¿ACTOS JURISDICCIONALES DE LOS FISCALES PENALES? UNA TENTATIVA DE ENFOQUE
“Que cada hombre construya su propia catedral ¿Para que vivir de obras de arte ajenas y antiguas? Jorge Luis Borges
Juan Rolando Hurtado Poma
SUMARIO: I.- Introducción, II.- La jurisdicción, III.- La jurisdicción stricto Sensu.- Sus alcances IV.- La jurisdicción lato sensu.- Sus alcances, V.- La cosa juzgada como acto jurisdiccional, VI.- Los Fiscales Penales producen actos jurisdiccionales en calidad de cosa juzgada? VII.- Actos jurisdiccionales de los Fiscales en calidad semejante a los de la cosa juzgada. VIII.- denominación de los actos jurisdiccionales de los fiscales. IX. Conclusiones. I.- INTRODUCCIÓN Conocido hasta la saciedad, es que la producción de actos jurisdiccionales es patrimonio de los JUECES de los distintos niveles, específicamente para nuestro Código Procesal Penal, de primera intención, está definido que los únicos que pueden emitir actos jurisdiccionales son ellos, y excluye a los Fiscales que puedan dictar actos jurisdiccionales, así lo reconoce el artículo IV numeral 3. cuando dice expresamente: “Los actos de investigación que practica el Ministerio Público o la Policía Nacional no tienen carácter jurisdiccional. Cuando fuera indispensable una decisión de esa naturaleza la requerirá del órgano jurisdiccional, motivando debidamente su petición”; entonces parece zanjar cualquier discusión que los Fiscales podrían dictar actos jurisdiccionales, en puridad tal norma no agota el debate, pues si leemos con cuidado, ella se refiere a los ACTOS DE INVESTIGACIÓN y no a las decisiones que puede emitir el Fiscal ¿cual es la naturaleza de esas decisiones?, ¿podemos decir que algunas de esas decisiones son también jurisdiccionales?; por tanto el tema por ahora es, plantearnos si los Fiscales producen en algún momento actos jurisdiccionales y si la institución procesal de la JURISDICCIÓN ha evolucionado a la luz del nuevo Código Procesal Penal o de otras funciones y otras instituciones en el devenir diario de Administrar Justicia y resolver conflictos en un espacio – tiempo concreto y en una realidad tangible de nuestra sociedad, como es el caso del
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