EXPOSICIÓN DE MOTIVO PROYECTO DE ORDENANZA PARA LA CREACION DEL ENCUENTRO MUNICIPAL DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION “DR. HUMBERTO FERNÁNDEZ-MORÁN” En el marco de la revalorización de la vida comunitaria, tomando en consideración todos aquellos elementos que rigen la cotidianidad de los sectores populares, haciendo énfasis en la búsqueda permanente de herramientas orientadas a prestar soluciones concretas y brindar oportunidades de mejoras continuas a la calidad de vida de la población, el Municipio abre espacios de participación, integrando a los ciudadanas y ciudadanos en los procesos de toma de decisiones al brindar las condiciones para el ejercicio en una conducta protagónica y democrática. Por ello ante el mandato del texto constitucional, en su artículo 110: “El Estado reconocerá el interés público de la ciencia, la tecnología, el conocimiento, la innovación y sus aplicaciones y los servicios de información necesarios por ser instrumentos fundamentales para el desarrollo económico, social y político del país, así como para la seguridad y soberanía nacional. Para el fomento y desarrollo de esas actividades, el Estado destinará recursos suficientes y creará el sistema nacional de ciencia y tecnología de acuerdo con la Ley. El sector privado deberá aportar recursos para los mismos. El Estado garantizará el cumplimiento de los principios éticos y legales que deben regir las actividades de investigación científica, humanística y tecnológica. La Ley determinará los modos y medios para dar cumplimiento a esta garantía”.
En tal sentido, las Ordenanzas tienen rango legal, como lo ha sostenido la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, por lo que son textos apropiados, para el desarrollo de mandatos constitucionales como el artículo in comento; por otra parte si bien existe, la Ley Orgánica de Ciencia, Tecnología e Innovación, publicada en Gaceta Oficial No. 38.242 de fecha 03/08/05, que en su artículo 1, establece como: “…Objeto desarrollar los principios orientadores que en materia de ciencia, tecnología e innovación y sus aplicaciones, establece la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, organizar el Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación, definir los lineamientos que orientarán las políticas y estrategias para la actividad científica, tecnológica, de innovación y sus aplicaciones, con la implantación de mecanismos institucionales y operativos para la promoción, estímulo y fomento de la investigación científica, la apropiación social del conocimiento y la transferencia e innovación tecnología, a fin de fomentar la capacidad para la generación, uso y circulación del conocimiento y de impulsar el desarrollo nacional”. En tal sentido, en aras de sumarse a los objetivos de la “Misión Ciencia”, y a las finalidades del instrumento normativo mencionado, propone la creación del ENCUENTRO MUNICIPAL DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION “DR. HUMBERTO FERNÁNDEZMORÁN”, cuya finalidad es el de estimular los procesos de desarrollo endógeno y los impactos tecnológicos que desarrollan las comunidades y que incorporan con su “saber popular” a sus realidades para la solución de problemáticas sociales y que durante mucho tiempo por los paradigmas dominantes de la
“academia”, excluían estas construcciones del saber, como forma valida del conocimiento y por ende se marginaba estos procesos sociales en la construcción del conocimiento. Este premio de forma modesta, busca contribuir a estimular los procesos de integración Latinoamericana, bajo esquemas de fomentar el trabajo productivo y el impulso del ALBA para implementar cambios significativos en las maneras de producir bienes y servicios, concertadas entre entes privados y empresas publicas intergubernamentales e impulsar el intercambio comercial solidario con otros pueblos, por ello recordamos los lineamientos del texto constitucional y las orientaciones de los (10) diez “Objetivos estratégicos”, especialmente, aquel que tiene que ver con “Acelerar la construcción del nuevo modelo productivo, rumbo a la creación del nuevo sistema económico”, el Concejo Municipal del Municipio Bolivariano Libertador, toma como iniciativa incentivar a los ciudadanos y ciudadanas, de forma particular o constituidos en grupos y organizaciones en la creación aplicación de conocimientos (Tecnología blanda) cuyo aporte tenga como premisa la satisfacción de una necesidad social tanto en el sector productivo, como en los diferentes ámbitos de la vida cotidiana, tomando como criterios: la novedad, viabilidad y utilidad de estos “conocimientos aplicables”, que inclusive abarque el aspecto educativo como aporte a procesos metodológicos y pedagógicos que contribuyan a mejoras del proceso enseñanza-Aprendizaje. Por ello esta propuesta-premio, se clasifica en las siguientes menciones: MENCIONES: La Ordenanza para la creación del ENCUENTRO
