo ésta la mexor ley dispositiva en los puntos de eleción como que es también [f, mv, J/ la que siempre* prevalece en ellas, no queda duda en que s iendo constante que los caballeros rexidores, alférez real, don Joaquín P over, y depositario general, don Miguel Antonio de Arizmendi, han obtenido el mismo empleo y el de alcaldes ordinarios, exerciendo en el día los que se les ha titulado, ha prescrito el privilexio en esta ciudad, aún cuando lo haya pues lo contrario sería hacer novedad, faltar a la costumbre, alterar la ley [ilegible] las prerrogativas que con el uso adquiere cada pueblo. No se asegura con esto sea positivo que desde su origen gocen tal privilexio los familiares del Santo Oficio pues hasta ahora no se tiene noticia de otra disposición en el asunto que la peregrina opinión de uno u otro [f 156 ) / autor, que ni hace ley ni puede privilegiar a persona alguna en agravio de las facultades del soberano, que no han declarado este favor l.¡ de las prerrogativas de las ciudades.
La segunda razón en que se funda la excusa consiste en las enfermedades habituales que padece el electo , y la tercera en tener seis hijos varones vivos . En cuanto a la primera de estas dos debe suponerse que los autores, cuando privilegian a los enfermos, hablan de aquellos que lo son verdaderamente, sin que haya alguno que no u se de de este adve rbio , antes d e la expresión y como sea notorio que aunque don Agustín padezca uno u otro achaque [ L tS6 v. ] / habitual no le imposibilita para otras negociaciones de su utilidad particular, parece que tampoco le debe sufragar para el servicio del público , que éste tiene derecho a exigirle como miembro civil del cuerpo que le constituie y si al profesor como se le ha pedido certificazión de enfermo, se le exigiera de gravemente enfermo, en conformidad que lo privilexiara, tal vez no la daría porque es raro el que no padezca un achaque que alegándolo con la misma generalidad le concediera la propia exención, y prueba de ser leve la que padece es su concurrencia hasta ahora a las funciones de ciudad que ha habido.
* E n tre líneas: siempre.
SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO
En cuanto al último no puede negar este ayuntamiento la fuerza del texto [f·157 ]/ castellano en que se funda pero c uando por otra parte es constante que don Agustín goza de comodidades que no le demandan la maior atención sobre su familia al menos por la epiqueya se deb e considerar que el soberano no quiere incluir a aquellos que no tienen [Testado : la maior] necesidad de maior fatiga para la manutenzión de sus hijos y que a más de esto ha habido muchos que teniendo igual o mayor número de hijos han admitido los oficios concexiles aún siendo pobres, de suerte que no habiendo hasta aquí exemplar alguno de renuncia ni por esto ni por otro motivo alguno, sería [ f. 157v• ] / dar lugar a que a imitazión de don Agustín no hubiera qui en aceptara estos empleos, porque siendo notoria la escasez de sujetos capaces de desempeñarlos y los más residentes en sus haziendas, con mayor número de familia que don Agustín, que fuera de esto los han obtenido en otros años, vendría a suceder que vinculándole e n ellos esta carga que las mismas leyes conocen, se incidiría en lo que e l propio soberano ha qu erido precaver en otros reinos y es que con el excesivo número de los que pretendían semejantes exenciones se aflixirían los vecinos , expecialmente siendo co rto su número en esta ciudad y sus inmediaciones que es la razón [f. 158 ]/ que propone la Real Provisión del Supremo Consexo, acordada en once de enero de mil setezientos sesenta y ocho para abolir estos privilexios en muchas provincias y ciudades, de que resulta que militando iguales fundamentos en el presente caso parece que debe correr la misma pariedad aunque no conste expresamente de su extensión particular a esta Isla.
Si sobre lo expuesto se atiende a que la misma concordia citada no privilexia manifiestamente a ningún familiar del Santo Oficio, que antes bien se infiere lo contrario y dexa en aptitud a las justicias de compeler a los familiares a otras cargas públicas de más peso y menos honor que a [f . 158v· ] / mayor abundamiento ha tomado don Agustín posesión en el de procurador general, que aunque lo ha protestado ha exercido actos que acreditan s u permanencia en ella, que se ha publicado su elección, haciéndose notoria por su uso y concurrencia en los actos públicos y que si ahora se separa es evidente el agravio que este cuerpo recibe, se acabará de conocer la fuerza de los fundamentos que van expuestos y que por ningún moti vo es de acederse a la renuncia hecha por don Agus-
[Se mand a entregar la certificación pedida p or don Antonio de Córdova.]
[ Se pasan al procu- rador las cuentas del mayordomo.]
[Dionisio de l Castillo pide se le excuse de servir el cargo de alcalde de barrio.]
ACTAS DEL CABILDO
tín en obsequio de este ayuntamiento, del público y de la razón que así lo piden. Todo lo que se participe a dicho señor gobernador, intendente y capitán general con testimonio de este acuerdo, que compulsará el presente esscribano [f. 159]/ y pondrá en manos de su señoría con el expediente que lo ha provocado, previas las urbanidades de estilo.
Vista la certificación de mi, el esscribano, mandada dar en el cabildo pasado, se dió la que pide el señor rexidor don Antonio de Córdova y se mandó se le entregue original para los efectos que le convengan con los testimonios que pida. Y no ofreciéndose otra cosa que acordar, se cerró este cabildo y lo firmaron sus señorías, de que do y fe. = Felis de Lacruz [rúbrica] = Miguel Antonio de Arizmendi [rúbrica] = Joseph Dávila [rúbrica] = Valentín Martinez [rúbrica] = Domingo Dávila [rúbrica] = Miguel Xiorro [rúbrica] = Ante mí = Ignacio Herránz [rúbrica], esscribano público y de cabildo. [f. 159v·J/
[1501]
[28 DE ENERO DE 1788.]
En la ciudad de San Juan de Puerto Rico, a veinte y ocho de enero de mil setezientos ochenta y ocho años, se juntaron a cabildo ordinario los señores don Félix de la Cruz, alcalde ordinario, don Miguel Antonio de Arizmendi, depositario general, don Antonio de Córdova, don José Dávila, don Valentín Martínez y don Miguel Xiorro, rexidores, para tratar y conferir las cosas tocantes al pro y útil de la república.
Fueron remitidas las cuentas del mayordomo por la junta municipal y se mandaron pasar al caballero síndico procurador general para su revisión.
Dionisio del Castillo, alcalde de barrio elexido, confirmado y posesionado en este empleo se presentó con el despacho del señor gobernador en que le exceptúa (f· 160 ]/ de estos encargos como cabo primero retirado de las milicias disciplinadas, suplicando se le redima del empleo de alcalde de barrio y se proveió que en atenzión a haber presidido su eleción como alcalde ordinario de primera eleción el señor rexidor decano don Antonio de Córdova informe sobre su contenido para providenciar lo que corresponda en justicia. Y no habiéndo otra cosa que acor-
SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO
dar, se cerró este cabildo y lo firmaron sus señorías, de que doy fe. = Lacruz [rúbrica] = Arizmendi [rúbrica] = Cordova [rúbrica] =Dávila [rúbrica] = Martinez [rúbrica] = Xiorro [rúbrica] = Ante mí = Ygnacio Herránz [rúbrica] , esscribano público y de cabildo. [f· 160v·] /
[1502]
[11 DE FEBRERO DE 1788.]
En la ciudad de San Juan de Puerto Rico, a onze de febrero de mil setecientos ochenta y ocho años, se juntaron a cabildo ordinario en esta sala capitular los señores don Miguel Antonio de Arizmendi, rexidor depositario general que hace de presidente por indisposición y ocupación de los señores alcaldes ordinarios, don Valentín Martínez y don Domingo Dávila y don Miguel Xiorro, asimismo rexidores, para tratar y conferir las cosas tocantes al pro y útil de la república.
En este cabildo respondió el señor procurador general a las cuentas que se le pasaron del mayordomo de propios y se mandó hacer a la junta municipal conforme a lo dispuesto por la Real Instrucción de intendencia.
En este propio cabildo se determinó la instancia que hizo Dionisia del Castillo sobre que se le eximiese ['· 161 ]/ del encargo de alcalde de barrio con atención a las causales que expuso y se proveyó no haber lugar a su solicitud y que se le entregase el expediente.
Con lo qu e, y por no haber otra cosa que acordar, aunque se conferenciaron varias, se concluyó este cabildo, que firmaron sus señorías de que doy fee. = Arizmendi [rúbrica] = Martinez [rúbrica] = Dávila [rúbrica] = Xiorro [rúbrica] = Ante mí = Nicolás Aguayo [rúbrica], esscribano real y teniente de público y cabildo.
[1503]
[18 DE FEBRERO DE 1788.]
En la ciudad de San Juan de Puerto Rico, a diez y ocho de febrero de mil setecientos ochenta y ocho años, se juntaron a cabildo ordinario los señores don [f. 161v·]/ Félix de la Cruz y don Tomás Pizarro, alcaldes ordina-
[El procurador in• forma sobre las cuentas del mayor• domo.]
[Se deniega la pe• tic ión de Dionisia del Castillo ]
[Se informa al gobe rnado r la neces idad d e reparar vario s objetos.]
[El cabildo levanta la sesión por no baber asuntos qu ~ tratar.]
ACTAS DEL CABILDO
ríos, don Antonio de Córdova, don José Dávila, don Valentín Martínez, don Domingo Dávila y don Miguel Xiorro, rexidores, para tratar y conferir las cosas tocantes al pro y útil de la república.
Habiéndose tratado la necesidad precisa y urgente que tienen las opas y sombreros de los maceros así encarnadas como negras, por su deterioro con el uso de más de quince años, como tambi én de un archivo para guarda de papeles y Libros de Acuerdo, por estar el actual carcomido con la broma y varias grietas por donde se introduce el polvo y dem ás insectos que los han inutilizado, igualmente que los asientos existentes en la Santa Iglesia Catedral que sirven a este ayuntamiento en las funciones [f· 162 ] / públicas y silla de su presidente el señor gobernador, intendente y capital general, que todo por lo mui indecente que se halla necesita de construir unos y reparar otros y hallándose este ayuntamiento sin la facultad de librar sobre sus costos en los propios y rentas de la ciudad, acordaron sus señorías se pasase el correspondiente oficio al predicho señor intendente a fin de que su señoría se sirva proveer sobre las enunciadas urgencias lo que hallare por más conveniente. Y no ofreciéndose otra cosa, se cerró este cabildo que firmaron sus señorías, de que doy fe . = Lacruz [rúbrica] = Pi za rro [rúbrica] = Córdova [rúbrica] = Dávila [rúbrica] = Martínez [rúbrica] = Dávila [rúbrica] = Xiorro [rúbrica l = Ante mí = Ygnacio H erránz [rúbrica] , esscribano público y de cabildo . [ f. 162v·J /
[1504]
[3 DE MARZO DE 1788.]
En l a ciudad de San Juan de Puerto Rico, a tres de marzo de mil setezientos ochenta y ocho años, se juntaron a cabildo ordinario los señores don Tomás Pizarro, alcalde ordinario, don Joaquín Pover, alférez real, don Miguel Antonio de Arizmendi, depositario general, don José Dávila, don Valentín Martínez y don Miguel Xiorro, rexidores, para tratar y conferir las cosas tocantes al pro y útil d e la república. No habiendo otra cosa que acordar lo firmaron sus señorías, de que doy fe. = Pi zarra [rúbrica] = Pover [rúbrica] = Arizme ndi [rúbrica] = Dávila [rúbrica] = Martínez [rúbrica] = Xiorro [rúbrica]
SAN JUAN
BAUTISTA DE PUERTO RICO
= Ante mí = Ygnacio Herránz [rúbrica], esscribano público y de cabildo. [f 163 ]/ [ 1505]
[10 DE MARZO DE 1788.]
En la ciudad de San Juan de Puerto Rico, a diez de marzo de mil setezientos ochenta y ocho años, se juntaron a cabildo ordinario los señores don Tomás Pizarro, alcalde ordinario, don Joaquín Pover , alférez real, don Miguel Antonio de Arizmendi, depositario general, don Valentín Martínez , don Domingo Dávila y don Miguel Xiorro, rexidores, para tratar y conferir las cosas tocantes al pro y útil de 1a república.
En este cabildo entró el esscribano de gobierno con diferentes expedientes del gobierno tratados sobre la pesa que deben contribuir los [ecleciasticos] en virtud de la Real Provisión que está acomulada en ellos y se pasaron al señor procurador general.
El señor procurador general r epresentó difusamente varios capítulos co ncernientes al común y gobierno d e la ciudad y leídos qu e fueron se acordó que siendo [f· 163v·] / preciso resolverlos con madurez y entera reflección rolen por cada uno de los señores capitulares presentes y ausentes para deliverar lo que corres ponde. Y no habiendo otra cosa que acordar, se cerró este cabildo que firmaron sus señorías, de que doy fe. = Pi zarro [rúbrica] = Pover [rúbrica] = Arizmendi [rúbrica] = Martinez [rúbrica] = Dávila [rúbrica] = Xiorro [rúbrica] = Ante mí = Ygnacio H erránz [rúb r ica], esscribano público y de cabildo.
[1506]
[31 DE MARZO DE 1788.]
En la ciudad d e San Juan d e Puerto Rico, a treinta y uno de marzo de mil setezientos ochenta y ocho años, se juntaron [f· 164 ]/ a cabildo ordinario los señores don Félix d e la Cruz, alcalde ordinario de primera elección, don Miguel Antonio de Arizmendi, depositario general, don Antonio de Córdova, don José Dávila, don Valentín Martínez
[ Se rec ib en documentos sobre la pesa.]
[ E l procurador general hace vari as representaciones.]
[ Se refie ren a dos r egidores las representaciones d e 1 procurad or gene- ral.]
[Se separa de su cargo al alguacil. ]
[Se admi te la apelación de Jua n Eva,welista Mart ínez ]
ACTAS DEL CABILDO
y don Domingo Dávila, rexidor, para tratar y conferir las cosas tocantes al pro y útil de la república.
Se volvió a tratar sobre la representazión del señor procurador general y por no haber rolado por los señores rexidores don José Dávila y don Domingo Dávila se les entregó para ello.
Se presentó el alguacil Carlos Carnet pidiendo que si los que asisten a la plaza y camecería no lo executan en los tribunales por las obvenciones que rinden y ser corto el sueldo de ocho pesos para su decencia se le separe de su oficio, se acordó que desde luego quede separado en virtud de la alternativa que pro-[f- 164v·]/pone y se le haga saber al may ordomo para que cese en la contribuzión de su salario. Y no habiendo otra cosa que tratar se cerró este cabildo y lo firmaron sus señorías, de que doy fe. = Lacruz [rúbrica] = Arizmendi [rúbrica] = Córdova [rúbrica] = Dávila [rúbrica] = Martínez [rúbrica] = Dávila [rúbrica] = Ante mí = Ygnacio H erránz [rúbrica] , ess.cribano público y de cabildo.
[1507] [7 DE ABRIL DE 1788.]
En la ciudad de S an Juan de Puerto Rico, a siete de abril de mil setecientos ochenta y ocho años, se juntaron (f· 165 ] / a cabildo los señores don Félix de la Cruz, alcalde ordinario de primera el ección, don Miguel Antonio de Arizmendi , depositario general, don Valentín Martínez, don Domingo Dávila, y don Miguel Xiorro, rexidores , para tratar y conferir la s cosas tocantes al pro y útil de la república, a que concurrió el señor procurador general don Agustín Valdejulli, a que no concurrieron los señores don Tomás Pizarro, alcalde ordinario y don José Dávila, rexidor, por hallarse enfermoJuan Evangelista Martínez presentó escrito de apelación de la determinazión dada por el señor alcalde ordinario don Félix de la Cruz en autos que sigue en su tribunal contra Antonio Martínez y Pedro García y se hubo por presenta do en dicho grado de [ f. 165•·] / apelación y para su seguimiento se nombraron por diputados a los señores rexidores don Antonio de Córdova y don Valentín Martínez, cuio juramento se cometió al señor don Miguel Antonio de Arizmendi. Y no habiendo otra cosa _que acor-
SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO
dar, se cerró este cabildo y lo firmaron sus señorías, de que doy fe. = Lacruz [rúbrica] = Arizmendi [rúbrica] = Martinez [rúbrica] = Dávila [rúbrica] = Xiorro [rúbrica] = Ante mí = Ygnacio Herránz [rúbrica], esscribano público y de cabildo.
En este estado, habiendo llegado un pliego cerrado del señor teniente de gobernador y auditor de guerra, se abrió por sus señorías y visto [f· 166]/ su contenido reducido a que se informe de su conducta y procederes en el tiempo que ha exerse sus empleos, se le dio con efecto y se mandó quedase testimonio de dicho informe y lo firmaron de que doy fe. = Lacruz [rúb rica] = Arizmendi [rúbrica] = Martinez [rúbrica] = Davila [rúbrica] = Xiorro [rúbrica] = Valldejuli [rúbrica] = Ante mí = Ygnacio Herránz [rúbrica], esscribano público y de cabildo.
[1508]
[14 DE ABRIL DE 1788.]
En la ciudad de San Juan de Puerto Rico, a catorce de abril de mil setezientos ochenta y ocho años, se juntaron a cabildo ordinario los señores don Félix de la Cruz [f . 166v·]/ don Miguel Antonio de Arizmendi, el primero alcalde ordinario de primera elección y el segundo depositario general, don Antonio de Córdova, don José Dávila, don Valentín Martínez, don Domingo Dávila, don Miguel Xiorro, rexidores, para tratar y conferir las cosas tocantes al pro y útil de la república, a que concurrió el señor procurador general don Agustín Antonio Valdej ulli y no asistieron los señores alcalde ordinario don Tomás Pizarro y alférez real don Joaquín Pover por hallarse enfermos según expuso el portero.
El señor procurador general representó la falta de harina en la plaza, averiguada por sí mismo, exponiendo que sólo la había para veinte o veinte y un días, reducido su gasto diario a diez barriles y se proveió pase esta representazión a su señoría el señor gobernador, intendente y capital general para que en su vista [f · 167 ]/ y de la inminente falta de harina que se anuncia, digna de precaverse por las críticas circunstancias en que se halla esta plaza y su isla de resultas del huracán acaecido en el año próximo pretérito, que la ha destituído de aquellos auxilios
[El teniente de go&c:mador p ide certifi cación de su conducta en su cargo.]
[Se informa sobre la falta de harina en la ci udad .]
l(Se provee la r eprese ntación d el ,procurad o r genc- ..-al. ]
'[ El sargent o ma:;or p ide certiticac1ón d e s u co nduc ta en s u ca rgo.]
ACTAS DEL CABILDO
con que pudiera sobrellevarse la falta de pan de trigo* se sirva su señoría tomar la providencia que juzgue más oportuna.
A la representazión pendiente de 10 de marzo** del señor procurador general, se dió providencia que consta en e lla.
Y no habiéndo otra cosa que acordar, se cerró este cabildo y lo firmaron s us señorías, de que doy fe. = Lacruz [rúbrica] = Arizmendi [rúbrica] = Cordova [rúbrica] = Dávila [rúbrica] = Martinez [rúbrica] = Davila [rúbrica] = Xiorro [rúbrica] = Valldejuli [rúbrica] = Ante mí = Ygnacio Herránz [rúbrica], esscribano público y de cabildo. [r 161v. J¡
[1509]
[21 DE ABRIL DE 1788.]
En la ciudad de San Juan de Puerto Rico, a veinte y uno de abril de mil setezientos ochenta y ocho años, se juntaron a cabildo ordinario los señores don Félix de la Cruz y don Tomás Pizarra, alcaldes ordinarios, don Joaquín Pover, alférez real, don Miguel Antonio de Arizmendi, depositario general, don Jos é Dávila, don Valentín Martínez, don Domingo Dávila y don Miguel Xiorro, rexidores, a que concurrió el señor procurador general don Agus tín Antonio Valdejulli y no asistió el señor don Antonio de Córdova, por hallarse aus e nte d e esta ciudad.
El señor sarxento mayor d e la plaza, don Antonio Montenegro y Velasco, pidió que el cabildo informe de s u conducta, porte y manexos que ha tenido durante el ti e mpo de su residencia en ella y se informó s e r constante el a r reglo de su conducta, que no s e le ha notado e l menor extravío ni cosa que desdiga al empleo que obtiene y se le en-[r- 168] / tregue original para los efectos que le convengan.
.(Se ac ue r da r estit uir a l algnaci l. ]
Carlos Carné, alguacil que se le despidió por acuerdo de marzo, habiéndo representado que no tuvo culpa en el memor ial que presentó y atento a e ste motivo y la súplica que hizo se l e restituió su oficio y que se le participe al mayordomo.
* Entre líneas: la falta de pa n d e trig o.
* * Entre linea s : pendiente de 10 de m a rz o.
SAN JUAN
BAUTISTA DE PUERTO RICO
El señor gobernador remitió con oficio tres testimonios de otras tantas Reales Cédulas sobre varios asuntos y se le contextó mandando se archiven con otro oficio que también dirigió su señoría sobre lo que se representó en razón de la falta de harinas que desde luego promete dar providencia.
Igualmente contextó el señor gobernador a la representación que hizo el señor procurador general y se le dirigió en testimonio por el acuerdo antezedente y se mandó que habiéndose [ f. 168v·]/ por remitido el oficio de su señoría se pusiese con el expediente del asunto y corriese vista al señor procurador general para que en su consecuencia exponga lo que se le ofrezca y a su oficio corresponda. Y no habiendo otra cosa que acordar, se cerró este cabildo y lo firmaron sus señorías, de que doy fe. = Lacruz [rúbrica] = Pizarra [rúbrica] = Pover [rúbrica] = Arizmendi [rúbrica] = Dávila [rúbrica] = Martinez [rúbrica] = Dávila [rúbrica] = Xiorro [rúbrica] = Valldejuli [rúbrica] = Ante mí= Ygnacio Herrán z [rúbrica], esscribano público y de cabildo. [ f. 169 ] /
[1S 10 ]
[28 DE ABRIL DE 1788.]
En la ciudad de San Juan de Puerto Rico, a veinte y ocho de abril de mil setezientos ochenta y ocho años, se juntaron a cabildo ordinario los señores don Joaquín Pover, alferez real, don Jos é Dávila, don Valentín Martínez, don Domingo Dávila y don Miguel Xiorro, r exidores, para tratar y conferir las cosas tocantes al pro y útil de e sta república, a que concurrió el señor procurador general don Agust ín Valdejulli.
No habiendo habido r esoluzión qu e tomar, aunque se trataron varias cosas, se cerró este cabildo y lo firmaron sus señorías, de que doy fe. = Pover [rúbrica] = Davila [rúbrica] = Martinez [rúbrica] = Davila [rúbrica] = Xiorro [rúbrica] = Valldejuli [rúbrica] = Ante mí = Ygnacio H er rán z [rúbrica] , esscribano público y de cabildo. [ r. 169v·J/
[ Se reciben varios documentos del go• bernador. J
[Se recibe coatestacióu del gobernador a las represeotaciooes del procurador ge oeral.J
[Se discuten vario,; asuntos. ]
¡S e acuerda no baJar el alquilrr ,1e l as casillas de la plaza.]
[Se recibe una Real Cédula deterrn!nando en quién se depositará la llave del sagrario en jueves santo.]
ACTAS DEL CABILDO [1511]
[S DE MAYO DE 1788.]
En la ciudad de San Ju'an de Puerto Rico, a cinco de mayo de mil setecientos ochenta y ocho años, se juntaron a cabildo ordinario en esta sala capitular los señores don F élix de la Cruz, alcalde ordinario, don Antonio de Córdova, don Valentín Martínez y don Domingo Dávila, para tratar y conferir las cosas tocantes al pro y útil de la república. En este cabildo se presentaron los individuos que habitan las casillas de la plaza, propias de la ciudad, solicitando se les bajase el alquiler y se proveyó el memorial sin lugar.
Con lo que, y no habiendo otra cosa que acordar, aunque se conferenciaron varias, se concluyó este cabildo que firmaron su señoría, de que doy fee . =Lacruz [rúbrica] = Cordova [rúbrica] = Martinez [rúbrica] = Davila [rúbrica] = Ante mí = Nicolás Aguayo [rúbrica], esscribano real y teniente de público y cabildo . [f· 17º]/
[1512]
[19 DE MAYO DE 1788.]
En la ciudad de San Juan de Puerto Rico, a diez y nueve de mayo d e mil setezientos ochenta y ocho años, se juntaron a cabildo ordinario los señores don Manuel Chiguero y Saabedra, teniente de gobernador y auditor de guerra, don Tomás Pizarro, alcalde ordinario, don Antonio de Có rdova, don Joaquín Pover, alférez real, don Valentín Martínez y don Domingo Dávi la, rexidores, para tratar las cosas tocantes al pro y útil de la república.
En este cabildo se exhibió por el señor teniente de gobernador una Real Cédula, fecha en 25 de enero d el corriente, por la que Su Majestad se sirve declarar que en el caso de ausenzia o enfermedad del gobernador el jueves santo deb e depositarse la llave del sagrario en el que presida al ayuntamiento, consiguiente a lo ocurrido en el del año próximo pasado, protestas y diligencias de los cabildos celebrados en el mismo día y subsiguientes, cuia Real Cé dula obedeci-[r· 110v·]/da, se mandó guardar, cumplir y executar y que se anotase en el libro que corresponde, devolvi éndose a dicho señor.
SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO
También se tuvo presente un oficio del señor gobernador para que se le informase sobre la segunda casa excusada de esta ciudad, lo que así se acordó y que se executase por separado, archivándose el citado oficio con copia del informe. Y no habiendo otra cosa que acordar, se cerró este cabildo y lo firmaron sus señorías, de que do y fe. = Chiguero [rúbrica] = Pizarra [rúbrica] = Pover [rúbrica] = Cordova [rúbrica] = Martinez [rúbrica] = Davila [rúbrica] = Ante mí = Ygnacio Herránz [rúbrica] , esscribano público y de cabildo.
[1513]
[26 DE MAYO DE 1788.]
En la ciudad de San Juan de Puerto Rico, a veinte y seis de mayo de mil setezientos [ f. 171 ]/ ochenta y ocho años, se juntaron a cabildo los señores don Félix de la Cruz, alcalde ordinario de primera eleción, don José Dávila, don Valentín Martínez y don Domingo Dávila, rexidores, para tratar y conferir las cosas tocantes al pro y útil de la república.
El procurador síndico procurador general respondió a la contextazión hecha por el señor gobernador y capitán general a su representazión de 10 de marzo de este año y por estar difusa y gravedad de su asunto se mandó que rolase por todos los señores capitulares para que mexor se pueda resolver. - Entró en este acto el señor alférez real don Joaquín Pover.
El esscribano de [gobernación] entró en este cabildo y exhibió la Real Zédula original del asunto de la llave el día de Jueve s Santo para que se enterasen sus señorías de e lla y dejase como dejó testimonio de ella [la que] que se archivó [ f. mv·]/ y se le respondió a su señoría por el mismo esscribano quedaba enterado este cabildo de dicha Real Cédula. Y no habiendo otra cosa que acordar, se cerró este cabildo y lo firmaron sus señorías, de que doy fe. = Lacruz [rúbrica] = Pover [rúbrica] = Davila [rúbrica] = Martinez [rúbrica] = Davil a [rúbrica] = Ante mí = Ygnacio Herránz [rúbrica], esscribano público y de cabildo.
[ El ¡¡ob emador pide mforme sobre una casa de la ciu• dad.]
[ Se pospone acuerdo sobre representación d e l procurador general.]
[Se recibe el original de Rea l Cédula sobre la llave del sagrario .]
