Gaceta mayo

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Ă­ ndice 1. Actas, resoluciones y Acuerdos de Pleno

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2. Asuntos en Cartera

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3. Puntos de Acuerdo

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4. Iniciativas presentadas al Congreso del Estado

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5. Dictamenes

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Actas, resoluciones y Acuerdos de Pleno

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QUINCUAGÉSIMO OCTAVO CONGRESO CONSTITUCIONAL COMISIÓN PERMANENTE ACTA DE LA SESIÓN PÚBLICA DE COMISIÓN PERMANENTE CELEBRADA EL MARTES SIETE DE MAYO DE DOS MIL TRECE PRESIDENCIA DEL DIPUTADO: JOSÉ ANTONIO GALI LÓPEZ SECRETARÍA DE LA DIPUTADA: JOSEFINA BUXADÉ CASTELÁN EN LA HEROICA CIUDAD DE PUEBLA DE ZARAGOZA A LOS SIETE DÍAS DEL MES DE MAYO DE DOS MIL TRECE, REUNIDOS EN EL SALÓN MIGUEL HIDALGO DEL CONGRESO DEL ESTADO, LOS DIPUTADOS QUE INTEGRAN LA COMISIÓN PERMANENTE DE LA QUINCUAGÉSIMO OCTAVA LEGISLATURA, CON LA ASISTENCIA DE SEIS DE ELLOS Y LA INASISTENCIA JUSTIFICADA DEL DIPUTADO GERARDO MEJÍA RAMÍREZ, HUBO QUÓRUM Y SE INICIÓ LA SESIÓN A LAS DIEZ HORAS CON DOCE MINUTOS DE ACUERDO AL ORDEN DEL DÍA ESTABLECIDO; EN EL PUNTO UNO SE DIO LECTURA AL ACTA DE LA SESIÓN DE COMISIÓN PERMANENTE CELEBRADA EL DÍA VEINTINUEVE DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL TRECE, PUESTA A DISCUSIÓN Y SIN TENERLA SE APROBÓ EN TODOS SUS TÉRMINOS POR UNANIMIDAD; EN EL PUNTO DOS SE DIO LECTURA AL EXTRACTO DE LOS ASUNTOS EXISTENTES EN CARTERA Y SUS ACUERDOS CORRESPONDIENTES; ENSEGUIDA POR UNANIMIDAD DE VOTOS SE APROBÓ LA PROPUESTA DE LOS DIPUTADOS INTEGRANTES DE LA COMISIÓN PERMANENTE PARA DISPENSAR LA LECTURA DE LOS ASUNTOS CONSIDERADOS EN LOS PUNTOS DEL TRES AL VEINTE DEL ORDEN DEL DÍA, SE ACORDÓ TURNARLOS PARA SU ESTUDIO Y RESOLUCIÓN PROCEDENTE A LAS SIGUIENTES COMISIONES; PUNTOS TRES Y VEINTE A LA COMISIÓN DE GOBERNACIÓN Y PUNTOS CONSTITUCIONALES; PUNTO CUATRO A LA COMISIÓN DE SALUD Y COPIA A LOS DIPUTADOS DE ESTA LEGISLATURA, COMO LO SOLICITA EL OCURSANTE; PUNTO CINCO A LA COMISIÓN DE EDUCACIÓN Y CULTURA Y COPIA A LOS DIPUTADOS DE ESTA LEGISLATURA, COMO LO SOLICITA EL OCURSANTE; PUNTOS SEIS, TRECE, CATORCE, QUINCE, DIECISÉIS Y DIECINUEVE A LA COMISIÓN DE PROCURACIÓN Y ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA; PUNTO SIETE A LA COMISIÓN DE GRUPOS VULNERABLES; PUNTOS OCHO Y NUEVE A LA COMISIÓN DE

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DERECHOS HUMANOS; PUNTO DIEZ A LA COMISIÓN DE HACIENDA Y PATRIMONIO MUNICIPAL; PUNTO ONCE A LA COMISIÓN DE SALUD; PUNTO DOCE A LA COMISIÓN DE EDUCACIÓN Y CULTURA; PUNTO DIECISIETE A LA COMISIÓN DE PROTECCIÓN CIVIL Y PUNTO DIECIOCHO A LA COMISIÓN DE DESARROLLO SOCIAL; EN EL PUNTO VEINTIUNO SE DIO LECTURA AL OCURSO DEL DIPUTADO JORGE LUIS BLANCARTE MORALES, POR EL QUE MANIFIESTA SU CARÁCTER DE REPRESENTANTE LEGISLATIVO DE MOVIMIENTO CIUDADANO DE LA QUINCUAGÉSIMA OCTAVA LEGISLATURA, SE TOMÓ CONOCIMIENTO DEL OCURSO Y SE ENVIÓ COPIA AL PRESIDENTE DE LA JUNTA DE GOBIERNO Y COORDINACIÓN POLÍTICA DE ESTE CONGRESO DEL ESTADO, PARA LOS EFECTOS LEGALES Y ADMINISTRATIVOS A QUE HAYA LUGAR; EN EL PUNTO VEINTIDÓS SE DIO LECTURA AL OCURSO DEL DIPUTADO GABRIEL HERNÁNDEZ HERNÁNDEZ, EN EL QUE MANIFIESTA SU INTEGRACIÓN AL GRUPO LEGISLATIVO DEL PARTIDO REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL DE ESTA LEGISLATURA, SE TOMÓ CONOCIMIENTO DEL OCURSO REFERIDO; EN EL ÚLTIMO PUNTO DEL ORDEN DEL DÍA DE ASUNTOS GENERALES SE RECIBIÓ LA PROTESTA CONSTITUCIONAL DEL DIPUTADO JESÚS VÁZQUEZ VIVEROS, PARA TALES EFECTOS SE NOMBRÓ UNA COMISIÓN DE CORTESÍA PARA QUE LO ACOMPAÑEN HASTA EL PRESIDIUM, Y ESTANDO PRESENTE, EL PRESIDENTE DE LA COMISIÓN PERMANENTE LO INTERROGÓ EN LOS SIGUIENTES TÉRMINOS ¿PROTESTAÍS SIN RESERVA ALGUNA, GUARDAR Y HACER GUARDAR LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, LA PARTICULAR DEL ESTADO Y LAS LEYES QUE DE AMBAS EMANEN Y DESEMPEÑAR LEAL Y PATRIÓTICAMENTE EL CARGO DE DIPUTADO QUE EL PUEBLO OS HA CONFERIDO, MIRANDO EN TODO POR EL BIEN Y PROSPERIDAD DE LA NACIÓN Y DE ESTA ENTIDAD FEDERATIVA?, CONTESTANDO EL INTERROGADO “SÍ PROTESTO”, AGREGANDO EL PRESIDENTE DE LA COMISIÓN PERMANENTE, SI NO LO HICIÉREIS ASÍ, QUE EL ESTADO Y LA NACIÓN OS LO DEMANDEN. CONTINUANDO CON EL PUNTO DE ASUNTOS GENERALES, LA SECRETARÍA DIO LECTURA A LA INICIATIVA DE CÓDIGO DE ÉTICA LEGISLATIVA DEL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE PUEBLA, PRESENTADA POR COORDINADORES Y REPRESENTANTES LEGISLATIVOS DE ESTE CONGRESO DEL ESTADO, SE ACORDÓ TURNAR LA INICIATIVA REFERIDA A LA COMISIÓN DE EDUCACIÓN Y CULTURA PARA SU ESTUDIO Y RESOLUCIÓN PROCEDENTE. NO HABIENDO MÁS INTERVENCIONES Y TÉRMINADOS LOS ASUNTOS DEL ORDEN DEL DÍA SE LEVANTÓ LA SESIÓN, CITANDO A LOS DIPUTADOS PARA EL MIÉRCOLES

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OCHO DE MAYO DEL PRESENTE AÑO A LAS DIEZ HORAS CON TREINTA MINUTOS. JOSÉ ANTONIO GALI LÓPEZ DIPUTADO PRESIDENTE

JOSEFINA BUXADÉ CASTELÁN DIPUTADA SECRETARIA

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QUINCUAGÉSIMO OCTAVO CONGRESO CONSTITUCIONAL COMISIÓN PERMANENTE ACTA DE LA SESIÓN PÚBLICA DE COMISIÓN PERMANENTE CELEBRADA EL MIÉRCOLES OCHO DE MAYO DE DOS MIL TRECE PRESIDENCIA DEL DIPUTADO: JOSÉ ANTONIO GALI LÓPEZ SECRETARÍA DE LA DIPUTADA: JOSEFINA BUXADÉ CASTELÁN EN LA HEROICA CIUDAD DE PUEBLA DE ZARAGOZA A LOS OCHO DÍAS DEL MES DE MAYO DE DOS MIL TRECE, REUNIDOS EN EL SALÓN MIGUEL HIDALGO DEL CONGRESO DEL ESTADO, LOS DIPUTADOS QUE INTEGRAN LA COMISIÓN PERMANENTE DE LA QUINCUAGÉSIMO OCTAVA LEGISLATURA, CON LA ASISTENCIA DE CINCO DE ELLOS Y LOS RETARDOS JUSTIFICADOS DE LOS DIPUTADOS GERARDO MEJÍA RAMÍREZ Y HUGO ALEJO DOMÍNGUEZ, HUBO QUÓRUM Y SE INICIÓ LA SESIÓN A LAS DIEZ HORAS CON TREINTA Y NUEVE MINUTOS DE ACUERDO AL ORDEN DEL DÍA ESTABLECIDO; EN EL PUNTO UNO SE DIO LECTURA AL ACTA DE LA SESIÓN DE COMISIÓN PERMANENTE CELEBRADA EL DÍA SIETE DE MAYO DEL AÑO DOS MIL TRECE, PUESTA A DISCUSIÓN Y SIN TENERLA SE APROBÓ EN TODOS SUS TÉRMINOS POR UNANIMIDAD; EN EL PUNTO DOS LA SECRETARÍA DIO LECTURA A LOS OFICIOS DGAJEPL/1737/2013, DGAJEPL/1851/2013 Y DGAJEPL/180/2013 PRESENTADOS POR LOS DIPUTADOS INTEGRANTES DE LA JUNTA DE GOBIERNO Y COORDINACIÓN POLÍTICA, DE LA COMISIÓN DE EDUCACIÓN Y CULTURA Y DE LA COMISIÓN DE GOBERNACIÓN Y PUNTOS CONSTITUCIONALES, POR LOS QUE SOLICITAN SE CONVOQUE A UNA SESIÓN EXTRAORDINARIA CON EL FIN DE HACER DEL CONOCIMIENTO DEL PLENO LOS SIGUIENTES ASUNTOS: ACUERDOS POR LOS QUE SE PROPONE LA INTEGRACIÓN DE DIVERSAS COMISIONES GENERALES, ESPECIALES Y COMITÉS DE ESTE CONGRESO DEL ESTADO, DICTAMEN QUE DECLARA “CUATRO VECES HEROICA PUEBLA DE ZARAGOZA”, DICTAMEN QUE EXPIDE EL CÓDIGO DE ÉTICA LEGISLATIVA DEL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE PUEBLA, DICTAMEN POR EL QUE SE CONCEDE LA CALIDAD DE POBLANO A DIVERSOS CIUDADANOS Y DICTAMEN POR

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EL QUE SE REFORMAN Y ADICIONAN DIVERSAS DISPOSICIONES DE LOS ARTÍCULOS 6°, 7°, 27, 28, 73, 78, 94 Y 105 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS. ENSEGUIDA POR UNANIMIDAD DE VOTOS SE TOMARON EN CONSIDERACIÓN LOS OFICIOS REFERIDOS, EN CONSECUENCIA LA SECRETARÍA DIO LECTURA AL ACUERDO POR EL QUE SE CONVOCA A UNA SESIÓN EXTRAORDINARIA, PUESTO A DISCUSIÓN DE LOS INTEGRANTES DE LA COMISIÓN PERMANENTE, NINGÚN DIPUTADO SOLICITÓ EL USO DE LA PALABRA, RESULTANDO APROBADO EN TODOS SUS TÉRMINOS CON SIETE VOTOS A FAVOR, CERO VOTOS EN CONTRA, CERO ABSTENCIONES, SE ACORDÓ NOTIFICAR EL ACUERDO APROBADO A TODOS LOS DIPUTADOS DE LA QUINCUAGÉSIMA OCTAVA LEGISLATURA, PARA QUE ASISTAN A LA SESIÓN EXTRAORDINARIA EL JUEVES NUEVE DE MAYO DEL AÑO EN CURSO A LAS ONCE HORAS, TAMBIÉN SE ACORDÓ ENVIAR LA RESOLUCIÓN AL EJECUTIVO DEL ESTADO PARA SU PUBLICACIÓN EN EL PERIÓDICO OFICIAL DE LA ENTIDAD; ENSEGUIDA POR UNANIMIDAD DE VOTOS SE APROBÓ LA PROPUESTA DE LOS DIPUTADOS INTEGRANTES DE LA COMISIÓN PERMANENTE PARA DISPENSAR LA LECTURA DE LOS ASUNTOS CONSIDERADOS EN LOS PUNTOS TRES Y CUATRO DEL ORDEN DEL DÍA, SE ACORDÓ TURNARLOS PARA SU ESTUDIO Y RESOLUCIÓN PROCEDENTE A LAS SIGUIENTES COMISIONES; PUNTOS TRES Y CUATRO A LA COMISIÓN DE GOBERNACIÓN Y PUNTOS CONSTITUCIONALES; EN EL ÚLTIMO PUNTO DEL ORDEN DEL DÍA DE ASUNTOS GENERALES NO HUBO INTERVENCIONES LEVANTÁNDOSE LA SESIÓN, CITANDO A LOS DIPUTADOS PARA EL MARTES CATORCE DE MAYO DEL PRESENTE AÑO A LAS DIEZ HORAS.

JOSÉ ANTONIO GALI LÓPEZ DIPUTADO PRESIDENTE

JOSEFINA BUXADÉ CASTELÁN DIPUTADA SECRETARIA

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QUINCUAGÉSIMO OCTAVO CONGRESO ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE PUEBLA

CONSTITUCIONAL

DEL

ACTA DE LA SESIÓN PÚBLICA EXTRAORDINARIA CELEBRADA EL JUEVES NUEVE DE MAYO DEL AÑO DOS MIL TRECE PRESIDENCIA DEL DIPUTADO: JOSÉ ANTONIO GALI LÓPEZ VICEPRESIDENCIA DEL DIPUTADO GERARDO MEJÍA RAMÍREZ SECRETARÍA DE LOS DIPUTADOS: JOSEFINA BUXADÉ CASTELÁN Y HUGO ALEJO DOMÍNGUEZ EN LA HEROICA CIUDAD DE PUEBLA DE ZARAGOZA, A LOS NUEVE DÍAS DEL MES DE MAYO DEL AÑO DOS MIL TRECE, REUNIDOS EN EL SALÓN DE SESIONES LOS DIPUTADOS QUE INTEGRAN LA QUINCUAGÉSIMO OCTAVA LEGISLATURA, CON LA ASISTENCIA DE TREINTA Y OCHO Y LA INASISTENCIA JUSTIFICADA DE LOS DIPUTADOS ANA MARÍA JIMÉNEZ ORTÍZ, ELVIA SUÁREZ RAMÍREZ Y JUAN PÉREZ SOSA. HUBO QUÓRUM Y SE INICIÓ LA SESIÓN EXTRAORDINARIA A LAS ONCE HORAS CON TREINTA Y UN MINUTOS DE ACUERDO AL ORDEN DEL DÍA MODIFICADO Y APROBADO POR EL PLENO DEL CONGRESO DEL ESTADO A PETICIÓN DE LOS COORDINADORES Y REPRESENTANTES LEGISLATIVOS DE ESTE PODER LEGISLATIVO. EN EL PRIMER PUNTO EL PRESIDENTE DE LA MESA DIRECTIVA DECLARÓ ABIERTA LA SESIÓN EXTRAORDINARIA; EN EL PUNTO DOS SE DIO LECTURA AL ACUERDO DE LA JUNTA DE GOBIERNO Y COORDINACIÓN POLÍTICA DE ESTE CONGRESO DEL ESTADO, QUE CONTIENE LAS PROPUESTAS PARA LA ELECCIÓN E INTEGRACIÓN DE DIVERSAS COMISIONES GENERALES, PUESTO A CONSIDERACIÓN DE LA ASAMBLEA NINGÚN DIPUTADO SOLICITÓ EL USO DE LA PALABRA, EN CONSECUENCIA SE PROCEDIÓ A LA VOTACIÓN SECRETA, DECLARÁNDOSE EN LOS TÉRMINOS DE LA VERSIÓN ESTENOGRÁFICA APROBADAS TODAS LAS PROPUESTAS CON TREINTA Y SIETE VOTOS A FAVOR, UN VOTO EN CONTRA, CERO ABSTENCIONES, CON

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EXCEPCIÓN DE LA COMISIÓN DE GOBERNACIÓN Y PUNTOS CONSTITUCIONALES QUE OBTUVO TREINTA Y CINCO VOTOS A FAVOR, UN VOTO EN CONTRA, DOS ABSTENCIONES, EN EL PUNTO TRES SE DIO LECTURA AL ACUERDO DE LA JUNTA DE GOBIERNO Y COORDINACIÓN POLÍTICA DE ESTE CONGRESO DEL ESTADO DE PUEBLA, QUE CONTIENE LAS PROPUETAS PARA LA ELECCIÓN E INTEGRACIÓN DE DIVERSOS COMITÉS, PUESTO A CONSIDERACIÓN DE LA ASAMBLEA NINGÚN DIPUTADO SOLICITÓ EL USO DE LA PALABRA EN CONSECUENCIA SE PROCEDIÓ A LA VOTACIÓN SECRETA, DECLARÁNDOSE EN TÉRMINOS DE LA VERSIÓN ESTENOGRÁFICA APROBADAS TODAS LAS PROPUESTAS CON TREINTA Y SIETE VOTOS A FAVOR, UN VOTO EN CONTRA, CERO ABSTENCIONES, CON EXCEPCIÓN DEL COMITÉ DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS QUE SE APROBÓ CON TREINTA Y SEIS VOTOS A FAVOR, DOS VOTOS EN CONTRA, CERO ABSTENCIONES. EN EL PUNTO CUATRO SE DIO LECTURA AL ACUERDO DE LA JUNTA DE GOBIERNO Y COORDINACIÓN POLÍTICA DE ESTE CONGRESO DEL ESTADO QUE CONTIENE LA PROPUESTA PARA LA ELECCIÓN E INTEGRACIÓN DE DIVERSAS COMISIONES ESPECIALES, PUESTO A CONSIDERACIÓN DE LA ASAMBLEA NINGÚN DIPUTADO SOLICITÓ EL USO DE LA PALABRA, EN CONSECUENCIA SE PROCEDIÓ A LA VOTACIÓN SECRETA DECLARÁNDOSE EN TÉRMINOS DE LA VERSIÓN ESTENOGRÁFICA APROBADAS TODAS LAS PROPUESTAS CON TREINTA Y SIETE VOTOS A FAVOR, UN VOTO EN CONTRA, CERO ABSTENCIONES, CON EXCEPCIÓN DE LA COMISIÓN ESPECIAL DE SEGUIMIENTO, GESTIÓN Y PROMOCIÓN DE PROYECTOS DE LA ENTIDAD PARAESTATAL DENOMINADA PETRÓLEOS MEXICANOS CON EL ESTADO DE PUEBLA QUE SE APROBÓ CON TREINTA Y OCHO VOTOS A FAVOR, CERO VOTOS EN CONTRA, CERO ABSTENCIONES. EN EL PUNTO CINCO CON DISPENSA DE LECTURA APROBADA POR UNANIMIDAD, SE PUSO A DISCUSIÓN EL DICTAMEN CON MINUTA DE DECRETO POR EL QUE SE DECLARA “CUATRO VECES HEROICA PUEBLA DE ZARAGOZA”, EN USO DE LA PALABRA EL DIPUTADO MARIO GERARDO RIESTRA PIÑA AMPLIÓ SUS COMENTARIOS DEL DICTAMEN EN DISCUSIÓN EN TÉRMINOS DE LA VERSIÓN ESTENOGRÁFICA, SE APROBÓ EN TODOS SUS TÉRMINOS EL DICTAMEN CON MINUTA DE DECRETO ANTES REFERIDO CON TREINTA Y OCHO VOTOS A FAVOR, CERO VOTOS EN CONTRA, CERO ABSTENCIONES, ENVIÁNDOSE LA MINUTA AL EJECUTIVO DEL ESTADO PARA SU PUBLICACIÓN EN EL PERIÓDICO OFICIAL DE LA ENTIDAD; EN EL PUNTO SEIS CON DISPENSA DE LECTURA APROBADA POR UNANIMIDAD, SE PUSO

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A DISCUSIÓN EN LO GENERAL Y EN LO PARTICULAR EL DICTAMEN CON MINUTA DE CÓDIGO DE ÉTICA LEGISLATIVA DEL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE PUEBLA, EN USO DE LA PALABRA EL DIPUTADO JOSÉ ANTONIO GALI LÓPEZ ABUNDÓ EN EL TEMA EN TÉRMINOS DE LA VERSIÓN ESTENOGRÁFICA, SE APROBÓ EN LO GENERAL Y EN LO PARTICULAR EL DICTAMEN CON MINUTA DE CÓDIGO ANTES REFERIDO CON TREINTA Y SIETE VOTOS A FAVOR, UN VOTO EN CONTRA, CERO ABSTENCIONES, ENVIÁNDOSE LA MINUTA AL EJECUTIVO DEL ESTADO PARA SU PUBLICACIÓN EN EL PERIÓDICO OFICIAL DE LA ENTIDAD. EN EL PUNTO SIETE CON DISPENSA DE LECTURA APROBADA POR UNANIMIDAD, SE PUSO A DISCUSIÓN EL DICTAMEN CON MINUTA PROYECTO DE DECRETO, POR EL QUE SE REFORMAN Y ADICIONAN DIVERSAS DISPOSICIONES DE LOS ARTÍCULOS 6, 7, 27, 28, 73, 78, 94 Y 105 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, EN USO DE LA PALABRA LOS DIPUTADOS JOSÉ LAURO SÁNCHEZ LÓPEZ, HÉCTOR EDUARDO ALONSO GRANADOS, MOISES IGNACIO MIER VELASCO, ADRIÁN VÍCTOR HUGO ISLAS HERNÁNDEZ, JOSEFINA BUXADÉ CASTELÁN, OSWALDO AVENDAÑO LÓPEZ, ALEJANDRO OAXACA CARREÓN Y RICARDO URZÚA RIVERA PRECISARON SUS CONSIDERACIONES DEL ASUNTO EN DISCUSIÓN EN TÉRMINOS DE LA VERSIÓN ESTENOGRÁFICA, SE APROBÓ EN TODOS SUS TÉRMINOS EL DICTAMEN CON MINUTA PROYECTO DE DECRETO ANTES REFERIDO CON TREINTA VOTOS A FAVOR, DOS VOTOS EN CONTRA, SEIS ABSTENCIONES, ENVIÁNDOSE LA MINUTA AL EJECUTIVO DEL ESTADO PARA SU PUBLICACIÓN EN EL PERIÓDICO OFICIAL DE LA ENTIDAD Y A LA CÁMARA DE SENADORES DEL HONORABLE CONGRESO DE LA UNIÓN PARA LOS EFECTOS LEGALES Y CONSTITUCIONALES CORRESPONDIENTES; EN EL PUNTO OCHO SE APROBÓ DISPENSAR LA LECTURA Y SE PUSO A DISCUSIÓN EL DICTAMEN CON MINUTA DE DECRETO, POR EL QUE SE CONCEDE LA CALIDAD DE POBLANO A DIVERSOS CIUDADANOS, NO HABIENDO QUIEN HICIERA USO DE LA PALABRA SE APROBÓ EN TODOS SUS TÉRMINOS CON TREINTA Y OCHO VOTOS A FAVOR, CERO VOTOS EN CONTRA, CERO ABSTENCIONES, ENVIÁNDOSE LA MINUTA AL EJECUTIVO DEL ESTADO PARA SU PUBLICACIÓN EN EL PERIÓDICO OFICIAL DE LA ENTIDAD; EN EL PUNTO NUEVE SE DIO LECTURA AL ACTA DE LA SESIÓN EXTRAORDINARIA CELEBRADA EL DÍA DE HOY, PUESTA A DISCUSIÓN Y SIN TENERLA, SE APROBÓ EN TODOS SUS TÉRMINOS POR UNANIMIDAD; DESAHOGADOS LOS ASUNTOS DEL ORDEN DEL DÍA, EL PRESIDENTE DE LA MESA DIRECTIVA INVITÓ A LOS PRESENTES A PONERSE DE PIÉ DECLARANDO,

