Consensos_y_Disensos

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27 AGOSTO 2009

Consensos y Disensos de las Propuestas para el Estatuto General Orgánico de la Universidad Autónoma de la Ciudad de México

Metodología para el análisis de las propuestas Para procesar la información de las propuestas de Estatuto General Orgánico que envió la Comunidad Universitaria fue preciso definir una metodología para procesar la información de manera objetiva, imparcial y transparente. El primer proceso para el análisis de las propuestas fue vaciar la información recibida por parte de la Comunidad Universitaria en el instrumento de sistematización, donde se definieron 3 grandes grupos: a) propuestas nuevas (completas y parciales), es decir aquéllas que llegaron en la segunda convocatoria de la CAL; b) Las propuestas anteriores (parciales y completas), que llegaron en la primera convocatoria; c) Comentarios y observaciones a la propuesta de EGO de la Comisión de Asuntos Legislativos El análisis de las propuestas se agrupó en 3 grandes temas: Órganos de Gobierno, Estructura Académica y Estructura Administrativa. 1. Órganos de Gobierno Las propuestas relativas a los órganos de gobierno se clasificaron en función de las siguientes instancias: Consejo Universitario La propuesta de los estudiantes del Plantel Casa Libertad considera que la estructura del Consejo Universitario debe ser como está actualmente. Por su parte, el documento del personal de la Contraloría establece una reducción de los integrantes del Consejo Universitario a 24 (10 estudiantes, 10 académicos y 4 administrativos). Además le otorga facultades específicas en relación a las auditorías y la evaluación administrativa. Javier de la Rosa et al. le agregan atribuciones a la Comisión de Asuntos Académicos del CU para proponer políticas de investigación. El documento de Basurto et al., considera que la integración del CU por cada plantel será en relación con el número de estudiantes matriculados e inscritos en el plantel. Esto hace un número menor de consejeros respecto a la integración actual. En total serían 24 consejeros (8 académicos, 8 estudiantes y 8 administrativos). El planteamiento que hacen González et al., también establece que haya una reducción del número de integrantes del Consejo Universitario pero manteniendo la paridad. Incorpora consejeros administrativos y un representante del sindicato. La elección es por plantel, independientemente del número de licenciaturas, postgrados o programas académicos institucionales. Gutiérrez et al., y Martínez Ledesma plantean que la máxima instancia académica (los Consejos Académicos Institucionales de Programa) constituirán al Consejo Universitario en mayor o menor proporción y toman las atribuciones del CU previstas en la ley; no establecen el número de consejeros que integran el CU.

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La propuesta de Salgado et al. considera que una de las atribuciones del Consejo Universitario es nombrar y remover al titular de la Contraloría. Daniela Gaxiola et al. consideran a la estructura del Consejo Universitario como está actualmente, a partir de la Ley y el Reglamento Interno del CU. Es facultad del Consejo Universitario convocar a la celebración de un Congreso General para la reforma o modificación del Estatuto Orgánico, de manera regular cada cuatro años. La propuesta de los profesores, estudiantes y administrativos de SLT incorpora al CU a los coordinadores de plantel, pero no a los representantes administrativos y le otorga a éste la facultad de aprobar nuevos planes de estudio propuestos por los planteles. No establece el número de consejeros, pero sí los actores que integran el CU. En la propuesta de los trabajadores administrativos se reduce el número de integrantes del Consejo Universitario basado en la adscripción actual en colegios y planteles, además de que da voto al representante administrativo y el presidente del CU es el Rector. El total de consejeros es de 37 (15 estudiantes, 15 académicos y 7 administrativos). Alejandro Montes plantea que la integración del CU sea de conformidad con el Reglamento Interno vigente. Finalmente Alejandro Moreno Corzo establece que el Consejo Universitario estará conformado por un delegado por cada cuerpo colegiado, en el caso de los profesores; y por un delegado por cada carrera en el caso de los estudiantes. La duración de su encargo será de dos semestres, salvo en el caso de ser revocados mediante acuerdo de su cuerpo colegiado Consensos: 1. Máximo órgano de gobierno de carácter legislativo y resolutivo en cuanto a la aprobación de Planes de Desarrollo, Planes y programas académicos y Políticas institucionales. 2. Le corresponde garantizar el cuidado y buena administración del Patrimonio Universitario, de ahí que apruebe y en su caso modifique el Presupuesto anual de ingresos y egresos de la UACM. 3. Su conformación y número de integrantes se reduce respecto de lo establecido en el actual CU. Disensos: 1. Hay diferentes maneras de integrar el CU dependiendo de la forma de organización académica que se defina. 2. En la atribución del CU para nombrar y revocar de su cargo al titular del la Contraloría General y la Tesorería. 3. Hay diferencias en la composición del CU 4. Tendrá a su cargo el nombramiento del Rector (se presentan disensos en el cómo) a) Designa a partir de una terna y convoca a elección (voto universal) por parte de la Comunidad Universitaria b) Designa a partir de una terna que le presenta el Consejo Asesor c) Designa a partir de una terna que la Comunidad Universitaria le presenta. d) Designa a partir de una terna que presenta otro órgano denominado Consejo Académico.

