PROFESIONALES EN CIENCIAS ECONÓMICAS
CONTENIDO
PROFESIONALES EN CIENCIAS ECONÓMICAS Año XXV - N° 307 - Abril de 2013
AUTORIDADES
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SISTEMA FEDERAL DE ACTUALIZACIÓN PROFESIONAL - SFAP
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INSTITUTOS Y COMISIONES
EDITORIAL PUBLICACIONES TÉCNICAS INFORMACIÓN GENERAL 6
RESOLUCIONES DEL CONSEJO SUPERIOR Y DE CÁMARA SEGUNDA
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ESTADÍSTICA DE EXPEDIENTES DE LA COMISIÓN DE ÉTICA Y DISCIPLINA DE CÁMARA SEGUNDA DEL C.P.C.E.
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PARTICIPACIÓN PROFESIONAL. TRABAJOS PRESENTADOS DURANTE EL AÑO 2012
CAJA DE SEGURIDAD SOCIAL 12
CONSULTA ON LINE DE RECIBOS DE BENEFICIOS PREVISIONALES
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APORTES VOLUNTARIOS A LA CAJA DE SEGURIDAD SOCIAL
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IMPORTANTE. PARA TENER EN CUENTA: DERECHO A PENSIÓN
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JUBILACIÓN, UN PROYECTO QUE EMPEZÓ... AYER
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LA RETENCIÓN O ATESORAMIENTO DE MANO DE OBRA: SUS CAUSAS Y UNA DE SUS CONSECUENCIAS Dr. CP Alberto A. Santimaria Integrante de la Comisión de Costos y Gestión
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SUJETOS DE LA ESCRITURA ACADÉMICA. ROLES DEL DOCENTE Y DEL ALUMNO EN LA CONSTRUCCIÓN DE LOS MATERIALES CURRICULARES Dra. CP Graciela Baccar, Dra. CP Marcela Cavallo, Dra. CP Nerina Cicerchia, Dra. CP Liliana Díaz, Dr. LA David Mattos, Dr. CP Ariel Scoccia Comisión de Educación
28
ACTIVIDAD AGRÍCOLA GANADERA. IMPLICANCIAS DE LA MEDICIÓN DE LAS EXISTENCIAS DE ACTIVOS BIOLÓGICOS Y PRODUCTOS AGRÍCOLAS DE ACUERDO CON LAS NORMAS INTERNACIONALES DE INFORMACIÓN FINANCIERA Dra. CP Ileana García Federici
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EMERGENCIA AGROPECUARIA EN SANTA FE Dra. CP Ana A. Delrio Vicepresidenta de la Comisión de Empresa Agropecuaria
ACTUALIZACIÓN Y CAPACITACIÓN
ESPACIO CEDIDO
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CALENDARIO DE CAPACITACIÓN
Directores Ana María Fiol Fabián Curto Comisión de la Revista Ana María Fiol María Cristina Masia Alfredo J. Brunotti Impresión y fotocromía TECNIGRÁFICA Av. Pte. J. D. Perón 3747 Tel.Fax 4325648
Arte Estudio Rolando Cel: 154 683676 Telefax 0341 - 4818521 E-mail: info@estudiorolando.com.ar
Producción publicitaria Arq. Marta Fernández Alvarez Tel.Fax: 0341 - 4409909 Cel: 156 923406 martafernandezalvarez@publicidadgrupomas.com.ar
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CENTRO DE JUBILADOS Y PENSIONADOS DE PROFESIONALES EN CIENCIAS ECONÓMICAS DE LA PCIA. DE SANTA FE - CÁMARA II - LEY 11.085
Esta revista se distribuye entre los matriculados al C.P.C.E. y los asociados al C.G.C.E. de Rosario y otras instituciones vinculadas al quehacer de los Profesionales en Ciencias Económicas.
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PROFESIONALES EN CIENCIAS ECONÓMICAS
AUTORIDADES COLEGIO DE GRADUADOS EN CIENCIAS ECONÓMICAS DE ROSARIO
CONSEJO PROFESIONAL DE CIENCIAS ECONÓMICAS DE LA PROVINCIA DE SANTA FE (CÁMARA SEGUNDA) Presidenta Vicepresidente Secretaria Tesorero
Dra. CP Ana M. Fiol Dr. CP Julio C. Guevara Dra. CP Lidia Giovannoni Dr. CP Luis P. Fragalo
Vocales Titulares
Dr. CP Jorge Paniagua Dr. CP Roberto C. Rollandi Dr. CP Gabriel L. Costa Dr. CP Carlos M. V. Vitta Dr. CP Alfredo F. Suaya Dr. CP Osvaldo Pringles Dr. CP Roberto R. Figueredo
Vocales Suplentes
Dra. CP María del C. Molinero Dr. CP Daniel C. Lorenzatti Dr. CP Juan C. Desmedt Dr. CP Leandro E. Maltaneri Dra. CP Georgina N. Chiaramonte Dr. CP Ricardo R. Doctorovich
Comisión Revisora de Cuentas Titulares Suplente
Presidente Vicepresidente 1° Vicepresidente 2° Secretaria General Pro-secretaria Tesorero Pro-tesorero Secretaria de Actas Secretaria de Relaciones y Difusión Vocales Titulares
Dr. CP Fabián Curto Dr. CP Marcelo Gianatti Dr. CP Roberto Prado Dra. CP Silvana Pozzi Dra. CP Analía Selva Dr. CP Oscar Cipolatti Dra. CP María Cristina Masía Dra. CP Raquel Dominguez Dra. CP Patricia Pérez Pla Dra. CP Diana Suardi Dr. CP Agustín Calore Dr. CP Juan Carlos Serra Dr. CP Carlos Enrique Boglioli Dr. CP Juan Pablo Jusama Dra. CP Rosa Campione Dr. CP Sergio Dino Dra. CP Andrea Brunotti Dr. CP Alejandro Feuli Dr. CP Víctor A. Lioni Dr. CP Orlando Spizzo
Vocales Suplentes
Dr. CP Jorge L. Fittipaldi Dr. CP Alfredo J. Brunotti
Síndico Titular Síndico Suplente
Dr. CP Víctor A. Lioni
Comisión de Etica y Disciplina Profesional Presidente Vocales Titulares Vocales Suplentes
Comisión de Vigilancia Profesional Presidente Vocales Titulares Vocales Suplentes
Tribunal de Disciplina y Etica Profesional Miembros Titulares Dr. CP Carlos A. Ferretti Dr. CP Miguel A. Carmona Carrasco Dra. CP María Claudia Gamallo Dr. CP Norberto E. Calani Dra. CP Graciela Elías Dra.CP María Cristina D’Ottavio
Miembros Suplentes
Dr. CP Osvaldo Pringles Dra. CP Rosa Campione Dra. CP Teresa Stafforte Dra. CP Analía Selva Dra. CP Georgina Chiaramonte Dr. CP Silvio Ferrucci
CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN DE LA CAJA DE SEGURIDAD SOCIAL PARA LOS PROFESIONALES EN CIENCIAS ECONÓMICAS DE LA PROVINCIA DE SANTA FE (CÁMARA SEGUNDA)
DIRECTORIO DEL DEPARTAMENTO DE SERVICIOS SOCIALES DEL C.P.C.E. DE LA PROVINCIA DE SANTA FE (CÁMARA SEGUNDA) Presidente Secretario Tesorero Vocales
Vocal Suplente Sanatorio Americano Directores Titulares
Dr. CP Oscar Daniel Vezzani Dr. CP José María Vitta Dr. CE Walter Alfredo R. Perino Dr. CE Luis José Ramón Bozzoni Dr. CP Miguel Carmona Carrasco Dr. CP Edmundo Virgolini Dr. CP Guillermo Farruggia Dr. CP Ambrosio Hugo Malochwiej
Presidente Secretaria Tesorero Vocales Titulares
Dr. CP Roberto C. Rollandi Dr. CP Alejandro Fortini (en uso de licencia) Dr. CE Luis J.R. Bozzoni Dr. CP Guillermo A. Grgicevic Dr. CP Jorge A. Moretti Dr. CP Alberto E. Kozenitzky Dr. CP Edgardo R. Machain Dr. CP Juan C. Bonfigli Dr. CP Sergio Dino Dra. CP Silvia Zeballos (a cargo de la Secretaría) Dr. CP Pedro Farabulini Dr. CP Jorge L. Fittipaldi Dr. CP Enrique M. Lingua
Vocales Suplentes
Comisión Fiscalizadora Miembros Titulares Miembros Suplentes
Dr. CP Pedro Farabulini Dr. CP Roberto Rollandi
Dr. CP Jorge Paniagua Dra. CP Alejandra Fernández Dr. CP Alfredo Suaya Dr. CP Gabriel Costa Dra.CP Silvia Zeballos Dr. CP Ricardo Ziadi Dr. CP Daniel Lorenzatti Dra.CP Graciela Grillo Dra. CP Maria del C. Molinero Dra.CP Susana Kantor Dr. CP Juan C. Desmedt Dr. CP Francisco Abella Dra. CP Claudia Haumüller Dr. CP Osvaldo Depiante Dr. CP José L. Calligaris Dr. CE Héctor Gómez Casas Dr. CP Guillermo Luchtenberg Dr. CP Eduardo Joffre
FUNCIONARIOS Gerente General Dr. CP Marcelo Marchetti Secretaria Técnica Dra. CP Silvia Puccini Tesorera Dra. CP Nanci Falena Secretario Administrativo Dr. CP Alberto Mangas
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Secretario de Servicios Sociales Dr. CP Esteban Cué Jefe de Sistemas Sr. Gabriel Pérez Secretaria Técnica CGCE Dra. CP María Florencia Giacomino Secretario Técnico CSS Dr. CP Miguel Carnino
DELEGADOS DEL INTERIOR
Delegación Casilda Dr. CP Gabriel L. Costa Dr. CP Néstor H. Cecotti Dr. CP Rafael J. Prlender Dr. CP Silvio N. Ferrucci
Delegación San Lorenzo Dr. CP Daniel E. Dabove Dr. CP Diego R. Depiante Dr. CP Guillermo Arroyo Dra. CP Silvia M. Zeballos
Delegación Venado Tuerto Dr. CP Adrián M. Regis Dr. CP Carlos A. Garavagno Dr. CP Luis G. Carletta Dr. CP Walter E. Cifre Dr. CP Roberto R. Figueredo
Delegación Cda. de Gómez Dr. CP Miguel A. Zambiasi Dr. CP Orlando A. Antonelli Dr. CP Osvaldo L. Depiante Dra.CP Silvana Rosa Grandis Dra. CP Mónica L. Astutti Dr. CP Pedro D. Farabulini
Delegación V. Constitución Dr. CP Darío Rodríguez Dr. CP Guillermo A. Lascialandare Dr. CP Carlos A. Colle Dra. CP Rita V. Fratini Dr. CP Pablo Marinozzi
Subdelegación Firmat Dr. CP Jorge P. Sahores Dr. CP Eduardo Arditti Dr. CP Mario I. Aramburu Subdelegación Rufino Dr. CP Edgardo D. Vuillermet Dra. CP Roxana E. Zorza
COLEGIO DE GRADUADOS EN CIENCIAS ECONÓMICAS DEL SUR DE SANTA FE
CENTRO DE CONTADORES PÚBLICOS DE VILLA CONSTITUCIÓN
COMISIÓN DIRECTIVA
COMISIÓN DIRECTIVA
Presidente Vicepresidente Secretario Tesorero Vocales Titulares Vocal Suplente
Dr. CP Walter Enrique Cifre Dr. CP Luis Gustavo Carletta Dr. CP Miguel Angel Vidaurreta Dr. CP Adrián Regis Dra.CP Sandra Gardeñes Dra.CP Jacqueline Schaupp Dr. CP Oscar Stabile
COMISIÓN REVISORA DE CUENTAS Titulares
Dr. CP Carlos Garavagno Dr. CP Roberto Spadoni Dr. CP Juan Manuel Bouvier
TRIBUNAL DE DISCIPLINA Presidente Vocales Titulares Vocales Suplentes
Dr. CP Roberto Figueredo Dr. CP Luis Marcos Viskovik Dr. CP Néstor Lazzaretti Dr. CP Sergio Del Río Dr. CP Ricardo Agüero
Presidente Vicepresidente
Dr. CP Dario Rodriguez Dr. CP Guillermo Lascialandare
Secretario Prosecretario
Dr. CP Esteban Gonzalez Dr. CP Gualterio Capdevila
Tesorero Protesorero
Dr. CP Juan Pablo Marinozzi Dr. CP Andrés Smirsich
Vocal Titular 1º Vocal Titular 2º Vocal Sup. 1º Vocal Sup. 2º
Dr. CP Carlos Colle Dr. CP Carlos A. Mariani Dr. CP Edgardo Pelanda Dr. CP Roberto Tizi
Síndico Titular Síndico Suplente
Dr. CP Ruben Caruso Dr. CP Mario Serra
ASOCIACIÓN DE GRADUADOS EN CIENCIAS ECONÓMICAS DE CAÑADA DE GÓMEZ Y SU ZONA
COLEGIO DE GRADUADOS EN CIENCIAS ECONÓMICAS DE CASILDA
COMISIÓN DIRECTIVA
COMISIÓN DIRECTIVA
Presidente Vicepresidente 1º Vicepresidente 2º Secretario Prosecretario Tesorero Pro-tesorero Vocales Titulares
Vocales Suplentes Revisores de Cuenta
Dra. CP Silvana Grandis Dr. CP Raúl Daloisio Dr. CP Miguel Zambiasi Dr. CP Mario Moro Dr. CP Rodrigo Bresó Dra. CP Mónica Astutti Dra. CP Sofía Dignani Dra. CP Natalia Ferraro Dr. CP Fernando Gianantonio Dra. CP Natalia Ottaviani Dra. CP Silvana Frincuelli Dra. CP Silvina Vítola Dr. CP Daniel Del Píccolo Dr. CP Lisandro Fontana Dr. Osvaldo Depiante Dr. CP Jorge Berta Dr. CP Claudio Cuffia
Presidente Vicepresidente Secretaria Prosecretaria Tesorero Protesorero Vocales Titulares
Dr. CP Pedro Farabulini Dr. CP Orlando Antonelli Dr. CP José Angel Pistelli Dr. CP Daniel Cairo
Suplentes
Vocales Suplentes Síndico Titular Síndico Suplente TRIBUNAL DE DISCIPLINA Titulares
COMISIÓN DE ÉTICA Titulares Suplentes
Dr. CP Fernando Tosticarelli Dr. CP Hugo Cattena Dra. CP Silvana Coletta Dra. CP Liliana Piriz Dr. CP Claudio Zorzenón Dr. CP Diego Zucco Dra. CP Yanina Marelli Dr. CP Luciano Prlender Dr. CP Daniel Giugge Dr. CP Nicolás Pagliero Dra. CP Evangelina Giorda Dra. CP Lorena Nicola Dr. CP Germán Amuchástegui Dr. CP Sebastián Trobbiani
Dr. CP Gabriel Costa Dr. CP Silvio Ferrucci Dr. CP Néstor Cecotti Dr. CP Luis Tamborini Dr. CP Leandro Marani Dr. CP Héctor Fiori
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EDITORIAL LAS INSTITUCIONES DE LA MANO CON LA SOLIDARIDAD Nos parece trascedente destacar la responsabilidad que como Instituciones debemos asumir frente a la comunidad. Para ello, es importante sumar a lo que ya se está haciendo, el trabajo mancomunado con otras Profesiones. Si nos detuviéramos a pensar cómo sería una sociedad ideal, seguramente visualizaremos un buen sistema político, trabajando bajo principios de buena gobernabilidad, educación accesible a todos, respetando los derechos humanos, con un marco legal que funcione correctamente, sin corrupción y con elevados valores éticos... Si cada uno de nosotros, en nuestro accionar diario, agregáramos valor a este desafío, seguramente estaremos ejerciendo nuestras obligaciones ante la comunidad, con una justa responsabilidad social y moral. ¿Somos capaces de involucrarnos, analizando propuestas o simplemente dejamos correr el tiempo ante diferentes situaciones que se suceden? El actuar individualmente, no exime a las Instituciones de hacer lo suyo, analizando los escenarios bajo la perspectiva de quienes las conforman, velando por sus intereses en comunión con los intereses de la sociedad o persiguiendo objetivos que se mantengan en el tiempo para el bien de la misma.
Dra. Ana María Fiol Contadora Pública Presidenta C.P.C.E.
