SECRETARÍA DE DESARROLLO RURAL Y EQUIDAD PARA LAS COMUNIDADES REGLAS DE OPERACIÓN 2014 PROGRAMA PARA LA RECUPERACIÓN DE LA MEDICINA TRADICIONAL Y LA HERBOLARIA EN LA CIUDAD DE MÉXICO
44
GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL
31 de Enero de 2014
XI. ARTICULACIÓN CON OTROS PROGRAMAS SOCIALES No se articula con otros programas sociales REGLAS DE OPERACIÓN 2014 PROGRAMA PARA LA RECUPERACIÓN DE LA MEDICINA TRADICIONAL Y LA HERBOLARIA EN LA CIUDAD DE MÉXICO INTRODUCCIÓN. El Gobierno del Distrito Federal en la promoción y la atención a la salud, figurando como una prioridad ante los diversas enfermedades que se están presentando y su afectación a la población, situación que particularmente se torna difícil para la población indígena, ya que por su condición de marginación, pobreza y vulnerabilidad, muchas veces es excluida de los servicios de salud y en contadas ocasiones tienen acceso a los métodos tradicionales de atención. Así mismo, la práctica de la herbolaria ha quedado marginada al grado tal que se están perdiendo numerosas especies nativas y necesarias para la práctica de la medicina tradicional. Para el Gobierno del Distrito Federal dentro de los retos que se presentan para el desarrollo en el ámbito social se encuentra el reforzar los sistemas preventivos de salud debido a la creciente tasa de mortalidad por causa de enfermedades crónicodegenerativas, así como a los problemas asociados a la obesidad y sobrepeso, afectando de manera importante el bienestar de la población y el alcance de los recursos para la salud y seguridad social. En este sentido, el Programa General de Desarrollo del Distrito Federal (PGD) 2013-2018 establece que el Distrito Federal, al igual que el resto del país, presenta una transición epidemiológica que se caracteriza por el predominio cada vez mayor de enfermedades crónico-degenerativas, problemática que igualmente se acentúa en la Ciudad de México por los efectos negativos de la contaminación atmosférica y el cambio climático, lo cual se asocia a una dinámica urbana desordenada que limita la competitividad de la ciudad y propicia daños a los sistemas naturales y a la salud, particularmente de las personas en situación de vulnerabilidad. De esta manera, ante las condiciones de salud descritas, es importante ofrecer alternativas de atención a los habitantes de nuestra ciudad, que puedan incidir en sus niveles de bienestar, por lo que la Medicina Tradicional y la Herbolaria emergen como una opción asequible. Aproximadamente 3,000 especies de plantas mexicanas tienen usos medicinales y el 90% de la flora medicinal de México se encuentra en estado silvestre. En las zonas rurales de la Ciudad de México existe una amplia e importante diversidad de especies medicinales y aromáticas las cuales tienen potencial agronómico, fitoquímico, farmacológico y clínico además de la implicación cultural, social y económica que de ello deriva, de ahí la importancia de desarrollar el rescate, conservación y cultivo de dichas especies de manera sustentable es por esto que se concibe a la herbolaria como un recurso estratégico de vital importancia que forma parte de la cultura de los pueblos originarios y comunidades indígenas, teniendo en cuenta que el desarrollo de las comunidades rurales depende de sus recursos naturales, tradiciones y costumbres que en su conjunto dan la identidad de los pueblos. I.
DEPENDENCIA O ENTIDAD RESPONSABLE
La Secretaría de Desarrollo Rural y Equidad para las Comunidades (SEDEREC), a través de la Dirección General de Equidad para los Pueblos y Comunidades (DGEPC), es responsable de la ejecución de las Reglas de Operación 2014 establecidas para el Programa para la Recuperación de la Medicina Tradicional Mexicana y la Herbolaria en la Ciudad de México.
31 de Enero de 2014
GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL
45
II. OBJETIVOS Y ALCANCE Objetivo General. Fomentar, difundir, capacitar, rescatar y conservar la práctica de la Medicina Tradicional Mexicana para coadyuvar en la atención primaria de la salud, así como contribuir en la promoción a una sana alimentación. De igual forma el cultivo, rescate, difusión y conservación de las plantas medicinales y aromáticas. Objetivos específicos. • • •
Difundir la práctica de la Medicina Tradicional Mexicana Fomentar y capacitar en medicina tradicional mexicana y cultivo de plantas medicinales y aromáticas nativas; Fomentar el conocimiento de las técnicas, modo de preparación y propiedades de las plantas medicinales para el alivio o prevención de enfermedades (Herbolaria). • Promover la difusión, monitoreo y seguimiento de las actividades operativas del programa. Alcances Con el Programa Social para la Recuperación de la Medicina Tradicional y Herbolaria de la ciudad de México, se pretende contribuir al rescate de la medicina tradicional mexicana y la herbolaria en la Ciudad de México, reconociendo el trabajo de las y los médicos tradicionales en sus prácticas ancestrales, coadyuvando al ejercicio del derecho a la salud, la cultura y derechos indígenas. El Programa Social a través de estas Reglas de Operación promueve la inclusión y desarrollo social con ayudas que beneficien a la población indígena, de pueblos originarios y comunidades de distinto origen nacional, se aplicará la política de género que promueve el Gobierno del Distrito Federal para el acceso al Programa Social y asegurar las condiciones igualitarias entre Mujeres y Hombres con el pleno ejercicio de sus derechos humanos garantizando la igualdad en el trato y no discriminación, y cumplir con los objetivos del Segundo Programa de Igualdad de Oportunidades para Hombres y Mujeres del Distrito Federal, el Programa de Derechos Humanos del Distrito Federal (PDHDF). III. METAS FÍSICAS El presente programa apoyara al menos a 55 personas, las cuales coadyuvan al cumplimiento de las actividades programáticas: Las metas físicas para 2014 son las siguientes: OBJETIVOS ESPECÍFICOS Difundir la práctica de la Medicina Tradicional Mexicana mediante la habilitación de espacios y realización de jornadas de medicina tradicional mexicana. Fomentar y capacitar en medicina tradicional mexicana y cultivo de plantas medicinales y aromáticas nativas. Fomentar el conocimiento de las técnicas, modo de preparación y propiedades de las plantas medicinales para el alivio o prevención de enfermedades (Herbolaria). Realizar acciones de formación, difusión, monitoreo y seguimiento de las actividades operativas del programa para propiciar la participación social.
