Violencia familiar

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Waldo Francisco Núñez Molina María del Pilar Castillo Soltero

VIOLENCIA FAMILIAR Comentarios a la Ley N° 29282 Doctrina, Legislación, Jurisprudencia y Modelos

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Violencia Familiar © waldo francisco nÚñez molina Maria del pilar castillo soltero © EDITORA Y DISTRIBUIDORA EDICIONES LEGALES E.I.R.L. Jr. Azángaro 1075, of. 604, Lima-Perú Teléfonos: (511) 427-2076 / 426-2406 RUC: 20523085345 web: www.legales.pe e-mail: ventas@legales.pe Segunda edición: 2014 Tiraje: 1000 ejemplares Hecho el Depósito Legal en la Biblioteca Nacional del Perú N.º 2013-15496 Registro ISBN: 978-612-4115-53-0 Reservados todos los derechos. Ni la totalidad ni parte de este libro puede reproducirse o transmitirse por ningún procedimiento electrónico ni mecánico, incluyendo fotocopia, sin previa autorización escrita del autor y el editor. Diseño de portada: Edwing N. Gonzales Alvarado Diagramación de interiores: Enrique M. Tello Paravecino Impresión y encuadernación: XP Acabados Gráficos S.A.C. Jr. Juán Chavez Tueros 1334 Chacra Rios Sur, Cercado de Lima. RUC: 20515866460 Impreso en Perú / Printed in Peru


“El hombre nació en la barbarie, cuando matar a sus semejantes era una condición normal de la existencia. Se le otorgó una conciencia. Y ahora ha llegado el día en que la violencia hacia otro ser humano debe volverse tan aborrecible como comer la carne de otro”. (Martin Luther King) “Desconfío de la incomunicabilidad; es la fuente de toda violencia”. (Jean Paul Sartre)



Índice general

Presentación de la segunda edición................................................. 1 Presentación de la primera edición.................................................. 3 SECCIÓN PRIMERA CAPÍTULO I CUESTIONES GENERALES 1.1. 1.2. 1.3. 1.4.

Definición de violencia........................................................... 11 Definición de violencia familiar.............................................. 19 Contexto de desenvolvimiento de la violencia familiar......... 20 Sujetos que sufren la violencia............................................... 22 CAPÍTULO II PRESUPUESTO, CAUSAS Y EFECTOS DE LA VIOLENCIA FAMILIAR

2.1. 2.2. 2.3. 2.4.

Presupuesto histórico............................................................ 25 Causas de la violencia familiar............................................... 34 Efectos de la violencia familiar............................................... 39 Breve reflexión....................................................................... 41 CAPÍTULO III CICLO DE VIOLENCIA FAMILIAR

3.1. Fases de la relación abusiva................................................... 46 VII


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3.2. Breve reflexión....................................................................... 51 CAPÍTULO IV TIPOS DE VIOLENCIA 4.1. 4.2. 4.3. 4.4.

Violencia física........................................................................ 53 Violencia psicológica.............................................................. 55 Violencia sexual...................................................................... 57 Violencia económica.............................................................. 59 SECCIÓN SEGUNDA CAPÍTULO V VIOLENCIA CONTRA LA MUJER

5.1. 5.2. 5.3. 5.4.

Introducción........................................................................... 63 Indicadores y factores de incidencia...................................... 65 La víctima y los agresores....................................................... 70 Cuestiones que los abogados deben tener en cuenta........... 72 CAPÍTULO VI VIOLENCIA CONTRA MENORES

6.1. Tipología del maltrato infantil................................................ 76 6.2. Convención sobre los Derechos del Niño y Violencia contra Menores................................................................................. 79 6.3. Breve reflexión....................................................................... 83 CAPÍTULO VII VIOLENCIA CONTRA LOS ANCIANOS 7.1. Introducción........................................................................... 87 7.2. Factores generadores y agravantes........................................ 88 7.3. Mitos...................................................................................... 89 VIII


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7.4. ¿Por qué los ancianos?........................................................... 90 7.5. Tipos de maltratos hacia los ancianos.................................... 91 7.6. Factores generadores y agravantes de violencia contra ancianos.......................................................................................... 91 7.7. Alguna normativa vinculada................................................... 93 7.8. El futuro incierto.................................................................... 93 CAPÍTULO VIII PREVENCIÓN CONTRA LA VIOLENCIA FAMILIAR 8.1. Introducción........................................................................... 95 8.2. Medidas y programas preventivos......................................... 96 8.3. Políticas sociales de carácter general..................................... 102 CAPÍTULO IX PRINCIPIOS APLICABLES AL PROCESO DE VIOLENCIA FAMILIAR 9.1. Favorecimiento del procedimiento........................................ 107 9.2. Principio protector................................................................. 107 9.3. Subsunción obligatoria en los tipos de violencia................... 108 9.4. Gratuidad............................................................................... 109 9.5. Principio de unidad................................................................ 109 9.6. Principio de reserva............................................................... 109 9.7. Formalidad mínima................................................................ 109 9.8. Principio inquisitivo-dispositivo............................................. 110 9.9. Principio de demora útil......................................................... 110 SECCIÓN TERCERA CAPÍTULO X COMENTARIOS A LA LEY N.º 29282 10.1. Comentario artículo 1 (Definición de violencia familiar)........ 114 10.2. Comentario al artículo 2 (De la denuncia policial)................. 115 IX


