LEGISLACIÓN Y TÉCNICA TRIBUTARIA IMPUESTO AL PATRIMONIO Cr. Juan José Panucci SOLUCIÓN PRÁCTICA 14 - IVA - SERVICIOS PERSONALES Art. 6 lit. c T.10 Es para los que tributan IRPF por los servicios personales. Art. 165 D. 220/988 Liquidación anual con anticipos bimensuales. Art. 9 inc. 10 y 11 T.10 No se puede deducir el IVA de: - vehículos Art. 126 D. 220/988 - mobiliario y gastos de naturaleza personal. INGRESOS DEL EJERCICIO Hon. Prof. en el país: 100.000 Gravado T.B. (22%) Hon. Prof. en ZF: 50.000 Export. Art. 34 num. 7 D. 220/988 Condición necesaria: que sean prestados exclusivamente allí. Hon. Prof. Tala SA: 20.000 Gravado T.B. (22%). Se realió en territorio aduanero nacional. Venta 2 PC's: 500 Gravado T.B. (22%). Supuesto: se descontó su IVA compras. Adelanto de cliente: Mientras no se facture, no se considera ingreso. Debe existir transferencia de propieded del bien para que ea considerado venta. Hon. Prof. en Argent.: 15.000 Exenta Art. 5 T.10 Hon. Prof. en Paragu.: 30.000 Exenta Art. 5 T.10 215.500 INGRESOS ACUMULADOS Ingresos No Gravados 45.000 20,88% Ingresos Export. 50.000 23,20% Ingresos Gravados 120.500 55,92% TOTAL 215.500 100% EGRESOS DEL EJERCICIO Computadoras: 20.000/5 x 4 = 16.000 x 22% = 3.520 --> Indirecto General Libro de estudio: 10.000 --> exentos Art. 19 lit h T.10 Biblioteca comprada en remate --> no tiene IVA por ser vendida por una PF Comisión remate: 1.000 x 22% = 220 --> Indirecto General Honorarios a abogado paraguayo: 10.000 --> no tiene IVA por no cumplir aspecto espacial. Art. 5 T.10 Honorarios a abogado (vino a Uruguay). --> Se le retiene Art. 4 D. 220/988 --> 10.000/1,22 x 22% = 1.803 --> Directo Gravado Cursos a familia: no corresponde descontar --> Art. 9 inc. 10 y 11 T.10 porque está en el ítem 1 del ejercicio.
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LEGISLACIÓN Y TÉCNICA TRIBUTARIA IMPUESTO AL PATRIMONIO Cr. Juan José Panucci
No Gravado Export. Gravados TOTAL
IVA COMPRAS INDIRECTO GENERAL 20,88% 781 23,20% 868 55,92% 2.091 100% 3.740
LIQUIDACIÓN ACUMULADA IVA Ventas = 120.500 x 22% IVA Compras = (1) SUBTOTAL/(CRÉDITO) IVA Cpras. Export. = (2) SUBTOTAL/(CRÉDITO)
= 26.510 = (3.894) 22.616 = (868) 21.748
DIRECTO 1.803 1.803
TOTAL 781 868 (2) 3.894 (1) 5.543