METAS DE RESULTADOS Al menos 10 personas Al menos 15 personas Al menos 20 personas
Al menos 10 personas
46
GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL
31 de Enero de 2014
IV. PROGRAMACIÓN PRESUPUESTAL El presente programa ejercerá un monto inicial para el año 2014 de $4´168,469.00 del capítulo 4000, mismo que podría verse afectado por ampliaciones o disminuciones que la autoridad competente llegue a definir. En el caso de que pueda convenirse concurrencia de recursos o convocatoria conjunta con alguna otra instancia sea del sector público local, federal, o privado, se utilizarán los recursos disponibles, y podrá incrementarse el número de proyectos, la cantidad de ayudas y el monto de las mismas. Para llevar a cabo las necesidades y objetivos del Programa Social mediante estas Reglas de Operación, se tiene previsto ejercer el presupuesto programado de la siguiente manera: OBJETIVOS ESPECÍFICOS
MONTO UNITARIO
Difundir la práctica de la Medicina Tradicional Mexicana mediante la habilitación de espacios y realización de jornadas de medicina tradicional mexicana. Fomentar y capacitar en medicina tradicional mexicana y cultivo de plantas medicinales y aromáticas nativas. Fomentar el conocimiento de las técnicas, modo de preparación y propiedades de las plantas medicinales para el alivio o prevención de enfermedades (Herbolaria). Realizar acciones de formación, difusión, monitoreo y seguimiento de las actividades operativas del programa para propiciar la participación social.
Hasta $70,000.00
FRECUENCIA DE MINISTRACIONES Única ocasión
Hasta $20,000.00 Única ocasión Hasta $ 100,000.00 Única ocasión
Hasta 13 ministraciones.
V. REQUISITOS Y PROCEDIMIENTOS DE ACCESO Requisitos de Acceso Los requisitos, formas de acceso y criterios de selección son públicos y estarán visibles en las ventanillas de acceso y en la página electrónica de la Secretaría, www.sederec.df.gob.mx. El trámite de acceso al programa deberá realizarlo directamente la o el interesado, independientemente de su pertenencia a alguna organización social. No podrán acceder a los beneficios del Programa Social las y los servidores públicos que realicen funciones operativas dentro de los mismos, en los términos de la legislación aplicable. Sólo se podrá ingresar una solicitud de acceso a un sólo programa de la SEDEREC. Si en el caso de selección de las solicitudes se observa que una misma persona haya ingresado su solicitud a más de un programa de la Secretaría, o que el proyecto sea para un mismo predio, se anulará el proceso de selección y se le informará al solicitante o representante legal. Sólo se presentará una solicitud por persona interesada y por componente de cualquier programa de la institución, y cuando se trate de proyecto, será dentro del predio en el cual se aplicará la ayuda o sobre aquel del que cuente con la autorización expedida por la autoridad competente para llevar a cabo el proyecto, cuando aplique. Para proyectos de continuidad aplican los requisitos citados en esta Regla de Operación.
31 de Enero de 2014
GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL
47
Las recepciones de solicitudes para el acceso al Programa Social cuando medie Convocatoria o por Demanda, se llevará a cabo en las Ventanillas o unidades administrativas que se señalen en esta Reglas de Operación en un horario de 10:00 a 15:00 horas, excepto en días inhábiles. Requisitos para personas en lo individual Practicantes en Medicina Tradicional 1. Presentar solicitud por escrito, disponible en la Ventanilla de acceso al Programa. 2. Copia legible y original para cotejo de su identificación oficial vigente (IFE, Pasaporte, Cédula Profesional, Licencia de Conducir, Documento Migratorio). 3. Copia legible y original para cotejo de su comprobante de domicilio, con una vigencia de al menos tres meses. (Servicios o constancia de domicilio expedida por autoridad competente). 4. Copia del Registro Federal de Contribuyentes (RFC) con homoclave expedido por el Servicio de Administración Tributaria. 5. Copia de la Clave Única de Registro de Población (CURP). 6. Llenado de cédula de evaluación socioeconómica, debidamente requisitada. 7. Carta, “Bajo protesta de decir verdad”, de que no tiene adeudos por ayudas otorgadas en otros ejercicios fiscales de los programas de la SEDEREC y que no recibe, ni recibirá o solicitará ayudas de otros programas de la Secretaría, durante el año 2014 (disponible en la ventanilla correspondiente). 8. Carta del solicitante en el cual manifieste su compromiso para brindar facilidades a las personas que la SEDEREC designe, para la supervisión de las actividades del proyecto (disponible en la ventanilla correspondiente). 