[El cab il d o di scute varios asuntos ]
[ Se a c uerda ins istir e n la r epr ese ntac ió n del p rocurad or ge nera l .]
ACTAS DEL CABILDO [151 4]
[2 DE JUNIO DE 1788.]
En la ciudad de San Juan de Puerto Rico, a dos de mayo [sic] de mil setezientos ochenta y ocho años, se juntaron a cabildo ordinario los señores don Manuel Chi • guero y Saabedra, teniente de gobernador y auditor de guerra, don Joaquín Pover, alferez real, don Miguel Antonio de Arizmendi, depositario general, don Valentín Martínez, don Domingo [f· 172 ] / Dávila, don Miguel Xiorro, rexidores, para tratar y conferir las cosas tocantes al pro y útil de la república, a que concurrió el señor procura• dor general don Agustín Antonio Valdejulli.
Se conferenciaron varias cosas en diversos asuntos y se quedó a resolverlas para otro cabildo y lo firmaron sus señorías, de que doy fe. = Chiguero [rúbrica] = Po• ver [rúbrica] = Arizmendi [rúbrica] = Martinez [rúbri• ca] = Davila [rúbrica] = Xiorro [rúbrica] = Agustín Antonio Valldejuli [rúbrica] = Ante mí = Ygnacio He• rrán z [rúbrica], esscribano público y de cabildo. [f 112v ]/
[1515]
[9 DE JUNIO DE 1788.]
En la ciudad de San Juan de Puerto Rico, a nueve de junio de mil setezientos ochenta y ocho años, se juntaron a cabildo ordinario los señores don Manuel Chiguero y Saabedra, teniente de gobernador y auditor de guerra, don Joaquín Pover, alferez real, don Miguel Antonio de Arizmendi, depositario general , don Antonio de Córdova, don José Dávila, don Domingo Dávila y don Miguel Xiorro, rexidores, para tratar y conferir las cosas tocantes al pro y útil de la república, a que concurrió el señor procura· dor ge neral don Agustín Antonio Valdejulli.
Se vio la representazión del caballero procurador ge• neral de 26 de mayo y acordaron sus señorías se insistiese en ella, suplicando a su señoría la publicazión de la fac• turía y composición de calles, entre otras cosas, que constan del de creto puesto al pie de dicha representazión.
Y no habiendo otra cosa que acordar, se cerró este cabildo y lo firmaron sus [f- 173 ]/ señorías, de que doy fe . = Chiguero [rúbrica] = Pover [rúbrica] = Arizmendi
[rúbrica] = Cordova [rúbrica] = Davila [rúbrica] = Davila [rúbrica] = Xiorro [rúbrica] = Valldejuli [rúbrica] = Ante mí = Ygnacio Herránz [rúb rica], esscribano público y de cabildo.
[1516]
[16 DE JUNIO DE 1788-]
En la ciudad de San Juan de Puerto Rico, a diez y seis de junio de mil setezientos ochenta y ocho años, se juntaron a cabildo ordinario los señores don Joaquín Pover, alférez real, don Miguel Antonio de Arizmendi, depositario general, don Valentín Martínez, don Domingo Dávila y don Miguel Xiorro, rexidores, para tratar y conferir las cosas tocantes al pro y útil de la república, a que [f 173v·]/ concurrió el señor procurador general don Agustín Antonio Valdejulli.
Se quedó para otro cabildo la resoluzión del asunto tratado en el anterior, cuio testimonio y diligencias se trajeron por mí, el esscribano, y no habiendo otra cosa que acordar, se cerró este cabildo y lo firmaron sus señorías, de que doy fe. Testado : de Arizmendi - no vale. = Pover [rúbrica] = Ariz mendi [rúbrica] = Martinez [rúbrica] = Davila [rúbrica] = Xiorro [rúbrica] = Valldejuli [rúbrica] = Ante mí = Ygnacio Herránz [rúbrica], esscribano público y de cabildo
[1517]
[30 DE JUNIO DE 1788.]
En Puerto Rico, a treinta de junio de mil setezientos ochenta y ocho años, se juntaron a cabildo ordinario los señores don Joaquín Pover, alférez real, don José Dávila y don [f 174 ]/ Valentín Martínez, rexidores, y no habiendo concurrido otros señores capitulares no se celebró cabildo y lo firmaron, de que doy fe. = Pover [rúbrica] = Davila [rúbrica] = Martinez [rúbrica] = Ante mí = Y gnacio Herránz [rúbrica], esscribano público y de cabildo.
[No se toman acuerdos.]
[Se levanta la ses ión por ausenci a de capitulares.]
[Se levanta la sesión por ausencia d e capitulares ]
[Se recibe una Real Cédula anunc iando el nacimiento del infante don Carlos .]
ACTAS DEL CABILDO
[1518]
[7 DE JULIO DE 1788.]
En la ciudad de San Juan de Puerto Rico, a siete de julio de mil setecientos ochenta y ocho años, se juntaron a cabildo ordinario los señores don Joaquín Pover, alférez real, don Valentín Martínez y don Domingo Dávila, rexidores, para tratar y conferir las cosas tocantes al pro y útil de la república, a que concurrió el señor procurador general don Agustín Antonio Valdejulli y no los señores don Tomás [ r. 174v•]/ Pizarro, alcalde ordinario y don Antonio de Córdova, rexidor, por haber dado parte hallarse enfermo. Con lo que, y no obstante haber pendiente algunas cosas que resolver, no se determinaron a ello sus señorías por considerar se necesita la asistencia de los demás señores, en cuia virtud determinaron sus señorías se hiciese presente a dichos señores para el cabildo venidero. Y lo firmaron, de que doy fee. = Pover [rúbrica] = Martinez [rúbrica] = Davila [rúbrica] = Valldejuli [rúbrica] = Ante mí = Nicolás de Aguayo [rúbrica], esscribano real y teniente de público y cabildo.
[1519]
[11 DE JULIO DE 1788.]
En la ciudad de San Juan de Puerto Rico, a once de julio de mil setecientos ochenta y ocho años, se juntaron a cabildo ex-[ f· 175]/traordinario por disposición de su señoría el señor gobernador, intendente y capitán general, los señores don Félix de la Cruz, alcalde ordinario de primera elección, don Joaquín Pover, alférez real, don Antonio de Córdova, don José Dá vila, don Valentín Martínez y don Miguel Xiorro. Y habiéndose abierto un pliego cerrado remitido por su señoría dicho señor gobernador a este ilustre ayuntamiento, se encontró contienen un oficio con un testimonio de la Real Cédula en que se da cuenta del feliz y dichoso parto de la serenísima [roto] princesa de Asturias en que ha dado a luz al infante don Carlos María Isidro, lo hacen presente a este ilustre cuerpo para que en su consecuencia se sirva dar las debidas gracias a su Divina Majestad con las demás demostraciones que en iguales casos se acostumbra haciendo presente su señoría
SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO
tiene determinado con acuerdo del ilustrísimo señor [f• 175v•]/ diocesano hacerlo por su parte en la Santa Iglesia Catedral el día 13 del corriente, a todo lo que acordaron sus señorías concurrir igualmente bajo de masas, según ha sido costumbre, a la acción de gracia que se enuncia en el día citado y que se conteste, archivándose la referida Real Cédula, con lo cual se concluyó este cabildo, que firmaron sus señorías, de que doy fee. = Entre renglones : el día trece del corriente - vale. Testado: y en su consecuencia - no vale. = Lacruz [rúbrica] = Pove r [rúbrica] = Cordova [rúbrica] = Davila [rúbrica] = Martinez [rúbrica] = Xiorro [rúbrica] = Ante mí = Nicolás de Aguayo [rúbrica], esscribano real y teniente de público y cabildo. [f. 176 ]/
[ 1520]
[14 DE JULIO DE 1788.]
En la ciudad de San Juan de Puerto Rico, a catorce de julio 1de mil setezientos ochenta y ocho años, se juntaron a cabildo ordinario los señores don Félix de la Cruz, alcalde ordinario de primera eleción, don Joaquín Pover, alférez real, don Agustín Antonio d e Arizmendi, depositario general, don Valentín Martínez y don Miguel Xiorro, rexidores, para tratar y conferir las cosas tocantes al pro y útil de la república.
El señor gobernador, intendente y capitán general remitió a este cabildo un oficio en el que participa haberse resistido en el día de ayer los panaderos a la compra de 800 barriles de harina que ha considerado su señoría n ecesarios para el repuesto que la crítica presente estazión exige el abasto de esta plaza, con el motivo de faltarles caudales, sín embargo de haber quedado al cargo de ellos las compras de esta exp ecie, según consta d el papel de prop [roto] cuia copia incluie su señoría, firmado por [f 176v·] / ellos a presencia del caballero rexidor don Antonio de Córdova, y no permitiéndole por ahora sus indisposiciones introducirse en el por menor de esta provisión se le hace indispensable participar a este ayuntamiento, como su señoría lo executa, dicha resistencia a fin de que acuerde y practique cuanto convenga al acopio de los mencionados 800 barriles en el mejor modo que tubiere a bien, sin perjuicio de este público, aprovechándose con la
[ El gobernador informa que los panaderos se nie11an a comprar banna y el cabildo resuelve. ]
más posible brevedad de la ocasión que ofrece el bergantín anclado en este puerto procedente del de Santander cuia salida insta, como acaba de comunicarle a su señoría su capitán, don Ramón Uxioste.
De cuio oficio enterados sus señorías, habiendo conferenciado el asunto de que trata con la madurez que exige, teniendo presente la proposición hecha por el artillero Manuel Carazo en que ofrece comprar 400 barriles (f. In] / de harina siempre que se le permita abrir panadería y expenderlos al público por sí mismo, la cual ha sido hecha al mismo señor gobernador y capitán general en este propio día, según que rubricada por su señoría ha manifestado el caballero rexidor don Valentín Martínez, a quien para el efecto se la entregó el enunciado señor gobernador, acordaron se admita luego al instante la promesa que hace Carazo con la expresa condición de que haya de verificar la compra en el día de los dichos cuatrocientos barriles que expresa, permitiéndosele abrir panadería pública para expenderlos por sí mismo y que para los 400 barriles restantes sean compelidos y obligados todos los panaderos existentes a su compra sin oírseles la menor excepción y si dentro de dos horas de como sean convocados para el puntual cumplimiento de lo acordado en este día, que deberá hacerse efectivo en la tarde del mismo [f. mv·]/ por los caballeros rexidores don Valentín Martínez y don Miguel Xiorro, a quienes se diputa para el efecto, no lo verificaren, o al menos aprontaren su importe, quedarán excluidos de este exercicio, fixándos e por la mañana del siguiente día, que es el quince, cedulones en las esquinas con acuerdo de su señoría el señor gobernador y capitán general, expresivos de que los vezinos que quisieren tomar el oficio de panadero, obligándose a la compra de harinas en el caso presente y dem ás que ocurran, se presenten en forma y serán admitidos, y que se participe a su señoría el señor gobernador y capitán general esta determinazión con testimonio de este acuerdo por el presente esscribano, previas las urbanidades de estilo. Y lo firmaron sus señorías, de que doy fe. = Lacruz [rúbrica] = Pover [rúbrica] = Arizmendi [rúbrica] = Martinez [rúbrica] = Xiorro [rúbrica] = Ante mí = Ygnacio Herránz [rúbrica], esscribano público y de cabildo. [t. 11s ]¡
[21 DE JULIO DE 1788.]
En la ciudad de San Juan de Puerto Rico, a veinte y uno de julio de mil setecientos ochenta y ocho, se juntaron a cabildo ordinario los señores don Manuel Chiguero y Saabedra, abogado de la real chansillería de Granada, teniente de gobernador y auditor de guerra, don Félix de la Cruz, [Testado : alcalde ordinario] y don Tomás Pizarro, alcaldes ordinarios, don Joaquín Pover, alférez real, don Miguel Antonio de Arizmendi, depositario general, don Valentín Martínez, don Domingo Dávila y don Miguel Xiorro, rexidores, para tratar y conferir las cosas tocantes al pro y útil de la república, a que no concurrieron los señores don Antonio de Córdova y don José Dávila por hallarse enfermos, el primero en su hazienda de campo, según han avisado.
Los señores don Valentín Martínez y don Miguel Xiorro a consecuencia de la comisión que se les encargó en el [f. 178v· ] / cabildo ante rior, expusieron estar hecho el acopio de los ochocientos barriles de harina* que se les encargó, en los términos acordados en el dicho anterior cabildo, no habiéndose ofrecido reparos en los contribuyentes, lo cual se acordó se participase a su señoría el señor gobernador con el competente oficio y testimonio del anterior cabildo.
Se remitió por el referido señor gobernador un oficio que incluye un testimonio sobre el modo de hacerse la s disposiciones testamentales de los expulsos de la Compañía de Jesús y se acordó se cumpliese, guardase y executase, archivándose y contestándose su recibo.
Se trató sobre factoría y composición de calles para concluir lo que quedó pendiente en cabildo de diez y ocho de mayo, teniéndose presente los respectivos expedientes y representaciones del asunto que exigiendo el debido conocimiento de sus hechos y la mayor reflexión, se suspendió su resolución hasta el cabildo venidero, donde a simismo se acordará [f· 179 ]/ si deben o no dirigirse estos recursos a Su Majestad como se ha propuesto por algunos de los señores vocales y para lo primero entréguese el expediente con la reserva conveniente al presente esscribano.
* Entre lín eas : de harina.
[ Los diputados informan haberse realizado la compra de harina ]
[ El gobernador envla un oficio sobre disposiciones !estamentales de jesuitas.]
[ Se pospone el• acuerdo sobre arreglo de ca lles.]
[El gobernador informa haber suspendido al alcaide Manuel Figueroa y nombrado a J oaquín de la R osa.]
íNo se acuerda sobre el arreglo de ca lles por a usencia de capitulares.]
ACTAS DEL CABILDO
Con lo que se concluyó este cabildo, que firmaron sus señorías, de que doy fee. = Chiguero [rúbrica] = Lacruz [rúbrica] = Pizarra [rúbrica] = Pover [rúbrica] = Arizmendi [rúbrica] = Martinez [rúbrica] = Davila [rúbrica] = Xiorro [rúbrica] = Ante mí = Nicolás Aguayo [rúbrica], esscribano real y teniente de público y cabildo . [f· 179v.] /
[1522]
[28 DE JULIO DE 1788.]
En la ciudad de San Juan de Puerto Rico, a veinte y ocho de julio de mil setecientos ochenta y ocho años, se juntaron a cabildo ordinario los señores don Manuel Chiguero y Saabedra, abogado de la real chancillería de Granada, teniente de gobernador y auditor de guerra, don Tomás Pizarra, alcalde ordinario, don Joaquín Pover, alférez real, y don Miguel Xiorro, rexidores, para tratar y conferir las cosas tocantes al pro y útil de la república.
Se abrió un pliego del señor gobernador en que da parte de la suspensión del alcaide de la real caree!, Manuel Figueroa y nombramiento hecho en su lugar en Joaquín Nicolás de la Rosa y se acordó se conteste su oficio y archive.
Se volvió a tratar sobre composición de calles y factoría y faltando la mayor parte de los señores capitulares, unos p or hallarse ausentes y otros lexítimarnente impedidos, se suspendió la delib eración de este asunto y reservó la ciudad a consecuencia de lo acorda do en el anterior cabildo [ f. 180] / resolver sobre estos particulares concurriendo todos los demás señores o ya [instando] la publicación y arreglo de la factoría y expresada composición o ya dando cuenta a Su Majestad con justificación sobre todo y los agravios que de ello se están tocando. Con lo que se concluyó este cabildo, que firmaron sus señorías, de que doy fee. = Ch iguero [rúbrica] = Pizarro [rúbrica] = Pover [rúbrica] = Xiorro [rúbrica] = Ante mí = Nicolás Aguayo [rúbrica], esscribano real y teniente de público y cabildo .
[S DE AGOSTO DE 1788.]
En la ciudad de San Juan de Puerto Rico, a cinco de agosto de mil setecientos ochenta y ocho años, se jun[f· 180v·]/taron a cabildo ordinario en esta sala capitular los señores don Félix de la Cruz, alcalde ordinario, don Joaquín Pover, alférez real, don Antonio de Córdova, don Valentín Martínez y don Miguel Xiorro, rexidores, para tratar las cosas tocantes al pro y útil de la república. A consecuencia del oficio que pasó su señoría el señor gobernador, intendente y capitán general a este cabildo en el anterior, dando parte del nombramiento interino que hizo en Joaquín Nicolás de la Rosa por haberse encausado al propietario Manuel Figueroa, de que se acusó recibo, y reflexionado sus señorías sobre este particular teniendo presente los privilegios que conceden las leyes a este cuerpo acordaron se pase oficio a su señoría haciéndole presente que a él es a quien compete el nombramiento, así interinarlo como en propiedad, y que en su consecuencia se sirviese dejarle en el libre uso y que se formase y firmase otro igual para unirlo al [ilegible] pasado por su señoría a este cabildo para los efectos que convengan.
El señor diputado de mes, don Valentín [f 181 ]/ Martínez hizo presente hallarse parte del techo de la carnicería en estado deplorable por haber faltado una de las costaneras que le sostienen y estar varias varas por sus extremos podridas e igualmente ser necesario para poder hacer uso del matadero el levantar una muralla o pared que sostenga los escombros y arenas que bajan de la fortificación inmediata y recomponer la cañería por donde se conducen al mar las sangres y labazas del mencionado matadero. A lo que acordaron sus señorías se difiriese su re s olución para el cabildo venidero . Con lo que se concluyó este cabildo, que firmaron sus señorías, de que doy fee. = La cr u z [rúbrica] = Pover [rúbrica] = Cordova [rúbrica] = Martine z [rúbrica] = Xiorro [rúbrica] = Ante mí = Nicolás Aguayo [rúbrica], esscribano real y teniente de público y cabildo. [f· 181v·] /
[ Se informa al g ob ernador que el nombramiento del alcaide com pete a la ciudad.]
[Don Valentía Mar· t ínez informa sobre necesidad de arreglos en la carnicería y matadero.]
[El cabildo aplaza la contes ta ción a ofic io del goberna• dor.J
ACTAS DEL CABILDO
[1524]
[11 DE AGOSTO DE 1788.]
En la ciudad de San Juan de Puerto Rico, a once de agosto de mil setecientos ochenta y ocho años, se juntaron a cabildo ordinario en esta sala capitular los señores don Félix de la Cruz y don Tomás Pizarra, alcaldes ordinarios, don Miguel Antonio de Arizmendi, depositario general, don Antonio de Córdova, don José Dávila, don Domingo Dávila y don Miguel Xiorro, rexidores , para tratar y conferir las cosas tocantes al pro y útil de la república, a que no concurrió el señor alférez real, don Joaquín Pover, por hallarse enfermo, según así lo ha participado, ni el s eñor don Valentín Martínez por hallarse ocupado en la diputación.
En este cabildo se recibió la contestación de su señoría el señor gobernador, intendente y capitán general al oficio que se le pasó en el anterior y se acordó se difiriese la resolución de su respuesta para el cabildo venidero.
En este mismo cabildo se presentó el [ministro] Antonio Rodríguez solicitando la [f· 182 ] / alcaide [sic] y se acordó que a su tiempo se proveería lo que hubiese lugar. Con lo que, y no habiendo otra cosa que acordar, aunque se conferenciaron varias, se concluyó este cabildo, que firmaron sus señorías, de que doy fee. = Lacruz [rúbrica] = Pi zarra [rúbrica] = Ari zmen di [rúbrica] = Cordova [rúbrica] = Davila [rúbrica] = Xiorro [rúbrica] = An te mí = Nicolás Aguayo [rúbrica] , esscribano real y teniente d e público y cabildo.
[1525]
[18 DE AGOSTO DE 1788.]
En la ciudad de San Juan de Puerto Rico, a diez y ocho de agosto de mil setezientos ochenta y ocho años, se juntaron a cabildo ordinario los señores don Félix de la Cruz, alcal de [' · 182v·] / ordinario, don Joaquín Pover, alferez real, don Antonio de Córdova, don Valentín Martínez, don Domingo Dávila, y don Miguel Xiorro, rexidores , para tratar y conferir las cosas to ca nt es al pro y útil de la república.
SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO
Se presentó el doctor presbítero don José Gutiérrez de Arroyo pidiendo se le amplíe el informe de su arreglada conducta y buen desempeño de su ministerio y demás que en él se expuso [ilegible] de 5 de septiembre de 85 hasta el presente. Y enterados sus señorías de todo apliaron [sic] el citado informe calificativo de no haberse advertido cosa en contrario y que se le devuelva original con los testimonios que solicite.
El señor gobernador y capitán general remitió por mano del esscribano de gobierno un testimonio del auto que su señoría ha proveido suspendiendo de abogar al presbítero doctor don Jos é Gutierrez de Arroyo y se le contextó con recibo al oficio con que lo acompañó. Y no habiendo otra [ f 183 ] / cosa que acordar, se cerró este cabildo y lo firmaron sus señorías, de que doy fe. También se contextó al señor gobernador al oficio reservado en el antecedente cabildo sobre la alcaidía de la caree!. = Lacruz [rúbrica] = Pover [rúbrica] = Cordova [rúbrica] = Martinez [rúbrica] = Davila [rúbrica] = Xiorro [rúbrica] = Ante mí = Ygnacio Herránz [rúbrica], esscribano público y de cabildo.
[1526]
[26 DE AGOSTO DE 1788.]
En la ciudad de Puerto Rico, a veinte y seis de agosto de mil setezientos ochenta y ocho, se juntaron a cabildo los señores alfé rez real don Joaquín Pover * y don Valentín Martínez, rexidores . Y no habiendo concurrido los demás señores por sus ocupaciones y enfermedades [ f. 183v· ] / no se celebró cabildo y lo mandaron anotar y firmaron, de que doy fe.=Pover [rúbrica] =Martinez [rúbrica]= Ante mí=Ygnacio Herránz [rúbrica], esscribano público y de cabildo.
[1527]
[1 DE SEPTIEMBRE DE 1788.]
En la ciudad de San Juan de Puerto Rico, a primero de septiembre de mil setezientos ochenta y ocho años, se
* Entre líne as: don Joaquín Pover.
[ E l p resbítero J osé Gutié rre z de Arro• yo P.ide se amplíe cerlificación de s u condu cta.]
[ El gobe r nador i n• fo rm a haber SUS· pend ido d e abogar al p resbítero J osé Gu tiérrez de Arro• )'O.]
[ Se levan ta la sesión por ausencia de cap i tulares.]
[ Basilio del Rosario solicita 100 pesos a censo.]
[ Se pasa a la j unta municipal la soli citud d e Basili o d el Rosario. ]
ACTAS DEL CABILDO
juntaron a cabildo ordinario los señores don Félix de la Cruz, alcalde ordinario, don Joaquín Pover, alférez real, don Antonio de Córdova, don Valentín Martínez y don Miguel Xiorro, rexidores, para tratar y conferir las cosas tocantes al bien público, a que concurrió el señor procurador general don Agustín Antonio de Valdejulli.
Basilio del Rosario pidió se le admitiese [f 184]/ por inquilino de cien pesos que tiene Juan Rondón y se le dió vista al señor procurador general con los documentos presentados. Y no habiendo otra cosa que acordar, se cerró este cabildo y lo firmaron sus señorías, de que doy fe = Lacruz [rúbrica] =Pover [rúbrica] =Cordova [rúbrica1 = Martine z [rúbrica] =Xiorro [rúbrica]= Valldejuli [rúbrica] =Ante mí=Ygnac io Herránz [rúbrica], esscribano público y de cabildo.
[1528]
[9 DE SEPTIEMBRE DE 1788 .]
En la ciudad de San Juan de Puerto Rico, a nueve de septiembre de mil setezientos ochenta y ocho años, se juntaron a cabildo ordinario los s eñores don Tomás Pizarro, alcalde ordinario, don Joaquín Pover, alférez real, don Antonio d e Córdova, [Testado: y ] don Valentín Martínez y don Miguel Xiorro , rexidores , para [f. 184v·]/ tratar y conferir las cosas tocantes al pro y útil de la r e pública, a que concurrió el señor procurador general don Agustín Antonio Valde julli, entró el s eñor rexidor don Jos é Dávila.
El procurador general r espondió a la pretensión de Basilio del Rosario exponiendo qu e toca este a s unto a la junta municipal y se mandó pasase con efecto a ella. Se conferen ciaron otras varias cosas y se cerró este cabildo, que lo firmaron sus señorías, de que doy fe.=Pizarro [rúbrica] =Pover [rúbrica] =Cordova [rúbrica] =Davila [rúbrica] = Martin ez [rúbrica] = Xiorro [rúbrica]= Valldejuli [rúbrica] =Ante mí=Ygnacio Herrán z [rúbrica], esscribano público y de cabildo. [ f. 185 ]/
[1529]
[16 DE SEPTIEMBRE DE 1788.]
En la ciudad de San Juan de Puerto Rico, a diez y seis de septiembre de mil setezientos ochenta y ocho años,
SAN JUAN
BAUTISTA DE PUERTO RICO
se juntaron a cabildo ordinario los señores don Joaquín Pover, alférez real, don Antonio de Córdova y don Valentín Martínez, rexidores, para tratar y conferir las cosas tocantes al pro y útil de la república y [Enmendado: al que] concurrió el señor procurador general don Agustín Valdejulli, entró el señor rexidor don Miguel Xior ro.
El escribano de gobierno me entregó a mí, el de cabildo dos solicitudes hechas por los alarifes de la ciudad sobre recomposición de los calabozos y por el alcaide de la cárcel sobre acrecentamiento de grillos y el señor gobernador lo mandó traer a este cabildo para que se dipute uno de los señores para su reconocimiento y que de todo informe y se diputó al señor rexidor de mes don Domingo Dávila y que para ello se le entregue los documentos presentados . [f· issv.]/
Igualmente entregó el esscribano de gobierno la solicitud del señor rexidor don Miguel Xiorro pidiendo se le dispense la continuación de su empleo [interino] por sus muchos achaques y que han cesado las causas porque fué nombrado. Y se decretó que es constante cuanto expresa en su memorial el señor rexidor y acreedor a la referida solicitud. Y no habiendo otra cosa que acordar, se cerró este cabildo y lo firmaron sus señorías, de que doy fe.= Pover [rúbrica] =Cordova [rúbrica] =Martinez [rúbrica] =Xiorro [rúbrica]=Valldejuli [rúbrica]=Ante mí=Ygnacio Herrán z [rúbrica], esscribano público y de cabildo.
[1530]
[22 DE SEPTIEMBRE DE 1788.]
En la ciudad de San Juan de Puerto Rico, a veinte y dos de septiembre de mil setezientos ochenta y ocho años, se juntaron a cabildo ordinario [f· 186]/ los señores don Félix de la Cruz, alcalde ordinario de primera elección, don Joaquín Pover, alférez real, don Valentín Martínez y don Miguel Xiorro, rexidores, para tratar y conferir las cosas tocantes al pro y útil de la república, a que concurrió el señor procurador general don Agustín Antonio de Valdejulli [Enmendado: Valdejulli], entró el señor rexidor don José Dávila.
Juan Guillermey, comisario de entradas en el hospital real solicitó en el gobierno la licenzia de construir una carreta para la condución de maderas y leña que tiene en
[ Se propone el arreglo de calab<r zos y la compra de grillos.]
[Don Miguel Xiorro pide se le releve de su ofioio.]
[ Se re chaza petición de Juan Guillermey sobre conducción d e maderas y leña.]
, [ Manuel del Rio prese nta limpieza •de sangre de Pedro .Buenahora.]