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“EL QUINCUAGÉSIMO OCTAVO CONGRESO CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE PUEBLA, CLAUSURA HOY SU SESIÓN EXTRAORDINARIA”; LEVANTÁNDOSE LA SESIÓN. JOSÉ ANTONIO GALI LÓPEZ DIPUTADO PRESIDENTE GERARDO MEJÍA RAMÍREZ DIPUTADO VICEPRESIDENTE JOSEFINA BUXADÉ CASTELÁN DIPUTADA SECRETARIA HUGO ALEJO DOMÍNGUEZ DIPUTADO SECRETARIO

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QUINCUAGÉSIMO OCTAVO CONGRESO CONSTITUCIONAL COMISIÓN PERMANENTE ACTA DE LA SESIÓN PÚBLICA DE COMISIÓN PERMANENTE CELEBRADA EL MARTES CATORCE DE MAYO DE DOS MIL TRECE PRESIDENCIA DEL DIPUTADO: GERARDO MEJÍA RAMÍREZ SECRETARÍA DE LA DIPUTADA: JOSEFINA BUXADÉ CASTELÁN EN LA HEROICA CIUDAD DE PUEBLA DE ZARAGOZA A LOS CATORCE DÍAS DEL MES DE MAYO DE DOS MIL TRECE, REUNIDOS EN EL SALÓN MIGUEL HIDALGO DEL CONGRESO DEL ESTADO, LOS DIPUTADOS QUE INTEGRAN LA COMISIÓN PERMANENTE DE LA QUINCUAGÉSIMO OCTAVA LEGISLATURA, CON LA ASISTENCIA DE CINCO DE ELLOS, LA INASISTENCIA JUSTIFICADA DEL DIPUTADO JOSE ANTONIO GALI LÓPEZ Y EL RETARDO JUSTIFICADO DEL DIPUTADO HUGO ALEJO DOMÍNGUEZ QUIEN POSTERIORMENTE SE INCORPORÓ A LA SESIÓN, HUBO QUÓRUM Y SE INICIÓ LA SESIÓN A LAS DIEZ HORAS CON QUINCE MINUTOS DE ACUERDO AL ORDEN DEL DÍA ESTABLECIDO; EN EL PUNTO UNO SE DIO LECTURA AL ACTA DE LA SESIÓN DE COMISIÓN PERMANENTE CELEBRADA EL DÍA OCHO DE MAYO DEL AÑO DOS MIL TRECE, PUESTA A DISCUSIÓN Y SIN TENERLA SE APROBÓ EN TODOS SUS TÉRMINOS POR UNANIMIDAD; EN EL PUNTO DOS SE DIO LECTURA AL EXTRACTO DE LOS ASUNTOS QUE NO REQUIEREN UNA DISPOSICIÓN DE LA CÁMARA Y SON TRAMITADOS POR EL PRESIDENTE DE LA COMISIÓN PERMANENTE; ENSEGUIDA POR UNANIMIDAD DE VOTOS SE APROBÓ LA PROPUESTA DE LOS DIPUTADOS INTEGRANTES DE LA COMISIÓN PERMANENTE PARA DISPENSAR LA LECTURA DE LOS ASUNTOS CONSIDERADOS EN LOS PUNTOS DEL TRES AL DIEZ DEL ORDEN DEL DÍA, SE ACORDÓ TURNARLOS PARA SU ESTUDIO Y RESOLUCIÓN PROCEDENTE A LAS SIGUIENTES COMISIONES; PUNTOS TRES, SIETE Y DIEZ A LA COMISIÓN DE GOBERNACIÓN Y PUNTOS CONSTITUCIONALES; PUNTO CUATRO A LA COMISIÓN DE SALUD; PUNTO CINCO A LA COMISIÓN DE ASUNTOS MUNICIPALES; PUNTO SEIS A LA COMISIÓN INSPECTORA DE LA AUDITORÍA SUPERIOR DEL ESTADO Y PUNTOS OCHO Y NUEVE A LA COMISIÓN DE EDUCACIÓN Y CULTURA; EN EL PUNTO ONCE

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SE DIO LECTURA AL ACUERDO PRESENTADO POR LA COMISIÓN DE SEGURIDAD PÚBLICA, POR EL QUE SE EXHORTA AL CONSEJO ESTATAL DE COORDINACIÓN DEL SISTEMA NACIONAL DE SEGURIDAD PÚBLICA, A REALIZAR LAS ACCIONES NECESARIAS PARA DAR CUMPLIMIENTO A LOS OBJETIVOS Y FINES DE LOS SERVICIOS TELEFÓNICOS DE EMERGENCIA O DENUNCIA ANÓNIMA, TOMADO EN CONSIDERACIÓN POR LOS INTEGRANTES DE LA COMISIÓN PERMANENTE SE PUSO A DISCUSIÓN EL ACUERDO ANTES REFERIDO Y SIN TENERLA, SE APROBÓ EN TODOS SUS TÉRMINOS CON SIETE VOTOS A FAVOR, CERO VOTOS EN CONTRA, CERO ABSTENCIONES; EN EL PUNTO DOCE SE DIO LECTURA A LA INICIATIVA DE DECRETO QUE REFORMA Y ADICIONA DIVERSAS DISPOSICIONES DE LA LEY ORGÁNICA DE LA PROCURADURÍA GENERAL DE JUSTICIA DEL ESTADO DE PUEBLA, PRESENTADA POR EL DIPUTADO MARIO GERARDO RIESTRA PIÑA, SE TURNÓ A LA COMISIÓN DE PROCURACIÓN Y ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA PARA SU ESTUDIO Y RESOLUCIÓN PROCEDENTE; EN EL ÚLTIMO PUNTO DEL ORDEN DEL DÍA DE ASUNTOS GENERALES, EN USO DE LA PALABRA EL DIPUTADO GERARDO MEJÍA RAMÍREZ, PRESENTÓ UNA INICIATIVA DE DECRETO POR VIRTUD DEL CUAL SE DEROGA LA SECCIÓN SÉPTIMA “HOMICIDIO O LESIONES EN ESTADO DE EMOCIÓN VIOLENTA”, ASÍ COMO EL ARTÍCULO 338 DEL CÓDIGO PENAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE PUEBLA, SE TURNÓ LA INICIATIVA REFERIDA A LA COMISIÓN DE PROCURACIÓN Y ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA PARA SU ESTUDIO Y RESOLUCIÓN PROCEDENTE. NO HABIENDO MÁS INTERVENCIONES Y TERMINADOS LOS ASUNTOS DEL ORDEN DEL DÍA SE LEVANTÓ LA SESIÓN, CITANDO A LOS DIPUTADOS PARA EL MIÉRCOLES VEINTIDÓS DE MAYO DEL PRESENTE AÑO A LAS DIEZ HORAS.

GERARDO MEJÍA RAMÍREZ

JOSEFINA BUXADÉ CASTELÁN DIPUTADA SECRETARIA

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DIPUTADO PRESIDENTE

QUINCUAGÉSIMO OCTAVO CONGRESO CONSTITUCIONAL COMISIÓN PERMANENTE ACTA DE LA SESIÓN PÚBLICA DE COMISIÓN PERMANENTE CELEBRADA EL MIÉRCOLES VEINTIDÓS DE MAYO DE DOS MIL TRECE PRESIDENCIA DEL DIPUTADO: JOSÉ ANTONIO GALI LÓPEZ SECRETARÍA DEL DIPUTADO: GERARDO MEJÍA RAMÍREZ EN LA HEROICA CIUDAD DE PUEBLA DE ZARAGOZA A LOS VEINTIDÓS DÍAS DEL MES DE MAYO DE DOS MIL TRECE, REUNIDOS EN EL SALÓN MIGUEL HIDALGO DEL CONGRESO DEL ESTADO, LOS DIPUTADOS QUE INTEGRAN LA COMISIÓN PERMANENTE DE LA QUINCUAGÉSIMO OCTAVA LEGISLATURA, CON LA ASISTENCIA DE SIETE, HUBO QUÓRUM Y SE INICIÓ LA SESIÓN A LAS DIEZ HORAS CON DIEZ MINUTOS DE ACUERDO AL ORDEN DEL DÍA ESTABLECIDO; EN EL PUNTO UNO SE DIO LECTURA AL ACTA DE LA SESIÓN DE COMISIÓN PERMANENTE CELEBRADA EL DÍA CATORCE DE MAYO DEL AÑO DOS MIL TRECE, PUESTA A DISCUSIÓN Y SIN TENERLA SE APROBÓ EN TODOS SUS TÉRMINOS POR UNANIMIDAD; EN EL PUNTO DOS SE DIO LECTURA AL EXTRACTO DE LOS ASUNTOS QUE NO REQUIEREN UNA DISPOSICIÓN DE LA CÁMARA Y SON TRAMITADOS POR EL PRESIDENTE DE LA COMISIÓN PERMANENTE; ENSEGUIDA POR UNANIMIDAD DE VOTOS SE APROBÓ LA PROPUESTA DE LOS DIPUTADOS INTEGRANTES DE LA COMISIÓN PERMANENTE, PARA DISPENSAR LA LECTURA DE LOS ASUNTOS CONSIDERADOS EN LOS PUNTOS DEL TRES AL DOCE DEL ORDEN DEL DÍA, SE ACORDÓ TURNARLOS PARA SU ESTUDIO Y RESOLUCIÓN PROCEDENTE A LAS SIGUIENTES COMISIONES; PUNTOS TRES Y SIETE A LA COMISIÓN DE GOBERNACIÓN Y PUNTOS CONSTITUCIONALES; PUNTO CUATRO A LA COMISIÓN DE PROCURACIÓN Y ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA; PUNTO CINCO A LA COMISIÓN DE PROTECCIÓN CIVIL; PUNTO SEIS A LA COMISIÓN INSPECTORA DE LA AUDITORÍA SUPERIOR DEL ESTADO: PUNTO OCHO A LA COMISIÓN DE ASUNTOS MUNICIPALES; PUNTO NUEVE A LA COMISIÓN DE DESARROLLO RURAL; PUNTO DIEZ A LA COMISIÓN DE DESARROLLO ECONÓMICO Y PUNTOS ONCE Y DOCE A LA COMISIÓN

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DE MEDIO AMBIENTE; EN EL PUNTO TRECE SE DIO LECTURA AL PUNTO DE ACUERDO PRESENTADO POR EL DIPUTADO JOSÉ LAURO SÁNCHEZ LÓPEZ, POR EL QUE SOLICITA EXHORTAR A LAS SECRETARÍAS DE SALUD DEL GOBIERNO FEDERAL; A LA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA Y A LA DE SUSTENTABILIDAD AMBIENTAL Y ORDENAMIENTO TERRITORIAL DEL ESTADO, PARA QUE REALICEN OPERATIVOS PARA DETECTAR EL ORIGEN Y DESTINO DE PRODUCTOS CÁRNICOS ASÍ COMO LAS CONDICIONES SANITARIAS DE LOS MISMOS, EN USO DE LA PALABRA EL DIPUTADO PREOPINANTE ABUNDÓ EN SU PROPUESTA, PUESTA A CONSIDERACIÓN LA SOLICITUD DE DISPENSA DE TRÁMITE SE APROBÓ POR UNANIMIDAD, EN CONSECUENCIA SE PUSO A DISCUSIÓN EL ACUERDO RESPECTIVO Y SIN TENERLA, SE APRBÓ EN TODOS SUS TÉRMINOS CON SIETE VOTOS A FAVOR, CERO VOTOS EN CONTRA, CERO ABSTENCIONES; EN EL ÚLTIMO PUNTO DEL ORDEN DEL DÍA DE ASUNTOS GENERALES, EN USO DE LA PALABRA EL DIPUTADO ENRIQUE NACER HERNÁNDEZ, SOMETIÓ A CONSIDERACIÓN UN PUNTO DE ACUERDO EN EL QUE PROPONE EXHORTAR AL TITULAR DEL PODER EJECUTIVO FEDERAL, A ESTABLECER MEDIDAS VERDADERAMENTE CONFIABLES DE BLINDAGE ELECTORAL PERMANENTES, EN TORNO A LOS PROGRAMAS SOCIALES QUE SE OPERAN A TRAVÉS DE LAS DELEGACIONES FEDERALES EN LAS ENTIDADES FEDERATIVAS, ENTRE OTROS RESOLUTIVOS, PUESTO A CONSIDERACIÓN LA SOLICITUD DE DISPENSA DE TRÁMITE CON CINCO VOTOS A FAVOR, DOS VOTOS EN CONTRA, CERO ABSTENCIONES SE APROBÓ, ENSEGUIDA SE PUSO A DISCUSIÓN EL PUNTO DE ACUERDO, EN USO DE LA PALABRA EL DIPUTADO GERARDO MEJÍA RAMÍREZ EXPRESÓ SUS COMENTARIOS DEL PUNTO DE ACUERDO EN DISCUSIÓN EN TÉRMINOS DE LA VERSIÓN ESTENOGRÁFICA, NO HABIENDO MÁS INTERVENCIONES SE APROBÓ EN TODOS SUS TÉRMINOS CON CINCO VOTOS A FAVOR, DOS VOTOS EN CONTRA, CERO ABSTENCIONES. TERMINADOS LOS ASUNTOS DEL ORDEN DEL DÍA SE LEVANTÓ LA SESIÓN, CITANDO A LOS DIPUTADOS PARA EL MIÉRCOLES VEINTINUEVE DE MAYO DEL PRESENTE AÑO A LAS DIEZ HORAS.

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Asuntos en Cartera

JOSÉ ANTONIO GALI LÓPEZ DIPUTADO PRESIDENTE GERARDO MEJÍA RAMÍREZ DIPUTADO SECRETARIO

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EXTRACTO DE LOS ASUNTOS EXISTENTES EN CARTERA QUE NO REQUIEREN UNA DISPOSICIÓN DE LA CÁMARA Y SON TRAMITADOS POR EL PRESIDENTE DE LA COMISIÓN PERMANENTE, CON LOS QUE DA CUENTA EN LA SESIÓN DEL DÍA 7 DE MAYO DE 2013. ***** OFICIO LX/1ER/OM/DPL/01066/2013 DEL OFICIAL MAYOR DEL CONGRESO DEL ESTADO DE GUERRERO, INFORMANDO QUE ESA LEGISLATURA SE ADHIERE AL ACUERDO APROBADO POR ESTA SOBERANÍA, RELATIVO A LA POSIBILIDAD DE LOS CIUDADANOS MEXICANOS RESIDENTES EN EL EXTRANJERO, DE TRAMITAR SUS CREDENCIALES DE ELECTOR EN LAS REPRESENTACIONES CONSULARES. SE ACUSA RECIBO Y SE ENVIA COPIA AL PRESIDENTE DE LA COMISIÓN DE MIGRACIÓN Y ASUNTOS INTERNACIONALES, PARA SU CONOCIMIENTO. OFICIO 2056/2013/P.O. DE LOS DIPUTADOS DE LA MESA DIRECTIVA DEL CONGRESO DEL ESTADO DE QUINTANA ROO, EN EL QUE ACOMPAÑAN COPIA DEL ACUERDO POR EL QUE ESA LEGISLATURA TRAMITA EL APROBADO POR ESTA SOBERANÍA, RELATIVO A LA CREACIÓN DE LA COMISIÓN ESPECIAL DE SEGUIMIENTO A LOS FONDOS APORTADOS POR LOS EX TRABAJADORES MEXICANOS BRACEROS. SE ACUSA RECIBO Y SE ENVIA COPIA AL PRESIDENTE DE LA COMISIÓN DE MIGRACIÓN Y ASUNTOS INTERNACIONALES, PARA SU CONOCIMIENTO. OFICIOS 9344 Y 9351/2012 DEL OFICIAL MAYOR DEL CONGRESO DEL ESTADO DE OAXACA, COMUNICANDO EL TRÁMITE OTORGADO A LOS ACUERDOS APROBADOS POR ESTA LEGISLATURA, RELATIVOS AL INCREMENTO DEL PRESUPUESTO AL SECTOR EDUCATIVO PARA EL EJERCICIO FISCAL 2013 Y DE MODIFICAR EN LA NORMA NMX-R021-SCFI-2005 DE CALIDAD EN LA INFRAESTRUCTURA EDUCATIVA, CRITERIOS DE ARQUITECTURA SOSTENIBLE. ENTERADO Y SE ENVIA COPIA AL PRESIDENTE DE LA COMISIÓN DE

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EDUCACIÓN Y CULTURA, PARA SU CONOCIMIENTO. OFICIO 2051/2013-P.O. DE LOS DIPUTADOS DE LA MESA DIRECTIVA DEL CONGRESO DEL ESTADO DE QUINTANA ROO, COMUNICANDO LA ELECCIÓN DEL PRESIDENTE DE LA GRAN COMISIÓN DE ESA LEGISLATURA. RECIBO Y ENTERADO. OFICIO SSP/DGSATJ/DAT/148-B18/13 DE LOS DIPUTADOS INTEGRANTES DE LA MESA DIRECTIVA DEL CONGRESO DEL ESTADO DE MICHOACÁN DE OCAMPO, EN EL QUE ANEXAN COPIA DE LA MINUTA NÚMERO 130, QUE CONTIENE EL DECRETO POR EL QUE SE CONCEDE LICENCIA AL GOBERNADOR DE ESA ENTIDAD, CIUDADANO FAUSTO VALLEJO FIGUEROA, POR UN PERÍODO DE HASTA NOVENTA DÍAS, CONTADOS A PARTIR DEL DÍA 23 DE ABRIL DE 2013. RECIBO Y ENTERADO. CIRCULARES 09 Y 11/2013 DE LOS DIPUTADOS DE LA MESA DIRECTIVA DEL CONGRESO DEL ESTADO DE YUCATÁN, COMUNICANDO LA INTEGRACIÓN E INSTALACIÓN DE LA DIPUTACIÓN PERMANENTE. RECIBO Y ENTERADO. OFICIO DEL PRESIDENTE MUNICIPAL DE TLAPACOYA, PUEBLA, EN EL QUE ENVÍA COPIA DE SU SEGUNDO INFORME DE GOBIERNO. SE ACUSA RECIBO Y SE ENVÍA AL PRESIDENTE DE LA COMISIÓN DE ASUNTOS MUNICIPALES DE ESTE PODER LEGISLATIVO, PARA SU CONOCIMIENTO.

EXTRACTO DE LOS ASUNTOS EXISTENTES EN CARTERA QUE NO REQUIEREN UNA DISPOSICIÓN DE LA CÁMARA Y SON TRAMITADOS POR EL PRESIDENTE DE LA COMISIÓN PERMANENTE, CON LOS QUE DA CUENTA EN LA SESIÓN DEL DÍA 14 DE MAYO DE 2013.

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RECIBO Y ENTERADO. ***** OFICIO 2056/2013/P.O. DE LOS DIPUTADOS DE LA MESA DIRECTIVA DEL CONGRESO DEL ESTADO DE QUINTANA ROO, EN EL QUE ANEXAN ACUERDO APROBADO POR ESA LEGISLATURA, POR EL QUE SE ADHIEREN AL ACUERDO DEL CONGRESO DEL ESTADO DE MICHOACÁN, RELATIVO AL REGISTRO DE TÍTULOS PROFESIONALES Y GRADOS ACADÉMICOS. SE ACUSA RECIBO Y SE ENVIA COPIA AL PRESIDENTE DE LA COMISIÓN DE EDUCACIÓN Y CULTURA, PARA SU CONOCIMIENTO. OFICIO SEL/UEL311/642/13 DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE ENLACE LEGISLATIVO DE LA SECRETARÍA DE GOBERNACIÓN, EN EL QUE SE INFORMA DE LAS MEDIDAS ADOPTADAS AL ACUERDO APROBADO POR ESTA LEGISLATURA, RELATIVO A LA INCORPORACIÓN EN EL FONDO DE PROTECCIÓN CONTRA GASTOS CATASTRÓFICOS DEL SEGURO POPULAR, LA ATENCIÓN DE LA INSUFICIENCIA RENAL CRÓNICA Y SUS TERAPIAS SUSTITUTIVAS. SE ACUSA RECIBO Y SE ENVIA COPIA AL PRESIDENTE DE LA COMISIÓN DE SALUD, PARA SU CONOCIMIENTO. OFICIO CP2R1A.-06.20 DEL DIPUTADO VICEPRESIDENTE DE LA COMISIÓN PERMANENTE DEL CONGRESO DE LA UNIÓN, COMUNICANDO LA INSTALACIÓN E INTEGRACIÓN DE LA COMISIÓN PERMANENTE, CORRESPONDIENTE AL SEGUNDO RECESO DEL PRIMER AÑO DE EJERCICIO LEGAL. RECIBO Y ENTERADO OFICIO DGPL-2P1A.-4875.20 DEL VICEPRESIDENTE DE LA CÁMARA DE SENADORES DEL CONGRESO DE LA UNIÓN, INFORMANDO DE LA CLAUSURA DEL SEGUNDO PERIÓDO DE SESIONES ORDINARIAS DEL PRIMER AÑO DE EJERCICIO LEGAL.

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CIRCULAR NÚMERO 35 DE LA DIPUTADA PRESIDENTA DEL CONGRESO DEL ESTADO DE ZACATECAS, HACIENDO DEL CONOCIMIENTO LA ELECCIÓN DE PRESIDENTE Y VICEPRESIDENTE DE LA MESA DIRECTIVA QUE PRESIDIRÁ LOS TRABAJOS HASTA EL 30 DE MAYO DE 2013. RECIBO Y ENTERADO.

EXTRACTO DE LOS ASUNTOS EXISTENTES EN CARTERA QUE NO REQUIEREN UNA DISPOSICIÓN DE LA CÁMARA Y SON TRAMITADOS POR EL PRESIDENTE DE LA COMISIÓN PERMANENTE, CON LOS QUE DA CUENTA EN LA SESIÓN DEL DÍA 22 DE MAYO DE 2013. ***** OFICIO 9468 DEL OFICIAL MAYOR DEL CONGRESO DEL ESTADO DE OAXACA, EN EL QUE SE INFORMA DEL TRÁMITE A LA INICIATIVA CON PROYECTO DE DECRETO, ENVIADA AL CONGRESO DE LA UNIÓN POR ESTA LEGISLATURA, POR MEDIO DEL CUAL SE ADICIONA UN ÚLTIMO PÁRRAFO AL ARTÍCULO 4° DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS. ENTERADO Y SE ENVÍA COPIA AL DIPUTADO JOSÉ LAURO SÁNCHEZ LÓPEZ, PARA SU CONOCIMIENTO.

CIRCULAR C/021/LVII DEL DIPUTADO PRESIDENTE DE LA MESA DIRECTIVA DEL CONGRESO DEL ESTADO DE QUERÉTARO, INFORMANDO QUE ESA LEGISLATURA APROBÓ EL ACUERDO POR EL QUE SE PRONUNCIA A FAVOR DE UNA ARMONIZACIÓN LEGISLATIVA INTEGRAL, DE

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CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO POR LA CONVENCIÓN SOBRE LOS DERECHOS DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD. SE ACUSA RECIBO Y SE ENVIA COPIA AL PRESIDENTE DE LA COMISIÓN DE ATENCIÓN A PERSONAS CON DISCAPACIDAD, PARA SU CONOCIMIENTO. OFICIO HCE-LXI-147/13 DEL PRIMER SECRETARIO DEL CONGRESO DEL ESTADO DE CAMPECHE, EN EL QUE COMUNICA LA CLAUSURA DEL PRIMER PERÍODO ORDINARIO DE SESIONES. RECIBO Y ENTERADO.

SE ACUSA RECIBO Y SE ENVIA A LA BIBLIOTECA DE ESTE HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO, PARA SU CONSULTA.

CIRCULAR NÚMERO 036 DEL DIPUTADO PRESIDENTE DEL CONGRESO DEL ESTADO DE ZACATECAS, EN LA QUE HACE DEL CONOCIMIENTO LA ELECCIÓN DE LA MESA DIRECTIVA QUE PRESIDIRÁ LOS TRABAJOS DEL MES DE MAYO DEL PRESENTE AÑO. RECIBO Y ENTERADO.