9. Proyecto por escrito en original firmado y rubricado por la o el solicitante, acompañado por copia en disco compacto en los términos establecidos en la Convocatoria, así como una exposición previa del proyecto ante los integrantes del Comité Técnico Interno cuando así lo requiera la Subdirección de Planificación. 10. Ser practicante de medicina tradicional (Se les llama curanderos, médicos tradicionales o terapeutas tradicionales, a las personas que ofrecen algún servicio para prevenir las enfermedades, curar o mantener la salud individual, colectiva y comunitaria, enmarcada su práctica y conocimiento en la cosmovisión del sistema indígena tradicional). 11. Acreditar ser propietario o en su caso tener la posesión legal del bien inmueble en donde se llevará a cabo el proyecto, comprobando mediante copia de la resolución presidencial relativa a bienes ejidales o comunales, escritura, contrato de compra–venta, donación; contrato de arrendamiento, comodato o carta de posesión emitida por autoridad competente. 12. Los demás requisitos adicionales o especificaciones particulares que señale la convocatoria, lineamiento específico o acuerdo del Comité Técnico Interno. Requisitos para personas en lo individual Realizar Talleres, Diplomados o Seminarios
48
GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL
31 de Enero de 2014
1. Presentar solicitud por escrito el o la solicitante, disponible en la ventanilla de acceso al Programa. 2. Copia legible y original para cotejo de su identificación oficial vigente (IFE, Pasaporte, Cédula Profesional, Licencia de Conducir o Documento Migratorio l). 3. Copia legible y original para cotejo de su comprobante domicilio, con una vigencia de al menos tres meses. (Servicios o constancia de domicilio expedida por autoridad competente). 4. Copia del Registro Federal de Contribuyentes (RFC) con homoclave expedido por el Servicio de Administración Tributaria. 5. Copia de la Clave Única de Registro de Población (CURP). 6. Llenado de cédula de evaluación socioeconómica, debidamente requisitada. 7. Carta, bajo protesta de decir verdad, de que no tiene adeudos por ayudas otorgadas en otros ejercicios fiscales de los programas de la SEDEREC y que no recibe, ni recibirá o solicitará ayudas de otros programas de la Secretaría durante el año 2014 (disponible en la ventanilla correspondiente). 8. Carta del solicitante en el cual manifieste su compromiso para brindar facilidades a las personas que la SEDEREC designe, para la supervisión de las actividades del proyecto (disponible en la ventanilla correspondiente). 9. Proyecto por escrito en original firmado y rubricado por la o el solicitante, acompañado por copia en disco compacto en los términos establecidos en la Convocatoria, así como una exposición previa del proyecto ante los integrantes del Comité Técnico Interno cuando así lo requiera la Subdirección de Planificación. 10. Los demás requisitos adicionales o especificaciones particulares que señale la convocatoria, lineamiento específico o acuerdo del Comité Técnico Interno. Requisitos para personas en lo individual Cultivo, producción, conservación, rescate, transformación, tecnificación, industrialización, transferencia de tecnología y difusión de la Herbolaria PROYECTOS DE HERBOLARIA 1. Presentar solicitud por escrito el o la solicitante, disponible en la ventanilla de acceso al Programa. 2. Copia legible y original para cotejo de su identificación oficial vigente (IFE, Pasaporte, Cédula Profesional, Licencia de Conducir, Documento Migratorio). 3. Copia legible y original para cotejo de su comprobante domicilio, con una vigencia de al menos tres meses. (Servicios o constancia de domicilio expedida por autoridad competente). 4. Copia del Registro Federal de Contribuyentes (RFC) con homoclave expedido por el Servicio de Administración Tributaria. 5. Copia de la Clave Única de Registro de Población (CURP). 6. Llenado de cédula de evaluación socioeconómica, debidamente requisitada. 7. Carta, bajo protesta de decir verdad, de que no tiene adeudos por ayudas otorgadas en otros ejercicios fiscales de los programas de la SEDEREC y que no recibe, ni recibirá o solicitará ayudas de otros programas de la Secretaría durante el año 2014 (disponible en la ventanilla correspondiente).
31 de Enero de 2014
GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL
49
8. Carta del solicitante en el cual manifieste su compromiso para brindar facilidades a las personas que la SEDEREC designe, para la supervisión de las actividades del proyecto (disponible en la ventanilla correspondiente). 9
Proyecto por escrito en original firmado y rubricado por la o el solicitante, acompañado por copia en disco compacto en los términos establecidos en la Convocatoria así como una exposición previa del proyecto ante los integrantes del Comité Técnico Interno cuando así lo requiera la Subdirección de Planificación.
