DIÁLOGOS CONSULARES: PODERES NOTARIALES

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una empresa en México, para lo cual se requieren datos como el nombre de la misma, la dirección y el porcentaje de capital aportado por cada uno de los socios.

PODERES NOTARIALES Por David Figueroa Muchos de nuestros connacionales que viven en Estados Unidos tienen trámites administrativos pendientes en México; sin embargo, por alguna u otra razón no les es posible viajar allá para dar seguimiento a sus respectivos casos. En ese sentido, es importante saber que uno de los servicios que ofrece la extensa red consular mexicana es la celebración de poderes notariales y testamentos por parte del Cónsul General en su calidad de fedatario público, mismos que poseen validez jurídica en nuestro país. De este modo, a través del Consulado General de México en Los Ángeles el connacional está en posibilidad de otorgar un poder a un tercero en México con la certeza de que dicho acto notarial podrá ser reconocido y ejecutarse como si hubiera sido gestionado en territorio mexicano. El poder solicitado puede ser de distinta índole y para diferentes propósitos; por ejemplo, para comprar o vender alguna propiedad o terreno; para juicios sucesorios -ya sea testamentario o intestamentario-; para la administración y cancelación de cuentas bancarias; para el registro de parcelas ejidales en el programa Procampo; para juicios de divorcio; entre otros. Inclusive, los poderes pueden abarcar cuestiones mercantiles. Lo anterior si el objetivo es constituir y establecer

Se trata de un trámite muy sencillo. La persona que va a solicitar el poder al Consulado General debe presentar algún documento que compruebe su nacionalidad mexicana. De haber obtenido otra nacionalidad, tiene que mostrar el Certificado de Naturalización. Asimismo, debe proporcionar los datos del poder que va a otorgar, incluyendo el nombre completo de la persona que lo va a representar. Si es concerniente a una propiedad, se requiere la dirección precisa de la misma. Cabe mencionar que el trámite se realiza en dos etapas. En la primera, el interesado debe acudir al Consulado General para presentar los requisitos y llenar la solicitud correspondiente, después de lo cual se procederá a la elaboración del documento. En la segunda etapa el solicitante firma el poder; seguidamente quien escribe hará lo propio. Este procedimiento toma aproximadamente 10 días hábiles. El costo del poder dependerá si es para una persona física o para una persona moral (empresas). Lo invito a aprovechar este servicio que ofrece el Consulado General y, de esta manera, pueda usted iniciar, continuar o finalizar algún trámite administrativo en México sin la necesidad de viajar hasta nuestro país. Para mayor información, puede acudir a nuestro Departamento de Documentación a Mexicanos, donde con mucho gusto lo apoyaremos. Me pueden hacer llegar sus comentarios al twitter @DavidFigueroaO


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