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Rector/ Rectoría En cuanto a la Rectoría se refiere, Basurto et Al., proponen que el Rector de la Universidad se encargue del área administrativa central y del área académica central. El Rector forma parte del Consejo Académico y coordina las actividades de vinculación interinstitucional. Tiene a su cargo la representeación legal de la universidad y garantiza el cumplimiento de los acuerdos del CU. Para ser electo debe ser miembro de la comunidad universitaria por votación directa de la comunidad a través de una terna propuesta por el CU. La duración del cargo es de 4 años, con posibilidad de reelección por un periodo adicional. A través de un mecanismo de ratificación o revocación del mandato se define la continuación del Rector. Gaxiola et al., proponen que el Rector es el representante legal de la Universidad. El periodo del encargo es de 4 años con posibilidad de una reelección por un periodo igual. El rector se ciñe a los acuerdos tomados en el CU y el Consejo Académico. Por otro lado, los profesores, administrativos y estudiantes de SLT plantean que el Rector tiene a su cargo la administración central de la Universidad y tiene que dar seguimiento al funcionamiento de los planteles. Los trabajadores administrativos establecen que el Rector es designado por el CU, que la duración del encargo es por 4 años con posibilidad de reelección por un periodo más. Tiene las atribuciones del quinto transitorio de la Ley y propone para nombramiento y ratificación al Tesorero, al Contralor, al abogado general y al Secretario General. Montes también plantea que la duración del cargo de Rector sea de 4 años, sin embargo, no hay posibilidad de reelección. Para asuntos de gran importancia consulta al Consejo Universitario y el Rector tiene la representación legal de la universidad. Consensos 1. Esta instancia tendrá la representación legal de la Universidad y desarrollará funciones de coordinación de la administración central, con la colaboración de un Secretario general. 2. Nombra a los funcionarios y titulares de las áreas que dirige. 3. Garantiza la ejecución de los acuerdos del Consejo Universitario Disensos 1. 2. 3. 4. 5.

Algunas propuestas no plantean explícitamente la existencia de la Rectoría. Que el Rector forme parte de la Comunidad Académica de la UACM o sea Externo. Que gestione sólo los asuntos académicos Que gestione sólo los asuntos administrativos Que se nombre Rectoría como una instancia administrativa y de gobierno central, con un responsable. 6. Que no rinda informes al CU. 7. Capacidad de veto de los acuerdos del CU. Consejo de Plantel Las propuestas de Martínez Ledesma, Gutiérrez y González consideran que los Consejos de Plantel tengan capacidades resolutivas en asuntos académicos y administrativos del Plantel. Su integración depende de los programas académicos y los Consejos Académicos Locales de Programa correspondientes. La propuesta de los estudiantes, profesores y administrativos de SLT considera que el Consejo Académico de Plantel es el máximo órgano de gobierno en los

