MUJERES, EN LA LEY DE VICTIMAS Y RESTITUCION DE TIERRAS
MUJERES, EN LA LEY DE VICTIMAS Y RESTITUCION DE TIERRAS LEY 1448 de 2012
LEY 1448 de 2012
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Por la cual se dictan medidas de atenci贸n, asistencia y reparaci贸n ngo en integral a las v铆ctimas del conflicto armado interno y se dictan otras disposiciones.
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La Ley de Víctimas y Restitución de Tierras es un reconocimiento de las personas que históricamente han sufrido un daño como consecuencia de violaciones a los derechos humanos, ocurridos a partir del 1° de enero de 1985 en el marco del conflicto armado. Esta ley reconoce de manera específica a las mujeres víctimas como sujetas de especial protección retomando lo señalado por el Auto 092 de 2008, en donde se especifican las afectaciones diferenciales a las que se enfrentan las mujeres y lo que definió la Corte Constitucional como el impacto desproporcionado del conflicto armado sobre ellas. El tema de mujeres, niñas y jóvenes está definido, entre otros, por el artículo 13 de la Ley, en donde se refiere concretamente al enfoque diferencial en todos los aspectos de la implementación de la política de víctimas.
El principio de enfoque diferencial reconoce que hay poblaciones con características particulares en razón de su edad, género, orientación sexual y situación de discapacidad. Por tal razón, las medidas de ayuda humanitaria, atención, asistencia y reparación integral que se establecen en la presente ley, contarán con dicho enfoque.
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¿CUÁLES SON LAS GARANTÍAS DE LA LEY 1448 PARA LAS MUJERES VÍCTIMAS? • El Estado ofrecerá especiales garantías y medidas de protección a los grupos expuestos a mayor riesgo de las violaciones a sus derechos. Esto incluye a mujeres, jóvenes, niños y niñas, adultos mayores, personas en situación de discapacidad, campesinos, líderes sociales, miembros de organizaciones sindicales, defensores de Derechos Humanos y víctimas de desplazamiento forzado. (Artículo 3) • La ley define unos principios para garantizar la inclusión de las mujeres en la implementación de los diferentes aspectos de la Ley. Por ejemplo, incluye el “derecho a la igualdad”, y el “derecho de las mujeres a vivir libres de violencia”. (Artículo 28) • La Ley otorga especial atención a las mujeres en las que confluyen otras circunstancias de discriminación histórica o vulnerabilidad, como orientación sexual e identidad de género diversa, pertenencia a comunidades indígenas, afrocolombianas, raizales, palenqueras, rom, así como a mujeres con capacidades diferentes.
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REGISTRO DE VICTIMAS • Variables de registro con enfoque diferencial en el Formato Único de Declaración (FUD).-Estas categorías son las encargadas de visibilizar el género de la víctima, es decir si la persona se reconoce como hombre, mujer o persona LGBTI (lesbiana, gay, bisexual, trans o intersex). • La caracterización con enfoque diferencial.- Esta caracterización resalta las características particulares de cada una las víctimas y sus núcleos familiares para visibilizar sus necesidades especiales. Esta información proviene de las declaraciones hechas por las víctimas en el FUD ante el Ministerio Público. • La identificación de las condiciones de vulnerabilidad de las mujeres: esto en atención a los diversos factores que condicionan la situación de las mujeres víctimas y se suman a la discriminación que pueden padecer. Por eso se reconocen los datos sobre la jefatura de hogar femenina,estado gestante o lactante, pertenencia étnica, incluyendo a qué comunidad corresponde cada etnia, condición de discapacidad, si es del caso, grupo etáreo, etc.
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• Modelos de medición de vulnerabilidad: Estos modelos facilitan la priorización de la atención integral como sujetas de especial protección constitucional.