OFICIO HCE/SG/AT/577 DEL PRESIDENTE DE LA MESA DIRECTIVA DEL CONGRESO DEL ESTADO DE TAMAULIPAS, COMUNICANDO LA ELECCIÓN DE PRESIDENTE Y SUPLENTE DE LA MESA DIRECTIVA, QUE FUNGIRÁ EN EL MES DE MAYO DE 2013. RECIBO Y ENTERADO

CIRCULAR NÚMERO 32 DEL OFICIAL MAYOR DEL CONGRESO DEL ESTADO DE OAXACA, COMUNICANDO LAS ACCIONES LEGISLATIVAS EN RELACIÓN A LA CUOTA DE GÉNERO 60-40, DANDO RESPUESTA AL EXHORTO PARA INCLUIR DICHA MEDIDA EN LA LEGISLACIÓN LOCAL. ENTERADO Y SE ENVIA COPIA AL PRESIDENTE DE LA COMISIÓN DE GOBERNACIÓN Y PUNTOS CONSTITUCIONALES, PARA SU CONOCIMIENTO.

OFICIO DE FECHA 9 DE MAYO DE 2013 DEL PRESIDENTE DE LA JUNTA DE GOBIERNO DEL CONGRESO DEL ESTADO DE HIDALGO, POR EL QUE ENVIA UN MANUAL QUE CONTIENE LAS ACCIONES LEGISLATIVAS QUE REPRESENTAN SOLUCIONES A LA PROBLEMÁTICA SOCIAL Y ECONÓMICA DE LOS HABITANTES DE ESA ENTIDAD FEDERATIVA.

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Puntos de Acuerdo

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El que suscribe, Rafael von Raesfeld Porras y con fundamento en lo dispuesto por los artículos 57 fracción I y 63 fracción II de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla; 44 fracción II y 144 fracción II, de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Puebla, 120 fracción VI del Reglamento Interior del Honorable Congreso del Estado y, con base en el siguiente: CONSIDERANDO México vive, con especial énfasis en algunas entidades y municipios de la República, una crisis de seguridad provocada por una larga cadena de acontecimientos que se remonta a más de 30 años. Sin embargo, recientemente se han sentido los efectos del crimen organizado y la inseguridad, ante la decisión del gobierno de dejar de ignorar el problema y desafiarlo frontalmente. Con la pretensión de generar una estrategia distinta para combatir la delincuencia y el crimen organizado, el Ejecutivo Federal y la Conferencia Nacional de Gobernadores (CONAGO), han planteado la alternativa de un modelo de Policía Estatal Acreditable con Mando Único Coordinado, a través de la celebración de convenios en las entidades federativas, decisión que ha sido tomada sin la opinión de las mayoría de las autoridades municipales. La Asociación Nacional de Ayuntamientos y Alcaldes, la Federación Nacional de Municipios de México y la Asociación de Autoridades Locales de México (PRI, PAN Y PRD) coinciden en la necesidad de implementar mayores esquemas de coordinación, pero sin que éstos violenten la autonomía de los municipios. Aunque el Mando Único no contraviene en sentido estricto las disposiciones del artículo 115, pues éste permite la existencia de convenios entre los municipios y las entidades federativas para proveer de los servicios que les designa la Constitución, sí vulnera en la práctica el espíritu federalista de nuestra Carta Magna, que prevé una mayor descentralización de las funciones asignadas al Estado. Desde el punto de vista normativo, la descentralización mejora la planificación y prestación de servicios públicos, al mismo tiempo que permite incorporar las necesidades y condiciones locales en el

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marco de los objetivos regionales y nacionales. La firma de los convenios para el Mando Único Policial se suma a otras iniciativas, que está impulsando el Gobierno Federal, que no contribuyen al federalismo y la democratización, como lo es la creación de una “Supersecretaría” de Gobernación, el sometimiento del Poder Legislativo Federal al Poder Ejecutivo y la inclusión del Presidente de la República en la Comisión Política Permanente de su partido. Lejos de instaurar una cultura auténtica de la prevención del delito, la propuesta del Mando Único prevé medidas administrativas que favorecen la persecución del delito y no la prevención, al ignorar la importancia de la participación de la autoridad municipal en la estrategia. El municipio, al ser el orden de gobierno más cercano a los ciudadanos, puede dar respuesta inmediata a las demandas ciudadanas respecto de la comisión de delitos menores, ya que se encuentra en contacto directo con la realidad de sus habitantes. Asimismo, en lugar de incrementar las facultades de los municipios en materia de seguridad, con el Mando Único éstas son reemplazadas, a través del convenio, por las entidades. Aunque la propuesta incluye la palabra “coordinación”, de facto estamos ante una ejecución unilateral de estrategias y acciones policiales, que excluyen la participación municipal. Desde el punto de vista jurídico, la propuesta tampoco favorece el espíritu de las disposiciones de los artículos 21 y 115 constitucionales, que establecen la participación de los municipios en el Sistema Nacional de Seguridad Pública y la autonomía municipal, respectivamente. El Municipio Libre no sólo constituye la base de la división territorial de los estados; también es considerado por los expertos en política pública como el orden de gobierno donde se ha registrado más casos de éxito en el combate a la inseguridad en México y en América Latina. Por mencionar algunos, están los casos de la Policía Ciudadana Solidaria en Tuxtla Gutiérrez, Chiapas; Identidad Nicolaita en San Nicolás de los Garza, Nuevo León; y el Programa de Recuperación de Espacios Públicos e Identidad Municipal, Macroplaza Centenario en Nuevo Casas Grandes, Chihuahua. Los tres casos recibieron el

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Reconocimiento Especial a las Mejores Prácticas Municipales en Seguridad Pública por parte de tres prestigiosas universidades. A pesar de la evidente capacidad que concentran los municipios para prevenir los delitos, se han dedicado poca atención y recursos a su fortalecimiento en este ámbito, como lo muestra el análisis de los recursos transferidos para estos fines. En 2009, el número de policías federales representaba tan solo 17% de los policías municipales en el país, pero, aunque el número de policías municipales rebasa por mucho a los federales, los recursos que se les destinan representan 21% de los recursos que se asignan al ramo administrativo de seguridad pública federal. Además, en Puebla, entre 2007 y 2009, el número de policías estatales disminuyó 2.6%, mientras que los municipales incrementaron 4.1%. Estos datos demuestran los escasos recursos que se destinan para fortalecer la labor de los municipios en materia de seguridad pública. Por otro lado, los municipios más violentos del país son 36 y se concentran en 6 zonas. Esto significa que los más problemáticos representan 1.5% del total de los 2,457 municipios mexicanos. Asimismo, las características geográficas, demográficas y delictivas de los municipios en México varían en extremo, por lo que se requieren de políticas focalizadas que reconozcan las particularidades de la realidad de cada uno. El INEGI y grupos de la sociedad civil organizada, como observatorios ciudadanos de seguridad, han realizado importantes labores en la recolección de datos y su análisis para determinar las características delictivas de diversos municipios. Este y otros esfuerzos deben ser tomados en cuenta para elaborar políticas públicas integrales. Por ello, resulta innecesario violentar la autonomía de los municipios introduciéndolos en un esquema de Mando Único Policial. Por lo anteriormente expuesto someto a la consideración el siguiente: ACUERDO: Primero.- Se exhorta respetuosamente al Titular del Poder Ejecutivo Federal a incrementar los recursos que se destinan, a través del Ramo 33, para fortalecer la capacidad de los municipios en materia de seguridad pública.

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Segundo.- Se exhorta respetuosamente al Titular del Poder Ejecutivo Federal a luchar por el fortalecimiento del federalismo y el respeto al Municipio Libre, a fortalecer el ejercicio de las atribuciones en materia de seguridad pública de los municipios.

DIP. RAFAEL VON RAESFELD PORRAS

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Iniciativas presentadas al Congreso del Estado

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CC. DIPUTADOS INTEGRANTES DE LA COMISIÓN PERMANENTE DEL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO DE PUEBLA Los suscritos integrantes de la Junta de Gobierno y Coordinación Política de la Quincuagésimo Octava Legislatura del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Puebla, Diputados Mario Gerardo Riestra Piña, Ernesto Leyva Córdova, José Guillermo Aréchiga Santamaría, Elías Abaid Kuri, José Antonio Gali López, Félix Santos Bacilio y Jorge Luis Blancarte Morales; Presidente, Coordinadores de Grupos y Representantes Legislativos, respectivamente, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 44 fracción II, 95, 100 y 144 fracción II de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Puebla, 120 fracción VI y 145 del Reglamento Interior del H. Congreso del Estado y demás relativos, sometemos a consideración de este H. Cuerpo Colegiado, la siguiente “INICIATIVA DE CÓDIGO DE ÉTICA LEGISLATIVA DEL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE PUEBLA”, con arreglo a los siguientes: CONSIDERANDOS Que en la Ley Orgánica del Poder Legislativo en el Título Tercero, Capítulo V se contemplan los artículos del 48 al 53, inclusive, sobre Ética Legislativa; así mismo, en el Capítulo VI del mismo título se contienen los diversos del 54 al 60, inclusive, sobre la Disciplina Legislativa. Disposiciones legales que destacan por sustentar los principios que rigen la conducta y los deberes de los Diputados, mismos que son: legalidad, responsabilidad, igualdad, decoro, honestidad, solidaridad, austeridad y diálogo. Sin embargo, aún con el cumplimiento de los deberes o, en su caso, la aplicación de las sanciones establecidas en la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla, la Ley Orgánica del Poder Legislativo y el Reglamento Interior del H. Congreso del

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Estado, la confianza del ciudadano hacia sus representantes ha ido en demérito, tal vez porque el trabajo realizado no ha sido suficiente, o bien, porque existe la percepción de que los Diputados incumplen con sus compromisos y tareas con posterioridad a la realización de las campañas, sin atender las tres grandes obligaciones que por ley les corresponden, esto es, además de legislar leyes en beneficio de la sociedad en general, las de fiscalización y gestoría que le son inherentes. Omisiones que, a la larga, le han ido restando credibilidad no sólo a los legisladores, sino a la imagen misma del H. Congreso del Estado. Que en un Código de Ética, se establecen los valores sociales y políticos que voluntariamente los Diputados reconocen como principios rectores de su actividad, en el cumplimiento de las obligaciones esenciales que por ley les corresponden, que como ya señalamos son: legislar, fiscalizar los recursos públicos y la de gestoría social. Que para el debido cumplimiento de las obligaciones constitucionales previamente indicadas, es necesario que las acciones de los Diputados sean cimentadas en la buena conducta, legalidad, responsabilidad, igualdad, decoro, honestidad, solidaridad, austeridad y diálogo. Todo lo cual servirá para construir la transformación social, política, económica y educativa de nuestro Estado, no solo conforme a derecho, sino también restaurando la confianza ciudadana en sus representantes políticos. Por lo anteriormente expuesto, nos permitimos someter a consideración del Pleno de esta Soberanía la iniciativa de CÓDIGO DE ÉTICA LEGISLATIVA DEL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE PUEBLA. CÓDIGO DE ÉTICA LEGISLATIVA DEL H. CONGRESO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE PUEBLA

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CAPÍTULO PRIMERO

contrarias al presente Código o, en su caso, a las leyes vigentes.

DISPOSICIONES GENERALES

Artículo 5º.- Los Diputados al asumir y protestar constitucionalmente el cargo, deberán conocer y aceptar el cumplimiento del presente Código.

Artículo 1º.- El presente Código es de orden público e interés social, tiene por objeto fundamental normar la conducta de los legisladores en el ejercicio de su función, respetando los principios éticos que han de observar en el desempeño de su actividad legislativa, con la finalidad de mantener un comportamiento ejemplar apegado a derecho. Artículo 2º.- Para efectos de este Código se entiende por: I. El Código: Código de Ética Legislativa; y II. Los Diputados: Diputados del H. Congreso del Estado de Puebla.

Artículo 3º.- Lo dispuesto en el presente Código aplica de manera general, respecto de las actividades que los Diputados desarrollen con motivo de su encargo público. Artículo 4º.- El presente Código tiene los objetivos siguientes: I. Dar ejemplo de la vocación de servicio, mediante el compromiso permanente de los Diputados para el cumplimiento de sus obligaciones conforme a los principios contenidos en el artículo 7º; los cuales promueven el Estado Democrático de Derecho; II. Incrementar la confianza de la sociedad en general respecto de los deberes de los Diputados, con el propósito de fortalecer la imagen institucional del Poder Legislativo; y III. Establecer las sanciones aplicables, para el caso de conductas

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Artículo 6º.- Todo servidor público o ciudadano que conozca de cualquier hecho o conducta contrarios a lo dispuesto en este Código, podrá hacerlo del conocimiento del H. Congreso del Estado, mediante escrito. CAPÍTULO SEGUNDO PRINCIPIOS RECTORES DE LOS DIPUTADOS Artículo 7º.- Para los efecto de este Código se consideran principios rectores de la conducta y de los deberes de los Diputados, los siguientes: I. Legalidad. Realizar sus funciones con estricto apego al marco jurídico vigente; II. Responsabilidad. Cumplir con estricto apego a las leyes, las obligaciones, comisiones, encomiendas, funciones y actividades propias de su cargo, cuidando en todo tiempo el patrimonio de su ámbito de trabajo; III. Igualdad. Actuar con imparcialidad, objetividad, sin discriminación ni preferencias, ni distinción de género, con la finalidad esencial de ser útil a sus representados y a la sociedad en general; IV. Decoro. Asumir un comportamiento con apego a las normas éticas y jurídicas;

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V. Honestidad. Proteger el interés público, por encima del de terceros, personales, y/o familiares, con el fin de dar solución a las demandas ciudadanas; VI. Solidaridad. Actuar en consecuencia, con especial sensibilidad frente a las demandas y requerimientos de niños, niñas, jóvenes, mujeres, personas de la tercera edad, etnias, personas con discapacidad y, en general, respecto de los grupos menos favorecidos; VII. Austeridad. Actuar con especial cuidado en la gestión de los asuntos públicos, observando una conducta de moderación y sobriedad, tanto en el uso de los recursos públicos, como en el desempeño de sus funciones inherentes; y VIII. Diálogo. Privilegiar la discusión y concertación de los acuerdos, respetando la dignidad y el punto de vista de las personas, con el fin de alcanzar consensos.

Artículo 9º.- Son deberes de los diputados, además de los establecidos en la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla, la Ley Orgánica del Poder Legislativo y el Reglamento Interior del H. Congreso del Estado, los siguientes: I. Respetar la investidura legislativa, la cual es incompatible con una conducta que atente contra el orden público, los valores y las buenas costumbres; II. Conducirse con decoro, cortesía y tolerancia con todos los integrantes del Congreso, vigilando que estos principios se dispensen a favor de los comparecientes y visitantes del Palacio Legislativo y de su anexo; III. Ejercer sus funciones constitucionales con probidad, honradez y racionalidad, cuando haga uso de los recursos públicos que les corresponda ejercer; y IV. Asistir puntualmente y permanecer en las sesiones de los Órganos Legislativos.

CAPÍTULO TERCERO

Artículo 10.- Los Diputados deberán abstenerse de lo siguiente:

DE LA ÉTICA LEGISLATIVA

I. Solicitar, aceptar, admitir dádivas o favores para sí o para terceros;

Artículo 8º.- Con el propósito de promover la ética legislativa y, en su caso, prevenir actos contrarios a los principios rectores de la conducta de los Diputados, se observarán las disposiciones del Título Tercero, Capítulo V, de la Ley Orgánica del Poder Legislativo, específicamente contenidas en los artículos del 48 al 53, inclusive. CAPÍTULO CUARTO DEBERES Y OBLIGACIONES

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II. Dejar de realizar su función legislativa, sin causa justificada; y III. Ejercer presión o hacer valer su cargo para obtener un beneficio. Artículo 11.- Conforme a lo previsto por el artículo 43 fracciones I y V de la Ley Orgánica del Poder Legislativo, los Diputados al rendir sus informes, deberán manifestar lo siguiente: I. Comunicar los avances y resultados logrados en su función legislativa, específicamente, con relación a las iniciativas de su autoría o en las que hayan participado;

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II. Dar cuenta de la función fiscalizadora que les corresponde; III. Informar de sus labores de gestoría social realizadas; y IV. Dar cuenta de las comisiones desempeñadas y su resultado; Todo lo anterior, en concordancia con el Plan de Trabajo presentado. CAPÍTULO QUINTO SANCIONES Artículo 12.- Se aplicarán las sanciones disciplinarias que corresponda, conforme a lo dispuesto por el Título Tercero, Capítulo VI de la Ley Orgánica del Poder Legislativo, contenidas en los artículos del 54 al 60, inclusive. Artículo 13. En caso de existir alguna duda acerca de la interpretación de este Código, la misma será resuelta por el Pleno, previa opinión que emita la Junta de Gobierno y Coordinación Política. TRANSITORIOS PRIMERO: El presente Código de Ética Legislativa entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Estado.

ATENTAMENTE H. Puebla de Z., a 7 de mayo de 2013 JUNTA DE GOBIERNO Y COORDINACIÓN POLÍTICA

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C.C. DIPUTADOS INTEGRANTES DE LA COMISIÓN PERMANENTE DEL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO PRESENTES El suscrito DIPUTADO GERARDO MEJIA RAMIREZ, integrante del Grupo Legislativo del Partido Revolucionario Institucional de la Quincuagésima Octava Legislatura, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 57, 59, 61 fracciones VI y VII, 63 fracción II y 64 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla; 44 fracción II, 144 fracción II, 146 y 147 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Puebla; 120 del Reglamento Interior del Honorable Congreso del Estado, y demás relativos aplicables, someto a consideración de esta Honorable Asamblea la siguiente INICIATIVA DE DECRETO de conformidad con los siguientes: CONSIDERANDOS La integración social y la dinámica legislativa requieren de métodos y técnicas que permitan materializar la norma, facilitar el funcionamiento del Estado garantizando las condiciones de igualdad, respeto, seguridad y libre acceso a los servicios y el ejercicio de los derechos de todos sus integrantes. Para la instauración del orden y la sana convivencia el hombre ha echado mano de ciertas herramientas que han facilitado su conducta e integración, de entre ellas destaca la ley, instrumento que al delimitar derechos y obligaciones específicas para cada uno de sus componentes ha permitido impulsar el desarrollo. Diversas son las calidades que la ley reconoce en el hombre, mismas que ha procurado proteger y preservar. Sin embargo, es innegable que entre ellas destaca el derecho a la vida y a la protección de la integridad física.

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Sin escatimar en tiempo, recursos y esfuerzos, el Estado ha buscado permanentemente velar por la integridad de los ciudadanos, por nuestra parte, en el Poder Legislativo, hemos asumido el compromiso de representar y defender los intereses de todos los poblanos, procurando con cada ley y con cada acción, garantizar su seguridad. Sin duda una de las materias de mayor valía respecto a la agrupación de competencias la constituye el derecho penal, ya que a través de este se confirman las garantías que los ciudadanos ostentamos así como los mecanismos de control y, en su caso, sanción a los que podemos ser acreedores en caso de su inobservancia y violación. Dentro de la normatividad se incluye la punibilidad de ciertas conductas que atenten contra el derecho ajeno, asimismo, previo al estudio y análisis de las condiciones que intervienen en la ejecución de aquellas acciones, se ha considerado prudente agravar o atenuar la culpabilidad del sujeto activo. Tal es el caso de la figura conocida hasta hoy como “estado de emoción violenta” La emoción es entendida como un cambio en la personalidad de quien comete el hecho, en virtud de un estímulo externo que altera transitoriamente el comportamiento habitual de esa persona, impidiéndole dominar sus impulsos, y que lo lleva a obrar irreflexivamente, aunque sí conscientemente, pues de lo contrario, no acarrearía imputabilidad. El estado de emoción violenta debe responder a un estímulo externo, o sea, no al temperamento del autor, y la causa debe ser eficiente para provocar el estado emocional. Lo que hoy conocemos como homicidio en estado de emoción violenta es producto de la transformación paulatina del conyugicidio, figura que permitía hasta los inicios del siglo XX el asesinato de la cónyuge infiel sin pena alguna.

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Dicho supuesto fue creado bajo condiciones que consideraban el “honor y prestigio del hombre por encima de la dignidad, la integridad y la vida”. Tal y como se planteo anteriormente, la legislación debe obedecer a criterios materiales y circunstancias de la realidad social que vive nuestro estado, ya que es la propia dinámica social la que determina la preservación de la ley y/o la necesaria transformación de la misma. Variados han sido los esfuerzos para alcanzar la protección total y de calidad de la vida de las personas, con la presente reforma se pretende eliminar el “estado de emoción violenta” consagrado el artículo 338 del Código Penal del Estado, ponderando ese derecho y privilegiar la integridad física de los ciudadanos, de manera que actualizando criterios y ajustándolos a lo determinado en los diversos instrumentos jurídicos internacionales, mismos a los que México se ha adherido, es posible alcanzar índices mayores de eficiencia legislativa y seguridad social. Por lo anteriormente expuesto someto a su consideración la siguiente iniciativa de: DECRETO POR VIRTUD DEL CUAL SE DEROGA LA SECCIÓN SÉPTIMA “HOMICIDIO O LESIONES EN ESTADO DE EMOCIÓN VIOLENTA”, ASÍ COMO EL ARTÍCULO 338 DEL CÓDIGO PENAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE PUEBLA: Artículo 338.- Se impondrá sanción de ocho días a seis años de prisión al que en estado de emoción violenta prive a otro de la vida o lo lesione, en circunstancias que atenúen su culpabilidad. I. Se deroga. II. Se deroga”. Artículos Transitorios

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Primero.- El presente decreto entrará en vigor al día siguiente al de su publicación Segundo.- Se derogan todas las disposiciones que se opongan al presente decreto. PUEBLA, PUEBLA A 14 DE MAYO DE 2013 A T E N T AM E N T E DIP. GERARDO MEJÍA RAMÍREZ

DIPUTADOS INTEGRANTES DE LA COMISIÓN PERMANENTE DEL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE PUEBLA P R E S E N T E S.

El que suscribe Diputado Mario Gerardo Riestra Piña, integrante del Grupo Legislativo del Partido Acción Nacional de la Quincuagésima Octava Legislatura Local, de conformidad con lo establecido en los artículos 57 fracción I, 63 fracción II, 64 y 67 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla; 44 fracción II, 144 fracción II y 147 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Puebla; 120 del Reglamento Interior del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Puebla, someto a consideración de esta Comisión Permanente, la siguiente “INICIATIVA QUE REFORMA Y ADICIONA DIVERSAS DISPOSICIONES DE LA LEY ORGÁNICA DE LA PROCURADURÍA GENERAL DE JUSTICIA DEL ESTADO DE PUEBLA”, al tenor de los siguientes: CONSIDERANDOS Queda prohibida toda discriminación motivada por origen étnico o nacional, de género, edad, discapacidad, condición social, condiciones de salud, religión, opiniones, preferencias sexuales, estado civil o cualquier otra que atente contra la dignidad humana y tenga por objeto anular o menoscabar los derechos y libertades de las personas, principios que se garantizan desde la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y demás leyes que de la misma emanan. Que si bien la igualdad es colocar a los particulares en condiciones de poder acceder a los derechos reconocidos constitucionalmente, la Ley Orgánica de la Procuraduría General de

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Justicia del Estado, debe establecer las condiciones para el ingreso, formación y permanencia de quienes desempeñan una función en las instituciones del Ministerio Público, respetando los principios de igualdad y no discriminación, por lo que lo establecido en la Ley vigente se estima contrario a dichos principios previstos en la Ley Fundamental.

fracción I del 99 y los artículos Transitorios Segundo, Tercero y Cuarto; y se Adicionan los artículos Transitorios Quinto y Sexto, todos de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de Justicia del Estado de Puebla, para quedar en los términos siguientes:

En este sentido, se plantea reformar y adicionar diversas disposiciones que tienen relación con los requisitos que deberán reunir los funcionarios de la institución del Ministerio Público, de ser ciudadanos mexicanos en pleno ejercicio de sus derechos, y que desde la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla, establece que será la Ley la que fije dichos requisitos, con lo que se eliminan situaciones de desigualdad del individuo o bien que tenga que soportar un perjuicio o privarse de un beneficio, de forma desigual e injustificada.

