Solucion Examen Febrero 2017 - Ej.2 - IP

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TRIBUTARIA I IMPUESTO AL PATRIMONIO Cr. Juan José Panucci SOLUCIÓN EXÁMEN FEBRERO 2017 - EJERCICIO 2 ACTIVO CONTABLE

9.800.000

1) INVERSIONES TEMPORARIAS . Fondo de Inversión Canada. Art. 75 D. 150/007 Por ser del exterior se valúan Costo x TC de cierre VC = 300.000 = VF exterior

S/A

. Letras Tesoro México. Art. 75 D. 150/007 Por ser del exterior se valúan Costo x TC de cierre VC = 300.000 = VF exterior

S/A

2) CRÉDITOS POR VENTAS VC = 1.300.000 VF = 1.300.000 800.000 Plaza 500.000 exterior

S/A

3) OTROS CRÉDITOS . Anticipo a proveedores Locales --> Se grava. VC = U$S 10.000 x 29,34 = 293.400 B.A. VF = U$S 10.000 x 28,437 = 284.370 Como aún no se realizó la entrega del bien o la prestración del servicio, no se corre diferencia de cambio, con lo cual queda valuado al TC comprador billete del día anterior a la transacción emitido por el BCU.

-9.030

. Anticipo a proveedores Exterior --> Activo del exterior -24.600 VC = U$S 50.000 x 29,34 = 1.467.000 B.A. VF = U$S 50.000 x 28,848 = 1.442.400 Como aún no se realizó la entrega del bien o la prestración del servicio, no se corre diferencia de cambio, con lo cual queda valuado al TC comprador billete del día anterior a la transacción emitido por el BCU. . Anticipos IRAE IRAE 300.000 Ant. IRAE -120.000 180.000

Ant. de IP:

50.000

-120.000 B.A. Me va a dar éste saldo. Ahora elimino los Ant. del Activo y en el Pasivo reconozco el Saldo de IRAE de $ 180.000. B.A.

-50.000

sigue…

4) BIENES DE CAMBIO . Inventario Art. 81 D.150/007 VC = 2.000.00 VF = 2.000.000 + 500.000 = 2.500.000

A.A.

500.000 sigue…


TRIBUTARIA I IMPUESTO AL PATRIMONIO Cr. Juan José Panucci . Importaciones en Trámite OJO!!! NUEVA Exoneración que determina una excepción al aspecto espacial del Art. 7 T.14. Art. 43 Ley Nº 17.243: No están comprendidas en la base imponible del Impuesto al Patrimonio, las MERCADERÍAS depositadas en régimen de puerto libre, ni las depositadas en las zonas francas. OJO!!! Cualquier otro activo situado en esos recintos, será gravado por el simple hecho de estar en la República. => 800.000 => 200.000

Activo del exterior en el puerto => Activo exento resta pasivo

5) BIENES DE USO VC = 2.200.00 VF = sin dato => 2.200.000 BMEI Maquinaria: Camiones:

S/A

Art. 15 inc. 3 T.14 (Valuación) 1.000.000 400.000 1.400.000 x 50% = 700.000

S/A

B.A.

-700.000

6) CUOTA SOCIAL Art. 95 D.150/007 VC = 600.000 A.A. VF = VPP ip = 860.000

260.000

exento resta pasivo.

Art. 22 inc. 1 T.14 ACTIVO FISCAL 9.656.370

ACTIVOS EN EL EXTERIOR -3.342.400 Fondo Inv. Canada: 300.000 Letra Tesorería México: 300.000 Créd. x Vtas. Ext.: 500.000 Ant. a proveed. Ext.: 1.442.400 Import. en Trámite: 800.000 ACTIVOS EXENTOS COMPUTABLES PARA PASIVO -1.060.000 Import. en tramite: 200.000 Cuota Social: 860.000 ACTIVOS EXENTOS NO COMPUTABLES PARA PASIVO -880.000 Art. 3 D. 59/998 Maquinaria: 500.000 Art. 3 D. 59/998 Camión: 200.000 Art. 4 D. 59/998 Hardware: 180.000 Art. 4 D. 59/998 Software: S/A I. ACTIVO GRAVADO 4.373.970 sigue…


TRIBUTARIA I IMPUESTO AL PATRIMONIO Cr. Juan José Panucci PASIVO CONTABLE

2.590.000

7) DEUDAS COMERCIALES

Art. 15 lit. C T. 14

. Deudores plaza --> Admitidos 300.000 . Deudores ZF --> NO Admitido por ser un Saldo de Precio de Import. B.P. . Proveedores por Importación --> NO Admitido por ser un Saldo de Precio de Import. B.P. 8) DEUDAS FINANCIERAS . Pasivo con BROU Art. 15 lit. A T. 14 Se admite el promedio anual. VC = 1.000.000 B.P. VF = 1.000.000 x 3 meses = 250.000 12 meses

-300.000 -300.000

-750.000

9) DEUDAS DIVERSAS . Serv. Vigilancia --> admitido. . Alquiler --> admitido.

Art. 15 lit. C T.14

S/A

Art. 15 lit. C T.14

S/A

. Fletes de empresa exterior --> admitido. Art. 15 lit. C T.14 Se admite, pues no es un saldo de precio de importación. Debo retener IP: 100.000 x 1,5% = 1.500

S/A

. Sueldos a pagar --> Admitido

S/A

10) IRAE --> como en el Activo eliminé los anticipos, ahora debo dejar reflejado el Saldo de IRAE como pasivo deducible. VC = 0 VF = 180.000

A.P.

180.000 PASIVO DEDUCIBLE 1.420.000 ACTIVOS EN EL EXTERIOR -3.342.400

ACTIVOS EXENTOS COMPUTABLES PARA PASIVO -1.060.000 II. PASIVO COMPUTABLE => PATRIM. COMPUTABLE = I - II =

Como es una SA, resto el ICOSA

TASA IP SIN ABATIR ABATIMIENTO IP ABATIDO ICOSA 2016 ANTICIPOS SALDO A PAGAR

0 4.373.970 1,5% 65.610 -656 64.953 -14.067 -50.000 886

Art. 13 últ. inc. T.14

sigue…


TRIBUTARIA I IMPUESTO AL PATRIMONIO Cr. Juan José Panucci ABATIMIENTO Art. 47 T. 14 | Art. 7 D.30/015 Es el menor entre: IRAE del ejercicio IP sin Abatir x 1% Art. 50 Ley 18.083 Cuando acciones al portador --> abatimiento 0% dueños sean no residentes salvo PF --> abatimiento 0% se conocen los dueños (acciones nominativas) --> abatimiento 1% Si acciones al portador son el 90% --> el abatimiento sería el 10% del 1% IRAE Ejercicio: 300.000 Entonces: 65.610 x 1% = 656

elijo el menor

Conozco los dueños pues son personas físicas (Supongo acciones nominativas). => Corresponde Abatimiento. Anticipos IP años siguiente Art. 5 inc. 2 D.30/015 IP Abatido x 11% - 1 ant. ICOSA Entonces: (64.956 x 11%) - sin dato = ????


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