MEDIDAS DE PROTECCIÓN • Las medidas de protección para mujeres deberán tener en cuenta aspectos específicos, tales como, modalidades de agresión, las características de los riesgos que enfrentan, las dificultades para protegerse de sus agresores y la vulnerabilidad ante ellos. (Artículo 31, parágrafo 3) • Las mujeres víctimas reconocidas en la Ley, con ocasión del conflicto armado y que se sientan en riesgo, pueden elevar solicitudes ante la Unidad Nacional de Protección. Esta Unidad, le hará un estudio de riesgo y según los resultados,el Grupo de Valoración Preliminar determina el nivel de riesgo y presenta el caso ante el Comité de Evaluación de Riesgo y Recomendación de Medidas (CERREM) de mujeres. El CERREM en donde hay representantes de organizaciones de mujeres, define las medidas de protección.
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• Las medidas de protección están acompañadas por medidas complementarias. La Unidad para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas coordina y articula estas medidas con el Sistema Nacional de Atención y Reparación a las Víctimas (SNARIV), para promover otras acciones que mitiguen el riesgo y la vulnerabilidad de las mujeres. • Las entrevistas realizadas con las víctimas dentro del marco del programa de protección deberán efectuarse en sitios seguros y confidenciales, en particular cuando involucran mujeres, niñas, niños y adolescentes”. (Artículo 32)
Las medidas de protección para mujeres reconocen que los riesgos son diferentes a los de otras víctimas y que por lo tanto, el análisis de ese riesgo y las medidas tomadas deben adecuarse a una perspectiva de género.
PROCESOS JUDICIALES Dentro de los derechos de las víctimas en los procesos judiciales, la Ley 1448 reconoce la situación de mayor vulnerabilidad en la que se pueden encontrar las mujeres que acuden ante el sistema judicial. En este sentido, define: • En el tema de información, asesoría y apoyo “Las autoridades deben informar a las mujeres sobre el derecho a no ser confrontadas con el agresor o sus agresores”.(Artículo 35, Numeral 4). • Respecto a la atención a víctimas, en todas las entidades públicas donde se brinde atención y/o asistencia a las víctimas tendrá que haber personal capacitado en atención de víctimas de violencia sexual y de género para que asesore y asista a las víctimas”.(Articulo 35 parágrafo 2º) • En consideración con la situación particular de las mujeres sobrevivientes de este tipo de violencia, se establecen una serie de principios de la prueba en casos de violencia sexual que juezas, jueces, magistrados y magistradas tienen que aplicar. (Artículo 38) • Habrán modalidades especiales de testimonio para el “caso de víctimas de delitos
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de violencia sexual”, personal especializado en estos casos y obligatoriamente en los casos en que la víctima sea un niño, niña o adolescente. (Artículos 41 y 42).
MEDIDAS DE ATENCIÓN Y ASISTENCIA • Se garantiza la entrega de la ayuda humanitaria bajo el lente del enfoque diferencial y retoma lo establecido en el Auto 092 de 2008 para mujeres desplazadas mediante la presunción constitucional de “prórroga automática de la ayuda humanitaria de emergencia a favor de las mujeres desplazadas”. • La ayuda también incluye, entre otras cosas, asistencia médica y psicológica especializada en los casos de delito contra la libertad, integridad y formación sexual. (Artículo 47) • Especial atención en los procesos de acceso de mujeres víctimas cabeza de hogar, a los programas académicos ofrecidos por instituciones técnicas profesionales, tecnológicas, universitarias o escuelas tecnológicas y universidades de naturaleza pública. (Artículo 51)
