ANÁLISIS POR DIMENSIÓN Y AJUSTES SUGERIDOS AL EOT DEL MUNICIPIO DE CALAMAR

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PROGRAMA NUEVOS TERRITORIOS DE PAZ

CONSORCIO PARA EL DESARROLLO INTEGRAL Y LA PAZ DEL GUAVIARE - DEISPAZ

Convenio de Asociación No. 363 de 2015

ANÁLISIS POR DIMENSIÓN Y AJUSTES SUGERIDOS AL EOT DEL MUNICIPIO DE CALAMAR

NOHORA ANGÉLICA ROJAS MONCADA Consultora

San José del Guaviare, Noviembre 2015 1


Cláusula de exención de responsabilidad

Este documento es resultado del trabajo de Consultoría realizado para el Programa Nuevos Territorios de Paz - NTP en el Guaviare. El contenido de este documento es responsabilidad de la organización contratada por Consorcio para el Desarrollo Integral Sostenible para la Paz –Deispaz- y no refleja las posiciones del Departamento para la Prosperidad Social –DPS-, ni de la Unión Europea –UE-.

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Contenido INTRODUCCIÓN ................................................................................................................................... 4 OBJETIVOS ........................................................................................................................................... 5 GENERAL.......................................................................................................................................... 5 ESPECÍFICOS .................................................................................................................................... 5 CONTEXTO ........................................................................................................................................... 6 METODOLOGÍA.................................................................................................................................. 11 ACTIVIDADES REALIZADAS ............................................................................................................ 11 SITUACIÓN ENCONTRADA ................................................................................................................. 12 ANÁLISIS POR COMPONENTE ........................................................................................................ 14 EL COMPONENTE GENERAL ...................................................................................................... 17 COMPONENTE URBANO............................................................................................................ 28 COMPONENTE RURAL ............................................................................................................... 33 PROGRAMA DE EJECUCIÓN ....................................................................................................... 37 LOGROS Y DIFICULTADES .............................................................................................................. 39 SUGERENCIAS DE AJUSTES ................................................................................................................ 41 CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES ............................................................................................ 43 APORTES PARA LA PAZ, DESARROLLO Y RECONCILIACIÓN ........................................................... 44 ANEXOS ............................................................................................................................................. 45 BIBLIOGRAFÍA .................................................................................................................................... 46

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INTRODUCCIÓN El presente documento se realiza en el marco del Convenio de Asociación No. 363 de 2015, entre DEISPAZ y DPS, para el desarrollo, como aporte dentro del Resultado 2 de Tierras y Territorios del Programa Nuevos Territorios de Paz, al fortalecimiento de las capacidades institucionales para el ordenamiento territorial del Municipio de Calamar. Este documento pretende dar de una manera más sencilla, los elementos básicos que deben ser observados en el proceso de Revisión y Ajuste por vencimiento de términos que emprende el municipio en su Esquema de Ordenamiento Territorial, realizando un proceso de análisis de los principales puntos que la administración determina para el ajuste. Adicionalmente se entrega el expediente municipal en la estructura propuesta por el Ministerio de Vivienda y con los documentos actualizados, conforme la entrega del municipio y la revisión secundaria realizada, este documento será mejorado con el proceso de diagnóstico territorial, pero se constituye en base de lo alcanzado por la presente administración y memoria para la siguiente.

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OBJETIVOS GENERAL Fortalecer la capacidad de la administración municipal para la Revisión y Ajuste del Esquema de Ordenamiento Territorial de Calamar

ESPECÍFICOS -

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Hacer unas recomendaciones para la nueva Administración basadas en la experiencia de la administración actual y la normativa base del proceso del proceso de ordenamiento territorial. Compendiar la información disponible desde estudios y cartografía que aporta para el ajuste y revisión del EOT de Calamar. Entregar el Expediente Municipal actualizado, para que sirva de base al proceso de diagnóstico territorial requerido para la Revisión y Ajuste del EOT.

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CONTEXTO El municipio de Calamar está ubicado en la zona suroriental del departamento, con una extensión de 1.401.865, aproximadamente, correspondiente al 25,24% del territorio departamental, tiene cuatro figuras de ordenamiento claramente definidas que corresponde a: 

Zona de Recuperación para la Producción Sur: del Distrito de Manejo Integrado AríariGuayabero del Área de Manejo Especial de la Macarena. El Gobierno Nacional con el fin de generar un mecanismo de protección a un nudo de parques que se encuentran en el área, centro oriental del país, (correspondientes a los parques Tinigua, Picachos, Sumapáz y Macarena) declaró el Área de Manejo Especial de La Macarena (AMEN), mediante el Decreto-Ley No. 1989 de 1.989, de cuya jurisdicción hace parte el departamento del Guaviare. Como mecanismo de amortiguación de los Parques de la zona, se definieron las zonas adyacentes como Distritos de Manejo Integrado de los Recursos Naturales Renovables (DMI), entre estos, se declara el Distrito de Manejo Integrado de los Recursos Naturales Renovables del Ariari - Guayabero, ubicado en el departamento del Meta, jurisdicción de los municipios de Lejanías, El Castillo, Granada, Vista Hermosa, Cubarral, Puerto Lleras, Fuente de Oro, Mesetas, San Juan de Arama, Puerto Rico, La Macarena y el actual Departamento del Guaviare, el cual correspondía en esa época a una Comisaría. De acuerdo con el artículo 6º el Decreto-Ley No. 1989 de 1.989, este DMI está integrado por las siguientes zonas: Zonas de producción, zonas de Recuperación para la Producción Occidente, Recuperación para la Preservación Sur, zona de Recuperación para la Producción Sur y zona de Preservación Serranía La Lindosa. Además, el área sustraída de la Reserva Forestal en San José quedó contemplada dentro de la zonificación del DMI Ariari – Guayabero, en dos zonas bien diferenciadas: La de Preservación Serranía La Lindosa, cuya área comprende todo el afloramiento rocoso, y la Zona de Recuperación para la Producción Sur.

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Calamar

Fuente: CDA, Presentación determinantes ambientales, 2015 Esta área en el Departamento recoge todas las sustracciones realizadas con anterioridad, correspondiendo en esto al municipio de Calamar aproximadamente 31.152 hectáreas; que es el área en donde se puede formalizar la propiedad vía titulación. 

Resguardos Indígenas: que corresponden a un área de 150.574 Has, distribuidos en los resguardos de Barranquillita constituido mediante Resolución 26 de 1994 para la comunidad indígena Tucano de Barranquillita, su mayor área se encuentra en el municipio de Miraflores, por lo cual realiza la administración de recursos. Esta comunidad se encuentra asentada en ambos márgenes del río Unilla, Itilla y Vaupés en jurisdicción de la inspección de policía de Barranquillita. Comprende un área de 22.265 ha aproximadamente.

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YAGUARA II

LA YUQUERA

EL ITILLA

BARRANQUILLITA

Fuente: CDA, Presentación determinantes ambientales, 2015 La Yuquera se encuentra ubicado en el municipio de Calamar, es constituido por el INCORA por la Resolución 27 de 1994 para la comunidad indígena Tucano de la Yuquera. Esta comunidad se encuentra ubicada en las márgenes del río Unilla con un área de terreno aproximada de 7.708 ha, en terrenos baldíos ubicados dentro de la reserva forestal de la Amazonia. El Resguardo indígena de El Itilla, constituido por el Incoder mediante Resolución 018 de 2002, con un área de 8.719 ha, con 2.760 metros cuadrados, a favor de las comunidades de las etnias Carapana, Cubeo, Tucano y Desano en el municipio de Calamar, dentro de la zona de reserva forestal de la Amazonía. El resguardo indígena de Llanos del Yari-Yaguara II, se constituye como resguardo mediante la Resolución 1010 de 1995, para la comunidad indígena Pijaos. Se localiza entre los departamentos del Meta y el Guaviare, en el municipio de Calamar y la Macarena, siendo este último el municipio que realiza la administración de recursos del mismo. 