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10.3. Comentario al artículo 3 (De los formularios tipo y de la capacitación policial)................................................................. 120 10.4. Comentario artículo 4 (De las medidas de protección inmediatas).................................................................................... 122 10.5. Comentario al artículo 5 (De la sentencia)............................. 137 10.6. Comentario artículo 6 (De las medidas cautelares anticipadas)........................................................................................ 138 10.7. Comentario al artículo 7 (Del valor probatorio de los certificados médicos)...................................................................... 139 10.8. Comentario artículo 8 (Disposiciones finales)........................ 141 10.9. Comentario al artículo 9 (Formas agravadas del artículo 121-A del Código Penal)......................................................... 142 10.10. Comentario al artículo 10 (Lesiones graves por violencia familiar)..................................................................................... 144 10.11. Comentario al artículo 11....................................................... 146 10.12. Comentario al artículo 12 (Lesiones leves por violencia familiar)..................................................................................... 147 10.13. Comentario artículo 13 (Formas agravadas de lesión)........... 148 10.14. Penalización de la violencia familiar ...................................... 148 10.15. Responsabilidad civil a consecuencia de la violencia familiar.......................................................................................... 150 10.16. Excursus: el abandono en los procesos de violencia familiar. 151 ANEXOS ANEXO N.o 1 Una nota sobre la violencia a las personas con discapacidad.......... 155 ANEXO N.o 2 Víctima y notificación en el procedimiento de violencia familiar..... 159 ANEXO N.o 3 Legislación nacional.......................................................................... 163 X


Índice general

ANEXO N.o 4 Legislación supranacional................................................................. 201 JURISPRUDENCIA SOBRE VIOLENCIA FAMILIAR.............................. 279 MODELOS......................................................................................... 307 BIBLIOGRAFÍA.................................................................................. 333

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PRESENTACIÓN DE LA SEGUNDA EDICIÓN Tras haberse agotado rápidamente el texto, nos hemos visto comprometidos, por amables colegas y alumnos, a publicar esta nueva edición. Pero esta acogida, que para cualquier autor sería un halago, en esta temática nos parece tiene cierto halo desalentador. La violencia continúa, se incrementa y, por eso, se requiere saber de ella. Este libro, tal como se diseñara inicialmente, trata de compendiar la doctrina que, a nuestro juicio, nos parece más relevante para la práctica jurídica nacional. En esta oportunidad, se ha corregido e incorporado anexos con algunas reflexiones doctrinales y modelos para el uso forense. Ante los alarmantes índices de víctimas fatales que se han presentado en la coyuntura nacional, queremos aprovechar este espacio para dar un pequeño consejo, dirigido, sobre todo, a las víctimas de violencia, aunque el mismo sea una apreciación de sentido común, entendemos que para aquellos que padecen estos ataques, el juicio esclarecido se nubla por las propias circunstancias de la conflictividad. Así, resaltamos la importancia de entender que: “Usted, mejor que cualquier autoridad, debe evaluar su situación de violencia”. Si esta se ha producido en un episodio aislado, no lo debe tomar a la ligera; una persona diligente, debe preocuparse por averiguar las bases de lo ocurrido, y no quedarse tranquilo con un “perdón” modo y lirondo. Usted debe ponerse a cargo, preventivamente; evite generar conflictos, busque gente positiva que lo aconseje, autoridades, asistentes sociales, psicólogos y guías espirituales, entre otros. Es necesario, además, analizar si realmente cree que su vida o integridad pueden pasar por un riesgo tan grande. Por ello, insistimos: “Usted debe ponerse a cargo, urgentemente”. Es correcto acudir a las 1


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autoridades para que lo ayuden y, efectivamente, lo harán en la medida de sus posibilidades y la comprensión que tengan respecto al caso; pero tenga en cuenta que ninguna autoridad lo podrá proteger en todo lugar y momento. Que su intuición o parecer le sean suficientes para tomar las decisiones correctas. Evidentemente, si se encuentra en riesgo, lo mejor es que usted se “aleje”; no solo estará a salvo, sino que, tal vez en su silencio, su virtual agresor reflexione. Es de sentido común reconocer que ni el trabajo, ni el dinero, ni el abrigo de un hogar, pueden sustituir a la vida. Creemos que nuestros amigos magistrados, letrados y policías deben hacer llegar este consejo a los agraviados de la violencia familiar. Sin perjuicio de la “debida diligencia”, por la cual todos debemos ponernos a cargo de esta problemática.

