COLUMNA PERIODICO HOY 25 DE ENERO DE 2013

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CERTIFICADO DE SUPERVIVENCIA PARA PENSIONISTAS DEL GOBIERNO MEXICANO Por David Figueroa En esta ocasión es un gusto dirigirme a las personas que durante muchos años fueron parte importante de la fuerza laboral en México y que después de haber cumplido un largo ciclo de actividades destinadas al crecimiento y desarrollo del país, orgullosamente se han convertido en pensionistas. Muchos de ellos, por diversas razones, han decidido continuar sus vidas en el extranjero; no obstante, el gobierno mexicano les reconoce sus esfuerzos y les garantiza también el derecho constitucional de recibir su pensión, como todos aquellos jubilados que radican en territorio nacional. La extensa red consular de México en Estados Unidos contribuye activamente a lograr tal cometido. En tal sentido, el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado –ISSSTE-, el Instituto de Seguridad de las Fuerzas Armadas –ISSFAM-, y el Instituto Mexicano del Seguro Social –IMSS- solicitan a sus pensionistas que habitan en el extranjero comparecer ante el Consulado mexicano más cercano y “verificar supervivencia” a fin de que sus derechos continúen vigentes. Las personas que no lleven a cabo lo anterior corren el riesgo de que se suspenda el envío de sus cheques de pensión al lugar del extranjero donde radican.

Extiendo una atenta invitación para que los pensionistas del ISSSTE acudan al Consulado General de México en Los Ángeles, toda vez que el primer periodo para cumplir con el “certificado de supervivencia” es durante los meses de enero y febrero. El trámite para solicitar la expedición de este certificado, además de ser gratuito, es muy sencillo. Primeramente, el connacional deberá presentar original y fotocopia de su credencial de pensionista o alguna identificación oficial; el último talón de pago; y una fotografía tamaño pasaporte. El funcionario consular verificará la información y procederá a expedir el “certificado de supervivencia”, mismo que debe ser firmado por el pensionista, a quien se le otorgará una copia simple en el entendido de que el original será enviado por el Consulado General a la institución que corresponda. Finalmente se procederá a la entrega del cheque. Cabe mencionar que si el pensionista tiene una edad avanzada o alguna imposibilidad física para trasladarse al Consulado General, personal de esta representación diplomática se desplazará hasta donde se encuentre aquél para realizar el trámite. Los exhorto a cumplir con su vigencia de derechos y continuar recibiendo su merecida pensión después de varios años de constante trabajo. Para mayor información los invito a acudir al Departamento de Documentación a Mexicanos en el Consulado General, donde los atendremos con mucho gusto. Me pueden hacer llegar sus comentarios al twitter @DavidFigueroaO


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