I.- Ser mexicano en pleno ejercicio de sus derechos;

En consecuencia, y con la finalidad de armonizar la legislación estatal con lo preceptuado en nuestra Constitución General y los Tratados Internacionales suscritos por el Estado Mexicano y que deriva en que todo individuo gozará ampliamente de los derechos humanos, es que se propone la presente reforma a la Ley Orgánica de la Procuraduría General de Justicia del Estado de Puebla. Por lo anteriormente expuesto y fundado me permito someter a consideración de Vuestra Soberanía la siguiente iniciativa de:

DECRETO QUE REFORMA Y ADICIONA DIVERSAS DISPOSICIONES DE LA LEY ORGÁNICA DE LA PROCURADURIA GENERAL DE JUSTICIA DEL ESTADO DE PUEBLA. ÚNICO.- Se Reforman la fracción I del artículo 44, la fracción I del 48, la fracción I del 85, la fracción I del 89, el artículo 91, el inciso a) de la

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Artículo 44.- ...

II a IX.- … Artículo 48.- … I.- Ser mexicano en pleno ejercicio de sus derechos; II a VIII.- … Artículo 85.- … I.- Ser mexicano en pleno ejercicio de sus derechos; II a X.- … Artículo 89.- … I.- Ser mexicano en pleno ejercicio de sus derechos; II a IX.- … Artículo 91.- Los integrantes del servicio de carrera ministerial, pericial y policial que no cumplan con los requisitos de permanencia o no aprueben los procesos de evaluación de control de confianza o los de desempeño, dejarán de prestar sus servicios en la Procuraduría.

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Artículo 99.- … I.- … a) Ser mexicano en pleno ejercicio de sus derechos; b) a m) … II.- … a) a n) … …

QUINTO.- Las Direcciones Generales y Direcciones Regionales, Subdirecciones, agencias del Ministerio Público y demás unidades que describa el Reglamento de esta Ley, respecto el Título Cuarto de esta Ley, se crearán de forma progresiva para cada Región Judicial en que entre en vigor el Sistema Penal Acusatorio en el Estado. SEXTO.- Para efectos de lo previsto en la fracción I inciso a) del Artículo 19 de esta Ley, su entrada en vigor estará supeditada a las autorizaciones administrativas y a la normatividad que se emita para tal efecto. TRANSITORIOS

PRIMERO.-…

PRIMERO.- El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Estado.

SEGUNDO.- Se abroga la Ley Orgánica de la Procuraduría General de Justicia del Estado de Puebla, publicada en el Periódico Oficial del Estado el 15 de julio de 2009.

SEGUNDO.- Se derogan todas las disposiciones que se opongan al presente ordenamiento.

TERCERO.- Los integrantes de la Procuraduría General de Justicia del Estado de Puebla, que en el plazo que establezca la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública, no obtengan la certificación por parte del centro de evaluación y control de confianza que corresponda, serán separados del servicio. CUARTO.- Se derogan todas las disposiciones que se opongan a la presente Ley. En tanto no se emita el Reglamento de esta Ley, seguirá aplicándose el Reglamento de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de Justicia del Estado de Puebla, publicado en el Periódico Oficial el 11 de abril de 2011.

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Dado en la Heroica Ciudad de Puebla de Zaragoza a los ocho días del mes de mayo de dos mil trece.

DIP. MARIO GERARDO RIESTRA PIÑA COORDINADOR DEL GRUPO LEGISLATIVO DEL PARTIDO ACCIÓN NACIONAL

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CC. DIPUTADOS DE LA COMISIÓN PERMANENTE DEL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE PUEBLA PRESENTES Los Diputados integrantes de la Junta de Gobierno y Coordinación Política de la LVIII Legislatura de este Honorable Congreso del Estado de Puebla, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 44 fracción II, 100 y 144 fracción II de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Puebla, 120 fracción VI y 146 del Reglamento Interior del Honorable Congreso del Estado, sometemos a consideración de este H. cuerpo colegiado la INICIATIVA DE DECRETO POR VIRTUD DEL CUAL SE DECLARA “CUATRO VECES HEROICA PUEBLA DE ZARAGOZA”, bajo los siguientes: CONSIDERANDOS Que a 482 años de su fundación, la ciudad capital del Estado de Puebla ha sido parte esencial de la historia de México, y que gracias a la osadía y determinación de los poblanos ocurrieron cuatro episodios heroicos que forjaron el destino glorioso de nuestra patria: 1862, con la Batalla del 5 de Mayo; 1863, con el Sitio de Puebla del 16 de marzo al 17 de mayo; 1867, con la Toma de Puebla del 2 de abril; y 1910, con el nacimiento de la Revolución Mexicana el 18 de noviembre. Que una vez lograda la Independencia, surgieron diferencias sobre la forma de gobernar y se lesionó la soberanía nacional con la intervención extranjera. Sin embargo, en la ciudad de Puebla se registraron relevantes episodios históricos que no solo reflejaron el espíritu republicano, sino que reafirmaron la conciencia nacional de los mexicanos para enfrentar y vencer al invasor; logrando con ello definir el proyecto de nación en el siglo XIX. Nuestro país surge entonces a la vida institucional, gracias a la entrega y heroicidad de

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Puebla. Que los pueblos sin historia, se ha dicho, son pueblos sin héroes y ruinas; y héroes son precisamente el alma misma de Puebla. Bien lo dijo Ignacio Manuel Altamirano en 1881: ...“Oh cualquiera que se precie de ser buen mexicano y contemple el bello seno de Puebla desgarrada por las heridas de la guerra -Ciudad de sitios militares- como el seno de una matrona antigua no podrá menos que exclamar: aquí descansa altiva una matrona de la república, en este corazón se encierran las tradiciones de la lucha, aquí se agita poderoso como en el cerebro una pitonisa, el espíritu de la patria. Vosotros aprendáis en los brazos de esa matrona las lecciones de patriotismo, pues sus cicatrices son para vosotros EL ALFABETO DEL HEROÍSMO Y LA GLORIA”... Que tenía que ser Puebla, en los albores del siglo XX, la continuación de esa línea patriótica, la precursora de una de las primeras Revoluciones sociales del mundo. En esta tierra se inicia una avanzada transformadora, otra vez el pueblo en armas busca su libertad y anhela la justicia; nuevamente se gesta aquí, en nuestra ciudad, en Santa Clara, el cuarto episodio trascendental para México. Son nuevas generaciones que con su sangre fecundaron el movimiento transformador de un México nuevo que cambió radicalmente las estructuras existentes en lo político, social, económico y cultural, para dar paso a un país de instituciones democráticas que, sin el estoicismo y heroicidad de Puebla y de su gente, habría sido más difícil de lograrlo. Por estas causas, que son las causas de la República, precisamos enseguida los cuatro episodios históricos que contribuyeron –en definitiva- a forjar un país grandioso como el que hoy tenemos: Primera vez Heroica: En la batalla del 5 de Mayo de 1862, siendo Presidente de la República el Lic. Benito Juárez, el Ejército Mexicano bajo el mando del General Ignacio Zaragoza, dio a nuestra Patria resultados inéditos, no sólo en lo militar, político y social, sino también en el ámbito anímico y psicológico, como al final de la batalla,

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Zaragoza da cuenta al Presidente con la frase célebre: “las armas nacionales se han cubierto de gloria”. Este hecho cobra relevancia internacional porque vencimos al mejor ejército del mundo de entonces. De esta gesta nacería un México fortalecido y renovado que empezó a confiar en sí mismo, iniciando la transformación nacional que identifica a los mexicanos, y también a los pueblos latinoamericanos. Aquí en nuestro suelo poblano no sólo se defendió la soberanía nacional, sino la de todos los países hermanos del continente; en virtud de que Napoleón III había previsto que al caer México instalaría en América su imperio “latino de occidente”. Fue entonces en Puebla, donde se reafirmó la conciencia nacional, donde se fortaleció la cohesión social e hicimos valer el peso de nuestra verdad como pueblo libre frente al invasor; aquí vivenciamos fehacientemente la premisa de que “sobre la razón de la fuerza, estará la fuerza de la razón”. Con estas convicciones la Batalla del 5 de mayo está vigente en la conciencia no sólo de los mexicanos, sino de todos los latinoamericanos, debido a que la heroica defensa de Puebla frenó la ambición imperial; al respecto el escritor Nemesio García Tinajero señaló: ...”La victoria fue inyección sublime de fe, de la primera fe que entraba en el alma de México, después de tres décadas de desventuras. El pueblo se puso de pie gritando lleno de júbilo: No somos tan débiles, no estamos tan disgregados, tenemos una personalidad que ya nadie puede desconocer”... Igualmente, este sentimiento colectivo lo condensó el poeta Manuel Acuña en los siguientes octosílabos que se aprendieron de memoria todos los mexicanos: ...”Desde entonces Patria mía, tú no eres ya para el mundo lo que en su desdén profundo la Europa suponía”... Por su parte Víctor Hugo, el francés universal, se dirigió a los Habitantes de Puebla, así: ...”Teneís razón en creerme con vosotros. No os hace la guerra Francia es el imperio, estoy con vosotros, vosotros y yo combatimos contra el imperio, vosotros en vuestra patria, yo en el destierro. Luchad, combatid, sed terribles y, si creéis que mi nombre

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os puede servir de algo, aprovechadle, apuntad a ese hombre a la cabeza con el proyectil de la libertad. Valientes hombres de México resistid. La República está con vosotros y hacer ondear sobre vuestras cabezas la bandera de Francia con su arcoíris y la bandera de América con sus estrellas. Esperad. Vuestra heroica resistencia se apoya en el derecho y tiene a favor la certidumbre de la justicia. El atentado contra la República Mexicana continua el atentado contra la República Francesa. Una emboscada completa la otra. El imperio fracasará en esa tentativa infame, así lo creo, y vosotros venceréis. Peor ya venzáis o seáis vencido, la Francia continuará siendo vuestra hermana, de vuestra gloria y vuestro infortunio y yo, ya que apeláis a mi nombre, os repito que estoy con vosotros; si sois vencedores os ofrezco mi fraternidad de ciudadano; si sois vencidos, mi fraternidad de proscrito”... Que en mérito de la gloria militar y del reconocimiento mundial logrados, cabe recordar que nuestra ciudad es nombrada Puebla de Zaragoza, por el Presidente de la República, Lic. Benito Juárez, el 25 de septiembre de 1862; nombramiento que es ratificado por el H. Congreso del Estado en 1950, que la convierte en Heroica Puebla de Zaragoza. Segunda vez Heroica: Durante el sitio de Puebla, del 16 de marzo al 17 de mayo de 1863, no obstante que fueron 62 días de asedio a la ciudad, imperó un gran espíritu de lucha en el Ejército del General Jesús González Ortega, así como una gran solidaridad de la población. Jamás dejaron vencerse por el invasor francés y sólo tras haberse agotado las municiones y los víveres de los nuestros, tuvo lugar la rendición de la plaza. En seguida destacamos algunos eventos heroicos de la milicia y de la población: Mención honorífica al Cuerpo del Ejército del Oriente por la victoria en la defensa del Fuerte de San Javier del 27 de marzo; igualmente, por el combate del 25 de abril, al que consideró González Ortega

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“ha sido el más sangriento y el que más honra a las armas de la República”, por haber repelido al enemigo; que después de 45 días de un cerco infernal sobre toda la capital poblana que impedía la entrada de refuerzos y alimentos al viejo casco histórico, se defendía como el primer día, manzana por manzana, edificio por edificio, cuarto por cuarto; ese heroísmo llegó a lo sobrehumano, porque como lo refiere Troncoso, actor y partícipe militar:... “la carne de caballo y de mula sancochada no es sabrosa y, menos cuando no se combina con alimentos”... A finales de abril solo había carne de burro y perros, poco después el único alimento fue salvado para civiles y militares. Hubo defunciones por hambre sobre todo de infantes, no había ni cloroformo ni hielo para atender heridos. La peste se apareció por las calles, se caminaba entre restos humanos, se pisaban cráneos, lo común era el hedor, el fuego, las cenizas, las ruinas, los escombros y la muerte. Ese horror fue el telón siniestro de aquellos días poblanos. Que en el mismo tenor, destaca el inquebrantable carácter del General González Ortega, ya que a pesar de la falta de coordinación con el Ejército del Centro por las diferencias de opinión militar con el General Ignacio Comonfort, así como de la petición de sus subordinados para abandonar la plaza, logró realizar la más férrea y digna defensa de nuestra Ciudad. Aunado a lo anterior, el patriotismo de González Ortega quedó para la historia, cuando el General invasor Forey le propone una “capitulación honrosa” para hacerlo Presidente de México y convocar a elecciones con el apoyo del Ejército francés; a lo que González Ortega textualmente respondió: ...”pero que importando sus proposiciones una intervención de la Francia en la política de México, ó que me convirtiera yo en un usurpador, no podía acceder á ellas: y que no me prestaba á la conferencia, porque la creía inútil, en atención á no tener yo ninguna clase de poderes legítimos para intervenir en las cuestiones políticas y diplomáticas de mi país”... Situación que a todas luces representaba para

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México la

formalización en los hechos de una alta traición, lo que el General González Ortega pudo advertir merced a su clara visión y lealtad inquebrantable, pero sobre todo por su inefable espíritu demostrado a cabalidad para salvar en Puebla el honor de la patria. No obstante la situación infamante que se vivía entonces, tal como lo relata el historiador poblano Pedro Ángel Palou: ...”ante la falta absoluta de víveres, sin agua, cortados los suministros, concluidas las municiones, se hicieron volar los depósitos de pólvora existentes, estrellaron los obuses, los cañones quedaron clavados con las curañas aserradas, rotas las armas, incineradas las banderas, quedó disuelta la tropa y se entregaron los 26 jefes y oficiales para impedir la entrada “a saco de la ciudad”, un Ejército y un pueblo que había sido grande en la defensa lo fue ejemplar en la capitulación”... “Nunca hubo nada igual en nuestros anales militares, en la Ilustración de París, se escribió el 2 de junio de 1863; “La defensa de Puebla quedará en la historia como una de las más heroicas y se colocará al lado del Sitio de Zaragoza (en España que fue de 60 días), nada en nuestra opinión es más grande en los anales de la guerra”...fin de la cita. Esta gloriosa defensa de Puebla culmina el 17 de mayo y para el 19, relata el General González Ortega, Forey expuso ante los Generales y Jefes del Ejército de Oriente ya prisioneros lo siguiente: “Que la rendición de la Plaza había sido una cosa nueva y extraordinaria, que no se registraba en los anales de la guerra europea, porque ni había sido una rendición, prévias las garantías que se solicitan en esta clase de actos, ni tampoco una capitulación, y que por lo mismo no hallaba un nombre propio que darle. Que juzgaba los mexicanos habían roto las armas para no entregarlas al Ejército francés, no obstante ser éste muy digno de recibirlas de los defensores de la Plaza de Puebla, pero que esto no quitaba que aquel acto fuera altamente honroso para México”... Como se advierte el heroísmo llegó a lo sobrehumano, en virtud de que en este episodio adverso no solo se templó la decisión y entrega del Ejército, sino que también se fortaleció el carácter y la unidad de todos los mexicanos.

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Tercera vez Heroica: La Toma de Puebla del 2 de abril de 1867, representa otro de los capítulos grandiosos para México, en virtud de que el Ejército Republicano al mando del General Porfirio Díaz recupera la ciudad de Puebla para el gobierno de Don Benito Juárez. Guillermo Prieto -poeta y político de la época- definió esta gesta como una de las páginas más brillantes de nuestra reciente historia; es la escena más trascendental del desenlace de los terribles dramas de la intervención y del imperio; y contribuyó decisivamente al triunfo de la República, lo que a través de su excelsa cita realza el espíritu indómito de Puebla ...”el resplandecer sobre el cielo que ilustró el 5 de mayo, la aurora del 2 de abril, cayó su luz sobre la frente agonizante del imperio y proyectó como alumbrado un escarmiento terrible en el Cerro de las Campanas de Querétaro”... Se cita como antecedente, que Porfirio Díaz fue dos veces prisionero de guerra del Ejército invasor, la primera en 1863, cuando fue conminado a no volver a tomar las armas contra los franceses, a lo que él y otros Generales del Ejército de Oriente se negaron y una vez reorganizado el mismo Ejército, es hecho prisionero por segunda ocasión en 1865, durante la rendición de la plaza de la vieja Antequera, cuando lo persuaden a que se uniera a las filas del imperio, pero ante el rechazo de tal propuesta fue confinado en el Colegio Carolino, de donde escapó, y ya en libertad nuevamente reclutó a más civiles en el Ejército de Oriente y así reinicia la contraofensiva republicana en 1866. Cabe destacar que el General Porfirio Díaz, al frente de las tropas republicanas llega a territorio poblano tras sus triunfos en Oaxaca, el 1º de abril de 1867 prepara el asalto a Puebla y al día siguiente recupera la ciudad mártir; luego el 4 de abril vence el último reducto en Loreto y Guadalupe. A continuación hacemos referencia de algunos eventos heroicos del Tercer Sitio de Puebla: El General Porfirio Díaz decide con sus Generales y Jefes la estrategia y táctica del ataque, ubicando sus tropas en el Cerro de San Juan por ser la parte más alta de la ciudad y previendo que el General enemigo Leonardo

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Márquez iba sobre Puebla; por esta razón dividió a su Ejército en 17 columnas de asalto, cada una con 130 hombres; al mando de las Generales Cravioto, Carreón, Acuña y Alatorre, así como de los Coroneles Mier y Terán, Francisco Vázquez y Manuel Santibáñez; de los Tenientes Coroneles Juan de la Luz Enríquez, el poblano Juan Crisóstomo Bonilla y Guillermo Carbó, y el Mayor Carlos Pacheco. Igualmente, se guardó reserva total de las disposiciones emanadas del Consejo Militar que específicamente se decidieron a favor de la toma de la ciudad de Puebla, desestimando enfrentar al General Leonardo Márquez. El General Díaz da cuenta de que a las tres horas menos quince minutos de la mañana del 2 de abril, se rompió fuego sobre las trincheras de El Carmen, previamente en el cerro de San Juan apareció la señal convenida a través de un lienzo que fue encendido; el fuego de fusilería y cañón no duró 10 minutos, y a los 15 minutos no quedaba más defensa que las torres de Catedral y las alturas de San Agustín y el Carmen. Los actos de valor y arrojo en todos los frentes dieron resultado positivo. Es de destacarse que esta batalla fue una de las que mejor recordó el General Porfirio Díaz, ya que el asalto para recuperar Puebla, mostró la disciplina militar tanto de los oficiales como de la tropa, no obstante haber durado veinticinco horas el asedio, todos cumplieron cabalmente con las órdenes encomendadas. Igualmente, señalamos que además del General Díaz, tuvieron actitudes heroicas el General Manuel González, quien combate en el inicio de su carrera al lado de los conservadores y ante la invasión imperial suplica a Porfirio Díaz que le dé un fusil y un lugar en la tropa para combatir al enemigo, incluso sin reclamar su grado; en este episodio Manuel González increpa al General Díaz y le dice “piense que como usted yo también soy mexicano”. También destaca la entrega sin reservas del Mayor Carlos Pacheco quien en la calle de Siempreviva fue herido por un fragmento de granada en una pantorrilla, luego lesionado en una mano y, por último, los tiros de metralla disparados desde el atrio de Catedral le rompieron el muslo izquierdo y le destrozaron el brazo derecho; todo lo cual no impidió que cumpliera con la misión

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encomendada. Manuel González y Porfirio Díaz son a la postre Presidentes de México y Carlos Pacheco Diputado y Gobernador de los Estados de Puebla, Morelos, Chihuahua y del Distrito Federal, así como Ministro de Fomento, entre otros cargos.

total de la República sobre el Imperio y del Liberalismo sobre la reacción Conservadora se alcanza un equilibrio político que subsiste cuarenta y cuatro años. Por eso, para mí, la historia moderna de México se inicia en 1867”...fin de la cita.

Consideramos de justicia reconocer que entre muchos mexicanos heroicos, debe estar a la cabeza de ellos el General Porfirio Díaz Mori, porque en su afán de cumplir con la encomienda otorgada por el Presidente Benito Juárez y no obstante haber recibido múltiples reveses militares, logró integrar el Ejército de Oriente con tropas poco adiestradas pero con una gran entrega y disciplina bajo su mando; prácticamente Juárez depositó en él la inmensa tarea de combatir al imperio. Se ha dicho que si el rostro político de la resistencia lo encarnaba Benito Juárez, el brazo armado de la legalidad lo sería Porfirio Díaz.

Cuarta vez Heroica: A principios del siglo XX el gobierno busca mantener la paz social sin importar los medios a utilizar, se agrega que existía un marcado deterioro social y político que desvirtuaba el proyecto de nación concebido en décadas anteriores.

En resumen, la historia de México, en el siglo XIX, tiene su parteaguas a partir de la Batalla del 5 de mayo, donde emerge su verdadero carácter, mismo que se templa en el heroico sitio de 62 días en 1863, con la solidaridad del Ejército de Oriente y la comunidad poblana. Personalidad mexicana que se consolida en la audacia del 2 de abril de 1867, con la Toma de la ciudad de Puebla; porque finalmente se hace realidad la restauración de la República y de nuestro sistema federalista. Cuánta razón expresa el historiador Daniel Cossío Villegas a través de su obra “Historia Moderna de México”, al señalar:...”que en la segunda independencia Benito Juárez es el consumador de la obra iniciada por Miguel Hidalgo y los Generales Zaragoza, González Ortega, Escobedo y Porfirio Díaz son quienes culminaron la obra bélica de Allende, Aldama, Morelos, Guerrero e Iturbide. Y alguien diría que si Juárez remató la obra de Hidalgo, haciendo de México un país políticamente moderno, es Porfirio Díaz quien lo moderniza económicamente, comunicándolo, creando el crédito y la organización bancaria e industrias donde ya la máquina priva sobre el músculo”...,continúa señalando Cossío Villegas...”con la victoria

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Que lo acontecido el 18 de noviembre de 1910, en casa de la familia Serdán tuvo un impacto social y político para el país; así como lo reconoce el historiador Jesús Silva Herzog al señalar:.. “la lucha heroica con el levantamiento de Puebla comenzó la Revolución Mexicana” y en aquel entonces a nivel internacional el periódico K.Z. de Alemania, en su publicación del 24 de noviembre de 1910 citó: ...”El levantamiento de Puebla se ha convertido en una verdadera guerra civil”... En nuestra ciudad, Puebla de Zaragoza, una vez más, se atestigua un acto de gran heroicidad, ocurrido en la casa de Santa Clara número 4, cita el historiador Pedro Ángel Palou que es: … “caso único, porque provoca que una revolución nazca en una casa particular, donde brotaría la primera sangre y muerte que fecundaría un movimiento transformador de México, que arrancaría a los campesinos de la precaria paz de sus hogares para que los fusiles empezaran a arar la revolución”. Los Hermanos Aquiles, Máximo y Carmen y 13 poblanos más fueron los protagonistas de esta epopeya, para así iniciar el levantamiento de armas con un claro sentido del cambio social que urgía al país, cuando las demandas revolucionarias además del antirreeleccionismo también eran a favor de los derechos de propiedad, laborales, el derecho de asociación, a la huelga, así como la organización del reparto agrario con la consigna Tierra y Libertad, y la educación como una obligación encargada al poder civil.