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Es por esto que decidimos tomar una posición activa frente a este reto. Fuimos invitados a formar parte del Acuerdo por la Convivencia Ciudadana y la Seguridad Democrática, con el fin de presentar a la ciudadanía un frente cohesionado y orientado entre el Estado y la sociedad civil. Es por ello que el Consejo Profesional y el Colegio de Graduados han manifestado su adhesión a dicho Acuerdo, compartiendo plenamente los valores fundamentales de la vida en sociedad, como lo son la solidaridad, el respeto y la valoración de la vida humana. En el marco de ese Acuerdo, la Municipalidad ha convocado a diferentes sectores de la sociedad para crear espacios de diálogo y consenso a nivel político y multisectorial, con el fin de encontrar acciones comunes que fortalezcan la convivencia ciudadana. Numerosas Instituciones Profesionales nos encontramos trabajando activamente con el fin de coadyuvar a los poderes públicos mediante proyectos jurídicos, económicos, urbanísticos y sociales. Es importante acompañar el esfuerzo que realizan las Instituciones. En conjunto podremos colaborar a contribuir vivamente al mejoramiento social añadiendo valor a la comunidad. Los invitamos a participar en acciones solidarias. Si logramos ser protagonistas de este desafío, aunando fuerzas con compromiso e involucramiento social, lograremos un cambio trascendental.
Dr. Fabián Curto Contador Público Presidente C.G.C.E.
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INFORMACIÓN GENERAL
RESOLUCIONES DEL CONSEJO SUPERIOR Y DE CÁMARA SEGUNDA El Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Provincia de Santa Fe informa que los matriculados podrán acceder a las resoluciones dictadas por el Consejo Superior y por la Cámara Segunda a través del sitio oficial www.cpcesfe2.org.ar.
ESTADÍSTICA DE EXPEDIENTES DE LA COMISIÓN DE ÉTICA Y DISCIPLINA DE CÁMARA SEGUNDA DEL C.P.C.E. La Comisión de Ética y Disciplina del Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Provincia de Santa Fe, Cámara Segunda, resume en los cuadros siguientes los sumarios éticos que se tramitan o se tramitaron ante esta sede. En el Cuadro 1 se expone, clasificados de acuerdo con la causa que motivó su apertura: 1) La cantidad de expedientes abiertos desde 01-11-2011 hasta el 31-102012. 2) Expedientes pendientes de resolución por el Tribunal de Ética al 31-102012. 3) Expedientes que aún están en trámite interno al 31-10-2012. 4) Expedientes concluidos entre el 01-11-2011 y el 31-10-2012 incluyendo la sanción adoptada. Caben aclarar los siguientes conceptos: a) CEP: Código de Ética Profesional. b) CED: Comisión de Ética y Disciplina.
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c) Trámite interno: refiere al proceso que sustancia la CED en virtud de lo establecido por el art. 11 inc. B) del Procedimiento para la Aplicación de Correcciones Disciplinarias. Dicho proceso comienza con el traslado de la denuncia en cuestión, que ejecuta la Cámara Segunda o el Consejo Superior a la CED, tras efectuar el análisis de su procedencia y termina con la elevación al órgano originario de la misma su dictamen donde fundamente y aconseje la resolución final. d) Tribunal de Ética: es el único órgano encargado de aplicar las sanciones previstas por el art. 8 de la ley provincial 8738 modificado por la 12135. Está conformado por la Cámara Primera y la Segunda del C.P.C.E. de la provincia de Santa Fe. En el Cuadro 2 se resumen las denuncias que no fueron admitidas por diversas razones. Entre ellas se pueden citar: • Falta de elementos que permitan acreditar los hechos imputados. • Ausencia de encuadramiento de la presunta falta en las normas del Código de Ética Profesional por parte del presentante. • Carencia de requisitos formales sustanciales básicos para ser considerados una denuncia (como ser: presentación del denunciante; indicación del profesional denunciado; denuncia formulada).
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INFORMACIÓN GENERAL CUADRO 1 Nº Ref.
Expedientes iniciados Expedientes pendientes Expedientes en entre el de Resolución por trámite interno al 01-11-2011 Tribunal de Ética 31-10-2012 y el 31-10-2012 al 31-10-2012
Sanciones disciplinarias aplicadas Tipo Cantidad
Causas Cantidad 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16
Exclusión de las listas de sorteo auxiliares de justicia (Peritos de oficio) Presunta transgresión a los Art. 3 y 4 del CEP Presunta transgresión al Art. 8 del CEP Presunta transgresión a los Art. 2, 3 y 4 del CEP Presunta transgresión a los Art. 2 y 4 del CEP Presunta transgresión a lo perceptuado por los Art. 7 y 8 del CEP Presunta transgresión a lo prescripto por los Art. 3, 14, 15 y 28 del CEP Presunta transgresión a lo prescripto por los Art. 2, 4, 8, 9 y 10 del CEP Presunta transgresión a lo prescripto por los Art. 2, 4 y 9 del CEP Presunta transgresión a los Art. 4 y 14 del CEP Presunta transgresión al Art. 9 del CEP Presunto mal desempeño en la función de síndico Presunta transgresión a los Art. 2 y 8 del CEP Presunta transgresión a los Art. 2, 4 y 6 del CEP Presunta transgresión a los Art. 3, 4 y 14 del CEP Presunta transgresión a los Art. 3, 4, 7 y 8 del CEP
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Expedientes concluídos entre el 01-11-2011 y el 31-10-2012
1
1
3
Advertencia
2
Advertencia
1
Archivo
1
Absolución Advertencia Absolución Archivo Archivo Archivo
1 1 2 3 2 1
1 1
1
1
1 1 1 1 1
1
1
CUADRO 2. Denuncias No Admitidas por la Comisión de Ética y Disciplina de Cámara Segunda del CPCE Desde 01 de Noviembre de 2011 hasta 31 de octubre de 2012. Denuncia Formulada
Motivo de No Admisión
Denuncia contra profesionales en ciencias económicas por su actuación como inspectores-verificadores de A.F.I.P.
Los funcionarios de la A.F.I.P. tienen sus propios estatutos y normas éticas que cumplir siendo materia ajena al C.P.C.E. evaluar el comportamiento de dichos funcionarios.
Denuncia contra profesional en Ciencias Económicas en tareas como asesor contable y de contralor (Síndico)
En la presentación formal efectuada no se adjunta el poder invocado de sus representados.
Denuncia formulada por mal desempeño como perito de oficio
El profesional denunciado cancela su matrícula con posterioridad a su actuación como perito.
Denuncia formulada por mal desempeño como síndico
En la presentación formal efectuada, no detalla puntualmente los hechos denunciados.
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INFORMACIÓN GENERAL
PARTICIPACIÓN PROFESIONAL. TRABAJOS PRESENTADOS DURANTE EL AÑO 2012 AUTOR / CO-AUTORES
TÍTULO DEL TRABAJO
10mas Jornadas Nacionales Tributarias, Previsionales, Laborales y Agropecuarias Rosario, 20 y 21 de septiembre de 2012
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Dr. CP. Spizzo Orlando Santiago Dra. CP. Pozzi Silvana Andrea
Impuesto a las ganancias. Rentas del trabajo personal.
Dra. CP. Stafforte Teresa Ana Dr. CP. Brunotti Alfredo Juan
¿Será un acto heroico iniciar una actividad agropecuaria?
Dra. CP. Picerni Graciela Norma
Las mujeres en el mercado laboral. En busca de la equidad.
Dra. CP. Kantor Susana Nora A.
El contrato a tiempo parcial. Algunas situaciones problemáticas.
Dr. CP. Marchetti Daniel Franco
Herramientas de gestión de riesgos: análisis e impacto.
Dr. CP. Marchetti Daniel Franco Dra. CP. Farizano Gabriela
Impuestos e inflación. Aspectos distorsivos: su análisis e impacto.
Dr. CP. Ramonda Carlos Dante Dra. CP. Delrio Ana Amalia
Nuestros estudios profesionales ¿Cómo los gerenciamos?.
Dra. CP. Delrio Ana Amalia
El productor empresario. El desafío productivo.
Dra. CP. Selva Analía Lidia
Tambos: dudas, certezas y peligros en cuanto a su tratamiento fiscal.
Dra. CP. Giovannoni Lidia
Contrataciones. Subcontrataciones. Cesiones de establecimientos o explotaciones. Solidaridad laboral en el agro a partir de la vigencia de la nueva ley 26.727.
Dra. CP. Bootello Rosana Beatriz
Voluntariado social.
Dra. CP. Kobila María Teresa
Impacto de lógicas asociativas en la economía y los territorios.
Dra. CP. Farizano Gabriela
El requisito del local habilitado en el Derecho de Registro e Inspección.
Dr. CP. Di Paolo Horacio
La ley 16774 y los beneficios tributarios en materia de obras para las entidades e instituciones con fines deportivos.
Dra. CP. Brunotti Andrea Fernanda Dra. CP. Cabrini María Natalia
Vulnerabilidad en materia laboral: todos distintos para un país de iguales.
Dr. CP. Fernández Matías Roman
Contratación de los trabajadores en las Pymes.
Dra. CP. Abdelmalek María Eugenia Dra. CP. Salazar Valeria
Alternativas y posibilidades de empleo de las personas con capacidades diferentes.
Dra. CP. Powell Candela
Cambio de paradigma en la intervención del estado de la actividad agraria ¿El Estado como un riesgo más?
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INFORMACIÓN GENERAL
19º Congreso Nacional de Profesionales en Ciencias Económicas Mendoza, 17 al 19 de octubre de 2012 Dr. CP. Fior Santos Jesús Dr. CP. Vitta Carlos María Vicente
Odre nuevo para vino nuevo. Nuestro código de Ética y las normas internacionales.
Dra. CP. Berri Ana María
La necesidad de un marco legal que legitime al Contador Público como auditor del Balance Social.
Dra. CP. Mileti Mabel Dra. CP. Palacios Clide Lidia Dr. CP. Rupil Juan Claudio
La calidad del Stakeholder Engagement según la perspectiva de Accountability
Dra. CP. Nannini María Susana Dra. CP. Vazquez Claudia Mónica
La unidad de medida en el entorno normativo actual. Conflicto por la aplicación de la NIC 29.
Dra. CP. Ledesma Alicia Beatriz Dra. CP. Cavallo Marcela Analía
Los valores como móviles para la incorporación efectiva de la responsabilidad en la gestión empresaria.
Dra. CP. Morbelli Claudia Isabel Dra. CP. Parolin Marisa Andrea Dra. CP. Kobila María Teresa
La RSE. Una dimensión de la racionalidad organizacional. Caso de aplicación en la ciudad de Rosario.
Dr. CP. Cointry Claudio Lucio
La Responsabilidad Social Empresaria y el Balance Social (o memorias de sostenibilidad) y su aplicación en la Micro, Pequeña y Mediana Empresa (EPEQ). Papel del Contador Público en la RSE. La elaboración, auditoría y certificación de memorias de sostenibilidad.
Dra. CP. Nasca Nilda Edelina
Control orientado a los resultados. La importancia del indicador de eficacia en la evaluación del impacto. Experiencia de auditorías de programas sociales en el municipio de Rosario.
Dra. CP. Díaz Ramona Teresa Dra. CP. Suardi Diana
Adopción de las NIIF en Argentina. Modificaciones en el contenido y la forma del estado de situación financiera.
Dra. CP. Parolín Marisa Andrea
Gestión responsable del capital humano. Un estudio en Pymes de la ciudad de Rosario.
Dra. CP. Vazquez Claudia Mónica Dra. CP. Cavallo Marcela Analía
Signos de agotamiento emocional en docentes universitarios. Un estudio sobre el Síndrome “Burnout” en una unidad académica en Argentina.
Dra. CP. Verón Carmen Stella Dra. CP. Marcolini Silvina Beatriz
Las participaciones no controladoras en el patrimonio neto consolidado. Una cuestión de exposición o de método de consolidación?
Dra. CP. Carmen Verón
Propuesta de norma contable profesional para pequeñas entidades (PES).
Dra. CP. Carmen Verón Dra. CP. Mancini Carina María Dra. CP. Marcolini Silvina Beatriz Dra. CP. Goytia Marisa Daniela Dr. CP. Radi Diego Mario Dr. CP. Viñuela Julián Andrés
Un aporte desde la docencia para el ejercicio profesional en la actividad agrícola.
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PROFESIONALES EN CIENCIAS ECONÓMICAS
INFORMACIÓN GENERAL
19º Congreso Nacional de Profesionales en Ciencias Económicas Mendoza, 17 al 19 de octubre de 2012
Continuación Dra. CP. Hadad Ana Clara
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Dra. CP. Kobila María Teresa
Vivenciando el liderazgo gerencial.
Dra. CP. Truchi María Andrea
Honorarios por ultra actividad del sindico.
Dr. CP. Mattos Ernesto Pedro Dra. CP. Ramos Mariana Soledad
La aplicación del método de la revaluación para bienes de uso en Argentina (RT 31). Beneficios y dificultades de su aplicación práctica.
Dra. CP. Pozzi Silvana Andrea
Jornada de trabajo inferior a la legal. Aportes y contribuciones.
Dra. CP. Almada Lorena Marcela
Tratamiento de las exportaciones en el impuesto sobre los ingresos brutos a la luz de la ley de coparticipación federal.
Dra. CP. Carbone Verónica Vanesa
Compendio de práctica forense en el ámbito de la justicia laboral en Tribunales Provinciales Santafecinos. Honorarios y costas: encuadre legal. Aspectos procesales y problemática.
Dra. CP. Marsili Marina Beatriz
El control de los bienes estatales a través de nuevas herramientas tendientes a evaluar la eficiencia, eficacia, efectividad y economía de la gestión pública.
Dra. CP. Brunotti María Andrea Dra. CP. Cabrini María Natalia
La acometida de los IMT.
Dra. CP. Abdelmalek María Eugenia Dra. CP. Salazar Valeria
Trabajo a tiempo parcial. Evolución y características. Implicancias en materia de seguridad social.
Dra. CP. García Federici Ileana
Actividad agrícola ganadera: implicancias de la medición de las existencias de activos biológicos y productos agrícolas de acuerdo con las NIIF. Trabajo ganador del 3ª puesto del Premio Anual FACPCE Jóvenes Profesionales 2012.
Dr. CP. Fernández de Luco Diego
Alcances del poder tributario municipal. Excesos en su ejercicio. Trabajo ganador del 1ª puesto del Premio Anual FACPCE Jóvenes Profesionales 2012.
Dra. CP. Alvarez Picco María Florencia
Propuesta metodológica para un estudio de factibilidad relativo al aprovechamiento de ríos como rutas fluviales navegables.
Dra. CP. Kobila María Teresa Dra. CP. Parolina Marisa Dra. CP. Morbelli Claudia
La RSE, una dimensión de la racionalidad organizacional. Caso de aplicación en la ciudad de Rosario.
CPCE / Abril de 2013
PROFESIONALES EN CIENCIAS ECONÓMICAS
INFORMACIÓN GENERAL
XI Jornadas de Profesionales en Ciencias Económicas del Sur de Santa Fe Casilda, 2 de noviembre de 2012
Dr. CP. Ferrucci Silvio Nicolás Dr. CP. Tosticarelli Fernando D.
Inmuebles rurales grandes y pequeños pertenecientes a sujetos residentes en el exterior. Tratamiento del impuesto a las ganancias.
Dra. CP. Reimondi María Alejandra Dra. CP. Quinart Claudia Ofelia Dr. CP. Stabile Oscar Roberto Dra. CP. Montanari Liliana Margarita Dr. CP. Casals Fabián Carlos Dr. CP. Lamarchesina Pablo Martín Dr. CP. Guillaumet Luciano Dra. CP. Dufour Gisel Alejandra
La actividad agropecuaria y el costo fiscal en las provincias de la región centro.
Dr. CP. Rodriguez Gustavo G. Dr. CP. Schimel Wenceslao F. Dra. CP. Etichetti Gisela Judith Dra. CP. Pugliese Vanesa Lucía Dra. CP. Gallizio Carolina Andrea Dra. CP. Tomassoni Damaris Brenda
El warrant como instrumento de financiamiento empresarial. Planificación fiscal en la Pyme agropecuaria. Un enfoque práctico.