MUNICIPAL DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION “DR. HUMBERTO FERNÁNDEZ-MORÁN”, constará de (3) tres menciones, según la naturaleza del producto, definiéndose de la siguiente manera: A: Tecnología Comunitaria: Esta dirigido a reconocer el trabajo de particulares y/o grupos de base en la creación y aplicación de tecnología en el ámbito comunitario, enfocado a brindarles respuestas a la demandas y problemas suscitados en el seno de la comunidad, ya sean estos de orden organizativo social, como de infraestructura física. B.- Tecnología Aplicable al Sector Productivo: Esta dirigido a reconocer el trabajo de particulares y/o grupos de base, en la creación y uso de tecnología aplicada al mejoramiento de las condiciones de producción de bienes y servicios, tomando como referencia el mejoramiento de la calidad, justicia y equidad en la cadena de producción y consumo final. C.- Tecnología Aplicable a la Educación: Esta dirigido a reconocer el trabajo de particulares grupos de base, centros educativos, en la creación y uso de tecnología aplicada al área educativa (creación de nuevas aplicaciones de software tradicionales según el contexto educativo), donde se le dé el mayor aprovechamiento del recurso tecnológico como herramienta pedagógica fundamental en el proceso de enseñanza-aprendizaje.
La razón del porque este encuentro lleva el nombre de HUMBERTO FERNÁNDEZ MORÁN, es, para honrar a este científico y medico insigne e ilustre venezolano, nacido en Maracaibo (1924) y fallecido en Suecia, Estocolmo (1999), quien hizo grandes aportes científicos al país, con la creación del Instituto Venezolano de Investigaciones científicas (IVIC), hizo contribuciones a la ciencia en el área de la microscopia electrónica con la creación del Ultramicroscopio Electrónico de Alta Resolución y el desarrollo del bisturí de diamante, con el cual se efectúan cortes de alta precisión en tejidos materiales y biológicos ç, sus investigaciones se enfocaron en la organización de la células tumorales y fue creado de la Cátedra de Biofísica de la Universidad Central de Venezuela. Este ilustre ciudadano fue injustamente excluido en los tiempos de la Cuarta República, por su relación con el gobierno de Marcos Pérez Jiménez del cual fue Ministro de Educación en los últimos diez (10) días del mismo y descalificado por los actores políticos de la época, cuando se instauro la “democracia representativa”, llegándole a endilgar el apelativo de “El Brujo de Pipe”, en alusión al nombre del sitio dándole se fundará el Instituto Venezolano de Investigaciones Neurológicas y Cerebrales, en lo Altos de Pipe en el Estado Miranda, en las instalaciones donde hoy día funciona el IVIC. El presente proyecto de Ordenanza, se acompaña con la semblanza biográfica del Dr. Humberto Fernández Morán y de la Obra Científica por él desarrollada.
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA CONCEJO DEL MUNICIPIO BOLIVARIANO LIBERTADOR DEL DISTRITO CAPITAL
En uso de sus atribuciones legales Sanciona el siguiente: PROYECTO DE ORDENANZA PARA LA CREACION DEL ENCUENTRO MUNICIPAL DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION “DR. HUMBERTO FERNÁNDEZMORÁN”, CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES Objeto ARTÍCULO 1: La presente Ordenanza tiene por objeto crear el Encuentro Municipal de Ciencia, Tecnología e Innovación “Dr. Humberto Fernández-Moran”, así como establecer las condiciones para planificar, ejecutar y regular todas las actividades inherentes al Encuentro. Está de acuerdo con este artículo? Si: _____ No: ____ Observaciones: _____________________________________________ _____________________________________________ _____________________________________________ _____________________________________________ _____________________________________________ _____________________________________________
Finalidad ARTÍCULO 2: La presente Ordenanza tiene por finalidad reconocer, incentivar y apoyar a personas e instituciones que con su creatividad, ingenio, capacidad y dedicación, contribuyan con la sociedad en la ejecución de proyectos de Ciencia, Tecnología e Innovación que aporten soluciones a problemas y necesidades del colectivo, para el mejoramiento de las condiciones de vida de los ciudadanos. Está de acuerdo con este artículo? Si: _____ No: ____ Observaciones: _____________________________________________ _____________________________________________ _____________________________________________ _____________________________________________ _____________________________________________ _____________________________________________
Definición ARTÍCULO 3: El Encuentro Municipal de Ciencia, Tecnología e Innovación “Dr. Humberto Fernández- Moran” es un evento orientado a la socialización del conocimiento y consta de dos actividades: 1. Jornada Científica, Tecnológica e Innovadora: Consiste en la exposición y presentación pública de los trabajos participantes, siendo sometidos
a revisión por el jurado evaluador, conformado por equipos multidisciplinarios que tendrán la responsabilidad de seleccionar los tres trabajos mas destacados de las categorías participantes. 2. Acto Protocolar: Que se realizará posterior a la Jornada, donde el Comité de Premiación procederá a la entrega de los incentivos y reconocimientos inherentes al Encuentro Municipal.