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PRESENTACIÓN DE LA PRIMERA EDICIÓN La motivación de esta obra radica en divulgar la doctrina sobre la violencia familiar. Esta afirmación, de la cual no se ha encontrado oposición en la actualidad, nos lleva automáticamente a preguntarnos por qué los estudios sobre esta materia han conseguido un espacio en la legislación y en las bibliotecas. No es que la violencia familiar sea un fenómeno del mundo contemporáneo; en realidad, apareció con la familia misma, solo que ha existido una espera (que se explica por la sociedad y la cultura) secular para que el Derecho se ocupara de esta. Por lo mismo que un esclavo no debía contradecir a su amo, un vasallo estar sujeto al gobernante, un aprendiz sometido al maestro, un trabajador al jefe, un alumno al profesor entre otras relaciones de dominación y sometimiento, se creía que la autoridad era dominio sobre la persona. Los paradigmas han cambiado en todos esos casos, y también en la familia; ahora los padres tienen la misma autoridad en el hogar y los hijos tienen más derechos que deberes. Así se explica esta doctrina de la violencia familiar, como una manifestación concreta del estado cambiante de la sociedad, que reconoce a la persona como fin de esta1. La violencia familiar es una forma de expresión de la violencia en la sociedad; no obstante, esta importa mayor preocupación, ya que en el seno familiar es donde se forman moralmente los individuos de 1 Dicho de otro modo, lo que es materia de protección con las normas de violencia familiar, encuentra sustento en los derechos humanos; es decir, aquella rama del Derecho que, independientemente de su consagración legal, reconoce relaciones jurídicas de todos y para todos, porque se inspira en la dignidad humana. Vid. NÚÑEZ MOLINA, Waldo y NÚÑEZ MOLINA, Cledy. Curso de Derechos Humanos (Parte General). Tomo I. Lima: 2002; p. 35. 3


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nuestra sociedad2. Por eso, este tipo de violencia, como ya se dijo, ha justificado el desarrollo de una doctrina jurídica particular. Sin embargo, las normas jurídicas constituyen el último medio para evitar la violencia; ello debe remarcarse, puesto que en diversas ocasiones se producen conflictos y la parte agraviada toma medidas legales, sin agotar otros medios (como propiciar la comunicación intrafamiliar o seguir una terapia, entre otros). No se suele considerar que, con el proceso de violencia familiar, se puede ahondar el conflicto (por ejemplo, la notificación de una medida de protección, la citación a una audiencia, etc., cuando los familiares ya están separados de hecho o se proyectan a rehacer sus vidas, pueden reavivarse enconos ya superados). Entonces, se debe tener en cuenta que el proceso de violencia familiar tendrá una aplicación residual en el esfuerzo estadual de combatir los conflictos interfamiliares. Ahora bien, si nos preguntáramos por cuáles son los problemas más preocupantes que giran en torno a la institución de la violencia familiar, propondríamos los siguientes: - La existencia de la violencia. -

La ineficacia de las medidas de protección.

-

La ineficacia de las sentencias.

-

La reticencia del agraviado a denunciar al agresor.

- La banalización del trámite por los actores del procedimiento. - La carencia de una cultura de paz en la sociedad. Cada uno de estos tópicos podría justificar el desarrollo de toda una tesis. Ahora solo mencionaremos algunos aspectos sobre estos: 2 IHERING, R. El fin en el Derecho. Tomo II. México: Ed. Cajica, 1962; pp. 23-24, diría: “[…] el amor de la mujer y de la madre no es pagado ni impuesto y, sin embargo, constituye una condición ineludible, un postulado fundamental de la vida social; de él depende el hogar y, con el hogar, la prosperidad de la sociedad entera. Pues el hogar es para la última, lo que la célula para el cuerpo animal: el foco de formación de la vida, la última fuente de toda energía, de la económica tanto como de la moral; si el hogar no es nada, nada vale tampoco lo que de él surge”. 4