10 Carta compromiso en la que manifiesten su decisión de proteger los recursos naturales y no cambiar el uso de suelo del terreno donde se llevará a cabo el proyecto, realizar las actividades del proyecto y sólo adquirir los bienes y servicios que se autoricen, cuando se trate de proyectos productivos. 11 Copia simple y original para cotejo de la solicitud de trámite de la opinión en materia de uso de suelo, emitida por la delegación que le corresponda. La copia legible y original para cotejo de la opinión positiva y/o negativa deberá entregarse en la ventanilla correspondiente dentro de los 30 días naturales posteriores al cierre de la misma. En caso de no dar cumplimiento a este punto se cancelará la solicitud. 12 Si la opinión de uso de suelo determina la tramitación de algún resolutivo en materia ambiental ante la Secretaría del Medio Ambiente (SEDEMA), como la manifestación del impacto ambiental del proyecto de conformidad a lo establecido en la Ley Ambiental del Distrito Federal o estudio preventivo, la solicitud de apoyo tramitada ante la SEDEREC será cancelada. 13 Para los proyectos de difusión no se requerirá la opinión de uso de suelo. 14 Los demás requisitos adicionales o especificaciones particulares que señale la convocatoria, lineamiento específico o acuerdo del Comité Técnico Interno. Requisitos para personas en lo individual Formación, Difusión, Monitoreo y Seguimiento del Programa Social 1. Presentar solicitud por escrito la o el solicitante, disponible en la ventanilla de acceso al Programa. 2. Copia legible y original para cotejo de su identificación oficial vigente (IFE, Pasaporte, Cédula Profesional, licencia de conducir, documento migratorio, u otro que especifique la convocatoria o lineamiento específico). 3. Copia legible y original para cotejo de su comprobante de domicilio con una vigencia de al menos tres meses (de servicios o constancia de domicilio expedida por autoridad competente). 4. Copia legible del Registro Federal de Contribuyentes (RFC) con homoclave, del solicitante expedida por el Servicio de Administración Tributaria. 5. Copia de la Clave Única de Registro de Población (CURP). 6. Carta, bajo protesta de decir verdad, de que no tiene adeudos por ayudas otorgadas en otros ejercicios fiscales de los programas de la SEDEREC y que no recibe, ni recibirá o solicitará ayudas de otros programas de la Secretaría en el año 2014 (disponible en la ventanilla correspondiente). 7. Los demás requisitos adicionales o especificaciones particulares que señale la convocatoria, lineamiento específico o acuerdo del Comité Técnico Interno.
50
GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL
31 de Enero de 2014
Requisitos para Grupos de Trabajo El grupo deberá integrarse con un mínimo de 4 personas y deberá presentar copia y original para cotejo del Acta de Asamblea de la conformación del Grupo de Trabajo, con las especificaciones que la Convocatoria establezca 1. Presentar solicitud por escrito la o el solicitante, disponible en la ventanilla de acceso al Programa. 2. Copia legible y original para cotejo de su identificación oficial vigente de las y los integrantes del grupo de trabajo (IFE, Pasaporte, Cédula Profesional, Licencia de Conducir, Documento Migratorio). 3. Copia legible y original para cotejo de su comprobante del domicilio, con una vigencia de al menos tres meses de la o el representante del grupo de trabajo. (Servicios o constancia de domicilio expedida por autoridad competente). 4. Copia del Registro Federal de Contribuyentes (RFC) con homoclave expedido por el Servicio de Administración Tributaria de la o el representante del grupo de trabajo. 5. Copia de la Clave Única de Registro de Población (CURP) de la o el representante del grupo de trabajo. 6. Llenado de cédula de evaluación socioeconómica de cada integrante del grupo de trabajo, debidamente requisitada. 7. Carta, “Bajo protesta de decir verdad”, de cada integrante del grupo de trabajo, en la que manifiesten que no tiene adeudos por ayudas otorgadas en otros ejercicios fiscales de los Programas Sociales de SEDEREC y que no recibe, ni recibirá o solicitará ayudas de otros programas de esta Secretaría en el ejercicio 2014 (disponible en la ventanilla correspondiente). 8. Carta de cada integrante del grupo de trabajo en el cual manifiesten su compromiso para brindar facilidades a las personas que la SEDEREC designe, para la supervisión de las actividades del proyecto (disponible en la ventanilla correspondiente). 9. Acta de Asamblea original y copia de la conformación del grupo de trabajo en la cual se manifieste el acuerdo de llevar a cabo el proyecto y la designación de su representante. 10. Carta compromiso en la que se establezca que cada uno de los integrantes, solo forman parte de este grupo de trabajo para los efectos del programa. 11. Proyecto por escrito en original firmado y rubricado por la o el solicitante, acompañado por copia en disco compacto en los términos establecidos en la Convocatoria así como una exposición previa del proyecto ante los integrantes del Comité Técnico Interno cuando así lo requiera la Subdirección de Planificación. 12. Carta compromiso en la que manifiesten su decisión de proteger los recursos naturales y no cambiar el uso de suelo del terreno donde se llevará a cabo el proyecto, realizar las actividades del proyecto y sólo adquirir los bienes y servicios que se autoricen, cuando se trate de proyectos productivos. 13. Original y copia simple para cotejo de la solicitud de trámite de la opinión en materia de uso de suelo, emitida por la delegación que le corresponda. La copia legible y original para cotejo de la opinión positiva y/o negativa deberá entregarse en la ventanilla correspondiente dentro de los 30 días naturales posteriores al cierre de la misma. a. Encaso de no dar cumplimiento a este punto, se cancelará la solicitud.