Está de acuerdo con este artículo? Si: _____ No: ____ Observaciones: _____________________________________________ _____________________________________________ _____________________________________________ _____________________________________________ _____________________________________________ _____________________________________________
Ámbito de Aplicación ARTÍCULO 4: El Encuentro Municipal de Ciencia, Tecnología e Innovación “Dr. Humberto Fernández- Moran” se realiza en el Municipio Bolivariano Libertador, con la participación de personas naturales y jurídicas que justifiquen la autoría de la invención o propuesta presentada, independientemente de su domicilio o residencia.
Está de acuerdo con este artículo? Si: _____ No: ____ Observaciones: _____________________________________________ _____________________________________________ _____________________________________________ _____________________________________________ _____________________________________________ _____________________________________________
Competencia ARTICULO 5: El órgano competente para realizar el Encuentro Municipal de Ciencia, Tecnología e Innovación “Dr. Humberto Fernández- Morán” es el Concejo del Municipio Bolivariano Libertador a través de su Comisión Permanente de Economía, Finanzas y Desarrollo Endógeno. Está de acuerdo con este artículo? Si: _____ No: ____ Observaciones: _____________________________________________ _____________________________________________ _____________________________________________ _____________________________________________ _____________________________________________ _____________________________________________
CAPÍTULO II DEL COMITÉ ORGANIZADOR Designación ARTICULO 6: La Comisión Permanente de Economía, Finanzas y Desarrollo Endógeno, por Medio de su Concejal o Concejala Presidente o Presidenta, designará de su seno un Comité Organizador para la planificación, organización, ejecución y seguimiento de todas las actividades inherentes al Encuentro Municipal de Ciencia, Tecnología e Innovación “Dr. Humberto Fernández-Morán”. Está de acuerdo con este artículo? Si: _____ No: ____ Observaciones: _____________________________________________ _____________________________________________ _____________________________________________ _____________________________________________ _____________________________________________ _____________________________________________
Presidente o Presidenta ARTICULO 7: El Concejal o Concejala Presidente o Presidenta de la Comisión Permanente de Economía, Finanzas y Desarrollo Endógeno, asumirá la presidencia del Comité Organizador del Encuentro Municipal de Ciencia, Tecnología e Innovación “Dr. Humberto Fernández-Morán”.
Está de acuerdo con este artículo? Si: _____ No: ____ Observaciones: _____________________________________________ _____________________________________________ _____________________________________________ _____________________________________________ _____________________________________________ _____________________________________________
Funciones ARTICULO 8: El Comité Organizador, es un cuerpo de carácter ejecutivo que tendrá las siguientes funciones: 1. Elaborar y anunciar el cronograma de actividades concernientes al Encuentro Municipal de Ciencia, Tecnología e Innovación “Dr. Humberto Fernández-Moran”. 2. Organizar lo concerniente a la difusión del evento, convocatoria e inscripción en las distintas categorías. 3. Recepción de trabajos participantes y distribución a los miembros del Jurado Calificador. 4. Convocar y acreditar al Jurado Calificador de los trabajos que se postularán al Encuentro Municipal en sus distintas Categorías. 5. Anuncio público de los trabajos más destacados y gestión de las actas de resultados consignadas por los miembros del Jurado Calificador en todas las categorías.