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• En cuanto a la existencia misma de la violencia, es decir, determinar su naturaleza, comprenderla y valorarla, nos conduciría a excogitaciones sociológicas y filosóficas. Mucho se ha discutido si en el hombre se encuentra el germen de la maldad y la violencia, incluso más primario y consustancia que la bondad y valores conexos. Se ha dicho que el “hombre es el lobo del hombre” (Hobbes); pero también, contrariamente, se ha ponderado de la raza humana el tener valores como la bondad, el amor, etc. Esta pregunta acerca de la existencia de la violencia, nos empuja a tomar adhesión, cuando menos, de dos perspectivas: a) Una pesimista, por la cual el ser humano está condenado irremisiblemente a ser violento, y en atención a ello, las normas son únicamente paliativos. b) Otra optimista, en la cual la sociedad no pierde la esperanza de que, en su evolución, la violencia sea mitigada o eliminada. Utópico quizá en estos momentos, pero en un mundo racional, en el que deben imperar los valores y una cultura de paz, es un punto de vista al que todo ser humano debe aspirar. • En cuanto al tema de la ineficacia de las medidas de protección o de las sentencias, hacemos un acercamiento en el texto. Sin embargo, adelantaremos que ello no se debe tanto a las medidas de protección en sí mismas, sino a la naturaleza particular de la violencia, en la cual siempre un mecanismo estadual estará a la zaga de una reacción violenta. Con ello, no queremos decir que con el tiempo las medidas de protección no logren ser más efectivas. Indudablemente, se pueden establecer apercibimientos, denunciar por delito de desobediencia o resistencia a la autoridad, al agresor renuente en acatar la medida de protección; incluso esperar que la tecnología preste apoyo, tal como ocurre en algunos países en que se pone una especie de brazalete a los familiares, de modo que si el agresor se acerca a cierta distancia le llega un aviso electrónico a la policía (sin embargo, ello no asegura que la policía llegue a tiempo). Nosotros consideramos que: nunca un tercero (Estado) será capaz de resolver el problema de la violencia, sino a través de la colaboración de las partes involucradas (agresor-víctima). Por ello, creemos que más efectivas son las medidas preventivas. Es en razón de 5


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esto, que proponemos la siguiente clasificación para las medidas de protección. Medidas de protección: -

Preventivas: sustentadas en una política estadual destinada a combatir la violencia familiar.

-

Judiciales: previstas en la ley.

• En cuanto a la renuencia o reticencia del agraviado (a) para denunciar al agresor, esto supone una variopinta explicación: desde el desconocimiento de la víctima de la existencia de un procedimiento legal que la tutele; la constante psicológica en la cual se encuentra inmersa la víctima, la cual le impide reaccionar; y el que la víctima se haya “acostumbrado” a la violencia, o se encuentre obligada a no tomar acciones ante ella (por dependencia económica, los hijos, temor, etc.). Por eso, en este ámbito solo pueden ser útiles las que hemos denominado medidas de protección preventiva. • Respecto a la banalización del trámite por los actores del procedimiento, se pueden asumir distintos carices, según se trate de la policía, la magistratura o los propios interesados. En efecto, la policía, a pesar que de acuerdo con lo establecido por la ley, debe ser especializada (lo cual no es lo usual en la práctica), ante la cotidianidad de los casos de violencia esta no es inmune a la pérdida de sensibilidad ante esa grave situación. Por su parte, los jueces y fiscales, ven frustradas sus facultades coercitivas y la misma eficacia del procedimiento, porque, ante la inoperancia de las medidas de protección, pierden la confianza en la importancia de su labor. De tal forma que el agraviado suele abandonar el trámite por su ineficacia o lo usa, simplemente, como un medio para otros fines (por ejemplo, como un medio de prueba para un proceso de divorcio, tenencia, etc.). • En cuanto a la carencia de una cultura de paz en la sociedad, esta se aprecia palmariamente en la poca difusión de los efectos nocivos de la violencia y en la escasa inversión en psicólogos o en terapias familiares. 6


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La respuesta a todos estos problemas debe ser abordada de modo multidisciplinario y multisectorial; mientras ello ocurre, en lo que nos toca, con este texto pretendemos concretizar nuestro aporte ante este difícil y preocupante problema; el cual, si bien no espera ser una especulación académica independiente, algún aporte se ha hecho. Una solución integral al problema de la violencia familiar todavía dista de estar cercana; por lo pronto, debemos manejarnos dentro de los parámetros en los que se circunscribe el proceso de violencia familiar existente; con el anhelo de que la frialdad de la ley sea morigerada con el sentimiento jurídico de aquel que conoce el terrible impacto de la violencia intrafamiliar. Pues a aquel está dedicado el libro.

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Secci贸n Primera



CAPÍTULO I CUESTIONES GENERALES 1.1. Definición de violencia

Se puede definir la violencia como “el uso de la fuerza, abierta u oculta, con el fin de obtener de un individuo o de un grupo lo que no quieren consentir libremente”1.