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CAJA DE SEGURIDAD SOCIAL PARA PROFESIONALES EN CIENCIAS ECONÓMICAS DE LA PROVINCIA DE SANTA FE - CÁMARA SEGUNDA depende de las aportaciones que realice cada afiliado. Todos los afiliados que se encuentren efectuando aportes de acuerdo con lo dispuesto por el inc. a) Art. 26 de la Ley 11.085, están en condiciones de efectuar aportes voluntarios, por el monto y con la periodicidad que cada uno desee. Solo debe respetarse el mínimo de 10 módulos por imposición lo que hoy equivale a $ 375.-
Consultas on line de recibos de beneficios previsionales 1. Ingrese en “Servicios” y luego en “Consultas on line” con su usuario y contraseña habituales. 2. Si es un usuario nuevo, seleccione el link “Regístrese si es un usuario nuevo”. 3. Ingrese su número de documento. Si es una prestación por pensión, debe ingresar el documento del profesional fallecido. 4. Verifique los datos mostrados en pantalla y si todo es correcto, elija un nombre de usuario; si no comuníquese con CPCE. 5. Si todo estaba correcto, cumplimentado el paso 4, recibirá un email en su casilla de correo electrónico registrada en el CPCE (*), con un link que al seleccionarlo lo derivará a una pantalla del sitio web del CPCE para activar su cuenta de usuario. 6. En esta nueva pantalla, se le mostrará el usuario que eligió y se le permitirá registrar una contraseña. 7. Luego de completado el paso 6, ya puede dar curso a la consulta on line de su recibo de prestación previsional. 8. Ingrese en “Estado de cuenta” y luego en “Caja de Seguridad Social”. (*) Ud. puede verificar o actualizar su dirección de email informada al CPCE, vía correo electrónico a: actualizaciondatos@cpcesfe2.org.ar
Aportes voluntarios a la Caja de Seguridad Social Dentro del sistema mixto de nuestra Caja, los haberes de reparto se financian principalmente con aportes mensuales obligatorios. Ese haber básico se completa con un haber diferencial, que
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Al momento de obtener un beneficio previsional de la Caja, con el saldo acumulado en la Cuenta individualizada de aportes voluntarios (Aportes Voluntarios más rendimientos de la colocación) se determina un monto para integrar el Haber Diferencial. Otra modalidad de cobro En oportunidad de obtener un beneficio, como alternativa a la obtención de un Haber diferencial, el afiliado puede optar por otra modalidad de cobro del saldo de la Cuenta individual de aportes voluntarios, esto es, cobrarlo en forma total o parcial. Ejemplo de aportes voluntarios: Profesional en Ciencias Económicas, casado y cuya esposa es tres años menor, por cada $ 100 mensuales que aporta hasta los 65 años a la tasa del 4% anual. EDAD DEL PROFESIONAL CUANDO RENTA INICIA LOS APORTES VOLUNTARIOS
RENTA VITALICIA
30 35 40 45 50 55 60
491 374 278 199 134 81 37
Para el cálculo del haber diferencial del ejemplo se contempló el derecho a pensión del cónyuge supérstite con un haber de 75% del titular. Los invitamos a consultar en nuestra página web (www.cpcesfe2.org.ar) o bien a acercarse a la sede de nuestra Institución para obtener un asesoramiento ajustado a su situación personal y a las condiciones de su preferencia.
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CAJA DE SEGURIDAD SOCIAL PARA PROFESIONALES EN CIENCIAS ECONÓMICAS DE LA PROVINCIA DE SANTA FE - CÁMARA SEGUNDA
IMPORTANTE. Para tener en cuenta: DERECHO A PENSIÓN
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MATRIMONIOS
CONVIVIENTES
El Documento de Identidad del cónyuge deberá acreditar el mismo domicilio que el del causante fallecido.
El Documento de Identidad del conviviente deberá acreditar el mismo domicilio que el del causante fallecido.
De no ser así, el peticionante (viuda o viudo) deberá probar la convivencia matrimonial mediante pruebas requeridas por esta Caja.
Asimismo, deberá probar la convivencia durante al menos los últimos cinco años de vida del causante fallecido, mediante pruebas requeridas por esta Caja.
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CAJA DE SEGURIDAD SOCIAL PARA PROFESIONALES EN CIENCIAS ECONÓMICAS DE LA PROVINCIA DE SANTA FE - CÁMARA SEGUNDA
JUBILACIÓN, un proyecto que empezó... ayer
La mayoría de las personas comienzan a preocuparse por su retiro cuando ya es demasiado tarde. Planificar para el largo plazo es una decisión para alcanzar un futuro deseado difícil de sobrellevar y donde nuestra idiosincrasia juega un papel relevante. A nivel mundial se hace un esfuerzo para lograr una sustentabilidad económica duradera en el tiempo y que permita disfrutar del retiro, éste no es el modelo argentino. Formar parte de un sistema jubilatorio es una decisión que reclama un significativo análisis y que se implemente en el largo plazo. En este sentido, la interacción que se establece entre el individuo y el sistema requiere de una actitud responsable, que en el tiempo lo cubrirá durante su etapa de beneficiario. Es así como cada uno, durante su período activo, debería pensar y cuantificar cuál sería la renta que necesitaría para vivir al término de éste. No hay un número mágico que nos permita vivir bien en el futuro. Las necesidades financieras para el bienestar en la etapa pasiva son subjetivas a la estructura de gastos de cada persona, la tasa de sustitución entre sus ingresos como trabajador y sus ingresos como retirado varía sustancialmente entre la población. ¿Cuál es la edad ideal para comenzar a planificar?. El momento para comenzar es... ayer... Los horizontes temporales para cada persona son distintos, depende de la tarea que haya desarrollado, los sectores en los
que haya trabajado, harán que tome la decisión de retirarse antes o después. Algunos empiezan a pensar en el tema entre los 30 y 40 años, otros – que estarán más complicados – recién a los 60. Una premisa es básica... “mientras más temprano se inicie, mejor va a ser... “. La Caja de Seguridad Social está estructurada en un sistema mixto, prevé un Haber Básico solidario garantizado y un régimen de capitalización de las Cuentas Individualizadas que se traduce en un Haber Diferencial. El primero se nutre del aporte mensual obligatorio y el segundo de una porción de los aranceles de legalización y de aportes voluntarios. Los beneficios de Prestación Ordinaria y por Edad Avanzada están complementados por la Prestación por Invalidez y por la Incapacidad Total Transitoria, incorporando la Prestación por Pensión y un Subsidio por Fallecimiento, reafirmando el concepto de solidaridad del universo comprendido. Los profesionales afiliados que a los 65 años de edad no reúnan el requisito de 30 años de aportes para la obtención de la Prestación Ordinaria, podrán completar los aportes realizados en diferentes regímenes con los que la Caja tenga vigente un Convenio de Reciprocidad, conforme lo establecido en la Resolución 363/81 de la Secretaría de Seguridad Social. Acérquese a la Caja de Seguridad Social y asesórese con tiempo.
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ACTUALIZACIÓN Y CAPACITACIÓN A efectos de lograr una comunicación más rápida y efectiva, todas las actividades de Actualización y Capacitación están publicadas en la página web: www.cpcesfe2.org.ar
CALENDARIO DE CAPACITACIÓN
Contiene toda la información actualizada relativa a Cursos, Talleres, Charlas Presenciales y On Line y Eventos. Mayor información:
Colegio de Graduados en Ciencias Económicas de Rosario Maipú 1344 1º Piso – Horario: 12 a 20 hs. Tel. 0341 – 4494949/50 (Int. 226/227) cursosyeventos@cpcesfe2.org.ar
SISTEMA FEDERAL DE ACTUALIZACIÓN PROFESIONAL - SFAP ¿Cuál es el Objetivo?
Acrecentar en los profesionales matriculados una base de conocimientos en los campos que abarca la actividad de los profesionales en ciencias económicas, además de conocimientos intelectuales, interpersonales, de comunicación y valores éticos. Se establece un objetivo de 120 créditos por períodos móviles de tres años calendario.
En cada año se deberá cumplir un mínimo de 20 créditos. Cumpliendo 40 créditos por año se otorgará un certificado anual. El sistema de trienio móvil es individual para cada matriculado y por año calendario. Mayor información: www.facpce.org.ar
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ACTUALIZACIÓN Y CAPACITACIÓN INSTITUTOS Y COMISIONES
En www.cpcesfe2.org.ar encontrará: sus objetivos y cómo participar de ellos COMISIONES E INSTITUTOS
HORARIOS DE REUNIÓN Y CONSULTAS
COMISIÓN DE ACTUACIÓN JUDICIAL actuacion_judicial@cpcesfe2.org.ar
1° y 3° Martes 19:30 Hs.
COMISIÓN DE ADMINISTRACIÓN Y CONTABILIDAD PÚBLICA adm_y_cont_publica@cpcesfe2.org.ar
2º y 4º Viernes 19:00 Hs.
COMISIÓN DE AUDITORÍA auditoria@cpcesfe2.org.ar
1° y 3° Lunes 19:30 Hs.
COMISIÓN DE COMERCIO EXTERIOR Y MERCOSUR comercio_exterior_mercosur@cpcesfe2.org.ar
1° y 3° Jueves 19:30 Hs
COMISIÓN DE COOPERATIVAS, MUTUALES Y ASOCIACIONES CIVILES coop_mut_y_asoc_civ@cpcesfe2.org.ar
2º y 4º Miércoles 19:30 hs.
COMISIÓN DE CONTABILIDAD SOCIAL Y AMBIENTAL
1º Miércoles 19:30 hs
social_y_ambiental@cpcesfe2.org.ar COMISIÓN DE COSTOS Y GESTIÓN costos_y_gestion@cpcesfe2.org.ar
2° y 4° Miércoles 19:30 Hs.
COMISIÓN DE EDUCACIÓN educacion@cpcesfe2.org.ar
1° y 3° Jueves 19:15 Hs.
COMISIÓN DE EMPRESA AGROPECUARIA emp_agropecuarias@cpcesfe2.org.ar
2° y 4° Viernes 19:00 Hs.
COMISIÓN DE ESTADÍSTICA estadistica@cpcesfe2.org.ar
1° y 3° Jueves 18:00 Hs.
COMISIÓN DE FINANZAS finanzas@cpcesfe2.org.ar
1° y 3° Martes 19:30 Hs.
COMISIÓN DE JÓVENES GRADUADOS jovenes_graduados@cpcesfe2.org.ar
Miércoles 19:30 Hs.
COMISIÓN LABORAL PREVISIONAL laboral_previsional@cpcesfe2.org.ar
1° y 3° Miércoles 19:30 Hs.
COMISIÓN DE MEDIACIÓN NEGOCIACIÓN Y ARBITRAJE med_neg_y_arbitraje@cpcesfe2.org.ar
2º y 4º Martes 19:00 Hs
COMISIÓN PYME pyme@cpcesfe2.org.ar
1° y 3° Lunes 19:00 Hs.
COMISIÓN DE SALUD salud@cpcesfe2.org.ar
3º Martes 19.30 hs.
COMISIÓN DE SOCIEDADES sociedades@cpcesfe2.org.ar
1° y 3° Martes 19:00 Hs. Consultas: Lunes: 19 a 20 hs.
INSTITUTO DE ADMINISTRACIÓN administracion@cpcesfe2.org.ar
2° y 4° Martes 18:00 Hs.
INSTITUTO DE ECONOMÍA economia@cpcesfe2.org.ar
2° y 4° Martes 19:30 Hs.
INSTITUTO DE MATERIA TRIBUTARIA materia_tributaria@cpcesfe2.org.ar
Jueves 19:30 Hs. Consultas: 18:30 a 19:30 Hs.
INSTITUTO DE TEORÍA Y TÉCNICA CONTABLE teo_y_tca_contable@cpcesfe2.org.ar
2° y 4° Martes - 19:30 Hs. Consultas: 19:00 a 19:30 Hs.
Mayor información: Secretaría de Institutos y Comisiones - Maipú 1344 9º Piso - De 13 a 21 hs. Tel. 0341 - 4494949/50 (Int. 228/230) - institutosycomisiones@cpcesfe2.org.ar
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LA RETENCIÓN O ATESORAMIENTO DE MANO DE OBRA: SUS CAUSAS Y UNA DE SUS CONSECUENCIAS
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DR. CP ALBERTO A. SANTIMARIA Integrante de la Comisión de Costos y Gestión
INTRODUCCIÓN Tanto en las empresas industriales como en las de servicios y comerciales, la mano de obra representa una proporción sumamente importante del costo de producción y tiende a ser cada vez más un costo fijo. Ello es así, principalmente, porque durante los períodos recesivos relativamente breves, la empresa tiende a seguir pagando las horas-hombre potenciales, aun cuando las horas efectivamente necesarias fueran menores. Al hecho de que la empresa mantenga a los empleados en sus puestos de trabajo, pese a que la caída en las ventas demande menos horas efectivas de trabajo, lo llamaremos “el sesgo a retener o atesorar mano de obra” labor hoarding, en inglés- (Oi, W. 1962). Supongamos que la empresa trabaja 20 días por mes y un turno de 8 horas/día y produce con eficiencia técnica 1 unidad de producto/hora planta. Como la planta está abierta 160 horas durante un mes normal de trabajo, la tecnología instalada implica que la producción potencial es de 160 unidades por mes. Supongamos, para simplificar, que se emplean 10 personas, lo que implica que hay 1600 horas-hombre potenciales, y no hay personal en tareas administrativas. Supongamos que no se puede suspender transitoriamente al personal. Cuando hay horas ociosas, o se despide al personal o se lo mantiene en la nómina de la empresa. Supongamos que la empresa tiene la expectativa de que la recesión o caída de las ventas será solamente por pocos períodos, sin conocer con exactitud el momento de la recuperación. Si en un período la cantidad demanda del producto que vende la empresa fuera, por ejemplo, de 120 unidades, la empresa tendría las siguientes opciones: (a) Seguir produciendo 160 unidades, pagar las 1600 horas-hombre-potenciales y aumentar su stock de productos terminados en 40 unidades. En este caso, habría un reducción en la rentabilidad por el costo de almacenamiento y el costo financiero de las 40 unidades que quedan en stock, (b) Producir 120 unidades, anticipar las vacaciones del personal o asignar al personal tareas de mantenimiento y pagar sueldos por 1600 horas-potenciales, (c) Reducir la productividad por hora, producir 120 unidades por mes y pagar las 1600 horas-potenciales, (d) Producir 120 unidades, pagar las horaspotenciales y absorber las horas no trabajadas o, llegar a un acuerdo con el personal para recuperarlas de alguna manera en el futuro. En los casos de las alternativas que van de la (b) a la (d), habría un incremento del costo medio fijo porque se producen 40 unidades menos; lo que es equivalente a
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decir que habría una disminución en la rentabilidad. (e) Despedir al personal que no va a emplear. Si la empresa no tuviera que pagar indemnización por despido, ni hubiera costos de contratación y entrenamiento y no se contemplaran otros aspectos referidos al funcionamiento de la producción, la empresa optaría por despedir al personal -la alternativa (e)-. Sin embargo, en la práctica la empresa tiene un sesgo a retener la mano de obra. El propósito de este ensayo es responder a la pregunta: ¿Por qué la empresa está dispuesta a “retener o atesorar mano de obra”, como un costo fijo, en las recesiones breves? Dicho de otra manera: ¿cuáles son los aspectos de la realidad que hay que contemplar para entender la tendencia de la empresa a “retener o atesorar mano de obra”?
CAUSAS EXÓGENAS Son varias las razones exógenas que originan el sesgo, por parte de la empresa, de retener mano de obra. Entre ellas podemos citar las siguientes. La indemnización por despido La legislación laboral impone, generalmente, la obligación de pagar indemnización por despido, sin causa justificada. En nuestro país, la Ley de Contrato de Trabajo nº 20744 (t.o. D.390/76) establece dicha obligación. De la misma manera, vemos la obligación de la empresa de pagar indemnización en la legislación de los países de la Unión Europea. En la actualidad, el debate en Europa se centra en analizar la transición entre la protección del empleo y la mayor flexibilidad en el mercado laboral (flexicurity). También aparece en la legislación laboral de China. En efecto, la nueva legislación laboral ha pasado de un Mercado de trabajo des-regulado a otro regulado, donde la regulación es similar a la de los países de la Unión Europea (Russell Cooper). En general, el costo de la indemnización significa que la empresa tendrá una mayor predisposición a retener mano de obra, cuanto más alto sea dicho costo. El subsidio para retener mano de obra En las llamadas economías de bienestar de los países europeos aparece también el subsidio que el Estado paga a las empresas para retener en forma temporaria a la mano de obra. En Alemania, hay tres tipos de subsidios por retenciones temporarias para: (a) La pérdida temporaria de empleo debido a factores del ciclo económico. (b) El desempleo debido a medidas de restructuración de la planta de producción. (c) Los períodos no productivos por razones del clima –estaciones del año–. Los subsidios de esta naturaleza favorecen la tendencia de la empresa a retener el trabajo a corto plazo.
El poder de negociación de los sindicatos Otra causa exógena es cuando en el país o, particularmente en la actividad de la empresa, el sindicato tiene mucho poder de negociación sobre las condiciones de trabajo de sus afiliados. Es probable que el sindicato presione de alguna forma, para que la empresa retenga al personal.