31 de Enero de 2014
GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL
51
b. Si la opinión de uso de suelo determina la tramitación de algún resolutivo en materia ambiental ante la Secretaría del Medio Ambiente (SEDEMA), como la manifestación del impacto ambiental del proyecto de conformidad a lo establecido en la Ley Ambiental del Distrito Federal o estudio preventivo, la solicitud de apoyo tramitada ante la SEDEREC será cancelada. 14. Para los proyectos de difusión no se requerirá la opinión de uso de suelo. 15. Los demás requisitos adicionales o especificaciones particulares que señale la Convocatoria, lineamiento específico o acuerdo del Comité Técnico Interno. Para los casos de Grupos de Trabajo en el que alguno (s) de los integrantes sea sustituido durante el tiempo en que se lleve a cabo en cualquier etapa del proceso (desde recepción de documentos hasta antes de la firma de finiquito), deberán notificar por escrito a la SEDEREC, acompañado del Acta de Asamblea firmada por las personas que se retiran y los que se integran, quedando como responsabilidad del grupo de trabajo, en todo caso se deberá someter a la aprobación del Comité Técnico Interno. Procedimiento de Acceso Por Convocatoria El acceso al programa por convocatoria se hará personalmente en las ventanillas correspondientes dentro de las fechas y horarios publicados en las convocatorias, para los siguientes casos: • •
Difundir la práctica de la Medicina Tradicional Mexicana mediante la habilitación de espacios y realización de jornadas de medicina tradicional mexicana. Herbolaria
Procedimiento de Acceso Por Demanda El acceso al programa en la modalidad de demanda se hará personalmente en la Dirección General de Equidad para los Pueblos y Comunidades (DGEPC) dentro de los meses de enero agosto de 2014 en un horario de 10:00 a 15:00 horas de lunes a viernes, salvo los casos de días inhábiles. • •
Fomentar y capacitar en medicina tradicional mexicana y cultivo de plantas medicinales y aromáticas nativas, y realizar las jornadas de medicina tradicional. Realizar acciones de formación, difusión, monitoreo y seguimiento de las actividades operativas del programa para propiciar la participación social.
Procedimiento de Selección La selección de personas beneficiarias del Programa en su acceso por Convocatoria o Demanda conforme al procedimiento de revisión de las solicitudes y la evaluación socioeconómica y técnica, sustentada en la información y documentación, que se establecen en estas Reglas y sus Convocatorias, Lineamientos Específicos y acuerdos del Comité Técnico Interno, le proporcione la o el solicitante. Solamente las solicitudes que hayan cubiertos todos los requisitos establecidos en estas Reglas y las convocatorias correspondientes y hayan obtenido un número de folio por la ventanilla, tendrán derecho de ingresar al procedimiento de selección.
52
GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL
31 de Enero de 2014
En los casos en que aun habiendo obtenido folio de ingreso y que en la revisión se constate que, ya sea la persona o el predio del proyecto, en su caso, también solicitó el ingreso a otros programas de la SEDEREC o que no cumpla con la entrega de la documentación adicional solicitada en los términos y plazos, o que se evidencie la falsedad en la documentación entregada, será razón suficiente para no incluirla en el procedimiento de selección. Los criterios socioeconómicos y técnicos de evaluación deberán ser aprobados por el Comité Técnico Interno de la SEDEREC y publicados en la página web de la dependencia www.sederec.df.gob.mx. En ningún caso se podrá solicitar o proceder de manera diferente a lo establecido. El Comité cuenta con el Subcomité de Equidad para los Pueblos y Comunidades (SEPC) para aprobar las solicitudes presentadas quien realizará el procedimiento de selección auxiliándose de una mesa de trabajo autorizada por el Comité Técnico Interno de la SEDEREC, para evaluar las solicitudes. Las calificaciones de la evaluación se harán en un rango de 0 a 100 puntos, siendo susceptibles de considerarse sujetos a aprobación los que reúnan al menos 70 puntos. Dependiendo de la suficiencia presupuestal se seleccionarán las solicitudes sujetas a aprobación que tengan de mayor a menor puntaje, pudiendo no aprobarse ayudas aun si están dentro del rango de los 70 a 100 puntos. La mesa de trabajo elaborará un dictamen previo por cada expediente en el que señalará el puntaje obtenido y elaborará un anteproyecto de dictamen general en el que se señale las solicitudes susceptibles de aprobación, así como las no aceptadas y las enviará a la o el coordinador del Subcomité de Equidad para los Pueblos y Comunidades (SEPC). Este proceso tendrá un lapso de hasta 40 días hábiles. Los expedientes se entregarán a la unidad administrativa o técnico-operativa correspondiente para su resguardo. Previo a que el Subcomité convoque al pleno para la dictaminación y aprobación de las solicitudes, deberá solicitar por escrito a la Dirección de Administración en la Secretaría de Desarrollo Rural y Equidad para las Comunidades, se otorgue la suficiencia presupuestal y se constate con ello que se tienen recursos disponibles para su aplicación dentro del Programa, conforme a la calendarización de los recursos que en observancia a la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal, deberán estar programados en atención a las metas contenidas en el Programa Operativo Anual 2014. Asimismo, el área responsable de la ejecución del Programa Social deberá vigilar que se cumplan las metas físicas señaladas en las presentes Reglas de Operación; por lo que no podrán llevar a cabo modificaciones al presupuesto otorgado, de una partida presupuestal a otra; hecha excepción de que se cuente con la autorización y/o aprobación del Comité Técnico Interno de la Secretaría de Desarrollo Rural y Equidad para las Comunidades, para lo cual se deberá contar invariablemente con la argumentación debidamente justificada que acredite y de soporte al cambio que se pretenda realizar. En el entendido de que en caso de no contarse con esta autorización, la Dirección de Administración no procederá a la tramitación de las afectaciones programáticas presupuestales ante la Secretaría de Finanzas. Por otra parte, las ayudas que se otorguen por concepto de actividades de monitoreo, evaluación y seguimiento de los proyectos se entreguen con motivo de la ejecución del Programa, se realizarán en dinero; por lo que hace a las otras ayudas deberán realizarse en primera instancia a través de especie, para lo cual la Dirección de Administración será el área facultada para ejercer el recurso a través de contrataciones conforme a la normatividad de la materia; y sólo en el caso en que así se autorice por el Comité Técnico Interno, se hará la entrega de las ayudas a los beneficiarios del Programa a través de dinero. En los casos y dependiendo de que se agote la suficiencia presupuestal, pero que eventualmente exista un aumento en la asignación de presupuesto, se considerarán las ayudas que sigan en la línea de mayor a menor puntaje de la lista de espera pública hasta agotar la suficiencia presupuestal. El Subcomité convocará a su pleno para dictaminar y aprobar las solicitudes. Una vez aprobado el dictamen lo enviará al Comité Técnico Interno de la SEDEREC para su autorización, mismo que no podrá exceder de 15 días hábiles; el Comité, una vez recibido el dictamen correspondiente autorizará, en su caso, las ayudas correspondientes y lo enviará a la Dirección General de Equidad de Pueblos y Comunidades (DGEPC para que proceda a solicitar la ayuda ante la Dirección de Administración en un plazo no mayor a 15 días hábiles.