El término violencia “deriva de la raíz latina vis que significa: vigor, poder, maltrato, violentación, forzamiento, y a su vez de otro término latino, violo, que remite a los sentidos de: profanar, ultrajar, deshonrar.

En consecuencia, la violencia la entendemos como un abuso de poder. Abuso ejercido sobre otros, a los que no se les reconoce su condición de sujeto, y al hacerlo se los reduce al lugar de objeto; de descarga pulsional. Posición de impotencia condicionada por el lugar de omnipotencia en el que se sitúa el violento, quien suele presentarse como siendo la ‘Ley’ en lugar de someterse como todo humano a esta. Exceso de poder que al no ser acotado por una legalidad, que si se la reconocería lo limitaría, se ubica en el lugar de ‘Amo’. Lugar desde el que toma como propiedad al otro, objeto del cual goza, 1

DOMENACH citada por GROSMAN, Cecilia y MESTERMAN, Silvia: Violencia en la Familia. La Relación de Pareja, 3a Ed. Buenos Aires: Editorial Universidad, 2005, p. 95. 11


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usufructuando de su cuerpo, de su palabra y con generalidad de su vida toda.

Goce, al decir Freud, en su Más allá del principio del placer, asociado con lo tanático, con la pulsión de muerte.

La relación entre goce y muerte es muy estrecha, y de hecho muchos actos violentos en los que justamente el goce está en juego desembocan en la muerte real o subjetiva (en tanto posición objeto del destinatario). El deseo está del lado de la vida, y, en relación con la ley, es aquel que pone un límite al goce. Al no estar presente este tope, se corre el riesgo de desembocar en la muerte, ya que el goce, en tanto más allá del placer, tiende a una descarga de la satisfacción a cero, lo que equivale a la muerte. Entonces, el acto violento sería un daño o trato perjudicial para la salud física y/o psíquica del sujeto en cuestión por el comportamiento desplegado o las omisiones llevadas a cabo a nivel familiar, profesional, institucional o social.

Se manifiesta en sus formas activas y pasivas (el abandono). Por ello, al referirnos al tema de la violencia, acordaremos que la misma puede girar en torno a:

Medidas de protección: a) Maltrato o abuso: físico, emocional o sexual, y b) Abandono: físico o emocional”2.

En doctrina se dice que la violencia supone “la utilización de cualquier medio físico o lógico (sic), por un individuo o grupo contra otro, destinado a inspirar temor o intimidación, o causar daño intencionalmente o voluntariamente”3. O también sería “una acción ejercida por una o varias personas en donde se somete de manera

2 FAINBLUM, Alicia: “Violencia y Discapacidad”, en CADOCHE, Sara (Dir.): Violencia familiar. Buenos Aires: Rubinzal-Culzoni Editores, 2002, pp. 121-122. 3 AYVAR ROLDÁN, Carolina: Violencia Familiar, Interés de todos. Arequipa: Ed. Adrus, 2007, p. 41. 12


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intencional al maltrato, presión sufrimiento, manipulación u otra acción que atente contra la integridad tanto física como psicológica y moral de cualquier persona o grupo de personas…”4. En efecto, el constructo «violencia» hace referencia al uso de la fuerza para producir daño (Corsi, 1995). El término violencia remite al concepto (raíz etimológica) de «fuerza»: El sustantivo «violencia» se corresponde con verbos tales como «violentar», «violar» o «forzar».

A partir de esta primera aproximación semántica, podemos decir que la violencia implica siempre el uso de la fuerza para producir un daño. En un sentido amplio, puede hablarse de violencia política, económica o de violencia social. En todos los casos, el uso de la fuerza nos remite al concepto de poder. Aunque Marcel (En María de Lera, 1974) manifiesta que es necesario diferenciar «violencia» y «fuerza». Semánticamente, «violencia» implica «violación» y es, en último análisis, la negación activa de un derecho. Por el contrario, la «fuerza», es decir, el recurso de la fuerza no está siempre contra la ley. Por ejemplo, en el caso de la detención de un delincuente por parte de la policía, el empleo de la fuerza, controladamente, cuando aquél ha hecho resistencia a la autoridad, de alguna manera se puede considerar legítimo. Podríamos decir que no es violencia. La violencia comenzaría en el momento en que el agente de la autoridad aplicase la tortura al detenido para obtener de él una confesión de culpa o alguna información sobre los presuntos cómplices. El no emplear la fuerza para reprimir el delito sería tanto como dejar el campo libre a los asesinos y los violadores de la ley en general. Sin recurrir jamás a la tortura (porque en ese caso se produciría la violencia, la violación).