{ Pablo Fort se querrella de vecinos q ue introducen cargas a la ciudad. l
ACTAS DEL CABILDO
los montes que labra, y el señor gobernador lo remitió a este cabildo para que informe sobre este asunto y con efecto se hizo al pie del decreto exponiéndo no ser conforme esta solicitud por razones que allí se refieren.
Manuel del Río presentó una informazión de limpieza de sangre de Pedro Buena [f- 186v· ]/ Hora, hecha en el tribunal del señor alcalde ordinario don Tomás Pizarro, pidiendo su aprobazión. Y se le decretó que ocurriese al tribunal que le corresponde. Y no habiendo otra cosa que acordar, se cerró este cabildo y lo firmaron sus señorías, de que doy fe.=Lacruz [rúbrica] =Pover [rúbrica] =Davila [rúbrica] =Martinez [rúbrica] =Xiorro [rúbrica]= Valldejuli [rúbrica] =Ante mí= Y gnacio H erránz [rúbrica], esscribano público y de cabildo .
[1531]
[30 DE SEPTIEMBRE DE 1788.]
En la ciudad de San Juan de Puerto Rico, a treinta de septiembre de mil setezientos ochenta y ocho años, se juntaron a cabildo ordinario los señores don Félix de la Cruz y don Tomás Pizarro alcaldes ordinarios , don Joaquín Pover, [ f- 187 ] / alférez real, don Antonio de Córdova, don José Dávila, don Valentin Martínez y don Miguel Xiorro, rexidores, para tratar y conferir las cosas tocantes al pro y útil de la república.
Se presentó Pablo Fort solicitando se providenciase sobre los vecinos que se introducen a conducir cargas a esta ciudad del sitio de Palo Seco, de cuyo pasaje es arrendatario, y se mandó poner en testimonio a continuación el artículo de las ordenanzas municipales que trata del establecimiento del pasaje a que se contrae esta instancia y que de su vista resultará la providencia.
[ J osé de Rive r a pid e t estimonio d e demolición del Ha•to de Hormigas.]
José de Rivera solicitó asímismo testimonio de las diligencias de demolición del hato nombrado el Hato de Ho rmigas, que se verificó con comisión de este ilustre ayun tamiento y se le mandó dar.
Con lo que, y por no haber otra cosa que acordar, se concluyó este cabildo, que firmaron [f· mv. ]/ sus señorías, de que doy fee.=Lacruz [rúbrica] =Pizarra [rúbrica]= Pover [rúbrica] =Cordova [rúbrica] =Davila [rúbrica]= Martinez [rúbrica] =Xiorro [rúbrica] =Ante mí=Nicolás Aguayo [rúbrica], esscribano real y teniente de público.
[6 DE OCTUBRE DE 1788 ]
En la ciudad de San Juan de Puerto Rico, a seis de octubre de mil setezientos ochenta y ocho años, se juntaron a cabildo ordinario los señores don Félix de la Cruz, alcalde ordinario, don Miguel Antonio de Arizmendi, depositario general, don Antonio de Córdova, don José Dávila, don Valentín Martínez y don Domingo Dávila, rexidores, para [f· 188 ] / tratar y conferir las cosas tocantes al pro y útil de la república, a que concurrió el señor procurador general don Agustín Antonio de Valdejulli.
Conforme al informe que este cabildo dirigió al señor gobernador y capitán general en el de 16 del próximo pasado, previene su señoría en el oficio de [5] del corriente que la solicitud del señor rexidor don Miguel Xiorro sobre su relevazión mediante los motivos que ha expresado, se le ha concedido desde el día 4 del mismo. Y mandaron sus señorías se archive el citado oficio y se le contexte, como se le contextó, habiéndosele por separado al señor rexidor. * Y no habiendo otra cosa que acordar, se cerró este cabildo y lo firmaron sus señorías, de que doy fe.=Lacruz [rúbrica] = Arizmendi [rúbrica] = Cordova [rúbrica] = Davila [rúbrica] =Martinez [rúbrica] =Davila [rúbrica]= Valldejuli [rúbrica]=Ante mí=Ygnacio H erránz [rúbrica], esscribano público y de cabildo. [f· 188v·] /
[1533]
[13 DE OCTUBRE DE 1788.]
En la ciudad de San Juan de Puerto Rico, a trece de octubre de mil setezientos ochenta y ocho años, se juntaron a cabildo ordinario los señores don Tomás Pizarra, alcalde ordinario, don Joaquín Pover, alférez real, don Antonio de Córdova y don Domingo Dávila, rexidores, pa~a tratar y conferir las cosas tocantes al pro y útil de la r~ pública.
Presentó el señor rexidor don Domingo Dávila las diligencias que se le comisionaron sobre los reparos necesarios en la cárcel y prisiones [Enmendado : Prisiones] y
* Entre lineas: biéndosele por separado al señor rexidor. 10. A, C.
fSe concede e l re, e vo d e su ca rgo a don Migue l Xiorro.]
[ Se info rm a al gobernado r sob r e costo de r eparaciones e n la cá r ce l. ]
[Se r eite ra la ne• cesidad de reparar la carnicería.]
( Se levanta la ses ión por no hab e r a s unto s que tratar.)
ACTAS DEL CABILDO
se acordó que mediante a estar hechas las tasaziones de todo se devuelvan al señor gobernador, intendente y capitán general para su debida resoluzión.
El señor rexidor diputado de mes don Antonio de Córdova repitió lo mismo que expuso en su mes el señor rexidor don Valentín Martínez [ f. 189 ] / en cabildo de cinco de agosto último pasado sobre la necesidad que tiene de recomponerse la carnecería, afirmando que estaba en evidente peligro parte de ella y se acordó se pase oficio al señor gobernador, intendente y capitán general con relación de todo para la providencia que sea de su agra do. Y no habiéndo otra cosa que acordar, se cerró este cabildo y lo firmaron sus señorías, de que doy fe.=Pizarro [rúbrica] = Po ver [rúbrica] =Cordova [rúbrica] =Davila [rúbri ca ] = Ante mí= Y gnacio H e rrán z [rúbrica], esscribano de cabildo.
[1534]
[20 DE OCTUBRE DE 1788.]
En l a ci udad de San Juan de Puerto Rico , a veinte de octubre de mil setezientos [f· 189v·] / ochenta y ocho años, se juntaron a cabildo ordinario los señores don Joaquín Pover, alférez real, don Valentín Martínez y don Domingo Dávila, rexidores , para tratar y conferir las cosas tocantes al pro y útil de la república, a que concurrió el señor procurador general don Agustín Antonio Valdejulli. Y no habiéndo cosa alguna qu e conferenciar, se cerró este cabildo y lo firmaron sus señorías, de que doy fe.=Pover [rúbrica] =Martine z [rúbrica] = Davila [rúbrica]= Valldejuli [rúb rica ] =Ante mí =Ygnacio Herránz [rúbrica], esscribano de cabildo.
[1535]
[27 DE OCTUBRE DE 1788.]
En la ciudad de San Juan de Puerto Rico, a veinte y siete de octubre de mil setezientos ochenta y ocho años, se juntaron [ f. 190 ]/ a cabildo ordinario los señores don Félix de la Cruz, alcalde ordinario de primera elección, don Joaquín Pover, alférez real, don José Dávila y don Valen-
SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO
tín Martínez, rexidores, para tratar y conferir las cosas tocantes al pro y útil de la república, a que concurrió el señor procurador general don Agustín Antonio Valdejulli. Se resolvió la instancia del pasajero Pablo Fort con vista del testimonio del capítulo de la ordenanza municipal prohibié ndose absolutamente a aquellos vecinos el u so de canoas y que se les notifique que dentro de ocho días las saquen de allí sin que puedan volverlas a introducir vaxo la multa de cincuenta reales de plata que se les exigirá a los contraventores por el solo hecho de aprehendérsel es, aplicados por mitad al pasajero en resarcimiento de [ f. l90v.J/ de [sic] su perjuicio y fondos de la ciudad, para cu yo cumplimiento se comisionó en bastante forma al caballero rexidor don José Dávila y que puesta a continuazión la correspondiente diligencia entregue a la parte el expediente original para que siendo necesario pueda exigir el cumplimiento de lo demás en cualquiera de los tribunales de justicia, estableciéndose el nu evo pasaje de cinco a seis de la mañana según la estazión y diversidad de tiempos, con respecto al allanamiento del pasajero aumentarlos, entendiéndose sin perjuicio del decoro y preferencia que guardará a toda persona decente que adelantándole el derecho le pidiere barco en que [conducirse] y que sin [venirle] a hora determinada, deberá aprontarle previniéndosele con expecialidad no demore el regreso de los labradores a sus casas [f. 191]/ después de haber expendido sus frutos reservándoles una canoa para las cuatro d e la tarde, fixándose testimonio de dicho auto en las puertas de la casa del pasajero para que se haga notorio. Y no habiéndo otra cosa que acordar, se cerró este cabildo y lo firmaron su s señorías, de que doy fe.=Lacruz [rúbrica]= Pover [rúbrica] = Dávila [rúbrica] =Martinez [rúbrica]= Valldejuli [rúbrica]=Ante mí=Ygnacio Herránz [rúbrica], esscribano de cabildo.
[1536]
[10 DE NOVIEMBRE DE 1788 .]
En la ciudad de San Juan de Puerto Ri co, a diez de noviembre de mil setezientos ochenta y ocho años, se juntaron a cabildo [f. 191v· ]/ ordinario, los señores don Félix de la Cruz, alcalde ordinario de primera eleción, don Jos é Dávila, don Valentín Martínez y don Domingo Dáv ila, rexidores, para tratar y conferir las cosas tocantes al pro
[Se resuelve la querella de Pablo Fort regulándose el uso de1 pasaje de Palo Seco.]
[Juan Pedro García pide levantar corral de desovazón.]
[Se ve p e tición del alcaide sobre arreglos en l a cárcel y compra de grillos.]
[Se ratifica la certificación dada a don To más Prieto.]
ACTAS DEL CABILDO
y útil de la república, a que concurrió el señor procurador general don Agustín Valdejulli.
Juan Pedro García, pasajero de Voca Javana, pidió se le concediese licenzia para levantar el corral de desovazón, y se le negó.
Por el esscribano de gobierno s e me entregó un memorial del alcaide de la cárcel sobre la necesidad de grillos y recomposición de otros y fué decretado por su señoría pasase a este cabildo para que se haga constar calculándose su costo por peritos inteligentes y se acordó que el señor rexidor d epositario general don Miguel Antonio de Arizmendi para su cumplimiento sea el diputado [ f. 192 ]/ para ello.
El licenziado don Tomás Prieto pidió que la certificazión que l e dió este cabildo en 25 de abril de 1785 se le ratifique para hacer uso de ella y así se le concedió, mandando se le den los testimonios que pida. Y no habiéndo otra cosa que acordar, se cerró este cabildo y lo firmaron sus señorías, de que doy fe .=Lacruz [rúbrica] =Davila [rúbrica] =Martinez [rúbrica] =Davila [rúbrica]= Valldejuli [rúbrica]=Ante mí=Ygnacio Herránz [rúbrica], esscribano de cabildo.
[1537]
[17 DE NOVIEMBRE DE 1788.]
En la ciudad de San Juan de Puerto [t l92v.]/ Rico, a diez y siete de noviembre de mil setecientos ochenta y ocho años, se juntaron a cabildo ordinario los señores don Félix de la Cruz, alcalde ordinario, don Miguel Antonio de Arizmendi, depositario general, don Valentí n Martínez y don Domingo Dávila, rexidores , para tratar y conferir l as cosas tocantes al pro y útil de la república, a que concurrió también el señor pro curador general don Agustín Antonio Valdejulli.
[
Se certifican las ejec utorias del médl co don Jo sé Sab a t er a pedido de su viuda.]
[Se envía al gobernador informe de l costo de los grill os.]
Doña Rita Garar, viuda de don José Sabater, se present ó e n este cabildo solicitando de sus señorías certificación de la exactitud y cristiandad con que asistía a los pobres en su exercicio de médico como asimismo su eficacia cuando se ofrecía alguna peste y se le di ó conforme.
El expediente sobre el reconocimiento e importe de los grillos de esta real cárcel que se trajo evacuado por el se,. ñor diputa do, se mandó devolver a su señoría el señor gobernador, intendente y capitán general.
SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO
Con lo que, y por no haber habido [r. 193 ] / otra cosa que acordar, aunque se conferenciaron varias, se concluyó este cabildo, que firmaron sus señorías , de que doy fee.= Lacruz [rúbrica] =Arizm en di [rúbrica] =Martinez [rúbrica] =Davila [rúbrica]= Valldejuli [rúbrica] =Ante mí= Nicolas Aguayo [rúbrica] =esscribano real y teniente de público y cabildo.
[1538]
[24 DE NOVIEMBRE DE 1788 ]
En la ciudad de San Juan de Puerto Rico, a veinte y cuatro de noviembre de mil setezientos ochenta y ocho años, se juntaron a cabildo ordinario los señores don Félix de la Cruz, alcalde ordinario de primera elección, don Joaquín Pover, alférez real, don Valentín Martínez y don [ f. 193v• ] / Domingo Dávila, rexidores , para tratar y conferir las cosas tocantes al pro y útil de la república, a que concurrió el señor procurador general don Agustín Antonio Valdejulli.
Habiéndose conferenciado la necesidad precisa que tiene la ciudad de un médico para las curaziones precisas de los enfermos fuera de los * del real hospital se acordó que el señor procurador general don Agustín Antonio Valdejulli, como que tiene correspondencias y conocimiento en Barcelona, capital de Cataluña, donde hay copia de profesores, se encargue de esparcir la voz de este asunto a fin de ver si hay alguno o más que quieran venir a exercer el arte, con todos sus títulos de la facultad, e igualmente un boticario bajo los mismos requisitos para su establecimiento. Y no habiendo otra [f· 194] / cosa, se cerró este cabildo y lo firmaron sus señorías, de que doy fe.=Lacruz [rúbrica] =Pover [rúbrica] =Martinez [rúbrica] =Davila [rúbrica]= Valld ej uli [rúbrica] =Ante mí= Ygnacio Herránz [rúbrica], esscribano público y de cabildo.
[1539]
[1 DE DICIEMBRE DE 1788. ]
En Puerto Rico, a primero de diciembre de mil setezientos ochenta y ocho años, se juntaron a cabildo ordina-
* Entre líneas: de los.
[ Se acuerd a solici• tar la venida de médicos y boticario de Barcelona. ]
[Se levanta la ses100 por no haber a su ntos que tra• tar.]
(El a rti s ta J osé Rivera cede a la c iudad dinero que le adeuda don An tonio Fornes.]
[El p roc urador general reitera aece• sidad de fomento para la Isla.]
ACTAS DEL CABILDO
rio los señores don Joaquín Pover, alférez real, don Miguel Antonio de Arizmendi, depositario general y don Valentín Martínez, rexidores, para tratar y conferir las cosas tocantes al pro y útil de la república, a que concurrió el señor procu-[f· 194•·] /ra dor general don Agustín Antonio de [Testado : Arizmendi] Valdejulli.
No habiendo cosa alguna que conferenciar, se cerró este cabildo y lo firmaron sus señorías, de que doy fe.= Pov er [rúbrica] =Arizmendi [rúbrica] =Martinez [rúbrica]= Valldejuli [rúbrica]=Ante mí=Ygnacio Herránz [rúbrica], esscribano de cabildo.
[1540]
[9 DE DICIEMBRE DE 1788.]
En la ciudad de San Juan de Puerto Rico, a nueve de diciembre de mil setezientos ochenta y ocho años, se juntaron a cabildo los señores don Tomás Pizarra, alcalde ordinario, don Miguel Antonio de Arizmendi, depo sitario general, don [f 195 ]/ José Dávila y don Domingo Dávila, rexidores, para tratar y conferir las cosas tocantes al pro y útil de la república. El señor alférez real llegó en este estado.
Se abrió una carta que vino en el correo de Santo Domingo escrita por José Rivera, facultativo, según se dice, en las art es de pintura, escultura y arquitectura, pide que 15 pesos que le debe el capitán de milicias don Antonio Fornes los cede a los propios de esta ciudad, para cuio cobro se mandó que pase la carta al mayordomo a fin de que practique las diligencias correspondientes con su comandante y dé cuenta.
El señor procurador general recordó por su representazión de hoy lo que ha expuesto en la de 10 de marzo en el capítulo 20 sobre [ f. 195•·] / la necesidad que padece la Isla y fomento que necesita y se mandó que el señor rexidor don Valentín Martínez, encargado en este asunto, trai ga a la vista el plan y represen tazión para dar providencia.
( El maestro de ni• ños presenta planas de alumnos y pide s u sueldo.]
El maestro d e niños don Victoriano de Aldea se presentó con las planas pidiendo su salario y se mandó que pasase a la vista del señor procurador general. Y no habiendo otra cosa que acordar, estando presente el señor procurador, se cerró este cabi ldo y lo firmaron sus seño-
SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO
rías, de que doy fe.=Pizarro [rúbrica] =Pover [rúbrica]= Arizmendi [rúbrica] =Davila [rúbrica] =Davila [rúbrica] =Valldejuli [rúbrica]=Ante mí=Ygnacio Herránz [rúbrica], esscribano público y de cabildo. [f· 196]/
[1541]
[15 DE DICIEMBRE DE 1788.]
En la ciudad de San Juan de Puerto Rico, a quince de diciembre de mil setezientos ochenta y ocho años, se juntaron a cabildo ordinario los señores don Tomás Pizarra, alcalde ordinario, don Joaquín Pover, alférez real , don Miguel Antonio de Arizmendi, depositario general, don Valentín Martínez y don Domingo Dávila, rexidores , para tratar y conferir las cosas tocantes al pro y útil de la república, a que concurrió el señor procurador general don Agustín Antonio Valdejulli.
Respondió el señor procurador general a la solicitud del salario devengado del maestro de niños, don Victoriano de Aldea, y se acordó que ocurra a la junta municipal por dicho salario y que en lo demás que refiere se le haga saber a dicho maestro cumpla con lo que pide el señor procurador o deje [ f. 196•·] / la escuela.
El señor don Joaquín Pover, habiéndosele encargado hablase con el se ñor gobernador cerca de la necesidad que s e tenía de elegir un fiel executor, como antes había, por estar vacante ese empleo, traxo por respuesta que su señoría no tenía inconveniente para que se elixa el fiel en la eleción de este año que viene. Y no habiendo otra cosa que acordar, se cerró este cabildo y lo firmaron sus señorías, de que doy fe.=Pizarro [rúbrica] =Pover [rúbrica]= Arizmendi [rúbrica] =Martine z [rúbrica] =Davila [rúbrica]= Valldejuli [rúbrica]=Ante mí = Y gnacio H erránz [rúbrica], esscribano de cabildo. [f. 197 ]/
[1542]
[22 DE DICIEMBRE DE 1788.]
En la ciudad de San Juan de Puerto Rico, a veinte y dos de diciembre de mil setezientos ochenta y ocho años, se juntaron a cabildo ordinario los señores don Miguel
[ Se a c ue r da que el maestro de n iños acu da a la junta municipal por su salario y acate pedidos d el procura• dor ge n eral.]
fSe aprueba la seección de fiel ejecutor en la pró,dma elección .]
[Se suspende al alguacil Anto n io Rod rígu ez hasta que se finalice la causa que se Je sigue.]
[Se postpone considerar varias pro- posiciones del procurador ge neral.]
ACTAS DEL CABILDO
Antonio de Arizmendi, d epositario general, don Valentín Martínez y don Domingo Dávila, rexidores, para tratar y conferir las cosas tocantes al pro y útil de la república, a que concurrió el señor procurador general don Agustín Antonio Valdejulli. Llegó el señor alférez real don Joaquín Pover.
El señor alcalde ordinario de primera eleción, don Félix de la Cruz, dirijió a este cabildo un oficio exponiendo tener en su tribunal una causa criminal que de oficio se sigue contra el alguacil Antonio Rodríguez sobre muchos y varios hechos de estafas, trampas, borracheras y otros y que atento a esto y al remedio que pide, lo pone presente á este cabildo para que se sirva disponer su remoción y pri-[ r 197v·]/vación de sueldos hasta las resultas, quedando el tribunal de su merced garante para todo lo demás que pertenece a la causa y su conocimiento, a lo que inteligenciados sus señorías acordaron que desde luego quede el referido alguacil suspenso de su oficio y retenidos sus sueldos en poder d el mayordomo, a quien se le hará saber, hasta las resultas de la causa.
El señor procurador general presentó una exposición sobre varios capítulos del bien común y vista por sus señorías acordaron que respecto a la proximidad de las pascuas y no haber tiempo para resolverlos, se ponga con lo demás pendiente y lo traiga el esscribano en el día primero después de vacaciones, para acordar lo que convenga. Y no habiendo otra cosa que acordar, se cerró este cabildo y lo :6.rma[f· 198 ] /ron sus señorías, de que doy fe.=Pover [rúbrica] =Arizmendi [rúbrica] = Martinez [rúbrica]= Davila [rúbrica]= Valldejuli [rúbrica] =Ante mí= Ygnacio Herrán z [rúbrica], esscribano público y de cabildo.
[1543]
[1 DE ENERO DE 1789 .]
Elección de 1789. En la ciudad de San Juan de Pue rto Rico, a primero de enero de mil setezientos ochenta y nueve años, para celebrar las elecciones de alcaldes ordinarios, de la Hermandad, y demás concexiles, como es u so y costumbre, se juntaron en esta sal.a de ayuntamiento los señores don Félix de la Cruz y don Tomás Pizarro, alcaldes ordinarios, don Joaquín Pover, al[f· 198v. ] /férez real, don Miguel Antonio de Arizmendi, depositario general, don Antonio de Córdova,
SAN JUAN
BAUTISTA DE PUERTO RICO
don José Dávila, don Valentín Martínez y don Domingo Dávila, rexidores. Y después de practicadas todas las circunstancias que se requieren y dado sus votos cada uno en su lugar, salieron electos los siguientes.
Para alcalde ordinario de segunda elección, don José de la Torre, con siete votos.
Para procurador general, don Pedro de Córdova, con cuatro.
Para vocales de la junta municipal, don Miguel Antonio de Arizmendi y don Antonio de Córdova, cada uno con siete votos.
Para padre general, don Valentín Martínez, con siete.
Para fiel executor, don Andrés Delgado, con todos ocho votos. [f. 199]/
Para fiel contraste, Pedro Elías, con todos.
Para alcalde de la Hermandad de la banda del norte don Manuel Cardona, con siete.
Para la del sur, con los mismos , don Juan de Quiñones.
Y habiendo dirigido esta elección y la de los alcaldes de barrio a su señoría para su confirmación las confirmó, excepto la de alcalde de segunda elección y procurador general y manda que se haga nueva elección de éstos por la causal de que son deudores de real hazienda, y el segundo obtener el empleo de teniente a guerra, incompatible con el otro, en cuia consecuencia mandaron sus señorías que desde luego se proceda a la nueva elección de los exceptuados, tomándose razón en este Libro del oficio y testimonio que ha [r. J99v.J/ dirigido el señor gobernador y que a los confirmados se les dé la posesión de sus empleos expidiéndose cartas a los ausentes para que comparezcan a hacer el juramento cometido al señor rexidor decano o rexidor de mes . Y lo firmaron sus señorías junto con los elexidos presentes.=Felis de Lacruz [rúbrica] =Thomás Pizarra [rúbrica] =loachin Pover [rúbrica] =Miguel An· tonio de Arizmendi [rúbrica] =Antonio de C6rdova [rúbrica] =loseph Davila [rúbrica]= Valentin Martinez [rúbrica] =Domingo Davila [rúbrica] =Andres Delgado [rúbrica] =Pablo Andrade [rúbrica] [f· 200)/ =Diego Joseph Lopez [rúbrica] =Andres Romero [rúbrica] =Pedro Elias [rúbrica]=Ante mí=Ygnacio Herránz [rúbrica], esscribano público y de cabildo.
[Nueva elección de alcalde de segun• do voto y procurador general.]
[El gobernador confirma la elección.]
ACTAS DEL CABILDO [1544]
[1 DE ENERO DE 1789.]
En la ciudad de San Juan de Puerto Rico, a primero de enero de mil setezientos ochenta y ocho [sic] años, en consecuencia de lo prevenido en el antecedente acuerdo, procedieron los señores vocales a nueva eleción de alcalde ordinario de segunda eleción y a la de procurador general, según lo dispone su señoría el señor gobernador y capitán general y con efecto, habiendo precedido las solemnidades necesarias (f· 200v.]/ y votando [Testado: a] cada uno en su lugar, salió electo para alcalde ordinario don José de Andino, con siete votos. Y para procu rador general, con otros siete, don Andrés de Quiñones . Y mandaron sus señorias se pase testimonio de este acu erdo a su señoría el señor gobernador y capitán general, como lo ha pedido, y lo firmaron, de que doy fe.=Felis de Lacruz [rúbrica] =Thomás Pizarra [rúbrica] =loachim Pover [rúbrica] =Miguel Antonio de Arizmendi [rúbrica] =Antonio de Cordova [rúbrica] =loseph Davila [rúbrica]= Val enti n Martinez [rúbrica] =Domingo Davila [rúbrica] = Ante mí =Ygnacio Herránz [rúbri ca ], esscribano público y de cabildo . [t. 201 ] /
Inmediatamente pasaron los señores rexidores don José Dávila y don Valentín Martínez con mí, el esscribano a la real fortaleza y puse en manos de su señoria el señor gobernador y capitán beneral el expediente qu e cita el cabildo que antecede y confirmó su señoria los empleos de alcalde y procurador y mandó se les dé posesión de ellos, lo que en efecto se dispuso y habiendo solicitado a l os dos electos, no se hallaron en esta ciudad y se acordó se escriba carta para su comparendo y se diputó al señor rexidor de mes para el juramento y posesión, y lo firmaron sus señorías de que doy fe, mandando se tome razón del expediente de su señoría. = Felis de Lacruz [rúbrica]= Thomas Piz arra [rúbrica] = l oachin Pover [rúbrica] =Migue l Antonio de Arizmendi [rúbrica] = Antonio de Cordova [rúbrica] = lo seph Davila [rúbrica] [f. 201v·] / Valentin Martinez [rúbrica] = Domingo Davila [rúbrica] =An te mí =Ygnacio Herránz [rúbrica], esscribano público y de cabildo.
SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO
[ANEXO UNICO .]
Por el adjunto testimonio se instruirá vuestra señoría a lo determinado sobre la elección practicada en este día, de alcaldes y demás oficios concejiles, en cuia virtud espero se servirá vuestra señoría proceder luego a nueva elección participándomela para su confirmazión o lo que hubiere lugar. Dios guarde a vuestra señoría muchos años. Puerto Rico, l.º de enero de 1789. Juan Dabán. Muy ilustre Cabildo Justicia y Reximiento de esta ciudad. [ f. 202 ]/
Visto el anterior oficio en razón de elección de alcaldes y dem ás oficios concejiles, su señoría dixo que debía confirmar y confirmó a los electos y nombrados, a excepción de don José de la Torre y don Pedro de Córdova, alcalde de segunda elección y procurador general como deudores de la real hazienda e incompatible el oficio del último con el que obtiene de teniente a guerra de Río Piedras y mandó que reteniéndose el expresado oficio se pase testimonio de esta providencia al ilustre ayuntamiento para que luego proceda a nueva elección de los exceptuados, arreglándose a las leyes y remitiéndose testimonio de la acta capitular para su confirmazión. Proveiólo el señor gobernador, intendente y capitán general de esta Isla y lo firmó [ f. 202v·] / con el señor su teniente, auditor de guerra, en Puerto Rico y enero primero de mil setezientos ochenta y nueve, de que doy fe. Juan Dabán - Manuel Chiguero y Saab edra - Ante mí - Gregorio Sandoval, esscribano real y [Testado: teniente de público ] interino de gobierno. Corresponde con el auto original de su co ntenido, al que me remito y en fe d e ello lo s igno y firmo en Puerto Rico, fecha ut supra. En testimonio de verdad : Gregorio Sandoval, esscribano real y interino de gobierno.