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planteles. Estará integrado por el coordinador del plantel, un profesor por cada licenciatura y postgrado, un estudiante por cada licenciatura y postgrado. Tiene carácter resolutivo a nivel del plantel y será autónomo respecto de los demás consejos. Consensos 1. Instancia de Gobierno (como órgano) de carácter resolutivo en asuntos académicos y administrativos situados en los planteles. 2. Su integración debe garantizar la participación de académicos, estudiantes y administrativos. Disensos 1. Lo preside el Coordinador del Plantel 2. Lo preside el Secretario Académico de Plantel 3. El número de integrantes depende los programas académicos que existan en los planteles. 4. Que los consejos de plantel sean totalmente autónomos. Consejo Social Consultivo En cuanto a la integración del Consejo Social Consultivo, Basurto et Al., proponen que sean ciudadanos y académicos vinculados a la Educación Superior, mientras que Gaxiola y Reyes, plantean que éste sea una Instancia de asesoría de la UACM, conformada por actores sociales vinculados a la educación superior, la Comunidad Universitaria y la Secretaría de cultura del DF, entre otros. Martínez Ledesma plantea que éste se conformará con ciudadanos de las comunidades, pueblos u organizaciones sociales con las que la UACM establezca relaciones de colaboración. La duración del cargo de Consejero Social Consultivo es de dos años Consensos 1. Instancia de carácter consultivo y de seguimiento como lo establece el artículo 11 de la Ley. 2. Que se integre por actores sociales y personalidades relacionadas a la Educación Superior en México. 3. Que incorpore entres sus miembros a algún representante del Gobierno del DF. 4. Que entre sus miembros se contemplen egresados de la UACM. Disensos 1. 2. 3. 4. 5. 6.

Algunas propuestas presentan el órgano como consultivo y no de Gobierno. Que el representante del Gobierno pertenezca a la Secretaría de Cultura. Que el representante del Gobierno pertenezca a la Secretaría de Educación. Que haya un representante de la Asamblea Legislativa del DF. Que se conforme con representantes de la sociedad civil cercana a los planteles. Que sea una instancia sin capacidad resolutiva en asuntos legislativos y políticos de la UACM. 7. Que sea un buró de asesores de la Rectoría para cumplir con sus atribuciones otorgadas por la Ley.

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Consejo General Académico A este respecto, tanto Martínez Ledesma como Gutiérrez consideran que la figura de Consejo General Académico corresponde a un Congreso como la instancia de resolución y elaboración de políticas generales de la UACM. Plantea mesas de trabajo con miembros de la Comunidad que elaboran y presentan propuestas. García Garduño y los trabajadores administrativos coinciden en que la principal función de éste órgano de gobierno es la de establecer la directriz académica de la UACM. Se conforma con Consejeros estudiantes y académicos de cada Colegio además de los titulares de las Coordinaciones Académica, Colegio y plantel. Propone al CU la terna para ocupar cargo de Rector. Consensos 1. Se plantea como una instancia de discusión y definición de políticas de desarrollo de la Universidad, así como de asuntos académicos. Disensos 1. Algunas propuestas no plantean explícitamente la existencia de esta instancia. 2. Se plantea que no sea Consejo sino un Congreso General, que se realice periódicamente para tomar resoluciones que deberá aprobar el Consejo Universitario. 3. Se plantea que sea un Consejo General Académico que fije directrices para la vida académica de la institución, además de nombrar titulares de coordinaciones de carácter académico y proponer terna de Rector al Consejo Universitario. Consejo Asesor Las propuestas hechas tanto por el personal de la Contraloría como por los estudiantes, académicos y administrativos de SLT, así como los trabajadores administrativos, plantean que el Consejo Asesor debe ser conformado por personas externas pero reconocidas en el ámbito académico, y que tenga la función de aprobar normas y reglamentos. Esta instancia también autoriza planes y propone a los candidatos para ocupar el cargo de Rector. Consensos 1. Que se conforme con personas honorables y de prestigio en el ámbito académico. 2. Que sea un órgano colegiado. Disensos 1. Algunas propuestas no plantean explícitamente la existencia de esta instancia. 2. Que sea una instancia que apruebe reglas y normas transitorias o necesarias cuando existan vacíos en la normatividad aprobada 3. Que sea una instancia que apoya el encauzamiento de los principios y objetivos de la institución. 4. Que sea una instancia de gobierno y de dirección mediadora entre el CU y el Rector, cuando no hay acuerdos entre esas dos instancias y garantizar con esto la gobernabilidad.