CAUSAS ENDÓGENAS El propio funcionamiento de la empresa también va generando razones por las cuales la empresa tiende a retener o atesorar mano de obra. Entre estas razones podemos mencionar las siguientes: El costo de contratación de la mano de obra (Brechling 1965, Bowers-Deaton-Turk1982, Horning 1994) Supongamos que la empresa si despidiera al personal a corto plazo tuviera que contratar mano de obra para recuperar el nivel de producción potencial. Supongamos además, que tendría que seguir un procedimiento de selección y contratación de personal. Y este proceso comprendiera: pagar a la agencia de búsqueda del personal, asignar tiempo a las entrevistas-evaluaciones de los candidatos, realizar los trámites administrativos de registración y, asumir el riesgo de elegir a la persona equivocada –adverse selection–. Teniendo en cuenta los aspectos indicados, cuanto más costoso resulte para la empresa la contratación de la mano de obra, mayor será la tendencia de la empresa a evitar los mismos -o retener la mano de obra ya contratada-. Los costos de entrenamiento (Bentolita y Bertora) (Kruppe y Mosley,1996) El propósito de la empresa en realizar inversiones en el capital humano de los empleados, es aumentar la productividad de los mismos. Los entrenamientos de la mano de obra son distintos según se trate de tareas técnicasespecíficas de la empresa o tareas rutinarias-comunes. Normalmente, la inversión en entrenamiento es mucho mayor para las tareas técnicasespecíficas que para las rutinarias. En consecuencia, la empresa tendrá un sesgo a retener a los trabajadores altamente especializados por la inversión que ya ha hecho y porque es muy difícil o costoso encontrar otros trabajadores similares. Cuanto más específico sea el entrenamiento del personal -en relación con la actividad de la empresa-, mayor será la tendencia de la empresa a retener a estos trabajadores. La actitud del personal y los despidos (Okun 1981) La empresa puede tender a retener al personal, pese a la recesión y caída de las ventas, para evitar el impacto negativo de los despidos sobre la moral y la actitud de los trabajadores hacia sus tareas.
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La necesidad de retener los trabajadores para la próxima recuperación (James-Thomas 1998) Si la empresa tuviera la expectativa de que en el próximo período habrá un aumento importante de las ventas, es lógico pensar que estaría interesada en mantener la estabilidad de los empleados, particularmente los altamente especializados, para aumentar más rápidamente su producción en la recuperación próxima. La generación de confianza (Macneil-1974) La empresa puede estar interesada en retener mano de obra como un mecanismo de generación de reciprocidad y confianza entre el personal y la empresa. Esto equivale a generar un complemento implícito de las normas que regulan la relación entre las partes. Y este complemento, a su vez, podría minimizar futuros conflictos entre los empleados y la empresa.
peración y procurar el aumento de la confianza entre los trabajadores y la empresa, pues podría minimizar futuros conflictos. Una consecuencia de la retención o atesoramiento de la mano de obra es la tendencia de la productividad de la mano de obra potencial a ser procíclica. Para un desarrollo futuro de este tema, el paso lógico sería considerar la relación empresa-trabajadores, en la transición que va desde la protección de la mano de obra -economía del bienestar- a una mayor flexibilidad en las relaciones laborales -flexicurity-.
BIBLIOGRAFÍA BENTOLILA, S. / BERTOLA, G. (1990): “Firing Costs Labour Demand: How Bad Is Eurosclerosis?,” Review of Economic Studies, 57.
UNA CONSECUENCIA: LA PRODUCTIVIDAD PRO-CÍCLICA Si durante el período de recesión la empresa, por un lado, produjera menos unidades de productos que las potenciales -no acumulara stock de productos terminados- y, por el otro, “retuviera o atesorara mano de obra”, tendríamos que la razón entre la cantidad producida en el período y las horas-potenciales –productividad-, descendería durante la recesión. De la misma manera, si cuando las ventas aumentaran, la empresa aumentara la cantidad producida al mismo tiempo que mantiene las mismas horas potenciales, la productividad de la mano de obra potencial, aumentaría. De esta manera, la productividad de la mano de obra potencial tendría un comportamiento pro-cíclico; disminuiría en las recesiones y aumentaría en los períodos de recuperación de las ventas.
SÍNTESIS Hay retención o atesoramiento de mano de obra cuando, en un período de tiempo, la tasa de reducción de las horas pagadas por la empresa, es menor que la tasa de reducción en las ventas. La mano de obra tiende a ser cada vez más un costo fijo porque hay un sesgo de la empresa a “retener o atesorar mano de obra”. A su vez, para entender por qué hay retención de mano de obra, hay que conocer las causas. Estas se pueden clasificar en: (I) Exógenas. Comprenden los costos de la indemnización por despido, los subsidios por retención temporaria de mano de obra y las presiones del sindicato. (II) Endógenas, y abarcan los costos de contratación y entrenamiento de la mano de obra, evitar o reducir los despidos para mejorar la actitud de los trabajadores hacia la actividad productiva, prever que se necesitarán trabajadores en la próxima recu20
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BOWERS, J. / DEATON, D. / TURK, J. (1982): Labour Hoarding in British Industry, Oxford: Blackwell. BRECHLING, F. P.R. (1965):“The Relationship Output Employment in British Manufacturing Industries,” Rev Econic Studies, 32, 187-216. DE KONING, J. (1989): “Labour Hoarding in Dutch Manufacturing Industry,” De Economist 137, 155-172. Martin Dietz, Michael Stops, Ulrich Walwei, 27. HORNING, B. (1994):“Labour Hoarding and the Business Cycle”, International Economic Review, 35, 87-100. JAMES, J. A. / THOMAS, M. (1998): “Labour Hoarding and Selective Retention of Skilled Workers in U.S. Industry in the Late Nineteenth-Century: The Workers’ Perspective”..., Proceedings of the Twelfth International Economic History Congress. MOSLEY, H. / KRUPPE, T. (1996):“Employment Stabilisation through Shorttime Work”, International Handbook of Labour Market Policy and Evaluation, 594-619. Martin Dietz, Michael Stops, Ulrich Walwei, 28. OI, W. Y. (1962): “Labour as a Quasi-Fixed Factor of Production,” Journal of Political Economy 70, 538-555. OKUN, A. M. (1981): Prices and Quantities: A Macroeconomic Analysis, Washington: The Brookings Institution. RUSSELL COOPER / GUAN GONG / PING YAN: Costly labour adjustment: effects of China employment regurlarion. NBER.
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SUJETOS DE LA ESCRITURA ACADÉMICA. ROLES DEL DOCENTE Y DEL ALUMNO EN LA CONSTRUCCIÓN DE LOS MATERIALES CURRICULARES
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DRA. CP GRACIELA BACCAR, DRA. CP MARCELA CAVALLO, DRA. CP NERINA CICERCHIA, DRA. CP LILIANA DÍAZ, DR. LA DAVID MATTOS, DR. CP ARIEL SCOCCIA Comisión de Educación
INTRODUCCIÓN El presente trabajo se inicia con un desarrollo teórico acerca de las concepciones de materiales curriculares según el punto de vista de diferentes autores. Esta recopilación bibliográfica continúa con reflexiones acerca del uso que puede hacerse de estos materiales en pos del logro del aprendizaje de los alumnos para lo cual se abordan los requisitos y cualidades que debe reunir ese tipo de material. Reflexionamos acerca de la importancia de que los docentes en general, y los profesionales en ciencias económicas en particular, desarrollen aptitudes para la adecuada presentación de estos materiales tanto en el nivel medio como en el superior, siempre en vistas a mejorar la calidad de la enseñanza y del aprendizaje en todos los niveles educativos. No escapa de nuestro análisis el necesario involucramiento de los alumnos (la nueva generación 3.0) en la co-construcción de estos materiales para propender al aprendizaje significativo.
PROPÓSITOS Y METODOLOGÍA DE ESTE TRABAJO Este trabajo tiene como propósitos especificar pautas de redacción escrita sobre los materiales curriculares para ser utilizados en ámbitos educativos de nivel medio y superior. En este camino, es de interés comprender los criterios que permitan discernir entre aspectos válidos e inválidos aplicables a su elaboración. Se pretende además reflexionar sobre los materiales curriculares como medios para facilitar la articulación de posiciones pedagógicas con recursos bibliográficos volcados en los programas de las asignaturas, pudiendo propiciar así una mayor calidad educativa. De igual manera resulta adecuado el análisis del rol del alumno en la construcción de estos materiales. El abordaje metodológico de esta producción se basó en la recopilación de las opiniones de diversos autores, volcadas en textos y revistas especializadas. A partir del stock de estos conocimientos elaboramos algunas conclusiones preliminares que constituyen apenas un primer cierre sobre este tema.
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MATERIALES CURRICULARES Y CALIDAD EDUCATIVA: DOS CONCEPTOS CLAVE EN ESTE ABORDAJE Es necesario dar un marco teórico, para lo cual hemos relevado concepciones de materiales curriculares. Para Ledesma Marín (1997) “Los materiales curriculares, como mediadores de la cultura, tendrían que ser un medio de apoyo auxiliar para el aprendizaje y no un fin en sí mismos, como así viene ocurriendo”. En la misma obra, cita a otro autor: Xurxo Torres (1989) denomina a los materiales curriculares como “productos políticos” porque reproducen unas determinadas concepciones ideológicas, una específica visión de la realidad: “el capital cultural” de los grupos dominantes; determinando cómo es la realidad y por qué y de qué forma, quién, cómo y cuándo podemos intervenir en ella. Es decir, tienen la función añadida de socializar a los individuos en un determinado modelo de sociedad. Por su parte, Méndez Garrido (2001), cita la opinión de varios autores con respecto al término en cuestión, entre ellos: Blazquez (1994: 514), incluye a los materiales curriculares como medios de enseñanza y entiende como medio didáctico a “cualquier recurso que el profesor prevea emplear en el diseño o desarrollo del currículum -por su parte o por los alumnos- para aproximar o facilitar los contenidos, mediar experiencias de aprendizajes, provocar encuentros o situaciones, desarrollar habilidades cognitivas, apoyar sus estrategias metodológicas o facilitar o enriquecer la evaluación.” Cabero (1994: 119), conceptualiza los medios y materiales para la enseñanza como los “elementos curriculares que, por sus sistemas simbólicos y estrategias de utilización, propician el desarrollo de habilidades cognitivas en los sujetos, en un contexto determinado, facilitando y estimulando la intervención mediada sobre la realidad, la captación y comprensión de la información por el alumno y la creación de entornos diferenciados que propicien aprendizajes.” Otro concepto que emerge del presente escrito es el de calidad educativa. En este sentido puede entenderse que es una expresión que no posee una interpretación unívoca. Desde ya, desechamos su versión “fabril” que interpreta a la calidad educativa como la garantía de homogeneización y estandarización del producto resultante de un proceso dado. Además, “calidad” en su sentido empresarial, parece ser la entendida como la consecuencia de una serie de pasos en donde la entidad que busca alcanzar ese objetivo (calidad) puede controlar todo (o casi todos) los elementos que conducen al mismo.
Esa simplificación no puede aplicarse al campo educativo. La calidad educativa no se puede reducir a un indicador universal ni medirse en una institución particular. Como afirma Pablo Imen: “A diferencia de una fábrica de automóviles -en que sus partes se producen y se ensamblan y la calidad está perfectamente determinada- la juventud atraviesa y es atravesada por múltiples esferas de socialización [...] que hacen muy difícil discriminar qué parte le tocó a cada quien en la calidad educativa alcanzada” . Siguiendo con el autor mencionado, recordemos que “calidad” es un término originario en la izquierda pedagógica que fue resignificado por el neoliberalismo. Existe, entonces, una imposibilidad (ontológica, diríamos nosotros) de acordar un concepto único de calidad educativa, ya que para los sectores populares, la calidad se reflejará en “la conformación de sujetos de derecho que tengan autonomía de pensamiento, que participen activamente de la cosa pública, etc.” mientras que para los sectores dominantes, habrá calidad educativa si, además de aprobar exámenes, los alumnos internalizaron valores de subordinación, obediencia, esfuerzo, iniciativa o identificación con el status quo vigente. Para este segundo enfoque, la autonomía de pensamiento estaría acotada dentro de márgenes socioculturales predefinidos, y la participación en el espacio público se daría en el rol de productor o consumidor que cada individuo llevaría adelante en el marco de una jerarquía social dada. Estos conceptos (autonomía y participación pública) también fueron resignificados por el dogma neoliberal, lo que se traduce en que ninguno de ellos se tome como indicador de variaciones en la calidad educativa. Al fin y al cabo, estas visiones contrapuestas impiden unificar definiciones: “Lo que para unos es educación de calidad, no lo es en absoluto para otros” (Pablo Imen, 2005). De acuerdo a nuestra perspectiva, sustentada en nuestra experiencia, y tomando como referencia el lema de la universidad pública (“Formamos hombres pensantes”) en la que hemos crecido y trabajamos, nos inclinaremos para conceptualizar a la calidad, por la primera idea mencionada por Imen: habrá “calidad educativa” en la medida en que los estudiantes puedan desarrollar pensamiento autónomo y crítico, y puedan actuar como agentes de cambio en la sociedad en la que se insertan. En cuanto al concepto de materiales curriculares, consideramos que son medios para facilitar el proceso de enseñanza y aprendizaje, con el involucramiento y participación activa de los estudiantes, no solamente en su uso sino también en su elaboración.
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LA ELABORACIÓN DEL MATERIAL CURRICULAR. SUJETOS INVOLUCRADOS. González Jiménez y Macías Gómez (2001) sostienen que los materiales curriculares son un referente usual de los alumnos para apoyar su aprendizaje escolar. Dichos materiales generalmente se presentan de manera escrita, lo que implica la necesidad de considerar que su lectura es un proceso complejo que se basa en la comprensión (Thorndike, 1917), y la misma está condicionada por la predisposición, los conocimientos previos sobre el tema y las intervenciones del docente. Entre los materiales escritos más frecuentes en nuestra área se encuentran tanto los elaborados por editoriales como los generados por los propios docentes específicamente para sus alumnos. Con respecto a estos últimos es propósito de este trabajo especificar pautas de redacción para lo cual es ineludible considerar algunos criterios que deben ser tenidos en cuenta en su elaboración. En este sentido, es sustancial el aporte de Pacerisa Aran (1996) quien expresa que para lograr un material propio adecuado para el alumnado y que no sea un mero rompecabezas de trabajos editados es necesario tener en cuenta los siguientes elementos: • Coherencia con el proyecto curricular de la institución educativa. Deben tener en cuenta los criterios institucionales sobre qué, cuándo y cómo enseñar. • Diversidad de los materiales. La generación de materiales propios permite la atención a la diversidad del alumnado y de objetivos específicos. • Coherencia con las intenciones educativas y con las bases psicopedagógicas. Adecuación al contexto. La elaboración de materiales permite acercarse en alto grado a objetivos concretos, teniendo en cuenta el alumnado destinatario, su relación con el medio y la ubicación del material en la secuencia didáctica. • Rigor científico. Es necesario evitar errores conceptuales o surgidos de una excesiva simplificación. • Visión general del conjunto de materiales. Para ser de utilidad a los alumnos debe estar en sintonía con el resto de los materiales y recursos a disposición de los mismos. • Reflexión sobre los valores que se reflejan en el material. Se debe estar alerta sobre los valores y actitudes que se reflejarán en el material, prestando especial atención a que no se produzcan discriminaciones y expongan prejuicios, ya que pueden jugar un papel de modelo de propiciatorio de aprendizaje vicario. • Aspectos formales. Es difícil competir con la calidad formal de los materiales editados por lo que es importante de dotar de la máxima calidad posible, generando una buena diagramación de la página y buena impresión. 24
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• Evaluación del uso del material. Es importante la valoración de la utilidad del material para el alumnado para evaluar los aspectos positivos y negativos, permitiendo al detectar estos últimos la reelaboración y corrección del material propio. Asimismo, resulta relevante el aporte de Sevillano (1995), considera que los materiales impresos deben reunir los siguientes requisitos: • Presentar los objetivos claros. • Los contenidos deben estar actualizados y ser científicamente correctos. El lenguaje debe ser claro, evitar largos párrafos e introducir progresivamente los conceptos nuevos. • El estilo conviene que sea sencillo y claro. Es importante un enfoque informal evitando la frialdad de los textos tradicionales. • La estructura corresponde que esté ordenada a través de la división y subdivisión de los contenidos, enfatizando títulos, ideas claves y terminología. Es conveniente utilizar frases introductorias que brinden una visión de conjunto. Pueden incluirse referencias bibliográficas y una selección de textos, así como un resumen final. • Las ilustraciones constituyen una parte importante ya que favorecen la comprensión, realizan más atractivo el texto y brindan mayor información. • Las actividades deben tener relación con los contenidos e incluir actividades de diferente índole, tanto individuales como grupales. • La adecuación del material a los alumnos destinatarios es fundamental, siendo importante tener en cuenta sus características, posibilidades y problemas de aprendizaje. • Tener en cuenta si se utilizarán materiales adicionales tales como los audiovisuales. • La impresión del texto debe ser cuidada, teniendo en cuenta que sea atractiva, sugerente y clara. Es de destacar que, no obstante la importancia de los aportes de los autores antes mencionados, las pautas y criterios de confección de los materiales no mencionan la posibilidad de la elaboración de estos elementos por parte de los propios estudiantes (o por lo menos, su colaboración en el proceso de “adecuación” o “valoración” del material). Esta ausencia quizás supone una ubicación implícita de los destinatarios del material curricular en el papel de meros receptores, sin voz ni voto en la construcción del texto escrito que los acompañará en el trayecto académico. Por lo tanto, si nos consideramos verdaderos educadores, y a la vez tomamos en cuenta las oportunidades didáctico-pedagógicas que nos brindan las tecnologías 2.0 ó 3.0 (en donde la interacción y la coautoría rompen con el esquema tradicional de escritor y lector como entes separados, comple-
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tamente distintos) también tendrán que interesarnos las habilidades y competencias que necesitarían desarrollar los estudiantes en su rol de escritores-elaboradores de materiales curriculares (ya sea para consumo propio o con vistas a su integración en un material “oficial” de una institución educativa). Este aspecto (educando como “escritor”) se puede analizar con mayor claridad en el segmento superior del sistema educativo: el campo universitario, en donde la demanda por los atributos propios del elaborador de textos destinados a terceros ya estaban presentes aún antes del surgimiento de Internet.
