ACUERDO No 002 DE________________
“POR MEDIO DEL CUAL SE OTORGAN FACULTADES AL ALCALDE MUNICIPAL PARA CELEBRAR CONTRATOS Y CONVENIOS ADMINISTRATIVOS”.
EL HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL DE VILLAMARÍA, CALDAS, en ejercicio de sus facultades legales y constitucionales y en especial las conferidas por el artículo 313, numeral 3 de la C.P., el decreto 111 de 1996 articulo 02, la ley 136 de 1994, articulo 32, numeral 3 y la ley 80 DE 1993. CONSIDERANDO. 1. Que el artículo 313 de la Constitución Política define: “… corresponde a los concejos municipales....”3. Autorizar al Alcalde para celebrar contratos...”. 2. Que se hace necesario otorgar facultades al Alcalde Municipal para celebrar contratos relacionados con las funciones propias de su cargo y de acuerdo con los lineamientos establecidos en la ley 80 de 1993 y sus decretos reglamentarios, la ley 1150 de 2007 y el decreto 3576 de septiembre de 2009, en cuanto a cuantías, proceso de selección de contratistas, tipos de contrato y procedimientos para garantizar los principios básicos del estatuto contractual consistentes en la “transparencia, economía y responsabilidad.”. 3. Que la ley 80 de 1993 en su artículo 32 define: “ De los contratos estatales: “son contratos estatales todos los actos jurídicos generadores de obligaciones que celebren las entidades a que se refiere el presente estatuto, previstos en el derecho privado o disposiciones especiales, o derivados del ejercicio de la autonomía de la voluntad, así como los que a titulo enunciativo se definen a continuación....Contrato de obra, contrato de consultaría, contrato de concesión, contrato de prestación de servicios”. Que además de los expresamente establecidos en la ley, existen otro tipo de contratos como el Interadministrativo, compraventa, suministros, convenios y demás contratos de carácter civil y comercial tendientes a garantizar el cumplimiento del objeto constitucional y legal del municipio de Villamaría, Caldas ACUERDA.
ARTÍCULO PRIMERO- Facultar al Alcalde municipal a partir del 1 de enero de 2012 hasta el 31 de julio de 2012, para que celebre los actos precontractuales, contractuales y postcontractuales y de convenios interadministrativos de financiación y cofinanciación con entidades de cooperación Internacional, nacionales, departamentales, municipales y/o jurídicas ( Comité de cafeteros, Sena, Corpocaldas, Universidades púbicas o privadas, ONG, Convenio Findeter Acuerdo de Pago, Convenios Dirección Territorial de Salud, Chec, Consorcio Alumbrado Público, Departamento de Caldas, Policía Nacional, Defensa Civil, Cruz Roja, Cuerpo de Bomberos , Departamento Administrativo para la prosperidad, Aquamana, y demás entidades de orden Nacional y Departamental ) y todos aquellos que se consideren pertinentes para la ejecución y puesta en marcha de los planes y programas de desarrollo y de gobierno, en desarrollo del plan general de inversiones del municipio; todo de conformidad con los requerimientos de la ley 80 de 1993, la ley 1150 de 2007, el decreto 3576 de 2009, La Constitución Política y demás normas legales que le son aplicables al municipio. ARTÍCULO SEGUNDO. El presente acuerdo rige a partir del su correspondiente sanción y publicación y hasta el 31 de julio de 2012.
DADO EN EL SALON DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL DE VILLAMARÍA, CALDAS, A LOS 19 DÍAS DEL MES DE ENERO DE DOS MIL DOCE (2012).
SILVIO EDUARDO ARBOLEDA ARBOLEDA PRESIDENTE
ALBENIZ GIRALDO CARDONA SECRETARIO GENERAL
EL SECRETARIO GENERAL DEL HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL DE VILLAMARÍA, CALDAS HA CE CONSTAR:
Que el presente Acuerdo fue discutido por el Honorable Concejo Municipal de la siguiente forma: PRIMER DEBATE 2012
:
2012 SEGUNDO DEBATE : 2012 CONCEJAL PONENTE:
COMISIÓN DEL PLAN
ENERO 16
de
COMISIÓN DE PRESUPUESTO
ENERO 16
de
Sesión Plenaria del Concejo
ENERO 19
de
RUBEN DARIO MARIN OSCAR CORREA VALENCIA.
Para constancia se firma en Villamaría, Caldas a los veinte (20) días del mes de enero de 2012.
ALBENIZ GIRALDO CARDONA SECRETARIA GENERAL ENVÍESE EL PRESENTE ACUERDO AL EJECUTIVO MUNICIPAL PARA SU SANCIÓN CORRESPONDIENTE Y PUBLICACIÓN, EL MISMO QUE FUE PRESENTADO A CONSIDERACIÓN Y ESTUDIO DEL HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL POR EL ALCALDE JAIRO ANTONIO VALENCIA LOPEZ.
RECIBIDO EN LA ALCALDÍA MUNICIPAL DE VILLAMARÍA, CALDAS, A LOS 20 DÍAS DEL MES DE ENERO 2012 MARIA ELSY GOMEZ CARDONA SECRETARIA GENERAL
ALCALDÍA MUNIICPAL DE VILLAMARÍA CALDAS, hoy ____________________ de conformidad con lo dispuesto en los artículos 76 al 82 de la Ley 136 de junio de 1994, Régimen Político Municipal, se le imparte sanción al Acuerdo 002 y en tal virtud se ordena su publicación.
JAIRO ANTONIO VALENCIA LOPEZ ALCALDE MUNICIPAL
VICTOR HUGO LOPEZ PEREZ SECRETARIO DE GOBIERNO
La Secretaria General, hace constar que el presente Acuerdo se publicará a partir de hoy ______________________ y diez (10) días siguientes.
MARIA ELSY GOMEZ CARDONA SECRETARIA GENERAL