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Secretaría General Barranco et al., plantean que la Secretaría General tenga atribuciones claramente administrativas, donde estén adscritas la Coordinación de Administración y de Apoyo Estudiantil. Se propone que las áreas administrativas y académico- administrativas sean coordinadas por un Secretario General que permita que el Rector delegue en él, tareas de carácter administrativo y académico administrativo. Gaxiola et al., proponen que la Secretaría General de la Universidad se integre por los representantes académicos y administrativos designados para este efecto por los Consejos generales Académico y de Administración. Además consideran que la Secretaría General coadyuvará con el Consejo Universitario y los Consejos Académico y de Administración, para la instrumentación de planeación general, los servicios a la comunidad estudiantil, la administración de los recursos humanos, obras y servicios, sistemas informáticos, investigación, difusión, vinculación y cooperación. Consensos 1. Creación de la Secretaría General con atribuciones claramente administrativas, donde estén adscritas áreas administrativas y académico- administrativas. Es una instancia que permite que el Rector delegue en él, tareas de carácter administrativo y académico administrativo. Disensos 1. Algunas propuestas no plantean explícitamente la existencia de esta instancia. 2. La designación del Secretario General es diferente en ambas propuestas: a. La designación la hace el Rector. b. El Consejo Universitario designa a partir de una terna propuesta del Rector, cada cuatro años. Contraloría General Martínez Ledesma plantea en su propuesta que el Contralor General será designado y nombrado por el Consejo Universitario. La duración del cargo será por cinco años. Salgado et al., proponen que El Contralor General será designado y nombrado por el Consejo Universitario, en votación, por un periodo de cuatro años y podrá ser reelecto para otro periodo igual por una sola vez, siempre y cuando no hubiere desempeñado el cargo con otro carácter. Por su parte los integrantes de la contraloría proponen los siguientes órganos de control y vigilancia: la Contaduría Mayor de Hacienda de la ALDF (externo) y Contralores Ciudadanos y Comisarios. Por otro lado la propuesta de Gutiérrez et al. plantea que El Contralor General será designado por el Consejo Universitario, cuya duración en el cargo será de cuatro años, con posibilidad de prórroga por un periodo adicional. Se establecen las atribuciones del Contralor General. Finalmente, Gaxiola et al., refieren que El Contralor General es el encargado de supervisar y controlar el ejercicio del gasto de la institución. Será designado y nombrado por el Consejo Universitario, en votación, en sesión extraordinaria con quórum de las dos terceras partes del Consejo y una votación de cuando menos la mitad más uno de los votos emitidos, por un periodo de cuatro años y podrá ser reelecto para otro periodo igual por una sola vez, siempre y cuando no hubiere desempeñado el cargo con otro carácter.

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Consensos 1. Se constituye como un órgano de control interno, técnico y especializado, encargado de verificar los ingresos y egresos de la Universidad, fiscalizar el buen uso de los recursos y vigilar el cumplimiento de las normas institucionales. Disensos 1. Algunas propuestas presentan el órgano como instancia de control y vigilancia y no de Gobierno. 2. Puede auditar instancias incluyendo a los órganos de gobierno. 3. Depende de la administración central 4. Se le otorga autonomía técnica y de gestión respecto de la Administración. Defensoría Universitaria Gaxiola et al., plantean en su propuesta que el Defensor de los Derechos Universitarios será designado por el Consejo Universitario a través del procedimiento definido para tal efecto en el Reglamento Interno de la Defensoría y durará en su cargo cuatro años. El Defensor de los Derechos Universitarios será auxiliado por dos Defensores Adjuntos, que durarán en su cargo cuatro años. Los Defensores Adjuntos serán nombrados y removidos por el Consejo Universitario, a propuesta del Defensor titular. El cargo de Defensor titular o adjunto es incompatible con cargos o nombramientos representativos o administrativos, tanto de la Universidad, como de los sectores público, social o privado. Consensos 1. No hay consensos ya que sólo hay una propuesta que la ubica en los Órganos de Gobierno. Se define como una instancia independiente, cuya función consiste en procurar el respeto de los derechos que la legislación universitaria establece. Disensos 1. Algunas propuestas presentan el órgano como instancia de seguimiento y de aplicación de sanciones referidas en el catálogo de normas de convivencia y no como un órgano de gobierno. Asamblea General Universitaria El personal de la contraloría establece en su propuesta que la Asamblea General Universitaria elige a los miembros del Consejo Universitario y aprueba con su voto el nombramiento del Rector. Designa a los contralores ciudadanos, quienes asisten en su representación a las juntas en los comités de obras, de adquisiciones, de informática, y de cualquier otro en donde se apruebe el ejercicio de recursos económicos. Por ser la única propuesta no hay consensos ni disensos.