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MEDIDAS DE REPARACIÓN La reparación propende por garantizar medidas de restitución, indemnización, rehabilitación, satisfacción y garantías de no repetición en sus dimensiones individual y colectiva, material, moral ó simbólica. Estas medidas se deben aplicar con un criterio de enfoque diferencial que incluye la perspectiva de mujeres y género. • La Ley determina que se debe dar atención preferencial a las mujeres víctimas del despojo o abandono forzado en los trámites administrativos y judiciales del proceso de restitución. Incluyen además una atención preferencial y prioridad en los beneficios de la Ley 731 de 2002 y medidas específicas en la entrega de predios y titulación de la propiedad.(Artículos 114, 115) • El acceso a la vivienda como medida de restitución será prioritario para la población víctima del desplazamiento forzado, “privilegiando a la población mujeres cabeza de familia desplazadas, los adultos mayores desplazados y la población con discapacidad desplazada”.( Artículo 123)
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• Para las medidas de rehabilitación, el Gobierno Nacional debe implementar un programa de rehabilitación, dentro del cual las medidas de atención psicosocial integrarán el enfoque de género y medidas de acción afirmativa en favor de mujeres niñas y jóvenes, entre otros. (Artículo 136) • En cuanto a las medidas de satisfacción, se debe garantizar un “apoyo para la reconstrucción del movimiento y tejido social de las comunidades campesinas, especialmente de las mujeres” (Artículo 139)
GARANTÍAS DE NO REPETICIÓN • Especiales medidas de prevención a los grupos expuestos a mayor riesgo como mujeres, niños, niñas y adolescentes, adultos mayores, líderes sociales, miembros de organizaciones sindicales, defensores de derechos humanos y víctimas de desplazamiento forzado que propendan superar estereotipos que favorecen la discriminación, en especial contra la mujer y la violencia contra ella en el marco del conflicto armado. (Artículo 149)
• Formulación de campañas nacionales de prevención y reprobación de la violencia contra la mujer, niños, niñas y adolescentes por los hechos ocurridos en el marco de las violaciones contempladas en Ley. (Artículo 149).
PARTICIPACIÓN EFECTIVA • El Protocolo de Participación Efectiva deberácomo mínimo, incluir mecanismos de fortalecimiento de las organizaciones de víctimas, especialmente de aquellas conformadas por grupos rurales, juveniles, de mujeres, personas con discapacidad y en mayor riesgo.
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DIAGRAMAS RUTAS 1. DIAGRAMA DE ASISTENCIA Y REPARACIÓN
Reparación
Asistencia
Atención Humanitaria Asistencia Salud Educación Asistencia Funeraria Identidad Alimentación Reunificación familiar Generación de ingresos
Individual Restitución Rehabilitación Indemnización Medidas de satisfacción Garantías de no repetición
Colectiva Planes de Reparación Colectiva (comunidades y grupos étnicos)
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2. DIAGRAMA RUTA DE ASISTENCIA Valoración
2 Atención Humanitaria Inmediata Entidades Territoriales Hecho Victimizante
Unidad para las Víctimas
1
No
No incluido
Si
Educación Min Educación
Incluido
Generación de ingresos
Si 3
Declaró el hecho victimizante
Atención Humanitaria Emergencia Unidad para las Víctimas
4 Remisión
SENA - DPS
Alimentación ICBF
Identificación No Declaración en ministerio público
Registraduría
5 Solicita Atención Humanitaria Transición Unidad para las Víctimas
Reunificación Familiar ICBF
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3. DIAGRAMA RUTA DE REPARACIÓN INDIVIDUAL
Centro regional de Atención y Reparación a las Víctimas
Escuela de Reparaciones 1. 2.
