ACTA DE ACUERDOS ENTRE EL GOBIERNO NACIONAL Y LA ASAMBLEA PERMANENTE DE LOS CABILDOS MAYORES DE RIO SINU Y VERDE DEL PUEBLO EMBERA KATIO DEL ALTO SINU - ABRIL 8 DE 2005 Como resultado de las conversaciones adelantadas entre el Gobierno Nacional y las Autoridades Indígenas de los Cabildos Mayores de Río Sinú y Verde en el marco de la Asamblea Permanente Embera; el día 8 de abril de 2005 en las instalaciones del Ministerio del Interior y de Justicia ubicado en la Avenida Jiménez No 8 – 89 de la ciudad de Bogotá D.C., se suscribe el presente ACUERDO LICENCIA AMBIENTAL: 1. Atendiendo al carácter dinámico de la Licencia Ambiental, se considera necesario seguir adelantando un proceso de evaluación, control, seguimiento y ajuste de las obligaciones establecidas en la misma, así como del grado de efectividad y eficacia de las medidas formuladas en la Licencia en relación con las acciones de mitigación, reparación o compensación de los impactos ocasionados por la construcción de Urrá I. 2. Para el cumplimiento de lo anterior, se creará en el marco del Comité de Seguimiento, una Comisión Especial que estará conformada por el Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial y los delegados de los Cabildos Mayores de los Ríos Sinú y Verde. Esta Comisión tendrá como objetivo precisar la evaluación, seguimiento y ajuste integral de las obligaciones y medidas establecidas en la Licencia Ambiental, recogiendo la problemática e inquietudes presentadas por las comunidades en los diferentes Comités de Seguimiento. Esta Comisión Especial además de recoger y atender de manera adecuada las demandas de la comunidad, tendrá como fin primordial evaluar en terreno (siempre y cuando las condiciones de orden público lo permitan) las obligaciones establecidas en la Licencia Ambiental relacionadas con la prevención, mitigación y compensación de los impactos generados por la operación de la hidroeléctrica Urrá I e identificar los posibles nuevos impactos que hayan surgido, recomendando a la autoridad ambiental la incorporación de las medidas necesarias en la Licencia Ambiental para su mitigación, reparación o compensación inmediata. 3. La Comisión además se apoyará en los entes especializados a los que se les cursará invitación, de acuerdo con los asuntos de su competencia y en consonancia con los temas tratados en la Comisión, sin desmedro del funcionamiento del Comité de Seguimiento. Así mismo, los Cabildos Mayores de los Ríos Sinú y Verde podrán invitar para su asesoría y consulta las organizaciones o entidades que considere pertinente. 4. Tanto en esta Comisión Especial como en el funcionamiento ordinario del Comité de Seguimiento a la Licencia Ambiental, el MAVDT se compromete a enviar tres delegados como mínimo: uno responsable del área socio cultural, otro del área productiva y otro especialista técnico en medio ambiente. 5.
De igual forma, el MAVDT se compromete a realizar al menos dos