En la ciudad de San Juan de Puerto Rico, primero de enero de mil setezientos ochenta y nueve años, en consecuencia de lo prevenido en el antecedente acuerdo, procedieron los señores vocales a nueva elección de alcalde ordinario de segundo voto y al de pro curador general según lo dispuesto por su señoría el señor gobernador y capitán general y con [ f. 203 ] / efecto, habiendo precedido las solemnidades necesarias y votando cada uno en su lugar salió electo para alcalde ordinario don José de Andino, con siete votos; y para procurador general con otros siete don Andrés de Quiñones Y mandaron sus señorías se pase testimonio de este acuerdo a su señoría e l señor gobernador y capitán general como lo ha pedi do, y lo firmaron, de
Confirmación.
Testimonio.
Nueva elección confirmada
Confirmazi ón
Elección d e alcaldes de barrio.
ACTAS DEL CABILDO
que doy fe . - Félix de la Cruz - Tomás Pizarra - Joaquín Pover - Miguel Antonio de Arizmendi - Antonio de Córdova - José Dávila - Valentín Martínez - Domingo Dávila - Ante mí - Ygnacio Herránz, esscribano público y de cabildo. Corresponde con el original, que queda en el Libro capitular y archivo de cabildo. Puerto Rico, fecha ut supra. En testimonio de verdad, [f. 203v·]/ Ygnacio Herránz, esscribano público y de Cabildo.
Vistas las precedentes eleciones practicadas en este día por el ilustre ayuntamiento de esta ciudad su señoría dixo que las debía confirmar y confirmó en todo y por todo y mandó que a los contenidos en ella, previo el debido juramento, se les ponga en posesión de sus respectivos empleos, guardándoles y haciéndoles guardar todas las honras y preeminencias que les corresponden, devolviéndose evacuado que sea, con la nota correspondiente para su archivo. Proveiólo el señor gobernador, intendente y capitán general de esta Isla y lo firmó con el señor su teniente, auditor de guerra, en Puerto Rico, a primero de enero de mil setezientos ochenta y nueve años, de que doy fe. - Juan Dabán - Manuel Chiguero y Saabedra - [ f. 204 ] Ante míGregario Sandoval, esscribano real, interino de gobierno.
En la c iudad de San Juan de Puerto Rico , a treinta y uno de dixiembre de mil setezientos ochenta y ocho años, para efecto de hacer la elección de alcaldes de barrio, como es uso y costumbre, vino a esta sala de ayuntamiento el señor don Félix de la Cruz, alcalde ordinario de primera elección y estando anticipada la convocatoria de los vezinos que respectivamente los componen, salieron electos los siguientes. - Para el barrio de San Francisco, don Diego López Sevillano. - Para el de Campeche, Eusebio Gómez. - Para el de San Juan, don Pablo Andrade.Para el de Santa Bárbara, Andrés Romero. En cuia virtud los hubo su merced por [f. 204 ]/ elexidos y mandó que estos estén en esta sala mañana a las ocho del día para la confirmazión que ha de dar su señoría el señor gobernador y capitán general, y lo firmó su merced, de que doy fe. - Félix de la Cruz - Ante mí - Ygnacio Herránz, esscribano de cabildo.
Confirmazión
Confirmase la elección de alcaldes de barrio constantes en la anterior certifi.cazión a quienes instruyéndose de sus respectivas obligaciones y jurando en forma se les pondrá en posesión, guardándoles todas las preeminencias, prerrogativas y honras que les correspondan, lo que practicado, puesta a continuazión la nota correspondiente, se de-
SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO
vuelva para su archivo. Proveiólo el señor gobernador, intendente y capitán general de esta I sla y lo firmó con consulta del señor su teniente, auditor de guerra, en Puerto Rico y enero primero de mil setezientos ochenta y nueve, [r. 205] / de que doy fe. - Juan Dabán- Manuel Cbiguero y Saabedra - Ante mí - Gregorio Sandoval, esscribano real, interino de gobierno.
Así parece de los documentos dirigidos a este cabildo, en donde puse la nota prevenida. Puerto Rico, tres de enero de mil setezientos ochenta y nueve años.=Ygnacio Herrán z [rúbrica], esscribano de cabildo.
[1545]
[6 DE ENERO DE 1789.]
En Puerto Rico, a seis de enero de mil setezientos ochenta y nueve años, en virtud de la carta dirigida a don José de Andino, compareció en esta sala de ayuntamiento y en manos del señor rexidor don José Dávila, a quien se le diputó, hizo el juramento acostumbrado por Dios Nuestro Señor y una señal de cruz y a su consecuencia [f· 205v• ] / le dió posesión del empleo de alcalde ordinario de segunda elección, poniéndole en su mano la vara que le toca y asiento que le corresponde y lo firmó con el señor diputado, de que doy fe.=loseph Davila [rúbrica] =lose Andino [rúbrica] =Ante mí=Ygnacio Herrán z [rúbrica], esscribano d e cabildo
[ 15 46 ]
[9 DE ENERO DE 1789.]
En Puerto Rico, a nueve de enero de mil setezientos ochenta y nu eve años, compareció don Juan de Quiñones, electo alcalde de la Santa Hermandad y enterado de dicha elección, la aceptó y juró en manos del señor rexidor depositario general, don Miguel de Arizmendi, que exerce la diputazión de mes, por Dios Nuestro Señor y una señal de [ 1 • 206 ] / cruz de usar su em pleo bien y fielmente, conforme a las leyes y en esta virtud se le dio posesión ponién dole un bastón en la mano, signo de ello, y lo firmaron, de que doy fe.=Miguel Antonio de Arizmendi [rúbrica] = luan de
[Do n Josi de An • runo Jura su cargo de alcalde de segunda e lección.]
[Don J u a n de Quiñones jura su cargo d e al cald e d e la Santa He rmandad ]
[Don Andrés de Quiñones jura su cargo de procurad or ge neral. ]
[Don Manue l Cardona jura s u cargo de alcalde de la Santa Hermandad ]
ACTAS DEL CABILDO
Quiñones [rúbrica] =Ante mí=Ygnacio Herrán z [rúbrica], esscribano de cabildo
[1547]
[12 DE ENERO DE 1789.]
En Puerto Rico, a doce de enero de mil setezientos ochenta y nueve años, compareció en esta sala capitular don Andrés de Quiñones y enterado de la elección hecha en él d e procurador general, juró en manos del señor diputado de mes [f· 206•·] / don Miguel Antonio de Arizmendi, por Dios Nuestro Señor y una señal de cruz, de cumplir con este empleo a s u leal saber y como se requiere, en cuia virtud la dio posesión en el asiento que le corresponde y lo firmaron, de que doy fe.=Miguel Antonio de Arizmendi [rúbrica] =Andres de Quiñones [rúbrica]= Ante mí=Ygnacio Herrán z [rúbrica], esscribano d e cabildo.
En el mismo día compareció don Manuel Cardona y el señor diputado, don Miguel Antonio de Arizmendi, le recibió juramento que hizo por Dios Nuestro Señor y una señal de cruz de usar el empleo de alcalde de la Santa Hermandad conforme a las leyes del asunto y lo firmaron, de que doy fe.=Miguel Antonio de Arizmendi [rúbrica] =Manuel Cardona [rúbrica]=Ante mí =Ygnacio Herránz [rúbrica], esscribano público y de cabildo. [ f. 207] /
[1548]
[12 DE ENERO DE 1789.]
En la ciudad de San Juan de Puerto Rico, a doce de enero de mil setezientos ochenta y nueve, se juntaron a cabildo ordinario en esta sala capitular los señores don Tomás Pizarro, don José de Andino, capitán de exército retirado, alcaldes ordinarios, don Joaquín Pover, alférez real, don Miguel Antonio de Arizmendi, depositario general, don Valentín Martínez y don Domingo Dávila, rexidores, para tratar y conferir las cosas tocantes al pro y útil de la r epública, a que concurrió el caballero procurador general , don Andrés de Quiñones.
SAN JUAN
BAUTISTA DE PUERTO RICO
Se nombraron diputados para las fiestas de Candelaria, San Juan y Santa Rosa, a los señores alcalde ordinario de primera elección y a don Joaquín Pover, alférez [Enmendado: alférez] real.
Para el Corpus y Santiago a los señores don [ f. 201•·] / José de Andino, alcalde de la segunda elección, y a don José Dávila.
Para las cortesanías de sujetos que llegan a esta ciudad a los señores don Valentín Martínez y don Domingo Dávila, rexidores.
Don Juan Francisco Dávila pidió certificazión al cabildo de ser persona de la maior distinción, y sus ascendientes, representando los empleos políticos y militares que han obtenido y obtienen en la actualidad y con efecto se le dió certificando ser constante y notorio cuanto refiere el citado don Juan, mandando se le entregue original para el uso del derecho que le corresponde.
Y se acordó que en lo sucesivo no se admitan solicitudes dirigidas a exigir de este cabildo iguales o semejantes certificaciones. (f· 208] /
Se trajeron los expedientes que cita el cabildo anterior y mandaron sus señorías se traigan a la vista para lo que haya lugar.
Y no habiendo otra cosa que acordar, se cerró este cabildo y lo firmaron, de que doy fe.=Pizarro [rúbrica]= Andino [rúbrica] =Pover [rúbrica] =Arizmendi [rúbrica] =Martinez [rúbrica] =Davila [rúbrica]= Quiñones [rúbrica] = Ante mí=Ygnacio Herránz [rúbrica], esscribano de cabildo.
[1549]
[19 DE ENERO DE 1789.]
En la ciudad de San Juan de Puerto Rico, a diez y nueve de enero de mil setezientos ochenta y nueve años, se juntaron a cabildo ordinario los señores don Tomás Pizarra y don José de Andino, [r 21l8•- ]/ alcaldes ordinarios, don Joaquín Pover, alférez real, don Miguel Antonio de Arizmendi, depositario general, don Antonio de Córdova, don Valentín Martínez y don Domingo Dávila, rexidores, para tratar y conferir las cosas tocantes al pro y útil de la república, a que concurrió don Andrés de Quiñones, procurador general.
[Se nombran dipu• tados para las fie3tas votivas.]
[Se nombran diput ados para atender visitantes distinguidos.]
[Don Ju an Francis• co Dávila pide certificación de ser persona d istin guida.]
[ Aquí un signo.]
( Se acuerda no dar tales certificaciones eo adelante.]
[Se estudiaro n as untos pendientes.]
[Se nombra a Gerónimo García al.,-uacil interino a medio sueldo.
[Se pasan al p rocurador l as cuent as del mayordomo.]
ACTAS DEL CABILDO
El señor alcalde ordinario don Tomás Pizarro expuso que con motivo del arresto del alguacil Antonio Rodríguez y causa que se le sigue y que otro que lo es, Francisco Marchán, se halla enfermo, con cuios motivos se hallan los tribunales escasos de ministros executores y que en atención haberse presentado Gerónimo García, natural [ f. 20') ]/ de Cadiz prometiendo ser alguacil interino con la mitad del sueldo y obvenciones, lo hacía presente para que s e acuerde lo que en el asunto corresponde y atendida la necesidad que hay para el despacho de las causas y negocios en los tribunales, dixeron sus señorías que desde luego se le admite por tal alguacil interino con la mitad del sueldo y obvenciones hasta que otra cosa se determina. Y habiendo entrado el referido Gerónimo García se le hizo saber y lo admitió baxo de juramento que hizo en manos del señor rexidor decano don Antonio de Córdova de usar su oficio fiel y legalmente cumpliendo con los mandatos de las justicias [f· 209v-] / y en todo observar buena y segura conducta de su proceder. Y no habiendo otra cosa que acordar, se cerró este cabildo y lo firmaron sus señorías, de que doy fe. = Pizarro [rúbrica] = Andino [rúbrica] = Pover [rúbrica] = Arizmendi [rúbrica] = Cordova [rúbrica] = Martinez [rúbrica] = Davila [rúbrica] = Quiñones [rúbrica] = Gerónimo Garcia [rúbrica] = Ante mí = Ygnacio Herránz [rúbrica] , esscribano público y de cabildo.
[1550]
[26 DE ENERO DE 1789.]
En la ciudad de San Juan de Puerto Rico, a veinte y seis de enero de mil setezientos ochenta y nueve años, se juntaron a cabildo ordinario los señores don Tomás Pizarro y don [ f. 21º] / José de Andino, alcaldes ordinarios, don Joaquín Pover, alférez real, don Miguel Antonio de Arizmendi, depositario general, don Antonio de Córdova, don Valentín Martínez y don Domingo Dávila, rexidores, para tratar y conferir las cosas tocantes al pro y útil de la república.
La junta municipal antigua remitió a este cabildo las cuentas de l mayordomo de propio, don Eusebio Valentín, practicados los expedientes competentes a la junta y se acordó se le diese vista al caballero procurador general.
El pas ajero de Pueblo Viexo representó la necesidad que tien e de hacer un muelle de madera para el embar-
SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO
que de las gentes que llegan, baxo de varias condiciones y se acordó que calcule el costo que pueda tener y [f. 210v·]/ lo exponga para otro cabildo.
Por otro escrito representó el citado pasajero que los vecinos no le pagan su derecho por pasarse de esta ciudad por tierra y también que las leñas y maderamen que arrastran algunos vecinos le embarazan su exercicio y sobre todo y lo demás que pidió se dio providencia por separado.
Respecto a que el archivo se halla construido de nuevo y remitido a esta sala, acordaron sus señorías se trasladen los papeles que existen en el viexo, baxo de inventario, a que deberán concurrir los señores alcalde ordinario de primera elección y rexidor decano, con presenzia de mí, el esscribano. Y no habiendo otra cosa que [f. 211 ]/ acordar, se cerró este cabildo y lo firmaron sus señorías, de que doy fe. = Pizarra [rúbrica] = Andino [rúbrica] = Pover [rúbrica] = Arizmendi [rúbrica] = Cordova [rúbrica] = Martinez [rúbrica] = Davila [rúbrica] = Ante mí = Ygnacio Herránz [rúbrica], esscribano de cabildo.
[1551]
[3 DE FEBRERO DE 1789.]
En la ciudad de San Juan de Puerto Rico, a tres de febrero de mil setezientos ochenta y nueve años, se juntaron a cabildo ordinario los señores don Tomás Pizarro y don José de Andino, alcaldes ordinarios, don Joaquín Pover, alférez real, don Miguel (f· mv.]/ Antonio de Arizmendi, depositario general, don Valentín Martínez y don Domingo Dávila, rexidores, para tratar y conferir las cosas tocantes al pro y útil de la república, a que concurrió el procurador general don Andrés [Enmendado: Andrés ] de Quiñones . - Entró el señor rexidor don Jos é Dávila. El gobernador y capitán general dirigió a este cabildo la Real Cédula de 10 de agosto del año próximo pasado con decreto de su señoría que previene proponga e informe los medios que le parezcan más útiles y n ecesarios para el abasto de carnes y eximir el público en todo o parte de la contribuzión que actualmente sufre la contribuzión de pesa, y habiéndola obedecido con el acatamiento debido y según estilo [Testado: y] quedaron a tratar este asunto con la reflexión que exige.
11 A, C
[ El pasajero de Pueblo Viejo propone fabricar un mue lle.]
[El mismo pasajero presenta v a r I a s querellas.]
[ Se acuerda el trasla do de docu• montos al nuevo arc hivo.]
[Se recibe R eal Cédula sobre e l abasto de carnes.]
[Se acuerdan las condiciones para la cons trucción d el muelle.]
[ El procurador general representa la necesidad de recompon er los camino s reales .]
ACTAS DEL CABILDO
El pasajero de Pueblo Viexo presentó el cálculo del costo del muelle importante 107 pesos y 6 reales y se le concedió la licenzia de su (f· 212 ]/ construción baxo la condición de que el pasajero entrante le satisfaga el importe por su justa tasazión en el estado que tenga, y que si dentro de tres años no hubiere otro arrendador que el actual, que en este caso quedará el muelle a beneficio de los propios y que no ha lugar al privilexio del tanto que pretende. Con lo que se cerró este cabildo y lo firmaron sus señorías, de que doy fe. = Pizarra [rúbrica] = Andino [rúbrica] = Pover [rúbrica] = Arizmendi [rúbrica] = Davila [rúbrica] = Martinez [rúbrica] = Davila [rúbrica] = Quiñones [rúbrica] = Ante mí = Ygnacio Herrán z [rúbrica] , esscribano público y de cabildo (f· 212v•]/
[1552]
[9 DE FEBRERO DE 1789.]
En la ciudad de San Juan de Puerto Rico, a nueve de febrero de mil setezientos ochenta y nueve años, se juntaron a cabildo ordinario los señores don Tomás Pizarro y don José de Andino, alcaldes ordinarios, don Joaquín Pover, alfé rez real, don Antonio de Córdova, don Valentín Martínez, don José Dávila y don Domingo Dávila, rexidores, para tratar y conferir las cosas tocantes al pro y útil de la república, a que concurrió el señor procurador general don Andrés de Quiñones y no el señor don Miguel Antonio de Arizmendi, d epositario general, por hallarse enfermo.
El señor procurador general representó la necesidad qu e tienen de r ecomponerse los caminos reales del común y expecialmente el de Faxardo y Loysa por falta del cumplimiento en los tenientes a guerra de las órdenes (f· 213 ]/ del gobierno. Y se mandó llevar la citada representazión a su señoría el señor gobernador, intendente y capitán general, previas las solemnidades de estilo, para que su señoría comunique las providencias que tenga a bien para el remedio de es ta necesidad.
Y no habiendo otra cosa que acordar, se cerró este cabildo y lo firmaron sus señorías, de que doy fe. = Pizarra [rúbric a] = Andino [rúbrica] = Pover [rúbrica ] = Cordova [rúbrica] = Davila [rúbrica] = Martin ez [rúbrica ] = Davila [rúbrica] = Quiñones [rúbrica] = Ante
SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO
mí - Ygnacio Herránz [rúbrica], esscribano de cabildo. (f. 213v·]/
[1553]
[10 DE FEBRERO DE 1789.]
En la ciudad de San Juan de Puerto Rico, a diez de febrero de mil setezientos ochenta y nueve años, se juntaron a cabildo extraordinario los señores don Tomás Pizarro y don José de Andino, alcaldes ordinarios, don Joaquín Pover, alférez real, don Miguel Antonio de Arizmendi, depositario general, don Antonio de Córdova, don Valentín Martínez y don Domingo Dávila, rexidores, a que concurrió el señor procurador general don Andrés [Enmendado: Andrés] de Quiñones.
Se abrió un pliego que llegó en el correo y contiene una Real Cédula de Su Majestad en la que con fecha de 24 de dixiembre del año próximo pasado se participa a este cabildo que el día 14 del mismo, a la una menos cuarto de la mañana, fue Dios servido llevarse para Sí el alma del señor don Carlos Tercero, su amado padre* y que habiendo recaído por esta causa en la persona [f· 214 ]/ real del señor don Carlos Cuarto todos los reinos, estados y señoríos pertenezientes a la corona de España, se alcen pendones en el real nombre de Su Majestad y se hagan las demás solemnidades y demostraziones que en semejantes casos se requieren. La cual Real Cédula los dichos señores de este cabildo, puesto en pie con toda venerazión, tomaron en sus manos, besaron y pusieron sobre sus cabezas como carta de su rey y señor natural y en su consecuencia dixeron que la obedecían y obedecieron y que reconocían y reconocieron por su rey y señor natural al señor don Carlos Cuarto como lexítimo príncipe jurado y coronado por fallecimiento del señor don Carlos Tercero, nuestro R ey y señor. Y que para levantar el real pendón y hacer las demás demostraciones de regocijo, que en señal de rendimiento y vasallaje, que a Su Majestad como tan aman-[r. 214 v•]/tísimos y leales vasallos le deben tributar, se acordarán con su señoría el señor gobernador, intendente y capitán general por medio de los señores diputados, alférez real don Joaquín Pover y re-
* Entre líneas: su amado p adre.
[ Se r ecibe Real Céd ul a informando , a muerte de Carlos III y ascensión al trono por Carlos IV, acordándose las solemnida• des a r ealizarse.]
xidor decano don Antonio de Córdova, que a ese fin se nombraron (por no haber concurrido su señoría), el día en que se ha de celebrar esta función, con la brevedad posible y qu e en el entretanto que se hacen las prevenciones necesarias y que permita la posibilidad de esta ciudad, como tan obligada, y toda esta Isla a las mercedes y beneficios que ha merecido de la real piedad de nuestro Rey don Carlos el t ercero, se empleará el tiempo en sus reales exequias y sufragios, pidiendo a la Divina Majestad le haya coronado en Su Santa Gloria y al mismo tiempo se harán las demostraziones de luto y mandaban y mandaron se tome la razón de la citada Real Cédula en el libro que [ f. 215 ]/ corresponde, para que conste, y que con las demás diligencias que en su cumplimiento se executarán, se d é cuenta a Su Majestad por medio del excelentísimo señor don Antonio Porlier, quien por carta de 24 de diciembre último pasado la ha dirigido* y que de este acuerdo y determinazión con todo lo que en sí contiene por medio de los citados señores diputados, se le participe a su señoría dicho señor gobernador, intendente y capitán general como tal y presidente de este cabildo y d en cuenta. Lo que firmaron sus señorías, de que doy fe. = Pizarro [rúbrica] = Andino [rúbrica] = Pover [rúbrica] = Arizmendi [rúbrica] = Cordova [rúbrica] = Martinez [rúbrica] = Davila [rúbrica] = Quiñones [rúbrica] = Ante mí = Ygnacio Herránz [rúbrica ] , esscribano de cabildo . [f· 215v,J/
[1554]
[16 DE FEBRERO DE 1789.]
En la ciudad de San Juan de Puerto Rico, a diez y seis de febrero de mil setecientos ochenta y nueve años, se juntaron a cabildo ordinario en esta sala capitular los señores don Manuel Chiguero y Saabedra, abogado de la real Chancillería de Granada, teniente de gobernador y auditor de guerra, don Tomás Pizarro y don José Andino, alcaldes ordinarios, don Joaquín Pover, alférez real, don Miguel Antonio de Arizmendi, depositario general, don Antonio de Córdova y don Valentín Martínez, rexidores, para tratar y conferir las cosas tocantes al pro y útil de
* Entre líneas: la ha dirigido.
SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO
la república, a que concurrió también el señor procurador general don Andrés de Quiñones. En este estado entró el señor rexidor don Domingo Dávila.
Se presentó el señor procurador general contestando a las cuentas del mayordomo de propios y se mandó devolver para que se diesen por el esscribano de cabildo las certificaciones compreendidas en ellas, como co-[f· 216 ]/ rresponde, a cuyo fin se advierte en el mismo decreto los términos modo y forme [sic] con que deben practicarse. Los señores don Joaquín Pover y don Antonio de Córdova, a consecuencia de lo acordado en el anterior cabildo y comisión que les fue conferida, manifestaron haberlo participado al señor gobernador quien quedaba enterado, ofreciendo pasar el aviso competente en su oportunidad a este ayuntamiento para el efectivo cumplimiento y auxiliar las demás sus d eterminaciones en razón del contenido del citado acuerdo; en esta inteligencia y para las preventivas disposiciones que deben preceder, acordó la ciudad nombrar por sus diputados a los señores alcaldes de segunda elección don José Andino y rexidor decano don Antonio de Córdova y hallando ser de su respectiva obligación hacer exequias por el difunto Rey, el señor don Carlos Tercero, que santa gloria haya, el que los mismos diputados se h agan cargo de ello con la moderación que corresponde y tiene prevenida Su Majestad en sus respectivas Reales Ordenes y Cédulas (f· 216v. ] / sin perder de vista lo grande del objeto que se versa y las obligaciones que en todos los vasallos y particularmente en esta ciudad hay de atender, r espetar y venerar a su Rey, aun despu és de muerto, haciéndole el honor, exequias y demás sufragios a que alcanzase la posibilidad participándose todo por medio de dichos diputados a su señoría dicho señor gobernador para su inteligencia, auxilio y demás que en lo sucesivo se necesitase y pasándose el corres pondiente oficio con testimonio de este acuerdo a la junta de propios para igual inteligencia y que suministren a dichos diputados las cantidades que con cualquiera de estos dos objetos le pidiese por ahora a buena cuenta, siendo de cargo de dichos señores además de la expresada economía el llevar la formal y más exacta de todo, con los documentos lexítimos o relaciones juradas que l e sirvan de comprobante para sus descargos con el visto bueno del ayuntamiento a quien darán cuenta en los sucesivos cabildos de lo que se fuese efectuando. [f. 217]/ También se hizo presente el estado actual de algunos de los seño-
[ El procurador general contesta las cuentas del mayordomo.]
(Se ~omunica haber informado al gober• nador sobre exequias por Carlos III y proclamación de Carlos IV y se toman varios acuerdos !ti respecto.]
[Se a p rueb an las c ue ntas d e l mayor- domo ]
[
Ge ró n imo García p ide el s ue ldo comple to d e alguacil y se deniega.]
ACTAS DEL CABILDO
res capitulares, que todos sirven sus oficios en honor y beneficio del público sin estipendio, emolumento ni otros gajes y que en otros tiempos y cuando han podido han sostenido al público y aun el real erario hasta con sus propios caudales, en cuya conformidad y que en las presentes circunstancias necesitaban alguna ayuda de costa para lutos , estando así expresamente prevenido por las leyes de estos r einos y los de Castilla, acordó la ciudad que para este preciso fin se d é a cada uno de dichos señores veinte y cinco pesos por razón de ayuda de costa y sobre lo cual se pasará por separado el correspondiente oficio y testimonio a la referida junta, despachándose al mismo tiempo el correspondiente libramiento a favor de los señores diputados don José Andino y don Antonio de Córdova.
Con lo que, y por no haber otra [f· 217v ]/ cosa que acordar, aunque se conferenciaron varias, se concluyó este cabildo, que firmaron sus señorías, de que doy fee. = Chiguero [rúbrica] = Pizarro [rúbrica] = Andino [rúbrica] = Pover [ r ú b rica] = Arizmendi [rúbrica] = Cordova [rúbrica] = Martine z [rúbrica] = [Testado: Domingo] Davila [rúbrica] = Quiñone s [rúbrica] = Ante mí = Nicolas Aguayo [rúbrica ], esscribano real y teniente d e público y cabildo.
[1555]
( 2 DE MARZO DE 1789.]
En la ciudad de San Juan de Puerto Rico, a dos de marzo de mil setezientos ochenta y nueve años, se juntaron a cabildo ordinario los señores don Tomás Pizarra, alcalde o r dinario, don Joaquín Pove r, alférez real, y don Domingo Dávila, rexidor, para tratar y conferir las cosas tocantes al [ f. 218 ] / pro y útil de la república, a que concurrió el señor procurador general don Andrés d e Quiñones .
Se trajeron por mí, el esscribano, las cuentas del mayordomo de propios y estando dadas y acomuladas la <[sic] certificazion es que se previnieron, s e aprobaron y se mandaron pasar a la junta antigua.
El alguacil Gerónimo García r e presentó que los cuatro pesos que se le dan como interino no tiene con qué mantenerse y suplicó se le diese el todo de los ocho pesos
SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO
consignados al oficio y se proveió no haber lugar por ahora y hasta que se vean las resultas de la causa del propietario.