31 de Enero de 2014
GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL
53
La simple presentación de la solicitud de ayudas ante la ventanilla no crea derecho a obtenerla. El listado de solicitudes que fueran aceptadas se publicará en la página web de la Secretaría así como en el estrado de la ventanilla correspondiente. Los tiempos para que las personas beneficiarias puedan acceder a la ayuda correspondiente dependerá de la autorización de la Secretaría de Finanzas del Gobierno del Distrito Federal. Los requisitos, formas de acceso y criterios de selección son públicos y estarán visibles en las ventanillas de acceso y en la dirección electrónica www.sederec.df.gob.mx. Para los casos de la Selección relacionada con las acciones de formación, difusión, monitoreo y seguimiento de las actividades operativas del Programa Social para propiciar la participación social, el Comité Técnico Interno podrá ratificar los folios que estuvieron vigentes el año anterior. Cuando existieran folios disponibles la selección de personas beneficiarias, se hará conforme al siguiente mecanismo. La Dirección General de Equidad para los Pueblos y Comunidades (DGEPC) recibirá las solicitudes y enviará el expediente que cumpla con las disposiciones de estas Reglas de Operación al Subcomité de Equidad para los Pueblos y Comunidades (SEPC), quien establecerá una mesa de trabajo para la evaluación de las solicitudes. Los criterios a evaluar son: a) Tener conocimientos y experiencia sobre los contenidos de los programas y reglas de operación de los mismos derivados de la entrevista (hasta 70 puntos). b) Cumplir plenamente con los requisitos establecidos para el acceso (hasta 30 puntos). El puntaje mínimo a ser considerado como posible beneficiario del programa es de 80 puntos. De acuerdo con las necesidades de los Programas Sociales de la SEDEREC y derivado del proceso de selección con base en los criterios autorizados por el Comité Técnico Interno, se otorgarán las ayudas de acuerdo a los siguientes niveles: Nivel A.- Personas que realizarán acciones de coordinación de las acciones Nivel B.- personas que realizarán acciones de formación y seguimiento Nivel C.- Personas que realizarán actividades de seguimiento y monitoreo Nivel D.- Personas que realizarán acciones de monitoreo Nivel E.- Personas que realizarán acciones de difusión y apoyo
del programa de que se trate;
Las actividades que se llevarán a cabo en materia de formación, difusión, monitoreo y seguimiento serán para los Programas y la correcta aplicación en el ámbito administrativo del mismo. La mesa de trabajo una vez concluidas las evaluaciones deberán ser firmadas por su responsable, elaborará la propuesta de dictamen para ser sometido al pleno del Subcomité correspondiente para su aprobación y posterior envío al Comité para la autorización del recurso correspondiente. El listado de solicitudes que fueran aceptadas se publicará en la página web de la Secretaría: www.sederec.df.gob.mx, así como en el estrado de la ventanilla correspondiente. Los tiempos para que las personas beneficiarias puedan acceder a la ayuda correspondiente dependerá de la autorización de la Secretaría de Finanzas del Gobierno del Distrito Federal. VI. PROCEDIMIENTOS DE INSTRUMENTACIÓN El procedimiento de instrumentación se sujetará a lo establecido en estas reglas salvo los casos que señale la convocatoria, lineamiento específico o acuerdo del Comité Técnico Interno.
54
GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL
31 de Enero de 2014
Difusión Las personas operativas de los programas, las ventanillas de acceso al programa, mediante la página web de la SEDEREC www.sederec.df.gob.mx y el Sistema de Información del Desarrollo Social www.sideso.df.gob.mx, difundirán las reglas de operación y convocatorias, mismas que estarán a disposición del público durante el proceso de instrumentación hasta la publicación de los resultados. Los interesados podrán solicitar información sobre el programa, reglas de operación y convocatorias en las ventanillas de acceso señaladas en Registro de estas Reglas de Operación, de lunes a viernes de 10:00 a 15:00 horas, excepto días no hábiles antes y durante el plazo de cierre del procedimiento de acceso. Registro El registro de las solicitudes para el acceso por Convocatoria será en un horario de 10:00 a 15:00 horas de lunes a viernes, con excepción de días inhábiles, en las siguientes ventanillas: VENTANILLA
PROGRAMA Y/O COMPONENTE
DOMICILIO Y TELÉFONO
PERSONA RESPONSABLE
Ventanilla No.7
Herbolaria y Medicina Tradicional
Avenida “Año de Juárez”, número 9700, colonia “Quirino Mendoza” en la Delegación Xochimilco. México D.F., Código Postal 16610. Teléfonos: 55140168 y 55330339
Responsable de la Ventanilla
Herbolaria y Medicina Tradicional
Calle Abraham González, No. 67, Colonia Juárez, C.P.06600, Delegación Cuauhtémoc, Distrito Federal. Teléfonos: 55140168 y 55330339
Responsable de la Ventanilla
Ventanilla No 7
Para los casos de Acceso por Demanda, se hará en la siguiente área técnica operativa: ÁREA
DOMICILIO
Dirección General de Equidad para los Pueblos y Comunidades
Calle Abraham González, No. 67, Colonia Juárez, C.P.06600, Delegación Cuauhtémoc, Distrito Federal. Teléfonos: 55140168 y 55330339
PERSONA RESPONSABLE Responsable del Programa
El solicitante recibirá folio de registro, fecha, hora, nombre y firma de la persona que le recepcionó y de la o el responsable de ventanilla mediante la cual ratifique que la documentación entregada es la que señala esta Regla de Operación y su Convocatoria.