Parques Nacionales: en el municipio solo está el Parque Natural Nacional Serranía del Chiribiquete que comparte área con los Municipios de Solano, Cartagena del Chaira y San Vicente del Caguán en el Caquetá, fue creado mediante la Resolución Ejecutiva 120 de 1989 del Ministerio de Agricultura aprobado mediante el Acuerdo 045 del mismo año del INDERENA; ampliado mediante Resolución 1038 de agosto de 2013 del Ministerio de Ambiente, hasta ser el parque más grande de Colombia, con 2.782.353 8


Ha. Área de la cual se encuentra el 15,04% en Calamar correspondiente a 418.615,7 Has aproximadamente.

Fuente: UAESPENN, Presentación áreas protegidas, 2015 

Reserva Forestal de la Amazonía de ley 2ª de 1959, es la zona del territorio Colombiano determinado para el desarrollo de la economía forestal y protección de los suelos, las aguas y la vida silvestre, en la zona amazónica de la cual hacia parte todo el terreno del Guaviare, del cual se fueron sustrayendo áreas, para la formalización de la tenencia para la población campesina, así mismo se determinaron otras figuras que son compatibles con esta zona como los resguardos indígenas y las áreas protegidas, finalmente el área restante que aún tiene el municipio de Calamar, corresponde a 801.523,3 Has.

La población del municipio de Calamar actualmente está proyectada, de acuerdo a datos DANE para el año 2015, en 9091 habitantes, de los cuales el 55% son hombres y el 45% mujeres, el 67% de la población tiene menos de 30 años. De acuerdo a la ley Ley 388 de 1997, esta población inferior a treinta mil habitantes, determina un plan de ordenamiento correspondiente a un Esquema de Ordenamiento 9


Territorial; el cual se formuló en el mismo grupo que los de los demás municipios, bajo un Convenio Plante-Gobernación-Municipios desde 1997, hasta su aprobación mediante Acuerdo 04 del 28 de febrero del 2002. Esto implica que de acuerdo a lo estipulado en la ley y en el mismo EOT, actualmente el documento se encuentra en su última vigencia del largo plazo; el mayor inconveniente que presenta el EOT es el que nunca se realizó un proceso de revisión y ajuste en ninguna de sus vigencias anteriores, por ello el documento quedó desactualizado, su normativa se vio insuficiente ante todos los desarrollos generados a nivel nacional y es necesaria su revisión y ajuste para una nueva vigencia. Se define entonces que para lograr hacer una formulación adecuada se debe tener en cuenta:

Fuente: Ministerio de Vivienda, ciudad y territorio; Formulación del Componente General Revisión y Ajustes al Plan de Ordenamiento Territorial (POT - PBOT – EOT), Septiembre 2013

Estos son los elementos que se deberán analizar en primera instancia para la nueva formulación del Plan.

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METODOLOGÍA La metodología utilizada para la elaboración de este documento, se basa en los dos productos mayores, por una parte el documento de recomendaciones, tiene como base la consulta con los integrantes de la administración, y el conocimiento del proceso de ordenamiento en el municipio. Por otra parte la actualización del expediente, se desarrolla mediante la consulta de fuentes de información institucional, secundaria y la información entregada por el mismo ente territorial. Esta información es procesada acorde con las directrices establecidas por el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, en sus guías.

ACTIVIDADES REALIZADAS Se realizó una visita al municipio de tres días en los que se desarrollaron las siguientes actividades: -

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Acompañamiento a la Administración municipal en el proceso de empalme sobre el tema de ordenamiento territorial. Reunión con el Consejo de Gobierno para reconocer los procesos de ordenamiento existentes y que afectan al municipio, así mismo realizar un análisis de los temas más complejos encontrados en los temas de ordenamiento territorial. Trabajo con la Secretaría de Planeación en la recopilación de estudios y documentos estratégicos para la actualización del Expediente Municipal.

Adicionalmente se desarrolla una revisión de información secundaria para complementar la información requerida.

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SITUACIÓN ENCONTRADA

Imagen Calamar 1985

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Imagen Calamar 2013

El ordenamiento territorial es proceso de planeación prospectiva, que se basa en lograr el mayor beneficio económico y social de las poblaciones que habitan un territorio, logrando la mejor utilización del suelo, con el menor detrimento de los recursos naturales. El desarrollo del municipio de Calamar, se ha dado en la misma lógica de todo el territorio departamental, en la cual el modelo de ocupación se ha invertido de lo rural a lo urbano, en términos poblacionales, sin embargo, se ha aumentado en las zonas rurales, el cambio de cobertura como se refleja en las imágenes satelitales anteriores. Si bien el modelo de ocupación ha variado, no es la única situación reflejada en la ocupación del municipio, a continuación se hace un análisis de cada uno de los componentes, según su contenido.

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ANÁLISIS POR COMPONENTE Los planes de ordenamiento territorial municipales, independiente de las especifidades de contenidos, determinadas por su población tienen los mismos componentes establecidos por la ley 388 de 1997, así:

El componente general se elabora sobre la base de la visión de desarrollo de largo plazo que se tenga definida, ya que esta determina el modelo de ocupación territorial, al cruzarla con las limitantes y potencialidades que este tenga en el espacio geográfico. Para el municipio de Calamar su principal propósito era en 1998 continuar en la búsqueda de un proceso de desarrollo sostenible de los asentamientos existentes, los cuales deberán desarrollar su proyecto de vida garantizando la conservación, uso y manejo sostenible de los recursos naturales. De acuerdo a las imágenes y los registros de deforestación realizados esta visión no se logró alcanzar; por lo cual se requiere realizar el análisis desde la base misma de la visión del municipio que se desea en el largo plazo. Así que lo primero que se establece es un análisis de la dimensión poblacional, en este caso para el municipio muy requerido, desde la definición del actual modelo, que incluye no solo el análisis de ocupación y la estructura de la población y sino un proceso de participación activo en la definición de la planeación del territorio.

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La incorporación técnica de las variables de población debe contemplar el reconocer las necesidades de la población, pero del mismo modo las limitantes de los terrenos que ocupan, tanto física como normativamente. Dentro de las variables que se deben observar de la población están:  Tamaño de la población para la planeación: determina el volumen de la población, esta se debe plantear de la manera más efectiva, con la disposición de información existente, ya que es lo que más establece demanda sobre los servicios que ofrece el territorio, sean estos de orden ambiental o de servicios públicos o sociales, impactándolo positiva o negativamente. De otra parte se debe contemplar la población flotante, que regularmente tiene condiciones que exigen la presentación de servicios, médicos, escolares, en caso de los trabajadores temporales o de habitación y alimentación en el caso de los turistas; por ello se deben analizar las condiciones económicas y de producción que vive actualmente el municipio y que pueden darse en el futuro. Frente a las proyecciones se debe ver el crecimiento de la población, considerando el crecimiento vegetativo o natural teniendo como referente los indicadores regulares de natalidad y mortalidad y la que se puede dar bajo diferentes fenómenos económicos y sociales reflejados en procesos de migración, elemento éste ya vivenciados por el municipio, especialmente frente a fenómenos de violencia y de los altibajos de la dependencia económica de la hoja de coca.  Por otra parte están las características poblaciones, que se refiere a la Estructura o composición demográfica referente a la edad y sexo de la población, que se deberán considerar para la provisión de servicios especiales, determinación de transportes, vías, vivienda, etc; las características socio-demográficas por grupos poblacionales de estudiantes, trabajadores, tipo de estructura social, que establece el tipo de necesidad de servicios sociales como escuelas, zonas de trabajo, parqueos o transporte y comportamientos determinado por los aspectos culturales, religiosos, políticos, normativos y de esta índole que establecen la respuesta a situaciones que se presenten frente a la movilidad de la familia por situaciones de oportunidades laborales, respuesta a situaciones de riesgo, apropiación del territorio, etc, esto en particular frente al riesgo que expresa la determinación de establecer infraestructura, en lugares que la población fácilmente abandonará, o acciones que no tienen en cuenta las condiciones culturales, por ejemplo el tipo de edificación definida para las zonas urbanas.  Por otra parte está la escala de análisis de la población, pues la vista desde el nivel veredal o barrial es completamente diferente a la interveredal o interbarrial y más cuando se lleva al municipio como participe de la organización departamental, donde 15