Y por no haber otra cosa que acordar, se cerró este cabildo y lo [f· 218v·J/ firmaron sus señorías, de que doy fe. = Pizarro [rúbrica] = Pover [rúbrica] = Davila [rúbrica] = Quiñones [rúbrica] = Ante mí = Ygnacio Herránz [rúbrica], esscribano de cabildo. [1556]
[9 DE MARZO DE 1789.]
En la ciudad de San Juan de Puerto Rico, a nueve de marzo de mil setezientos ochenta y nueve años, se juntaron en esta sala capitular, a cabildo ordinario, los señores don José de Andino alcalde ordinario, don Joaquín Pover, alférez real, don Antonio de Córdova, rexidor decano, entró el señor rexidor don José Dávila.
El mayordomo de propios y rentas, don Eusebio Valentín Urquisu, pidió una certificazión [f. 219]/ del desempeño y pureza con que ha manejado en estos encargos y otras comisiones extraordinarias y se le confirió como lo pide y entregó original.
Juan Francisco Nuñez, pasajero de Paloseco, pidió que haciéndosele algunos agravios por los individuos aloxados allí y otras cosas que no puede tolerar, añadiendo que se dipute un señor capitular para remedio de todo [Testado : y] con efecto se nombró al señor rexidor don José Dávila. Y no habiendo otra cosa que acordar, se cerró este cabildo y lo firmaron sus señorías, de que doy fe. = Andino [rúbrica] = Pover [rúbrica] = Coraova [rúbrica] = Davila [rúbrica] = Ante mí = Ygnacio Herránz [rúbrica], esscribano de cabildo. [ f. 2l9v. ]/
[1557]
[16 DE MARZO DE 1789.]
En la ciudad de San Juan de Puerto Rico , a diez y seis de marzo de mil setecientos ochenta y nueve años, se juntaron a cabildo ordinario los señores don Tomás Pizarro y don José Andino, alcaldes ordinarios, don Joa,quín Po-
[El mayordomo pide i se le entr ega certificación sob re e l de sempeño de sus funciones.]
[] ':1 n Franc isco N· un e z presenta agravios que sufre en el pasaje de Palo Seco.)
[Se levanta la sesión por no habe r asuntos que tra· tar. ]
( Se recibe duplica• do de Real Céd ula sobre e l fall ecimiento de Carlos III y se mocil• fica u n a cuerdo an terior sobre e l as unt o .]
ACTAS DEL CABILDO
ver, alférez real, y don Valentín Martínez, rexidores, para tratar y conferir las cosas tocantes al pro y útil de la república. Con lo que, y por no haber cosa alguna que acordar, se concluyó este cabildo, sin embargo de haberse conferenciado varia [sic] cuya decisión se defirió para el venidero y lo firmaron sus señorías de que doy fee. = Pi zarra [rúbrica] = Andino [rúbrica] = Pover [rúbrica] = Martinez [rúbrica] = Ante mí = Nicolás A gu ayo [rúb rica ] , esscribano real y teniente de público y cabildo. [f· 220 ] /
[1558]
[23 DE MARZO DE 1789.J
En la ciudad de San Juan de Puerto Rico, a veinte y tres de marzo de mil setecientos ochenta y nueve años, se juntaron a cabildo ordinario en esta sala capitular los señores don José Andino, alcalde ordinario, don Joaquín Pover, alfé rez real, don Miguel Antonio Arizmendi, depositario general, don Antonio d e Córdova, don Valentín Martínez y don Domingo Dávila, rexidores, para tratar y conferir las cosas tocantes al pro y útil de la república. Se abrió un pliego recibido por el correo, que su co nt enido es el duplicado de la Real Cédula y Carta del min istro sobre l a muerte del señor don Carlos Tercero, etcétera. Y se firmó el oficio que este ilustre ayuntamiento, en conformidad de su acuerdo de diez y seis de febrero, debía pasar a l a junta municipal de propios p ara el libramiento de los caudales que se necesiten en el funeral y gastos de real proclamación, reformando la disposición qu e en el citado [f· 220v ] / acuerdo se hizo a fin de auxiliar a los señores de este cabildo con la cantidad de veinte y cinco p esos a cada uno para lutos, por ser contraria a las últimas Reales Disposiciones, que no se tuvieron presentes en a quel entonces.
En este es tado entró el señor rexidor don José Dávila quien se enteró de lo hasta aquí acordado. Con lo que, y no habiendo otras cosas que acordar, aunque se conferenciaron varias, se concluyó este cabildo, que firmaron sus señorías, de que doy fee. = Andino [rúbrica] = Pover [rúbrica] = Ariz mendi [rúbrica] = Cordova [rúbrica] = Davila [rúbrica] = Martin ez [rúbrica] = Davila [rúbrica] = Ante mí = Ni co lás Aguayo [rúbrica], esscribano real y teniente de público y cabildo.
[30 DE MARZO DE 1789.]
En la ciudad de San Juan [f. 221 ]/ de Puerto Rico, a treinta de marzo de mil setecientos ochenta y nueve años, se juntaron a cabildo ordinario los señores alcalde ordinario don José Andino, don Joaquín Pover, alférez real, don Miguel Antonio de Arizmendi, depositario general, don Antonio de Córdova, rexidor decano, p ara tratar y conferir las cosas tocantes al pro y útil de la república, a que concurrió también el señor procurador general don Andrés de Quiñones . En este estado entró el señor rexidor don Domingo Dávila.
En consecuencia de lo acordado en la acta capitular de diez y seis de febrero, el señor don Antonio de Córdova, diputado nombrado en el mismo acuerdo dio cuenta de presentarse la ocasión de comprar cincuenta o más varas de damasco carmesí que se necesita para el dosel que debe haber en esta sala capitular y ropas de los maceros, al precio de diez y ocho reales vara y de buena calidad, de lo que entendido este cabildo condecendió en lo [f· 221v·] / propuesto por dicho señor diputado.
Con lo que, y por no haber otra cosa que acordar, aunque se conferenciaron varias, se concluyó este cabildo que firmaron sus señorías, de que doy fee. = Andino [rúbrica] = Pover [rúbrica] = Arizmendi [rúbrica] = Cordova [rúbrica] = Davila [rúbrica] = Quiñones [rúbrica] = Ante mí = Nicolás Aguayo [rúbrica], esscribano real y teniente de público y cabildo.
[1560]
[2 DE ABRIL DE 1789 .]
En la ciudad de San Juan de Puerto Rico a dos de abril de mil setecientos ochenta y nueve años, se juntaron a cabildo extraordinario por disposición de su señoría el señor gobernador, intendente y capitán general los s eñores don Tomás Pizarro y don José Andino, alcaldes ordinarios, don Joaquín Pover, [f. 222 ]/ alférez real, don Miguel Antonio de Arizmendi, depositario general, don Antonio de Córdova, don José Dávila, don Valentín Martinez y don Domingo Dávila, rexidores, a que concurrió tam-
[ Se acu erda com• prar damasco para e I dosel de la s a· la cap itular y r opas de l os mace r os. ]
( Se acuerda recomendar al Rey la elevación del deán don Nicolás de Quiñones al episcopado de Puerto Rico.]
[Se recibe Real Cédula sobre el delito de poligamia.]
ACTAS DEL CABILDO
bién el señor procurador general, don Andrés de Quiñones, a efecto de reiterar a Su Majestad la súplica y representación que en tres de septiembre del año pasado de ochenta y uno hizo a Su Majestad para que promoviese a la dignidad episcopal de esta diócesis al señor deán de esta Santa Iglesia, doctor don Nicolás de Quiñones, en atenzión a sus méritos y virtudes. Y se acordó por sus señorías se executase así con motivo de haberse promovido el señor diocesano Con lo que se concluyó este cabildo, que firmaron sus señorías, de que doy fee . = Pizarro [rúbrica] = Andino [rúbrica] = Pover [rúbrica] = Arizmendi [rúbrica] = Cordova [rúbrica] = Davila [rúbrica] = Martinez [rúbrica] = Davila [rúbrica] = Quiñon es [rúbrica] = Ante mí = Nicolás Aguayo [rúbrica], escribano real y teniente de público y cabildo. [ r. 222v. ]/ [1561]
[20 DE ABRIL DE 1789.]
En la ciudad de San Juan de Puerto Rico, a veinte de abril de mil setecientos ochenta y nueve años, se juntaron a cabildo ordinario los señores alcalde ordinario don Tomás Pizarro, don Joaquín Pover, alférez real, don Antonio de Córdova, don Valentín Martínez y don Domingo Dávila, r exidores, a que concurrió también el señor procurador general don Andrés de Quiñones y no asistieron el señor alcalde ordinario don José Andino por estar lexítimamente ocupado ni el señor don Miguel de Arizmendi por estar enfermo.
El esscribano interino de gobierno entregó un pliego, el que abierto se halló un oficio del señor gobernador, intendente y capitán general con un testimonio de una Real Cédula para que se observe lo resuelto por Su Majestad sobre el conocimiento del delito de poligamia a fin de evitar competencias entre la jurisdizión real, ecleciástica y del Santo Oficio, la que su señoría obedecieron [sic] con el acatamiento debido y mandaron se copiase en el libro donde corresponda acusando [f. 223 ] / el recibo a dicho señor gobernador.
Con lo que, y habiéndose tratado otras varias cosas, se concluyó este cabildo, que firmaron sus señorías [Testado: de que] por ante mí, por lexítima ocupazión del
SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO
propietario, de que doy fee. = Pizarro [rúbrica] = Pover [rúbrica] = Cordova [rúbrica] = Martine z [rúbrica] = Davila [rúbrica] = Quiñones [rúbrica] = Ante mí = Joseph de Reyna [rúbrica], esscribano público.
[1562]
[27 DE ABRIL DE 1789.]
En la ciudad de San Juan de Puerto Rico, a veinte y siete de abril de mil setecientos ochenta y nueve años, se juntaron a cabildo ordinario en esta sala capitular los señores don (f· 223v•J/ Tomás Pizarro, alcalde ordinario de primera elección, don Joaquín Pover, alférez real , don Antonio de Córdova, don Valentín Martínez y don Domingo Dávila, rexidores, para tratar y conferir las cosas tocantes al pro y útil de la república, a que concurrió también el señor procurador general don Andrés de Quiñones.
Se presentó Juan Francisco Nuñez, arrendador del pasaje de Paloseco, se p r esentó haciendo presente hallarse bastante accidentado que le imposibilita para continuar en él y que por lo tanto había ajustado pasarlo a José María Nuñez y Manuel Lamas con consentimiento del fiador, don José de la Torre, cuya petición aparece firmada de todos; y se mandó pasar esta solicitud a la junta municipal.
El señor rexidor decano expuso como diputado que ha sido de las exequias que se han celebrado en esta Santa Iglesia Catedral por parte de este cabildo el día veinte y tres del corriente por el alma de nuestro católico monarca el señor don Carlos Tercero ( que de Dios goce) y que en cumplimiento de su obli-[ f· 224 ] / gación, trató con el señor deán de la misma Santa Igle sia doctor don Nicolás de Quiñones a fin de saber de su señoría la importancia de los derechos por la asistencia de su cabildo, clero y demás individuos que han asistido a dichas exequias y que enterado dicho s eñor de án dijo que nada importaban los derechos que debía llevar su cabildo y clero, que antes sí d eseaba se presentasen ocasiones en ,que mejor poder manifestar su afecto a este ilustre ayuntamiento, a consecuencia de lo cual acordaron sus señorías que el mismo señor rexidor decano y el señor don
[J u a n F rancisco Núfiez pide t raspasar el arr e ndamiento del pasaJe de Palo Seco a J osé Núñez y Manuel Lamas.]
[ El regi dor decan.:, informa que e l deán de la Catedral no cobrará derechos por exeq uias rea les y se acuerda darle las gr a· cias.]
[El gobe r n a d or info rma s u partida p ara España y que e l teniente d e Rey le s ust ituirá ]
[Po r fal lec imien to d e d o n Miguel Antoni o de Arizmeocli , s e eliRe a d on J osé D ávll a como vocal d e la junt a municipal .]
ACTAS DEL CABILDO
Domingo Dávila pasen a su señoría a darle las debidas gracias y ofrecerle igualmente sus facultades.
Con lo que se concluyó este cabildo, que firmaron sus señorías, de que doy fee. = Pizarra [rúbrica] = Pover [rúbrica ] = Cordova [rúbrica] = Martinez [rúbrica] = Davila [rúbrica] = Quiñones [rúbrica] = Ante mí = Nicolás Aguayo [rúbrica], esscribano real y teniente de público y cabildo. (f· 224v·]/
[1563]
[ 4 DE MAYO
DE 1789.]
En la ciudad de San J uan de Puerto Rico, a cuatro de mayo de mil setezientos ochenta y nueve años, se juntaron a cabildo ordinario los señores don Tomás Pizarro, alcalde de primera elección, don Joaquín Pover, alférez real, don Antonio de Córdova, don José Dávila, don Valentín Martínez y don Domingo Dávila, rexidores, para tratar y conferir las cosas tocantes al pro y útil de la república, a que concurrió el señor procurador general don Andrés de Quiñones.
Se abrió un pliego del señor gobernador, intendente y capitán general, traído por el portero, y se vieron dos oficios, que el uno se reduce a dar aviso a este cabildo cómo en virtud de Real Orden, insertándola en él, tiene dispu esto su retiro a España en la fragata La Sonora y que cuando su señoría (f· 225 ]/ se embarque en ella dejará el mando y gobierno al señor teniente de Rey, como se le previene en dicha Real Orden y que dejará su señoría nombrados apoderados para su residencia y depositados 5500 pesos en reales caxas para responder al _predicho sindicato , y se acordó se contexte a su señoría por oficio y se archive.
El otro oficio se reduce a que habiendo dado cuenta la junta municipal a su señoría de haber fallecido uno de los vocales de ella, don Miguel Antonio de Arizmendi, se necesitaba nombrar otro en su lugar, a que por decreto al margen previene su señoría se nombre por este cabildo persona en quien se sobstituia este encargo. Con este motivo procedieron los señores a dicha elección, baxo las [ f. mv ]/ solemnidades y forma acostumbrada y salió electo el señor rexidor don José Dávila y mandaron sus señorías se le pase el oficio correspondiente al señor gobernador para su confirmación.
SAN JUAN
BAUTISTA DE PUERTO RICO
Entró el esscribano de Gobierno, don Gregorio Sandoval y entregó al señor presidente los manifiestos de reses de la Isla para el reparto y se mandaron archivar.
Habiéndos e llevado el oficio, traxo la respuesta el portero, se hallaba su señoría en el baño y no podía responder, y no habiendo otra cosa, se cerró este cabildo y lo firmaron sus señorías, de que doy fe. = Piz arra [rúbrica] = Pover [rúbrica] = Cordova [rúbrica] = Davila [rúbrica] = Martinez [rúbrica] = Davila [rúbrica] = Quiñones [ r úbrica] = Ante mí = Ygnacio Herránz [rúbrica], esscribano de cabildo. [f. 226 ]/ [1564]
[11 DE MAYO DE 1789 .]
En la ciudad de San Juan de Puerto Rico, a once de mayo de mil setezientos ochenta y nueve años, se juntaron a cabildo ordinario los señores don Tomás Pizarra, alcalde ordinario, don Joaquín Pover, alférez real, don Antonio de Córdova, don José Dávila, don Valentín Martínez y don Domingo Dávila, rexidores, para tratar y conferir las cosas tocantes al pro y útil de la república.
Por carta que llegó en el correo y se abrió en este cabildo, con fecha en Madrid, a 25 de marzo de este año, el señor don Miguel Antonio de Ustariz, noticiando haberle conferido Su Majestad el empleo de gobernador y capitán general de esta Isla, ofreciendo sus facultades a este ayuntamiento con las demás atenciones expresadas en dicha carta y con respecto a tenerse noticia positiva que está en marcha para Cadiz con el fin [f. 226v·]/ de embarcar para este destino y se omitió su contextación
En este cabildo se mandó por el esscribano de gobierno la confirmazión de la elección de vocal para la junta municipal, hecha en el señor rexidor don José Dávila y para su exercicio le recibió juramento el señor rexidor decano don Antonio de Córdova, el que hizo en la forma acostumbrada y mandaron sus señorías se tome razón en este Libro y se remita a la referida junta.
[ Se r ecibe el manifie~ t o de reses para el r e parto. ]
[El gobernado r no responde al oficio de e lección d e d o n José Dávila.]
[ Do n Mi gue l Antonio de Us ta riz notifica s u nom bramiento com o goberna d or.]
Don Ilario García pidió se le concediese el traspaso de 158 pesos de censo que tenía Tomás Salgado, difunto, presentando los docum entos necesarios , y se acordó que ocurriese el citado don Ilario a la junta municipal de propios a quien corresponde. 167
[ El gob e rnador confirma la elección de don J osé Dávila y éste jura s u cargo. ]
[Don llario García p ide 158 p eso s a ce nso.]
168
[Se elige a d on Jo sé Dávi la d ep ositario ge ne r a l.]
Oficio del Cabild o [ sobre elección de d on J osé Dáv iJa J
ACTAS DEL CABILDO
Se elixió con todos los votos, de depositario de multas, cámara y gastos de justicia al señor [f 227 ]/ rexidor don José Dávila por haber muerto el depositario general. Y no habiendo otra cosa que acordar, se cerró este cabildo y lo firmaron sus señorias, de que doy fe. = Pizarra [rúbrica] = Pover [rúbrica] = Cordova [rúbrica] = Davila [rúbrica] = Martine z [rúbrica] = Davila [rúbrica] = Ante mí = Ygnacio Herrán z [rúbrica], esscribano de cabildo.
[ANEXO UNICO ]
A consecuencia del decreto de vuestra señoria de 2 del corriente relativo a la participazión que hizo la junta municipal de propios de haber fallecido don Miguel Antonio de Arizmendi, vocal de ella, se ha elejido baxo de las solemnidades acostumbradas al señor rexidor don José Dávila, lo que exponemos a su señoría para su confirmazión o lo que fuere de su agrado. Nuestro Señor prospere la vida de vuestra señoria dilatados años. Puerto Rico, 4 de mayo de 1789. Tomás [f. 221v·]/ Pizarro - Joaquín Pover - Antonio de Córdova - José Dávila - Valentín Martínez - Domingo Dávila. Señor gobernador, intendente y capitán general don Juan Dabán.
Confirmació n.
Puerto Rico y mayo 4 de 1789. Confirmase la elección constante de este expediente devolviéndose a la junta para su inteligencia y cumplimiento, el que verificado y dejando la nota o testimonio competente, remitirán para que se una a las diligencias del asunto . Dabán - Chiguero.
Así corresponde con el oficio y confirmazión que devolví. Puerto Rico, once de mayo de mil setezientos ochenta y nueve años = Ygnacio Herránz [rúbrica], esscribano de cabildo. [f. 228 ]/
[1565]
[18 DE MAYO DE 1789.]
En la ciudad de San Juan de Puerto Rico, a diez y ocho de mayo de mil setezientos ochenta y nueve años, se juntaron a cabildo ordinario los señores don Tomás Pizarra y don José Andino, alcaldes ordinarios, don Joaquín Pover, alférez real, don Antonio de Córdova y don Valen-
SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO
tín Martínez, rexidores, para tratar y conferir las cosas tocantes al pro y útil de la república.
El señor gobernador, intendente y capitán general, por mano del esscribano de gobierno, remitió a este cabildo un Real Decreto y Cédula Real, ampliando Su Majestad las gracias y franquicias que en ellas consta en este puerto y otros de América, cuio aviso y noticia ha comunicado su señoría por los bandos publicados en los días 8 y 9 del corrie nte y lo pasa a este ayuntamiento para inteligencia de todo con el oficio correspondiente y se acordó se le conteste a su señoría por igual oficio, como [ f. 223v• ] / se executó.
Se acordó que la oración fúnebre que hizo* [Testado : celebró] en la Santa Iglesia Catedral el reverendo padre fray Marcelino Raygada, religioso del Convento de San Francisco en el día de las honras que también celebró este ayuntamiento en ella, se mande por l os señores diputados encargados para ello y todo lo demás de proclamazión, a imprimir a La Habana, cuio costo sea de los propios, para dar cuenta a Su Majestad con lo demás que se hizo.
Se trataron y conferenciaron otras varias cosas y se cerró este cabildo y lo firmaron sus señorías, de que doy fe. = Pizarro [rúbrica] = Andino [rúbrica] = Pover [rúbrica] = Cordova [rúbrica] = Martinez [rúbrica] = Ante mí = Ygnacio Herrán z [rúbrica], esscribano público y de cabildo. ['· 229]/
[1566]
[25 DE MAYO DE 1789.]
En la ciudad de San Juan de Puerto Rico, a veinte y cinco de mayo de mil setecientos ochenta y ocho años, se juntaron a cabildo ordinario los señores don Tomás Pizarro y don y don Jos é Andino, [Enmendado: Andino] alcaldes ordinarios, don Joaquín Pover, alférez real, y don Valentín Martínez, r exidores, para tratar y conferir las cosas tocantes al p r o y útil de la república Entró el señor don Jos é Dávila, rexidor, entró el señor procurador general don Andrés Quiñones.
* Entre líneas: hizo.
169 [El gobernador en• vía documentos reales ampliando franquicias a este puerto.]
[Se acuerda impri• mir la oración fúnebre de fray Marcelino Raygada en exequias reales.]
[El cabildo discute varios asuntos.]
ACTAS DEL CABILDO
Se conferenciaron varias cosas y quedaron para resolver en otro cabildo, con lo que se cerró éste y lo firmaron sus señorías, de que doy fe. = Pizarro [rúbrica] = Andino [rúbrica] = Pover [rúbrica] = Dávila [rúbrica] = Martinez [rúbrica] = Quiñones [rúbrica] = Ante mí = Ygnacio Herránz [rúbrica], esscribano de cabildo. [f. 229v·J/
[1567]
[27 DE MAYO DE 1789. J
En la ciudad de San Juan de Puerto Rico, a veinte y siete de mayo de mil setecientos ochenta y nueve años, para efecto de dar posesión de gobernador interino al señor teniente de Rey de esta plaza, don Francisco Torralbo, conforme a la Real Orden expedida en el asunto, que con el correspondiente oficio remitió a este cabildo el señor brigadier de los reales exércitos don Juan Dabán, gobernador y capitán general que acaba de ser en el celebrado en cuatro del corriente, se juntaron a cabildo extraordinario los señores don Tomás Pizarra y don José Andino, alcaldes ordinarios, don Joaquín Pover, alférez real, don Antonio de Córdova y don Valentín Martínez, rexidores, a que concurrió también el señor procurador general don Andrés de Quiñones. Y habiendo entrado en esta sala el citado señor teniente de Rey, coronel de los reales exércitos, y prestado e l correspondiente juramento en manos del señor rexidor decano don Antonio de Córdova y ofrecido dar las competentes fianzas, según es uso y costumbre se le dio a su señoría la referida posesión de gobernador [f· 230 ] * interino y lo firmaron sus señorías de que doy fee. = Francisco Torralbo [rúbrica] = Thomas Pizarro [rúbrica] = Jo sé Andino [rúbrica] = Joachin Pover [rúbrica] = Antonio de Cordova [rúbrica ] = V alentin Martinez [rúbrica] = Andres de Quiñones [rú· brica] = Ante mí = Nicolas Aguayo [rúbrica], esscribano real y teniente de público y cabildo.
* Al fin d el folio se lee: Entre renglones coronel de los reales exércitos Vale. L
SAN JUAN
BAUTISTA DE PUERTO RICO [ 1S68]
[8 DE JUNIO DE 1789.]
En la ciudad de San Juan de Puerto Rico, a ocho de junio de mil setezientos ochenta y nueve años, se juntaron a cabildo ordinario los señores don Francisco Torralbo, coronel de los reales exércitos, gobernador y capitán general interino [ f. 230v-J/ de esta Isla, don Tomás Pizarro y don José de Andino, alcaldes ordinarios, don Joaquín Pover, alférez real, don José Dávila, don Valentín Martínez y don Domingo Dávila, rexidores, para tratar y conferir las cosas tocantes al pro y útil de la república, a qu e concurrió el señor procurador general don Andrés de Quiñones.
El señor procurador general [Tes tado: re] presentó en el punto de harinas e l escrito en borrador firmado de su puño, presentado en el tribunal de gobierno y reconocimiento de ellas y habiendo expuesto el señor gobernador y capitán general se habían dado por su señoría las providencias convenientes, se acordó ocurra el señor procurador general al tribunal d e su señoría.
Don José Bacener pidió informe de sus operaziones relativas a acreditar [Repetido y testado: acreditar] ser un buen vezino y ciudadano sin sospecha de manexos odiosos a obtener cualesquiera [ f. 231 ]/ empleo o servicio. Y se le proveió que respecto a que por acta capitular de doce de enero de este año está acorda [sic] que semexantes documentos no se exijan del cabildo, no ha lugar a la dicha solicitud.
Se acordó que la proclamazión se difie ra para c uando llegue el señor gobernador que se espera y que la función de San Juan se execute como es costumbre. Y no habiendo otra cosa que acordar, se cerró este cabildo y lo firmaron sus señorías, de que doy fe. = Torralbo [rúbrica] = Pi za rro [rúbrica ] = Andino [rúbrica] = Pover [rúbrica] = Davila [rúbrica] = Martine z [rúbrica] = Davila [rúbrica] = Quiñones [rúbrica] = Ante mí = Y gnacio H erránz [rúbrica] , esscribano d e cabildo [ f. 211•·] / [ 1S69 ]
[15 DE JUNIO DE 1789.]
En la ciudad d e San Juan de Puerto Ri co, a quince de junio de m il setezientos oche nta y nueve años, se jun12. A. C
[Se acuerda que pase al gobernador la representaci.~n del procurador sotire las harin as.)
[ Se deniega petición de don José Bacener.)
[Se a cuerda diferir los actos de proc lamación real y realizar las fi estas de San Juan. ]
[Don Melchor de Rivera otorgará escritura por l OJ pesos que lle va a censo.]
[El procurador general pide au tori:tación para retira~se al campo.]
ACTAS DEL CABILDO
taron a cabildo ordinario los señores don José de Andino, alcalde de segunda elección, don Joaquín Pover, alférez real, don Antonio de Córdova, don José Dávila, don Valentín Martínez y don Domingo Dávila, rexidores, para tratar y conferir las cosas tocantes al pro y útil de la república. No asistió el otro señor alcalde don Tomás Pizarro por haber mandado a decir se halla accidentado .
Don Melchor de Rivera, inquilino de la ciudad por la cantidad de 100 pesos representó que instándole el mayordomo de propios por la escritura, desde luego estaba pronto con los fiadores expresados en la certificazión que presentó con la del anotador de hipotecas y se mandó que se otorgue dicha es-[f· 232]/critura, cuio testimonio entregue al citado mayordomo.
El señor procurador general, don Andrés de Quiñones, representó que se halla quebrantado de la salud e imposibilitado de asistir a los negocios de su cargo y con necesidad de refrescarse y pasar al campo por cuio motivo pidió se le dispense esta solicitud, dejando sus facultades a don Agustín Valdejulli, quien desde luego está pronto a este encargo y se proveió que instruiendo con justificazión bastante la necesidad de retirarse al campo, se proveerá.
[Se presenta representació n sobre e l abasto d e carnes.]
[Se consulta al teniente de gobernador sobre levantar el pe ndó n r eal e l día de San Juan.]
Los señores comisarios de abasto de carnes don José Andino y don Valentín Martínez, representaron lo conveniente a este asunto y mandaron sus señorías que la exposición pase por l a vista de cada uno de los señores capitulares y en otro cabildo se acor-[ f- 232v• ]/dará lo correspondiente.
