Solucion Exámen Marzo 2016 - Ejercicio 3 Parte II

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TRIBUTARIA II IMPUESTO A LA RENTA NO RESIDENTE Cr. Juan José Panucci SOLUCIÓN EXÁMEN MARZO 2016 - EJERCICIO 3 - PARTE II - IRNR 1) PF no residente arrienda Inmueble en Uruguay. Sr. Fernandez no residente, obtiene rentas de fuente uruguaya, => tributa IRNR. => 600.000 x 10,5% = 63.000 IRNR Art. 32 lit. B D.149/007 Art. 33 lit. A D.149/007

La SA uruguaya le retiene.

No está gravado por IVA, no cumple el aspecto subjetivo del HG. Art. 6 lit. D T.10 "Quienes realicen los actos gravados y sean contribuyentes del IRNR, salvo cuando tales actos se vinculen a la obtención de rentas provenientes de rendimientos de capital o de incrementos patrimoniales." PF no residente arrienda Vehículo en Uruguay. Sr. Fernandez no residente, obtiene rentas de fuente uruguaya, => tributa IRNR. => 200.000 x 12% = 24.000 IRNR Art. 34 lit. C D.149/007 Art. 35 lit. C D.149/007

La SA uruguaya le retiene.

No está gravado por IVA, no cumple el aspecto subjetivo del HG. Art. 6 lit. D T.10 "Quienes realicen los actos gravados y sean contribuyentes del IRNR, salvo cuando tales actos se vinculen a la obtención de rentas provenientes de rendimientos de capital o de incrementos patrimoniales." 2) BONT vende acciones de una SA uruguaya Art. 3 T.8 Gravado porque se enajena acciones de una SA residente, es renta de fuente uruguaya. Art. 20 inc. 4 num. 2 D.149/007 Pr. de Vta. x 30% x 25% ficto

tasa (Art. 22 lit. g D.149/007)

=> (U$S 50.000 x 30) x 30% x 25% = 112.500 IRNR No se puede optar por criterio real porque las acciones no cotizan en bolsa. Art. 29 D.148/007 Se está exonerado? NO porque el Precio de Venta supera las 30.000 UI. No está gravado por IVA, no cumple el aspecto subjetivo del HG. sigue…


TRIBUTARIA II IMPUESTO A LA RENTA NO RESIDENTE Cr. Juan José Panucci 3) . Servicio Técnico a ZF La SA es contribuyente de IRAE y contrata un servicio técnico a un no residente => sea donde sea que éste lo brinde, tributará IRNR. Art. 3 T.8 La SA que es contribuyente de IRAE es agente de retención. PERO, el usuario de ZF tiene todas sus rentas no gravadas por IRAE (Art. 52 lit. P T.4), => la renta que obtiene el no residente se considera toda RFE (Art. 21 inc. 3 D.149/007). Tampoco está gravado por IVA. . Servicio Técnico a Ministerio del Interior El asesoramiento se considera RFU. Art. 3 T.8 244.000 (se supone con IVA incluido) => 244.000/1,22 = 200.000 => 200.000 x 12% = 24.000 IRNR Art. 28 lit. B D.149/007 Art. 31 D.149/007

El Ministerio del Interior es agente de retención

Como el no residente vino a Uruguay, se le debe retener también el IVA. => 200.000 x 22% = 44.000 IVA


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