En sus múltiples manifestaciones, la violencia siempre es una forma de ejercicio de poder mediante el empleo de la fuerza (física, verbal, política, económica, etc.) e implica la existencia de un arri-

4 VALLS, Carlos: Violencia Doméstica, en http://realidadsocial.blogspot.com/ 2005/10/la-violencia.html 13


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ba y un abajo, reales, simbólicos, que adoptan habitualmente la forma de roles complementarios: padre/hijo, hombre/mujer, general/soldado, etc.”5.

Además, “el empleo de la fuerza se constituye, así, en un método posible para la resolución de conflictos, como un intento de doblegar la voluntad del otro (individuo, grupo político, país, etc.), de anularlo, precisamente, en su calidad de “otro”. La violencia implica una búsqueda de eliminar los obstáculos que se oponen al propio ejercicio del poder mediante el control de la relación, obtenido a través del uso de la fuerza.

Para que la conducta violenta sea posible, tiene que darse una condición: la existencia de un cierto desequilibrio de poder, que puede estar definido culturalmente o por el contexto, o producido por maniobras políticas. El desequilibrio de poder puede ser permanente o momentáneo: en el primer caso, la definición de la relación está claramente establecida por normas culturales, institucionales, etc.; en el segundo caso, se debe a contingencias ocasionales. La conducta violenta, entendida como el uso de la fuerza para la resolución de conflictos, se hace posible en un contexto de desequilibrio de poder, permanente o momentáneo.

En el ámbito de las relaciones interpersonales, la conducta violenta es sinónimo de abuso de poder, en tanto y en cuanto el poder es utilizado para ocasionar daño a otra persona. Es por eso que un vínculo caracterizado por el ejercicio de la violencia de una persona hacia otra se denomina relación de poder. Según Corsi (1995), para comprender la dinámica de una relación de abuso es necesario definir con mayor precisión los conceptos de daño y poder: • Daño, entendido como cualquier tipo y grado de menoscabo para la integridad del otro. De ese modo, existen diferentes tipos de daño ocasionados en el contexto de una relación de abuso: daño físico, psicológico, familiar, etc. 5 OPCIÓN, UNFV y MINISTERIO PÚBLICO: Violencia Familiar. Aspectos Sociales, Psicológicas y Adicciones, Lima: T. I, p. 44. 14


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• Desequilibrio de poder, el cual no es necesariamente objetivo tangible para un observador externo. A menudo, es el producto de una construcción de significados que solo resulta comprensible desde los códigos interpersonales. Es suficiente que alguien crea en el poder y en la fuerza del otro para que se produzca desequilibrio, aun cuando una perspectiva «objetiva» no tenga existencia real. A diferencia de la conducta agresiva, la conducta violenta no conlleva la intención de causar daño a la otra persona, aunque habitualmente lo ocasione. El objetivo último de la conducta violenta es someter al otro a todo costo, incluso mediante el uso de la fuerza; por ejemplo, cuando se ordena bombardear un territorio o un país, el objetivo primario no es matar personas, sino obtener un mejor posicionamiento frente al enemigo, que permita acercarse al propósito final de doblegarlo, someterlo a las propias exigencias. En un contexto interpersonal, cuando alguien amenaza con un arma a otro (delincuente), no persigue el objetivo de ocasionarle un daño físico, sino obtener que el otro haga algo que no haría por propia voluntad. Es decir, en ambos casos, el daño se produce o no, pero no constituye la motivación esencial de la conducta violenta. Otro acercamiento interesante lo plantea la Asociación Peruana de Estudios e Investigaciones para la Paz (1990), que define la violencia como “una presión de naturaleza física, biológica o espiritual, ejercida directa o indirectamente por el ser humano sobre el ser humano que, pasado cierto umbral, disminuye o anula su potencial de realización, tanto individual como colectiva dentro de la sociedad de que se trate”. Esta definición se centra a la presión ejercida por el ser humano contra otro ser humano, dejando de lado expresiones de la naturaleza. Asimismo, el término «umbral» en la definición supone que la violencia <ejercitada traspasa ciertos límites de resistencia antes de producir los efectos nocivos que le atribuimos>”6. 6 OPCIÓN, UNFV y MINISTERIO PÚBLICO: Op. cit., T. I, pp. 46-47. 15


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Ahora desde “la Psicología se considera que la violencia no solamente puede ser física, sino también emocional o espiritual, que comprende –según Strauss– agresiones verbales, gestuales u otro tipo de sometimientos por parte de uno o unos contra otros –por ejemplo, la degradación y la humillación, las amenazas, el someter a otro al aislamiento, privarlo de sus afectos y/o amistades, etcétera–. Se ha prestado en la realidad menor atención a las injurias emocionales, por diversas razones, ya que se dirige especialmente la preocupación al aspecto físico del abuso por el peligro inmediato de la agresión corporal o física y es más sencillo reconocer los síntomas físicos que el abuso emocional”7.