El señor alférez real expuso que sin embargo de haberse acordado en el anterior cabildo el que se eleve el real pendón, el día de San Ju an , patrón de esta Isla, según costumbre, cree ser de su obligazión, por estar mejor infor mado, el que se reflexione por este ilustre cuerpo sobre el particular por la razón y causa de no estar elevado en obsequio y vasallaje del Rey Nuestro Señor don Carlos Cuarto, según está mandado por Real Cédula y acordaron sus señorías se pase por consulta al señor teniente de gobernador y auditor de guerra y para ello se nombran de comisarios a los señores don José Davila y don Valentín Martínez. Y se cerró este cabildo y lo firmaron sus señorías, de que doy fe. = Andino [rúbrica ] = Pover [rúbrica] = Cordova [rúbrica] = Davila [rúbrica] = Martinez [rúbrica] = Davila [rúbrica] = Ante mí
SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO
= Ygnacio Herránz [rúbrica], esscribano de cabildo. [ f. 233 ] /
[1570]
[22 DE JUNIO DE 1789.]
En la ciudad d e San Juan de Puerto Rico , a veinte y dos de junio de mil setezientos ochenta y nueve años, se juntaron a cabildo ordinario los señores don Francisco Torralbo, coronel de los reales exércitos, teniente de Rey de esta plaza y gobernador y capitán general de esta Isla, don Tomás Pizarro y don José de Andino, alcaldes ordinarios, don Joaquín Pover, alférez real, don Jos é Dávila y don Valentín Martínez, rexidores, para tratar y conferir Las cosas tocantes al pro y útil de la república.
Se dirijió a este cabildo por el señor gobernador * un oficio con inserción de otro que le dirigió a su señoría el comandante de milicias don Luis de Labu [sic] en que expone que la casa de habitazión de los tambores de milicias disciplinadas que se halla a cargo de dicho señor comandante se halla bastantemente deteriorada y con necesidad de su recomposición y su señoría mandó ** que [f. 233v• ]/ así se execu t e, previo su reconocimiento y cálculo, y se abone de los caudales de propios y con dicho cálculo se entienda con la junta, dando cuenta en resultas. Y se acordó que se haga el reconocimiento y cálculo por los maestros de la ciudad don Diego González, alarife y Facun do Matanza, carpintero y se nombra al señor diputado de mes que es o fuere para esta diligencia y evacuada se traiga para otro cabildo.
Igualmente dirigió su señoría otro oficio adjuntando un testimonio de la resolución tomada por Su Alteza en el caso de alcaide de carcel y cómo se debe entender esta resoluzión y se acordó que para el nombramiento de alcaide y demás que se debe reflexionar, se traiga para otro cabildo.
Se trajo por los señores diputados don José Dávila y don Valentín Martínez el dictamen del [r· 234 ] / señor teniente de gobernador y auditor de guerra sobre la duda suscitada por el señor alférez real don Joaquín Pover en
* Entre líneas: por el señor gobernador.
** Entre líneas: mandó.
[Se pide el arreglo de la casa de las milicias y se p,de estimado de gasto.]
[Se r ecibe resoluc1on sobre nombramiento de alcaide de cárcel.)
LB! teniente de go&ernador informa no hay inconveniente en levantar el pendón real antes de realizarse la proc lama ción.]
[ El alférez r eal protesta cambios introducldos en la celebración de la f i e t a de San Juan.]
ACTAS DEL CABILDO
el cabildo antecedente y expone dicho señor auditor de [guerra] no se puede impedir ni hay motivo para dejar de levantar el pendón en el real nombre del señor Carlos Cuarto el día de San Juan, patrón tutelar, que por ley y costumbre inmemorial hasta ahora se ha practicado, no obstante no haberse levantado el pendón con motivo de la exaltazión al trono de Su Majestad, pues este particular obsequio y ceremonia al soberano ni tiene conexión ni puede privar los demás de ley o costumbre en obsequio d e un Rey que sin este [Repetido y testado: este] requisit o está en posesión, mando y como tal se halla reconocido. Y se acordó que estando sus señorías como están convenidos [ r. 234v•]/ con dicho dictamen, se haga como en él se expresa. Y no habiendo otra cosa que acordar, se cerró este cabildo y lo firmaron sus señorías, de que doy fe.= Torralbo [rúbrica] =Pizarra [rúbrica] =Andino [rúbrica] =Pover [rúbrica] =Davila [rúbrica] =Martinez [rúbrica] =Ante mí=Ygnacio Herránz [rúbrica], esscribano de cabildo.
[1571]
[30 DE JUNIO DE 1789.J
En la ciudad de San Juan de Puerto Rico, a treinta de junio d e mil setezientos ochenta y nueve años, se juntaron a cabildo ordinario los señores don Manuel Chiguero y Saabedra, teniente de gobernador y auditor de guerra, don Tomás Pizarro y don José de Andino [ f. 235 ] / alcaldes ordinarios, don Joaquín Pover, alférez real, don Antonio de Córdova, don José Dávila, don Valentín Martínez y don Domingo Dávila, rexidores, para tratar y conferir las cosas tocantes al pro y útil de la república.
Se hizo presente por el señor alférez real, cómo est a ndo en posesión de conducirse el pendón real en la procesión del día de San Juan, patrono de esta ciudad, cerrándola a la izquierda del preste, al lado derecho el diácono y el izquierdo del que se pone el subdiácono, en el año ant erior se había innovado sobre esta posesión sacando al subdiácono para que condujese una reliquia en la procesión, dejándolo así a la izquierda del preste y con inferior lugar al diácono que iba a la derecha [f· 235v• ] / todo lo cual, hecho p resente al señor deán extrajudicialmente y consiguiente acuerdo verbal de la ciudad, ofreció se guardaría la costumbre, lo que no habiendo tenido efecto en el pre-
SAN JUAN
BAUTISTA DE PUERTO RICO
sente año en que se ha continuado la misma novedad la protextó en el acto y* hacía presente a este ayuntamiento para que lo que pudiese convenir. Y ente rado de todo acordó que con testimonio de esta acta se pase oficio al muy venerable señor deán y cabildo para que se sirva disponer o acordar lo conveniente para reintegrar y conservar los privilexios del real pendón y preeminencias de que ha estado en posesión y que en su defecto y para que de buena fe se corten disputas y recursos, se sirva informar los motivos que le han asistido para esta alterazión o si dep end e de alguna otra potestad. (f· 236 ] / Presentaron los señores comisionados don Jos é de Andino y don Valentín Martínez el informe qu e se les comisionó en el cabildo de quince del corriente sobre el abasto de carnes, el cual se mandó pasar al señor gobernador para la providencia conveniente.
Consecuente al oficio y testimonio dirigido por e l señor gobernador con fecha de 19 del corriente se nombró por alcaide de la real caree! a Joaquín Nicolás de la Rosa , lo que se participó a su señoría el señor gobernador por oficio para lo demás que estime convenir, sirviéndose participar sus resultas para las que correspondan a este ayuntamiento.
Se trató y conferenció sobre porción de b arri les d e harina introducidos en este puerto por la fragata nombrada Marqués de Sonora, su calidad, precio y [f 236v· ]/ ex pendio decretado por su señoría el señor gobernador y que sobre ello había diligencias pendientes y reclamo d e l procurador general, en cuia virtud acordó que respecto a haberse presentado como parte el citado procurador, se suspendiese todo oficio en el asunto pre viniéndole que en caso de estimar gravosas las providencias que se diese n, lo haga presente con testimonio a este cabildo para que interponga sus respectos con dicho señor gobernador o auxiliar en su defecto su pretensión, dando cuenta a Su Majestad con los antecedentes de este mismo asunto que se agregarán y el informe o certificazión jurada del caballero rexidor diputado don Antonio de Córdova sobre lo ocurrido en el particular y expecialmente sobre los reconocimientos que por ante él [f. 237 ]/ se practicaron. Y con ésto y varias otras cosas que se trataron, se cerró este cabildo y lo firmaron sus señorías, de que doy fe.= Chiguero [rúbrica] = Pizarra [rúbrica] =Andino [rúbrica] = Po-
* Entre líneas: protextó en el acto y.
[Se pasó el testimonio y ofitio ]
[Se pasa al ¡?obernador el inform e sobre el abasto de carnes .]
(Se no mbra a J oaquín Nicolás de la Ro sa como alcaide de la cárcel.]
[Se trata sobre la introducción y venta de harina s.]
[Se pasa al alf~rez real la contes• taci ó n del deán sobre su anterior querella.]
[ El gobernador aprueba el nombra• miento del alcaide de cárcel ]
ACTAS DEL CABILDO
ver [rúbrica]= Córdova [rúbrica] =Davila [rúbrica]= Martinez [rúbrica] =Davila [rúbrica] =Ante mí= Ygnacio Herránz [rúbrica], esscribano público y de cabildo.
[1572]
[6 DE JULIO DE 1789.J
En la ciudad de San Juan de Puerto Rico, a seis de julio [Enmendado: Julio] de mil setezientos ochenta y nueve años, se juntaron a cabildo ordinario los señores don Manuel Chiguero y Saabedra, teniente de gobernador y auditor de guerra, don José de Andino, alcalde ordinario, don [ f. mv·]/ Joaquín Pover, [Testado: don; enmendado: alférez.] alférez real, don Antonio de Córdova, don José Dávila, don Valentín Martínez y don Domingo Dávila, rexidores, para tratar y conferir las cosas tocantes al pro y útil de la república.
Contextó el venerable señor deán y cabildo al oficio que se le pasó en el acuerdo antecedente sobre la quexa del señor alférez con testimonio de la acta capitular que celebró y visto todo se mandó pasar al señor alférez real. También contextó el señor gobernador al oficio que se le pasó sobre el nombramiento del alcaide de la real caree! en Joaquín Nicolás de la Ro sa y su señoría lo aprueba, en cuia consecuencia mandó el ayuntamiento se le despache el correspondiente título con las prevenciones necesarias y que se ponga a continuación not a y con el testimonio del nombramiento y aprobazión se pasará el oficio correspondiente a los [f· 238 ] / señores de la junta municipal para el abono íntegro de sus sueldos desde dicho día 30 de junio, archivándose el expediente.
[Se pide que se amplie la certificación de don Antonio de Córdova sobre las harinas.]
[Se trata sobre los aerechos y arancel del alcaide.]
El señor rexidor don Antonio Córdova certificó sobre lo que se le previno en el antecedente cabildo y se acordó que la dicha certificación sea extensiva a las solicitudes y demás ocurrido entre dicho señor rexidor y el factor para el expendio de las harinas, cuio expediente se me entregue a mí, el esscribano para que lo una a los antecedentes.
Con motivo del nombramiento de alcaide se trató sobre sus derechos, arancel, práctica o costumbre y atendiendo a lo que expuso en la memoria y minuta que se le pidió, se m andó pasar a los señores don Tomás Pizarra y don Antonio de Córdova, para que informasen o expusiesen lo que les parezca. [f 238v·]/
SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO
Y no habiendo otra cosa que acordar, se cerró este cabildo y lo firmaron sus señorías, de que doy fe.= Chiguero [rúbrica] =Andino [rúbrica] =Pover [rúbrica] =Cordo va [rúbrica] =Davila [rúbrica] =Martinez [rúbrica] =Davila [rúbrica]=Ante mí=Ygnacio Herrán z [rúbrica], esscribano público y de cabildo. [1573]
[8 DE JULIO DE 1789.]
En la ciudad de San Juan de Puerto Rico, a ocho de julio d e mil setezientos ochenta y nueve años, se juntaron en esta sala capitular los señores don Francisco Torralbo, coronel d e los reales exércitos, teniente Rey [sic] y capitán general de esta isla, interino , don Manuel Chiguero [ f. 239 ] / y Saabedra, teniente de gobernador y auditor de guerra, don Tomás Pizarro y don José Andino, alcaldes ordinarios, don Joaquín Pover, alférez real, don José Dávi la y don Valentín Martínez, rexidores, a que concurrió el señor procurador general don Andrés de Quiñones, para efecto de recibir y dar posesión de los empleos de gobernador, intendente y capitán general de esta dicha Isla al señor don Miguel Antonio de Ustariz, coronel de los reales exércitos. Y habiendo presentado el Real Despacho y título expedido en Madrid a once de abril del corriente año, que así lo manda Su Majestad, fue leído en alta voz por mí, el esscribano y en su virtud lo tomaron sus señorías en sus manos, lo besaron y pusieron sobre sus cabezas en obedecimiento. Y en cumplimiento de ello se le dio a su señoría la posesión de dichos [f· 239v-]/ empleos, sentándole en la silla que le pertenece y conforme a la costumbre y mandaron se le den los testimonios que necesite, habiendo ofrecido dar las fianzas acostumbradas en el término de la ley y lo firmaron sus señorías, de que doy fe.= Francisco [O z] Torralbo [rúbrica] =Miguel Antonio d e Uztariz [rúbrica]= Manuel Chiguero y Saabedra [rúbrica] =Thomas Pizarra [rúbrica] =lose Andino [rúbrica] =loachin Pover [rúbrica] =loseph Davila [rúbrica]= Valentin Martinez [rúbrica] =Andres de Quiñones [rúbrica] =Ante mí=Ygnacio Herránz [rúbrica], esscribano público y de cabildo. P· 240 ]/
[Recibimiento d e , señor gobernador d on Miguel Antonio de Uztariz. ]
Real Despacho de Su Majestad.
ACTAS DEL CABILDO [ANEXO UNICO.]
Don Carlos, por la gracia de Dios Rey de Castilla, de León, de Aragón, de las dos Sicilias, de Jerusalén, de Navarra, de Granada, de Toledo, de Valencia, de Galicia, de Mallorca , de Sevilla, d e Cerdeña , de Córdova, de Córcega, de Murcia, de Ja én, de los Algarbes, de Algeciras, d e Gibraltar, de las Islas Canarias, de las Indias Orien tal es y Occidentales , Islas y Tierra Firme del Mar Océano, Archlduque de Austria, Duque de Borgoña, de Bravante y d e Milán, Conde de Abspurg , de Flandes , Tirol y Barcelona, señor de Vizcaya y de Molina, etcétera. Por cuanto, conviniendo a mi real servicio la pronta elección de sujetos de conocido mérito y acreditada conducta para el desempeño de los diferentes gobiernos que se hallan vacantes y próximos a vacar en mis dominios de Indias, he venido [ f. 240v·] / en conformidad de lo resuelto por mi augusto padre en su Real Decreto de 23 d e febrero del año próximo pasado en nombrar por otro de 7 de marzo último para el gobierno y ca pitanía general e intendencia de la Isla de San Juan de Puerto Rico, vacante por haber cumplido su ti e mpo el brigadier d on Ju an Dabán, a vos, don Miguel Antonio de Uztariz, capitán de mis rea les guardias de infantería española, co n el sueldo de seis mil p esos por ambos e mpleos. Po r tanto e s mi merced y voluntad que vos , el nominado don Miguel Antonio de Uztariz, entreis desde luego a servir los nominados cargos de gobernador, capitán general e intendente de la Isla de San Juan de Puerto Rico y que los exerzais por el tiempo que fuere mi voluntad en todas las ciudades, villas y lugares que ahora están pobladas y en adelante se poblaren en la mencionada Isla de Puerto Rico en la misma forma que lo han execut a do [ f. 241] / podido y debido executar vues tros antecesores arreglándoos para su u so y exercicio a lo dispu esto en las ordenanzas e instrucciones que están dadas y en adelante se dieren y la calidad de que habeis de dar rendida del tiempo qu e sirviereis el expresado gobierno e intendencia por lo respectivo a los cargos de policía y gobierno como está prevenida por el Artículo 305 de la de intendentes de Nueba España de 21 de febrero de 1786 . Y mando al gobernador y a los d e mi Consexo de las Indias tomen y reciban de vos el referido don Miguel Antonio de Uztariz el juramento acostumbrado, con la solemnidad que se requiere y debeis hacer, de que bien y fielmente servireis los mencionados empleos, y habiéndolo
SAN JUAN
BAUTISTA DE PUERTO RICO
hecho y puesto testimonio de ello e n este título, ordeno y mando al Concejo Justicia y Reximiento, caballeros, escuderos, oficiales y hombres buenos de la ciudad de San Juan de Puerto [f. 241 v ]/ Rico y de las demás villas y lugares de la expresada Isla, como también a los capitanes, oliciales y gente de guerra y a los demás ministros, vecinos y mora dore s de ella, que os hayan y tengan por tal gobernador, capitán general e intendente y os dejen usar y exercer estos empleos y que acudan a vuestros llamamientos , alardes, muestras y reseñas, con sus personas, armas y caballos, así en las ocasiones de guerra que sobrevinieren como en los demás a que los apercibiereis y convocareis para exércitarlos en la militar disciplina, y que los unos y los otros os guarden y hagan guardar todas las honras, gracias, mercedes, libertades, franquezas, exenciones, preeminencias e inmunidades y prerrogativas que hayan tenido y se hayan guardado a vuestros antecesores sin diferencia alguna pues yo, por el presente mi Real Título os recibo y he por recibido al uso y exercicio de los referidos empleos . [f. 242 )/ Y asímismo es mi voluntad que los seis mil pesos que como queda dicho habeis de gozar e n cada un año de los que sirviereis los enunciador empleos, se os den y paguen por los ministros de las caxas de mi real hazienda de la expresada ciudad de San Juan de Puerto Rico en la forma en que los hubieren satisfecho al nominado vuestro antecesor de cualesquiera caudales y efectos míos que entren en las cajas de su cargo, que con otras cartas de pago, traslado auténtico de este título y testimonio del día en que tomareis posesión se l es recibirá y pasará en cuenta lo que así os dieren y pagaren y el tesorero sentará esta mi carta en los libros de su cargo y os la devolverá original para que la tengais por vuestro título, con la prevención de que lo que debeis satisfacer al derecho de la media anata por razón del sueldo que habéis de gozar con estos empleos se os descuente [f· 242v·]/ de él con arreglo a lo que por punto gen eral está mandado por Real Cédula de 26 de mayo de 1774, execután dose la satisfacción de lo que cada año importare el descuento con intervención del comisario y contador del referido derecho con más lo correspondiente a la tercera parte de emolumentos y el diez y ocho por ciento de la conducción del todo a España en la forma que para estos casos está dispuesto por varias órdenes anteriores. Y por hallarme enterado de que algunos provistos para empleos de América se detienen en España y aun en la Corte, con perjuicio de
Juramento.
ACTAS DEL CABILDO
mi real servicio y contra mis reales intenciones, os mando que en el preciso término de dos meses, contados desde la fecha de este despacho, os presenteis en el puerto de esta Península por d onde dispongais vuestro viaje al respectivo juez de arribadas remitiendo certificació n a mi vía reservada y al Consexo de Cámara de Indias , de haberlo executado según está resuelto generalmente por Real Orden [ f. 243]/ de quince de noviembre del año próximo pasado con prevención que de no verificarlo se os declararán vacantes dichos empl eos y se proveerá n en el sujeto que fuere de mi real agrado. Y de este título se tomará la razón en las contadurías generales de valores, distribuzión de mi real hazienda y de mi Consexo de las Indias dentro de dos meses de su data y no haciéndolo así, quedará nula esta gracia, y también la tomarán los enunciados oficiales reales de Puerto Rico. Dado en Madrid a once de abril de mil setezientos ochenta y nue ve.= Yo el Rey= Yo don Antonio B en[tura ] Faranco, secretario del Rey Nuestro Señor, lo hice escribir por su mandado.José Antonio de la Cerda - Pedro Muñoz de la TorreJosé de [ilegible]. Tomase razón en las contadurías generales de valores y distribución de la rea l hazienda. Madrid, 16 de abril de 1789. Por ocupazión del señor contador general de la distribuzión, Leandro Borbón - Euxenio Cachurro. - Tomase razón en la contaduría [f 243v· ] / general de las Indias. Madrid, 16 de Abril de 1789. Po r ocupazión del señor contador general, Lorenzo de [Usoz]. Rexistrado, Juan Angel de Cec;aní. - Teniente de gran chanciller, Juan Angel de Cec;aní.
Don Francisco Xavier de Elipe, del Consexo d e Su Maj estad, su secretario y esscribano de cámara en el Real y Supremo de Indias, certifico: que hoy, día de la fecha, se presentó ante los señores de él por don Miguel Antonio de Uztariz este R eal Título que tiene su Majestad (que Dios guarde) para servir el gobierno y capitanía general de la Isla de San Juan de Pue rto Rico e intendente de ella, el cual, visto, oído y obedecido por los dichos señores, mandaron hiciese el juramento que por él se previene y el expresado don Miguel Antonio de Uztariz lo hizo y yo se lo recibí en presencia del mismo Supremo Tribunal con l a solemnidad que en tales casos se acostumbra . Y para que conste y obre los efectos que haya lugar en derecho, doy la presente en Madrid a 23 de Abril de 1789 - Francisco Xavier de Elipe
SAN JUAN
BAUTISTA DE PUERTO RICO
Puerto Rico, 8 de Julio de 1789. Cúmplase [ f. 244 ] / lo que Su Majestad se digna mandar en la presente Real Cédula. Tómese razón de su contenido en estos oficios de r e al hazienda y devuélvase a esta secretaría de gobierno. Francisco [Oz] Torralbo. Tomose la razón de la antecedente Real Cédula en estos reales oficios de nuestro cargo. Puerto Rico, 8 de julio de 1789. Fernando Casado - Lorenzo Ortiz d e Zárate.
Es copia de la Real Cédula que se expresa, la que para es te efecto se me entregó y devolví. Puerto Rico, ocho d e julio de mil setezientos ochenta y nueve.=Ygnacio H erránz [ rúbrica], esscribano público y de cabildo . [ r· 244 •· ] / [1574]
[13 DE JULIO DE 1789.]
En la ciudad de San Juan de Puerto Rico, a trece d e julio de mil setezientos ochenta y nueve años, se juntaron a cabildo ordinario en esta sala capitular, como lo han de uso y costumbre, para tratar y conferir las cosas tocantes al pro y útil de la república los señores don Miguel Antonio de Uztariz, coronel de los reales exércitos, gobernador, intendente y capitán general, don Manuel Chiguero y Saabedra, teniente de gobernador y auditor de guerra, don Tomás Pizarro y don José Andino , alcaldes ordinarios, don Joaquín Pover, alférez real, don Antonio de Córdova, don José Dávila, don Valentín Martínez y don Domíngo Dávila, rexidores, a que asistió don Andrés de Quiñones , procurador general.
El señor diputado para la recomposición de la casa de milicias, don Valentín Martínez, presentó el cálculo ascendente a 50 pesos y se aprobaron estas diligencias , mandando se pasen a la junta mu-[ f· 245 ]/ nicipal para su inteligencia y cumplimiento, en testimonio, y se archiven los originales.
Se conferenciaron otras varias cosas para resolverlas en otro cabildo y lo firmaron sus señorías, de que doy fe. = Uztariz [rúbrica] =Chiguero [rúbrica] =Pizarro [rúbrica] =Andino [rúbrica] =Pover [rúbrica] =Cordova [rúbrica] =Davila [rúbrica] =Martinez [rúbrica] =Davila [rúbrica] =Quiñones [rúbrica] =Ante mí=Ygnacio Herránz [rúbrica], esscribano público y de cabildo. (f· 245v·] /
[Se aprueba r eco mpone r la casa d e las milicias se• gún estimado.)
[El cabildo discute vari os asuntos. ]
ACTAS DEL CABILDO [1 575]
[20 DE JULIO DE 1789.J
En la ciudad de San Juan de Puerto Rico, a veinte de julio de mil setezientos ochenta y nueve años, se juntaron a cabildo ordinario los señores don Miguel Antonio de Uztariz, coronel de _los reales exércitos, gobernador, intendente y capitán general, don José de Andino , alcalde ordinario, don Joaquín Pover, alférez real, don Antonio de Córdova y don Jos é Dávila, rexidores, para tr atar y conferir las cosas tocantes al pro y útil de la república , a qu e concurrió don Andrés de Quiñones , procurador general.
Se conferenciaron mui por menor varios asuntos concernientes a gobierno y se quedó su resoluzión a lo s cabildos sucesivos. Y lo firmaron s us señorías , de que doy fe.= Uztariz [rúbrica] =Andino [rúbrica] = Po ver [rúbrica] =Cordova [rúbrica] =Davila [rúbrica] =Quiñone s [rúbrica] = Ante mí=Ygnacio Herrán z [rúbrica] , esscribano público y de cabildo. [ t. 246 ] /
Aguada, partido de: 1456.
Aguadilla, partido de: 1456, 1477.
América, 1565, 1573 (Anexo Unico).
Antón Ruiz , hato de: 1429.
Añasco, partido de: 1456.
Arecibo, partido de: 1404.
Arecivo, partido de: (V. Arecibo, partido de).
B
Barcelona: 1538.
Bayamón: 1359, 1472.
-partido de: 1404.
Boca Havana (Puerto Rico): (V. Havana, boca de). c
Cabo Rojo: 1424.
-partido de: 1456.
Cádiz: 1564.
Campaña , hato de: 1380.
Campech e, barrio de: 1393 (Anexo Unico), 1447 (Anexo Unico), 1498, 1544 (Anexo Unico).
Campeche, hato de: 1380.
Canaria, isla de: 1434.
Caracas: 1433.
Cartajena: 1399.
Cartaxena: (V. Cartajena).
Castilla: 1554.
Cataluña: 1538.
Cavo Roxo: (V. Cabo Rojo).
Cayures, hato de: 1429.
Coamo: 1380. E
España: 1553, 1563, 1573 (Anexo Unico).
F
Fajardo: 1552 .
-partido de: 1386, 1407, 1423.
-pasaje de: 1394.
Faxardo: (V. Fajardo).
Filipinas: 1396, 1425
Guayanés, pasaje de: 1394. H
Havana: 1565.
Havana, Boca de (Puerto Rico): 1536.
Hormigas, hato de: 1531.
Hoyo Mulas, hato de: 1380.
Humacado: (V. Hurnacao).
Humacao: 1423.
-partido de: 1386.
-pasaje de: 1394. I
Indias: 1425, 1573 (Anexo Unico).
-islas: 1425. J
Javana, Voca de (Puerto Rico) : (V. Habana, Boca de).
Jumacao : ( V. Hu macao). L
Loysa: ( V . Loíza).
Loíza: 1453, 1552.
* Los números que aparecen en los apartados corresponden a los documentos. 13. A. C.
Madrid: 1500, 1564, 1573, 1573 (Anexo Unico) .
Mayagüez, partido de: 1456.
Moca, partido de: 1456.
Nueba España: (V Nueva E spaña).
Nueva España: 1573 (Anexo Unico).
Oyo Mulas, hato de: (V. Hoyo Mulas, hato de).
Río Grande, pasaje de: 1394.
Río Piedras: 1384, 1544 (Anexo Unico) .
-partido de: 1372, 1386. s
San Francisco, barrio de: 1393 (Anexo Unico), 1447 (Anexo Unico) , 1498, 1544 (Anexo Unico).
San Germán, Villa de: 1418, 1456.
-partido de: 1424, 1456.
San Ildefonso: 1459.
San Juan
-barrio de: 1393 (Anexo Un ico), 1447 (Anexo Unico), 1498, 1544 (Anexo Unico).
-ciudad de: 1359, 1361, 1418, 1571.
-p uerto de: 1432, 1433, 1565, 1571.
San Juan de Puerto Ríco: 1393 (Anexo Unico), 1544 (Anexo Unico).
Paloseco: (V. Palo Seco ).