entran en juego los elementos críticos de vías, transporte, servicios públicos y análisis funcional para prestación de servicios de apoyo a la producción y comercialización. Para este análisis debe volver a revisarse la visión de largo plazo, pero en relación con las políticas nacionales, como la estrategia de paz, en la cual el municipio se va a ver impactada y con las cuales debe analizarse el panorama de recepción de población, su vinculación laboral y su relación con la situación de los demás municipios del Departamento. Entra en este elemento también el análisis de políticas como la multimodal, la explotación legal o ilegal de la minería y las definiciones frente al área protegida del municipio.  Finalmente un tema crítico de la dependencia y sostenibilidad que se debe analizar es el uso del medio ambiente por la población, ya que si bien se reconoce en las leyes la dependencia y uso que se debe dar a los recursos para el bienestar de la población, este debe ser medido en que debe tenerse la posibilidad de proveer bienestar a las generaciones actuales, al mismo tiempo que se define la garantía que debe haber en estos recursos para sostener a las generaciones futuras. Esto no es solo para la provisión de espacio, suelo o materiales, sino más importante la disponibilidad del agua, la energía, la calidad del aire y el ambiente como valor intrínseco que hace al hombre parte del ecosistema. Todo esto, establecido en la ley 388 de 1997, como la obligación de manejar la sostenibilidad de los recursos, así como el respeto a las condiciones culturales de los pueblos que su cosmogonía está directamente relacionada con el medio. Todos estos elementos se resumen en la siguiente gráfica:

Fuente: Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, Guía metodológica 2; elementos poblacionales para el ordenamiento territorial, 2005

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Frente a esta condición del análisis poblacional, el departamento en general y el municipio de Calamar en particular, tienen una deficiencia en datos que les ayude a proyectar, por lo que se deberán asumir todos los existentes diferentes datos que permiten hacer unos análisis desde diferentes ángulos, las bases de datos del SISBEN, los registro de educación, los que se tienen en el centro de salud y en la ESE del 1er nivel, aunque estos ya no son tomados de forma focalizada permiten datos gruesos, los de registro histórico de FORENSIS, las bases de beneficiarios de los diferentes programas, como Red Unidos, Familias en acción y demás esquemas de apoyo social. A continuación se hace una descripción más detallada de las condiciones encontradas y lo que se requiere por cada uno de los componentes que integran el Esquema de Ordenamiento Territorial EL COMPONENTE GENERAL

El componente general de los planes de ordenamiento es el que define la estructura del mismo en el largo y mediano plazo, establece, según la ley 388 de 1997, articulo 12, los siguientes temas: 1. Los objetivos y estrategias territoriales de largo y mediano plazo que complementarán, desde el punto de vista del manejo territorial, el desarrollo municipal y distrital, principalmente en los siguientes aspectos: 1.1. Identificación y localización de las acciones sobre el territorio que posibiliten organizarlo y adecuarlo para el aprovechamiento de sus ventajas comparativas y su mayor competitividad. 1.2. Definición de las acciones territoriales estratégicas necesarias para garantizar la consecución de los objetivos de desarrollo económico y social del municipio o distrito. 1.3. Adopción de las políticas de largo plazo para la ocupación, aprovechamiento y manejo del suelo y del conjunto de los recursos naturales. 2. Contenido Estructural, el cual deberá establecer, en desarrollo y concreción de los aspectos señalados en el numeral 1 de este artículo, la estructura urbano-rural e intraurbana que se busca alcanzar a largo plazo, con la correspondiente identificación de la naturaleza de las infraestructuras, redes de comunicación y servicios, así como otros elementos o equipamientos estructurantes de gran escala. En particular se deberán especificar:

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2.1. Los sistemas de comunicación entre el área urbana y el área rural y su articulación con los respectivos sistemas regionales. 2.2. El señalamiento de las áreas de reserva y medidas para la protección del medio ambiente, conservación de los recursos naturales y defensa del paisaje, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 99 de 1993 y el Código de Recursos Naturales, así como de las áreas de conservación y protección del patrimonio histórico, cultural y arquitectónico. Ver el Concepto del Consejo de Estado Radicación 1068 de 1998. 2.3. La determinación y ubicación en planos de las zonas que presenten alto riesgo para la localización de asentamientos humanos, por amenazas o riesgos naturales o por condiciones de insalubridad. 2.4. La localización de actividades, infraestructuras y equipamientos básicos para garantizar adecuadas relaciones funcionales entre asentamientos y zonas urbanas y rurales. 2.5. La clasificación del territorio en suelo urbano, rural y de expansión urbana, con la correspondiente fijación del perímetro del suelo urbano, en los términos en que estas categorías quedan definidas en el Capítulo IV de la presente Ley, y siguiendo los lineamientos de las regulaciones del Ministerio del Medio Ambiente en cuanto a usos del suelo, exclusivamente en los aspectos ambientales y de conformidad con los objetivos y criterios definidos por las Áreas Metropolitanas en las normas obligatoriamente generales, para el caso de los municipios que las integran. De acuerdo a lo anterior, los temas esenciales y situación del municipio son: EL MODELO DE OCUPACIÓN DEL TERRITORIO El modelo de ocupación actual del territorio está dado por la forma en que la población se instala y usa el terreno ocupado. Esto determina como se desarrollan los barrios, las zonas económicas, el equipamiento urbano que se prioriza y su ubicación, etc. El modelo deseado de ocupación del territorio, está directamente relacionado con la definición de la visión de futuro del territorio, es la plataforma física sobre la cual se deben poder desarrollar las acciones que se visualizan para el bienestar de la población particularmente frente a las alternativas de desarrollo económico y la prestación de los servicios sociales, pero que no pueden estar en contravía con las condiciones ambientales y físicas del territorio ocupado.

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Fuente: Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, Guía metodológica 2; elementos poblacionales para el ordenamiento territorial, 2005

El modelo de ocupación establece las líneas normativas para definir la organización del territorio de modo que se tomen en cuenta todos los atributos y sistemas con que cuenta el territorio y los medios más adecuados para el aprovechamiento de las condiciones ofrecidas. Esto determina en primera medida la clasificación del suelo en urbano y rural, con su respectiva área de expansión, determinada por la proyección del crecimiento de la población; así como el establecimiento de los suelos de protección tanto por los recursos naturales que se deben proteger, como por las áreas que constituyen un riesgo para la seguridad humana. Este tema en el municipio es esencial, pues cuenta con restricciones de orden ambiental y legal que limitan las áreas de crecimiento, sin embargo se deben evaluar, por ejemplo el casco urbano queda al borde del rio Unilla y le limitan humedales y madreviejas que le establecen una condición de restricción para el crecimiento, hacia una sola dirección que tiene una alta complejidad jurídica, porque se han dado procesos de apropiación no regulares y han “encerrado” entre tres propietarios las áreas de crecimiento del municipio. Por otra parte en la zona rural, Calamar es el municipio con menor área en zona del DMI, lo que determina una menor posibilidad de titulación de predios, por lo cual la ocupación se ha dado de manera informal sobre el área de Reserva Forestal de Ley 2ª, por lo cual se plantea la necesidad de analizar mecanismos de formalización que permita, que se establezca una relación formal, asumiendo derechos y responsabilidades sobre el uso y 19


manejo de los predios, en el marco de un municipio que tiene altos determinantes ambientales, asociados al Parque Natural. En el esquema que se muestra a continuación se reflejan los elementos planteados con anterioridad:

Fuente: Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, Guía metodológica 2; elementos poblacionales para el ordenamiento territorial, 2005