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Consejo de Subcoordinaciones Plantea la creación de 6 consejos: Consejo de Plantel, Consejo de Difusión, Consejo de Vinculación y Extensión, Consejo Académico de la subcoordinación de Investigación en Humanidades y Ciencias Sociales, Consejo Académico de la subcoordinación de Investigación en Ciencia y Tecnología, consejo académico de la subcoordinación de Investigación en Ciencias y Humanidades. Estos consejos son resolutivos a nivel de Subcoordinación. Establece cómo se integran estos Consejos. Por ser la única propuesta no hay consensos ni disensos. 2. Estructura académica En cuanto a la estructura académica se analizaron las propuestas enviadas en la primera fase, por trabajadores administrativos, Barranco et al.; Javier de la Rosa; Samantha Zaragoza; Ana Helena Treviño; Basurto; García Garduño; Anayeli Salgado y Alejandro Moreno. Así mismo, se analizaron las propuestas de la segunda fase: de Profesores, Administrativos y estudiantes de SLT (enviada por Mauricio Sáez), trabajadores administrativos, Itzel Barrera, Alejandro Montes y Alejandro Moreno. Las propuestas que hacen alusión a la estructura académica se subdividieron en cuatro tipos: a) aquéllas que refieren a academias, colegios, programas, centros, etcétera, en función de la estructura actual de la UACM; b) las que se abordan planes y programas de estudio (licenciaturas y postgrados, así como programas académicos institucionales); c) aquéllas que plantean la estructura académica desde programas académicos y d) las que proponen una estructura académica diferente a las anteriores. a) Propuestas en función de la estructura actual Este grupo de propuestas tiene en común, independientemente de la particularidad de cada una, que la estructura académica del Estatuto General Orgánico debe ser la misma que existe actualmente, manteniendo los colegios, las academias y las instancias académicas de la rectoría. La propuesta de J. Carlos Barranco et al. establece que la coordinación académica se transforma en una secretaría académica a cargo de los colegios, academias, las áreas de certificación, servicio social y registro escolar. Se mencionan academias, colegios, Programas Especiales, Centros de Investigación e Institutos que tienen estructuras circulares y se vinculan con los estudiantes. La propuesta de Javier de la Rosa et al. (1.5) plantea las siguientes instancias: Consejo Académico de Colegio, Consejo de Investigación, Instancia de Investigación de la Rectoría y Enlaces de Investigación por Academia, Centro o Programa. Esta propuesta está centrada en la investigación, postula la autonomía en la investigación y orientada a la resolución de las problemáticas de la población de la Ciudad de México y de la República Mexicana, así como al uso sustentable de sus recursos, dando prioridad a las primeras. La investigación debe ser interdisciplinaria o transdisciplinaria. Establece estrategias para que las actividades de investigación se vinculen con la docencia, la difusión y la divulgación.

