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UN NUEVO MODELO, MÁS EQUITATIVO CON LOS TERRITORIOS
La reforma del SGR no solo corrige los errores e injusticias que tanto denunciamos en el pasado, sino que llega en el marco de una coyuntura en la que las entidades territoriales deben contar con recursos que les permitan reactivar sus golpeadas economías en medio de la pandemia.
HACE APENAS UNA DÉCADA SOLÍAMOS VIAJAR EN FAMILIA A UN PEQUEÑO MUNICIPIO QUE ERA UN PARAÍSO NATURAL, Y QUE EN AQUEL ENTONCES CONTABA APENAS CON 15.000 HABITANTES.
En 2008, esa hermosa localidad comenzó su desarrollo petrolero y en 10 años su población se incrementó en un 165 %, su índice de pobreza multidimensional comenzó a doblar el promedio nacional y la población vulnerable se duplicó, como también lo hizo la demanda por servicios públicos, salud, colegios y vivienda, entre otros. Se trata de Puerto Gaitán, pero me podría estar refiriendo a cualquiera de los municipios productores, porque esta historia se repite en todos ellos. Por eso mi férrea oposición a la reforma constitucional materializada en el Acto Legislativo 05 de 2011 que creó el Sistema General de Regalías (SGR) y que despojó de manera abrupta e injusta a las entidades productoras de las regalías que requerían para enfrentar los impactos ambientales, económicos, sociales y culturales que trae consigo la explotación de recursos naturales no renovables en sus territorios. Como consecuencia lógica, esa reforma, que incrementó la conflictividad y la resistencia al sector de hidrocarburos, hizo crecer la protesta social entre 2011 y 2018 en más del 400 %, trayendo consigo no solo una sustancial disminución en la producción, sino una caída en las finanzas territoriales y nacionales que acrecentó los problemas. Bajo esas condiciones, no pudo ser más oportuna la reforma adoptada en el
Acto Legislativo 05 de 2019 y la recientemente sancionada Ley 2056 de 2020, no solo porque corrige los errores e injusticias que tanto denunciamos en el pasado, sino porque llega en el marco de una coyuntura en la que las entidades territoriales deben contar con recursos que les permitan reactivar sus golpeadas economías en medio de la pandemia. El nuevo sistema de regalías, fundamentado en una distribución más equitativa de los recursos, incrementa la asignación directa de los entes productores, al pasar de 11,2 % a 25 % del total de los recursos corrientes del sistema. Es apenas lógico que las comunidades ubicadas en los entornos productores gocen de una me-
MARITZA MARTÍNEZ ARISTIZÁBAL
COORDINADORA DE PONENTES EN EL SENADO
jor calidad de vida, bajo el concepto de prosperidad compartida. Otro logro importante de la Ley 2056 de 2020 fue la incorporación de una asignación mínima del 5 % de las regalías directas, destinada a financiar proyectos de infraestructura educativa y de inversión dirigidos a ampliación de cobertura, permanencia y calidad de la educación superior a través de las instituciones públicas. Para los municipios más pobres del país se logró un aumento en la asignación local al pasar, en promedio, de 10,7 % a 15 % del total de los recursos corrientes del sistema; se modificaron también los criterios de asignación, que otorgaron un 60 % al criterio de pobreza, atendiendo el índice de Necesidades Básicas Insatisfechas (NBI), y un 40 % al criterio de población. En total, 1.038 municipios del país recibirán recursos por este concepto, en tanto que de haberse mantenido la Ley 1530 de 2012 para el próximo bienio, los recursos de esta asignación tan solo llegarían a 184 municipios que tienen, de acuerdo con el Censo Nacional de Población y Vivienda (2018), un NBI mayor al 35 %. Durante el trámite del proyecto resalté casos como el de Taraira (Vaupés), que a pesar de contar con un NBI del 79 % y 2.423 habitantes, de acuerdo con los criterios del anterior sistema de regalías recibía apenas una asignación bienal cercana a 92 millones de pesos, mientras que, gracias a los nuevos criterios contemplados en la Ley 2056 de 2020, para el bienio 2021-2022 tendrá una asignación de alrededor de 1.700 millones, que deberá orientarse al cierre de brechas sociales. Es igualmente relevante señalar que, con respecto a esta asignación, se eliminó el incentivo perverso contemplado en la Ley 1530 de 2012, que castigaba con menos recursos a aquellos municipios que disminuyeran su NBI, mientras que se incrementaban las asignaciones para aquellas regiones que no las invertían de manera eficiente. Respecto a los recursos de asignación regional no hay mayor diferencia en la cuantía que era asignada. Con el nuevo SGR, el 60 % de los recursos de la asignación quedará en cabeza de los departamentos para proyectos de impacto regional y sin necesidad de surtir un trámite previo ante el OCAD respectivo, mientras que el 40 % restante se destina a una bolsa regional a la que podrán acceder mediante trámite de aprobación en el OCAD Regional. Con el propósito de favorecer la generación de empleo y la reactivación económica, se podrá disponer de manera ágil, mediando una concertación de los gobernadores con cinco alcaldes de cada departamento dentro de los dos primeros meses de 2021, de los saldos sin aprobar del Fondo de Compensación Regional y el Fondo de Desarrollo Regional.