EL ALUMNO COMO PROTAGONISTA EN EL DISEÑO DE MATERIALES CURRICULARES Silvina Gvirtz y Mariano Palamidessi (1998) expresan que el lenguaje, hablado o escrito es el recurso más usado, tanto en la situación educativa como fuera de ella; “es el medio principal a través del cual el conocimiento y la sensibilidad se construyen, almacenan y expresan.” Seguidamente, los autores se refieren a las actuales tecnologías y a su creciente influencia en la relación con el conocimiento, sin dejar de destacar la importancia del libro. Manifiestan que “los desarrollos tecnológicos modifican las formas de conocer y organizar el mundo, tanto dentro como fuera de la escuela” por lo tanto, no se piensa hoy del modo que se pensaba antes de la invención de la escritura o de la imprenta ni se pensará igual dentro de veinte o treinta años, a partir del uso generalizado de la informática. Con respecto a la lectura y la escritura por parte de los alumnos, en el ámbito universitario, Andrade Calderón, M.C. (2009), dice: En cuanto a los estudiantes universitarios prosigue el español [Cassany (2003)] pareciera ser que aún asumen a la lectura y a la escritura como simple tarea escolar: leen y escriben motivados por razones prácticas o instrumentales, para satisfacer los requerimientos del profesor o para alcanzar una nota, obtener un diploma, entre otras; situación, muchas veces aceptada por algunos profesores […]. Por eso, creemos nosotros que sin abandonar la responsabilidad del estudiante, es el maestro quien debe llevar el liderazgo de la escritura en la universidad y que con su ejemplo, motivación y guía, los estudiantes quizás podrían desarrollar mejor su competencia escritural. Las culturas de los niveles educativos medio y superior continúan siendo principalmente verbales y escritas (o fotocopiadas), sin predominancia de la lógica hipertextual, fragmentaria y multimedial propia de internet.
Pero en este punto creemos que resulta clave introducir la noción de “alfabetización académica”, desarrollado desde hace algunos años -a nivel teórico y empírico- por Paula Carlino y otras investigadoras del ámbito docente. ¿Qué significan estos términos? En pocas palabras, se busca desmitificar la suposición ampliamente instalada que hace creer que, una vez desarrolladas las aptitudes de lectura y escritura, se puede enfrentar cualquier texto. Al respecto, Andrade Calderón, M.C. (2009: 313) dice: En la universidad, además de lo específico del conocimiento de la lengua y de sus usos académicos (competencia lingüística), a la comprensión y producción de textos hay que agregar lo específico del conocimiento de cada área o disciplina. Los textos que se trabajan en este nivel son de alta complejidad y densidad, tanto en la temática, usualmente nueva, como en su manejo: requieren una base de conocimientos en la que apoyarse para construir sentido. En consecuencia, los estudiantes (que no son siempre los destinatarios de esos textos), deben constituirse como tales, lo que les implica un gran esfuerzo personal e intelectual. Como lo expresa Carlino (2003 b: 2), sostiene: a los estudiantes que ingresan, la universidad: La tesis central de mi trabajo es que no se trata solamente de que ellos [los estudiantes] llegan mal formados de sus estudios secundarios previos; se trata de que al ingresar a la formación superior se les exige un cambio en su identidad como pensadores y analizadores de textos. Los textos académicos que los alumnos han de leer en este nivel educativo suelen ser derivados de textos científicos no escritos para ellos sino para conocedores de las líneas de pensamiento y de las polémicas internas de cada campo de estudio. Son textos que dan por hecho sabido lo que los estudiantes no saben. Trasladado al terreno de las ciencias económicas, significaría suponer (por ejemplo) muchas veces erradamente, que un texto de Enrique Fowler Newton o de Carlos García Casella sería automáticamente entendible para un estudiante de 18 años con una cierta dosis de esfuerzo mental, porque “el estudiante ya sabe leer desde la primaria, y debería haber aprendido a resumir, abstraer, sintetizar en el nivel medio”. Otro ejemplo podría ser: suponer que se puede comprender el concepto de “devengado” por el hecho de tener una edición actualizada de la Enciclopedia Británica (o un diccionario de términos económicos elaborado por una editorial especializada), olvidando que hace falta apropiarse no solamente del lenguaje propio del área, sino también de la historia de la terminología y de los autores que elaboran textos. CPCE / Abril de 2013
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Paula Carlino (2004), en sus investigaciones, ha detectado cuatro tendencias de los estudiantes universitarios a las que considera como cuatro problemas que la enseñanza tiene que considerar: 1. la dificultad para escribir teniendo en cuenta la perspectiva del lector 2. el desaprovechamiento del potencial epistémico de la escritura 3. la propensión a revisar los textos sólo en forma lineal y centrándose en aspectos locales y poco sustantivos 4. la dilación o postergación del momento de empezar a escribir.
ESBOZO PARA UNA ARTICULACIÓN DESEABLE Hemos hecho referencia, en párrafos anteriores, a las ideas de “material curricular”, “calidad educativa”, agregando la “alfabetización académica”. ¿En qué medida nos resultará útil este último concepto, para alcanzar los fines de este trabajo? En primer lugar, es útil porque las investigaciones sobre el campo, por parte de Carlino y otras, brindan sustento empírico a las recomendaciones que hemos sugerido para la elaboración de materiales curriculares. En segundo lugar, y tal vez paradojalmente, esa constatación en el campo de lo real, no solamente posibilite encontrar más y mejores reglas para el armado de materiales curriculares, sino que prive a algunas de ellas de su carácter general. Porque es factible encontrarse con distintos grupos, con aspectos diferenciales en lo que respecta a su “alfabetismo (o analfabetismo) académico”. De ese modo, reglas que hasta ayer creíamos válidas universalmente, habrían perdido su carácter general. Entonces, en esta sociedad de principios de siglo XXI ¿tienen utilidad los análisis generales o debemos focalizarnos en problemas específicos? A nivel pedagógico, Narodowsky (1996) nos habla del “fin de las grandes teorías”, indicando que Paulo Freire puede considerarse el último de los pedagogos que buscaban una explicación universal a los problemas educativos. De manera análoga, es habitual en los últimos años escuchar (en el terreno educativo) una frase que expresa la sensación de ruptura de la hegemonía que el sistema escolar parecía tener: “la escuela perdió el monopolio del saber”. Si esto es así, entonces ¿por qué seguir pensando en una definición (y en la aplicación práctica de dicha definición) de material curricular que no involucre a otros agentes de construcción y/o difusión del conocimiento (Youtube, Google, por ejemplo)? En base a la difusión de las nuevas tecnologías, otra expresión que circula 26
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con frecuencia en boca de padres, madres y docentes es “los chicos ya no leen” o “no escriben como corresponde”. ¿Los chicos no escriben/no leen, o lo hacen en un formato y con un objetivo diferente al que espera el sistema educativo? ¿Lo hacen porque esos otros agentes mencionados en el párrafo anterior, y que suelen estar afuera del circuito educativo tradicional, cumplen con un rol formador más específico y poderoso? Sostiene Javier Melgarejo en la web “United Explanations” (www.unitedexplanations.org) que uno de los factores (aunque no el principal) que contribuyeron al surgimiento del “milagro educativo finlandés” es la vinculación del mundo del aula con el ámbito exterior. La separación histórica que la escuela, desde su matriz monacal, planteaba entre el “adentro” y el “afuera” posiblemente conspire en la actualidad con el objetivo de mejorar la calidad educativa. El material curricular también debe adaptarse a los cambios acontecidos en el contexto, para no perder su eficacia didáctica. Reflexionar sobre los materiales curriculares puede ayudar no solamente a mejorar la calidad educativa, sino también a encontrar respuestas a los interrogantes planteados por la conflictiva relación entre las instituciones educativas tradicionales y otros espacios de socialización. Si bien la relación de la institución escolar con las que, en cada época, eran consideradas “nuevas tecnologías” (la imprenta, la TV, internet...) no ha estado exenta de choques y rispideces, sigue instalada la idea del fomento de la cultura del diálogo (tan reclamada pero poco practicada al interior de muchas organizaciones que exigen “consenso”, “pluralismo” o “escuchar al otro”). Esa misma “cultura del diálogo” que no niega el conflicto, sino que lo valora como espacio de enriquecimiento mutuo a través del intercambio discursivo y praxiológico, debe permitirnos tender puentes entre los distintos actores del campo de la enseñanza y del aprendizaje, y potenciar las ventajas que las herramientas (como los materiales curriculares), disponibles o a crearse, pueden brindar para la construcción de ciudadanos plenos.
A MODO DE CIERRE En este breve recorrido, intentamos sintetizar ideas comunes acerca de materiales curriculares y sujetos activos en su confección. En este sentido concluimos que la escritura es un pilar fundamental para mejorar la calidad educativa en todos los niveles, aun en el universitario. Esta forma parte de los materiales curriculares diseñados o provistos por el docente, pero también debe analizarse a la luz del aporte que el propio alumno puede realizar. Por ese motivo, creemos que la escritura debería considerarse no solamente dentro las actividades (exámenes, trabajos prácticos, apuntes...) sino como un contenido a enseñar, como una estrategia de aprendizaje guiada por el docente. Es sabido que la escritura es una importante herramienta que posibilita expresar nuestros conocimientos, reflexionar sobre
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ellos, revisarlos, modificarlos y construir nuevos saberes. En este marco resulta de mucho valor que, dentro de las producciones escritas de los estudiantes, podríamos incluir la elaboración de materiales curriculares, no sólo para su propio uso sino también para el colectivo del aula, lo que constituiría un valioso aporte a los procesos de enseñanza y aprendizaje.
GONZÁLEZ JIMÉNEZ, FÉLIX Y MACÍAS GÓMEZ, ESCOLÁSTICA (2001). Criterios para valorar materiales curriculares: Una propuesta de elaboración referida al rendimiento escolar. Revista Compultense de Educación, 12 (1), 179-212. GVIRTZ SILVINA Y PALAMIDESSI MARIANO (1998). El ABC de la tarea docente: currículun y enseñanza. Buenos Aires. Aique Grupo Editor S.A.
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ACTIVIDAD AGRÍCOLA GANADERA IMPLICANCIAS DE LA MEDICIÓN DE LAS EXISTENCIAS DE ACTIVOS BIOLÓGICOS Y PRODUCTOS AGRÍCOLAS DE ACUERDO CON LAS NORMAS INTERNACIONALES DE INFORMACIÓN FINANCIERA
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DRA. CP ILEANA GARCÍA FEDERICI El presente artículo es un extracto del trabajo presentado en el marco del “19 CONGRESO NACIONAL DE PROFESIONALES EN CIENCIAS ECONOMICAS” desarrollado en la ciudad de Mendoza y que obtuviera el tercer orden de mérito del Premio Anual Jóvenes Profesionales.
INTRODUCCIÓN En Argentina la actividad agrícola ganadera ha sido a lo largo de la historia la principal actividad económica del país. Se trata de una actividad que en su desarrollo difiere sustancialmente de cualquier actividad comercial o industrial existente, fundamentalmente por la incidencia preponderante que el factor naturaleza tiene en su desenvolvimiento y que hace que requiera de un tratamiento diferencial que contemple las particularidades que la caracterizan. Esta necesidad de un tratamiento diferencial hizo que tanto la profesión a nivel nacional como internacional dictaran normas específicas como lo son la Resolución Técnica Nº 22 “Normas Contables profesionales: Actividad agropecuaria” y la NIC 41, respectivamente. Pero no sólo las normas contables se ocuparon de dictar pautas acordes al tipo de actividad sino que también la legislación tributaria argentina ha destinado párrafos específicos de su articulado para explicitar cuál es el tratamiento que en los distintos tipos de impuestos corresponde otorgar a los bienes de uso y bienes de cambio, y a los distintos actores intervinientes en la cadena comercial agrícola-ganadera. Tras el dictado de la Resolución Técnica Nº 26 hoy en día ciertos sujetos están obligados a confeccionar sus juegos de estados contables aplicando las normas de medición y exposición dictadas por el IASB. Este hecho ha planteado un nuevo escenario técnico-legislativo al cual se enfrentarán los profesionales en ciencias económicas, y que conlleva una serie de implicancias en las distintas áreas de actuación profesional, entre ellas la impositiva y la auditoría de estados contables. El presente trabajo persigue como objetivo plantear alguna de las implicancias resultantes de la aplicación de las NIIF en un ente que tenga un emprendimiento agrícola-ganadero, realizando un análisis comparativo entre los criterios de medición contable de los activos biológicos y productos agrícolas y las normas impositivas sobre la materia para poder detectar si existen y de ser así cuáles son, los ajustes que se deben practicar al
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balance contable para arribar al balance impositivo a los fines de la liquidación del Impuesto a las Ganancias. Por último cabe aclarar que dada la diversidad de productos con sus propias particularidades que comprende la actividad agrícola ganadera, este trabajo se limitará en su alcance al tratamiento contable impositivo de los activos biológicos, cultivo de oleaginosas (trigo, maíz, soja, sorgo, etc.) y ganado vacuno.
En nuestro caso, sería hasta que el cereal es cosechado, pero no sería aplicable luego a la industria aceitera si se destinara el grano a la producción de aceite. De la misma manera en una explotación pecuaria hasta el sacrificio de la res, esta sería la normativa aplicable. La producción de los subproductos por el frigorífico estaría amparada por otra normativa. Entonces en un establecimiento ganadero todas sus existencias de animales vivos responden al concepto de activo biológico. 1.1) Criterios de medición:
CAPÍTULO I: TRATAMIENTO CONTABLE DE LA VALUACIÓN DE EXISTENCIAS DE ACTIVOS SUJETOS A TRANSFORMACIÓN BIOLÓGICA En materia contable el tratamiento de la actividad agropecuaria está regulado en un cuerpo normativo aparte, en el caso de las normas emitidas por la FACPCE, mediante la RT 22 y en el caso de las normas internacionales mediante la NIC 41. Para las empresas que hagan oferta pública de sus acciones o título de deuda la normativa vigente en Argentina a partir del dictado de la Resolución Técnica Nº 26 es la NIC 41.
A la hora de definir el criterio de medición de los activos propios de la actividad primaria la norma internacional distingue entre activos biológicos y productos agrícolas, a diferencia de la RT 22 que toma en consideración el destino más probable del activo biológico. No obstante esta diferenciación que realiza la norma internacional, el criterio general de medición es el mismo para ambos bienes, valor razonable menos costo de venta. Con algunas particularidades según el tipo de bien de que se trate, las que a continuación abordamos. 1.1.1) Activos Biológicos
Ahora bien, además de la NIC 41 también resulta aplicable a esta actividad la NIC 2 sobre Inventarios para la valuación de las existencias de productos agrícolas después del reconocimiento inicial en el momento de cosecha o recolección en ciertas circunstancias, aspecto que más adelante desarrollaremos. Así, en primer lugar cabe aclarar que si bien la norma internacional habla de actividad agrícola, cuando la define la misma abarca tanto al trabajo de la tierra como a la actividad ganadera por cuanto dice que: “Actividad agrícola es la gestión, por parte de una entidad, de la transformación y recolección de activos biológicos, para destinarlos a la venta, para convertirlos en productos agrícolas o en otros activos biológicos adicionales”. Aclarando que un “Un activo biológico es un animal vivo o una planta” y que “La transformación biológica comprende los procesos de crecimiento, degradación, producción y procreación que son la causa de los cambios cualitativos o cuantitativos en los activos biológicos.”
En el caso de activos biológicos aclara la norma que el valor razonable menos costo de venta será el criterio de medición tanto al momento de su reconocimiento inicial como al final del período que se informa. Asimismo la NIC presupone para los activos biológicos que el valor razonable puede medirse de forma fiable. Esta presunción solamente puede ser refutada en el momento del reconocimiento inicial en el caso de los activos biológicos para los que no estén disponibles precios o valores fijados por el mercado, y para los cuales se haya determinado claramente que no son fiables otras estimaciones alternativas del valor razonable. De darse estas condiciones, estos activos biológicos deben ser medidos a su costo menos la depreciación acumulada y cualquier pérdida acumulada por deterioro del valor. Una vez que el valor razonable de estos activos biológicos pase a medirse fiablemente, la entidad debe medirlos a su valor razonable menos los costos de venta. 1.1.2) Productos Agrícolas
La normativa de la NIC 41 se aplica a los productos agrícolas, que son los productos obtenidos de los activos biológicos de la entidad, pero sólo hasta el punto de su cosecha o recolección. A partir de ese momento es de aplicación la NIC 2 Inventarios, o las otras Normas relacionadas con los productos. De acuerdo con ello, esta Norma no trata el procesamiento de los productos agrícolas tras la cosecha o recolección.