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La propuesta de Samantha Zaragoza et al., propone la organización de la investigación docente por colegios e inter colegios y área de investigación estudiantil por medio de la instancia de investigación de la Coordinación Académica. La propuesta de Helena Treviño et al., establece la necesidad de constituir, como parte de la organización académica, una estructura de evaluación y seguimiento aplicable a los programas de postgrado. Se propone la conformación de una Coordinación de Postgrado, el Consejo de postgrado, y coordinadores de cada postgrado. La propuesta de Basurto et al., instaura la organización académica por planteles, carreras y los tres colegios existentes. El consejo académico de cada Colegio y una coordinación académica colegiada representada por los tres colegios y la Rectoría. La propuesta de García Garduño et al., define la creación de un Comité General Académico, con representación de estudiantes, académicos por cada colegio, coordinadores de plantel y de colegio. Este Comité fijaría las directrices académicas generales para la UACM, nombraría coordinadores de plantel y de colegio, así como propondría al Consejo Universitario una terna para elegir al próximo Rector. Una discrepancia importante de esta propuesta respecto de las otras es que las instancias académicas tengan atribuciones de órganos de gobierno, de modo que puedan nombrar autoridades en la Universidad. El documento de Anayeli Salgado et al., mantiene la estructura académica tal como se encuentra, sin embargo sugiere mecanismos de elección de los Coordinadores de Colegio. La propuesta de Alejandro Moreno et al., menciona como instancias académicas a los Consejos de Colegio y las Coordinaciones de Colegio, de acuerdo con la estructura vigente y establece su forma de elección por la comunidad académica. En la segunda fase, el documento de los Profesores, Administrativos y Estudiantes de San Lorenzo Tezonco menciona las siguientes instancias: Secretaría Académica, Coordinaciones de Plantel, Subcoordinaciones Académicas, de Docencia, Difusión, Extensión y Vinculación, Investigación en Humanidades y Ciencias Sociales, Investigación en Ciencia y Tecnología, Investigación en Ciencias y Humanidades, así como Gestores de licenciatura y de Postgrado. Así mismo, plantea Programas Académicos (Centros e Institutos de Investigación). Por otro lado, descentraliza de las autoridades centrales los programas y actividades académicas, así como las académicooperativas y las administrativas. La propuesta de los trabajadores administrativos plantea la estructura y normatividad vigente, incorporando la figura del Consejo General Académico, la creación de los Coordinadores de Licenciatura, Centros de Investigación así como la definición de las academias. Propone la creación de Programas Académicos Institucionales, con una acepción de este término diferente a la de otras propuestas. Itzel Barrera et al., proponen la creación del Sistema Bibliotecario de la UACM adscrito a un área central. Se mencionan las instancias de Colegios y Coordinación Académica. No se define la composición de Colegio, pero se encuentra presente en el organigrama (página. 5).

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Alejandro Montes plantea que la Universidad cuente con academias por plantel, para realizar sus actividades docentes, de investigación, divulgación, extensión y cooperación, tanto disciplinarias como interdisciplinarias, mediante la normatividad vigente, y tomando como base los tres colegios existentes. Moreno Corzo et al. en su segunda propuesta, plantean una estructura académica por colegios y el proceso de elección democrática así como grupos académicos colegiados. b) Propuestas que se refieren a planes y programas de estudio (licenciaturas, posgrados y programas académicos institucionales). La propuesta de Estatuto General Orgánico que integró la Comisión de Asuntos Legislativos menciona las siguientes instancias: Planteles, Comité Académico, Programas Académicos Institucionales. Ésta alude a Planes y programas de estudio de licenciatura y posgrado vigentes así como a Programas Académicos Institucionales relacionados con las necesidades sociales y vinculados con dichos planes y programas de estudio. Una particularidad es la creación del Comité Académico para el desarrollo de la docencia, la investigación y/o creación, difusión de la cultura, la extensión y cooperación universitaria. c) Propuestas que plantean la estructura académica desde los Programas Académicos. Este grupo de propuestas coinciden en señalar a los Programas Académicos Institucionales como el eje de la estructura académica. Mantienen similitudes con el grupo d) en los programas y cómo operan. La propuesta de Juan Luis Martínez Ledesma define Programas Académicos Institucionales, Consejo Académico de Plantel, Comité Académico, Programas Académicos Locales y Consejo Académico Local de Programa. Establece que la labor interdisciplinaria y la integración de las tareas sustantivas se dan en los Programas Académicos Institucionales. Dichos programas serán propuestos por una Comisión de Investigación y aprobados por el CU en un plazo no mayor de 2 años (artículos 45-48, 56 numeral 1). En la propuesta de Carlos González et al., se plantean los Programas Institucionales, y se define su naturaleza, procedimiento para su aprobación, integración de sus órganos colegiados y operación presupuestal (artículos 13 a 18). Se proponen Proyectos académicos, de los que se define su naturaleza (artículos 19 a 22). Así como, el Programa de Educación Superior para Centros de Readaptación Social (PESCER), señalando su estructura (artículo 23) y los Centros de Lenguas, de los que se marca su organización (artículo 24). José Luis Gutiérrez et al. establecen que la actividad académica de la Universidad está comprendida en los Programas Académicos Institucionales, dichos Programas serán formulados por una Comisión de Investigación, y aprobados por el CU en un plazo no mayor de 2 años. Los Programas Académicos son instrumentos organizadores y no son instancias, lo cual constituye una diferencia de fondo con las demás propuestas que incluyen Programas Académicos. Además, se proponen instancias como el Consejo Académico Local de Programa, el Consejo Académico de Plantel y el Consejo Académico Institucional de Programa.