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Se hace remembranza de algunas acciones que marcaron precedentes en la gesta del movimiento revolucionario: En la primera etapa de este movimiento social encabezada por Francisco I. Madero, Aquiles Serdán era la voz del antirreeleccionismo en Puebla y por esta razón la casa de la familia Serdán era ya vigilada por el gobierno estatal, meses previos al inicio del movimiento armado; hasta que llegó el día 18 de noviembre de 1910, en que la casa fue sitiada y ocupada no solamente por la Policía de la Ciudad, sino también por Cuerpos Rurales y Tropas Federales, que incluso se contabilizó la presencia de casi mil elementos para hacer frente solamente a 16 personas que se encontraban en la casa de Santa Clara. Al ser sofocada cruelmente la heroica acción de los Hermanos Serdán, se exhiben en las calles los cadáveres de Máximo y Aquiles. Sin duda se pretendía dejar en claro una advertencia del gobierno a la ciudadanía, sobre lo que pudiera pasarle a quien o quienes decidieran involucrarse en la rebelión. Por lo anterior, es comprensible dimensionar lo que expresa el historiador Jean Meyer al respecto: ...”El propagandista más eficaz a favor de Madero fue el gobierno, con motivo de los acontecimientos de Puebla. La matanza de un puñado de poblanos llevada acabo por el Ejército hizo más por la causa que seis meses de discursos”... Cabe resaltar que Aquiles Serdán colaboró en la lucha antirreeleccionista desde 1909, poco después de que se consumara el fraude electoral del 26 de junio, se dirigió al Club Antirreeleccionista, para pedir instrucciones de los pasos a seguir; sin embargo fue enterado que habían girado instrucciones para ponerlo preso y escapó a San Antonio, Texas; para reunirse con los exiliados maderistas y con el propio Madero, lugar donde se determinó levantarse en armas contra la dictadura de Porfirio Díaz y se redactó el documento conocido como Plan de San Luis, en el cual se establecía tomar las armas el domingo 20 de noviembre, y se giró la instrucción a los exiliados para que regresaran a sus lugares de origen e informaran a sus correligionarios sobre lo que había dispuesto la junta revolucionaria en San Antonio. Así el joven Aquiles

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encabezaría el movimiento revolucionario en Puebla. Como antecedente, la casa de la familia Serdán fue cateada por primera vez en septiembre de 1910, y nuevamente el 18 de noviembre, esta vez por los rumores del levantamiento del día 20 y se sabía que ahí se tenía guardado armamento, por esta razón el gobierno estatal mandó hacer un cateo más minucioso en la casa de Santa Clara, dirigido por el Jefe de Policía Miguel Cabrera. Al tener conocimiento de que se realizaría otro cateo, se consideró no prudente esperar hasta la fecha programada para iniciar la revolución y se dispusieron a preparar bombas caseras y alistar armas para la llegada en cualquier momento de Miguel Cabrera, cuando éste entró a la casa a las 7:30 am, recibió un impacto de bala y murió, los rebeldes sabían que pronto estarían rodeados por las fuerzas federales y resistieron hasta el último momento del ataque, donde Aquiles y Carmen desde los balcones defendían el frente y Máximo Serdán, el hermano menor daba órdenes desde la azotea, moviéndose de un lado para otro con gran ánimo apoyaba a sus compañeros y disparaba con certeza, hasta que fue herido, ante la súplica de su hermana para que bajara y pudiera atenderlo, el se negó, respondió que podía seguir peleando y necesitaba más parque, pero pronto llegaron los federales a ese lugar y Máximo fue asesinado. En medio del dolor y la ira por la pérdida de su hermano, Carmen empuño el arma y estaba al pendiente de lo que hacía Aquiles, quien ya había dejado de disparar, debido a que consideró prudente esconderse para luego escapar y reorganizar a la gente, lo que no fue posible, debido a que pocas horas después fue asesinado en su propia casa. Carmen Serdán utilizó el pseudónimo de Marcos Serrato para cumplir con la distribución de pólvora y dinamita, entre otras encomiendas; el día 18, no se dejó amedrentar cuando la casa fue sitiada, por el contrario gritó con todas sus fuerzas hacia el exterior …”¡vengan, por ustedes lo hacemos. La libertad vale más que la vida. Viva la no reelección! ¡aquí hay armas! ¡ viva la libertad! ¡por ustedes lo hacen y no vienen a defender! ¡Viva Madero!”… Se esperaba una

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señal de apoyo y desconcertada comentó a su hermano …!Nos han dejado, Aquiles!”..., luego de haber sitiado su casa fue encarcelada junto con su cuñada y madre; posteriormente se hizo miembro de la Junta Revolucionaria de Puebla en 1914, trabajó en la distribución de armas, al igual que como correo de noticias y de órdenes e imprimiendo proclamas, sirvió como enfermera en varios hospitales y sostuvo una entrevista con Venustiano Carranza, Primer jefe del Ejército Constitucionalista.

a nuestros considerandos, por tratarse de una apretada síntesis de cuatro epopeyas históricas de México, han sido previamente avalados y cuentan con el beneplácito del Presidente del Consejo de la Crónica del Estado, Prof. Pedro Ángel Palou Pérez.

Que al final de la jornada imperó el silencio...no obstante para el 22 de noviembre se registraron brotes armados en algunos estados; a finales de 1910 y principios de 1911, en el norte y oeste se sucedieron levantamientos. Se concluye así una primera etapa del derrocamiento de la dictadura que, con el tratado de Ciudad Juárez del 21 de mayo de 1911, acarreó la renuncia y exilio de Porfirio Díaz; y para octubre del mismo año obtiene el triunfo Madero en una elección democrática. Por esta razón José Mancisidor escribe: ...“Tan importante como la caída de Ciudad Juárez (1911) es el 18 de noviembre en Puebla (1910)”... Sin duda el inicio de la Revolución mexicana desde la ciudad de Puebla de Zaragoza el 18 de noviembre 1910, fue punto de partida para redefinir un nuevo orden político, económico, social y judicial para México, que finalmente se plasmó en nuestra Carta Magna el 5 de febrero de 1917.

DECRETO POR EL QUE SE DECLARA “CUATRO VECES HEROICA PUEBLA DE ZARAGOZA”

La heroicidad de estos cuatro sucesos enorgullecen a los mexicanos y marcan la esencia de la poblanidad en la historia patria. Los jóvenes al saber que Puebla de Zaragoza es Cuatro Veces Heroica, acrecentarán su sentido de identidad, orgullo y pertenencia a esta noble tierra; así como su interés por conocer más de nuestro pasado y transmitir esa pasión por la grandeza de Puebla a futuras generaciones. Finalmente, es un justo tributo a quienes ofrendaron su vida en defensa de la patria declarar: “Cuatro Veces Heroica Puebla de Zaragoza”. Es prudente acotar que los razonamientos que sirven de fundamento

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Por lo anteriormente expuesto, nos permitimos someter consideración del Pleno de esta soberanía, el siguiente:

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PRIMERO.- Se declara “Cuatro Veces Heroica Puebla de Zaragoza”. SEGUNDO.- La denominación de “Cuatro Veces Heroica Puebla de Zaragoza” deberá ser usada al fechar toda la documentación oficial que en la Ciudad de Puebla, Puebla, se expida y en imágenes o leyendas emblemáticas de carácter público en las que se haga mención de la misma. TRANSITORIO ÚNICO.- El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Estado. JUNTA DE GOBIERNO Y COORDINACIÓN POLÍTICA DIP. MARIO GERARDO RIESTRA PIÑA PRESIDENTE COORDINADOR DEL GRUPO LEGISLATIVO

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DEL PARTIDO ACCIÓN NACIONAL

DIP. ERNESTO LEYVA CÓRDOVA COORDINADOR DEL GRUPO LEGISLATIVO DEL PARTIDO REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL

DIP. JOSÉ GUILLERMO ARÉGHIGA SANTAMARÍA COORDINADOR DEL GRUPO LEGISLATIVO DEL PARTIDO NUEVA ALIANZA

DIP. ELÍAS ABAID KURI COORDINADOR DEL GRUPO LEGISLATIVO DEL PARTIDO VERDE ECOLOGISTA DE MÉXICO

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Dictamenes

DIP. JOSÉ ANTONIO GALI LÓPEZ COORDINADOR DEL GRUPO LEGISLATIVO DEL PARTIDO DE LA REVOLUCIÓN DEMOCRÁTICA

DIP. FÉLIX SANTOS BACILIO REPRESENTANTE LEGISLATIVO DEL PARTIDO DEL TRABAJO DIP. JORGE LUIS BLANCARTE MORALES REPRESENTANTE LEGISLATIVO DEL PARTIDO MOVIMIENTO CIUDADANO

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COMISIÓN DE EDUCACIÓN Y CULTURA

DICTAMEN NÚMERO: 14

HONORABLE ASAMBLEA:

A la Comisión que suscribe nos fue turnado por el Pleno de esta Quincuagésimo Octava Legislatura del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Puebla, para su estudio y resolución procedente el expediente formado con motivo de la iniciativa por la que se expide el Código de Ética Legislativa del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Puebla, presentada por los integrantes de la Junta de Gobierno y Coordinación Política de la Quincuagésimo Octava Legislatura del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Puebla

Que en la Ley Orgánica del Poder Legislativo en el Título Tercero, Capítulo V se contemplan los artículos del 48 al 53, inclusive, sobre Ética Legislativa; así mismo, en el Capítulo VI del mismo título se contienen los diversos del 54 al 60, inclusive, sobre la Disciplina Legislativa. Disposiciones legales que destacan por sustentar los principios que rigen la conducta y los deberes de los Diputados, mismos que son: legalidad, responsabilidad, igualdad, decoro, honestidad, solidaridad, austeridad y diálogo.

Sin embargo, aún con el cumplimiento de los deberes o, en su caso, la aplicación de las sanciones establecidas en la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla, la Ley Orgánica del Poder Legislativo y el Reglamento Interior del H. Congreso del Estado, la confianza del ciudadano hacia sus representantes ha ido en demérito, tal vez porque el trabajo realizado no ha sido suficiente, o bien, porque existe la percepción de que los Diputados incumplen con sus compromisos y tareas con posterioridad a la realización de las campañas, sin atender las tres grandes obligaciones que por ley les corresponden, esto es, además de legislar leyes en beneficio de la sociedad en general, las de fiscalización y gestoría que le son inherentes. Omisiones que, a la larga, le han ido restando credibilidad no sólo a los legisladores, sino a la imagen misma del H. Congreso del Estado. Que en un Código de Ética, se establecen los valores sociales y políticos que voluntariamente los Diputados reconocen como principios rectores de su actividad, en el cumplimiento de las obligaciones esenciales que por ley les corresponden, que como ya señalamos son: legislar, fiscalizar los recursos públicos y la de gestoría social. Que para el debido cumplimiento de las obligaciones constitucionales previamente indicadas, es necesario que las acciones de los Diputados sean cimentadas en la buena conducta, legalidad, responsabilidad, igualdad, decoro, honestidad, solidaridad, austeridad y diálogo. Todo lo cual servirá para construir la transformación social, política, económica y educativa de nuestro Estado, no solo conforme a derecho, sino también restaurando la confianza ciudadana en sus representantes políticos.

Que es prudente acotar que el Código de Ética Legislativa que

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hoy se presenta, constituye uno de los mayores logros no solo de concertación política, sino del consenso razonado, ampliamente discutido, merced a la comprensión de los Ciudadanos Diputados Mario Gerardo Riestra Piña, Ernesto Leyva Córdova, José Guillermo Aréchiga Santamaría, Elías Abaid Kuri, José Antonio Gali López, Félix Santos Bacilio y Jorge Luis Blancarte Morales, Presidente, Coordinadores de Grupos y Representantes Legislativos respectivamente, integrantes de la Junta de Gobierno y Coordinación Política del la Quincuagésimo Octava Legislatura del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Puebla, así como de los antecedentes promovidos por la Ciudadana Diputada Ana María Jiménez Ortiz, integrante de la Fracción Legislativa del Partido Acción Nacional, por haber presentado en primera instancia un Punto de Acuerdo con el carácter de excitativa para la creación del Código de Ética en comento.

tiene por objeto fundamental normar la conducta de los legisladores en el ejercicio de su función, respetando los principios éticos que han de observar en el desempeño de su actividad legislativa, con la finalidad de mantener un comportamiento ejemplar apegado a derecho. Artículo 2º.- Para efectos de este Código se entiende por: I. El Código: Código de Ética Legislativa; y II. Los Diputados: Diputados del H. Congreso del Estado de Puebla. Artículo 3º.- Lo dispuesto en el presente Código aplica de manera general, respecto de las actividades que los Diputados desarrollen con motivo de su encargo público. Artículo 4º.- El presente Código tiene los objetivos siguientes:

Por lo anteriormente expuesto y con fundamento en los artículos 57, 64 fracción II de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla; 44 fracción II, 102, 115 fracción III, 119, 123 fracción X de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado; 45, 46, 48 fracción X, 145, 146 y 148 del Reglamento Interior del Honorable Congreso del Estado, nos permitimos someter a consideración de Vuestra Soberanía el siguiente:

CÓDIGO DE ÉTICA LEGISLATIVA DEL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE PUEBLA CAPÍTULO PRIMERO DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1º.- El presente Código es de orden público e interés social,

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I. Dar ejemplo de la vocación de servicio, mediante el compromiso permanente de los Diputados para el cumplimiento de sus obligaciones conforme a los principios contenidos en el artículo 7º; los cuales promueven el Estado Democrático de Derecho; II. Incrementar la confianza de la sociedad en general respecto de los deberes de los Diputados, con el propósito de fortalecer la imagen institucional del Poder Legislativo; y III. Establecer las sanciones aplicables, para el caso de conductas contrarias al presente Código o, en su caso, a las leyes vigentes. Artículo 5º.- Los Diputados al asumir y protestar constitucionalmente el cargo, deberán conocer y aceptar el cumplimiento del presente Código. Artículo 6º.- Todo servidor público o ciudadano que conozca

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de cualquier hecho o conducta contrarios a lo dispuesto en este Código, podrá hacerlo del conocimiento del H. Congreso del Estado, mediante escrito.

CAPÍTULO SEGUNDO PRINCIPIOS RECTORES DE LOS DIPUTADOS Artículo 7º.- Para los efecto de este Código se consideran principios rectores de la conducta y de los deberes de los Diputados, los siguientes: I. Legalidad. Realizar sus funciones con estricto apego al marco jurídico vigente; II. Responsabilidad. Cumplir con estricto apego a las leyes, las obligaciones, comisiones, encomiendas, funciones y actividades propias de su cargo, cuidando en todo tiempo el patrimonio de su ámbito de trabajo; III. Igualdad. Actuar con imparcialidad, objetividad, sin discriminación ni preferencias, ni distinción de género, con la finalidad esencial de ser útil a sus representados y a la sociedad en general; IV. Decoro. Asumir un comportamiento con apego a las normas éticas y jurídicas; V. Honestidad. Proteger el interés público, por encima del de terceros, personales, y/o familiares, con el fin de dar solución a las demandas ciudadanas; VI. Solidaridad. Actuar en consecuencia, con especial sensibilidad frente a las demandas y requerimientos de niños, niñas, jóvenes, mujeres, personas de la tercera edad, etnias, personas con

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discapacidad y, en general, respecto de los favorecidos;

grupos menos

VII. Austeridad. Actuar con especial cuidado en la gestión de los asuntos públicos, observando una conducta de moderación y sobriedad, tanto en el uso de los recursos públicos, como en el desempeño de sus funciones inherentes; y VIII. Diálogo. Privilegiar la discusión y concertación de los acuerdos, respetando la dignidad y el punto de vista de las personas, con el fin de alcanzar consensos. CAPÍTULO TERCERO DE LA ÉTICA LEGISLATIVA

Artículo 8º.- Con el propósito de promover la ética legislativa y, en su caso, prevenir actos contrarios a los principios rectores de la conducta de los Diputados, se observarán las disposiciones del Título Tercero, Capítulo V, de la Ley Orgánica del Poder Legislativo, específicamente contenidas en los artículos del 48 al 53, inclusive.

CAPÍTULO CUARTO DEBERES Y OBLIGACIONES

Artículo 9º.- Son deberes de los diputados, además de los establecidos en la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla, la Ley Orgánica del Poder Legislativo y el Reglamento Interior del H. Congreso del Estado, los siguientes:

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I. Respetar la investidura legislativa, la cual es incompatible con una conducta que atente contra el orden público, los valores y las buenas costumbres; II. Conducirse con decoro, cortesía y tolerancia con todos los integrantes del Congreso, vigilando que estos principios se dispensen a favor de los comparecientes y visitantes del Palacio Legislativo y de su anexo; III. Ejercer sus funciones constitucionales con probidad, honradez y racionalidad, cuando haga uso de los recursos públicos que les corresponda ejercer; y IV. Asistir puntualmente y permanecer en las sesiones de los Órganos Legislativos. Artículo 10.- Los Diputados deberán abstenerse de lo siguiente: I. Solicitar, aceptar, admitir dádivas o favores para sí o para terceros; II. Dejar de realizar su función legislativa, sin causa justificada; y

Todo lo anterior, en concordancia con el Plan de Trabajo presentado.

CAPÍTULO QUINTO SANCIONES

Artículo 12.- Se aplicarán las sanciones disciplinarias que corresponda, conforme a lo dispuesto por el Título Tercero, Capítulo VI de la Ley Orgánica del Poder Legislativo, contenidas en los artículos del 54 al 60, inclusive. Artículo 13. En caso de existir alguna duda acerca de la interpretación de este Código, la misma será resuelta por el Pleno, previa opinión que emita la Junta de Gobierno y Coordinación Política.

III. Ejercer presión o hacer valer su cargo para obtener un beneficio.

TRANSITORIOS

Artículo 11.- Conforme a lo previsto por el artículo 43 fracciones I y V de la Ley Orgánica del Poder Legislativo, los Diputados al rendir sus informes, deberán manifestar lo siguiente:

PRIMERO: El presente Código de Ética Legislativa entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Estado.

I. Comunicar los avances y resultados logrados en su función legislativa, específicamente, con relación a las iniciativas de su autoría o en las que hayan participado;

ATENTAMENTE “SALA DE COMISIONES DEL H. CONGRESO DEL ESTADO” HEROICA PUEBLA DE ZARAGOZA, 07 DE MAYO DE 2013

II. Dar cuenta de la función fiscalizadora que les corresponde; III. Informar de sus labores de gestoría social realizadas; y IV. Dar cuenta de las comisiones desempeñadas y su resultado;

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COMISIÓN DE EDUCACIÓN Y CULTURA

DICTAMEN NÚMERO: 15 HONORABLE ASAMBLEA:

A la Comisión que suscribe nos fue turnado por el Pleno de esta Quincuagésimo Octava Legislatura del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Puebla, para su estudio y resolución procedente el expediente formado con motivo de la iniciativa de Decreto por virtud del cual se declara “Cuatro Veces Heroica Puebla de Zaragoza”, presentada por los Diputados Integrantes de la Junta de Gobierno y Coordinación Política.

Que a 482 años de su fundación, la ciudad capital del Estado de Puebla ha sido parte esencial de la historia de México, y que gracias a la osadía y determinación de los poblanos ocurrieron cuatro episodios heroicos que forjaron el destino glorioso de nuestra patria: 1862, con la Batalla del 5 de Mayo; 1863, con el Sitio de Puebla del 16 de marzo al 17 de mayo; 1867, con la Toma de Puebla del 2 de abril; y 1910, con el nacimiento de la Revolución Mexicana el 18 de noviembre.

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Que una vez lograda la Independencia, surgieron diferencias sobre la forma de gobernar y se lesionó la soberanía nacional con la intervención extranjera. Sin embargo, en la ciudad de Puebla se registraron relevantes episodios históricos que no solo reflejaron el espíritu republicano, sino que reafirmaron la conciencia nacional de los mexicanos para enfrentar y vencer al invasor; logrando con ello definir el proyecto de nación en el siglo XIX. Nuestro país surge entonces a la vida institucional, gracias a la entrega y heroicidad de Puebla. Que los pueblos sin historia, se ha dicho, son pueblos sin héroes y ruinas; y héroes son precisamente el alma misma de Puebla. Bien lo dijo Ignacio Manuel Altamirano en 1881: ...“Oh cualquiera que se precie de ser buen mexicano y contemple el bello seno de Puebla desgarrada por las heridas de la guerra -Ciudad de sitios militares- como el seno de una matrona antigua no podrá menos que exclamar: aquí descansa altiva una matrona de la república, en este corazón se encierran las tradiciones de la lucha, aquí se agita poderoso como en el cerebro una pitonisa, el espíritu de la patria. Vosotros aprendáis en los brazos de esa matrona las lecciones de patriotismo, pues sus cicatrices son para vosotros EL ALFABETO DEL HEROÍSMO Y LA GLORIA”... Que tenía que ser Puebla, en los albores del siglo XX, la continuación de esa línea patriótica, la precursora de una de las primeras Revoluciones sociales del mundo. En esta tierra se inicia una avanzada transformadora, otra vez el pueblo en armas busca su libertad y anhela la justicia; nuevamente se gesta aquí, en nuestra ciudad, en Santa Clara, el cuarto episodio trascendental para México. Son nuevas generaciones que con su sangre fecundaron el movimiento transformador de un México nuevo que cambió radicalmente las estructuras existentes en lo político, social, económico y cultural, para dar paso a un país de instituciones democráticas que, sin

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el estoicismo y heroicidad de Puebla y de su gente, habría sido más difícil de lograrlo. Por estas causas, que son las causas de la República, precisamos enseguida los cuatro episodios históricos que contribuyeron –en definitiva- a forjar un país grandioso como el que hoy tenemos: Primera vez Heroica: En la batalla del 5 de Mayo de 1862, siendo Presidente de la República el Lic. Benito Juárez, el Ejército Mexicano bajo el mando del General Ignacio Zaragoza, dio a nuestra Patria resultados inéditos, no sólo en lo militar, político y social, sino también en el ámbito anímico y psicológico, como al final de la batalla, Zaragoza da cuenta al Presidente con la frase célebre: “las armas nacionales se han cubierto de gloria”. Este hecho cobra relevancia internacional porque vencimos al mejor ejército del mundo de entonces. De esta gesta nacería un México fortalecido y renovado que empezó a confiar en sí mismo, iniciando la transformación nacional que identifica a los mexicanos, y también a los pueblos latinoamericanos. Aquí en nuestro suelo poblano no sólo se defendió la soberanía nacional, sino la de todos los países hermanos del continente; en virtud de que Napoleón III había previsto que al caer México instalaría en América su imperio “latino de occidente”. Fue entonces en Puebla, donde se reafirmó la conciencia nacional, donde se fortaleció la cohesión social e hicimos valer el peso de nuestra verdad como pueblo libre frente al invasor; aquí vivenciamos fehacientemente la premisa de que “sobre la razón de la fuerza, estará la fuerza de la razón”. Con estas convicciones la Batalla del 5 de mayo está vigente en la conciencia no sólo de los mexicanos, sino de todos los latinoamericanos, debido a que la heroica defensa de Puebla frenó la ambición imperial; al respecto el escritor Nemesio García Tinajero

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señaló: ...”La victoria fue inyección sublime de fe, de la primera fe que entraba en el alma de México, después de tres décadas de desventuras. El pueblo se puso de pie gritando lleno de júbilo: No somos tan débiles, no estamos tan disgregados, tenemos una personalidad que ya nadie puede desconocer”... Igualmente, este sentimiento colectivo lo condensó el poeta Manuel Acuña en los siguientes octosílabos que se aprendieron de memoria todos los mexicanos: ...”Desde entonces Patria mía, tú no eres ya para el mundo lo que en su desdén profundo la Europa suponía”... Por su parte Víctor Hugo, el francés universal, se dirigió a los Habitantes de Puebla, así: ...”Teneís razón en creerme con vosotros. No os hace la guerra Francia es el imperio, estoy con vosotros, vosotros y yo combatimos contra el imperio, vosotros en vuestra patria, yo en el destierro. Luchad, combatid, sed terribles y, si creéis que mi nombre os puede servir de algo, aprovechadle, apuntad a ese hombre a la cabeza con el proyectil de la libertad. Valientes hombres de México resistid. La República está con vosotros y hacer ondear sobre vuestras cabezas la bandera de Francia con su arcoíris y la bandera de América con sus estrellas. Esperad. Vuestra heroica resistencia se apoya en el derecho y tiene a favor la certidumbre de la justicia. El atentado contra la República Mexicana continua el atentado contra la República Francesa. Una emboscada completa la otra. El imperio fracasará en esa tentativa infame, así lo creo, y vosotros venceréis. Peor ya venzáis o seáis vencido, la Francia continuará siendo vuestra hermana, de vuestra gloria y vuestro infortunio y yo, ya que apeláis a mi nombre, os repito que estoy con vosotros; si sois vencedores os ofrezco mi fraternidad de ciudadano; si sois vencidos, mi fraternidad de proscrito”... Que en mérito de la gloria militar y del reconocimiento mundial logrados, cabe recordar que nuestra ciudad es nombrada Puebla de Zaragoza, por el Presidente de la República, Lic. Benito Juárez, el 25 de septiembre de 1862; nombramiento que es ratificado por el H. Congreso del Estado en 1950, que la convierte en Heroica Puebla de Zaragoza.

