“PROGRAMA DE INTERVENCIÓN EN LOS CENTROS DE COMPENSATORIA” El área de compensación educativa en el decreto 213/1995 en su artículo 10. 1. El área de compensación educativa comprenderá todas las actuaciones dirigidas al sector dela población escolar que por razones sociales, económicas o geográficas encuentran dificultades para una progresión normal en su proceso de aprendizaje. Es importante destacar que esta área tiene como objetivo la normalización del proceso de aprendizaje del alumnado que se encuentra en situación de desventaja por esas tres causas. 2. Las funciones especializadas del área de compensación educativa serán las siguientes: a) Impulsar y coordinar las actuaciones y programas de compensación educativa de carácter externo o institucional que se desarrollen en su zona, promovidas por la Consejería de Educación y Ciencia. b) Asesorar a los profesores y profesoras de los Centros docentes en el diseño y aplicación de estrategias, técnicas y programas específicos de compensación educativa integrados en el Proyecto Curricular del Centro. c) Asesoramiento a los centros en el análisis de las situaciones de riesgo o desventaja en que determinados grupos de alumnos y alumnas pudieran encontrarse y proponer las actuaciones pedagógicas que se consideren pertinentes para compensar con intervenciones concretas dicha situación.TIFICACIÓN Tutores y tutoras, profesorado de apoyo, familias y alumnado en situación de desventaja socio-cultural de los Centros con Planes de Compensación Educativa según orden de 26 de febrero de 2004 (BOJA 52, 16-3-04). • Asesorar al profesorado en el desarrollo del currículo sobre el ajuste del proceso de enseñanza-aprendizaje a las necesidades del alumnado. • Participar en el diseño y aplicación de programas específicos de compensación educativa a grupos de alumnos. • Favorecer los procesos de escolarización y seguimiento escolar del alumnado con necesidades educativas especiales asociadas a condiciones sociales desfavorecidas. • Desarrollar acciones de intervención socio-educativa aportando información sobre las características del entorno, recursos educativos, culturales, sanitarios y socioeconómicos. • Promover la integración de las familias y el entorno en las actividades de los centros. • Identificar los centros que tienen autorizados el Plan de Compensación Educativa por laConsejería de Educación. Ver documento anexo en el punto 11 • Establecer un calendario de atención al centro: o Según la orden de Organización y funcionamiento en el artículo 10 apartado c se recoge: Los maestros de apoyo a la compensación educativa dedicarán un día fijo a la semana de atención en los centros que escolaricen a alumnado con necesidades educativas especiales asociadas a condiciones sociales desfavorecidas, ajustando su horario de permanencia en el centro al del profesorado del mismo. o En caso de que el número de centros supere las posibilidades de recibir la atención de un día fijo a la semana, se procederá a establecer la mejor propuesta de atención considerando las condiciones de recursos de la zona y otras tareas desempeñadas por este perfil profesional, en el seno del equipo. El Coordinador del EOE trasladará la propuesta al ETPOEP para su aprobación definitiva. • Analizar las actuaciones previstas en el Plan y elaborar una propuesta de intervención.
• Establecer conjuntamente con el centro (Equipo directivo, ETCP, ...) el acuerdo de actuaciones específicas a desarrollar en el mismo. El desarrollo completo del programa es prescriptivo para los EOEs en cuya zona de actuación se encuentren centros con planes aprobados por la Consejería de Educación. En caso de no contar con maestro de compensatoria se realizarán las actuaciones posibles correspondientes a las tareas propias del Orientador de referencia del centro y aquellas otras que en el seno del Equipo se determinen en función de los miembros que lo componen. En el caso contrario, el programa tendrá un desarrollo completo tanto en las actuaciones propias del maestro de compensatoria como las del orientador u orientadora de referencia. ASESORAMIENTO AL PROFESORADO: Dentro de este apartado se abordaría, eldesarrollo de programas de compensación educativa que, tras un análisis de necesidades,pueden suponer una ganancia significativa en estrategias, en habilidades, etc., a la hora de“afrontar” el Plan de Compensación Educativa. Muchas de estas acciones se encuentran definidas en los programas del Área de Acción Tutorial desarrollados por el orientador de referencia y otros miembros del EOE. Se pueden desarrollar actuaciones tales como: Las propias de los Programas de entrenamiento y mejora de habilidades cognitivas. De desarrollo de habilidades para relacionarse con los otros, Actividades para conocerse y para la mejora del autoconcepto. Estrategias de enseñar a pensar y a aprender por sí mismos, Técnicas de trabajo autónomo. ASESORAMIENTO A CENTROS: Detección previa a la escolarización del alumnado de riesgo. Estudio de necesidades educativas especiales por déficit sociocultural, como: analizar casos, recogida de información de los tutores y/o expediente académico de los alumnos, jefatura de estudios. Actualización del censo del alumnado con necesidades educativas especiales asociadas a situaciones sociales desfavorecidas. Participación en la Comisión de Compensación Educativa del Consejo Escolar del centro realizando funciones de asesoramiento Coordinación con otras entidades del entorno: servicios comunitarios, Delegación Municipal de Educación y de Servicios Sociales, Inspección, ONGs y entidades sin ánimo de lucro. Colaboración en la gestión de aquellos aspectos que se derivan de la aplicación del Plan,como facilitar medidas de carácter social: becas para las residencias escolares, ayudas de libros, ayudas para el aprovechamiento del ocio y el tiempo libre de estos alumnos. Trasvase a los centros de la información recogida previa a la escolarización o cuando ésta se realice. Análisis de necesidades de compensación educativa de los centros y del alumnado de riesgo en particular. Colaborar en el diseño de adaptaciones curriculares no significativas. Colaboración en el diseño de las programaciones de aula en grupos con alto índice de riesgo. Asesoramiento y participación en la búsqueda y selección de actividades curriculares adecuadas al nivel de competencia del alumnado. Colaboración con los equipos docentes y los ETCP. en la elaboración de los criterios
de evaluación y promoción del alumnado que presenta necesidades educativas especiales por desventaja sociocultural, enfermedad o desconocimiento del idioma... ATENCIÓN AL ALUMNADO: Actuaciones con el alumnado derivadas del diseño y aplicación de programas educativos a grupos de alumnos. Durante todo el curso. HUMANOS: Orientadores, maestros de apoyo a la compensación educativa, trabajadores sociales y otros miembros de los EOEs, según el caso. Equipos Directivos, tutores y especialistas de los centros Familias Inspección Educativa Servicios Sociales municipales/comunitarios Otras instituciones y asociaciones. MATERIALES: • Ley 1/1999 de 18 de noviembre, de Solidaridad en la Educación. • Circular de 8 de mayo de 2002, en la que se dan instrucciones sobre procedimientos a seguir por los centros docentes en caso de detección de maltrato al alumnado. Se reflejarán en los distintos documentos de registro para la planificación del curso y de las memorias finales la siguiente información: • Actuaciones realizadas en los centros destinadas al alumnado • Actuaciones realizadas en los centros destinadas a los profesores • Fechas y contenidos de las reuniones de la Comisión de Compensación Educativa del Consejo Escolar. • Evaluación final del Plan de Compensación educativa del Centro (una vez terminado el curso, en anexo independiente). Colaboración con el Servicio de Inspección en los procedimientos de evaluación que se establezcan desde ese Servicio.