Como vimos al definir el alcance de la NIC 41 esta norma se aplica a los productos agrícolas hasta el punto de cosecha o recolección. En ese momento el criterio de medición es valor razonable menos los costos de venta. La norma internacional parte del supuesto que en todos los casos, en el CPCE / Abril de 2013
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punto de cosecha o recolección, la entidad debe medir los productos agrícolas a su valor razonable menos los costos de venta, por cuanto el valor razonable del producto agrícola, en este punto puede medirse siempre de forma fiable. Como vemos la NIC 41 se refiere a los productos al momento de la cosecha pero no al cierre del ejercicio. Entonces una vez pasado el momento de recolección ¿cuál es el criterio de valuación?. La NIC 2 es la norma internacional que prescribe el tratamiento contable de los inventarios, y aclara que ella resulta de aplicación a todos los inventarios, excepto a los activos biológicos relacionados con la actividad agrícola y productos agrícolas en el punto de cosecha o recolección, entre otros; donde resulta aplicable la NIC 41. Entonces, tras la cosecha o recolección, los productos agrícolas mantenidos en existencia por los productores agrícolas, se van a valuar siguiendo el criterio de la NIC 2 ello es costo o valor neto realizable, según cuál sea menor salvo que hayan sido medidos por su valor neto realizable, de acuerdo con prácticas bien consolidadas en esos sectores industriales. En el caso de que esos inventarios se midan al valor neto realizable, los cambios en este valor se reconocerán en el resultado del periodo en que se produzcan dichos cambios. La NIC 41 prescribe para el supuesto que se valúen al costo, el valor razonable menos los costos de ventas en el punto de cosecha o recolección, representa el costo a esa fecha, cuando resulte aplicable la NIC 2. Esta situación se presenta cuando el producto agrícola fuera utilizado como materia prima, podría ser el caso que el propio grano se utilice como semilla. La NIC 2 define el Valor neto realizable como el precio estimado de venta de un activo en el curso normal de la operación menos los costos estimados para terminar su producción y los necesarios para llevar a cabo la venta.
Como regla general, la forma de determinación del valor razonable depende de la existencia o no de un mercado activo para la comercialización del activo biológico o producto agrícola: 1) Si existiera un mercado activo para el bien en su ubicación y condición actuales, el precio de cotización en ese mercado será la base adecuada para la determinación del valor razonable de ese activo. Si una entidad tuviera acceso a diferentes mercados activos, usará el más relevante. 2) Si no existiera un mercado activo, la entidad podrá optar por uno o más de la siguiente información para determinar el valor razonable: 2.1) el precio de la transacción más reciente en el mercado, suponiendo que no haya habido un cambio significativo en las circunstancias económicas entre la fecha de la transacción y el final del periodo sobre el que se informa; 2.2) los precios de mercado de activos similares, ajustados para reflejar las diferencias existentes; y 2.3) las referencias del sector. Vamos a estar en presencia de un mercado activo, cuando el mercado reúna las siguientes condiciones, a saber: 1- las partidas negociadas en el mercado son homogéneas; 2- normalmente se pueden encontrar en todo momento compradores y vendedores; y 3- los precios están disponibles al público. Puede ocurrir en algunas circunstancias que para un activo biológico en su estado actual no haya disponibles precios o valores determinados por el mercado; en estos casos para establecer el valor razonable la entidad utilizará el valor presente de los flujos netos de efectivo esperados para el activo, descontados a una tasa corriente definida por el mercado. Agrega la NIC que los costos pueden ser aproximaciones del valor razonable, principalmente cuando:
1.2) Valor razonable
“Valor razonable es el importe por el cual puede ser intercambiado un activo, o cancelado un pasivo, entre un comprador y un vendedor interesado y debidamente informado, que realizan una transacción libre.”
1- haya tenido lugar poca transformación biológica desde que se incurrieron los primeros costos (por ejemplo, para semillas de árboles frutales plantadas inmediatamente antes del final del periodo sobre el que se informa); o 2- no se espera que sea importante el impacto de la transformación biológica en el precio (por ejemplo, para las fases iniciales de crecimiento de los pinos en una plantación con un ciclo de producción de 30 años).
Es importante resaltar que la premisa que se debe seguir para la determinación del valor razonable es que este valor se basa en, debe ser representativo de, la ubicación y condición del activo en el momento de la medición.
Para el caso puntual de activos biológicos adheridos al suelo se podría obtener el valor razonable comparando el valor razonable del activo combinado (tierra más activo biológico) y el valor asignable a la tierra.
En este punto del análisis resulta necesario definir qué entiende la NIC 41 por valor razonable.
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Cabe aclarar que en mayo del 2011 el IASB publicó la NIIF 13 como parte del proceso de convergencia normativa con las normas de Estados Unidos. Esta norma de “Medición a Valor Razonable” establece una guía para la medición a valor razonable (fair value en inglés) cuando ésta es requerida por otra NIIF. En sí la NIIF 13 no establece nuevos requerimientos sobre cuándo debe aplicarse este criterio de medición, sino que establece un marco para su determinación, y debe aplicarse cada vez que otra NIIF refiera a valor razonable, tal el caso de la NIC 41. La entrada en vigencia de esta norma está estipulada para los ejercicios que inicien en enero del 2013.
productos agrícolas o vendidos como activos biológicos. En nuestro supuesto, son ejemplos de activos biológicos consumibles las cabezas de ganado de las que se obtiene la carne, o las que se tienen para vender y los cultivos de soja y trigo. Son activos biológicos para producir frutos todos los que sean distintos a los de tipo consumible; por ejemplo el ganado reproductor o los vientres. Los activos biológicos maduros son aquéllos que han alcanzado las condiciones para su cosecha o recolección (en el caso de activos biológicos consumibles), o son capaces de mantener la producción, cosechas o recolecciones de forma regular (en el caso de los activos biológicos para producir frutos).
1.3) Reconocimiento de la ganancia En este punto del análisis deviene meritorio referir que tanto el resultado proveniente del reconocimiento inicial de un activo biológico o de un producto agrícola a su valor razonable menos los costos de venta como así también el resultado emergente de un cambio en el valor razonable menos los costos de venta de un activo biológico o de un producto agrícola deberán incluirse en la ganancia o pérdida neta del periodo en que aparezcan. 1.4) Información a relevar Las empresas que tengan activos biológicos deben presentar una descripción de cada grupo de activos biológicos. Para ello la NIC 41 aconseja a las entidades presentar una descripción cuantitativa de cada grupo de activos biológicos, distinguiendo, cuando ello resulte adecuado, entre los que se tienen para consumo y los que se tienen para producir frutos, o bien entre los maduros y los que están por madurar. Tales distinciones suministran información que puede ser útil al evaluar el calendario de los flujos de efectivo. Son activos biológicos consumibles los que van a ser recolectados como
CAPÍTULO II: TRATAMIENTO IMPOSITIVO DE LA VALUACIÓN DE EXISTENCIAS DE ACTIVOS SUJETOS A TRANSFORMACIÓN BIOLÓGICA En este capítulo vamos a analizar las normas que la ley del Impuesto a las Ganancias (de aquí en adelante LIG) impone para la valuación de los bienes de cambio y bienes de uso provenientes de la naturaleza en la actividad agrícola ganadera. 2.1) Bienes de Cambio El Capítulo III de la LIG regula las rentas de la tercera categoría, dentro de las que se ubican las rentas de una explotación agropecuaria. Este capítulo destina parte de su articulado para definir cómo se obtiene el resultado bruto de la enajenación de bienes de cambio. Así el artículo 51 establece que la ganancia bruta se obtiene restando del total de las ventas netas el costo que se determine por aplicación de los artículos que le siguen. CPCE / Abril de 2013
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Las normas que regulan la forma de determinar el costo, puntualmente, el importe de las existencias inicial, final y de las compras las encontramos en el artículo 52 de la LIG el que contempla la metodología a seguir para la valuación de las existencias de distintos tipos de bienes de cambio (excepto inmuebles) en el balance impositivo. En función del alcance definido para el presente trabajo a nosotros nos interesa lo dispuesto en los incisos: d), e) y f) que refieren a valuación de hacienda (bovina), cereales, oleaginosas, frutas y demás productos de la tierra, excepto explotaciones forestales, y sementeras, respectivamente. 2.1.1) Actividad Agrícola En una explotación agrícola con fecha de cierre de ejercicio diciembre y que se dedica a cultivar trigo y soja, nos podemos encontrar con que el emprendimiento al 31/12, tiene cereal cosechado y almacenado en un silo, en el caso del trigo y campos sembrados de soja, en proceso de desarrollo hasta la fecha de cosecha en marzo del año siguiente. En este caso, más está decir típico de la zona pampeana, el emprendimiento productor al cierre de ejercicio va a tener en existencia un cereal que encuadra dentro de las previsiones del inciso e) del artículo 52 y una sementera (cultivo de soja en proceso de crecimiento), supuesto del inciso f) del citado artículo. Cuando el productor a la fecha de cierre del ejercicio fiscal tenga un cereal u oleaginosa en existencia (un producto cosechado) va a tener que discriminar si se trata de un producto agrícola con o sin cotización conocida; por cuanto: 1. un producto con cotización conocida se va a valuar al precio de plaza menos gastos de venta, a la fecha de cierre del ejercicio. 2. por el contrario un producto sin cotización conocida se valúa al precio de venta fijado por el contribuyente menos gastos de venta, a la fecha de cierre del ejercicio. El artículo 75 del Decreto Reglamentario de la LIG (en adelante DR) define a los fines de la ley qué se debe entender por los conceptos antes mencionados de valor en plaza, gasto de venta y precio de venta fijado por el contribuyente, y dice que: 1) precio de la última venta: es el que surja de considerar la operación realizada en condiciones de contado. Idéntico criterio se aplicará en la determinación del precio de venta para el contribuyente; 2) gastos de venta: son aquellos incurridos directamente con motivo de la comercialización de los bienes de cambio (fletes, comisiones del vende32
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dor, empaque, etc.); y 3) valor de plaza: es el precio que se obtendría en el mercado en caso de venta del bien que se valúa, en condiciones normales de venta. Ahora pasemos al supuesto de que a la fecha de cierre del ejercicio el productor tenga sus campos sembrados en proceso de crecimiento, en cuyo caso estamos en presencia de una sementera, es decir de productos que están en pié, que no se han cosechado o recogido, pues su ciclo biológico aún no ha terminado. La legislación tributaria da una definición de sementera en el artículo 80 del DR que dice que “Se entiende por inversión en sementeras todos los gastos relativos a semillas, mano de obra directa y gastos directos que conforman los trabajos culturales de los productos que a la fecha de cierre del ejercicio no se encuentren cosechados o recolectados. Estas inversiones se considerarán realizadas en la fecha de su efectiva utilización en la sementera.” Para este caso el inciso f) del artículo 52 de la LIG establece que el criterio de valuación de la sementera será: 1. el importe que resulte de sumar cada una de las inversiones realizadas en concepto de semillas, mano de obra directa y gastos directos que conforman los trabajos culturales, cada una de ellas actualizadas desde la fecha en que fueron efectuadas hasta la fecha de cierre del ejercicio, 2. o al probable valor de realización a esta última fecha cuando pueda probarse en forma fehaciente que el costo en plaza de los bienes, a la fecha de cierre del ejercicio, es inferior al importe determinado de conformidad con lo establecido en el inciso anterior. Según lo previsto por el artículo 75 del DR por costo en plaza se entiende el valor de reposición de los bienes de cambio en existencia, por operaciones de contado, teniendo en cuenta el volumen normal de compras que realiza el productor. La valuación de este tipo de bienes, que se asimilarían a un "producto semielaborado", impone la necesidad de un costeo que permita establecer la efectiva utilización de los insumos e inversiones en el proceso correspondiente, a fin de establecer los componentes del mismo a la fecha de cierre1. Para el caso de los granos cosechados que en los ejercicios siguientes serán utilizados como semillas, el criterio de valuación va a ser el costo efectivamente incurrido en su obtención, incluidos los gastos de cosecha, y todos aquellos que sean necesarios hasta que las semillas se clasifiquen, según la postura de la doctrina por cuanto este supuesto no se encuentra expresamente contemplado por la norma2.
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2.1.2) La actividad pecuaria
Sistema de costo estimativo por revaluación anual.
A los fines de la determinación del resultado bruto por la enajenación de bienes de cambio en un establecimiento ganadero también resulta necesario determinar el costo de los animales vendidos, y por consiguiente la valuación de las existencias iniciales y finales.
Como vimos en los establecimientos dedicados a la reproducción el criterio de valuación es el costo estimativo por revaluación anual. Ahora, cómo se construye este costo. La forma de determinación del mismo para las distintas clases de hacienda, entre las que se encuentra el ganado bovino objeto de nuestro análisis, la encontramos estipulada en el artículo 53 de la LIG.
La LIG define qué animales son considerados Bienes de Cambio a los fines de la liquidación del impuesto en un establecimiento ganadero, y lo hace por exclusión. En efecto el art. 54 de la ley establece que se considera mercadería toda la hacienda - cualquiera sea su categoría - de un establecimiento agropecuario, con excepción de las adquisiciones de reproductores, incluidas las hembras, cuando fuesen de pedigrí o puros por cruza, que se les dará el tratamiento de Bienes de Uso, que más adelante desarrollaremos. La metodología para la valuación impositiva de las existencias de HACIENDA también la encontramos esbozada en el artículo 52 de la LIG antes analizado pero en este caso en el inciso d). Para estos bienes la norma distingue los criterios de medición según el tipo de establecimiento pecuario de que se trate: de cría, de invernada o mixtos. El inciso d) del artículo 52 establece que en el supuesto de: 1. establecimientos de cría: las existencias se valúan al costo estimativo por revaluación anual. 2. establecimientos de invernada: las existencias se valúan al precio de plaza para el contribuyente a la fecha de cierre del ejercicio en el mercado donde acostumbre operar, menos los gastos de venta, determinado para cada categoría de hacienda. El artículo 77 del DR aclara que “se considerará precio de plaza para el contribuyente al precio neto, excluidos gastos de venta, que obtendría el ganadero en la fecha de cierre del ejercicio, por la venta de su hacienda en el mercado en que acostumbra a realizar sus operaciones”. El artículo 78 del DR contempla la forma de valuación de las existencias en un: 3. establecimiento mixto, es decir aquel que se dedica a la cría e invernada (engorde) de hacienda. En estos casos la hacienda que sea de propia producción se valuará siguiendo el sistema de costeo estimativo por revaluación anual, es decir el fijado para los establecimientos criadores. Por su parte para la medición de la hacienda que sea adquirida para su engorde y posterior venta, se adoptará el procedimiento establecido para los invernadores, es decir el precio de plaza menos gastos de venta.