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d) Propuestas con otros tipos de estructura académica La propuesta de Daniela Andrade et al., incluye otro tipo de estructura académica al que existe actualmente y diferente a los Programas Académicos Institucionales. Establece que la estructura académica de la Universidad está organizada en torno a programas académicos conformados por las academias y centros, donde se instrumentan planes de estudio de licenciatura y posgrado y se articulan actividades de investigación, difusión, vinculación y cooperación. En esta propuesta se definen diez programas académicos. 3. Estructura administrativa Las propuestas administrativas se clasificaron en tres subgrupos: a) Las que conservan en lo fundamental el esquema vigente previsto en la Norma Número Cuatro, y que incorporan diferentes matices de la misma (Barranco, et al.; Moreno, et al.; Salgado, et al.; integrantes de la Contraloría General; trabajadores administrativos; Montes). b) Las que se derivan de una reestructuración profunda de la organización académica y de gobierno, sustentada en Programas Académicos Institucionales (Martínez; Gutiérrez, et al.; Andrade, et al.; González, et al.); y c) Las que señalan explícitamente la pertinencia de llevar a cabo un proceso de desconcentración o descentralización de las actividades a los planteles, en mayor o menor grado (Rosen, et al.; integrantes del plantel San Lorenzo Tezonco; Montes). Subgrupos: a) Las que conservan en lo fundamental el esquema vigente previsto en la Norma Número Cuatro, y que incorporan diferentes matices de la misma. Estas propuestas mantienen el esquema de coordinaciones centrales, dependientes de la Rectoría universitaria, que permite la implementación de políticas de carácter general y la realización de procesos administrativos homogéneos. Se proponen las siguientes líneas: Ordenación de las áreas de acuerdo con un esquema funcional (tecno-estructura, áreas de apoyo institucional, académico-administrativas y administrativas). Formalización del funcionamiento de la Secretaría General o la creación de una Secretaría Administrativa como instancia de apoyo a la Rectoría. Creación de una Secretaría Académica, como una instancia que coordine las áreas académicas. Creación y formalización de comités y comisiones que definan políticas y criterios para las áreas administrativas y académico-administrativas.

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Creación de un sistema de control y vigilancia universitaria que incorpore a los Contralores Ciudadanos y al Consejo Social Consultivo. Otorgamiento de autonomía funcional a la Contraloría General, para que no dependa de la Rectoría. Definición de requisitos y formas de elección para coordinadores y consejos de plantel. Separación de la Coordinación de Comunicación e Informática en una Coordinación de Comunicación y una Coordinación de Informática y Telecomunicaciones. Incorporación de las tareas de registro escolar a la Coordinación de Certificación y Registro. Creación de las coordinaciones de Vinculación Institucional, Administrativa de Plantel, de Registro Escolar y de Servicio Social. Creación de la figura del Enlace del Plantel, como instancia administrativa de apoyo a las actividades académicas. Creación de un Sistema de Bibliotecas dependiente de un área central.

b) Las que se derivan de una reestructuración profunda de la organización académica y de gobierno, sustentada en Programas Académicos Institucionales Estas propuestas plantean que la organización administrativa está subordinada a los órganos colegiados que definen las funciones académicas y de gobierno, de tal forma que la administración responde a los criterios y necesidades planteados por estos órganos en sus distintos niveles.