31 de Enero de 2014
GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL
55
Solamente las solicitudes que hayan cubiertos todos los requisitos establecidos en estas Reglas y las convocatorias correspondientes y hayan obtenido un número de folio por la ventanilla, tendrán derecho de ingresar al procedimiento de selección. En los casos que aun habiendo un folio de ingreso y que en la revisión se constate que el interesado o el predio del proyecto en su caso, solicitó el ingreso a otros programas de SEDEREC, o que no cumpla con la entrega de la documentación adicional que se le requiera, en los términos y plazos estipulados, o que se evidencie la falsedad en la documentación entregada, será razón suficiente para no incluirle en los procedimientos de selección. Los datos personales de las personas beneficiarias del Programa Social, y la demás información generada y administrada, se regirán por lo establecido en las Leyes de Transparencia y Accesos a la Información Pública y de Protección de Datos Personales del Distrito Federal. De acuerdo al artículo 38 de la Ley de Desarrollo Social del Distrito Federal, todos los formatos incluyen la siguiente leyenda: “Este programa es de carácter público, no es patrocinado ni promovido por partido político alguno y sus recursos provienen de los impuestos que pagan todos los contribuyentes. Está prohibido el uso de este programa con fines políticos, electorales, de lucro y otros distintos a los establecidos. Quien haga uso indebido de los recursos de este programa en el Distrito Federal, será sancionado de acuerdo con la Ley aplicable y ante la autoridad competente.” Los formatos y trámites son gratuitos Operación Una vez cerrado el período de recepción de solicitudes, la o el responsable de la ventanilla integrará los expedientes y se los entregará a la mesa de trabajo que se instaure para llevar a cabo la evaluación de las solicitudes ingresadas y la inspección de campo cuando proceda. La mesa de trabajo elaborará un dictamen previo por cada expediente en el que señalará el puntaje obtenido, y elaborará un anteproyecto de dictamen general en el que señale las solicitudes susceptibles de aprobación, así como las no aceptadas y los enviará al Subcomité de Equidad para los Pueblos y Comunidades. El Subcomité convocará a su pleno para dictaminar y aprobar las solicitudes. Una vez aprobado el dictamen lo enviará al Comité Técnico Interno de la SEDEREC para su autorización, mismo que no podrá exceder de 15 días. El Comité, una vez recibido el dictamen correspondiente, autorizará, en su caso, las ayudas en especie y/o en dinero correspondientes y lo enviará a la DGEPyC para que proceda a solicitar el trámite ante la Dirección de Administración en un plazo no mayor a 15 días. Para el caso de las ayudas que se entregarán en especie, la Dirección de Administración llevará a cabo los procedimientos de adjudicación y/o contratación respectivos y comunicará al área responsable para que se informe a los beneficiarios las fechas en que se harán las entregas de las ayudas en especie. Tratándose de las ayudas que hayan sido autorizadas por el Comité Técnico Interno, la Dirección de Administración revisará que la información y documentación esté debidamente integrada, antes de gestionar el pago ante la Secretaría de Finanzas del Gobierno del Distrito Federal. En el caso de que se requiera subsanar alguna información o documentación faltante, lo hará del conocimiento por escrito al área sustantiva, con la finalidad de que se corrija la información o documentación y nuevamente se remita a la Dirección de Administración para la continuación del trámite. Si la información y documentación está completa, la Dirección de Administración ingresará la solicitud de la ayuda al Sistema de la Secretaría de Finanzas del Gobierno del Distrito Federal. La Dirección de Administración notificará a la unidad administrativa correspondiente, de la disponibilidad de los recursos, para que ésta lo comunique a la persona beneficiaria por el mejor medio que considere; asimismo, la unidad administrativa deberá publicar el listado de las solicitudes autorizadas en los estrados de la ventanilla receptoras en la página web de la Secretaría www.sederec.df.gob.mx.