Este artículo distingue según se trate de hembras destinadas a procreo que son los llamados “vientres”, o si se trata de los animales destinados a engorde y posterior faena. Los vientres –contemplados en el inciso c) del art. 53- se valúan a los valores que los animales tenían en el ejercicio de iniciación de actividades, aún cuando se produzcan cambios en los precios de los mismos. Para efectuar la medición se tomará el valor que, al inicio del ejercicio (cierre del ejercicio anterior), tuviera la categoría a la que el vientre pertenece a su finalización. En estos casos no se reconocerá una ganancia por revaluación de hacienda, salvo la que surja como consecuencia de los pases de categoría registrados en el año. Los animales del establecimiento de cría que no son vientres para su valuación dice el inciso a) del art. 53 “se tomará como valor base de cada especie el valor de la categoría más vendida durante los últimos 3 meses del ejercicio, el que será igual al 60% del precio promedio ponderado obtenido por las ventas de dicha categoría en el citado lapso...”. Si en los últimos 3 meses del ejercicio no se hubieran efectuado ventas de animales de propia producción o éstas no fueran representativas, el valor a tomar como base será el de la categoría de hacienda adquirida - hembras destinadas a reponer o incrementar los planteles del establecimiento- en mayor cantidad durante su transcurso, el que estará dado por el 60% del precio promedio ponderado abonado por las compras de dichas categorías en el citado período. De no resultar aplicables las previsiones de los párrafos precedentes, se tomará como valor base el 60 % del precio promedio ponderado que en el mencionado lapso se hubiera registrado para la categoría de hacienda más vendida en el mercado en el que el ganadero acostumbra operar. Nuevamente es el DR el que viene a aclarar a qué mercado refiere la norma y expresa que “es aquel en el que realiza habitualmente sus operaciones o los mercados ubicados en la zona del establecimiento, cuando los ganaderos efectúen sus propias ventas o remates de hacienda sin intermediación”. Por último el artículo 53 establece que para las restantes categorías de CPCE / Abril de 2013
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ganado con que cuente el establecimiento, fuera de la categoría más vendida hasta aquí tratada, su valuación se establecerá aplicando al valor base determinado, los índices de relación contenidos en las tablas anexas a la Ley N° 23.079. 2.2 ) Bienes de Uso En nuestro análisis los bienes de uso de origen natural, por darles un nombre, que vamos a encontrar dentro de la LIG pertenecen a un establecimiento pecuario, y corresponden a las adquisiciones de reproductores, incluidas las hembras, cuando fuesen de pedigrí o puros por cruza. El artículo 54 de la LIG al definir qué animales se consideran bienes de uso, define también cuál es el criterio de medición, “costo menos amortizaciones acumuladas”.
un establecimiento ganadero bovino. 3.1) Reconocimiento del resultado En primer lugar es importante resaltar, partiendo del hecho que en ciertos casos según las NIIF existen resultados que se exponen dentro de la composición del patrimonio neto como resultado diferido, que tal como antes expresáramos tanto el resultado producto del reconocimiento inicial de un activo biológico o de un producto agrícola como el resultado proveniente de fluctuaciones en su valuación, son reconocidos como resultados del ejercicio en que se producen. No hay ningún tipo de diferimiento según la normativa contable, y todos estos resultados los vamos a encontrar expuestos en el Estado de Resultados componiendo el resultado final contable. 3.2) Denominación y clasificación de activos y actividades
La reglamentación en el artículo 76 del DR aclara cómo se compone este costo neto de amortizaciones acumuladas, y parte de distinguir si se trata de animales adquiridos o de propia producción: 1. animales adquiridos: los contribuyentes podrán optar entre: 1.1. practicar las amortizaciones anuales sobre el valor de adquisición, o 1.2. asignarles en los inventarios el costo estimativo establecido para igual clase de hacienda de su producción. En este caso, la diferencia entre el precio de adquisición y el costo estimativo, será amortizado en función de los años de vida útil que restan al reproductor, salvo que AFIP autorice que la diferencia incida íntegramente en el año de la compra; 2. animales de propia producción: se aplicará un precio que representará el costo probable del semoviente y cuyo importe se actualizará anualmente en la forma dispuesta por el artículo 53, inciso c), de la ley, para el caso de vientres. Dado que la normativa no define qué se entiende por costo probable del semoviente, la doctrina entiende que puede consistir en el valor probable de realización del bien o su costo de producción3.
CAPÍTULO III: ANÁLISIS DE LAS DIFERENCIAS EN LOS CRITERIOS DE MEDICIÓN CONTABLE E IMPOSITIVA, Y SUS IMPLICANCIAS En los capítulos anteriores desarrollamos el tratamiento que la normativa impositiva y contable le dispensa a la actividad agropecuaria, puntualmente cuáles son los criterios de medición de las existencias de activos biológicos y productos agropecuarios. En este capítulo intentaremos puntualizar las diferencias entre ambos criterios y sus implicancias para el supuesto de un establecimiento agrícola productor de soja y trigo, y para 34
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Para poder aplicar correctamente las normas de valuación impositiva va a resultar necesario contar con sistemas de información que permitan conocer las existencias de bienes según los criterios y denominaciones impositivos dado que ellos no coinciden con los contables. Actividad pecuaria: las normas contables no distinguen entre establecimientos de cría e invernada, en tanto que en materia impositiva deviene necesario conocer el tipo de establecimiento al que pertenece el ganado por cuanto la forma de valuación es distinta. Asimismo para la norma contable en tanto el ganado esté en pie, se mantenga vivo, éste responde siempre al concepto de activo biológico, al cual permite clasificar entre los destinados a consumo y para producir frutos. En tanto que la norma impositiva distingue, los reproductores y hembras puras o de pedigrí y los vientres, de los restantes animales. El producto agrícola es la res sacrificada. Actividad agrícola: El activo biológico es la sementera y el grano o cereal cosechado es el producto agrícola. En relación al activo biológico sementera, puede ser clasificado entre maduro o por madurar. 3.3) Análisis de los distintos criterios de valuación, definición de los ajustes a realizar 3.3.1) Activo Biológico - Sementeras Según cuándo haya fijado la empresa la fecha de cierre del ejercicio comercial y fiscal, puede ocurrir que a esa fecha nos encontremos con los campos sembrados con trigo, soja, girasol, maíz, o sorgo, y que el grado de avance en el crecimiento del cultivo sea diferente.
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A los fines del tratamiento impositivo, no interesa el grado de crecimiento de la planta, dado que siempre se va a valuar la sementera al costo, en función del valor actualizado (hoy en día recordemos no aplicable la actualización) de adquisición o contratación de las materias primas, mano de obra y gastos directos. Con el límite del costo en plaza, representado por el valor de reposición al cierre de los bienes en existencia, cuando éste fuera menor y en la medida que se pudiera documentar.
Sin embargo, en materia contable, al existir un mercado activo para el producto agrícola en el momento de la cosecha, el valor razonable puede obtenerse utilizando el valor presente de los flujos netos de efectivo esperados para el producto agrícola, descontados a una tasa corriente definida por el mercado. En estos casos será necesario ajustar la valuación al cierre de la existencia del activo biológico sementera, y consecuentemente el resultado del balance contable.
En cambio, la NIC 41 habla de que estos activos biológicos se tienen que medir por su valor razonable neto de los costos de venta, tanto al momento del reconocimiento inicial como en sus mediciones posteriores, aclarando que si en el momento del reconocimiento inicial no se pudiera determinar este valor de manera fiable, se utilizará la valuación al costo.
3.3.2) Producto agrícola – Grano
En la etapa inicial de crecimiento la sementera no tiene un mercado activo donde comercializarse, y es muy difícil poder determinar un valor de intercambio de este activo, inclusive para un activo combinado al que refiere la NIC 41. Entiendo entonces que ante la imposibilidad de estimar fiablemente el valor razonable y encontrándonos en la etapa de reconocimiento inicial del activo biológico con un escaso nivel de transformación biológica, la valuación correcta sería al costo, menos cualquier tipo de desvalorización o depreciación. Consecuentemente, para una sementera en la primera fase de crecimiento, el criterio de valuación contable e impositivo no difiere ya que ambas normas plantean como criterio de medición el COSTO, y ambas también toman en consideración la posible existencia de desvalorizaciones en este costo, no resultando entonces la existencia de ajustes. Ahora bien, si el cierre de ejercicio operase en una fecha cercana a la época de la cosecha, el criterio impositivo continuaría siendo el mismo, COSTO.
Los principales granos que se producen en la zona pampeana del país, soja, trigo, girasol, maíz y sorgo, cotizan en las bolsas o mercados de las ciudades donde se encuentran los principales puertos de país y por ende en los mercados activos donde operan los productores. Esta situación hace, que tanto de los criterios de valuación contemplados por la norma contable como de los contemplados por la norma impositiva para estos tipos de productos agrícolas se utilicen los criterios de medición correspondientes a los activos con cotización conocida. Tanto el criterio contable como el criterio impositivo es el precio de cotización al cierre neto de los gastos de ventas, es decir un valor corriente de salida, donde el resultado de la venta se reconoce anticipadamente. Si bien la NIC 41 distingue en los productos agrícolas entre la valuación en el momento de la cosecha y las valuaciones posteriores, donde en el primer caso es aplicable el criterio de medición de la NIC 41 y en el segundo caso el criterio de la NIC 2, en ambos casos la medición se hace al precio de cotización neto de gastos de venta, por tratarse de bienes con cotización conocida. Coincidente también con el criterio impositivo. En este punto cabe hacer la aclaración que si parte del cereal cosechado fuera destinado a ser utilizado como semilla en la próxima campaña, en el
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punto de la cosecha la valuación contable va a ser Valor razonable neto de gastos de venta, el cual para las mediciones siguientes va a ser considerado como costo inicial a los efectos de la aplicación de la NIC 2 como antes viéramos. Con lo cual esta semilla al cierre del ejercicio, de permanecer en existencia, se va a valuar al costo o VNR el que fuera menor. En materia impositiva como la LIG al definir la conformación del costo de sementera, y al hablar de materias primas, habla que se valúan al costo efectivamente incurrido, entiendo que en este punto la valuación de la semilla en existencia al cierre va a diferir entre la norma contable, con un valor inicial corriente de salida y la valuación impositiva con un valor histórico de entrada, siendo necesaria la realización de ajustes, los cuales en los ejercicios siguientes pueden afectar también la valuación de las sementeras, al sembrar las semillas de propia producción. 3.3.3) Activos Biológicos- Ganado A diferencia de lo que ocurre en la actividad agrícola, donde recién encontramos un mercado activo para la comercialización de los productos agrícolas, en el caso de la actividad ganadera existen mercados activos para las distintas categorías de ganado, según el nivel de crecimiento que el mismo haya desarrollado, y no sólo para los que están destinados a la venta sino también a la producción. Esta particularidad hace que el productor cuente con cotizaciones disponibles para todos los activos biológicos desde el ternero hasta el toro o vaca. Dada la definición de activo biológico que da la NIC 41, donde lo define como un animal vivo, todo el ganado va a ser considerado un activo biológico, y nunca un producto agropecuario, aún cuando estemos en un establecimiento de cría y estemos valuando al ternero destinado a ser vendido al invernador. Si recordamos lo volcado en el capítulo I los activos biológicos se van a valuar al valor razonable neto de los gastos de venta, tanto que tengan por destino su venta como su empleo como factor de producción. La particularidad de que existan dos mercados de hacienda con cotización conocida para prácticamente todas las categorías de ganado, hace que siempre resulte determinable de manera fiable el valor razonable de un animal, el cual va a estar representado, por:
servicio, por cuanto las cotizaciones disponibles generalmente se refieren a un animal joven en el momento de iniciar su actividad como reproductor, y si nos encontramos al cierre de un ejercicio en el cual el animal que pretendemos valuar, un toro por ejemplo, ya se encuentra en producción, es decir ya tiene un tiempo en servicio, no hay una cotización para el activo en su condición actual. En este caso se debería tomar la valuación del toro joven y detraer las diferencias existentes producto de su desvalorización, teniendo presente que todos los animales vivos tienen un valor residual, producto de que pueden ser vendidos para faena. Entonces, contablemente, independientemente del tipo de categoría y del destino del ganado vacuno, salvo la situación antes descripta, el criterio general de medición va a ser: Precio de cotización de la categoría a la que corresponde el animal en su estado actual en el mercado donde acostumbra operar el productor menos gastos de venta. Ahora bien, este criterio va a coincidir o diferir con el criterio impositivo según estemos en un establecimiento de cría o de invernada. En un establecimiento de invernada, que se dedica exclusivamente a la compra, engorde y venta de animales, el criterio de medición impositivo va a ser coincidente con el contable no siendo necesario practicar ajuste alguno. Ahora bien en un establecimiento de cría, tanto si se trata de un animal con destino a servicio (bien de uso según la LIG) o con destino a faena (bien de cambio) el criterio de valuación contable e impositivo van a diferir. Para el caso de los animales catalogados como bienes de uso por la norma tributaria, que hayan sido adquiridos, el criterio de medición impositivo es el costo amortizado, que no va a coincidir con la metodología contable de tomar el valor de cotización de un animal joven al momento de la medición, y detraer las deficiencias producto de su uso. Un valor corriente contra un costo histórico. Idéntica situación que se va a presentar con los vientres que la LIG manda valuar al valor que tuvo originalmente esa categoría en su primera compra.
1- El precio de transacción de mercado más reciente para la categoría del animal, o 2- Por el precio de mercado de activos similares, ajustados de manera que reflejen las diferencias existentes.
Para los bienes de uso de propia producción la norma impositiva plantea que serán valuados al “costo probable” del semoviente que como antes viéramos no está definido por la normativa y la doctrina interpreta que puede consistir en el costo de producción del bien o en su valor probable de realización4. En el primer caso nuevamente tendríamos un valor histórico versus un valor corriente. De elegirse la segunda opción, los criterios de medición serían coincidentes.
Esta última situación se va a dar por ejemplo respecto de los animales en
Finalmente, las restantes categorías de hacienda existentes al cierre del
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ejercicio en un establecimiento de cría que no sean bienes de uso ni vientres se van a valuar al “Costo estimativo por revaluación anual”, cuya metodología de cálculo no responde a ninguno de los criterios de medición a valores histórico o corrientes que la técnica contable haya desarrollado. Consecuentemente, aún cuando los precios de cotización de una misma categoría de hacienda hayan permanecido inalterables, el empleo de la tabla de relaciones contenida en la Ley 23.079, hace que las valuaciones contables e impositivas no sean coincidentes. Por último en un establecimiento mixto, es decir aquellos que desarrollan el proceso completo de cría, recría, engorde y venta para la hacienda de propia producción el criterio de medición impositivo es el Costo Estimativo por Revaluación Anual mientras que para la hacienda adquirida el criterio de medición es Valor neto de realización. Consecuentemente en la hacienda adquirida no existen criterios de medición diferentes, pero en la hacienda de propia producción valen las diferencias antes tratadas al abordar el establecimiento de cría. Antes de finalizar, sería necesario hacer un breve comentario respecto de la aplicación de la NIIF 13. Como antes viéramos esta NIIF solamente lo que hace es establecer una guía sobre cómo determinar el valor razonable de
un activo o pasivo, pero no cuándo el mismo debe ser utilizado. En lo que respecta a la NIC 41 que aquí nos ocupa, reemplaza el concepto de mercado activo por el de mercado principal, sin embargo esto no trae aparejado diferencias a la hora de medición del valor razonable en nuestros supuestos de análisis dado que se utilizaría en uno u otro caso el precio de cotización del activo en el mercado donde normalmente opera el productor. En segundo lugar, para la medición del valor razonable para los activos biológicos, en todos los casos, salvo marcadas excepciones, como en el caso de las sementeras con un grado avanzado de desarrollo, todos estos activos tienen un precio de cotización, es decir un dato observable de nivel 1. Consecuentemente, el valor razonable que se establecería aplicando las disposiciones de la NIC 41 y de la NIIF 13, para nuestros supuestos no resultarían diferentes. A modo de síntesis y para culminar nuestro análisis, si se quisieran esquematizar las diferencias existentes entre los criterios de medición contable establecidos por la NIC 41 y los criterios de valuación impositivo estatuidos por la LIG, para los activos que sufren un proceso de transformación biológica, puntualmente en nuestro análisis, una producción agrícola de trigo y soja y una producción pecuaria de hacienda vacuna, arribaríamos a los cuadros resumen que se adjuntan.
Actividad Pecuaria Clasificación impositiva
Criterio de Valuación Impositiva
Clasificación Contable
Criterio de Valuación Contable
¿Criterios de medición difieren?
Establecimiento de Cría Reproductores Machos
Propia producción
Costo Probable del Semoviente
Reproductores Hembras de pedigrí puros por cruza
Adquiridos
Valor de Adquisición o Costo Estimativo, amortizado
Sí Activo Biológico
Bienes de Uso
Vientres (vacas, vaquillones y terneras destinadas a servicio)
Costo fijo
Resto de la hacienda (terneros/as, novillos y vaquillonas)
Costo Estimativo por Revaluación Anual
Valor razonable presentado por el precio de cotización en el mercado, neto de los gastos de venta
Sí
Sí
Bienes de Cambio Sí
Establecimiento de Invernada Bien de cambio
Hacienda de Invernada
Precio de plaza en el mercado donde acostumbra a operar el productor menos gastos de venta
Activo Biológico
Valor razonable presentado por el precio de cotización en el mercado, neto de los gastos de venta
No
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Actividad Agrícola Tipo de activo biológico
Denominación Contable
Criterio de valuación contable
Denomiación impositiva
Criterio de valuación impositivo
COSTO menos cualquier despreciación o desvalorización
En la Etapa inicial de crecimiento Sembrado de soja/trigo Pasa la etapa inicial de desarrollo
Grano de soja/trigo
Activo Biológico
Punto de cosecha Producto Agrícola
Valor Razonable menos costo estimado en punto de venta, representado por el flujo descontado de los flujos netos de efectivo esperados del activo
Sementera
Valor Razonable neto de gastos de venta: precio de cotización neto de gastos de venta Cereal u Oleaginosa
Luego del punto de cosecha
Valor neto de realización
Destinado como semilla
Costo o VNR, el menor
3.4) NIIF para Pymes Si bien este trabajo centró su análisis en las consecuencias emergentes de las discrepancias entre los criterios de medición contable e impositivo de los activos biológicos según las NIIF completas, antes de concluir corresponde hacer una breve mención a la NIIF para PYMES.