Propuestas de Martínez y Gutiérrez, et al. Consensos: Definición de tres niveles de administración: por Plantel, por Programa y a Nivel Institucional o General. Los órganos de control y vigilancia son la Contraloría General (que responde al Consejo Universitario) y el Consejo Social Consultivo. Se prevé la reestructuración administrativa en un periodo de transición después de la expedición del EGO.

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Disensos: En un caso, el titular de la administración general es designado por el Consejo Universitario; en el otro, funge como secretario técnico de la Comisión de Representación Institucional y de Ejecución de los Acuerdos del Consejo Universitario. En un caso, se prevé una estructura administrativa integrada por una Coordinación Académica, una Coordinación Administrativa, un Tesorero y un Abogado General; en el otro caso, no se prevé nada al respecto. La propuesta de Andrade, et al, plantea lo siguiente: Creación de responsables administrativos por academias y centros, por Consejo Local de Programa, por Consejo General de Programa y por Consejo de Plantel. Creación de las direcciones generales dependientes de una Coordinación Académica o de un Consejo General Académico. Creación de direcciones generales dependientes de una Coordinación Administrativa o Consejo de Administración.

La propuesta de González, et al., plantea lo siguiente: Áreas administrativas y de servicios centrales: Tesorería (cuyo titular es designado por el Consejo Universitario), Oficina del Abogado general (cuyo titular es designado por el Consejo Universitario), y oficinas de Servicios y Acervos Bibliohemerográficos y Archivísticos, Servicios Escolares, Recursos Humanos, Recursos Materiales, Obras y Conservación, Comunicación, Servicios Informáticos y Consejo Editorial. Se prevén tres órganos de control y vigilancia: Contraloría general, Consejo Social Consultivo y Defensoría de los derechos universitarios. Se prevén como áreas administrativas y de servicios descentralizadas los departamentos de servicios generales, actividades culturales y complementarias y de servicios estudiantiles.

c) Las que señalan explícitamente la pertinencia de llevar a cabo un proceso de desconcentración o descentralización de las actividades a los planteles

Estas propuestas prevén procesos de desconcentración y descentralización, bajo la premisa de que permitirá a la administración responder de forma más eficiente a las necesidades académicas.

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Desconcentración: Se considera que deberán existir coordinaciones administrativas en los planteles que tendrán a su cargo las tareas de registro escolar, recursos humanos, informática, recursos materiales y obras (Rosen, et al.). Que el proceso de desconcentración administrativa se efectúe a partir de un diagnóstico de las áreas (Montes). Descentralización (profesores, estudiantes y administrativos de San Lorenzo Tezonco): Se tendrán áreas centrales dependientes de la Rectoría: Secretaría Académica, Secretaría Administrativa, Contraloría y las oficinas del Abogado General, de comunicación, de transparencia, de recursos materiales, de adquisiciones, de servicios administrativos generales, del Archivo de la UACM, de servicios escolares, de personal, de seguimiento y evaluación de procesos a nivel institucional, de estadísticas, seguimiento y registro de procesos a nivel institucional, y de difusión cultural. Se tendrán sub-coordinaciones dependientes de la Coordinación del Plantel:  Académica (oficina de estadísticas, seguimiento y registro de procesos, y seguimiento y evaluación de procesos);  Administrativa (oficinas de recursos humanos, recursos financieros, recursos materiales, servicios generales, protección civil, servicio médico, fotocopiado, almacén e intendencia)  De docencia (oficinas de registro escolar, servicios estudiantiles y de servicios a la docencia).  De difusión  De extensión y vinculación  De Investigación en Humanidades y Ciencias Sociales  De Investigación en Ciencia y Tecnología  De Investigación en Ciencias y Humanidades

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