Información sobre reparación integral (charla y video)
Entrega de documentos de reconocimiento y dignificación
Entrevista: Actualización de información, caracterización, presentación del enlace
Preparación del plan
Indemnización con líneas de inversión Remisiones a otras entidades
Propuesta del “Plan Individual de Reparación”
Implementación de las diferentes medidas que darán lugar a la implementación del Plan
Enfoque diferencial y psicosocial Unidad de Víctimas
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Coordinación Interinstitucional
Acompañamiento a la víctima
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4. DIAGRAMA RUTA DE REPARACIÓN COLECTIVA - COMUNIDADES, GRUPOS Y ORGANIZACIONES Reparación Colectivos
Aprobación del comité de Justicia Transicional
Identificación
Registro en el RUV como sujeto colectivo
Alistamiento para el plan de reparación
Diagnóstico del daño colectivo
Diseño y formulación concertada del daño colectivo
Implementación de los planes
Seguimiento y Evaluación de los planes
Identificación CMH - UARIV - MinEducación - ICBF - Procuraduría - Unidad de Protección - MinInterior - Defensoría - MinSalud Unidad de Tierras - DNP - Hacienda - Ministerio Público - Incoder - MinAgricultura - MinAmbiente - SENA - MinCultura - MINTIC
Fin
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Protección
5. DIAGRAMA RUTA DE LA PROTECCIÓN 1 Alcandías y Comités territoriales de Justicia determina determina medidas 2 Atención complementaria y subsidiaria de gobernaciones
3 Activación de la presunción del riesgo
No
5 Valoración de la Solicitud
Medidas de emergencia
Si
4
Jefatura resuelve
6 Implementación de las medidas Revisión, Control y Seguimiento Continuidad de la medida Desmonte de la medida
Entidades Entidades territoriales - Unidad Nacional de Protección - CERREM
7
Fin
8 9
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Departamento
No
Bogotá
1 2 3 4 5 6 7 8
Central Cundinamarca Boyacá Tolima
Punto de Atención Rafael Uribe Puente Aranda Centro Dignificar - Ciudad Boívar Bosa Suba Soacha Tunja (DR) Ibagué
Dirección Calle 22 sur No 14 a 99 Barrio San José Carrera 36 No 19 - 47 Cra 17f No. 69 a – 32 sur, Lucero Bajo Calle 37 Sur No 72 l 77 b. Carvajal Cra 91 No. 144-01 Plaza Central Cra 8 # 17-37 Barrio. Lincon Calle 17 No.9-76 Centro Cra 4 entre calle 6 y 7 CAM piso 2 Barrio la Pola >> Continúa
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Antioquia
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No 9 10 11 12 13 14 15 16
Punto de Atención Belencito Caunces Palermo Bello Caucasia El Bagre Cáceres Tarazá
Dirección Carrera 92 No 34d-93.Unidad Integral No. 4 Colonia Belencito Cra. 6ab No. 47 a 99 kilometro 1 Vía Santa Elena Carrera 55 No. 95 - 97 Calle 50 No. 50 78 Bello Calle 21 Avenida Pajonal frente al parque la Ceiba Casa de Justicia Piso 1 Casa de Justicia Casa de la Justicia Bloque 2 Alcaldía Municipal >> Continúa
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Valle del cauca
17 18 19 20 21 22 23 24
Cali Buenaventura Cartagena San Andrés (DR) Valledupar Codazzi Aguachica Riohacha (DR)
Bolivar
Cesar y Guajira
Bolivar San Andrés Cesar Guajira
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Punto de Atención
Urabá
Urabá
Magdalena medio
Magdalena medio
25 26 27 28 29 30
Turbo Apartado Barranca (DR) Santa Rosa del Sur Morales San Pablo
Dirección Carrera 14 x calle 99 Antigua Cárcel Municipal Carrera 104 No. 98-27 Barrio Ortiz Calle 49 4-24 Piso 1 Sector Comercial. Antiguo Salón Guardabosques Alcaldía Municipal de Morales Palacio Municipal Primer Piso