Entonces, queda definido lo que se entiende por violencia, empero como cuestión final hay que completarlo con la distinción de las ideas de agresión, abuso y maltrato, que son muy manidas en la doctrina especializada. En efecto, respecto a la agresión hay que entenderla como la “<conducta cuya finalidad es causar daño a un objeto o persona. La conducta agresiva en el ser humano puede interpretarse como manifestación de un instinto o pulsión de destrucción, como reacción que aparece ante cualquier tipo de frustración o como respuesta aprendida ante situaciones determinadas>”.

En sus primeros estudios sobre la agresión, el neurólogo austriaco Sigmund Freud postuló que la agresión era una “reacción primordial” del ser humano ante su imposibilidad de buscar el placer o evitar el dolor. Más adelante, sin embargo, sus investigaciones le llevaron a la conclusión de que en todo individuo existe un instinto innato de destrucción y de muerte. Para otros psicólogos, la conducta agresiva se encuentra vinculada a la frustración. El psicoterapeuta estadounidense John Dollard desarrolló la hipótesis de que la intensidad de la agresión es inversa7 LLOVERAS, Nora: Adopción y Violencia, en CADOCHE, Sara (Dir.): Violencia familiar, Buenos Aires: Rubinzal-Culzoni Editores, 2002, p. 230 16


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mente proporcional a la intensidad de la frustración. Para Dollard, la frustración es una “interferencia que impide llevar a cabo una respuesta de acercamiento al objetivo en un determinado momento”. Esta teoría, muy controvertida en su época, ha pasado hoy a ser menos rotunda. Al parecer, la frustración origina un estado emocional que “predispone” a actuar de forma agresiva, pero solo en determinadas condiciones y en personas propensas.

Por último, el aprendizaje juega un papel fundamental en la conducta agresiva. Seres humanos y animales pueden aprender a evitar reaccionar de forma agresiva ante situaciones que originan una respuesta hostil, y pueden, de forma paralela, actuar de manera agresiva frente a situaciones que no provocan violencia.

Si nos damos cuenta con la definición proporcionada por Encarta, podemos ver que la violencia y la agresividad no son sinónimos mientras una puede ser entendida como una acción que causa un daño, el otro, como lo puedo entender es un estado de la personalidad que si bien es cierto se deriva de un proceso natural, pero también cierto es que este se ve enriquecido por las experiencias sociales, pero la agresividad como tal para poder ser entendida deberemos disecar su concepto.

El término agresión procede del latín aggredi que posee dos acepciones, la primera significa “acercarse a alguien en busca de consejo”; y la segunda, “ir contra alguien con la intención de producirle un daño”. En ambos, la palabra agresión hace referencia a un acto efectivo. Luego se introdujo el término agresividad que, aunque conserva el mismo significado se refiere no a un acto efectivo, sino, a una tendencia o disposición. Así, la agresividad puede manifestarse como una capacidad relacionada con la creatividad y la solución pacífica de los conflictos. Vista de este modo, la agresividad es un potencial que puede ser puesto al servicio de distintas funciones humanas y su fenómeno contrapuesto se hallaría en el rango de acciones de aislamiento, retroceso, incomunicación y falta de contacto.

La agresividad puede ser detectada en toda la escala animal, no así la violencia, casi exclusiva del ser humano. Entendido esto pode17


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mos decir que la violencia es una forma de agresividad que solo la tiene el ser humano, y puede ser caracterizada como la intención de causar un mal o un daño a otra persona; mas; sin embargo, sí podemos concluir que existen diversas diferencias que por no ser este un trabajo sobre agresividad y violencia no tocaremos, pero existen y queda en tela de discusión si la violencia es parte de la agresividad o no”8. Respecto al abuso debemos precisar que “se denomina relación de abuso a aquella forma de interacción que, enmarcada en un contexto de desequilibrio de poder, incluye conductas de una de las partes que, por acción o por omisión ocasionan daño físico y/o psicológico a otro miembro de la relación”9. En cuanto al concepto de maltrato “la Judicatura Nacional, ha observado que entre la definición de maltrato y violencia existe una línea tenue. Para muchos, la violencia contiene al maltrato; mientras que para otros, los conceptos son distintos. De manera que habiendo diversidad de criterios, es menester buscar un lineamiento adecuado que resuelva la problemática, puesto que en el primer caso se resuelve el conflicto a través de la vía establecida por la ley de violencia familiar, mientras que en el segundo se apertura un proceso de investigación tutelar cuyas implicancias a futuro será declarar al menor en estado de abandono y por ende promover posteriormente su adopción, rompiendo de esta forma su relación parental natural por la conducta de sus progenitores”10. 8