6. Designación de menciones Honoríficas a los trabajos participantes en las distintas categorías del Premio Municipal. 7. Gestionar los incentivos y reconocimientos en la Dirección competente del Concejo Municipal para su oportuna entrega en el Acto Protocolar. 8. Declarar desierta las determinadas Categorías o Subcategorías cuando esta no reúna la cantidad mínima de cuatro (4) trabajos participantes. 9. Culminado el Encuentro Municipal, elaborar el respectivo informe final con los resultados, conclusiones y sugerencias para su presentación en sesión del Concejo Municipal. 10. Establecer contacto con organismos públicos y privados a los efectos de lograr alianzas institucionales, patrocinios y/o donativos a ser destinados a los participantes, además de procurar los aspectos organizativos y logísticos para la realización del Encuentro Municipal. 11. Extender invitaciones a instituciones para la postulación de trabajo, que funcionen fuera de la jurisdicción del Municipio Bolivariano Libertador. 12. Gestionar o resolver todo lo previsto o imprevisto en la presente Ordenanza, bajo parámetros de legalidad, eficiencia y eficacia, para la realización del Encuentro Municipal, decisiones o actuaciones que deberán ser justificadas y plasmadas en el informe final correspondiente. Está de acuerdo con este artículo? Si: _____ No: ____ Observaciones:
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CAPÍTULO III DEL JURADO CALIFICADOR Nombramiento ARTICULO 9: El Comité Organizador es el encargado de nombrar el Jurado Calificador, conformado por personas vinculadas a la actividad social, pedagógica, científica, tecnológica o cualquier rama del conocimiento y prestarán sus servicios con carácter Ad Honorem. Está de acuerdo con este artículo? Si: _____ No: ____ Observaciones: _____________________________________________ _____________________________________________ _____________________________________________ _____________________________________________ _____________________________________________ _____________________________________________
Baremo de Evaluación ARTICULO 10: El Comité Organizador elaborará y hará entrega de un baremo de evaluación a cada miembro del Jurado, documento que permitirá registrar, tabular, y totalizar el puntaje otorgado a cada trabajo participante, producto de su revisión. Está de acuerdo con este artículo? Si: _____ No: ____ Observaciones: _____________________________________________ _____________________________________________ _____________________________________________ _____________________________________________ _____________________________________________ _____________________________________________
Selección del trabajo o proyectos ARTICULO 11: El Jurado Calificador le corresponde seleccionar los trabajos o proyectos ganadores en las distintas Categorías del Encuentro, en todo caso, aquel que opte para el primer, segundo o tercer lugar de cualquier categoría, deberá lograr un porcentaje del puntaje total establecido en el baremo de evaluación que se indican a continuación: Para el Primer Lugar, un porcentaje igual o mayor a 90%; Para el Segundo Lugar, un porcentaje igual o mayor a 85% y Para el Tercer Lugar, un porcentaje igual o mayor a 80%. Está de acuerdo con este artículo? Si: _____ No: ____
Observaciones: _____________________________________________ _____________________________________________ _____________________________________________ _____________________________________________ _____________________________________________ _____________________________________________
Acta del jurado calificador ARTICULO 12: El Jurado Calificador debe presentar al Comité Organizador el resultado definitivo con los trabajos mas destacados en todas las Categorías; a través de un acta suscrita y firmada por todos sus miembros. Está de acuerdo con este artículo? Si: _____ No: ____ Observaciones: _____________________________________________ _____________________________________________ _____________________________________________ _____________________________________________ _____________________________________________ _____________________________________________
Categoría o Subcategoría desierta ARTICULO 13: El Jurado Calificador puede declarar desierta la opción a reconocimientos e incentivos del Encuentro Municipal de Ciencia, Tecnología e Innova-
ción “Dr. Humberto Fernández-Morán” en determinada Categoría o Subcategoría, cuando a su juicio los trabajos o proyectos postulados no cumplan con las variables establecidas en el Baremo de Evaluación. Está de acuerdo con este artículo? Si: _____ No: ____ Observaciones: _____________________________________________ _____________________________________________ _____________________________________________ _____________________________________________ _____________________________________________ _____________________________________________