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Segunda vez Heroica: Durante el sitio de Puebla, del 16 de marzo al 17 de mayo de 1863, no obstante que fueron 62 días de asedio a la ciudad, imperó un gran espíritu de lucha en el Ejército del General Jesús González Ortega, así como una gran solidaridad de la población. Jamás dejaron vencerse por el invasor francés y sólo tras haberse agotado las municiones y los víveres de los nuestros, tuvo lugar la rendición de la plaza. En seguida destacamos algunos eventos heroicos de la milicia y de la población: Mención honorífica al Cuerpo del Ejército del Oriente por la victoria en la defensa del Fuerte de San Javier del 27 de marzo; igualmente, por el combate del 25 de abril, al que consideró González Ortega “ha sido el más sangriento y el que más honra a las armas de la República”, por haber repelido al enemigo; que después de 45 días de un cerco infernal sobre toda la capital poblana que impedía la entrada de refuerzos y alimentos al viejo casco histórico, se defendía como el primer día, manzana por manzana, edificio por edificio, cuarto por cuarto; ese heroísmo llegó a lo sobrehumano, porque como lo refiere Troncoso, actor y partícipe militar:... “la carne de caballo y de mula sancochada no es sabrosa y, menos cuando no se combina con alimentos”... A finales de abril solo había carne de burro y perros, poco después el único alimento fue salvado para civiles y militares. Hubo defunciones por hambre sobre todo de infantes, no había ni cloroformo ni hielo para atender heridos. La peste se apareció por las calles, se caminaba entre restos humanos, se pisaban cráneos, lo común era el hedor, el fuego, las cenizas, las ruinas, los escombros y la muerte. Ese horror fue el telón siniestro de aquellos días poblanos. Que en el mismo tenor, destaca el inquebrantable carácter del

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General González Ortega, ya que a pesar de la falta de coordinación con el Ejército del Centro por las diferencias de opinión militar con el General Ignacio Comonfort, así como de la petición de sus subordinados para abandonar la plaza, logró realizar la más férrea y digna defensa de nuestra Ciudad. Aunado a lo anterior, el patriotismo de González Ortega quedó para la historia, cuando el General invasor Forey le propone una “capitulación honrosa” para hacerlo Presidente de México y convocar a elecciones con el apoyo del Ejército francés; a lo que González Ortega textualmente respondió: ...”pero que importando sus proposiciones una intervención de la Francia en la política de México, ó que me convirtiera yo en un usurpador, no podía acceder á ellas: y que no me prestaba á la conferencia, porque la creía inútil, en atención á no tener yo ninguna clase de poderes legítimos para intervenir en las cuestiones políticas y diplomáticas de mi país”... Situación que a todas luces representaba para México la formalización en los hechos de una alta traición, lo que el General González Ortega pudo advertir merced a su clara visión y lealtad inquebrantable, pero sobre todo por su inefable espíritu demostrado a cabalidad para salvar en Puebla el honor de la patria. No obstante la situación infamante que se vivía entonces, tal como lo relata el historiador poblano Pedro Ángel Palou: ...”ante la falta absoluta de víveres, sin agua, cortados los suministros, concluidas las municiones, se hicieron volar los depósitos de pólvora existentes, estrellaron los obuses, los cañones quedaron clavados con las curañas aserradas, rotas las armas, incineradas las banderas, quedó disuelta la tropa y se entregaron los 26 jefes y oficiales para impedir la entrada “a saco de la ciudad”, un Ejército y un pueblo que había sido grande en la defensa lo fue ejemplar en la capitulación”... “Nunca hubo nada igual en nuestros anales militares, en la Ilustración de París, se escribió el 2 de junio de 1863; “La defensa de Puebla quedará en la historia como una de las más heroicas y se colocará

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al lado del Sitio de Zaragoza (en España que fue de 60 días), nada en nuestra opinión es más grande en los anales de la guerra”...fin de la cita. Esta gloriosa defensa de Puebla culmina el 17 de mayo y para el 19, relata el General González Ortega, Forey expuso ante los Generales y Jefes del Ejército de Oriente ya prisioneros lo siguiente: “Que la rendición de la Plaza había sido una cosa nueva y extraordinaria, que no se registraba en los anales de la guerra europea, porque ni había sido una rendición, prévias las garantías que se solicitan en esta clase de actos, ni tampoco una capitulación, y que por lo mismo no hallaba un nombre propio que darle. Que juzgaba los mexicanos habían roto las armas para no entregarlas al Ejército francés, no obstante ser éste muy digno de recibirlas de los defensores de la Plaza de Puebla, pero que esto no quitaba que aquel acto fuera altamente honroso para México”... Como se advierte el heroísmo llegó a lo sobrehumano, en virtud de que en este episodio adverso no solo se templó la decisión y entrega del Ejército, sino que también se fortaleció el carácter y la unidad de todos los mexicanos. Tercera vez Heroica: La Toma de Puebla del 2 de abril de 1867, representa otro de los capítulos grandiosos para México, en virtud de que el Ejército Republicano al mando del General Porfirio Díaz recupera la ciudad de Puebla para el gobierno de Don Benito Juárez. Guillermo Prieto -poeta y político de la época- definió esta gesta como una de las páginas más brillantes de nuestra reciente historia; es la escena más trascendental del desenlace de los terribles dramas de la intervención y del imperio; y contribuyó decisivamente al triunfo de la República, lo que a través de su excelsa cita realza el espíritu indómito de Puebla ...”el resplandecer sobre el cielo que ilustró el 5 de mayo, la aurora del 2 de abril, cayó su luz sobre la frente agonizante del imperio y proyectó como alumbrado un escarmiento terrible en el Cerro de las Campanas de Querétaro”...

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Se cita como antecedente, que Porfirio Díaz fue dos veces prisionero de guerra del Ejército invasor, la primera en 1863, cuando fue conminado a no volver a tomar las armas contra los franceses, a lo que él y otros Generales del Ejército de Oriente se negaron y una vez reorganizado el mismo Ejército, es hecho prisionero por segunda ocasión en 1865, durante la rendición de la plaza de la vieja Antequera, cuando lo persuaden a que se uniera a las filas del imperio, pero ante el rechazo de tal propuesta fue confinado en el Colegio Carolino, de donde escapó, y ya en libertad nuevamente reclutó a más civiles en el Ejército de Oriente y así reinicia la contraofensiva republicana en 1866. Cabe destacar que el General Porfirio Díaz, al frente de las tropas republicanas llega a territorio poblano tras sus triunfos en Oaxaca, el 1º de abril de 1867 prepara el asalto a Puebla y al día siguiente recupera la ciudad mártir; luego el 4 de abril vence el último reducto en Loreto y Guadalupe. A continuación hacemos referencia de algunos eventos heroicos del Tercer Sitio de Puebla: El General Porfirio Díaz decide con sus Generales y Jefes la estrategia y táctica del ataque, ubicando sus tropas en el Cerro de San Juan por ser la parte más alta de la ciudad y previendo que el General enemigo Leonardo Márquez iba sobre Puebla; por esta razón dividió a su Ejército en 17 columnas de asalto, cada una con 130 hombres; al mando de las Generales Cravioto, Carreón, Acuña y Alatorre, así como de los Coroneles Mier y Terán, Francisco Vázquez y Manuel Santibáñez; de los Tenientes Coroneles Juan de la Luz Enríquez, el poblano Juan Crisóstomo Bonilla y Guillermo Carbó, y el Mayor Carlos Pacheco. Igualmente, se guardó reserva total de las disposiciones emanadas del Consejo Militar que específicamente se decidieron a favor de la toma de la ciudad de Puebla, desestimando enfrentar al General Leonardo Márquez. El General Díaz da cuenta de que a las tres

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horas menos quince minutos de la mañana del 2 de abril, se rompió fuego sobre las trincheras de El Carmen, previamente en el cerro de San Juan apareció la señal convenida a través de un lienzo que fue encendido; el fuego de fusilería y cañón no duró 10 minutos, y a los 15 minutos no quedaba más defensa que las torres de Catedral y las alturas de San Agustín y el Carmen. Los actos de valor y arrojo en todos los frentes dieron resultado positivo. Es de destacarse que esta batalla fue una de las que mejor recordó el General Porfirio Díaz, ya que el asalto para recuperar Puebla, mostró la disciplina militar tanto de los oficiales como de la tropa, no obstante haber durado veinticinco horas el asedio, todos cumplieron cabalmente con las órdenes encomendadas. Igualmente, señalamos que además del General Díaz, tuvieron actitudes heroicas el General Manuel González, quien combate en el inicio de su carrera al lado de los conservadores y ante la invasión imperial suplica a Porfirio Díaz que le dé un fusil y un lugar en la tropa para combatir al enemigo, incluso sin reclamar su grado; en este episodio Manuel González increpa al General Díaz y le dice “piense que como usted yo también soy mexicano”. También destaca la entrega sin reservas del Mayor Carlos Pacheco quien en la calle de Siempreviva fue herido por un fragmento de granada en una pantorrilla, luego lesionado en una mano y, por último, los tiros de metralla disparados desde el atrio de Catedral le rompieron el muslo izquierdo y le destrozaron el brazo derecho; todo lo cual no impidió que cumpliera con la misión encomendada. Manuel González y Porfirio Díaz son a la postre Presidentes de México y Carlos Pacheco Diputado y Gobernador de los Estados de Puebla, Morelos, Chihuahua y del Distrito Federal, así como Ministro de Fomento, entre otros cargos. Consideramos de justicia reconocer que entre muchos mexicanos heroicos, debe estar a la cabeza de ellos el General Porfirio Díaz Mori, porque en su afán de cumplir con la encomienda otorgada por el Presidente Benito Juárez y no obstante haber recibido múltiples

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reveses militares, logró integrar el Ejército de Oriente con tropas poco adiestradas pero con una gran entrega y disciplina bajo su mando; prácticamente Juárez depositó en él la inmensa tarea de combatir al imperio. Se ha dicho que si el rostro político de la resistencia lo encarnaba Benito Juárez, el brazo armado de la legalidad lo sería Porfirio Díaz. En resumen, la historia de México, en el siglo XIX, tiene su parteaguas a partir de la Batalla del 5 de mayo, donde emerge su verdadero carácter, mismo que se templa en el heroico sitio de 62 días en 1863, con la solidaridad del Ejército de Oriente y la comunidad poblana. Personalidad mexicana que se consolida en la audacia del 2 de abril de 1867, con la Toma de la ciudad de Puebla; porque finalmente se hace realidad la restauración de la República y de nuestro sistema federalista. Cuánta razón expresa el historiador Daniel Cossío Villegas a través de su obra “Historia Moderna de México”, al señalar:...”que en la segunda independencia Benito Juárez es el consumador de la obra iniciada por Miguel Hidalgo y los Generales Zaragoza, González Ortega, Escobedo y Porfirio Díaz son quienes culminaron la obra bélica de Allende, Aldama, Morelos, Guerrero e Iturbide. Y alguien diría que si Juárez remató la obra de Hidalgo, haciendo de México un país políticamente moderno, es Porfirio Díaz quien lo moderniza económicamente, comunicándolo, creando el crédito y la organización bancaria e industrias donde ya la máquina priva sobre el músculo”...,continúa señalando Cossío Villegas...”con la victoria total de la República sobre el Imperio y del Liberalismo sobre la reacción Conservadora se alcanza un equilibrio político que subsiste cuarenta y cuatro años. Por eso, para mí, la historia moderna de México se inicia en 1867”...fin de la cita.

Cuarta vez Heroica: A principios del siglo XX el gobierno busca mantener la paz social sin importar los medios a utilizar, se agrega

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que existía un marcado deterioro social y político que desvirtuaba el proyecto de nación concebido en décadas anteriores.

Que lo acontecido el 18 de noviembre de 1910, en casa de la familia Serdán tuvo un impacto social y político para el país; así como lo reconoce el historiador Jesús Silva Herzog al señalar:.. “la lucha heroica con el levantamiento de Puebla comenzó la Revolución Mexicana” y en aquel entonces a nivel internacional el periódico K.Z. de Alemania, en su publicación del 24 de noviembre de 1910 citó: ...”El levantamiento de Puebla se ha convertido en una verdadera guerra civil”...

En nuestra ciudad, Puebla de Zaragoza, una vez más, se atestigua un acto de gran heroicidad, ocurrido en la casa de Santa Clara número 4, cita el historiador Pedro Ángel Palou que es: … “caso único, porque provoca que una revolución nazca en una casa particular, donde brotaría la primera sangre y muerte que fecundaría un movimiento transformador de México, que arrancaría a los campesinos de la precaria paz de sus hogares para que los fusiles empezaran a arar la revolución”. Los Hermanos Aquiles, Máximo y Carmen y 13 poblanos más fueron los protagonistas de esta epopeya, para así iniciar el levantamiento de armas con un claro sentido del cambio social que urgía al país, cuando las demandas revolucionarias además del antirreeleccionismo también eran a favor de los derechos de propiedad, laborales, el derecho de asociación, a la huelga, así como la organización del reparto agrario con la consigna Tierra y Libertad, y la educación como una obligación encargada al poder civil. Se hace remembranza de algunas acciones que marcaron precedentes en la gesta del movimiento revolucionario:

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En la primera etapa de este movimiento social encabezada por Francisco I. Madero, Aquiles Serdán era la voz del antirreeleccionismo en Puebla y por esta razón la casa de la familia Serdán era ya vigilada por el gobierno estatal, meses previos al inicio del movimiento armado; hasta que llegó el día 18 de noviembre de 1910, en que la casa fue sitiada y ocupada no solamente por la Policía de la Ciudad, sino también por Cuerpos Rurales y Tropas Federales, que incluso se contabilizó la presencia de casi mil elementos para hacer frente solamente a 16 personas que se encontraban en la casa de Santa Clara. Al ser sofocada cruelmente la heroica acción de los Hermanos Serdán, se exhiben en las calles los cadáveres de Máximo y Aquiles. Sin duda se pretendía dejar en claro una advertencia del gobierno a la ciudadanía, sobre lo que pudiera pasarle a quien o quienes decidieran involucrarse en la rebelión. Por lo anterior, es comprensible dimensionar lo que expresa el historiador Jean Meyer al respecto: ...”El propagandista más eficaz a favor de Madero fue el gobierno, con motivo de los acontecimientos de Puebla. La matanza de un puñado de poblanos llevada acabo por el Ejército hizo más por la causa que seis meses de discursos”...

Cabe resaltar que Aquiles Serdán colaboró en la lucha antirreeleccionista desde 1909, poco después de que se consumara el fraude electoral del 26 de junio, se dirigió al Club Antirreeleccionista, para pedir instrucciones de los pasos a seguir; sin embargo fue enterado que habían girado instrucciones para ponerlo preso y escapó a San Antonio, Texas; para reunirse con los exiliados maderistas y con el propio Madero, lugar donde se determinó levantarse en armas contra la dictadura de Porfirio Díaz y se redactó el documento conocido como Plan de San Luis, en el cual se establecía tomar las armas el domingo 20 de noviembre, y se giró la instrucción a los exiliados para que regresaran a sus lugares de origen e informaran a sus correligionarios sobre lo que había dispuesto la junta revolucionaria en San Antonio. Así el joven Aquiles

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encabezaría el movimiento revolucionario en Puebla.

Como antecedente, la casa de la familia Serdán fue cateada por primera vez en septiembre de 1910, y nuevamente el 18 de noviembre, esta vez por los rumores del levantamiento del día 20 y se sabía que ahí se tenía guardado armamento, por esta razón el gobierno estatal mandó hacer un cateo más minucioso en la casa de Santa Clara, dirigido por el Jefe de Policía Miguel Cabrera. Al tener conocimiento de que se realizaría otro cateo, se consideró no prudente esperar hasta la fecha programada para iniciar la revolución y se dispusieron a preparar bombas caseras y alistar armas para la llegada en cualquier momento de Miguel Cabrera, cuando éste entró a la casa a las 7:30 am, recibió un impacto de bala y murió, los rebeldes sabían que pronto estarían rodeados por las fuerzas federales y resistieron hasta el último momento del ataque, donde Aquiles y Carmen desde los balcones defendían el frente y Máximo Serdán, el hermano menor daba órdenes desde la azotea, moviéndose de un lado para otro con gran ánimo apoyaba a sus compañeros y disparaba con certeza, hasta que fue herido, ante la súplica de su hermana para que bajara y pudiera atenderlo, el se negó, respondió que podía seguir peleando y necesitaba más parque, pero pronto llegaron los federales a ese lugar y Máximo fue asesinado. En medio del dolor y la ira por la pérdida de su hermano, Carmen empuño el arma y estaba al pendiente de lo que hacía Aquiles, quien ya había dejado de disparar, debido a que consideró prudente esconderse para luego escapar y reorganizar a la gente, lo que no fue posible, debido a que pocas horas después fue asesinado en su propia casa.

Carmen Serdán utilizó el pseudónimo de Marcos Serrato para cumplir con la distribución de pólvora y dinamita, entre otras encomiendas; el día 18, no se dejó amedrentar cuando la casa fue

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sitiada, por el contrario gritó con todas sus fuerzas hacia el exterior …”¡vengan, por ustedes lo hacemos. La libertad vale más que la vida. Viva la no reelección! ¡aquí hay armas! ¡ viva la libertad! ¡por ustedes lo hacen y no vienen a defender! ¡Viva Madero!”… Se esperaba una señal de apoyo y desconcertada comentó a su hermano …!Nos han dejado, Aquiles!”..., luego de haber sitiado su casa fue encarcelada junto con su cuñada y madre; posteriormente se hizo miembro de la Junta Revolucionaria de Puebla en 1914, trabajó en la distribución de armas, al igual que como correo de noticias y de órdenes e imprimiendo proclamas, sirvió como enfermera en varios hospitales y sostuvo una entrevista con Venustiano Carranza, Primer jefe del Ejército Constitucionalista.

Que al final de la jornada imperó el silencio...no obstante para el 22 de noviembre se registraron brotes armados en algunos estados; a finales de 1910 y principios de 1911, en el norte y oeste se sucedieron levantamientos. Se concluye así una primera etapa del derrocamiento de la dictadura que, con el tratado de Ciudad Juárez del 21 de mayo de 1911, acarreó la renuncia y exilio de Porfirio Díaz; y para octubre del mismo año obtiene el triunfo Madero en una elección democrática. Por esta razón José Mancisidor escribe: ...“Tan importante como la caída de Ciudad Juárez (1911) es el 18 de noviembre en Puebla (1910)”... Sin duda el inicio de la Revolución mexicana desde la ciudad de Puebla de Zaragoza el 18 de noviembre 1910, fue punto de partida para redefinir un nuevo orden político, económico, social y judicial para México, que finalmente se plasmó en nuestra Carta Magna el 5 de febrero de 1917.

La heroicidad de estos cuatro sucesos enorgullecen a los mexicanos y marcan la esencia de la poblanidad en la historia patria.

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Los jóvenes al saber que Puebla de Zaragoza es Cuatro Veces Heroica, acrecentarán su sentido de identidad, orgullo y pertenencia a esta noble tierra; así como su interés por conocer más de nuestro pasado y transmitir esa pasión por la grandeza de Puebla a futuras generaciones. Finalmente, es un justo tributo a quienes ofrendaron su vida en defensa de la patria declarar: “Cuatro Veces Heroica Puebla de Zaragoza”.

DECRETO

Es prudente acotar que los razonamientos que sirven de fundamento a nuestros considerandos, por tratarse de una apretada síntesis de cuatro epopeyas históricas de México, han sido previamente avalados y cuentan con el beneplácito del Presidente del Consejo de la Crónica del Estado, Prof. Pedro Ángel Palou Pérez.

SEGUNDO.- La denominación de “Cuatro Veces Heroica Puebla de Zaragoza” deberá ser usada al fechar toda la documentación oficial que en la Ciudad de Puebla, Puebla, se expida y en imágenes o leyendas emblemáticas de carácter público en las que se haga mención de la misma.

En virtud de lo anterior la Comisión de Educación y Cultura de la Quincuagésimo Octava Legislatura del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Puebla, en sesión celebrada con esta fecha, tiene a bien considerar el contenido de la Iniciativa de Decreto presentada por los integrantes de la Junta de Gobierno y Coordinación Política. Por lo anteriormente expuesto y con fundamento en los artículos 57, 64 fracción II de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla; 44 fracción II, 102, 115 fracción III, 119, 123 fracción X de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado; 45, 46, 48 fracción X, 145, 146 y 148 del Reglamento Interior del Honorable Congreso del Estado, nos permitimos someter a consideración de Vuestra Soberanía el siguiente:

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PRIMERO.- Se declara “Cuatro Veces Heroica Puebla de Zaragoza”.

TRANSITORIO

ÚNICO.- El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Estado.

ATENTAMENTE “SALA DE COMISIONES DEL H. CONGRESO DEL ESTADO” HEROICA PUEBLA DE ZARAGOZA, 07 DE MAYO DE 2013

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COMISIÓN DE GOBERNACIÓN Y PUNTOS CONSTITUCIONALES

DICTAMEN NÚMERO: 13

HONORABLE ASAMBLEA:

A la Comisión que suscribe y para los efectos del artículo 135 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, nos fue turnada la Minuta Proyecto de Decreto enviada por la Cámara de Senadores del Honorable Congreso de la Unión, por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de los artículos 6°, 7°, 27, 28, 73, 78, 94 y 105 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Por lo anteriormente expuesto y con fundamento en los artículos 51, 57 fracción I, 61 fracción I, 64 y 67 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla; 102, 119, 123 fracción I, 134, 135, 136 y 158 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado; 45, 46, 47, 48 fracción I, 90 y 104 del Reglamento Interior del Honorable Congreso del Estado, nos permitimos someter a la consideración de Vuestra Soberanía el siguiente Dictamen con: PROYECTO DE DECRETO POR EL QUE SE REFORMAN Y ADICIONAN DIVERSAS DISPOSICIONES DE LOS ARTÍCULOS 6°, 7°, 27, 28, 73, 78, 94 Y 105 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, EN MATERIA DE TELECOMUNICACIONES.