LA CLASIFICACIÓN DEL SUELO Las clasificaciones básicas del suelo es uno de los elementos estratégicos en el componente general y que se debe mantener en la vigencia completa del plan, por lo cual debe estar proyectado acorde a lo que se determine en el análisis de crecimiento de la población, pero de igual manera ser realistas con las capacidades financieras y tecnológicas del municipio. Por ello la ley 388 de 1997 determinó la obligatoriedad de tener una previsión realista que permita desarrollar la ciudad de manera organizada, con 20


políticas acordes que permitan mejorar áreas del municipio que requieran cambios por mecanismos de renovación, revitalización o redensificación urbana, así como la ubicación del equipamiento urbano; por lo tanto se deben definir las zonas acorde a la cuantificación de las demandas y evaluando los conflictos de ocupación actual. El sistema de vivienda, particularmente la de interés social, es otro de los cuales queda referenciado en el componente general, teniendo en cuenta que suele ser la razón del orden de los demás atributos territoriales, como servicios, transporte y la ya mencionada clasificación del suelo, entre otros, sin mencionar todos los elementos asociados a la cultura, el clima, las áreas, la capacidad portante del suelo, los materiales, el modelo de En este elemento se define desarrollo urbano definido y demás elementos que determinan los modelos de vivienda. Esencial para el municipio de Calamar, establecer el déficit de vivienda actual, de modo que se pueda hacer las proyecciones necesarias, para ello se debe establecer el inventario total de vivienda, el número de hogares, las viviendas a remplazar o desplazar por acciones de migración de zonas o condiciones de riesgo; estos son los elementos básicos que permitirán realizar las proyecciones frente a demanda de vivienda y proyecciones de crecimiento de la población. En el municipio de Calamar será necesario buscar mecanismos de cuantificación de demanda de vivienda, tanto para las reubicaciones por áreas de riesgo, como por los de ocupación de áreas de importancia ambiental en la zona del humedal. Esta demanda debe establecer un equilibrio entre las zonas, desarrollando políticas de vivienda de interés social y ocupación de áreas desalojadas para la protección. El suelo Rural y Suburbano, determinan retos asociados a la producción de alimentos y la economía municipal, así como a la previsión de servicios hídricos y otros recursos de origen natural, esto implica consideraciones de índole agroecológicas, así como de determinantes ambientales, por otro lado se establece la necesidad en términos de las concentraciones y distancias de la población, para temas de transporte y viales. Los elementos que deben orientar en estos casos es el uso actual, la tecnología utilizada y las proyecciones económicas, que determinan los espacios más adecuados para la continuidad o no de los sistemas de producción utilizado o los mecanismos de reconversión de los mismos que conduzcan a su competitividad, que deben pasar el filtro en el departamento, y particularmente en el municipio por las directrices ambientales. El caso más patente en Calamar es el de la ganadería, que bajo el tipo actual de explotación extensiva ha llevado al municipio a una tala muy alta, de algo más de 6 mil has año, y 21


según la información suministrada en las reuniones con la administración saliente y entrante, este fenómeno es particularmente fuerte en las zonas de La Esmeralda y la zona alta del Unilla, juntas hacen parte de la Reserva Forestal, la una se acerca al Parque Chiribiquete y al Resguardo indígena de Itilla y la otra a los nacimientos de los ríos Unilla e Itilla, poniendo en riesgo el suministro de agua para transporte de la región y suministro de los acueductos. Esto determina la necesidad de establecer políticas y estrategias que limiten la ampliación de la frontera agrícola, el cambio de tecnologías para el sistema ganadero y motiven la inclusión de otros sistemas más acordes a estas zonas. El suelo de protección y de riesgo se establece con el fin de conservar, proteger y mantener las condiciones de los recursos naturales, este es la principal garantía de la sostenibilidad para las generaciones futuras, además que en muchas ocasiones, se establece en zonas que de no protegerse y limitarse su acceso, se pueden constituir en zonas de riesgo natural. LOS DETERMINANTES PARA EL ORDENAMIENTO MUNICIPAL Se establecen básicamente en los de orden ambiental, patrimonial y de infraestructura, actualmente se está definiendo los mecanismos jurídicos bajo la ley 1454 de 2011 para que sean definidas como las directrices que el departamento tiene como función establecer para porción o la totalidad de su territorio, teniendo en cuenta que elementos como los ambientales, de riesgo, de comunicación o de interés patrimonial, no suelen restringirse por límites municipales. Las áreas de protección y las normas para su manejo regularmente son determinadas por autoridades diferentes al municipio, como las CAR, la Unidad de Parques Naturales o el Ministerio de Ambiente, sin embargo todas las zonas que tienen una previsión local para el sostenimiento de servicios públicos y la gestión del riesgo integran el sistema ambiental municipal y deben ser determinados por el municipio, integradas al sistema ambiental y de riesgo. Como se ha mencionado con anterioridad este es un tema altamente impactante en la lógica de ordenamiento del municipio de Calamar, no solo por lo que ya está establecido dentro de su normativa, sino que además con los municipios de San José del Guaviare y parte del de El Retorno, se configuran en escenario del proyecto suramericano del corredor biogeográfico Andes – Amazonía, con el programa Corazón de la Amazonía y

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parte del proceso de política pública ambiental nacional Visión Amazonía, que tiene como meta cero deforestación en el 2020. Por otra parte está todo el tema de gestión de riesgo reglamentado por el Decreto 1804 de 2014, para la incorporación del tema a los planes de ordenamiento territorial, en este se establece en el artículo 9º del Decreto, que los municipios con un suelo rural superior a 1.500 km2, para los cuales no exista base cartográfica e insumos a 1:25.000, podrán realizar los estudios a escala 1:100.000 o 1:50.000; siendo este el caso de Calamar y todos los demás municipios del Departamento. El principal elemento de riesgo, de acuerdo a los establecido en el decreto son las inundaciones, para la evaluación básica de inundaciones se cuenta con los siguientes insumos: geomorfología, DTM 30 metros para desarrollar las precisiones de subunidades geomorfológicas y áreas inundables e información hidrológica. Además con la información base se realizará el análisis GIS para las áreas inundables con el módulo hidrology fill; teniendo en cuenta que se trata de una región amazónica, se cuenta con información hidroclimática del Humboldt y del IDEAM, así como la generada por la CDA. A continuación se muestra parte de la información disponible para los estudios de riegos por amenaza de inundaciones para el departamento del Guaviare y el registro multitemporal de eventos, disponible a nivel municipal y departamental. Un tema en el que se ha insistido con la introducción de algunas variables es el de cambio climático, ya que si bien éstas no se han establecido en la normatividad de gestión de riesgo, en el departamento y el municipio han ido generando situaciones que obligan a ser tomadas en cuenta, tales como los vendavales, las tormentas eléctricas y las variaciones climatológicas que inciden sobre los incendios, inundaciones y aumento de enfermedades tropicales, asociadas a el cambio climático. Esto ha llevado a que la Corporación CDA, realice los análisis respectivo y se situé metas frente a la incorporación del tema en el mismo Esquema de ordenamiento de Calamar, según se muestra a continuación, como parte del trabajo de “Diseño de estrategias para la mitigación y adaptación al cambio climático en la jurisdicción de la CDA” Contrato De Consultoría No. 004 De 2013, CDA-ASONOP, donde se presentan algunos de los datos existentes para el municipio:

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Del mismo modo se establecen algunas metas a cumplir por la Corporaci贸n tanto para introducir en las determinantes ambientales, que har谩n parte del ordenamiento departamental como en el Esquema de ordenamiento de Calamar:

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En el tema de las determinantes de orden patrimonial, si bien en el actual Esquema se ha establecido el sistema, se ha asociado principalmente a los paisajísticos naturales y a los arqueológicos, representados en el Parque Chiribiquete y los demás elementos del sistema ambiental, así como las pinturas rupestres, ubicadas en estas mismas zonas. Se 25


estable para el espacio público urbano del Municipio la necesidad de definir y registrar los elementos arquitectónicos, pero esto no se realizó en la vigencia; lo que condujo al cambio y/o perdida de buena parte de los espacios históricos; esta evaluación deberá ser revisada y concertada nuevamente con las comunidades. Finalmente el sistema de infraestructura, referida particularmente al tema de movilidad y conectividad, hoy día tanto físico, como virtual y productivo, se establece debido a su alto costo y a que está asociada a la estructura urbano – rural del municipio y muchas veces a la regional. Uno de los elementos críticos es la determinación del límite de expansión de la malla vial, tanto por lo que implica su conformación y mantenimiento versus el impacto social, así como el impacto en términos de ocupación irregular del municipio; adicionalmente la clasificación de vías, ya que esta determina las responsabilidades del nivel local, departamental o nacional en su mantenimiento. Situación altamente impactante en las finanzas de los entes territoriales. ANÁLISIS FUNCIONAL REGIONAL Este análisis se debe realizar desde el diagnóstico, identificando cuales son las relaciones funcionales en las que participa el municipio, bien desde los centros urbanos o desde su ruralidad y entre ellas con los territorios vecinos, con la región y la nación. Los temas claves para ello son los de conectividad vial, los económicos y los servicios públicos, elementos determinantes que establecen una relación entre poblaciones, independientemente de los límites territoriales. Iniciaremos por el tema de servicios públicos, que están asociado a la demanda, distribución y concentración poblacional, establece no solo, en el caso de acueducto y alcantarillado la posibilidad de establecer áreas de expansión urbana, sino que también un análisis de los elementos tecnológicos y de capacidad financiera de las empresas de servicios o el municipio, según sea el caso del prestador del servicio, para determinar las necesidades de infraestructura y su ubicación; así como las áreas de carácter ambiental para carga y descarga o utilización de los recursos como fuentes energéticas. Se analizan entonces los servicios de la siguiente forma:

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Fuente: Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, Guía metodológica 2; elementos poblacionales para el ordenamiento territorial, 2005

En el municipio de Calamar, la prestación del acueducto, alcantarillado y recolección y disposición de desechos, se hace a través de la Unidad Municipal de Servicios Públicos, la prestación del servicio de energía, lo hace la empresa departamental. Para el desarrollo de la infraestructura, el municipio se encuentra afiliado a Aguas, la estructura estatal de índole regional, promovida por el Gobierno Nacional para el desarrollo de los servicios de acueducto y alcantarillado principalmente. El municipio cuenta con Plan Maestro, el cual requiere revisión a la luz de los análisis poblacionales vigentes. En términos viales, Calamar es punta de vía nacional, cuenta con algún desarrollo vial secundario, pero la mayoría de su red es terciaria, de conexión del casco urbano con la zona rural, adicionalmente tiene un puerto sobre el rio Unilla, que moviliza la mayoría de 27


carga de la zona de Miraflores y Vaupés, esta situación le impone un reto para mantener la navegabilidad de este rio, que año a año, ha sufrido el impacto del cambio climático y de la falta de protección de su cauce. Por otra parte cuenta con un aeropuerto, que es básicamente una pista, que se ha venido dejando en desuso y se maneja únicamente para el transporte militar de enfermos de alta gravedad; pero que en la medida que se mejoran las condiciones de la vía principal a San José, se minimiza más su función. Finalmente, se encuentra el tema económico, en el cual Calamar ha tenido oportunidades de desarrollos de pequeñas industrias para la trasformación de lácteos, cárnicos y frutales, sin embargo estas no han logrado un impacto regional, por otra parte la minimización de tiempos de desplazamiento entre el casco urbano de San José y Calamar, hace que cada vez se tenga en cuenta más estos municipios del eje vial como áreas de producción y la capital departamental como base de la infraestructura regional, este es el caso de la planta de beneficio animal que se ha definido en el proceso de regionalización, que quede ubicada en San José. Pero del mismo modo que el tema fluvial, se debe revisar la dinámica comercial para las zonas del Vaupés, que siguen vigentes y creciendo y de las cuales Calamar se tiene presente. COMPONENTE URBANO

El componente urbano es uno de los elementos críticos en la formulación de los planes de ordenamiento territorial, puesto que es de estas zonas y su alta concentración humana, de donde nace la necesidad de establecer normas de ocupación, que posteriormente se trasladan al resto del territorio. Para la ley 388 el componente urbano se establece en el artículo 13 de la siguiente manera: Artículo 13º.- Componente urbano del plan de ordenamiento. El componente urbano del plan de ordenamiento territorial es un instrumento para la administración del desarrollo y la ocupación del espacio físico clasificado como suelo urbano y suelo de expansión urbana, que integra políticas de mediano y corto plazo, procedimientos e instrumentos de gestión y normas urbanísticas. Este componente deberá contener por lo menos: 1. Las políticas de mediano y corto plazo sobre uso y ocupación del suelo urbano y de las áreas de expansión, en armonía con el modelo estructural de largo plazo adoptado en el

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componente general y con las previsiones sobre transformación y crecimiento espacial de la ciudad. 2. La localización y dimensionamiento de la infraestructura para el sistema vial, de transporte y la adecuada intercomunicación de todas las áreas urbanas y la proyectada para las áreas de expansión; la disponibilidad de redes primarias y secundarias de servicios públicos a corto y mediano plazo; la localización prevista para los equipamientos colectivos y espacios libres para parques y zonas verdes públicas de escala urbana o zonal, y el señalamiento de las cesiones urbanísticas gratuitas correspondientes a dichas infraestructuras. 3. La delimitación, en suelo urbano y de expansión urbana, de las áreas de conservación y protección de los recursos naturales, paisajísticos y de conjuntos urbanos, históricos y culturales, de conformidad con la legislación general aplicable a cada caso y las normas específicas que los complementan en la presente Ley; así como de las áreas expuestas a amenazas y riesgos naturales. 4. La determinación, en suelo urbano y de expansión urbana, de las Áreas objeto de los diferentes tratamientos y actuaciones urbanísticas. 5. La estrategia de mediano plazo para el desarrollo de programas de vivienda de interés social, incluyendo los de mejoramiento integral, la cual incluirá directrices y parámetros para la localización en suelos urbanos y de expansión urbana, de terrenos necesarios para atender la demanda de vivienda de interés social, y el señalamiento de los correspondientes instrumentos de gestión; así como los mecanismos para la reubicación de los asentamientos humanos localizados en zonas de alto riesgo para la salud e integridad de sus habitantes, incluyendo la estrategia para su transformación para evitar su nueva ocupación. 6. Las estrategias de crecimiento y reordenamiento de la ciudad, definiendo sus prioridades, y los criterios, directrices y parámetros para la identificación y declaración de los inmuebles y terrenos de desarrollo o construcción prioritaria. 7. La determinación de las características de las unidades de actuación urbanística, tanto dentro del suelo urbano como dentro del suelo de expansión cuando a ello hubiere lugar, o en su defecto el señalamiento de los criterios y procedimientos para su caracterización, delimitación e incorporación posterior.

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8. La especificación, si es del caso, de la naturaleza, alcance y área de operación de los macroproyectos urbanos cuya promoción y ejecución se contemple a corto o mediano plazo, conjuntamente con la definición de sus directrices generales de gestión y financiamiento, así como la expedición de las autorizaciones para emprender las actividades indispensables para su concreción. 9. La adopción de directrices y parámetros para la formulación de planes parciales, incluyendo la definición de acciones urbanísticas, actuaciones, instrumentos de financiación y otros procedimientos aplicables en las áreas sujetas a urbanización u operaciones urbanas por medio de dichos planes. 10. La definición de los procedimientos e instrumentos de gestión y actuación urbanística requeridos para la administración y ejecución de las políticas y decisiones adoptadas, así como de los criterios generales para su conveniente aplicación, de acuerdo con lo que se establece en la presente Ley, incluida la adopción de los instrumentos para financiar el desarrollo urbano, tales como la participación municipal o distrital en la plusvalía, la emisión de títulos de derechos adicionales de construcción y desarrollo y los demás contemplados en la Ley 9 de 1989. 11. La expedición de normas urbanísticas en los términos y según los alcances que se establecen en el artículo 15 de la presente Ley. Parece obvio que a mayor concentración poblacional, mayores necesidades de establecer normas que permitan evitar viabilizar la convivencia y evitar los conflictos, teniendo reglas claras en los comportamientos. También es aquí en donde principalmente la administración municipal tiene una injerencia directa por el nivel de autoridad máxima que se ha dado en todas las normas como desarrollo constitucional. En términos de lo urbano también aplica el concepto de sostenibilidad y cada vez más se hace necesario trascender en este tema, ya que tiene que ver con procesos de innovación tecnológica y social, para dar un mejor uso a los sistemas de soporte que mantienen las dinámicas urbanas. Para ello se establece que en el componente urbano se deben dar normas generales y complementarias, las cuales podrán ser ajustadas al finalizar el corto y el mediano plazo, las cuales como mínimo debe clarificar la clasificación de grupos y subgrupos de usos, la identificación de niveles de impacto y requerimientos para su localización, establecer usos e intensidad y definir categorización de los usos.