Publicación ARTICULO 14: Una vez que el Comité Organizador recibe el resultado definitivo debe publicarlo a través de su blog o pagina web. Está de acuerdo con este artículo? Si: _____ No: ____ Observaciones: _____________________________________________ _____________________________________________ _____________________________________________ _____________________________________________ _____________________________________________ _____________________________________________
CAPITULO IV DEL COMITÉ DE PREMIACIÓN Instancia ARTÍCULO 15: El Comité de Premiación es la instancia honorifica encargada de la entrega de los reconocimientos e incentivos establecidos en esta Ordenanza. Está de acuerdo con este artículo? Si: _____ No: ____ Observaciones: _____________________________________________ _____________________________________________ _____________________________________________ _____________________________________________ _____________________________________________ _____________________________________________
Integrantes ARTÍCULO 16: grado por:
El Comité de Premiación esta inte-
1. El Alcalde o Alcaldesa del Municipio. 2. El Presidente o Presidenta del Concejo Municipal. 3. El Concejal Presidente o Presidenta de la Comisión Permanente de Economía, Finanzas y Desarrollo Endógeno. 4. Los Concejales y Concejalas del Concejo del
Municipio Bolivariano Libertador. 5. Invitado o Invitada Especial anunciado por el Comité Organizador. Está de acuerdo con este artículo? Si: _____ No: ____ Observaciones: _____________________________________________ _____________________________________________ _____________________________________________ _____________________________________________ _____________________________________________ _____________________________________________
Reconocimientos ARTÍCULO 17: Se entenderá por Reconocimiento lo relativo a la entrega de medallas, diplomas, certificados y/o placas alusivas al Encuentro Municipal de Ciencia, Tecnología e Innovación “Dr. Humberto Fernández-Morán”. Está de acuerdo con este artículo? Si: _____ No: ____ Observaciones: _____________________________________________ _____________________________________________ _____________________________________________ _____________________________________________ _____________________________________________ _____________________________________________
Incentivo ARTÍCULO 18: Se entenderá por incentivo a cualquier aporte de índole monetario o no monetario, destinado al financiamiento total o parcial de los trabajos o proyectos postulados o por medio del suministro de artículos con propósito educativo o recreativo, tales como: equipos de computación, útiles escolares o cualquier otro que determine el Comité Organizador. Está de acuerdo con este artículo? Si: _____ No: ____ Observaciones: _____________________________________________ _____________________________________________ _____________________________________________ _____________________________________________ _____________________________________________ _____________________________________________
Medallas ARTÍCULO 19: Las medallas en sus distintas clases llevarán en el anverso la imagen del epónimo “Dr. Humberto Fernández- Moran”, y la inscripción “Encuentro Municipal de Ciencia, Tecnología e Innovación “Dr. Humberto Fernández- Moran”, y en el reverso un pensamiento o frase del Dr. FernándezMorán, escogida previamente por el Comité Organizador. Está de acuerdo con este artículo? Si: _____ No: ____
Observaciones: _____________________________________________ _____________________________________________ _____________________________________________ _____________________________________________ _____________________________________________ _____________________________________________ Diplomas y Certificados ARTÍCULO 20: Los Diplomas y Certificados llevarán impresos los siguientes elementos: la República Bolivariana de Venezuela, el Distrito Capital y el Municipio Bolivariano Libertador, la imagen del “Doctor Humberto Fernández-Morán, el Escudo de Caracas, el nombre del Encuentro Municipal, datos del participante, la fecha del Acto Protocolar y deben estar firmados por el Concejal o Concejala que presida la Comisión Permanente de Economía, Finanzas y Desarrollo Endógeno. Está de acuerdo con este artículo? Si: _____ No: ____ Observaciones: _____________________________________________ _____________________________________________ _____________________________________________ _____________________________________________ _____________________________________________ _____________________________________________
