TRIBUTARIA I IMPUESTO AL PATRIMONIO Cr. Juan José Panucci SOLUCIÓN EXAMEN AGOSTO 2018 - EJERCICIO 2 ACTIVO CONTABLE
22.797.956
1) DISPONIBILIDADES VC = 1.453.750 A.A. tc cierre tc cierre VF = 50.000 + U$S 3.500 x 28,807 + U$S 75.000 x 28,807 = 2.311.350
857.600
2) INVERSIONES TEMPORARIAS . Cuenta a cobrar a Accionista Local Gravado por ser local (recordar que son las "Ctas. Socios" en sociedades personales donde se extornan según el Art. 21 D.30/015). VC = 1.148.241 VF = 1.148.241
S/A
S/A
. Acciones empresa exterior Art. 75 D. 150/007 VC = 2.608.756 - 1.148.241 = 1.460.515 VF = costo x TC de cierre = U$S 45.300 x 28,807 = 1.304.957 Activo Exterior 3) DEUDORES VARIOS . Deudores por Exportación Domicilio de deudor (supongo del exterior) VC = 2.205.450 VC = U$S 75.000 x 28,807 = 2.160.525 Activo Exterior
B.A.
(155.558)
(44.925)
. Deudores Incobrables Art. 29 D.150/007 VC = 0 B.A. VF = U$S 18.000 x 28,807 = 518.526 Incobrable fiscal por superar los 18 meses desde su vencimiento. Activo del exterior 4) BIENES DE CAMBIO
B.A.
(518.526)
Art. 81 D.150/007
. Importaciones en Trámite OJO!!! NUEVA Exoneración que determina una excepción al aspecto espacial del Art. 7 T.14. Art. 43 Ley Nº 17.243: No están comprendidas en la base imponible del Impuesto al Patrimonio, las MERCADERÍAS depositadas en régimen de puerto libre, ni las depositadas en las zonas francas. OJO!!! Cualquier otro activo situado en esos recintos, será gravado por el simple hecho de estar en la República. VC = 1.500.000 VF = 1.500.000 Activo Exento Resta Pasivo por estar en el puerto.
S/A
S/A
sigue…
TRIBUTARIA I IMPUESTO AL PATRIMONIO Cr. Juan José Panucci . Mercadería fuera de moda VC = (250.000) S/A VF = (250.000) Se admite debido a que un escribano certificó su destrucción.
S/A
5) IMPUESTOS ADELANTADOS . Anticipos de IRAE IRAE = 600.000 - Ant. = (800.000) S/(C) = (200.000) sólo debo dejar reflejado en el activo dicho crédito. => VC = 800.000 VF = 200.000
B.A.
(600.000)
. Anticipos de IP Como no tengo dato extra: B.A.
(75.000)
. Anticipos de ICOSA ICOSA = 15.217 - Ant. = (15.000) S/(C) = 217 sólo debo dejar reflejado en el pasivo dicho saldo. => VC = 15.000 VF = 0
B.A.
(15.000)
6) ACTIVO FIJO . Inmueble rrendado No es propio, por lo tento es correcto no esté contabilizado. . Inmueble propio Art. 15 inc. 2 T.14 VC = 2.800.000 VF = como lo usa la propia empresa = S/IRAE = 2.800.000 BMEI Maquinaria:
Art. 15 inc. 4 T.14 (Valuación) 2.600.000 2.600.000 x 50% = 1.300.000
S/A
S/A
B.A.
S/A
(1.300.000) ACTIVO FISCAL 20.946.547
- ACTIVOS EN EL EXTERIOR Acciones Apple: 1.304.957 Deudores x Export.: 2.160.525 Deudores Inc. del Exterior: (518.526)
(2.946.956)
- ACTIVOS EXENTOS COMPUTABLES PARA PASIVO Import. en Trámite: 1.500.000
(1.500.000)
sigue…
TRIBUTARIA I IMPUESTO AL PATRIMONIO Cr. Juan José Panucci - ACTIVOS EXENTOS NO COMPUTABLES PARA PASIVO (1.540.000) Art. 39 lit. a D.30/015 Maquinaria: 1.300.000 Art. 40 D. 30/015 Hardware: 240.000 Art. 40 D. 30/015 Software: 0 I. ACTIVO GRAVADO 14.959.591
PASIVO CONTABLE 1) ACREEDORES X IMPORT. Art. 15 lit. C T. 14 NO Admitido por ser un Saldo de Precio de Import. =>
12.384.956 B.P.
(1.500.000)
2) ACREEDORES FINANCIERAS . Préstamo con Banco Local Art. 15 lit. A T. 14 Se admite el promedio anual de los saldos a fin de cada mes. VC = 0 A.P. VF = 3.000.000 x 5 meses + 0 = 1.250.000 12 meses . Pasivo por emisión de obligaciones negociables No se encuentra mencionaldo en el Art. 15 T.14 VC = 4.500.000 B.P. VF = 0
1.250.000
(4.500.000)
Como se emitieron al portador, se debe retener IP al comprador. => 4.500.000 x 3,50% = 157.500 Art. 45 lit. B T.14 .
Préstamo de la Corporación Nac. del Desarrollo Art. 15 lit. B T. 14 Si bien es una deuda financiera, se admite el saldo a fin de año (no el promedio anual de los saldos a fin de cada mes). VC = 5.000.000 - 2.000.000 = 3.000.000 S/A VF = 5.000.000 - 2.000.000 = 3.000.000
3) ACREEDORES VARIOS . Previsión por garantía Art. 15 lit. C T.14 VC = 500.000 B.P. VF = 0 Es una de las salvedades => NO admitido. . Provisión de UTE, ANTEL y OSE VC = 100.000 S/A VF = 100.000 Son un pasivo cierto => Admitido . Provisión de Licencias, SV y Aguinaldos VC = 534.956 S/A VF = 534.956 Son un pasivo cierto => Admitido
S/A
(500.000)
S/A
S/A sigue…
TRIBUTARIA I IMPUESTO AL PATRIMONIO Cr. Juan José Panucci . Previsión por IPD VC = 250.000 B.P. VF = 0 No es un pasivo cierto porque aún no se efectuaron los despidos => NO Admitido 5) SALDO DE ICOSA Viene del razonamiento del Activo Admitido por ser un tributo no vencido. Art. 15 lit. d T.14 PASIVO DEDUCIBLE
(250.000)
217
6.885.173
- ACTIVOS EN EL EXTERIOR
(2.946.956)
- ACTIVOS EXENTOS COMPUTABLES PARA PASIVO
(1.500.000)
II. PASIVO COMPUTABLE => PATRIM. COMPUTABLE = I - II = TASA IP SIN ABATIR NO Corresponde porque NO se conocen a los dueños (PJ's). ABATIM. IP ABATIDO Como es una SA, resto el ICOSA ICOSA 2017 ANTICIPOS SALDO A PAGAR
2.438.217 12.521.374 1,5% 187.821 0 187.821 (15.217) (75.000) 97.604
Anticipos IP años siguiente Art. 5 inc. 2 D.30/015 IP Abatido x 11% - 1 ant. ICOSA Entonces: (187.824 x 11%) - 1.348 = 19.313 El ant. mensual que se debe tomar es el del mes siguiente. Y como el mes siguiente justo es un nuevo año civil, me deben dar el dato para saber cuál es. NO puedo calcular los 15.217 / 12 = 1.268 porque los 15.217 son del año 2017. De hecho, me dan el dato del nuevo anticipo mensual de ICOSA: 1.348.