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ARTÍCULO ÚNICO. Se REFORMAN el párrafo primero del artículo 6º.; el artículo 7º.; el párrafo sexto del artículo 27; el párrafo segundo del artículo 28; la fracción XVII del artículo 73; la fracción VII del artículo 78 y el párrafo sexto del artículo 94; y se ADICIONAN los párrafos segundo, tercero y cuarto, pasando el actual párrafo segundo a ser apartado A del párrafo cuarto, y un apartado B al artículo 6º.; los párrafos decimotercero al trigésimo del artículo 28, y un inciso l) a la fracción I del artículo 105, todos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar como sigue: Artículo 6o. La manifestación de las ideas no será objeto de ninguna inquisición judicial o administrativa, sino en el caso de que ataque a la moral, la vida privada o los derechos de terceros, provoque algún delito, o perturbe el orden público; el derecho de réplica será ejercido en los términos dispuestos por la ley. El derecho a la información será garantizado por el Estado. Toda persona tiene derecho al libre acceso a información plural y oportuna, así como a buscar, recibir y difundir información e ideas de toda índole por cualquier medio de expresión. El Estado garantizará el derecho de acceso a las tecnologías de la información y comunicación, así como a los servicios de radiodifusión y telecomunicaciones, incluido el de banda ancha e internet. Para tales efectos, el Estado establecerá condiciones de competencia efectiva en la prestación de dichos servicios. Para efectos de lo dispuesto en el presente artículo se observará lo siguiente: A. Para el ejercicio del derecho de acceso a la información, la Federación, los Estados y el Distrito Federal, en el ámbito de sus respectivas competencias, se regirán por los siguientes principios y bases:

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I. a VII. … B. En materia de radiodifusión y telecomunicaciones: I. El Estado garantizará a la población su integración a la sociedad de la información y el conocimiento, mediante una política de inclusión digital universal con metas anuales y sexenales. II. Las telecomunicaciones son servicios públicos de interés general, por lo que el Estado garantizará que sean prestados en condiciones de competencia, calidad, pluralidad, cobertura universal, interconexión, convergencia, continuidad, acceso libre y sin injerencias arbitrarias. III. La radiodifusión es un servicio público de interés general, por lo que el Estado garantizará que sea prestado en condiciones de competencia y calidad y brinde los beneficios de la cultura a toda la población, preservando la pluralidad y la veracidad de la información, así como el fomento de los valores de la identidad nacional, contribuyendo a los fines establecidos en el artículo 3o. de esta Constitución. IV. Se prohíbe la transmisión de publicidad o propaganda presentada como información periodística o noticiosa; se establecerán las condiciones que deben regir los contenidos y la contratación de los servicios para su transmisión al público, incluidas aquellas relativas a la responsabilidad de los concesionarios respecto de la información transmitida por cuenta de terceros, sin afectar la libertad de expresión y de difusión. V. La ley establecerá un organismo público descentralizado con autonomía técnica, operativa, de decisión y de gestión, que tendrá por objeto proveer el servicio de radiodifusión sin fines de lucro, a efecto de asegurar el acceso al mayor número de personas en cada una de las entidades de la Federación, a contenidos que promuevan la integración nacional, la formación educativa, cultural y cívica, la igualdad entre mujeres y hombres, la difusión

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de información imparcial, objetiva, oportuna y veraz del acontecer nacional e internacional, y dar espacio a las obras de producción independiente, así como a la expresión de la diversidad y pluralidad de ideas y opiniones que fortalezcan la vida democrática de la sociedad. El organismo público contará con un Consejo Ciudadano con el objeto de asegurar su independencia y una política editorial imparcial y objetiva. Será integrado por nueve consejeros honorarios que serán elegidos mediante una amplia consulta pública por el voto de dos terceras partes de los miembros presentes de la Cámara de Senadores o, en sus recesos, de la Comisión Permanente. Los consejeros desempeñarán su encargo en forma escalonada, por lo que anualmente serán sustituidos los dos de mayor antigüedad en el cargo, salvo que fuesen ratificados por el Senado para un segundo periodo. El Presidente del organismo público será designado, a propuesta del Ejecutivo Federal, con el voto de dos terceras partes de los miembros presentes de la Cámara de Senadores o, en sus recesos, de la Comisión Permanente; durará en su encargo cinco años, podrá ser designado para un nuevo periodo por una sola vez, y sólo podrá ser removido por el Senado mediante la misma mayoría. El Presidente del organismo presentará anualmente a los Poderes Ejecutivo y Legislativo de la Unión un informe de actividades; al efecto comparecerá ante las Cámaras del Congreso en los términos que dispongan las leyes. VI. La ley establecerá los derechos de los usuarios de telecomunicaciones, de las audiencias, así como los mecanismos para su protección. Artículo 7o. Es inviolable la libertad de difundir opiniones, información e ideas, a través de cualquier medio. No se puede restringir este derecho por vías o medios indirectos, tales como el abuso de controles

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oficiales o particulares, de papel para periódicos, de frecuencias radioeléctricas o de enseres y aparatos usados en la difusión de información o por cualesquiera otros medios y tecnologías de la información y comunicación encaminados a impedir la transmisión y circulación de ideas y opiniones. Ninguna ley ni autoridad puede establecer la previa censura, ni coartar la libertad de difusión, que no tiene más límites que los previstos en el primer párrafo del artículo 6o. de esta Constitución. En ningún caso podrán secuestrarse los bienes utilizados para la difusión de información, opiniones e ideas, como instrumento del delito. Artículo 27. … … … … … En los casos a que se refieren los dos párrafos anteriores, el dominio de la Nación es inalienable e imprescriptible y la explotación, el uso o el aprovechamiento de los recursos de que se trata, por los particulares o por sociedades constituidas conforme a las leyes mexicanas, no podrá realizarse sino mediante concesiones, otorgadas por el Ejecutivo Federal, de acuerdo con las reglas y condiciones que establezcan las leyes, salvo en radiodifusión y telecomunicaciones, que serán otorgadas por el Instituto Federal de Telecomunicaciones. Las normas legales relativas a obras o trabajos de explotación de los minerales y substancias a que se refiere el párrafo cuarto, regularán la ejecución y comprobación de los que se efectúen o deban efectuarse a partir de su vigencia, independientemente de la fecha de otorgamiento de las concesiones, y su inobservancia dará lugar a la cancelación de éstas. El Gobierno Federal tiene la facultad de establecer reservas nacionales y suprimirlas. Las declaratorias correspondientes se harán por el Ejecutivo en los casos y condiciones que las leyes prevean. Tratándose del petróleo y de los carburos de hidrógeno sólidos, líquidos o gaseosos o de minerales radioactivos,

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no se otorgarán concesiones ni contratos, ni subsistirán los que en su caso se hayan otorgado y la Nación llevará a cabo la explotación de esos productos, en los términos que señale la Ley Reglamentaria respectiva. Corresponde exclusivamente a la Nación generar, conducir, transformar, distribuir y abastecer energía eléctrica que tenga por objeto la prestación de servicio público. En esta materia no se otorgarán concesiones a los particulares y la Nación aprovechará los bienes y recursos naturales que se requieran para dichos fines. … … … Artículo 28. … En consecuencia, la ley castigará severamente, y las autoridades perseguirán con eficacia, toda concentración o acaparamiento en una o pocas manos de artículos de consumo necesario y que tenga por objeto obtener el alza de los precios; todo acuerdo, procedimiento o combinación de los productores, industriales, comerciantes o empresarios de servicios, que de cualquier manera hagan, para evitar la libre concurrencia o la competencia entre sí o para obligar a los consumidores a pagar precios exagerados y, en general, todo lo que constituya una ventaja exclusiva indebida a favor de una o varias personas determinadas y con perjuicio del público en general o de alguna clase social. … … … … … … … … …

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… El Estado contará con una Comisión Federal de Competencia Económica, que será un órgano autónomo, con personalidad jurídica y patrimonio propio, que tendrá por objeto garantizar la libre competencia y concurrencia, así como prevenir, investigar y combatir los monopolios, las prácticas monopólicas, las concentraciones y demás restricciones al funcionamiento eficiente de los mercados, en los términos que establecen esta Constitución y las leyes. La Comisión contará con las facultades necesarias para cumplir eficazmente con su objeto, entre ellas las de ordenar medidas para eliminar las barreras a la competencia y la libre concurrencia; regular el acceso a insumos esenciales, y ordenar la desincorporación de activos, derechos, partes sociales o acciones de los agentes económicos, en las proporciones necesarias para eliminar efectos anticompetitivos. El Instituto Federal de Telecomunicaciones es un órgano autónomo, con personalidad jurídica y patrimonio propio, que tiene por objeto el desarrollo eficiente de la radiodifusión y las telecomunicaciones, conforme a lo dispuesto en esta Constitución y en los términos que fijen las leyes. Para tal efecto, tendrá a su cargo la regulación, promoción y supervisión del uso, aprovechamiento y explotación del espectro radioeléctrico, las redes y la prestación de los servicios de radiodifusión y telecomunicaciones, así como del acceso a infraestructura activa, pasiva y otros insumos esenciales, garantizando lo establecido en los artículos 6o. y 7o. de esta Constitución. El Instituto Federal de Telecomunicaciones será también la autoridad en materia de competencia económica de los sectores de radiodifusión y telecomunicaciones, por lo que en éstos ejercerá en forma exclusiva las facultades que este artículo y las leyes establecen para la Comisión Federal de Competencia Económica y regulará de forma asimétrica a los participantes en estos mercados con el objeto de eliminar eficazmente las barreras a la competencia y la libre concurrencia; impondrá límites a la concentración nacional y regional de frecuencias, al concesionamiento y a la propiedad

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cruzada que controle varios medios de comunicación que sean concesionarios de radiodifusión y telecomunicaciones que sirvan a un mismo mercado o zona de cobertura geográfica, y ordenará la desincorporación de activos, derechos o partes necesarias para asegurar el cumplimiento de estos límites, garantizando lo dispuesto en los artículos 6o. y 7o. de esta Constitución. Corresponde al Instituto, el otorgamiento, la revocación, así como la autorización de cesiones o cambios de control accionario, titularidad u operación de sociedades relacionadas con concesiones en materia de radiodifusión y telecomunicaciones. El Instituto notificará al Secretario del ramo previo a su determinación, quien podrá emitir una opinión técnica. Las concesiones podrán ser para uso comercial, público, privado y social que incluyen las comunitarias y las indígenas, las que se sujetarán, de acuerdo con sus fines, a los principios establecidos en los artículos 2o., 3o., 6o. y 7o. de esta Constitución. El Instituto fijará el monto de las contraprestaciones por el otorgamiento de las concesiones, así como por la autorización de servicios vinculados a éstas, previa opinión de la autoridad hacendaria. Las opiniones a que se refiere este párrafo no serán vinculantes y deberán emitirse en un plazo no mayor de treinta días; transcurrido dicho plazo sin que se emitan las opiniones, el Instituto continuará los trámites correspondientes. Las concesiones del espectro radioeléctrico serán otorgadas mediante licitación pública, a fin de asegurar la máxima concurrencia, previniendo fenómenos de concentración que contraríen el interés público y asegurando el menor precio de los servicios al usuario final; en ningún caso el factor determinante para definir al ganador de la licitación será meramente económico. Las concesiones para uso público y social serán sin fines de lucro y se otorgarán bajo el mecanismo de asignación directa conforme a lo previsto por la ley y en condiciones que garanticen la transparencia del procedimiento. El Instituto Federal de Telecomunicaciones llevará un registro público de concesiones. La ley establecerá un esquema efectivo de sanciones que señale como causal de revocación del

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título de concesión, entre otras, el incumplimiento de las resoluciones que hayan quedado firmes en casos de conductas vinculadas con prácticas monopólicas. En la revocación de las concesiones, el Instituto dará aviso previo al Ejecutivo Federal a fin de que éste ejerza, en su caso, las atribuciones necesarias que garanticen la continuidad en la prestación del servicio. El Instituto Federal de Telecomunicaciones garantizará que el Gobierno Federal cuente con las concesiones necesarias para el ejercicio de sus funciones. La Comisión Federal de Competencia Económica y el Instituto Federal de Telecomunicaciones, serán independientes en sus decisiones y funcionamiento, profesionales en su desempeño e imparciales en sus actuaciones, y se regirán conforme a lo siguiente: I. Dictarán sus resoluciones con plena independencia; II. Ejercerán su presupuesto de forma autónoma. La Cámara de Diputados garantizará la suficiencia presupuestal a fin de permitirles el ejercicio eficaz y oportuno de sus competencias; III. Emitirán su propio estatuto orgánico, mediante un sistema de votación por mayoría calificada; IV. Podrán emitir disposiciones administrativas de carácter general exclusivamente para el cumplimiento de su función regulatoria en el sector de su competencia; V. Las leyes garantizarán, dentro de cada organismo, la separación entre la autoridad que conoce de la etapa de investigación y la que resuelve en los procedimientos que se sustancien en forma de juicio; VI. Los órganos de gobierno deberán cumplir con los principios de transparencia y acceso a la información. Deliberarán en forma colegiada y decidirán los asuntos por mayoría de votos; sus

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sesiones, acuerdos y resoluciones serán de carácter público con las excepciones que determine la ley; VII. Las normas generales, actos u omisiones de la Comisión Federal de Competencia Económica y del Instituto Federal de Telecomunicaciones podrán ser impugnados únicamente mediante el juicio de amparo indirecto y no serán objeto de suspensión. Solamente en los casos en que la Comisión Federal de Competencia Económica imponga multas o la desincorporación de activos, derechos, partes sociales o acciones, éstas se ejecutarán hasta que se resuelva el juicio de amparo que, en su caso, se promueva. Cuando se trate de resoluciones de dichos organismos emanadas de un procedimiento seguido en forma de juicio sólo podrá impugnarse la que ponga fin al mismo por violaciones cometidas en la resolución o durante el procedimiento; las normas generales aplicadas durante el procedimiento sólo podrán reclamarse en el amparo promovido contra la resolución referida. Los juicios de amparo serán sustanciados por jueces y tribunales especializados en los términos del artículo 94 de esta Constitución. En ningún caso se admitirán recursos ordinarios o constitucionales contra actos intraprocesales; VIII. Los titulares de los órganos presentarán anualmente un programa de trabajo y trimestralmente un informe de actividades a los Poderes Ejecutivo y Legislativo de la Unión; comparecerán ante la Cámara de Senadores anualmente y ante las Cámaras del Congreso en términos del artículo 93 de esta Constitución. El Ejecutivo Federal podrá solicitar a cualquiera de las Cámaras la comparecencia de los titulares ante éstas; IX. Las leyes promoverán para estos órganos la transparencia gubernamental bajo principios de gobierno digital y datos abiertos; X. La retribución que perciban los Comisionados deberá ajustarse a lo previsto en el artículo 127 de esta Constitución;

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XI. Los comisionados de los órganos podrán ser removidos de su cargo por las dos terceras partes de los miembros presentes del Senado de la República, por falta grave en el ejercicio de sus funciones, en los términos que disponga la ley, y

destacada en actividades profesionales, de servicio público o académicas sustancialmente relacionadas con materias afines a las de competencia económica, radiodifusión o telecomunicaciones, según corresponda;

XII. Cada órgano contará con una Contraloría Interna, cuyo titular será designado por las dos terceras partes de los miembros presentes de la Cámara de Diputados, en los términos que disponga la ley.

VI. Acreditar, en los términos de este precepto, los conocimientos técnicos necesarios para el ejercicio del cargo;

Los órganos de gobierno, tanto de la Comisión Federal de Competencia Económica como del Instituto Federal de Telecomunicaciones se integrarán por siete Comisionados, incluyendo el Comisionado Presidente, designados en forma escalonada a propuesta del Ejecutivo Federal con la ratificación del Senado. El Presidente de cada uno de los órganos será nombrado por la Cámara de Senadores de entre los comisionados, por el voto de las dos terceras partes de los miembros presentes, por un periodo de cuatro años, renovable por una sola ocasión. Cuando la designación recaiga en un comisionado que concluya su encargo antes de dicho periodo, desempeñará la presidencia sólo por el tiempo que falte para concluir su encargo como comisionado. Los comisionados deberán cumplir los siguientes requisitos: I. Ser ciudadano mexicano por nacimiento y estar en pleno goce de sus derechos civiles y políticos; II. Ser mayor de treinta y cinco años; III. Gozar de buena reputación y no haber sido condenado por delito doloso que amerite pena de prisión por más de un año; IV. Poseer título profesional; V. Haberse desempeñado, cuando menos tres años, en forma

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VII. No haber sido Secretario de Estado, Procurador General de la República, senador, diputado federal o local, Gobernador de algún Estado o Jefe de Gobierno del Distrito Federal, durante el año previo a su nombramiento, y VIII. En la Comisión Federal de Competencia Económica, no haber ocupado, en los últimos tres años, ningún empleo, cargo o función directiva en las empresas que hayan estado sujetas a alguno de los procedimientos sancionatorios que sustancia el citado órgano. En el Instituto Federal de Telecomunicaciones no haber ocupado, en los últimos tres años, ningún empleo, cargo o función directiva en las empresas de los concesionarios comerciales o privados o de las entidades a ellos relacionadas, sujetas a la regulación del Instituto. Los Comisionados se abstendrán de desempeñar cualquier otro empleo, trabajo o comisión públicos o privados, con excepción de los cargos docentes; estarán impedidos para conocer asuntos en que tengan interés directo o indirecto, en los términos que la ley determine, y serán sujetos del régimen de responsabilidades del Título Cuarto de esta Constitución y de juicio político. La ley regulará las modalidades conforme a las cuales los Comisionados podrán establecer contacto para tratar asuntos de su competencia con personas que representen los intereses de los agentes económicos regulados. Los Comisionados durarán en su encargo nueve años y por ningún motivo podrán desempeñar nuevamente ese cargo. En caso de falta absoluta de algún comisionado, se procederá a la designación

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correspondiente, a través del procedimiento previsto en este artículo y a fin de que el sustituto concluya el periodo respectivo. Los aspirantes a ser designados como Comisionados acreditarán el cumplimiento de los requisitos señalados en los numerales anteriores, ante un Comité de Evaluación integrado por los titulares del Banco de México, el Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación y el Instituto Nacional de Estadística y Geografía. Para tales efectos, el Comité de Evaluación instalará sus sesiones cada que tenga lugar una vacante de comisionado, decidirá por mayoría de votos y será presidido por el titular de la entidad con mayor antigüedad en el cargo, quien tendrá voto de calidad. El Comité emitirá una convocatoria pública para cubrir la vacante. Verificará el cumplimiento, por parte de los aspirantes, de los requisitos contenidos en el presente artículo y, a quienes los hayan satisfecho, aplicará un examen de conocimientos en la materia; el procedimiento deberá observar los principios de transparencia, publicidad y máxima concurrencia. Para la formulación del examen de conocimientos, el Comité de Evaluación deberá considerar la opinión de cuando menos dos instituciones de educación superior y seguirá las mejores prácticas en la materia. El Comité de Evaluación, por cada vacante, enviará al Ejecutivo una lista con un mínimo de tres y un máximo de cinco aspirantes, que hubieran obtenido las calificaciones aprobatorias más altas. En el caso de no completarse el número mínimo de aspirantes se emitirá una nueva convocatoria. El Ejecutivo seleccionará de entre esos aspirantes, al candidato que propondrá para su ratificación al Senado. La ratificación se hará por el voto de las dos terceras partes de los miembros del Senado presentes, dentro del plazo improrrogable de treinta días naturales a partir de la presentación de la propuesta; en los recesos, la Comisión Permanente convocará desde luego

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al Senado. En caso de que la Cámara de Senadores rechace al candidato propuesto por el Ejecutivo, el Presidente de la República someterá una nueva propuesta, en los términos del párrafo anterior. Este procedimiento se repetirá las veces que sea necesario si se producen nuevos rechazos hasta que sólo quede un aspirante aprobado por el Comité de Evaluación, quien será designado comisionado directamente por el Ejecutivo. Todos los actos del proceso de selección y designación de los Comisionados son inatacables. Artículo 73. El Congreso tiene facultad: I. a XVI. … XVII. Para dictar leyes sobre vías generales de comunicación, tecnologías de la información y la comunicación, radiodifusión, telecomunicaciones, incluida la banda ancha e Internet, postas y correos, y sobre el uso y aprovechamiento de las aguas de jurisdicción federal. XVIII. a XXX. … Artículo 78. … … I. a VI. … VII. Ratificar los nombramientos que el Presidente haga de embajadores, cónsules generales, empleados superiores de Hacienda, integrantes del órgano colegiado encargado de la regulación en materia de energía, coroneles y demás jefes superiores del Ejército, Armada y Fuerza Aérea Nacionales, en los términos que la ley disponga, y

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VIII. …

constitucionalidad de sus actos o disposiciones generales.

Artículo 94. … … … … …

… …

El Consejo de la Judicatura Federal determinará el número, división en circuitos, competencia territorial y especialización por materias, entre las que se incluirá la de radiodifusión, telecomunicaciones y competencia económica, de los Tribunales Colegiados y Unitarios de Circuito y de los Juzgados de Distrito. … … … … … … … Artículo 105… I. … a) a i) … j) Un Estado y un Municipio de otro Estado, sobre la constitucionalidad de sus actos o disposiciones generales; k) Dos órganos de gobierno del Distrito Federal, sobre la constitucionalidad de sus actos o disposiciones generales, y l) Dos órganos constitucionales autónomos, y entre uno de éstos y el Poder Ejecutivo de la Unión o el Congreso de la Unión sobre la

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II. y III. … … … TRANSITORIOS PRIMERO. El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación. SEGUNDO. Las medidas de fomento a la competencia en televisión, radio, telefonía y servicios de datos, deberán aplicarse en todos los segmentos de forma que se garantice en su conjunto la competencia efectiva en la radiodifusión y telecomunicaciones. TERCERO. El Congreso de la Unión realizará las adecuaciones necesarias al marco jurídico conforme al presente Decreto dentro de los ciento ochenta días naturales siguientes a su entrada en vigor, y deberá: I. Establecer tipos penales especiales que castiguen severamente prácticas monopólicas y fenómenos de concentración; II. Regular el organismo público a que se refiere el artículo 6o. que se adiciona en virtud del presente Decreto. Pasarán a este organismo público los recursos humanos, financieros y materiales del organismo descentralizado denominado Organismo Promotor de Medios Audiovisuales; III. Establecer los mecanismos para homologar el régimen de permisos y concesiones de radiodifusión, a efecto de que únicamente existan concesiones, asegurando una diversidad de medios que permita

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distinguir las concesiones de uso comercial, público, privado y social que incluyen las comunitarias e indígenas; IV. Regular el derecho de réplica; V. Establecer la prohibición de difundir publicidad engañosa o subrepticia; VI. Establecer los mecanismos que aseguren la promoción de la producción nacional independiente; VII. Establecer prohibiciones específicas en materia de subsidios cruzados o trato preferencial, consistentes con los principios de competencia, para el efecto de que los operadores de radiodifusión o telecomunicaciones no otorguen subsidios a los servicios que proporcionan, por sí o a través de sus empresas subsidiarias, filiales, afiliadas o que pertenezcan al mismo grupo de interés económico. Cada concesionario deberá fijar tarifas mínimas, consistentes con los principios de competencia, para la emisión de anuncios, las cuales serán presentadas ante la autoridad para su registro público; VIII. Determinar los criterios conforme a los cuales el Instituto Federal de Telecomunicaciones otorgará las autorizaciones para el acceso a la multiprogramación, bajo los principios de competencia y calidad, garantizado el derecho a la información y atendiendo de manera particular la concentración nacional y regional de frecuencias, incluyendo en su caso, el pago de las contraprestaciones debidas; IX. Crear un Consejo Consultivo del Instituto Federal de Telecomunicaciones, integrado por miembros honorarios y encargado de fungir como órgano asesor en la observancia de los principios establecidos en los artículos 6o. y 7o. constitucionales, y X. Aprobar las leyes, reformas y adiciones que deriven del presente Decreto. CUARTO. En el mismo plazo referido en el artículo anterior, el Congreso

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de la Unión deberá expedir un solo ordenamiento legal que regule de manera convergente, el uso, aprovechamiento y explotación del espectro radioeléctrico, las redes de telecomunicaciones, así como la prestación de servicios de radiodifusión y telecomunicaciones. La ley establecerá que las concesiones serán únicas, de forma que los concesionarios puedan prestar todo tipo de servicios a través de sus redes, siempre que cumplan con las obligaciones y contraprestaciones que les imponga el Instituto Federal de Telecomunicaciones y en su caso, las contraprestaciones correspondientes. El Instituto Federal de Telecomunicaciones, una vez que haya determinado los concesionarios que tienen el carácter de agente económico preponderante en términos de la fracción III del artículo Octavo Transitorio de este Decreto, establecerá, dentro de los sesenta días naturales siguientes, mediante lineamientos de carácter general, los requisitos, términos y condiciones que los actuales concesionarios de radiodifusión, telecomunicaciones y telefonía deberán cumplir para que se les autorice la prestación de servicios adicionales a los que son objeto de su concesión o para transitar al modelo de concesión única, siempre que se encuentren en cumplimiento de las obligaciones previstas en las leyes y en sus títulos de concesión. La autorización a que se refiere este párrafo podrá otorgarse a los agentes económicos preponderantes sólo cuando se encuentren en cumplimiento de las medidas que se les hayan impuesto conforme a lo previsto en las fracciones III y IV del artículo Octavo Transitorio de este Decreto. El Instituto deberá resolver sobre la procedencia o improcedencia de las autorizaciones a que se refiere este párrafo dentro de los sesenta días naturales siguientes a la presentación de las solicitudes respectivas y, en el primer caso, determinará las contraprestaciones correspondientes. QUINTO. A la entrada en vigor del presente Decreto se permitirá la inversión extranjera directa hasta el cien por ciento en telecomunicaciones y comunicación vía satélite.

