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Puntos clave del proceso de control
c. El establecimiento presenta incumplimientos de requisitos relacionados al servicio.
d. El establecimiento presenta incumplimientos de requisitos relacionados a la infraestructura.
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III. Elaboración de informe técnico.
Es importante tener en cuenta que después de toda inspección, el personal de control deberá realizar un informe técnico por cada uno de los establecimientos visitados.
El informe contendrá información general del establecimiento (nombre, actividad turística, categoría, dirección, entre otros), así como el detalle de la visita, conclusiones y recomendaciones. En el caso de haberse encontrado no conformidades las mismas serán detalladas. De igual manera el informe técnico deberá contar con fotografías, se aconseja que al menos exista una fotografía de la fachada del establecimiento y las demás fotografías pueden ser de servicios, infraestructura o las que el inspector considere necesarias.
Finalmente, el informe técnico será parte del expediente del establecimiento.
5.2.6 Puntos clave del proceso de control
A continuación se detallan los puntos clave del proceso de control:
Para potenciar la calidad y seguridad en la prestación de los servicios turísticos, los operativos de control se realizan indistintamente. Sin embargo, comúnmente se efectúan operativos de control priorizando las fechas, previo a los feriados, en los destinos turísticos con mayor afluencia de turistas de cada circunscripción territorial. Asimismo y, de considerarlo necesario, los controles se podrán realizar durante los días de feriado.
En el caso que, durante la ejecución de los operativos de control, se identifiquen hechos o circunstancias con trascendencia que involucren a otras instituciones, se deberá realizar un informe detallado donde se
indiquen las novedades detectadas. Éste deberá ponerse en conocimiento de las autoridades pertinentes para proceder con un nuevo operativo coordinado con los involucrados, del cual se levantará un acta respectiva con firmas de responsabilidad de los participantes.
Los operativos de control tendrán carácter reservado hacia la ciudadanía. No serán objeto de publicidad o de comunicación, ni se pondrán de manifiesto a los administradores; sin perjuicio de que se hagan públicos los criterios generales que lo informen.
• Cronograma de operativos de control. • Denuncias recibidas. • Necesidad institucional. • Solicitud de la autoridad nacional de turismo.
II. Ejecución del operativo de control
Para la ejecución del operativo de control se deben tomar en cuenta los siguientes aspectos:
5.3 Proceso de licenciamiento
El propósito de contar con un proceso de licenciamiento es asegurar que los establecimientos turísticos cuenten con el permiso otorgado anualmente por el GADM.
Esto asegura su funcionamiento durante un año y el cumplimiento de la normativa turística vigente.
A continuación se presenta el detalle de actividades a seguir para la expedición de la LUAF:
1. El GADM deberá contar con una ordenanza que determine el procedimiento para obtener la LUAF por parte de un establecimiento turístico. Esta determinará los costos correspondientes a LUAF para cada actividad turística, de conformidad a los parámetros establecidos por la autoridad nacional de turismo. De igual manera contemplará los requisitos previos a su obtención.
2. Dentro de los requisitos previos se deberá exigir obligatoriamente lo siguiente:
- Registro de turismo, emitido por la autoridad nacional de turismo; - Certificado anual de pago de 1x1000 del valor de los activos fijos, emitido por la autoridad nacional de turismo, a través de las coordinaciones zonales en cada territorio;
3. Revisión de la información reportada por el prestador de servicios turísticos en la plataforma informática de la autoridad nacional de turismo con la finalidad de que tanto la información del registro así como la de la licencia sean las mismas.
5.3.1 Generalidades del proceso de licenciamiento
Es importante tomar en cuenta los siguientes aspectos sobre el proceso de licenciamiento:
El valor a ser cobrado por el GADM respecto a la LUAF, deberá estar contemplado dentro de los valores máximos emitidos por la autoridad nacional de turismo, publicados en el respectivo Acuerdo Ministerial.
Dentro de los operativos de control realizado por los distintos Gobiernos Autónomos Descentralizados municipales y metropolitanos, se revisará que los prestadores de servicios turísticos cuenten siempre con la LUAF y registro de turismo en un lugar visible para los usuarios, en el caso de no contar con registro de turismo se debe reportar a la autoridad nacional de turismo.
Los Gobiernos Autónomos Descentralizados municipales y metropolitanos podrán de conformidad a lo señalado proceder con el proceso sancionatorio por no contar con la LUAF.
La LUAF será renovada por los prestadores de servicios anualmente dentro de las fechas establecidas en la respectiva ordenanza de los GADM, siempre en concordancia con los lineamientos de la normativa turística de la autoridad nacional de turismo.
5.4 Actualización de catastro
5.4.1 Actualización de catastro a través de las plataformas digitales de la autoridad nacional de turismo.
La autoridad nacional de turismo utiliza plataformas digitales que permitirán al usuario agilitar los procesos para obtención de registro; así como, facilitar el acceso a información respecto a los prestadores turísticos. En el caso de los Gobiernos Autónomos Descentralizados municipales y metropolitanos se ha previsto que cuenten con los accesos a las plataformas digitales administradas por la autoridad nacional de turismo, de tal manera que puedan alimentar el catastro y realizar los cambios que sean pertinentes.
La actualización de información se realizará a través de las plataformas de la siguiente manera:
1. La autoridad nacional de turismo otorgará un usuario y contraseña para que el Gobierno Autónomo Descentralizado municipal y metropolitano pueda acceder a las plataformas digitales.
El usuario al ingresar a la plataforma encontrará la sección “Actualización de Catastro”. Aquí podrá realizar una búsqueda del establecimiento que desea actualizar. La búsqueda puede ser por RUC del establecimiento.
Al ingresar el RUC y pulsar el botón de búsqueda, se desplegará un listado con los resultados obtenidos.
La opción Actualizar permitirá al usuario acceder a información detallada del establecimiento catastrado, la misma que se presentará en una nueva pantalla.
NOTA IMPORTANTE: Al ingresar en el enlace “Actualizar el sistema” deberá diferenciar entre las plataformas definidas por la autoridad nacional de turismo, y aplicar los manuales para actualización de información elaborados para el efecto por la autoridad nacional de turismo.