Palo Seco: 1359, 1366, 1368, 1369, 1370, 1372, 1376, 1378, 1380, 1383, 1396, 1427, 1556.
-pasaje de: 1408 , 1409, 1562.
-sitio de: 1531.
Peña Pobre, hato de: 1429
Pepino, partido de : 1456.
Plantaj e: 1372, 1408.
Pueblo Viejo: 1550, 1551.
-pasaje d e : 1394.
Pueblo Viexo: (V Pueblo Vi ejo).
Puerto Ríco: (V. San Juan d e Puerto
Ríco) . R
Rincón, partido d e: 1456.
Río de Camuy: 1418.
Río de Jacagua: 1418
-is l a de: 141 8, 1500, 1573 ( Anexo Unico).
San Lorenzo, hato y criadero: 1365.
Santa Bárbara, barrio d e: 1393 (Anexo Unico), 1447 (Anexo Unico), 1498, 1544 (Anexo Unico)
Santander , puerto de: 1520
Santa Ursula: 1434.
Santiago, hato de: 1429.
Santo Domingo: 1540.
-ciudad de: 1429
- isla d e: 1421. T
Tenerife, isla de: 1434.
Toalta: (V. Toa Alta).
Toa Alta: 1471.
Toa B aja: 1359, 1378, 1380.
-partido de: 1407, 1423.
Toa Vaxa: (V. Toa Baja).
Tuna, partido de la: 1456.
Acosta, Manuel de: 1430.
Acosta, Miguel: 1363.
Aguayo, Nicolás: 1500.
Aguilar, P edro: 1373, 1376, 1378, 1380, 1383, 1427.
Albay, Abran: 1434.
Aldea, Victoriano de: 1392, 1444, 1452, 1453, 1492, 1540, 1541.
Andino, José de: 1544, 1544 (A. U.), 1545 , 1548, 1554, 1569, 1571.
Andrade, Pablo: 1544 (A. U. ).
Aponte, Bernardino de: 1364 , 1393, 1393 (A. U.), 1394, 1414.
Arizmendi, Miguel Antonio de: 1364, 1481, 1492, 1495, 1500, 1507, 1536, 1543, 1544 (A. U.), 1546, 1547, 1563, 1564 (Anexo Unico).
Arroyo, José de: 1378.
Asturias, Princesa de: 1519.
Atiles, heredero de: 1433. B
Bacener, José: 1568.
Barriga, Joaquín : 1384.
Benítez, José: 1477.
Barbón, Leandro : 1573 (A. U.).
Buena Hora, Pedro : (V. Buenahora, Pedro).
Buenabora, P edro: 1530.
c
Caballero, Cristóbal: 1392, 1444, 1452.
Cabrera, Cayetano: 1494, 1496, 1498.
Cachurra, Eugenio: 1573. (A. U.)
Cachurra, Euxenio: (V. Cachurra Euge nio). '
Calderón, Francisco: 1446 , 1447. (A. U.).
Carazo, Manue l: 1520.
Cárdenas, Francisco: 1455 , 1457.
Cardona, Manuel: 1543, 1547.
Carlos Cuarto: 1553, 1569, 1570, 1573. (Anexo Unico).
Carlos María I s idro, Infante: 1519.
Carlos Tercero: 1553, 1554, 1558, 1562.
Carmona, José: 1494, 1497, 1498.
Carné, Carlos: 1432, 1435 , 1506, 1509
Carnet, Carlos: (V Carné, Carlos).
Carné, Carlos: (V. Carne Carlos).
Cartajena, Juan: 1372, 1384.
Cartaxena, Juan: ( V. Cartajena, Juan).
Casado, Fernando: 1573 (A. U.).
Castillo, Dionisia del: 1498, 1501 , 1502.
Castro, Esteban de: 1437.
Ceraní, Juan Angel de: 1573 ( A U.).
Cerda, José Antonio de la: 1573 (A. U.).
Chiguero y Saabedra, Manuel: 1364, 1393 (A. U.), 1410 (A. U.), 1447 (Anexo Unico), 1544 ( A U.). 1569 (A. U.).
Cintró n, Manuel: 1409.
Conde, Sebastián, José: 1375.
Córdova, Antonio de: 1364, 1366, 1382, 1393, 1393 (A. U.), 1394, 1395, 1399, 1402, 1408, 1414, 1447 (A. U. ), 1449, 1474, 1481, 1482, 1483, 1494, 1495, 1498, 1500, 1501, 1507, 1520, 1533 , 1543 , 1544 (A. U.), 1549, 1553, 1554 , 1559, 1564, 1564 (A. U.), 1567, 1571, 1572.
Córdova, Pablo de: 1419, 1420, 1423, 1446, 1447, 1447 (A. U.) , 1491.
Córdova, Pedro de: 1543, 1544 (A. U.).
Coronado, José Joaquín: 1469.
Correa, Francisco: 1372, 1384.
Correa, Nicolás: 1393, 1402
Corsino, Lorenzo: 1382, 1383.
Crillón, Duque de: 1386, 1401.
Cruz, Félix de la: 1393, 1393 (A. U. ), 1418, 1441, 1446, 1447, 1447 (A. U.), 1448, 1449, 1451, 1459, 1467, 1495, 1507, 1542, 1544 (A. U.).
* Los números que aparecen en los apartados corresponden a los documento s.
D
Dabán, Juan: «V. Dabán y Noguera, Juan Bautista).
Dabán y Noguera, Juan Bautista: 1393 (A. U.), 1410 (A. U.), 1447 , 1447 (Anexo Unico), 1450 (A. U.), 1498, 1544 (A. U.), 1564 (A. U.), 1573 (A. U.).
Dávila, Bernabé: 1472.
Dáv ila, Domingo: 1364, 1370, 1372, 1386, 1393 (A. U.), 1394, 1432, 1494, 1498, 1506, 1529, 1533, 1544 (A. U.), 1548, 1562, 1564 (A. U.).
Dávila, Fernando: 1380.
Dávila, José: 1364, 1376, 1382, 1393 (A. U ), 1394, 1399, 1433, 1449, 1450, 1450 (A. U ), 1461 , 1462, 1494, 1498, 1506, 1535, 1544, 1544 (A. U ), 1545, 1548, 1556, 1558, 1563, 1564, 1564 (Anexo Unico), 1569, 1570.
Dávila, Juan: 1427, 1428.
Dávila, Juan Francisco: 1548.
Delgado, Andrés : 1543.
Díaz de Sarabia, Julián : 1409, 1417, 1418.
Drapeos, Antonio: 1441.
E
Elías, Pedro: 1543.
Elipe, Francisco Javier d e: 1573 (Anexo Unico).
Ezpeleta, José: 1433.
F
Faranco, Antonio Bentura : 1573 (Anexo Unico).
Felipe Cuarto: 1500.
Fernández, Nicolás: 1384.
Figueroa, Juan Francisco d e: 1386.
Figueroa, Manuel: 1522, 1523
Fornes, Antonio: 1540.
Fort, Antonio . 1370.
Fort, Pablo: 1376, 1531, 1535.
Fuertes, Manue l: 1458.
Fuertes, Salvador: 1393 (Anexo Unico) .
G
Garar, Rita, viuda d e Sabater: 1537.
García, Baltazar: 1384.
García, Blás Ramón: 1467
García, Gerónimo: 1549, 1555.
García Ilario: 1564.
García, Jo sé: 1384.
García, Juan Pedro: 1536.
García, Manuel: 1378.
García, Pedro: 1507.
García Romero, José: 1393 (A. U.).
Gómez, Benito, viuda de: 1433.
Gómez, Eusebio: 1544 (A. U. ).
Gómez, Vicente: 1441.
González, Diego: 1570.
González, José: 1498.
González, José Martín: 1434.
González Silencio, Miguel: 1393 (A. U .).
Guillermey, Juan: 1530.
Gutiérrez, Andrés: 1464, 1465, 1467.
Gutiérrez de Arroyo, José: 1462, 1525.
H
Heredia, Feliciana: 1397.
H ernández, María: 1471 , 1472.
H erránz, Ignacio: 1393 (A. U.), 1443 (A U ), 1447 (A. U.), 1544 (A. U.).
Herránz, Ygnacio: (V. Herránz, Ignacio).
I
Insola, Ambros io: 1498.
J
Jiménez, F é lix: 1384.
Jiménez, Pedro: 1393, 1393 (A. U.), 1395.
Jiorro, Miguel: 1361 , 1364, 1393 , 1393 (A. U.), 1394, 1399, 1412, 1445, 1446 1447 (A. U.), 1449, 1455, 1458, 1467, 1468, 1470, 1492, 1520, 1521, 1529, 1532.
Jiorro, S everino: (V. Jiorro y Díaz, Severino).
Jiorro y Díaz, Severino: 1364, 1377, 1393 (Anexo Unico).
L
Labusie, Luis de: 1570.
Lamas, Manuel: 1562.
López Sevillano, Diego: 1544 ( A. U.).
M
Maestre, Antonio: 1446, 1447 (A. U), Magne, Carlos: 1498.
Mallen, Carlos Antonio: 1468.
Mañón, Antonio: 1421.
Marchán, Francisco: 1549.
Marchán, Mateo: 1377.
Marco, Gaspar: 1446, 1447 (A. U.).
Martínez, Antonio: 1507.
Martínez, Juan Evangelista: 1507.
Martínez, Juan Sebastián: 1381.
Martínez, Manuel: 1393 (A. U.).
Martínez, Valentín: 1361, 1363, 1364, 1367, 1393, 1393 (A. U.), 1394, 139Q, 1409 , 1410, 1410 (A. U . ), 1449 , 1450, 1450 (A. U.), 1455 , 1458, 1468, 1494, 1497, 1506, 1507, 1520, 1521 , 1523, 1533, 1540, 1543, 1544, 1544 (A. U.), 1548, 1564 (A. U.), 1569, 1570, 1571, 1574.
Masdeo, Carlos: 1364.
Mata, Juan Lorenzo de: 1461.
Matanza, Facundo : 1570.
Matos, Cayetano de: 1429.
Maysonet, Manuel: 1404.
Menéndez Valdés, José: 1365.
Mestre, Juan Francisco: 1364.
Montenegro y Velasco, Antonio: 1509.
Morales, José: 1407, 1423.
Moxica, Manuel: (V. Mujica, Manuel).
Muesas, Miguel de: 1418, 1462, 1482.
Mueses, Martín de: 1417.
Mujica, Manuel: 1446, 1447 (A. U.) 1451 , 1457.
Muñoz, Teresa: 1396, 1397.
Muñoz de la Torre, Pedro: 1573 (A. U.)
Muxica, Manuel: (V. Mujica, Manuel).
Nuñez, Juan Francisco: 1380, 1556, 1562.
Nuñez, José María: 1562.
O'Daly, Jaime: 1463.
Ortiz, José Antonio: 1446, 1447 (Anexo Unico), 1451.
Ortiz, de Zárate, Lorenzo: 1573 (A. U.).
Oz Torralbo, Francisco: (V. Torralbo, Francisco).
Peña, fray Francisco de la Concepción: 1430, 1431.
Pizarro, Tomás: 1364, 1389, 1393 (Anexo Unico), 1397, 1410, 1410 (A. U.), 1413, 1418, 1419, 1466, 1482, 1494, 1495, 1498, 1530, 1544 (A. U .), 1549, 1564 (Anexo Unico), 1572.
Porlier, Antonio: 1553.
Pover, Joaquín : 1364, 1393, 1393 (Anexo Unico), 1394, 1419, 1420, 1481, 1492, 1494, 1495, 1498, 1500, 1513, 1541, 1544 (Anexo Unico), 1548, 1548, 1553, 1554, 1564 (Anexo Unico), 1570.
Prieto, Tomás: 1361, 1408, 1419, 1433, 1536.
Q
Quiñonez, Andrés de: 1544, 1544 (A. U.), 1547, 1560, 1569.
Quiñones, Juan de: 1543, 1546.
Quiñones, Nicolás de: 1560, 1562.
R
Ramos, José Rafae l: 1384.
Ramos de Gracia, Juan Mauricio: 1477.
Ravelo, B ernardino: 1393, 1393 (A. U.), 1494, 1498
Ravelo, B ernardo: (V. Ravelo Bernardino ).
Raygada, fray Marcelino: 1565.
Reyna, José de: 1472, 1498.
Río, Manuel del: 1530.
Rivera, José de: 1446, 1447 (Anexo Unico), 1448, 1531, 1540.
Riv era, Melchor de: 1471, 1472, 1569.
Rivera, Pablo de: 1477.
Rodríguez, Antonio: 1375, 1397, 1524, 1542, 1549
Rodríguez, Fabián: 1424.
Rodríguez Francisco: 1464.
Rodríguez Feliciano, Miguel: 1378.
Rom ero, Andrés : 1544 (A U.)
Rondón, Juan: 1527.
Ro sa, Joaquín Nicolás de la: 1522, 1523, 1571 , 1572.
Rosari o, Basilio del: 1527, 1528
Paniagua, Diego: 1468.
Pardinau, Juan: 1364.
Peña, fray Francisco de: (V. Peña, fray Francisco de la Concepción).
Sabate, Gabriel: (V. Sabater, Gabriel).
Sabater, José: 1365, 1419, 1433, 1537.
Sabater, Gabriel: 1370, 1376, 1392.
Salgado, Tomás: 1564.
Sánchez Valverde, José : 1440.
ÍNDICE ONOMÁSTICO
Sandoval, Gregario: 1393 (A. U.) , 1410 ( A. U. ), 1447 (A. U) , 1544 ( A. U.), 1563.
Santa, Andrés de: (V. Santana, Andrés de) .
S a ntana, Andrés d e : 1411, 1412, 1453.
Santiago, Antonio: 1434
Santos, P edro d e los : 1381.
Silencio, Migue l: 1446, 1447 ( A. U.)
Sonora, Marqués de: 1425, 1444.
Suarez, Andrés: 1434.
T
Toro, Teodomiro del: 1380.
Torralbo, Francisco: 1567
Torre, José de la: 1369, 1370, 1372, 1380, 1396, 1397, 1408, 1409, 1543, 1544 (A. U.), 1562.
Torre, Pedro Vicente de la: 1364, 1373, 1396.
Trabieso, Antonio: 1409
Trespalacios, José de: 1374.
u
Urios te, Ram ó n : 1520
Usoz, Loren zo d e: 1573 (A. U.)
Ustariz, Miguel Antonio de: 1564, 1573 , 1573 (A . U.)
V
Vald ej ulli, Agustín Antonio: 1364, 1494, 1498, 1500, 1538, 1569
Valdés, José: 1368.
Valentín Urquis u , Eusebio: 1370, 1393, 1393 ( A. U.), 1550, 1556.
Velez, Bernardo: 1441.
Vergara, Marcos d e: 1434.
Villafañe, Tomá s : 1380.
Villalonga, Ram ó n d e: 1364.
Villanueva, Jo sé: 1377.
X
Ximenez, F élix: (V. Jiménez, Félix).
Ximenez, Ped r o: (V Jim énez, P edro).
Xiorro, Miguel : (V. Jio rro, Migue l).
Xiorro y Díaz, Severino: (V. Jiorro y D íaz, Seve rino ).
z
Zambrano, Miguel: 1467
Zavala, fray Antonio: 1399.
INDICE DE MATERIAS*
Alfé rez real: 1481, 1492, 1495, 1500, 1513 , 1553, 1567, 1569, 1570, 1571, 1572.
Abogado: 1440 , 1469, 1477.
Abono: 1408, 1432.
-de expensas: 1408.
Acta capitular: 1493, 1544 (A. U. ), 1559, 1568, 1572.
Acuerdos: 1364, 1392, 1399, 1418 , 1419, 1420, 1432, 1433, 1434, 1436, 1441, 1442, 1444, 1445, 1481, 1509, 1519, 1544 (Anexo Unico), 1553, 1554, 1558, 1559.
Adornos: 1377
Agua: 1366, 1370, 1376.
Alarifes: 1529, 1570
Albacea: 1369.
Albergues: 1433.
Al caide: 1363 , 1370, 1377, 1397 , 1430, 1445, 1450, 1473, 1522, 1524, 1529, 1536, 1570, 1571, 1572
Alcaidía: 1525.
Alcalde: 1377, 1393, 1414, 1419, 1446, 1467, 1483, 1495, 1543 , 1544, 1544 (An exo Unico), 1570.
-de barrio : 1393, 1393 (A. U.), 1446, 1447, 1494, 1498, 1501, 1502 , 1543 , 1544 (Anexo Unico).
-de la Santa Hermandad: 1393, 1393 (Anexo Unico), 1395 , 1446, 1447, 1448, 1451, 1494, 1496, 1497, 1498, 1543, 1547.
-de primera el ección: 1393 , 1393 (Anexo Unico), 1410 (Anexo Unico), 1446, 1449, 1492, 1548, 1550.
-de segunda elección: 1390, 1393 ( A U.), 1494, 1543, 1544 ( A U.), 1548, 1554.
-ordinario: 1364, 1376, 1382, 1393 ( A. U.), 1396, 1408, 1420, 1441 , 1446, 1447 (A. U.), 1448, 1451 , 1479, 1482, 1494, 1498, 1500, 1501, 1507, 1530, 1542, 1543, 1544 (A. U. ), 1545, 1548, 1549, 1550, 1567.
Alguacil: 1375, 1377 , 1397, 14 32, 1435, 1464, 1468, 1505 , 1509, 1542, 1549, 1555.
-Arresto de: 1549
-interino: 1549
Almud: 1389.
Alojamiento: 1367.
Alquiler: (V. Arrendamiento).
Altar: 1377.
Animales: 1407.
Anotador de hipotecas : 1569.
Apelación: 1441.
-escrito d e : 1507.
Apoderados: 1401 , 1468.
Aprobaci ón real: (V Real Aprobación, Real Confirmación).
Arancel: 1411, 1412, 1492, 1572.
Arbitrios: 1364, 1410 (A. U.), 1441.
Arcediano: 1461..
Archivo: 141 8, 1474, 1503, 1550.
Armas : 1573 (Anexo Unico).
Arre ndado res: 1376, 1411 , 1412, 1551, 1562.
-de la matanza de carne: 1412.
-del p asaje de Pa lo S eco : 1427, 1462.
Arrendamiento: 1427
-de casa: 1370, 1380, 1392.
-de matanza de carnes: 1382.
Arren datari os: ( V. Arrendadores).
Arresto : 1549.
Arrobas: 1412.
Art e : 1538, 1540.
Artillero : 1520.
Asentamiento : 1369, 1481, 1482 , 1503.
Asilo (eclesiástico): 1376.
Audiencia: 1396.
-Real de Santo Domingo: 141 8.
Auditor de guerra: 1364, 1398, 1409, 1410 (A. U.), 1413, 1441, 1442, 1447 (A U.), 1462, 1474, 1479, 1507, 1569, 1570.
• Los números que aparecen en los apartados corresponden a los docum entos.
ÍNDICE DE MATERIAS
Autos: 1369, 1410, 1417, 1418, 1441, 1456, 1507, 1525, 1535.
-de aprobación: 1449.
-de confirmación: 1393, 1449.
-de gobernador: 1396.
-de obedecimiento: 1396
Ayudante de órdenes: 1458.
Ayuntamiento: 1383, 1393 (A. U.), 1396, 1398, 1408, 1410 (A. U.), 1412, 1417, 1418, 1419, 1420, 1421 , 1424, 1425, 1441 , 1447 ( A. U.), 1448, 1449, 1461, 1469, 1481, 1482, 1493, 1495, 1498, 1500, 1503, 1512, 1519, 1520, 1531, 1544 (A. U.) , 1554, 1558, 1562, 1564, 1565, 1571, 1572.
Azotea: 1376, 1396.
B
Balandra (danesa) : 1434.
Bandos: 1441, 1444, 1464, 1565.
Barcos : 1535.
Barriles: 1370, 1508, 1520, 1521, 1571.
B arrios:
-de Campeche: 1393 (A. U.), 1447 ( A. U.)
-de San Fra ncisco: 1393 (A U.), 1447 (A. U.)
-de San Jua n: 1393 ( A. U.), 1447 ( A. U.)
-de Santa Bárbara: 1393 (A. U.) , 1447 (A. U.)
Bastón: 1546.
Becerros: 1424.
Bergantín: 1520.
Bes tias: 1382.
Bienes: 1363, 1410 (Anexo Unico).
Bohío: 1382, 1383, 1433.
Borriqueros: 1458
Botica: 1383.
Boticario: 1538.
Botijas : 1370.
B rigadier: 1567, 1573 (Anexo Unico).
Bueyes: 1407, 1424.
Bula : 1495.
-de la Santa Cruzada: 1396.
Caballeria: 1418.
Caballeros: 1432, 1444, 1573 (A U.)
-Cap itulares: 1433.
-síndicos: 1501.
-extraordinario: 1364, 1567, 1572.
Cabo: 1501.
Cajas reales: 1418, 1563, 1573 (A. U.).
Calabozos : 1397.
-recomposición de: 1529.
Calles:
-empedrado de: 1364
-factoría y composición de: 1515 , 1521, 1522.
Caminos reales: 1552.
Campos: 1434.
Canoas: 1359, 1373, 1376, 1378, 1382, 1535.
Capitán general: 1364, 1377, 1380, 1382, 1383, 1393, 1393 (A. U.), 1396, 1397, 1398, 1401, 1404, 1407, 1409, 1410, 1413, 1417, 1419, 1423, 1424, 1425, 1432 , 1433, 1434, 1435, 1436, 1442, 1444, 1447 (A. U.), 1449, 1456, 1458, 1462, 1467, 1472, 1477, 1481, 1482, 1485, 1491, 1492, 1493, 149 8, 1500, 1503 , 1508, 1513, 1520, 1523, 1524, 1525, 1532, 1533, 1537, 1544, 1544 (Anexo Unico), 1551, 1552, 1553, 1561, 1563, 1564 , 1565, 1567, 1568, 1573, 1573 (Anexo Unico).
Capitán de milicias: 1447 (A. U.), 1540
Capitanía general : 1372, 1573 (A. U.)
Capitulares: 1421, 1444, 1445, 1505, 1513 , 1522, 1554, 1556, 1569.
Cárcel: 1363, 1377, 1397, 1473, 1525, 1537, 1571.
-real: 1370, 1430, 1450, 1522, 1537, 1571, 1572.
-reparos de : 1533.
Cargadura: 1412.
Cargas: 1531.
-de gobierno: 1573 (Anexo Unico ).
-de policía: 1573 (Anexo Unico).
-de perpetuas: 1410 (Anexo Unico).
-temporales: 1410 (Anexo Unico).
Carnicería pública: 1409, 1411, 1412, 1506, 1523, 1533.
- tablados d e: 1455.
Carnes: 1412.
- abas to de: 1551, 1569, 1571.
-matanza de: 1382, 1384, 1412.
Cabildo: 1370, 1376, 1383, 1398, 1404, 1409, 1410, 1411, 1413, 1418, 1419, 1421, 1423, 1424, 1429, 1431, 1432, 1433, 1434, 1444, 1445, 1453, 1455, 1457, 1458, 1461, 1462, 1466, 1467, 1470, 1477, 1479, 1481, 1482, 1483, 1484, 1485, 1492, 1499, 1505, 1509, 1512, 1513, 1520, 1521, 1522, 1523, 1524, 1530, 1532, 1533, 1536, 1537, 1542, 1544, 1548, 1550, 1551, 1553, 1554, 1558, 1559, 1562, 1563, 1564, 1565, 1567, 1568, 1569, 1570, 1572.
Carpintero: 1570.
Carreta: 1530.
ÍNDICE DE MATERIAS 199
Cartas: 1382, 1424, 1540, 1543, 1544, 1553, 1558, 1564.
-de comparendo: 1393.
-de pago: 1573 (Anexo Unico).
Casamientos:
-pragmática de: 1472.
Casas : 1366, 1368, 1369, 1370, 1372, 1376, 1380, 1392, 1396, 1397, 1398, 1410 (A. U.), 1433 , 1512, 1535, 1570.
-de milicias: 1574.
Casillas: 1361, 1363, 1367, 1437
Catalanes: 1433 .
Catedral: 1461, 1462, 1469, 1503, 1519, 1560, 1562, 1565
Caudal : 1396, 1398, 1410 (Anexo Unico), 1441, 1520, 1554, 1573 (Anexo Unico) .
-de cajas: 1441.
-de propios: 1570.
-libramiento de: 1558.
Cédulas:
-de confirmación: 1481.
-Reales: (V. Reales Cédulas).
Cedulones: 1520
Censo: 1372, 1384, 1397, 1428, 1471, 1472, 1564.
Censuatario: 1427, 1472.
Cera: 1377, 1404.
Cerraduras: 1368, 1370.
Certificaciones: 1361, 1365, 1375, 1393 (Anexo Unico), 1408, 1419, 1429, 1442, 1447 (Anexo Unico), 1536, 1537, 1554, 1555, 1556, 1566, 1569, 1571 , 1572
Ciencia: 1361.
Cirujanos: 1361, 1365.
-mayor: 1408.
Cisterna : 1376.
Ciudad: 1418, 1429, 1433, 1434, 1441 , 1444, 1467, 1498, 1500, 1503, 1512, 1522, 1529, 1531, 1535, 1538, 1540, 1553 , 1554, 1569, 1570, 1571, 1573 (Anexo Unico).
Clero : 1562.
Colonias extranjeras: 1434
Comandante de milicias: 1570
Comerciante : 1364.
Comercio: 1364, 1472.
-de Filipinas : 1396.
Comestibles: 1413.
Comisarios: 1396, 1573 (Anexo Unico), 1495, 1569
-de abasto de carne: 1569.
-de entradas a hospital real: 1530.
-subdelegado de cruzada: 1396.
Comisión: 1417, 1418, 1429.
-de tierras: 1409, 1466.
-real: 141 9.
Comi sionado: 1398, 1401, 1413, 1417, 1418, 1571.
Comisionarios: 1401.
-de cabildo: 1423 .
Compañía de Jesús: 1521.
Compañía para el comercio de Filipinas: 1396.
Comuneros: 1429.
Consejo de Indias: 1573 (Anexo Unico).
Contador judicial: 1430, 1573 (A. U.)
Contaduría: 1418, 1573 (Anexo Unico).
Contagio: 1433.
Contraste : 1457.
Contrata: 1370, 1412.
Contraventores: 1535
Contribución: 1364, 1551.
-de la pesa: 1467, 1551.
Contribuyentes: 1364, 1521.
Conventos: 1467.
-d e los Padres Predicadores: 1366, 1399.
-de San Francisco: 1565.
Corona de España: 1553.
Coronel: 1462, 1573.
Corral: 1453, 1536.
Correo: 1553, 1558, 1564
-de Caracas: 1433.
-de Santo Domingo: 1540.
Correspondencias: 1463
Corte de España: 1468, 1573 (A. U.)
Cortesa nías: 1495, 1548.
Cos tos: 1368, 1445, 1503 .
Criadero: -de San Lorenzo : 1365
Cruzadas: 1396.
Cuarteles : -de San Carlos: 1433.
Cuartilla: 1389.
Cu artillo: [moneda] 141 8.
Cuentas: 1364, 1367, 1370, 1390, 1397, 1399, 1404, 1410 (Anexo Uni co), 1455 , 1458, 1463, 1500, 1550, 1554, 1555 .
Cuerdas: [med ic,1 agraria] 1373, 1382, 1396, 1397, 1408, 1409, 141 8.
Curación: 1398. D
Data: 141 9.
Deán: 1470, 1560, 1562, 1571, 1572.
Decano: 1434, 1493.
Decretos: 1445, 1530, 1554, 1564 ( A. U.)
-Reales (V. Reales Decretos).