En cualquier momento del crecimiento
COSTO: suma de cada una de las inversiones realizadas en semillas, mano de obra directa y gastos directos, o El valor de reposición de los bienes de cambio en existencia, por operaciones de contado, teniendo en cuenta el volumen normal de compras que realiza el productor
¿Criterios de medición difieren? NO
E L M E N O R
SI
NO Con cotización conocida
Semillas
Valuar al precio de plaza menos gastos de venta, a la fecha de cierre del ejercicio Costo efectivamente incurrido
NO NO
Dado que los activos que nos ocupan (trigo, soja y hacienda vacuna), salvo en el estado de la sementera, son fungibles y tienen un mercado activo donde se comercializan, la determinación de su valor razonable no requiere de un costo o esfuerzo desproporcionado, por lo tanto las conclusiones a las que se arribara en el apartado precedente no se verían alteradas. 3.5) Impuesto Diferido
Recordemos que con la sanción de la Resolución Técnica Nº 29 en la Argentina resultan también de aplicación las normas que el IASB dictó para las PYMES. Esta norma incluye una sección -34- sobre actividades especiales, entre las cuales se encuentra la actividad agrícola. En lo que a nosotros respecta, que es la forma de medición de los activos biológicos, establece que una entidad que use esta NIIF y que se dedique a actividades agrícolas utilizará el modelo del valor razonable para la medición de los activos biológicos cuyo valor razonable sea fácilmente determinable sin un costo o esfuerzo desproporcionado. De no ser ello posible la entidad usará el modelo del costo menos depreciación acumulada y cualquier pérdida por desvalorización. 38
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La NIC 12 prescribe el tratamiento contable del Impuesto a las Ganancias. Las diferencias antes apuntadas en los criterios de medición dan cuenta que la norma impositiva privilegia un criterio de valuación al costo, mientras que la norma contable adopta un valor corriente de salida. Esta diferencia de criterios, hace que en la mayoría de los casos el valor en libros de un activo biológico o producto agrícola, supere a la base fiscal, y por ende que haya un reconocimiento temprano de la ganancia contable respecto de la impositiva, con el consiguiente pasivo por impuesto diferido. No obstante, de verificarse una caída en los precios podría darse la situación inversa, y tratarse de una diferencia temporal deducible.
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CAPÍTULO IV: CONCLUSIÓN A lo largo de los tres capítulos se abordó de forma comparativa, para cada uno de los tipos de activos con transformación biológica, cuál sería el criterio de medición contable e impositivo, resultando que existe disparidad no solo entre los criterios de medición, sino también en la forma de clasificar y denominar los distintos tipos de activos según la técnica contable e impositiva. Consecuentemente, cuando un ente aplique las NIIF por encontrarse en el Régimen de Oferta Pública, y desarrolle su actividad en el sector agrícolaganadero, deberá reclasificar los activos siguiendo los criterios impositivos en cuanto a qué bien responde a un bien de uso o de cambio, y el tipo de establecimiento. Y a partir de esa reclasificación de los activos, realizar los ajustes antes definidos a los fines de adecuar los valores de las existencias al cierre de activos con transformación biológica para que respondan a los criterios impositivos, con su consecuente impacto en la determinación del resultado del ejercicio sujeto a impuesto. Y por último, las diferencias entre el valor en libro y la base fiscal de dichos activos deberán ser analizadas para determinar si dieron lugar a un activo o pasivo por impuesto diferido que deba ser reconocido contablemente.
3) Balán, O., Chiaradía, C., Saenz Valiente, S., Olego, P. y Labroca, J. “La Actividad Agropecuaria. Aspectos Impositivos, Comerciales y Laborales”, 1º Ed. Editorial La Ley, Año 2004. Normativa: 1) Ley Nº 20.628 “Impuesto a las Ganancias” y su decreto reglamentario Nº 1344/98 Normas Contables 1) Resolución Técnica Nº 22, Nº 26, Nº 29 2) NIC 2, NIC 12, NIC 41, NIIF 13, NIIF para PYMES
NOTAS BIBLIOGRÁFICAS (1) Lorenzo, A., Bechara, F., Calcagno, G., Cavalli, C. y Edelstein, A., “Tratado del Impuesto a las Ganancias”, 2º Ed. Año 2007, pág. 449. (2) Balán, O., Chiaradía, C., Saenz Valiente, S., Olego, P. y Labroca, J. “La Actividad Agropecuaria. Aspectos Impositivos, Comerciales y Laborales”, 1º Ed. Editorial La Ley, Año 2004.
BIBLIOGRAFÍA 1) Lorenzo, A., Bechara, F., Calcagno, G., Cavalli, C. y Edelstein, A., “Tratado del Impuesto a las Ganancias”, 2º Ed. Año 2007. 2) Fowler Newton, E. “Normas Internacionales de Información Financiera”, 1ª Edición, Editorial La Ley, Año 2006.
(3) Lorenzo, A., Bechara, F., Calcagno, G., Cavalli, C. y Edelstein, A., “Tratado del Impuesto a las Ganancias”, 2º Ed. Año 2007, pág. 469. (4) Lorenzo, A., Bechara, F., Calcagno, G., Cavalli, C. y Edelstein, A., “Tratado del Impuesto a las Ganancias”, 2º Ed. Año 2007, Pág. 448 .
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EMERGENCIA AGROPECUARIA EN SANTA FE
✒
DRA.CP ANA A. DELRIO Vicepresidenta de la Comisión de Empresa Agropecuaria
La provincia de Santa Fe mediante el Decreto 185/2013 ha decretado la emergencia agropecuaria.
INTRODUCCIÓN Cuando pretendemos hablar de Emergencia Agropecuaria previamente debemos definir al estado de emergencia como aquel evento donde se produce una situación de peligro o desastre que requiere una acción inmediata. Y agregando más aun una asistencia inmediata, atento a que un régimen natural ha sido vulnerado. Sabido es que la actividad agropecuaria está sujeta a importante cantidad de riesgos climáticos, como así también un conjunto de plagas que asechan el sector agropecuario. El riesgo climático produce sequías o inundaciones, granizo, y otras tempestades, muchas de ellas pueden preverse a través de la contratación de coberturas, el productor agropecuario debe asumir estas situaciones como un riesgo de la actividad, donde la previsibilidad tiene sus limitaciones, y otras que son no previstas y no existen posibilidades de contratar coberturas.
EMERGENCIA AGROPECUARIA1 La emergencia agropecuaria está regulada específicamente por normas de carácter nacional y todas las provincias deben sujetarse a ella declarando sus propios estados de emergencia. En vigencia Ley 26.509 (B.O 28/08/09) DR 1712 (B.O 12/11/09) RG AFIP Nº 2723/2009
PROVINCIA DE SANTA FE Como consecuencia de las precipitaciones ocurridas motivaron, no sólo
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anegamientos temporarios en una extensa superficie de la provincia, sino también desplazamientos superficiales de agua desde las zonas altas hacia los sectores más deprimidos del terreno. Y de los daños ocasionados en los sectores hortícolas, frutícolas y avícolas, han sufrido un severo impacto los cultivos de cosecha gruesa y los sectores de producción pecuaria.
Dicho Certificado posibilita el acceso a los beneficios previstos en las leyes provinciales y nacionales vigentes.
Como así también en los cultivos de soja, maíz, girasol, entre otros, han permanecido inundados en forma total o en forma de lagunas durante varios días, generando pérdidas importantes en dichos cultivos y en la producción futura. Y que las grandes precipitaciones han castigado severamente el sector ganadero, principalmente el de tambos, donde además de la pérdida de praderas artificiales, de la disminución de la capacidad de producir reservas a la caída de producción, se suma a esto la necesidad, en algunas zonas, de evacuación de los rodeos.
Cuando existen dudas, derivadas fundamentalmente de cuestiones formales, las Declaraciones Juradas vuelven al Municipio o Comuna para la respectiva aclaración.
Cuando los daños evaluados no alcanzan los porcentajes de pérdidas exigidos por la Ley, las Declaraciones Juradas no serán aprobadas.
Los Certificados emitidos son devueltos y/o retirados por los Municipios o Comunas que los ponen a disposición de los productores una vez concluido el trámite. ¿Qué necesita el productor agropecuario para realizarlo?
Considerando también que esta situación ha afectado a la red de caminos rurales, rutas provinciales y nacionales, de modo que han debido buscarse caminos alternativos para el traslado de la producción.
Declaración Jurada correspondiente al Decreto vigente. El formulario será provisto por el Municipio o Comuna correspondiente al inmueble.
QUÉ SE CONSIDERA EMERGENCIA
El formulario debe ser completado y firmado por el afectado, anexando al mismo la documentación requerida en dicho formulario.
Se considera que un predio se encuentra en emergencia agropecuaria cuando la producción o capacidad de producción de las actividades agrícola, ganadera, hortícola, frutícola, de granja florícola o forestal, que involucren la mayor proporción del capital de explotación inmovilizado o proporcionen el mayor ingreso neto del predio, se vea disminuido en un CINCUENTA POR CIENTO (50%) durante el ciclo productivo.
Los formularios de Declaraciones Juradas son específicos para cada Decreto.
BENEFICIOS Los productores que posean el certificado de emergencia poseerán los siguientes vencimientos de impuesto inmobiliario rural:
QUÉ SE CONSIDERA DESASTRE AGROPECUARIO En el mismo sentido será considerado en desastre agropecuario cuando dicha disminución supere el OCHENTA POR CIENTO (80%).
PROCEDIMIENTO Los productores comprendidos dentro del mencionado Decreto deberán completar un formulario de declaración jurada en el Municipio o Comuna respectivo. Dicho formulario será tomado como base para la emisión del certificado que será extendido por el Ministerio de la Producción y a través del cual acreditarán su situación. Este trámite consiste en solicitar el Certificado de Emergencia Agropecuaria que será emitido por la Dirección General de Análisis de la Producción Agropecuaria.
CUOTA VENCIMIENTOS 1ª año 2013 23/09/13 2ª año 2013 22/11/13 3ª año 2013 23/12/13 Los productores en situación de desastre agropecuario contarán con la asistencia prevista en la Ley Nº 11297 en su artículo 11, incisos a) y b). A tales efectos el alcance del inciso a) citado, comprenderá los impuestos devengados hasta la fecha de finalización de dicha situación.
REFERENCIAS 1- Tratado agropecuario, Errepar, Chiaradia, Bavera, Brunotti, Delrio, Lazzaretti, Giovannoni, Sttaaforte, Selva.
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CENTRO DE JUBILADOS Y PENSIONADOS DE PROFESIONALES EN CIENCIAS ECONÓMICAS DE LA PCIA. DE SANTA FE - CÁMARA II - LEY 11.085 Laprida 1531. Rosario. Teléfono: 4264383. E-mail: centrodejubiladosce-c2@hotmail.com
Novedades Tenemos el agrado de comunicarles que a partir del 1 de enero del 2013, el haber básico remunerativo y adicional sufrieron las siguientes modificaciones:
Hasta el 31/12/2012 Desde el 01/01/2013 Incremento del periodo:
Haber básico
Adicional Res.tec. 33
Modif. est. adicional
TOTAL
$ 2.600.$ 3.000.21,05 %
$ 250.$ 250.-
---------------$ 200.-
$ 2.850.$ 3.450.-
De esta forma y como resultado de las numerosas gestiones y conversaciones mantenidas por este Centro con las autoridades de la Caja y del Consejo, y a los efectos de adecuar el costo de la copia adicional para las certificaciones efectuadas por los colegas activos, se logró que parte de dichos fondos se destinen al pago de las jubilaciones de la clase pasiva, sin afectar el módulo activo. Como Uds. podrán haber apreciado, dicho valor total del haber básico y adicionales fueron anticipados juntamente con el sueldo anual complementario, por la Caja en el mes de noviembre ppdo. Asimismo aprovechamos la oportunidad para comunicarles que el próximo ajuste se abonará en el mes de mayo. Como novedad se está estudiando una posible modificación de nuestros estatutos a los efectos de otorgar créditos a nuestros afiliados, destinados a cubrir aquellos excedentes que el Departamento de Servicios Sociales no contempla, como son las prácticas odontológicas, las oftalmológicas, etc. Recordamos a nuestros colegas afiliados, que se encuentra vigente una línea de préstamo a sola firma otorgado por el Departamento de Servicios Sociales, por la suma de $ 10.000. Administración y atención a los afiliados: Recordamos a todos nuestros afiliados que a partir del 1 de febrero de 2013 hemos vuelto a la normalidad en cuanto a la atención desde nuestra casa, en calle Laprida 1531, de esta ciudad, recordando nuestro teléfono 426-4383, y nuestros días y horarios de atención, los días martes y jueves de 16 a 20 horas.
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Actividades: Todas las actividades que se realizan en la Casa del Graduado, han vuelto a la normalidad después de una paralización obligada durante el mes de diciembre ppdo. Estamos estudiando la posibilidad de realizar un evento turístico durante el mes de abril, el cual estaría siendo organizado por nuestro operador Sr. Diego Moscato.
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EL IRUPÉ
El Irupé (victoria cruciana), es una planta acuática que se cría en las aguas profundas y tranquilas del Paraguay y de la Mesopotamia argentina. Sus hojas, que pueden llegar a medir hasta dos metros de diámetro, están dotadas de un reborde de unos seis centímetros que impide que el agua las penetre y puedan sostener grandes pesos, por lo que es común ver a las aves reposando en ellas y aún a pequeños mamíferos, especialmente en los períodos de inundación. La parte superior de las hojas es de un verde brillante, mientras la inferior es rojiza y está surcada por una red de nervaduras. Las hojas están sostenidas por un largo peciolo que las une a un rizoma sumergido. Las flores son grandes y de pétalos blancos que poco a poco van tornándose rojizas con el correr de los días. El fruto recibe el nombre de “maíz del agua” y contiene numerosas semillas que pueden comerse tostadas. Según algunos autores, “irupé” significa “plato sobre el agua”; para otros, viene de “pe” (chato), significando lo chato que trae el agua. Esta planta acuática más grande del mundo reapareció en nuestro río Paraná a mediados de enero del corriente año en la zona de bahía Carlota, en el islote de Los Mástiles. Cuenta la leyenda: “Érase una doncella bellísima que se enamoró de la luna. La cuitada languidecía con su amor sin esperanzas, mirando al astro de la noche esparcir su pálida luz desde la altura. Un día, llevada por la fuerza de su pasión, se determinó a buscar a su celestial amante. Subió a los árboles más altos e inútilmente tendía los brazos en busca de lo inalcanzable. A costa de grandes fatigas trepó a la monta-
ña, y allí en la cima estremecida por los vientos esperó el paso de la luna pero también fue en vano. Volvió al valle suspirosa y doliente, y caminó, caminó para ver si llegando a la línea del horizonte la podía alcanzar. Y sus pies sangraban sobre los ásperos caminos en la búsqueda de lo imposible. Sin embargo, una noche, al mirar en el fondo de un lago se vio reflejada en la profundidad y tan cerca de ella que creía poder tocarla con las manos. Sin pensar un momento se arrojó a las aguas y fue a la hondura para poder tenerla. Las aguas se cerraron sobre ella y allí quedó la infeliz para siempre con su sueño irrealizado. Entonces Tupá, compadecido, la transformó en irupé, cuyas hojas tienen la forma del disco lunar y que mira hacia lo alto en procura de su amado ideal”. (Ayala Gauna, Velmiro. La selva y su hombre; Rosario, Librería y Editorial Ruiz, 1994). Diccionario de Mitos y Leyendas – Equipo NAyA. CPCE / Abril de 2013
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Curiosidades El suizo Freddy Nock, acróbata, equilibra en el cable de un funicular en el monte Corvatsch (3,303 m / 9,908 pies) cerca de la estación de montaña suiza de St. Moritz, 29 de enero 2011. Nock caminó por sobre una distancia de unos 1.600 metros (5.249 pies) desde la estación de montaña del teleférico de 3.303 metros (10.836 pies) de altitud de la estación central (2.702 metros / 8.865 pies de altitud). REUTERS / ArndWiegmann
SOLICITUD PARA ASOCIARSE Rosario, ........... de ........................................ de 2013 El que subscribe ..................................................................................... Matrícula Nº................................, beneficiario/a de una Pensión/Jubilación, con domicilio en calle ............................................................................ de la localidad de ..........................................................., Código Postal ....................., Teléfono ............................................................, solicita ser admitido en calidad de Socio de ese Centro con sujeción y arreglo a las normas estatutarias pertinentes. Solicita también que la cuota mensual 1,5 % del haber le sea descontado de su haber previsional.
CONFORMIDAD RETENCIÓN CUOTA SOCIAL Rosario, ........... de ........................................ de 2013 En mi carácter de socio del Centro de Jubilados y Pensionados de Profesionales en Ciencias Económicas de la Prov. de Sta. Fe, Cámara II, Ley 11.085, autorizo a esa Caja a retener del pago mensual de mi haber jubilatorio la suma equivalente al 1,5 % del haber en concepto de cuota social para acreditar en la cuenta de dicho Centro.
.......................................................................... Firma y aclaración 44
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