CAPÍTULO V DEL ENCUENTRO MUNICIPAL DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION Categorías Participantes Artículo 21: El Encuentro Municipal de Ciencia, Tecnología e Innovación “Dr. Humberto FernándezMorán” consta de las siguientes Categorías: 1. Categoría Estudiantes del Subsistema de Educación Primaria Bolivariana. 2. Categoría Estudiantes del Subsistema de Educación Secundaria Bolivariana. 3. Categoría Estudiantes de Educación Universitaria. 4. Categoría Profesionales. 5. Categoría Ingenio Popular. 6. Cualquier otra que determine el Comité Organizador. Está de acuerdo con este artículo? Si: _____ No: ____ Observaciones: _____________________________________________ _____________________________________________ _____________________________________________ _____________________________________________ _____________________________________________ _____________________________________________
Convocatoria para la inscripción Artículo 22: El Comité Organizador anunciara la apertura de inscripciones por medio de aviso de prensa, comunicaciones escritas, medios electrónicos oficiales y aquellos creados con ocasión al evento. Está de acuerdo con este artículo? Si: _____ No: ____ Observaciones: _____________________________________________ _____________________________________________ _____________________________________________ _____________________________________________ _____________________________________________ _____________________________________________
Periodo de Inscripciones Artículo 23: La inscripción de los trabajos en Ciencia, Tecnología e Innovación para las distintas categorías del Encuentro Municipal se realizara en un período comprendido desde los meses de enero hasta mayo de cada año. El interesado consignará la planilla correspondiente, ante el Comité Organizador. Está de acuerdo con este artículo? Si: _____ No: ____ Observaciones: _____________________________________________ _____________________________________________
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Limitación de los trabajos Artículo 24: En ningún caso se admitirán trabajos que hayan participado en ediciones anteriores del Encuentro Municipal. Está de acuerdo con este artículo? Si: _____ No: ____ Observaciones: _____________________________________________ _____________________________________________ _____________________________________________ _____________________________________________ _____________________________________________ _____________________________________________
Descripción de la Categoría Educación Primaria Artículo 25: La Categoría Estudiantes del Subsistema de Educación Primaria Bolivariana, se regirá por las siguientes pautas: a. Propósito de la Categoría: orientada a estimular el trabajo en equipo de los niños y niñas en el área científica y tecnológica así como concien-
ciar sobre su impacto en la sociedad a través de la elaboración y presentación de propuestas, trabajos y proyectos que vendrán acompañados de la maqueta o prototipo respectivo. b. Participante: Categoría dirigida a estudiantes de primero a sexto grado del subsistema de educación primaria bolivariana que abarca tanto los planteles públicos como privados. c. Postulación: postularán los institutos de Educación Primaria que funcionen en jurisdicción del Municipio Bolivariano Libertador. d. Incentivos y Reconocimientos: serán galardonados con Medalla de Oro, Plata y Bronce, además de los incentivos que correspondan, los niños y niñas que figuren con los tres trabajos más destacados, el docente guía y el plantel que postula.
Está de acuerdo con este artículo? Si: _____ No: ____ Observaciones: _____________________________________________ _____________________________________________ _____________________________________________ _____________________________________________ _____________________________________________ _____________________________________________
Descripción de la Categoría Educación Secundaria Artículo 26: La Categoría Estudiantes del Subsistema de Educación Secundaria Bolivariana, se regirá por las siguientes pautas: a. Propósito de la Categoría: estimular la práctica científica y tecnológica en los jóvenes con la elaboración y exposición de trabajos o proyectos de ciencia, tecnología e innovación. b. Participante: Estudiantes de todos los años de Educación Secundaria, planteles públicos y privados, incluye las Escuelas Técnicas Comerciales y Robinsonianas. c. Postulaciones: postularán los Institutos de Educación Secundaria que funcionen en jurisdicción del Municipio Bolivariano Libertador. d. Reconocimientos e Incentivos: Los estudiantes con los tres trabajos más destacados, recibirán un diploma, medallas de oro, plata y bronce. Asimismo, estos trabajos recibirán un incentivo de cien (100) Unidades Tributarias (U.T) para cada uno. Este aporte le será entregado al Director o la Directora de la Institución Educativa, quién administrará estos recursos en conjunto con el Docente guía y los estudiantes participantes, los cuales serán destinados para el financiamiento de los proyectos seleccionados.