Deportaci ón : 1396.
ÍNDICE DE MATERIAS
Deposi t a rios:
-de bienes embargados: 1363.
-de multas, cámara y gastos de justicia: 1393, 1393 (Anexo Unico), 1447 (Anexo Unico), 1564
-general: 1492, 1493, 1500, 1536, 1564.
Derechos: 1364, 1378, 1412, 1413, 1434, 1462, 1535, 1562, 1572.
-de pasaje: 1550
-de propios: 1397.
-dobles: 1359 . 1364.
-Real es (V. R eal es Derechos) .
Desem barco: 1432
Despachos: 1425, 1466.
-de Indias: 1481.
-Reales (V. R eales Despachos).
Dili gencias: 1363, 1377, 1380, 1381, 1382, 1383, 1396, 1401, 1468.
Dinero: 1441.
Diocesano: 1519, 1560.
Diócesis: 1560.
D ip u tados: 1363, 1366, 1370, 1389, 1404, 1409, 1410, 1413, 1441, 1455, 1462, 1468, 1495, 1496, 1507, 1537, 1548, 1553, 1554, 1558, 1562, 1565.
-de mes: 1455, 1533, 1546, 1570.
-de multas: 1446
-vocales: 1494.
Dis posiciones Tes t amentales: 1521.
Divorcio: 1472.
Doctor: 1375, 1378, 1433, 1445, 1469, 1560, 1562.
-presbítero: 1525.
Documen tos: 1397, 1404, 1410 (Anexo Unico) , 141 8, 1421, 1429, 1445, 1450, 1468, 1474, 1528, 1529, 1554, 1564, 1568.
Dominios : 1573 (Anexo Unico).
Dueño: 1364.
Eclesiásticos: 1505.
Edificios: 1467.
Ejércitos r eal es: (V. Real es Ejércitos).
Elecciones: 1446, 1447, 1448, 1543, 1544 ( Anexo Unico), 1564 ( Anexo Unico) .
-de vo cal es : 1449.
Embarcaciones: 1433, 1434.
Embarcadero: 1359
Empleos: 1393 (Anexo Unico), 1395, 1432, 1447 (Anexo Unico), 1451, 1481, 1496, 1541 , 1543, 1544, 1545, 1548, 1573, 1573 (Anexo Unico)
Enferm edade s : 1432.
-<:o ntag iosas : 1434.
-escorbuto: 1434.
-es tacionales: 1433.
-de vómi to prieto: 1432, 1433.
Enfermos: 1433, 1434, 1538
Erario: 1554.
E s clavos : 1458.
Escribano: 1369, 1373, 1380, 1401 , 1402 , 1404, 1408, 1409, 1410 (Anexo Unico), 141 9, 1429, 1432, 1434, 143 6, 1444, 1445 , 1447 (Anexo Unico), 1461, 1493, 1495, 1521 , 1542, 1550, 1555, 1572, 1573.
-de ayuntamiento: 1410 (A. U.)
-de cabildo: 1382, 1393, 1433, 1529, 1554.
-de cámara : 1573 ( Anexo Unico).
-de comisión: 1419.
-de gobierno: 1382, 1383, 1393, 1393 (A. U.), 1396, 1410, 1485, 1505 , 1513, 1525, 1529, 1536, 1560, 1563, 1564, 1565.
-interino: 1561.
-de rea l hacienda: 1444.
-de registros y real h acienda : 1477 .
-real : 1399 (Anexo Uni co), 1417 , 1500.
-real y de gobierno: 1447 (A U.)
-teniente de... público: 1500.
E
scri turas: 1372, 1381, 1384, 1397, 1427, 1472, 1569.
-de censo: 1384, 1428.
Escud ero : 1573 (Anexo Unico).
Escu ela: 1541.
Establecimiento de papeletas: 1441.
Estampilla: 1425.
Estancias: 1372
Exenciones: 1573 (Anexo Unico).
Exceptuados: 1453.
Expedientes: 1364, 1370, 1401, 1418, 1419, 1441, 1468, 1473, 1505 , 1509 , 1521, 1537, 1544, 1548.
E>-pensas: 1408, 1409.
Exportador: 1364.
Expulsos d e Co mpañía d e Jes ú s: 1521.
Facultativo: 1540.
Fiadores: 1384, 1427 , 1428, 1472.
Fianza: 1381, 1397, 1481 , 1573.
Fiel contraste : 1393, 1393 (A. U.), 1446, 1447, 1451 , 1457, 1494, 1498, 1543.
Fi el ejecut or: 1541, 1543.
Fiestas Vo tivas:
-Candel aria : 1394, 1449, 1495 , 1548.
-Corpus: 1394, 1449 , 1469, 1495 , 1548
-San Juan: 1394, 1414, 1449, 1495, 1548, 1569, 1570, 1571.
-Santa Rosa: 1394, 1449, 1495, 1548.
-Santiago: 1394, 1449, 1495 , 1548.
Fiscal: 1419, 1466.
-de la real audiencia de Santo Domingo: 1409, 1418, 1419.
Físicos : 1398, 1432, 1433.
Fondos: 1410 (Anexo Un:ico), 1441.
-de la ciudad: 1535.
-de propios: 1398.
-públicos: 1433.
Fortaleza: 1544.
Fortificación: 1523.
Fragatas:
-La Sonora: 1563, 1571.
-Ysleña: 1432, 1434.
Franquicias: 1565.
Frutos: 1359, 1376, 1434, 1535.
Fueros: 1463 .
Fundación de villas: 1409.
Gobernador: 1363, 1364, 1376, 1377, 1380, 1382, 1383, 1393, 1393 (Anexo Unico), 1396, 1397, 1398, 1401 , 1404, 1407, 1409, 1410, 1413, 1417, 1418, 1419, 1423, 1424, 1425, 1432, 1433, 1434, 1435, 1436, 1441, 1442, 1444, 1445, 1447 (A. U.), 1449, 1456, 1458, 1461, 1462, 1464, 1467, 1469, 1472, 1473, 1477, 1479, 1481, 1482, 1485, 1491, 1492, 1493, 1494, 1495, 1498, 1500, 1501, 1503, 1508, 1509, 1512, 1513, 1519, 1520, 1521, 1522, 1523, 1524, 1525 , 1529, 1530, 1532, 1533, 1537, 1541 , 1543, 1544 (A. U.), 1551, 1552, 1553, 1554, 1561, 1563, 1564, 1565, 1567, 1568, 1570, 1571, 1572, 1573, 1573 (Anexo Unico).
Gobierno: 1429, 1445, 1458, 1477 , 1505, 1573.
Gracias: 1429, 1565, 1573 (Anexo Unico).
Grillos: 1367, 1445, 1450, 1529, 1536, 1537.
Guardias:
- de infantería: 1573 (Anexo Un:ico).
Guión de la ciudad: 1469.
Haciendas: 1500, 1573 (Anexo Un:ico).
Harina: 1508, 1509, 1520, 1521, 1568, 1571, 1572.
Hatos: 1418, 1531.
-Antón Ruíz: 1429.
-Campeche: 1380.
-Cayures: 1429
-Compaña : 1380.
-de Hormigas demolición de: 1531.
-Hoyo Mulas: 1380.
-Peña Pobre : 1429.
-San Lorenzo: 1365.
-Santiago: 1429.
Heredero: 1369, 1372, 1396.
Hermitas: 1398.
Herrero: 1397.
Hipotecas: 1569.
Hospital: 1408, 1419, 1432, 1433, 1530, 1538.
-de caridad. 1433.
Huracán: 1508
Iglesia s : 1396, 1461, 1470, 1560, 1562 , 1565.
Imagen:
-del Santo Cristo de los Ponce: 1366
Impues to:
-de tierras: 1418.
-de real y cuartillo: 1418.
Indias, dominio s de: 1573 (A. U.)
Informe: 1429, 1431, 1433 , 1532, 1571.
Inquilino : 1422, 1525, 1569.
Instancias: 1368, 1372.
Intendencia: 1404 , 1456, 1462, 1573 (Anexo Un:ico).
Intendentes: 1382, 1393 (Anexo Unico), 1396, 1397, 1398, 1399, 1401 , 1404, 1417, 1432, 1433, 1434, 1436, 1441, 1444, 1447 (Anexo Un:ico), 1458, 1461 , 1462, 1479, 1481, 1491 , 1498 , 1499, 1500, 1503, 1508, 1520, 1523, 1524, 1533, 1544 (Anexo Un:ico), 1552, 1553, 1561, 1563, 1565 , 1573, 1573 (Anexo Un:ico).
-gobernador: 1413, 1508, 1533.
Inventario: 1410 (Anexo Un:ico), 1464.
I sla: 1434, 1441 , 1458, 1463, 1491, 1508, 1540, 1544 (Anexo Un:ico), 1553, 1569, . 1573, 1573 (Anexo Un:ico).
Isleños: 1434.
J efes: 1463.
Jueces: 1396
-consistoriales: 1441.
-de arribada: 1573 (Anexo Unico) .
202
-de comisión: 1419.
Ju eves S anto : 1512, 151 3.
ÍNDICE DE MATERIAS
Manifies tas : 1467.
-de reses: 1458, 1468.
Juntas: 1555, 1564 (Anexo Unico), 1570.
-de propios: 1444, 1447 (A. U.), 1554, 1564.
-de real hacienda: 1444.
---extraordinaria: 1441.
- ge nerales: 1364, 1418, 1502.
-municipal: 1410 (Ane xo Un ico ), 1430, 1437, 1449, 1450, 1450 (A. U.), 1453, 1455, 1462, 1463, 1467, 1492, 1494, 1498, 1500, 1501 , 1528, 1541, 1543, 1550, 1558 (Anexo Un ico), 1562, 1563, 1564, 1564 (Anexo Unico), 1572, 1573, 1574.
Juramento: 1393, 1393 (Anexo Uni co), 1395, 1402, 1419, 1420, 1447, 1448, 1507, 1544, 1545, 1547 , 1564, 1567, 1573 (Anexo Unicc )
Juris dicción real: 1561.
Ju s ticias: 1377, 1378, 1396, 1410 (Ane xo Unico), 1413, 1434, 1500. -ordinarias : 1396. L
Labradores: 1535.
Ladrillo: 1363.
Legajos: -de planos: 1492.
L egua [medida de longitud]: 1382, 141 8
Legumbres: 1491.
Leyes: 1413, 1485, 1496, 1523.
Libertad para comerciar: 1434.
Libramiento: 1554.
Librero: 1409 .
Libros: 1409, 1449, 1450, 1561. -capitular: 1477, 1482.
-de acuerdos : 1369, 1503. -del Oficio: 1543.
Licencia: 1404, 1407, 1413, 1434, 1536, 1551.
Licenciado: 1361, 1408, 1536.
Limpieza de sangre: -información de: 1530.
Lla ves : 1368 , 1370, 1462, 1512, 1513.
Lu to: 1553, 1554, 1558. M
Macero : 1432, 1435, 1468, 1503, 1559.
Madera: 1530, 1550.
Maest ro de niños: 1392, 1444, 1453, 1492, 1540, 1541, 1570.
M agistrado: 1434.
Maravedís: 1404
Marineraje: 1432, 1433.
Masas: 1519.
Matadero: 1389, 1390, 1523.
Matanza de carne: 1382, 1384, 1412.
Mayordomo: 1367, 1368, 1370, 1392, 1396, 1397, 1399, 1409, 1410 (A. U.}, 1428, 1435, 1501, 1506, 1509, 1540, 1542.
-de propios: 1366, 1370, 1389, 1390, 1393, 1393 (A. U.), 1398, 1455, 1458, 1468, 1502, 1542, 1550, 1554, 1555, 1556, 1569.
Mazas: 1467 , 1519.
Medicamentos: 1383.
Médicos: 1361, 1365, 1419, 1432 , 1433, 1440, 1461 , 1537, 1538
Medidas: 1389.
Memorial: 1509.
Mercedes: 1553, 1573 (A. U.).
-de yeguada: 1365.
Milicias discipl inadas: 1501 , 1570.
Miniestras: 1491.
Ministerios : 1375, 1525.
Ministros: 1456, 1463, 1524, 1558, 1573 (Anexo Unico).
-alguaciles: 1467.
-de justicia: 1409.
-de real audiencia: 1485
---ejecutores: 1549
-público: 1409.
Misa : 1377.
Muelle: 1550, 1551.
Multa: 1376, 1413, 1535.
Muralla: 1523.
Negros: 1409, 1421 , 1434
--entrada de: 1434.
Niños: 1452.
Nombramientos: 1435, 1441, 1448, 1450, 1523, 1572.
Notarios:
-de la Santa Inquisición de Cartagena: 1399, 1494.
Novillas: 1407, 1424
Obispo: 1374 (Nota marginal ), 137í, 1461 , 1472.
Oficiales: 1573 (A. U.).
Oficios : 1396, 1398, 1425, 1432, 1433, 1434, 1436, 1441, 1444, 1445, 1449, 1450 (Anexo Unico), 1456, 1458, 1462, 1463, 1464, 1481, 1482, 1485, 1491, 1499, 1506, 1509, 1512, 1519, 1520, 1521, 1522, 1525, 1532, 1533, 1542, 1543, 1554, 1555, 1558, 1561, 1563, 1564 (A. U.), 1565, 1567, 1570, 1571, 1572.
-concejiles: 1393 (A. U.), 1447, 1498, 1500, 1544 (A. U.).
-divinos: 1461.
-reales: 1364.
Opas: 1503.
Oración fúnebre: 1565.
Oratorios: 1472.
Ordenación: 1474
Ordenanzas: 1397, 1413, 1474, 1531, 1535, 1573 (Anexo Unico).
Ordenes a visa: 1425.
Ordenes circulares: 1418.
Ornamentos : 1377.
Padre (sacerdote): 1430, 1431.
Padre general
-de menores: 1393 (A. U.), 1447 (A. U.), 1494, 1498, 1543.
Padre superior in capite: 1399.
Paga: 1444.
Pan: 1377, 1508.
Panaderías: 1492, 1520.
Panaderos: 1520.
Papel [dinero]: 1441.
Papeles: 1397, 1410 (A. U.), 1433, 1441, 1503, 1550.
Papeletas: 1444, 1479.
-averiguación de: 1483.
-identidad de: 1444.
-recolección de: 1441, 1444, 1482, 1484.
Partidos: 1456.
-de Aguada: 1456.
-de Aguadilla: 1456.
-de Añasco: 1456.
-de Arecibo: 1404.
-de Bayamón: 1404.
-de Cabo Rojo: 1456.
-de Fajardo: 1407, 1423.
-de Humacao: 1386.
-de Mayagüez: 1456
-de Moca: 1456
-de Pepino: 1456.
H A. c.
-de Rincón: 1456.
-de Río Piedras: 1372.
-de Toa Baja : 1407, 1423.
-de la Tuna: 1456.
-de la Villa (San Germán): 1456.
Parto :
-de la Princesa de Asturias: 1519.
Pasajeros: 1359, 1366, 1373, 1382, 1397, 1535, 1551, 1556.
-de Boca Javana: 1536.
-de Palo Seco: 1366, 1376, 1378, 1396, 1535, 1556.
-de Pueblo Viejo: 1550, 1551.
Pasajes : 1359, 1382, 1397, 1408, 1409, 1453, 1530, 1535, 1562
-de Fajardo: 1394
-de Guayanes: 1394.
-de Humacao: 1394.
-de Loíza: 1453.
-de Palo Seco: 1369, 1383, 1408, 1409, 1531, 1562.
-de Pueblo Viejo: 1394.
-de Río Grande: 1394.
Pase: 1399
Patentes: 1425.
Patria: 1441.
Penas capitales: 1396.
P endón: 1414, 1553, 1569, 1570, 1571.
Peritos: 1536.
Permisos : 1366
Pesa
-tratados sobre: 1505.
Pesas y medidas:
-examen de: 1413.
-visita de: 1492.
Pescadería: 1377.
Pesos : 1367, 1370, 1377, 1381, 1384, 1390, 1396, 1397, 1404, 1409, 1427, 1428, 1444, 1452, 1453, 1462, 1468, 1472, 1477, 1506, 1527, 1540, 1551, 1555, 1563, 1564, 1569, 1573 (Anexo Unico) .
-de propios: 1396, 1471.
Plata: 1535, 1441.
Plátanos: 1491.
Platería:
-tienda de: 1455 , 1457.
Plaza: 1441, 1506, 1508, 1509, 1520.
Pliego: 1410, 1425, 1433, 1436, 1462, 1463, 1464, 1481 , 1485, 1507, 1519, 1522, 1558, 1560, 1563.
P oligamia, delito de: 1561.
Polizones: 1432, 1434.
Portero: 1477, 1563.
Pregones : 1384, 1394.
Presbítero: 1433.
ÍNDICE DE MATERIAS
Presidente: 1364, 1377, 1410 (A. U.), 1459, 1461, 1469, 1474, 1503.
-de junta municipal: 1449.
Presidio: 1396.
Presos: 1370, 1377, 1384, 1396, 1459
Prevenciones: 1433
Prevendado: 1375, 1378.
Prisión: 1409.
Privilegios: 1463, 1469 , 1481.
Procesiones: 1366, 1467.
-del día d e San Juan: 1571.
Proclamación real: 1558.
Procurador:
-general: 1359, 1364, 1365, 1366, 1368, 1370, 1372, 1376, 1377 , 1393, 1393 (Anexo Unico), 1394, 1397, 1399, 1408, 1409, 1410 (A. U.), 1418, 1419, 1421 , 1423, 1427, 1428, 1430, 1431, 1432, 1441, 1442 , 1444, 1445, 1446, 1447, 1449, 1455, 1462 , 1463, 1467, 1471, 1491, 1492, 1494, 1498, 1500, 1501, 1502, 1505, 1506, 1508, 1509, 1512, 1513, 1515, 1527, 1528, 1538, 1540, 1541, 1542, 1543, 1544, 1544 (A. U.), 1550, 1551, 1552, 1554, 1560, 1567, 1568 , 1569, 1571.
- síndico : 1513.
-síndico personero: 1513.
Profesor: 1500, 1538
Pro pietario: 1555.
Propios: 1396, 1397, 13 98, 1410 (A. U.), 1428, 1503, 1551 , 1565.
Provisor: 1469.
Público: 1441, 1444
Pueblo: 1434.
Puente: -de San Antonio: 1418.
Puerta :
-de San Jus to: 1377, 1433.
-de Santiago: 1418.
Puesto: 1432, 1433, 1520, 1571.
Pulperías : 1492.
Pulperos: 1413. R
Real aprobación: 1364.
Real Audiencia de Santo Domingo: 1396, 1409, 1418, 1440, 1485
Real cárcel: (V. cárcel real).
Real co misión: 1419.
R eal Contaduría: 1444
Real Fortaleza: 1544.
Real Gracia: 1421, 1429.
R eal Hacienda: 1543, 1544 (A. U.), 1573 (Anexo Unico).
R eal Hospita l: 1419, 1433.
Real Información (de intendentes) : 1393 (Anexo Unico ).
Real Instrucción de Intende ntes : 1410 (Anexo Unico), 1441, 1446, 1447 (Anexo Unico), 1450 (A. U.), 1461, 1463, 1502.
Real orden : 1484, 1485, 1563, 1567.
Real Patronato: 1462.
Real Provisión del Supremo Consejo: 1459, 1464, 1469, 1485, 1500.
R eal Trono: 1462
Reales: [moneda] 1367, 1370, 1412, 1418, 1535, 1551, 1559.
Reales Cajas: 1418.
R eales Cédulas : 1396, 1409, 1417 , 1418, 1425, 1429, 1434, 1455, 1459, 1463, 1472, 1481 , 1482, 1495, 1509, 1512, 1513 , 1519, 1551 , 1553, 1554, 1558, 1561, 1565, 1569, 1573 (A. U.).
Reales Decretos: 1481, 1565, 1573 (Anexo Unico).
Reales derechos: 1413, 1462, 1496.
Real es Despachos: 1573
Real es Disposiciones: 1568.
Real es Ejércitos: 1567, 1573.
Reales intereses: 1441.
Real es Oficios: 1364. -de contaduría: 1418.
R eales Ordenes: 1364 , 1396, 1398, 1409, 141 8, 1425, 1449, 1459, 1461 , 1463 , 1484, 1485, 1554, 1563, 1567, 1573 (A. U.).
Real es Provi sion es: 1376, 1396, 1459, 1464 , 1469, 1485 , 1500, 1508.
Re copilación de Indias: 1462
Réditos: 1396.
R efugiados : -extracción d e: 1472.
Regalías: 1364, 1414, 1461, 1462.
Regidores: 1361, 1363, 1364, 1367, 1386, 1393 (A. U.), 1397, 1399, 1408, 1409, 1410 (A. U.), 1413, 1414, 1418, 1419, 1421 , 1429, 1445, 1450 (A. U.), 1455, 1458 , 1462, 1467, 1479, 1481 , 1482, 1495, 1497, 1498, 1500, 1506, 1507, 1520, 1529, 1532, 1533, 1535, 1540, 1544, 1547, 1556, 1558, 1560, 1563, 1564, 1564 (A. U. ), 1572.
-decano: 1382, 1393 (A. U. ), 1433, 1446, 1447, 1481, 1493, 1494, 1495, 1501 , 1543, 1549, 1550, 1553, 1554, 1562, 1564, 1567.
-de mes: 1492, 1529, 1533, 1543, 1544. -depo sitario genera l : 1481, 1493, 1536.
-diputado: 1571.
-fie l ejecutor: 1389.
-llano: 1482.
Remates: 1384, 1394.
Rentas: 1381, 1410 (A. U.), 1428, 1503, 1556.
Reos: 1376, 1396, 1459.
Reparto: 1467
-de carnes: 1372, 1380, 1409.
-de la contribución de la pesa: 1467, 1468.
-de terrenos: 1401, 1418, 1466.
Requiriente: 1417.
Reses: 1372, 1380, 1411, 1412.
-manifiestos d e: 1458, 1468, 1563.
-precios de: 1411.
-reparto de: 1458, 1563.
Resguardos: 1370.
Revendones: 1413.
Rey: 1441, 1444, 1459, 1461, 1462, 1553, 1554, 1562, 1569, 1570.
Rexidor: (V. Regidor ).
Rogativa: 1366.
Rol: 1467
Sagrario: 1461, 1512.
Sala Capitular: 1377, 1393 (A. U.), 1402, 1420, 1441, 1447 (A. U.), 1498, 1559.
Salarios : 1392, 1473, 1492, 1506 , 1540, 1541.
Sambuyos: 1430.
Santa Inquisición : 1399, 1494.
Santo Oficio: 1500, 1561.
S argento mayor : -de la plaza: 1509.
Sebo: 1412
Secretarías: 1434.
-de gracia y j u sticia: 1481.
-de guerra y hacienda: 1481.
Seguridad Pública: 1432.
Sindicato: 1563
Síndico general: 1500.
Sirvientes: 1433.
Situados: 1441.
Sombreros: 1503.
Sotavento: 1433.
Subdelegados:
-de cruzada: 1396, 1'495 .
-de Inquisición: 1494
Subtenientes : 1364.
Sueldo: 1397, 1432, 1435, 1452, 1453, 1477, 1506, 1542, 1572, 1573 (A. U.).
Tambores: 1570.
Tarifas:
-de medicamentos de botica : 1383.
Tasaciones: 1363, 1376, 1533, 1551.
Tejas: 1361, 1363.
Temblor: 1467, 1470.
Teniente: 1364, 1544 (A. U.), 1563, 1567.
-a guerra: 1359, 1372, 1380, 1384, 1418, 1453, 1472, 1543 , 1544 (A. U.), 1552.
-de Bayamón: 1472.
-de Río Piedras: 1372, 1384.
-de Toa Baja: 1359, 1380.
-coronel de ingenieros: 1364.
-del gobernador: 1364, 1393 (A. U.), 13 98, 1409, 1410 (A. U.), 1413, 1417, 1441, 1442, 1447 (A. U.), 1461, 1462, 1474, 1479, 1507, 1512, 1569, 1570.
-de público: 1500.
Terneros: 1404, 1407.
Terrenos: 1383, 1399, 1418.
-inspección de: 1418.
-reparto d e: 1401, 1418, 1449, 1455, 1466
-vista de: 1418.
Testimonio: 1378, 1380, 1396, 1408, 1418, 1419, 1421, 1432, 1433, 1434, 1436, 1441, 1442, 1444, 1445, 1456, 1461 , 1481 , 1485, 1493, 1498, 1509, 1513 , 1520, 1521 , 1525, 1531, 1535, 1536, 1543, 1544 (A. U.), 1554, 1564 (A. U.), 1571, 1573, 1573 (A. U.), 1574.
Texa: (V. Teja).
Tiendas: 1413, 1492.
-de platería: 1455 , 1457.
Tierras:
-data d e: 1417, 1419.
-de estancia: 1418.
-deslinde de: 1419.
-entrega de: 1386, 1418, 1449, 1455, 1466.
-inspección de: 1418.
-medidas de: 1382, 1408, 1409, 1418, 1419.
Tinaj as : 1370.
Tinglado: 1377.
Títulos : 1440, 1482.
-del Plantaje: 1372.
Traspaso: 1381, 1397.
Tribunal: 1378, 1396, 1409, 1481, 1506, 1507, 1530, 1542, 1549, 1568.
-de justicia: 1535.
Tributos: 1428.
Trigo: 1508.
Urna: 1462.
Utensilios: 1433, 1434.
ÍNDICE DE MATERIAS
Vicepatronato: 1461, 1462.
Vino: 1377.
Virolentos: 1398.
Viruelas: 1398, 1399, 1401.
Visita: 1434.
-de pesas y medidas: 1492.
-de sanidad: 1432, 1433, 1434.
-de tiendas: 1413.
Vista: 1527.
Vacas: 1404, 1407, 1423, 1424.
Vara:
-de alguacil: 1464.
-de alcalde ordinario: 1545.
Varas [medida]:
-<:astellanas: 1418, 1545, 1559.
Vasallos: 1553, 1554.
Vecindario: 1409, 1453.
Vecinos: 1359, 1364, 1366, 1433, 1491, 1520, 1531, 1535, 1544 (A. U.), 1550, 1568, 1573 (A. U.).
Vendedores: 1364.
Víveres: 1378, 1413.
Vocales: 1447 (A. U.), 1449, 1450, 1450 (A U.), 1494, 1498, 1521 , 1543, 1544 (Anexo Unico), 1563, 1564.
Vómito prieto: 1432, 1433, 1434.
Yeguada -merced de: 1365.
ACTAS DEL CABILDO DE
SAN JUA N BAUTISTA DE PUERTO RICO
Administración de HON. FELISA R. DE GAUTIER
Alcaldesa
HON. MODESTO RIVERA
Presidente de la Asamblea Municipal de San Juan
SRTA . CATALINA PALERM
Secretaria del Municipio de San Juan
SRA. ELIZABETH AMBROSANI
Subsecretaria del Municipio de San Juan
SR. PEDRO E. PUIG Y BRULL
Director de Actividades Culturales
SR. LEONARDO RODRIGUEZ VILLAFAÑE
Subdirector de Actividades Culturales
DRA. AIDA R. CARO DE DELGADO
Consejera Técnica del Archivo Histórico de San Juan
SR. LUIS M. RODRIGUEZ MORALES
Con sejero Técnico del Archivo Histórico de San JuanCOLABORADORES
Sra Rafaela Cintrón Guzmán
Srta . Ana Lugo
Srta. María E. Rivera
Srta. Nelly Vázquez
Sra. Rosita Soler
Sra Ada Iris Espinosa
Sra . Nilsa R. de Lugo
Srta. Melvyn Alfonsí