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Ello se definiría en los siguientes ítems para el municipio: 

  

    

Definición y delimitación de tratamientos urbanísticos, según las definiciones de renovación, desarrollo, mejoramiento integral, consolidación, conservación ambiental o de patrimonio histórico cultural. Revisión de las normas urbanísticas y requerimientos de actuación, se revisan usos e intensidad de usos del suelo. aislamientos, volumetrías y alturas para los procesos de edificación. La estrategia de vivienda de interés social; incluyendo la identificación y declaratoria de los terrenos e inmuebles de desarrollo o construcción prioritaria. Y la localización de terrenos cuyo uso es el de vivienda de interés social y la reubicación de asentamientos humanos localizados en zonas de alto riesgo. Actualizar las normas específicas en desarrollo de planes parciales y otras operaciones como macroproyectos urbanos, actuaciones en áreas con tratamientos de renovación urbana o mejoramiento integral. Articulación y actualización del plan vial Articulación y actualización del plan de servicios públicos Revisar las políticas a mediano y corto plazo sobre uso y ocupación del territorio definiendo el alcance y ubicación de equipamientos colectivos, espacio público y las cesiones urbanísticas para las anteriores. Delimitar y clarificar las áreas de conservación y protección de recursos naturales Definir y delimitar las áreas de riesgo y realizar el respectivo plan de acción. Establecer estrategias para la regularización o reubicación de los asentamientos ilegales o subnormales. Revisar la reglamentación, aplicabilidad y ajuste requerido de los instrumentos para financiar el desarrollo urbano, adoptando las que haga falta. Actualizar y elaborar la cartografía pertinente

Aunque estos elementos quedaron establecidos parcialmente en el Esquema de Ordenamiento Territorial, requieren de un nuevo manejo, ya que buena parte no se cumplieron, lo que determino un desarrollo diferente de la ciudad, especialmente en las clasificaciones de zonas, y en el manejo de los perfiles viales, en el ejercicio con la administración se puntualizaron los siguientes problemas: 

La situación del batallón Luis Carlos Camacho Leiva, que fue construido en el 20082010, en zona de expansión, pero que nunca se hizo un desarrollo de la zona o cambio de uso de suelo. 31


 

 

 

En el caso de Villa Alicia se hizo plan parcial, se envió a la CDA quien realizó unas observaciones, las cuales no se ajustaron, pero a lo cual la CDA no realizó ninguna actuación. La situación de riesgo en el que se encuentran 13 predios en el sector del embudo que se requieren reubicar, para lo cual se debe hacer análisis de zonas para realizarlo y alternativas de manejo para esta zona. La ocupación de zonas de protección ambiental como son el asentamiento La Victoria en el humedal y el asentamiento de Las Malvinas en caño Calamar. La desactualización de cartografía, necesarias para poder manejar la ordenación de la norma urbana, la toma de decisiones, además del sistema de información geográfico de fácil acceso y manejo por parte de la entidad; que queda estructurado por Deispaz, pero que requiere de alimentación de las bases La necesidad de habilitación del suelo para la construcción de la vivienda de interés social. Se requiere el ajuste de la conformación vial acorde a la situación actual, ya que nunca se respetó la norma establecida, y en este momento las vías tipo no corresponden a la realidad. Redefinición de zonas homogéneas y unidades de actuación urbanística, las cuales han cambiado por la dinámica económica y social del municipio. En la zona de expansión se debe revisar las tenencias de todos los títulos o poseedores en la zona, pues hay uno con posesión de predio del municipio, dos títulos con vicios de forma.; en uno de los casos se dio escrituración indebida, de un predio de la Alcaldía, de mayor extensión a un particular, sin el debido lleno de requisitos, para el otorgamiento de predios. El equipamiento local, tampoco ha sido definido, en el tema de servicios públicos, existe un estudio de PDA, que debe ser tenido en cuenta para ubicación de la PTAR

Sin embargo se disponen de algunos insumos, tales como:    

El plan maestro de acueducto y alcantarillado, está elaborado pero requiere una revisión. Plan de vertimientos queda actualizado, así como el de la planta de sacrificio y el de la morgue. Se elaboró el Plan Municipal de Gestión del Riesgo con apoyo de la CDA, que sirve de base para la inclusión del tema de gestión de riesgo en el nuevo Esquema. En la zona de expansión se debe revisar las tenencias de todos los títulos o poseedores en la zona, pues hay uno con posesión de predio del municipio, dos títulos con vicios 32


de forma.; en uno de los casos se dio escrituración indebida, de un predio de la Alcaldía, de mayor extensión a un particular, sin el debido lleno de requisitos, para el otorgamiento de predios. Todos estos elementos deben ser vistos desde el diagnóstico para poder definir la formulación de las normas de usos del POT vigente, los resultados del seguimiento a la implementación de la propuesta de uso durante la vigencia del POT; establecer si las propuestas normativas responden a la disminución de los conflictos identificados en el diagnóstico o se están generando unos nuevos; identificar si los proyectos prioritarios que no han sido ejecutados tienen su causa en la reglamentación de usos; establecer las inconsistencia entre la norma de usos vigente y la cartografía POT. Por otra parte y no menos importante está la definición de los instrumentos de gestión y financiación, que no son otra cosa que mecanismos preestablecidos en las normas para la el desarrollo de la norma tanto por parte de los agentes públicos como privados de la sociedad, así como la resolución de conflictos que se presenten por vacíos o deficiencias en la norma existente o las realidades territoriales. Entre los instrumentos de gestión están el reparto equitativo de cargas y beneficios, la declaratoria de desarrollo y construcción prioritaria, la declaratoria de utilidad pública y los bancos inmobiliarios, estos se basan en el principio de que el beneficio común está por encima del particular, así como la obligatoriedad del Gobierno de prever las condiciones de crecimiento y las necesidades de desarrollo de su población. Y los instrumentos de financiación entre los que se cuenta la participación en plusvalía, los derechos adicionales de construcción y desarrollo y la valorización; que buscan generar mecanismos para que la carga financiera de las obras públicas se distribuya con los beneficiarios de las mismas.

COMPONENTE RURAL

Si bien es cierto lo rural, no fue la prelación en la definición de los procesos iniciales de ordenamiento, por su baja densidad poblacional, así como por la subvaloración que se hacía de lo rural frente a lo urbano, definiendo lo rural como lo atrasado y dependiente de lo urbano que representaba la provisión de servicios y lo moderno; día a día se fue

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estableciendo en lo conceptual y como reflejo en lo normativo, la relación y dependencia biunívoca de las dos zonas. Frente al componente rural de los planes de ordenamiento se establecen en el artículo 14 de ley 388 de 1997 así: Artículo 14º.- Componente rural del plan de ordenamiento. El componente rural del plan de ordenamiento territorial es un instrumento para garantizar la adecuada interacción entre los asentamientos rurales y la cabecera municipal, la conveniente utilización del suelo rural y las actuaciones públicas tendientes al suministro de infraestructuras y equipamientos básicos para el servicio de los pobladores rurales. Este componente deberá contener por lo menos: 1. Las políticas de mediano y corto plazo sobre ocupación del suelo en relación con los asentamientos humanos localizados en estas áreas. 2. El señalamiento de las condiciones de protección, conservación y mejoramiento de las zonas de producción agropecuaria, forestal o minera. 3. La delimitación de las áreas de conservación y protección de los recursos naturales paisajísticos, geográficos y ambientales, incluyendo las áreas de amenazas y riesgos, o que formen parte de los sistemas de provisión de los servicios públicos domiciliarios o de disposición final de desechos sólidos o líquidos. 4. La localización y dimensionamiento de las zonas determinadas como suburbanas, con precisión de las intensidades máximas de ocupación y usos admitidos, las cuales deberán adoptarse teniendo en cuenta su carácter de ocupación en baja densidad, de acuerdo con las posibilidades de suministro de servicios de agua potable y saneamiento, en armonía con las normas de conservación y protección de recursos naturales y medio ambiente. 5. La identificación de los centros poblados rurales y la adopción de las previsiones necesarias para orientar la ocupación de sus suelos y la adecuada dotación de infraestructura de servicios básicos y de equipamiento social. 6. La determinación de los sistemas de aprovisionamiento de los servicios de agua potable y saneamiento básico de las zonas rurales a corto y mediano plazo y la localización prevista para los equipamientos de salud y educación. 7. La expedición de normas para la parcelación de predios rurales destinados a vivienda campestre, las cuales deberán tener en cuenta la legislación agraria y ambiental. 34