Está de acuerdo con este artículo? Si: _____ No: ____ Observaciones: _____________________________________________
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Descripción de la Categoría Educación Universitaria Artículo 27: La Categoría Educación Universitaria se regirá por las siguientes pautas: a. Propósito de la Categoría: estimular la práctica científica y tecnológica en los estudiantes universitarios con la elaboración y exposición de trabajos o proyectos de ciencia, tecnología e innovación. b. Participantes: Estudiantes de pre-grado en universidades y aquellos que cursen estudios en aldeas universitarias e institutos universitarios, ubicados en en el Municipio Bolivariano Libertador. c. Inscripción y Postulación: Se admitirán inscripciones directas de los estudiantes interesados o a través de postulaciones de las instituciones donde cursen estudios. d. Reconocimientos e Incentivos: Se galardonarán los tres trabajos o proyectos más destacados, con un diploma y la entrega de medallas de oro, plata y bronce. Asimismo, se entregará un incentivo de ciento veinticinco (125) unidades tributarias (U.T) para su financiamiento, el cual será entregado a los estudiantes autores del proyecto o en su defecto a la persona que éstos autoricen
por medio de carta dirigida al Comité Organizador, teniendo la potestad de administrar tales recursos para apalancar su proyecto. Está de acuerdo con este artículo? Si: _____ No: ____ Observaciones: _____________________________________________ _____________________________________________ _____________________________________________ _____________________________________________ _____________________________________________ _____________________________________________
Descripción de la Categoría Profesionales Articulo 28: La Categoría Profesionales se regirá por las siguientes pautas: a. Propósito de la Categoría: ofrecer una vitrina para la presentación de trabajos o proyectos de alta calificación técnica e impacto social en el área de ciencia, tecnología e innovación. b. Participantes: Personas naturales venezolanas, que sean profesionales, egresados de una institución universitaria reconocida nacionalmente, residenciados o domiciliados en el país. c. Inscripción y Postulación: Se admitirán inscripciones directas de los participantes in-
teresados o a través de postulaciones de las instituciones donde se desenvuelvan profesionalmente. d. Reconocimientos e Incentivos. Los tres (03) trabajos más destacados serán merecedores de incentivos monetarios, equivalentes a Doscientas Unidades Tributarias (200 UT), respectivamente. De igual manera, serán merecedores de reconocimiento, recibiendo la medalla al merito de oro, plata o bronce y diploma alusivo al logro obtenido. Está de acuerdo con este artículo? Si: _____ No: ____ Observaciones: _____________________________________________ _____________________________________________ _____________________________________________ _____________________________________________ _____________________________________________ _____________________________________________
Descripción de la Categoría Ingenio Popular Artículo 29: La Categoría Ingenio Popular se regirá por las siguientes pautas: a. Propósito de la Categoría: Ofrecer una vitrina para la presentación de trabajos o proyectos elaborados por inventores populares, de apreciable valor técnico e impacto social en el área de ciencia, tecnología e innovación.
b. Participante: Venezolanas y venezolanos residenciados en el país, no titulados, autodidactas, con experiencia vital, conocimientos, afectos, conciencia, y que tengan la iniciativa de presentar trabajos o proyectos en el área de la ciencia, tecnología e innovación. c. Inscripciones: La inscripción se hará de manera directa por el interesado. Deberá presentar la planilla de inscripción respectiva, anexando fotocopia de la cédula de identidad y síntesis curricular. Solo se admitirán trabajos individuales y colectivos. d. Reconocimientos e Incentivos. Los tres (03) trabajos o proyectos más destacados serán merecedores de incentivos monetarios, equivalentes a ciento veinticinco Unidades Tributarias (125 U.T) cada uno. De igual manera serán merecedores de reconocimiento, recibiendo la medalla al merito de oro, plata, bronce y diploma alusivo al logro obtenido.
Está de acuerdo con este artículo? Si: _____ No: ____ Observaciones: _____________________________________________ _____________________________________________ _____________________________________________ _____________________________________________ _____________________________________________ _____________________________________________
Menciones Honoríficas Artículo 30: La Mención Honorífica es una selección que hará el Comité Organizador del Encuentro Municipal para distinguir y reconocer aquellos trabajos o propuestas de significativa relevancia e impacto social, aún cuando no hayan ocupado alguno de los tres primeros lugares en cualquiera de las categorías participantes en el evento. Además del certificado, se le hará entrega del incentivo que determine el Comité Organizador. Está de acuerdo con este artículo? Si: _____ No: ____ Observaciones: _____________________________________________ _____________________________________________ _____________________________________________ _____________________________________________ _____________________________________________ _____________________________________________
Premio a la Excelencia Científica y Tecnológica Artículo 31: Es un reconocimiento dirigido a personas naturales o jurídicas por su destacada labor en el ámbito de la Ciencia y la Tecnología. Para determinar su entrega, el Comité Organizador hará la investigación correspondiente para establecer los méritos que justifiquen la selección. El Premio consta de medalla o placa alusiva y un incentivo monetario equivalente a trescientas Unidades Tributarias (300 UT).
