Informativo Digital Acción Sindical Confederal nº 44

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Informativo digital JUNIO 2018, NÚMERO 44

INTERNACIONAL

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La Autoridad Laboral Europea Begoña del Castillo Pérez Secretaría confederal de Internacional y Cooperación de CCOO

En el discurso sobre el estado de la Unión de 2017, el presidente de la Comisión Europea, Jean-Claude Juncker comunicó su decisión de establecer una Autoridad Laboral Europea que garantice el cumplimiento de la normativa de la UE relativa a la movilidad laboral. Tras el anuncio de Juncker, el pasado 13 de marzo la Comisión publicó una propuesta de Reglamento1 por el que se crea la Autoridad Laboral Europea (ALE).

L

os argumentos objetivos que justifican la decisión de la Comisión de lanzar en este momento la propuesta de establecimiento de la ALE, son básicamente tres:

•• El aumento que se ha producido en los últimos años de ciudadanos europeos que residen en un Estado miembro de la Unión distinto a su país de origen: en la actualidad asciende a 17 millones de personas. •• El elevado número de europeos y europeas que se trasladan a trabajar a otro Estado miembro: 1,7 millones cada día. •• Y el elevado número de personas que se desplazan por toda la Unión por motivos profesionales, familiares o de turismo: cientos de millones cada año.

1 Accesible en el siguiente enlace: http://ec.europa.eu/transparency/ regdoc/rep/1/2018/ES/COM-2018131-F1-ES-MAIN-PART-1.PDF

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INICIO

La intención de la Comisión Europea es que la ALE complemente y facilite el desarrollo de otras iniciativas legislativas relativas a la movilidad de los trabajadores, tales como la reforma de la Directiva sobre desplazamiento de trabajadores, la normativa específica para el sector del transporte por carretera (lamentablemen-

te excluido de la Directiva de desplazamiento) y la actualización de la normativa de la UE en materia de coordinación de los sistemas de seguridad social. La ALE, además, forma parte, junto con otras iniciativas como la relativa a la conciliación de la vida familiar y la vida profesional y la propuesta sobre unas condiciones de trabajo transparentes y previsibles, de lo que la Comisión ha denominado el “despliegue del pilar europeo de derechos sociales”. El objetivo fundamental declarado por la Comisión para el establecimiento de la ALE es combatir el fraude social transfronterizo y los abusos de la seguridad social, cuestión que, tanto desde la Confederación Europea de Sindicatos (CES) como desde los sindicatos nacionales y las federaciones a nivel europeo y nacional, se venía reclamando desde hace tiempo. Sin embargo, el movimiento sindical europeo, que ha acogido favorablemente la iniciativa de la Comisión, ya ha advertido sobre algunos riesgos de la propuesta y ha planteado una serie de demandas concretas. >


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