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Se permitirá la inversión extranjera directa hasta un máximo del cuarenta y nueve por ciento en radiodifusión. Dentro de este máximo de inversión extranjera se estará a la reciprocidad que exista en el país en el que se encuentre constituido el inversionista o el agente económico que controle en última instancia a éste, directa o indirectamente. La transición digital terrestre culminará el 31 de diciembre de 2015. Los Poderes de la Unión estarán obligados a promover, en el ámbito de sus competencias, la implementación de equipos receptores y decodificadores necesarios para la adopción de esta política de gobierno garantizando, a su vez, los recursos presupuestales que resulten necesarios. Los concesionarios y permisionarios están obligados a devolver, en cuanto culmine el proceso de transición a la televisión digital terrestre, las frecuencias que originalmente les fueron concesionadas por el Estado, a fin de garantizar el uso eficiente del espectro radioeléctrico, la competencia y el uso óptimo de la banda de 700 MHz. SEXTO. Con el objeto de asegurar el escalonamiento en el cargo de los Comisionados de la Comisión Federal de Competencia Económica y del Instituto Federal de Telecomunicaciones, los primeros Comisionados nombrados en cada uno de esos órganos concluirán su encargo el último día de febrero de los años 2016, 2017, 2018, 2019, 2020, 2021 y 2022. El Ejecutivo Federal, al someter los nombramientos a la ratificación del Senado de la República, señalará los periodos respectivos. Para los nombramientos de los primeros Comisionados, tanto de la Comisión Federal de Competencia Económica como del Instituto Federal de Telecomunicaciones, deberá observarse lo siguiente: I. El Comité de Evaluación a que se refiere el artículo 28 de la Constitución deberá enviar al Ejecutivo Federal las listas de aspirantes respectivas, dentro de los sesenta días naturales siguientes a la

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entrada en vigor del presente Decreto; II. Una vez recibidas las listas, el Ejecutivo Federal deberá remitir sus propuestas al Senado de la República dentro de los diez días naturales siguientes; III. El Senado de la República, una vez reunido, contará con un plazo de diez días naturales para resolver sobre la propuesta, y IV. En caso de que respecto de una misma vacante el Senado de la República no apruebe en dos ocasiones la designación del Ejecutivo Federal, corresponderá a éste la designación directa del comisionado respectivo, a partir de la lista de aspirantes presentada por el Comité de Evaluación a que se refiere el artículo 28 de la Constitución. SÉPTIMO. En tanto se integran los órganos constitucionales conforme a lo dispuesto en el artículo Sexto Transitorio, continuarán en sus funciones, conforme al marco jurídico vigente a la entrada en vigor del presente Decreto, los órganos desconcentrados Comisión Federal de Competencia y Comisión Federal de Telecomunicaciones. Los recursos humanos, financieros y materiales de los órganos desconcentrados referidos pasarán a los órganos constitucionales que se crean por virtud de este Decreto. Los procedimientos iniciados con anterioridad a la integración de la Comisión Federal de Competencia Económica y del Instituto Federal de Telecomunicaciones, continuarán su trámite ante estos órganos en términos de la legislación aplicable al momento de su inicio. Las resoluciones que recaigan en estos procedimientos, sólo podrán ser impugnadas en términos de lo dispuesto por el presente Decreto mediante juicio de amparo indirecto. Asimismo, los juicios y recursos en trámite, continuarán hasta su conclusión conforme a la legislación vigente a la entrada en vigor del presente Decreto.

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Si no se hubieren realizado las adecuaciones al marco jurídico previstas en el artículo Tercero Transitorio a la fecha de la integración de la Comisión Federal de Competencia Económica y del Instituto Federal de Telecomunicaciones, éstos ejercerán sus atribuciones conforme a lo dispuesto por el presente Decreto y, en lo que no se oponga a éste, en las leyes vigentes en materia de competencia económica, radiodifusión y telecomunicaciones. OCTAVO. Una vez constituido el Instituto Federal de Telecomunicaciones conforme a lo dispuesto en el artículo Sexto Transitorio, deberá observarse lo siguiente: I. Los concesionarios que presten servicios de televisión radiodifundida están obligados a permitir a los concesionarios de televisión restringida la retransmisión de su señal, de manera gratuita y no discriminatoria, dentro de la misma zona de cobertura geográfica, en forma íntegra, simultánea y sin modificaciones, incluyendo la publicidad y con la misma calidad de la señal que se radiodifunde. Los concesionarios que presten servicios de televisión restringida están obligados a retransmitir la señal de televisión radiodifundida, de manera gratuita y no discriminatoria, dentro de la misma zona de cobertura geográfica, en forma íntegra, simultánea y sin modificaciones, incluyendo la publicidad y con la misma calidad de la señal que se radiodifunde, e incluirla sin costo adicional en los servicios contratados por los suscriptores y usuarios. Los concesionarios de televisión restringida vía satélite, sólo deberán retransmitir obligatoriamente las señales radiodifundidas de cobertura del cincuenta por ciento o más del territorio nacional. Todos los concesionarios de televisión restringida deberán retransmitir las señales radiodifundidas por instituciones públicas federales. Los concesionarios de telecomunicaciones o de televisión radiodifundida que hayan sido declarados con poder sustancial en cualquiera de los mercados de telecomunicaciones o radiodifusión o como agentes económicos preponderantes en los términos de

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este Decreto, no tendrán derecho a la regla de gratuidad de los contenidos de radiodifusión o de la retransmisión gratuita; lo que en ningún caso se reflejará como costo adicional en los servicios contratados por los suscriptores y usuarios. Estos concesionarios deberán acordar las condiciones y precios de los contenidos radiodifundidos o de la retransmisión. En caso de diferendo, el Instituto Federal de Telecomunicaciones determinará la tarifa bajo los principios de libre competencia y concurrencia. El Instituto Federal de Telecomunicaciones sancionará con la revocación de la concesión a los agentes económicos preponderantes o con poder sustancial que se beneficien directa o indirectamente de la regla de gratuidad, a través de otros concesionarios, sin perjuicio del pago de las contraprestaciones que correspondan. También se revocará la concesión a estos últimos. Las obligaciones de ofrecer y retransmitir gratuitamente los contenidos radiodifundidos perderán su vigencia simultáneamente cuando existan condiciones de competencia en los mercados de radiodifusión y telecomunicaciones. Esta declaración será realizada por el Instituto Federal de Telecomunicaciones en los términos que establezca la ley. En este caso, los concesionarios estarán en libertad de acordar los precios y condiciones de la retransmisión de contenidos radiodifundidos. En caso de diferendo el Instituto Federal de Telecomunicaciones determinará la tarifa que deberá estar orientada a costos. II. Para dar cabal cumplimiento al Programa de Licitación y Adjudicación de Frecuencias de Televisión Radiodifundida Digital, el Instituto Federal de Telecomunicaciones publicará, en un plazo no mayor a ciento ochenta días naturales a partir de su integración, las bases y convocatorias para licitar nuevas concesiones de frecuencias de televisión radiodifundida que deberán ser agrupadas a efecto de formar por lo menos dos nuevas cadenas de televisión con cobertura nacional, bajo los principios de funcionamiento eficiente de los mercados, máxima cobertura nacional de servicios, derecho a la información y función social de los medios de comunicación,

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y atendiendo de manera particular las barreras de entrada y las características existentes en el mercado de televisión abierta. No podrán participar en las licitaciones aquellos concesionarios o grupos relacionados con vínculos de tipo comercial, organizativo, económico o jurídico, que actualmente acumulen concesiones para prestar servicios de radiodifusión de 12 MHz de espectro radioeléctrico o más en cualquier zona de cobertura geográfica. III. El Instituto Federal de Telecomunicaciones deberá determinar la existencia de agentes económicos preponderantes en los sectores de radiodifusión y de telecomunicaciones, e impondrá las medidas necesarias para evitar que se afecte la competencia y la libre concurrencia y, con ello, a los usuarios finales. Dichas medidas se emitirán en un plazo no mayor a ciento ochenta días naturales contados a partir de su integración, e incluirán en lo aplicable, las relacionadas con información, oferta y calidad de servicios, acuerdos en exclusiva, limitaciones al uso de equipos terminales entre redes, regulación asimétrica en tarifas e infraestructuras de red, incluyendo la desagregación de sus elementos esenciales y, en su caso, la separación contable, funcional o estructural de dichos agentes. Para efectos de lo dispuesto en este Decreto, se considerará como agente económico preponderante, en razón de su participación nacional en la prestación de los servicios de radiodifusión o telecomunicaciones, a cualquiera que cuente, directa o indirectamente, con una participación nacional mayor al cincuenta por ciento, medido este porcentaje ya sea por el número de usuarios, suscriptores, audiencia, por el tráfico en sus redes o por la capacidad utilizada de las mismas, de acuerdo con los datos con que disponga el Instituto Federal de Telecomunicaciones. Las obligaciones impuestas al agente económico preponderante se extinguirán en sus efectos por declaratoria del Instituto Federal de Telecomunicaciones una vez que conforme a la ley existan condiciones de competencia efectiva en el mercado de que se trate.

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IV. El Instituto Federal de Telecomunicaciones, en un plazo no mayor a ciento ochenta días naturales contados a partir de su integración, establecerá las medidas que permitan la desagregación efectiva de la red local del agente preponderante en telecomunicaciones de manera que otros concesionarios de telecomunicaciones puedan acceder, entre otros, a los medios físicos, técnicos y lógicos de conexión entre cualquier punto terminal de la red pública de telecomunicaciones y el punto de acceso a la red local pertenecientes a dicho agente. Estas medidas también serán aplicables al agente económico con poder sustancial en el mercado relevante de servicios al usuario final. Las medidas a que se refiere el párrafo anterior deberán considerar como insumo esencial todos los elementos necesarios para la desagregación efectiva de la red local. En particular, los concesionarios podrán elegir los elementos de la red local que requieran del agente preponderante y el punto de acceso a la misma. Las citadas medidas podrán incluir la regulación de precios y tarifas, condiciones técnicas y de calidad, así como su calendario de implantación con el objeto de procurar la cobertura universal y el aumento en la penetración de los servicios de telecomunicaciones. V. El Instituto Federal de Telecomunicaciones revisará, dentro de los ciento ochenta días naturales siguientes a su integración, los títulos de concesión vigentes, a efecto de verificar el cumplimiento de sus términos, condiciones y modalidades. VI. En un plazo de ciento ochenta días naturales siguientes a su integración, el Instituto Federal de Telecomunicaciones recabará la información necesaria a fin de constituir el Registro Público de Concesiones a que se refiere el artículo 28 de la Constitución. NOVENO. En relación con las resoluciones a que se refieren las fracciones III y IV del artículo anterior, se estará a lo siguiente:

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I. Se pronunciarán de conformidad con el procedimiento que establezca la legislación vigente en la fecha de su emisión y a falta de disposición expresa, conforme a la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; II. Únicamente podrán ser impugnadas mediante el juicio de amparo indirecto y no serán objeto de suspensión, tal y como lo establece el artículo 28 de la Constitución, reformado en virtud del presente Decreto. Las normas generales aplicadas durante el procedimiento y los actos intraprocesales sólo podrán reclamarse en el amparo promovido contra la resolución referida, y III. No admitirán recurso administrativo alguno y solamente podrán ser impugnadas a través del juicio de amparo indirecto en los términos de la fracción anterior. El incumplimiento de las medidas contempladas en las citadas resoluciones será sancionado en términos de las disposiciones aplicables. El incumplimiento a la separación contable, funcional o estructural dará lugar a la revocación de los títulos de concesión. DÉCIMO. Los medios públicos que presten el servicio de radiodifusión deberán contar con independencia editorial; autonomía de gestión financiera; garantías de participación ciudadana; reglas claras para la transparencia y rendición de cuentas; defensa de sus contenidos; opciones de financiamiento; pleno acceso a tecnologías, y reglas para la expresión de diversidades ideológicas, étnicas y culturales. DÉCIMO PRIMERO. Para que la publicidad en radio y televisión sea equilibrada, la ley dotará al Instituto Federal de Telecomunicaciones de atribuciones para vigilar el cumplimiento de los tiempos máximos que la misma señale para la transmisión de mensajes comerciales. La ley deberá asegurar que la programación dirigida a la población infantil respete los valores y principios a que se refiere el artículo 3o. de la Constitución, así como las normas en materia de salud y

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establecerá lineamientos específicos que regulen la publicidad pautada en la programación destinada al público infantil. El Instituto contará con facultades para supervisar su cumplimiento. Asimismo, corresponderá al Instituto resolver cualquier desacuerdo en materia de retransmisión de contenidos, con excepción de la materia electoral. DÉCIMO SEGUNDO. El Consejo de la Judicatura Federal deberá establecer Tribunales Colegiados de Circuito y Juzgados de Distrito especializados en materia de competencia económica, radiodifusión y telecomunicaciones, en un plazo no mayor a sesenta días naturales contados a partir de la entrada en vigor del presente Decreto. El Consejo de la Judicatura Federal emitirá acuerdos de carácter general en los que se preverán la forma de asignación de los asuntos y la rotación de jueces y magistrados especializados que conocerán de los mismos, así como las medidas pertinentes para garantizar la independencia, objetividad e imparcialidad de los juzgados y tribunales a que se refiere el párrafo anterior. DÉCIMO TERCERO. La Cámara de Diputados, en el Presupuesto de Egresos de la Federación, aprobará las disposiciones necesarias para dotar de suficiencia presupuestaria a los órganos reguladores a que se refiere este Decreto para el desempeño de sus funciones, así como las previsiones presupuestarias para el buen funcionamiento del organismo a que se refiere el artículo 6o., Apartado B, fracción V, de la Constitución. DÉCIMO CUARTO. El Ejecutivo Federal tendrá a su cargo la política de inclusión digital universal, en la que se incluirán los objetivos y metas en materia de infraestructura, accesibilidad y conectividad, tecnologías de la información y comunicación, y habilidades digitales, así como los programas de gobierno digital, gobierno y datos abiertos, fomento a la inversión pública y privada en aplicaciones de

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telesalud, telemedicina y Expediente Clínico Electrónico y desarrollo de aplicaciones, sistemas y contenidos digitales, entre otros aspectos. Dicha política tendrá, entre otras metas, que por lo menos 70 por ciento de todos los hogares y 85 por ciento de todas las micros, pequeñas y medianas empresas a nivel nacional, cuenten con accesos con una velocidad real para descarga de información de conformidad con el promedio registrado en los países miembros de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos. Esta característica deberá ser ofrecida a precios competitivos internacionalmente. El Instituto Federal de Telecomunicaciones deberá realizar las acciones necesarias para contribuir con los objetivos de la política de inclusión digital universal. Asimismo, el Ejecutivo Federal elaborará las políticas de radiodifusión y telecomunicaciones del Gobierno Federal y realizará las acciones tendientes a garantizar el acceso a Internet de banda ancha en edificios e instalaciones de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal. Las entidades federativas harán lo propio en el ámbito de su competencia. DÉCIMO QUINTO. La Comisión Federal de Electricidad cederá totalmente a Telecomunicaciones de México su concesión para instalar, operar y explotar una red pública de telecomunicaciones y le transferirá todos los recursos y equipos necesarios para la operación y explotación de dicha concesión, con excepción de la fibra óptica, derechos de vía, torres, postería, edificios e instalaciones que quedarán a cargo de la Comisión Federal de Electricidad, garantizando a Telecomunicaciones de México el acceso efectivo y compartido a dicha infraestructura para su aprovechamiento eficiente, a fin de lograr el adecuado ejercicio de sus funciones y el cumplimiento de sus objetivos. Telecomunicaciones de México tendrá atribuciones y recursos para promover el acceso a servicios de banda ancha, planear, diseñar y ejecutar la construcción y el

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crecimiento de una robusta red troncal de telecomunicaciones de cobertura nacional, así como la comunicación vía satélite y la prestación del servicio de telégrafos. Lo anterior, de conformidad con los lineamientos y acuerdos emitidos por el Instituto Federal de Telecomunicaciones. DÉCIMO SEXTO. El Estado, a través del Ejecutivo Federal, en coordinación con el Instituto Federal de Telecomunicaciones, garantizará la instalación de una red pública compartida de telecomunicaciones que impulse el acceso efectivo de la población a la comunicación de banda ancha y a los servicios de telecomunicaciones, de conformidad con los principios contenidos en el artículo 6o., Apartado B, fracción II del presente Decreto y las características siguientes: I. Iniciará la instalación antes de que concluya el año 2014, y estará en operación antes de que concluya el año 2018; II. Contemplará el aprovechamiento de al menos 90 MHz del espectro liberado por la transición a la Televisión Digital Terrestre (banda 700 MHz), de los recursos de la red troncal de fibra óptica de la Comisión Federal de Electricidad y de cualquier otro activo del Estado que pueda utilizarse en la instalación y la operación de la red compartida; III. Podrá contemplar inversión pública o privada, identificando las necesidades presupuestales y, en su caso, las previsiones que deba aprobar la Cámara de Diputados; IV. Asegurará que ningún prestador de servicios de telecomunicaciones tenga influencia en la operación de la red; V. Asegurará el acceso a los activos requeridos para la instalación y operación de la red, así como el cumplimiento de su objeto y obligaciones de cobertura, calidad y prestación no discriminatoria de servicios;

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VI. Operará bajo principios de compartición de toda su infraestructura y la venta desagregada de todos sus servicios y capacidades, y prestará exclusivamente servicios a las empresas comercializadoras y operadoras de redes de telecomunicaciones, bajo condiciones de no discriminación y a precios competitivos. Los operadores que hagan uso de dicha compartición y venta desagregada se obligarán a ofrecer a los demás operadores y comercializadores las mismas condiciones que reciban de la red compartida, y VII. Promoverá que la política tarifaria de la red compartida fomente la competencia y que asegure la reinversión de utilidades para la actualización, el crecimiento y la cobertura universal. El Ejecutivo Federal, en el marco del Sistema Nacional de Planeación Democrática, incluirá en los instrumentos programáticos respectivos, las acciones necesarias para el desarrollo de la red a que se refiere este artículo. DÉCIMO SÉPTIMO. En el marco del Sistema Nacional de Planeación Democrática, el Ejecutivo Federal incluirá en el Plan Nacional de Desarrollo y en los programas sectoriales, institucionales y especiales conducentes las siguientes acciones: I. El crecimiento de la red troncal prevista en el artículo Décimo Sexto Transitorio de este Decreto, ya sea mediante inversión pública, privada o mixta, para asegurar la máxima cobertura de servicios a la población; II. Un programa de banda ancha en sitios públicos que identifique el número de sitios a conectar cada año, hasta alcanzar la cobertura universal; III. Un estudio pormenorizado que identifique el mayor número posible de sitios públicos federales, ductos, postería y derechos de vía que deberán ser puestos a disposición de los operadores de telecomunicaciones y radiodifusión para agilizar el despliegue

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de sus redes. El programa deberá incluir la contraprestación que los concesionarios deberán pagar por el aprovechamiento correspondiente, bajo principios de acceso no discriminatorio y precios que promuevan el cumplimiento del derecho a que se refiere el artículo 6o., párrafo tercero, de la Constitución, siempre y cuando el concesionario ofrezca las mismas condiciones en el acceso a su propia infraestructura; IV. Un programa de trabajo para dar cabal cumplimiento a la política para la transición a la Televisión Digital Terrestre y los recursos presupuestales necesarios para ello, y V. Un Programa Nacional de Espectro Radioeléctrico que, de manera enunciativa y no limitativa, incluirá lo siguiente: a) Un programa de trabajo para garantizar el uso óptimo de las bandas 700 MHz y 2.5 GHz bajo principios de acceso universal, no discriminatorio, compartido y continuo, y b) Un programa de trabajo para reorganizar el espectro radioeléctrico a estaciones de radio y televisión. El Instituto Federal de Telecomunicaciones deberá realizar las acciones necesarias para contribuir con los objetivos y metas fijados en el Plan Nacional de Desarrollo y demás instrumentos programáticos, relacionados con los sectores de radiodifusión y telecomunicaciones. DÉCIMO OCTAVO. Los derechos laborales de los trabajadores que presten sus servicios en las empresas y organismos dedicados a las actividades que comprende el presente Decreto se respetarán en todo momento de conformidad con la ley. En mérito de lo anterior la Quincuagésimo Octava Legislatura del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Puebla, aprueba

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la reformas y adiciones de diversas disposiciones de los artículos 6°, 7°, 27, 28, 73, 78, 94 y 105 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Comuníquese a la Cámara Senadores del Honorable Congreso de la Unión, para los efectos previstos en el artículo 135 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

COMISIÓN DE GOBERNACIÓN Y PUNTOS CONSTITUCIONALES

DICTAMEN NÚMERO: 12

TRANSITORIO HONORABLE ASAMBLEA: ÚNICO.- El presente Decreto deberá publicarse en el Periódico Oficial del Estado. ATENTAMENTE “SALA DE COMISIONES DEL H. CONGRESO DEL ESTADO” HEROICA PUEBLA DE ZARAGOZA, A 07 DE MAYO DE 2013

A la Comisión que suscribe y en cumplimiento a lo dispuesto por los artículos 34 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 18 y 64 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla, nos fueron turnados para su estudio y Dictamen con Minuta de Decreto correspondiente, los expedientes formados con motivo de las solicitudes presentadas por los ciudadanos ELIZABETH LUCAS CAMACHO, SARAY CRUZ HERNANDEZ, MARIA ISABEL SOLIS SALAZAR, JOSE RUTILO DOMINGUEZ CUEVAS, ARTURO ANICETO LUGO SALAZAR, ERIVAN HERNANDEZ LOPEZ, JOSE ANGEL PALACIOS HERRERA y TANIA GUADALUPE GARCIA GUERRA, quienes manifiestan su deseo y voluntad de ser poblanos. Que los solicitantes justifican debidamente su nacionalidad mexicana, en términos de lo dispuesto por el artículo 3° de la Ley de Nacionalidad, mediante la copia certificada de su Acta de Nacimiento, expedida por el Juez del Registro Civil de las Personas. Que los ciudadanos SARAY CRUZ HERNANDEZ, MARIA ISABEL SOLIS SALAZAR y ERIVAN HERNANDEZ LOPEZ, cumplen con lo establecido

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en la fracción II del artículo 18 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla, como consta en el Acta de Nacimiento que acompañan. Asimismo, los ciudadanos ELIZABETH LUCAS CAMACHO, JOSE RUTILO DOMINGUEZ CUEVAS, ARTURO ANICETO LUGO SALAZAR, JOSE ANGEL PALACIOS HERRERA y TANIA GUADALUPE GARCIA GUERRA, cumplen con lo establecido en la fracción III del artículo 18 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla, justificando su residencia continua, permanente y comprobable de por lo menos cinco años en el Estado de Puebla, además de acompañar para tal efecto, diversos documentos públicos y privados. Toda vez que los solicitantes prueban efectivamente su nacionalidad mexicana y su residencia continua y permanente de por lo menos cinco años dentro de nuestra entidad con los documentos antes señalados, y en términos de las fracciones II y III del artículo 18 de la Constitución Política del Estado respectivamente, que indican que son poblanos “Los mexicanos hijos de padre poblano o madre poblana, nacidos fuera del territorio del Estado, mayores de edad, que manifiesten ante el Congreso Local su deseo de ser poblanos y obtengan del mismo su aprobación para ser considerados como tales” o “los mexicanos nacidos fuera del territorio del Estado, hijos de padres no poblanos, con residencia continua y comprobable de cinco años dentro del mismo, mayores de edad, que manifiesten ante el congreso local su deseo de ser poblanos y obtengan del mismo su aprobación para ser considerados como tales” y habiendo cumplido con los requisitos que establecen los artículos 51, 57 fracción I, 61 fracción I, 64, 67 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla; 119, 123 fracción I, 134, 135 y 158 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Puebla; 48 fracción I, 90 y 104 del Reglamento Interior del Honorable Congreso del Estado, nos permitimos someter a la consideración de Vuestra Soberanía el siguiente Dictamen con Minuta de:

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DECRETO ÚNICO.- Se concede la calidad de Poblano los ciudadanos SARAY CRUZ HERNANDEZ, MARIA ISABEL SOLIS SALAZAR y ERIVAN HERNANDEZ LOPEZ, por reunir los requisitos de la fracción II del artículo 18 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla, y a los ciudadanos ELIZABETH LUCAS CAMACHO, JOSE RUTILO DOMINGUEZ CUEVAS, ARTURO ANICETO LUGO SALAZAR, JOSE ANGEL PALACIOS HERRERA y TANIA GUADALUPE GARCIA GUERRA, quienes cumplen con la fracción III del artículo 18 del mismo ordenamiento Constitucional.

TRANSITORIO ÚNICO.- El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Estado. ATENTAMENTE “SALA DE COMISIONES DEL H. CONGRESO DEL ESTADO” HEROICA PUEBLA DE ZARAGOZA, A 07 DE MAYO DE 2013

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