Jornada Científica Artículo 32: Todos los participantes del Encuentro Municipal deben presentar sus trabajos, proyectos o prototipos en la Jornada Científica y Tecnológica, siendo el espacio natural para la exhibición, revisión y evaluación. Está de acuerdo con este artículo? Si: _____ No: ____ Observaciones: _____________________________________________ _____________________________________________ _____________________________________________ _____________________________________________ _____________________________________________ _____________________________________________
Acto Protocolar Artículo 33: Constituye el cierre oficial de cada edición del Encuentro Municipal, donde se procede a la entrega de reconocimientos e incentivos previstos en esta Ordenanzas. Está de acuerdo con este artículo? Si: _____ No: ____ Observaciones: _____________________________________________ _____________________________________________ _____________________________________________ _____________________________________________
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CAPÍTULO VI DISPOSICIONES TRANSITORIAS Y FINALES Remisión Legal Artículo 34: Lo no previsto en la presente Ordenanza, será resuelto por el Concejo del Municipio Bolivariano Libertador y el Comité Organizador, decisiones que serán comunicadas oportunamente y estarán en concordancia con los objetivos y la esencia del Encuentro Municipal de Ciencia, Tecnología e Innovación “Dr. Humberto Fernández-Morán”. Está de acuerdo con este artículo? Si: _____ No: ____ Observaciones: _____________________________________________ _____________________________________________ _____________________________________________ _____________________________________________ _____________________________________________ _____________________________________________
Derogatoria Artículo 35: La presente Ordenanza deroga el Acuerdo del Encuentro Municipal de Ciencia, Tecno-
logía e Innovación “Dr. Humberto Fernández-Moran de Fecha 13 de Septiembre de dos mil doce (2012), publicado en Gaceta Municipal No, 3575-18.
Está de acuerdo con este artículo? Si: _____ No: ____ Observaciones: _____________________________________________ _____________________________________________ _____________________________________________ _____________________________________________ _____________________________________________ _____________________________________________
Vigencia Artículo 36: Esta Ordenanza entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en Gaceta Municipal.
DADA, FIRMADA Y SELLADA EN EL SALÓN DONDE CELEBRA SUS SESIONES EL CONCEJO DEL MUNICIPIO BOLIVARIANO LIBERTADOR, DISTRITO CAPITAL, EN CARACAS, A LOS____________ (____) DEL MES ___________DE DOS MIL TRECE (2013). AÑOS: 202º DE LA INDEPENDENCIA, 153º DE LA FEDERACIÓN Y 14º DE LA REVOLUCIÓN.
Cjala. CARMEN CENTENO ZERPA PRESIDENTA
Dr. JUAN P. TORRES D. SECRETARIO MUNICIPAL
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, ALCALDIA DEL MUNICIPIO BOLIVARIANO LIBERTADOR DEL DISTRITO CAPITAL. EN CARACAS, A LOS (_________) DÍAS DEL MES DE ________ DE DOS MIL TRECE (2013). AÑOS: 202º DE LA INDEPENDENCIA, 153º DE LA FEDERACIÓN Y 14º DE LA REVOLUCIÓN. CUMPLASE, Dr. JORGE RODRIGUEZ G. ALCALDE
CONCEJO DEL MUNICIPIO BOLIVARIANO LIBERTADOR COMISIÓN PERMANENTE DE EDUCACIÓN Y CULTURA Cjal. SIMÓN PEREIRA COMISIÓN PERMANENTE DE SEGURIDAD CIUDADANA Cjala. CARMEN ZERPA COMISIÓN PERMANENTE DE INFRAESTRUCTURA Y URBANISMO Cjal. JUAN JOSÉ RODRÍGUEZ COMISIÓN PERMANENTE DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA Y DESARROLLO HUMANO Cjala. ROSAIDA HERNÁNDEZ HUGLE COMISIÓN PERMANENTE DE AMBIENTE Y TURISMO Cjal. ANTONIO OLIVERO COMISIÓN PERMANENTE DE SALUD Cjala. ZULAY PACHECO COMISIÓN PERMANENTE DE ECONOMÍA, FINANZAS Y DESARROLLO ENDÓGENO Cjal. FERNANDO GARCÍA COMISIÓN PERMANENTE DE CONTRALORÍA Cjala. DEYANIRA GONZÁLEZ COMISIÓN PERMANENTE DE OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS Cjal. FRANCISCO AVILÉ COMISIÓN PERMANENTE DE DESARROLLO LEGISLATIVO Cjal. EVELIO ARRIETA CONCEJALA CELINA VEGA CONCEJALA ANDREA TAVARES CONCEJALA MARIBEL CASTILLO