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Meta y Llanos Orientales
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Meta
31 32 33 34 35 36 37 38
Guaviare Vaupés Vichada Amazonas Casanare Guainia
Punto de Atención Villavicencio Granada San José Guaviare Mitú (DR) Puerto Carreño (DR) Leticia (DR) Yopal Puerto Inirida
Dirección Carrera 41 No 26 C- 35 7 de Agosto Calle 15 NO 14-07 Barrio Centro Calle 10 No.22-37 Centro Avenida 15 No 9-24 Cra 6 20-93 Barrio Arturo Bueno Calle 11 No. 10-70 Calle 26 a No 31b-75, Barrio Maria Milena Calle 18 no 10-24 Barrio Comuneros Inírida >> Continúa
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Norte de Santander y Arauca
Norte de Santander
39 40 41 42 43 44 45 46 47 48
Arauca Nariño
Nariño
Punto de Atención Cúcuta Ocaña Tame Arauca Pasto Ipiales Barbacoas Ricaurte El Charco Tumaco
Dirección Diagonal Santander No 4-25 Antigua Sede de la Cruz Roja Colombiana Carrera 12 No 10 -42 Palacio Municipal de Ocaña Calle 15 Carrera 15 Edificio Alonso Perez De Guzman Cra 18 15-42 Barrio Cristo Rey Carrera 26 No. 2-12 Barrio Capusigra Calle 7 sector el Chorro Segundo piso de la casa de la Mujer en la Calle Polo Esquina Carrera 2 # 2 11 Parque Principal 3104258544 Alcaldía Municipal Barrio Bustamante Plazoleta Del Parque Barrio Ciudadela al Lado del Hogar Del ICBF >> Continúa
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Punto de Atención
Córdoba
Córdoba
Sucre
Sucre
Atlántico
Atlántico
49 50 51 52 53 54 55 56
Montería Tierralta Puerto Libertador Valencia Montelibano Sincelejo Soledad Barranquilla
Dirección Barrio Granada Carrera 13 No 12-26 Calle 16 # 8-40 Edificio Popular Piso 1 Carrera 9 # 3-33 Barrio Aguas Alcaldía Municipal tel.3102171242 Calle 11 Cra 15 Esquina Palacio Municipal 3114282642 Carrera 6 No 15-23 piso 1 tel. Palacio Municipal 3102172355 Carrera 19 no. 32-68 Calle el Zumbado Carrera 25 a No 16-82 Carrera 44 No 53-87, Instalaciones de Pastoral Social. >> Continúa
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Punto de Atención
Santander
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Putumayo
Putumayo
57 58 59 60 61 62
Bucaramanga Girón Piedecuesta Floridablanca Puerto Asís Puerto Leguizamo
63 64 65
Mocoa Valle del Guamuez Valle de Sibundoy
Dirección Calle 41 No 13-08 Centro Cra 25 No 29-19 Centro Calle 2 a No 10 -98 Barrios Villa Nueva Del Campo Cra 12 No 12-28 Villabel Calle 10 No 34-85 Barrio Los Chiparos Salón Heliconias Calle 6 No 2 - 125 Barrio Centro (Alcaldía Municipal) Punto De Atencion Calle 2 Carrera 3 Esquina Antiguo Leguisalud. carrera 2 con calle 8a barrio san agustin,antiguo matadero Calle 7 No 5 - 11 Hormiga Putumayo. Tel. 3102173398 Calle 18 No 15 - 41 Sibundoy Putumayo tel. 3102171268 >> Continúa
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Dirección
Cauca
Cauca
66 67 70
Popayán Timbiqui Guapi
Carrera 6 No. 9-27 Barrio El Empredado Alcaldia, no se cuenta con direcciones en este municipio Carrera 2 No 5 - 73 Barrio la Esperanza
Magdalena Choco Eje Cafetero
Magdalena Choco Caldas
71 72 73 74
Santa marta Quibdó Dorada Manizales
Calle 34 carrera 16 IPC Barrio María Eugenia Coliseo de boxeo municipio de Quibdó zona urbana. Barrio las Américas calle 30 carrera 17 avenida aeropuerto el caraño. Carrera 1 calle 15 Esquina Bodegas del Ferrocarril Calle 23 No. 21-45 piso 9 Edificio BCH
Risaralda Quindío
75 76
Pereira Armenia
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Caquetá y Huila
Caquetá
77
Florencia
78 79
San Vicente del Caguan Cartagena del Chaira
80 81 82 83
La Montañita Neiva Garzón Pitalito
Huila
Punto de Atención
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