Entonces en el componente rural se busca orientar los procesos de desarrollo de los suelos rurales considerando la vocación agropecuaria y forestal de esta clase de suelo; así como evitar que se convierta en el gran depositario de expansiones de procesos de urbanización no controlada, buscando con ello el logro de los derechos constitucionales de la protección de la diversidad e integridad del ambiente (Art. 79 CP), el aprovechamiento y preservación de los recursos naturales renovables (Art. 80 CP), garantizar la seguridad alimentaria (Art. 65 CP) y tender a lograr el acceso de la población campesina a la propiedad rural (Art. 64 CP) Para el municipio y ante los elementos expuestos de falta de actualización, los contenidos a revisar son: 

Actualizar todas las normativas a las definiciones establecidas en el Decreto 3600 de 2007, que se define en la siguiente gráfica del Ministerio de Vivienda

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   

Se deberán articular los resultados del proceso de zonificación del DMI para el cual muchos de los usos serán condicionados, así como todas las normas deberán tener altos niveles de concertación con la Corporación. Articulación al desarrollo regional de los centros poblados existentes y determinar la situación de los abandonados. Definir las nuevas zonas suburbanas y su normativa, acorde al desarrollo económico, las normativas viales y el modelo de ocupación que se ha ido dando en el municpio. Incluir las determinantes ambientales establecidas por la CDA en los PONCA y los planes de manejo de microcuencas para el municipio. Clarificar el uso de suelo para la el tema industrial, de modo que no se afecten los recursos y se establezcan medidas de compensación acordes a la afectación que necesariamente tienen estos impactos.

Para el municipio en particular se definieron como temas prioritarios:     

El equipamiento local, tampoco ha sido definido, en el tema de servicios públicos, existe un estudio de PDA, que debe ser tenido en cuenta para ubicación de la PTAR El plan maestro de acueducto y alcantarillado, está elaborado pero requiere una revisión. Plan de vertimientos queda actualizado, así como el de la planta de sacrificio y el de la morgue. Se elaboró el Plan Municipal de Gestión del Riesgo con apoyo de la CDA, que sirve de base para la inclusión del tema de gestión de riesgo en el nuevo Esquema. En general deberá darse una revisión del modelo de ocupación municipal, ya que en lo rural, se han venido dando unas condiciones de ocupación del área sur del municipio, muy altas, en la Zona de Reserva Forestal. En el área de la Zona de Reserva Campesina, el latifundio se ha incrementado, y hay zonas que tienen muy alta esta dinámica, aunque también pasa a la reserva forestal, al occidente del municipio.

En el municipio las definiciones de este componente tendrán una alta infidencia de las autoridades ambientales de orden local y nacional. Para lo cual serán de mucha utilidad todos los planes elaborados sobre la zona y la estructura de directrices establecidas en el proceso de ordenamiento territorial del Departamento.

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PROGRAMA DE EJECUCIÓN

El programa de ejecución es el instrumento que define cada uno de los proyectos que permite el desarrollo del Plan de Ordenamiento Territorial para cada una de las administraciones involucradas en su implementación, sobre este determina el artículo 18 de la ley 388 de 1997 lo siguiente: Artículo 18º.- Programa de ejecución. El programa de ejecución define con carácter obligatorio, las actuaciones sobre el territorio previstas en el plan de ordenamiento, que serán ejecutadas durante el período de la correspondiente administración municipal o distrital, de acuerdo con lo definido en el correspondiente Plan de Desarrollo, señalando las prioridades, la programación de actividades, las entidades responsables y los recursos respectivos. El programa de ejecución se integrará al Plan de Inversiones, de tal manera que conjuntamente con éste será puesto a consideración del concejo por el alcalde, y su vigencia se ajustará a los períodos de las administraciones municipales y distritales. Dentro del programa de ejecución se definirán los programas y proyectos de infraestructura de transporte y servicios públicos domiciliarios que se ejecutarán en el período correspondiente, se localizarán los terrenos necesarios para atender la demanda de vivienda de interés social en el municipio o distrito y las zonas de mejoramiento integral, señalando los instrumentos para su ejecución pública o privada. Igualmente se determinarán los inmuebles y terrenos cuyo desarrollo o construcción se consideren prioritarios. Todo lo anterior, atendiendo las estrategias, parámetros y directrices señaladas en el plan de ordenamiento. Este instrumento tiene la obligación de ser revisado e integrado a la planeación municipal para el periodo constitucional, pero adicionalmente año a año, de modo que se pueda establecer el avance en la ejecución del plan. Es además el instrumento que logra, si se ejecuta, la articulación con las administraciones futuras, para lograr el impacto de los proyectos de largo plazo. Para su articulación se definen estos cuatro pasos: 1. Analizar el estado actual del Plan de Ordenamiento, ya que el vigente tiene uno, que permita identificar las acciones y proyectos contenidos en el POT a los cuales la administración municipal le apuntará en su Plan de Desarrollo. 2. Construir el Programa de Ejecución del POT considerando que lo definido en el programa de ejecución pueda ser alcanzado en un plazo de 4 años y con los recursos que dispone y puede gestionar la respectiva administración municipal. 3. Definir el plan de inversiones y construir el correspondiente plan plurianual de inversiones a cada uno de los proyectos del Programa de ejecución del POT con su 37


respectivo presupuesto, se le establece la correspondiente fuente de financiación según el plan plurianual, integrando de esta forma el Plan de Ordenamiento al Plan de Desarrollo Municipal. 4. Habiendo analizado el estado actual y la vigencia del Plan de Ordenamiento Territorial, es necesario que se defina la necesidad de revisar y ajustar el POT y se incluya dicha actividad como parte de las metas del Plan de Desarrollo con sus respectivos recursos. Se debe tener en cuenta que el programa de ejecución se construye a partir de un proceso sistemático que involucra la revisión de los objetivos, las políticas y las estrategias del POT, para definir los proyectos prioritarios, las entidades responsables y los recursos respectivos, lo que implica que la responsabilidad no solo es de la Alcaldía, pero si el seguimiento a su gestión. El alcalde entrante debe armonizar y articular al Plan de Desarrollo Municipal con el programa del Plan de Ordenamiento Territorial vigente, por medio del Programa de Ejecución, hasta tanto no disponga de uno nuevo. Finalmente frente al formulación del nuevo Programa de Ejecución, se debe tener en cuenta el carácter prioritario y estratégico de los proyectos y acciones que se definan ya que este no es una lista de mercado desfinanciada, sino el efectivo mecanismos para cumplir el Plan.

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LOGROS Y DIFICULTADES En primera instancia se debe reconocer que el impacto generado por lo planes de ordenamiento municipales no fue el esperado en términos del modelo de ocupación propuesto, frente a esto se deben analizar varios elementos: 1. El conflicto armado y social: el departamento en general y el municipio de Calamar en particular se vieron altamente afectados por los efectos del conflicto, esto se reflejó en el cambio de modelo de ocupación en primera instancia y en el desarrollo de las nuevas áreas ocupadas en una segunda. Es así como la población pasó de ser predominantemente rural a ser urbana, generando una demanda muy alta en vivienda, servicios y empleo de los nuevos habitantes de la ciudad. Por otra parte el mismo Gobierno se vio relegado, por ese mismo conflicto, en ocasiones a no salir de su ejecución en casco urbano, y en otras a no estar, ni siquiera, en la zona urbana del municipio, operando desde la capital departamental. Así mismo se sufrió en la Alcaldía de dos incendios que redujeron la posibilidad de hacer seguimiento a la implementación, así como aumentaron los conflictos de propiedad ante la quema de documentos. 2. La debilidad institucional: indudablemente otro elemento crítico, ya que aun en la actualidad la principal secretaría que está encargada de la implementación, desarrollo y seguimiento del EOT es Planeación, pero esta unidad no cuenta con el recurso humano, técnico y logístico necesario para manejar la información, realizar el seguimiento y poner en discusión los asuntos prioritarios en cada uno de los planes de inversión que se desarrollen. 3. El desarrollo socio económico del territorio: esto ha marcado una dinámica de uso de las tierras en ganadería, así como ha impuesto una dinámica de mercados de tierras, que no solo cubren áreas posibles de negociación, sino áreas de reserva forestal que tienen limitantes en este aspecto; todo con un fin de acumulación latifundista, que rompe los esquemas de la planeación y que afecta altamente los usos posibles a buena parte del territorio municipal, generando desplazamiento de la población, desperdicio de recursos de inversión y mayores demandas sociales en otros sectores. 4. Avances en infraestructura: pese a estas dificultades, Calamar está inmerso en las acciones de articulación regional y nacional que le han permitido avanzar en infraestructura, principalmente vial y de servicios, lo cual facilita el desarrollo de las

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condiciones de atención a la población y articulación con los sectores económicos del departamento. 5. Dinámica ambiental: se ha mantenido la dinámica tanto en lo institucional como en lo social, de la dinámica alrededor del trabajo ambiental, esto teniendo en cuenta la preponderancia que tiene el municipio en este tema por ser una parte importante de su territorio inserto en las dinámicas de la política ambiental, resulta altamente pertinente en las discusiones que frente a este tema deberán darse en la nueva formulación del EOT.

