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ARTÍCULO 52. FALTAS MUY GRAVES
COLEGIO HISPANOAMERICANO
MANUAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR
I-DI-02
Fecha de implementación: 11-JULIO-2022
Versión: 12
23. Realizar grafitis obscenos, degradantes, calumniosos, burlescos o insultantes contra cualquier miembro de la comunidad educativa. 24. Interrumpir reiteradamente las clases con intervenciones que motiven dentro de sus compañeros desatención de las clases. 25. Activar la alarma de emergencia, el timbre o cualquier otro dispositivo sin ser autorizado previamente. 26. Desobedecer o asumir de manera agresiva, desafiante o altanera los llamados de atención que le haga un directivo o docente de la Institución. 27. Portar o difundir material pornográfico dentro de la Institución Educativa. 28. El incumplimiento sistemático de las obligaciones contempladas en el presente
Manual de Convivencia. 29. El encubrimiento de faltas que atenten contra el presente Manual de Convivencia cometidas por sus compañeros, so pena de convertirse en cómplice de ellas. 30. Realizar copia indebida, plagio o fraude en documentos físicos o digitales de cualquiera de las actividades escolares. 31. Fomentar o participar en pandillas juveniles. 32. Comisión comprobada por parte de autoridades judiciales de delitos por fuera de la
Institución. 33. Adulteración, sustracción o falsificación de documentos como evaluaciones y trabajos calificados, certificados, constancias, certificados médicos, excusas, boletines, actividades de valoración académica, documentos de identidad. 34. Portar al interior de la Institución Educativa o en Actos en que haga presencia la misma, capuchas, pasamontañas o utensilios con el propósito de encubrir su identidad, sin autorización de los directivos de la Institución.
ARTÍCULO 52. FALTAS MUY GRAVES
Se considera falta muy grave (Tipo III), toda conducta o comportamiento que atente contra la integridad física o psicológica de los integrantes de la comunidad educativa, agresiones sostenidas en el tiempo y conductas tipificadas como delitos.
Los siguientes comportamientos o conductas, se consideran faltas MUY GRAVES:
1. Causar lesiones personales a cualquier miembro de la Comunidad Educativa. 2. Agredir de palabra o hecho a un Directivo, Docente, Administrativo o estudiante de la Institución, al igual que cualquier persona ajena a esta que se encuentre en el interior de una sede. 3. El hurto, considerado éste como el hecho de apropiarse de un bien ajeno, con el propósito de obtener provecho para sí o para otro. 4. La participación en actos de acoso escolar, bullying o ciberbullying a través del dolo comprobado. 5. La ejecución de actos tendientes a generar anarquía general. 6. Causar actos de vandalismo en la Institución, en la calle o en su comunidad. 7. Ejecutar de manera individual o colectiva actos o conductas tipificadas como delitos en el ordenamiento penal colombiano.