❯❯ “Los recursos de ciencia, tecnología e innovación aumentan, y se pasa de un esquema de asignación departamentalizada a un modelo de bolsa concursable, a través de convocatorias públicas, abiertas y competitivas, que mantiene el funcionamiento del OCAD.” 9
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Sin duda alguna, esta nueva legislación rescata la autonomía territorial en la medida en que desaparecen 1.144 OCAD y se cambia la validación del Gobierno Nacional, que participaba en todos estos órganos, por una refrendación ciudadana a través de un proceso de mesas públicas de participación, en las que se definirán y priorizarán las iniciativas o proyectos de inversión con cargo a los recursos de asignación directa, asignación local y asignación regional. Los resultados de estos ejercicios de planeación deberán incorporarse en el plan de desarrollo de las entidades en un capítulo independiente de inversiones a financiarse con los recursos del SGR, que será de obligatorio cumplimiento. Uno de los grandes retos del nuevo sistema es lograr el fortalecimiento institucional de los municipios, especialmente los incluidos en el Programa de Desarrollo con Enfoque Territorial (PDET), y los de categorías cuarta, quinta y sexta, en los que es necesario fortalecer el sistema de planeación, contratación y ejecución de los proyectos, por lo que ahora se permite incluir entre los costos del mismo su estructuración y viabilización, de manera que se logre mayor eficiencia, eficacia e impacto para sus territorios. Con esta reforma se le cumple a la paz, al incrementar la asignación establecida en el Acto Legislativo 04 de 2017 e incorporar la novedosa figura de adelanto de recursos, lo que va a permitir en los años 2021 y 2022 traer a presente hasta el 70 % de los recursos de las próximas cuatro bienalidades, bajo instrumento de crédito y el compromiso de vigencias futuras, todo con el objetivo de desplegar obras de mayor impacto social por un monto cercano a los 5 billones de pesos para el desarrollo de los municipios PDET. Otro avance importante que logramos consignar en la norma es la mayor inclusión de las minorías étnicas, a las cuales casi se les duplican los recursos asignados en el esquema de la Ley 1530 de 2012, se les reconoce participación en todas las instancias de decisión del SGR y se
❯❯ “Otro avance importante es que se cambia la validación del Gobierno Nacional por una refrendación ciudadana a través de un proceso de mesas públicas de participación, en las que se definirán y priorizarán las iniciativas o proyectos de inversión con cargo a los recursos de asignación directa, asignación local y asignación regional.”
les otorga autonomía en la toma de decisiones para la inversión de sus recursos. Frente al tema ambiental se resalta que, por primera vez en la historia de las regalías en el país, se asignan recursos para la conservación de las áreas estratégicas, destinando el 1 % de la bolsa total y un 20 % del mayor recaudo para este propósito y para la lucha nacional contra la deforestación; adicionalmente, el 2 % del rubro destinado a municipios más pobres debe encaminarse a inversión local para la protección del medioambiente y la promoción del desarrollo sostenible y, a su vez, el 2 % de los recursos de ciencia, tecnología e innovación deben ir a proyectos enfocados en innovación ambiental para fomentar las energías renovables no convencionales, orientadas a la transición energética y la reducción de emisiones CO2. A esto se suma que por lo menos el 5 % del total de los recursos de los ingresos corrientes del sistema deben tener este enfoque. En relación con los recursos de ciencia, tecnología e innovación, estos se aumentan y se pasa de un esquema de asignación departamentalizada a un modelo de bolsa concursable, a través de convocatorias públicas, abiertas y competitivas, que mantiene el funcionamiento del OCAD. Finalmente, debo destacar que se fortalecen las instancias de seguimiento y control, para evitar que se repliquen malas prácticas con estos recursos de todos los colombianos. El amplio ejercicio democrático y participativo que se dio durante la discusión del proyecto y que culminó con la sanción de la Ley 2056 de 2020, permitió expedir una norma con instrumentos novedosos, construida con base en el diálogo y los consensos, que cuenta con un acertado enfoque regional y un amplio contenido social. Por estas razones podemos afirmar que, con esta oportuna reforma, les hemos cumplido a los colombianos y al país. EC
UNO DE LOS RETOS ES LOGRAR EL FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL DE LOS MUNICIPIOS PDT, Y LOS DE CATEGORÍAS CUARTA, QUINTA Y SEXTA, EN LOS QUE ES NECESARIO FORTALECER EL SISTEMA DE PLANEACIÓN, CONTRATACIÓN Y EJECUCIÓN DE LOS PROYECTOS.
❯❯ “Otro avance importante que logramos consignar en la norma es la mayor inclusión de las minorías étnicas, a las cuales casi se les duplican los recursos asignados en el esquema de la Ley 1530 de 2012.”