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SUGERENCIAS DE AJUSTES Teniendo en cuenta que para el municipio ya se está iniciando la formulación del nuevo EOT, vía revisión por vencimiento de vigencia, se podrá realizar ajustes en todos sus componentes, así mismo exigirá una participación activa de los actores territoriales en las definiciones, de modo que haya suficiente información y la exposición de las situaciones relacionadas a cada uno de los componente, incluidos el nivel nacional con cada uno de los sectores; así los principales elementos a ajustar por componente son: COMPONENTE GENERAL  La validación de la visión de desarrollo territorial y la redefinición acorde a la misma del modelo de ocupación territorial.  El modelo de ciudad que se desea, con la particularidad de ser una ciudad amazónica que requiere una identidad.  La clarificación y avance en los conflictos legales que hay para la zona urbana en las posibilidades de su expansión, problemas que deberán ser abordados públicamente, de modo que no afecte la seguridad de los administradores.  Articulación de las directrices departamentales de ordenamiento territorial, que serán formuladas y que deben asumirse en lo local. COMPONENTE URBANO  La caracterización y clasificación de las zonas de desarrollo urbano, para que se pueda dar un orden efectivo a la ocupación y al desarrollo de la actividad de apoyo institucional en los temas de infraestructura.  El diagnostico de operabilidad de la actual norma urbana y su redefinición para que sea funcional en el marco del modelo de ocupación actual y el proyectado.  La redefinición de los perfiles viales, acordes a la realidad actual de ocupación, así como a los proyectos ya ejecutados.  La definición del modelo de vivienda, tanto para la de interés social y prioritaria, como la regular, de modo que quede en el sistema de vivienda del municipio y sea compatible con la visión urbana.  La definición de áreas para la ubicación de los equipamientos urbanos, sociales, económicos y complementarios a los actuales, de modo que se pueda aprovechar la gestión de recursos.

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 El tema de incorporación de gestión del riesgo, que es de carácter obligatorio, pero que dada la configuración urbana del municipio es esencial para lograr un desarrollo no solo social, sino económico, por la dependencia que se tienen del rio.  Desarrollar, difundir y fomentar el uso de los instrumentos de gestión y financiación para hacer coparticipe a la comunidad y al sector privado del desarrollo urbano de Calamar. COMPONENTE RURAL  Plantearse sobre el crecimiento poblacional cual es el área efectiva de intervención que se requiere para establecer un límite a la frontera agrícola, dados los costos ambientales que tiene para toda la sociedad el cambio de cobertura de los bosques, pero que además es económico para el Estado en términos de los costos sociales que representa la atención a una población móvil y dispersa en el territorio.  Generar estrategias de formalización de la propiedad, manejo compartido de los recursos e instrumentos de gestión y responsabilidad del manejo de los recursos naturales.  Determinar los manejos de las áreas suburbanas establecidas por la via nacional y los centros poblados, de modo que se dé un orden a estas zonas. PROGRAMA DE EJECUCIÓN  Debe ser concreto, efectivamente estratégico, y pensado no solo en las limitantes de conocimiento actuales, sino de una forma flexible que permita que el programa siga siendo útil a las próximas administraciones.  Determinar esquemas claros de seguimiento y evaluación que tengan definidos dolientes para el manejo del programa y su articulación al Plan de Desarrollo Municipal

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CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES El Esquema de Ordenamiento Territorial de Calamar que termina su vigencia, no tuvo la implementación esperada, no solo por los impactos de las situaciones políticas y sociales vividas en el territorio, sino por la falta de divulgación y apropiación tanto de los pobladores como de las administraciones. Frente al nuevo proceso, se requiere una mayor difusión a toda la comunidad y si bien hay un buen número de elementos que no son concertables, dado su carácter normativo, si es esencial se involucren en todas las fases de diagnóstico, información y participación que se genere en la formulación, de modo que haya un mejor conocimiento de las realidades locales y de los elementos estructurales que se definen en el ordenamiento del territorio. Se hace necesario establecer un dialogo claro, con el nivel central en dos puntos esenciales para el municipio, el desarrollo de la política ambiental, a través de la política de Visión Amazonía y en las políticas y sus respectivas acciones del manejo del pos acuerdo con la insurgencia de las FARC. Juntos elementos que tienen impactos de orden poblacional y económico para el municipio. Corresponde al gobierno departamental, apoyar al municipio en el proceso de formalización e implementación del EOT, mas allá de la formulación técnica, de modo que los espacios de discusión sean revitalizadores para acciones que impacten en la implementación de acciones estratégicas en el desarrollo territorial, tanto a nivel de procesos constructivos, como de gestión del desarrollo municipal.

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APORTES PARA LA PAZ, DESARROLLO Y RECONCILIACIÓN La nueva formulación del EOT se constituye en una oportunidad para los procesos de paz que se están gestando, dado que aborda la particularidad territorial, fomenta los espacios de discusión y articulación. Sin embargo corresponde al gobierno nacional, según lo establecido en el Plan Nacional de Desarrollo, apoyar la gestión municipal, para que logre elaborar un documento que realmente sirva de guía, para el avance sobre la paz territorial, esto determina la necesidad de que se llegue con elemento articulados, limitando los choques entre las políticas, por ejemplo ambiental y energética; dado el impacto que esto genera sobre el territorio y la dificultad para las administraciones locales de controlarlos. Si bien el instrumento de planeación puede llevar en su formulación líneas y elementos estratégicos para el desarrollo de la paz territorial, se hace necesario el fortalecimiento de la administración local en elementos básicos para su manejo y se constituya en un instrumento vivo de manejo cotidiano para todos los actores de desarrollo.

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ANEXOS Ayudas memorias de trabajo con la Administraci贸n de Calamar Expediente municipal actualizado

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BIBLIOGRAFÍA       

Congreso de la Republica, Ley 388 de 1997, Ley de los planes de ordenamiento territorial Congreso de la Republica, Ley 1454 de 2011, Ley Orgánica de Ordenamiento Territorial Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, Decreto 1807 de 2014, Incorporación de la gestión del riesgo en los planes de ordenamiento territorial. Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, Guía metodológica 1; Elementos poblacionales para el ordenamiento territorial, 2005 Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, Guía metodológica 2; Elementos poblacionales para el ordenamiento territorial, 2005 CDA-ASONOP, Diseño de estrategias para la mitigación y adaptación al cambio climático en la jurisdicción de la CDA. 2014 Ministerio de Vivienda, ciudad y territorio; Formulación del Componente General. Revisión y Ajustes al Plan de Ordenamiento Territorial (POT - PBOT – EOT), Septiembre 2013 Ministerio de Vivienda, ciudad y territorio; Formulación del Componente Urbano. Revisión y Ajustes al Plan de Ordenamiento Territorial (POT - PBOT – EOT), Septiembre 2013 Ministerio de Vivienda, ciudad y territorio; Formulación del Componente Rural. Revisión y Ajustes al Plan de Ordenamiento Territorial (POT - PBOT – EOT), Septiembre 2013 Ministerio de Vivienda, ciudad y territorio; Formulación del Programa de Ejecución, Revisión y Ajustes al Plan de Ordenamiento Territorial (POT - PBOT – EOT), Septiembre 2013 PNUD. 2011. Colombia rural. Razones para la esperanza .Informe Nacional de Desarrollo Humano 2011. Bogotá: INDH PNUD, septiembre.

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