56
GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL
31 de Enero de 2014
Supervisión y control Previo a la entrega del recurso la DGEPC convocará a las y los solicitantes aceptados a una sesión de orientación sobre los compromisos que adquiere y las formas de comprobar el desarrollo de la ayuda. En virtud de que las ayudas que otorga la SEDEREC con base en el objetivo general establecido en estas Reglas, y de que no se trata de recibir de las y los beneficiarios alguna contraprestación, el comprobante que entregará la o el beneficiario al momento de recibir la ayuda será el recibo simple firmado por la o el solicitante de la ayuda o quien posea y acredite ser la o el representante legal. Previo a la entrega del recurso el beneficiario deberá participar en un taller propedéutico para recibir la orientación y capacitación para el establecimiento del proyecto y así lograr su apropiación y garantizar su éxito El proyecto debe llevarse a cabo en el domicilio establecido en la solicitud, no se permitirá el cambio de domicilio, de lo contrario se cancelará el proyecto (exceptuando aquellos casos especiales que se someterán a estudio). En caso de que se cambie de domicilio la propiedad propuesta no será susceptible de ayuda en ninguno de los componentes del programa. En los casos en que se suscriba convenio para el otorgamiento de la ayuda correspondiente, se establecerá una cláusula ex profeso para la comprobación de los recursos recibidos, misma que indicará las formas y fechas de su realización; en el entendido de que dicho convenio deberá establecer una serie de entregables que formarán parte del expediente y con los cuales quede acreditado que los recursos se destinaron para los fines que fueron otorgados; dichos entregables quedarán en resguardo del área responsable de la ejecución del programa, pero estarán a disposición de la Dirección de Administración para efectos de proporcionar evidencia dentro de alguna revisión o auditoría que se practique por los órganos fiscalizadores internos o externos, o que sean requeridas por alguna otra instancia del Gobierno del Distrito Federal. Las personas que designe la unidad administrativa o técnico operativa correspondiente, deberán realizar las acciones de seguimiento de las ayudas, cuando corresponda, e involucre a las y los beneficiarios en este proceso. Cuando se constate que la aplicación de los recursos no se ha apega a lo establecido en estas Reglas de Operación y al Convenio respectivo, se auxiliará de la Subdirección de Normatividad y Apoyo Jurídico de la SEDEREC para determinar las acciones correspondientes. La información resultado de este proceso, estará disponible en el portal de la SEDEREC www.sederec.df.gob.mx publicándose el nombre del Programa Social, Componente y/o Concepto, número de folio, nombre del beneficiario-a y en su caso, nombre del proyecto. VII. PROCEDIMIENTO DE QUEJA O INCONFORMIDAD CIUDADANA Aquellos solicitantes que consideren vulnerados sus derechos al no ser incluidos en el Programa Social o que se incumplieron sus garantías de acceso, podrán presentar en primera instancia ante la DGEPC su inconformidad por escrito, ó recurrir ante la Contraloría Interna en la SEDEREC ubicada en Abraham González No. 67, Colonia Juárez, Delegación Cuauhtémoc, C.P. 06600, Distrito Federal. VIII. MECANISMO DE EXIGIBILIDAD La Secretaría de Desarrollo Rural y Equidad para las Comunidades a través de la Dirección General de Equidad de Pueblos y Comunidades (DGEPC) está obligada a garantizar el cumplimiento de las presentes Reglas de Operación en los términos y plazos que la misma define y, en caso de no ser así, las y los solicitantes y beneficiarios del programa deberán hacerlo exigible en la DGEPC, ubicada en Abraham González No. 67, Colonia Juárez, Delegación Cuauhtémoc, C.P. 06600, Distrito Federal.
31 de Enero de 2014
GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL
57
Las y los integrantes del Subcomité de Equidad para los Pueblos y Comunidades y la DGEPC tienen el deber de conocer sobre los derechos aplicables a este programa, así como de atender las solicitudes que sobre el respecto les formule la ciudadanía y darles a conocer el nombre de las y los servidores públicos encargados del programa y sus componentes. En caso de omisión de la autoridad competente sobre la publicación de los resultados de los proyectos beneficiados del programa del ejercicio fiscal correspondiente, la o el ciudadano tiene el derecho de exigir la difusión de los listados correspondientes, respetando las restricciones que establece la Ley de Protección de Datos Personales. IX. MECANISMOS DE EVALUACIÓN Y LOS INDICADORES Los indicadores que medirán el resultado de los objetivos específicos son: Promover la habilitación de espacios y práctica de la medicina tradicional mexicana con al menos 8 proyectos evaluando el porcentaje de proyectos revisados. Indicador: (Número de proyectos autorizados /total de proyectos) x 100. Fomentar el cultivo, producción, conservación, rescate, transformación, tecnificación, industrialización, transferencia de tecnología y difusión de la herbolaria con al menos 15 ayudas evaluando el porcentaje de proyectos con capacitación. Indicador: (Número de proyectos autorizados /total de proyectos) x 100. Impartir talleres, diplomados o seminarios sobre medicina tradicional mexicana y herbolaria con al menos 10ayudas evaluando el porcentaje de proyectos con capacitación. Indicador: (Número de proyectos autorizados /total de proyectos) x 100. Realizar acciones de formación, difusión, monitoreo y seguimiento de las actividades operativas del programa para propiciar la participación social con al menos 10 ayudas evaluando el porcentaje de proyectos con monitoreo y seguimiento. Indicador: (supervisiones / Número de proyectos autorizados) * 100 Evaluación Interna Al término del procedimiento de instrumentación y una vez cumplidos las disposiciones de los convenios relacionadas con los beneficios, y conforme al artículo 42 de la Ley de Desarrollo Social del Distrito Federal, establece que los resultados de las evaluaciones internas serán publicadas y entregadas en un plazo no mayor a seis meses después de finalizado el ejercicio fiscal. La Evaluación Interna se realizará con apego a lo establecido en los Lineamientos emitidos por el Consejo de Evaluación del Desarrollo Social del Distrito Federal y que los resultados se entregarán a las instancias que establece el artículo 42 antes mencionado. La evaluación interna estará a cargo de la Subdirección de Planificación. X. FORMAS DE PARTICIPACIÓN SOCIAL La DGEPC propiciará la participación del Consejo Consultivo de Equidad para los Pueblos Indígenas y Comunidades Étnicas en la Ciudad de México. XI. ARTICULACIÓN CON OTROS PROGRAMAS SOCIALES No se articula con otros Programas Sociales.