VALLS, Carlos: Op. cit. Loc. cit. Desde el punto de vista de la psicología se utiliza “el término agresión para referirnos a algún tipo de conducta, tanto física como simbólica, que se ejecuta con la intención de herir a alguien. No usaremos agresión como sinónimo de asertividad, dominio o independencia. Emplearemos la voz violencia para hacer alusión a una forma extrema de agresión, un intento premeditado de causar daño físico grave.” AMATO, María Amato: La pericia psicológica en violencia familiar. Buenos Aires: Ediciones la Roca, 2004, p. 37. 9 CORSI, Jorge: “¿Cómo se puede prevenir la violencia en la pareja?”, en ECHEBURÚA, Enrique y De CORRAL, Paz: Manual de violencia familiar, Siglo veintiuno de España Editores: Madrid, 2002, p. 177. 10 BELTRÁN PACHECO, Patricia: “El drama de la violencia familiar en el Perú”, en Revista Peruana de Derecho de Familia. Lima: Diciembre, 2007, Nº 2, p. 21. 18


Violencia Familiar

1.2. Definición de violencia familiar La violencia familiar es aquella “realizada por un sujeto que pertenece a la familia, la cual deberá ser entendida como una institución social en donde se concatenan diferentes personas con un parentesco, en la que dicho sujeto (agresor), de manera ilegal (sin una causa legítima o jurídicamente válida), ocasiona a su círculo familiar, con el motivo de daño o manipulación, lesiones físicas, psicológicas y/o sexuales, acción a la cual el Estado, según la Constitución y en lo señalado en los Códigos Penales, ejercitará su poder jurisdiccional y competente a efecto de castigar a este sujeto quien ha incurrido en conductas sancionadas por el Derecho y que deben ser castigadas por el Estado”11. De otro modo, se puede decir que “la violencia familiar es una práctica consciente, orientada, elaborada, aprendida y legitimada por quienes se sienten con más poder que otros(as), con más derechos para intimidar y controlar. En suma, es un patrón aprendido de generación en generación”12. También se puede decir que “la violencia familiar, se refiere a las agresiones físicas, psicológicas, sexuales o de otra índole llevadas a cabo reiteradamente por parte de un familiar y que causan daño físico y psicológico y vulnera la libertad de la otra persona; y una de sus características es su cronicidad. Debemos aclarar que para que exista violencia familiar no es necesario que las agresiones sean repetitivas, pues basta una agresión para que pueda identificarse como tal, pero una de las características de la violencia familiar es que es continua, crónica, no esporádica; en el medio familiar, usualmente, los actos de violencia son repetitivos, sin confundirse con el mal humor que eventualmente determina un trato descortés o poco usual entre los miembros de una familia”13. 11 VALLS, Carlos: Violencia Doméstica, en http://realidadsocial.blogspot. com/2005/10/la- violencia.html 12 MANUELA RAMOS y CENTRO DE LA MUJER PERUANA FLORA TRISTÁN: Manual sobre violencia familiar y sexual. Lima: 2004, p. 14. 13 AYVAR ROLDÁN, Carolina: Op. cit., p. 45. 19


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Se puede agregar que “el término ‘violencia familiar’ alude a todas las formas de abuso que tienen lugar en las relaciones entre los miembros de una familia. Entendida como la forma de interacción enmarcada en un contexto de desequilibrio de poder, siendo los dos ejes de desequilibrio de dicho poder dentro de la familia el género y la edad. Además, es necesario subrayar que, para poder definir una situación familiar como un caso de violencia familiar, la relación de abuso debe ser crónica, permanente o periódica; por lo tanto, no están incluidas en la definición las situaciones de maltrato aislado; constituyen la excepción y no la regla dentro de las relaciones familiares (Corsi, 1995)”14. También se ha dicho que es “toda acción u omisión física, psíquica o sexual practicada sobre los miembros más débiles de una comunidad familiar, fundamentalmente las ejercidas sobre los menores, mujeres y ancianos, así como las derivadas de la ruptura de la convivencia o relación afectiva, que cause daño físico o psicológico o maltrato sin lesión”.15 En la legislación peruana, a través del Texto Único Ordenado de la Ley 26260, se determina que la violencia familiar es “cualquier acción u omisión que cause daño físico o psicológico, maltrato sin lesión, inclusive la amenaza o coacción graves y/o reiteradas, así como la violencia sexual.” 1.3. Contexto de desenvolvimiento de la violencia familiar Las elevadas estadísticas, y sin considerar la denominada cifra negra16, revelan que la violencia familiar no es exclusiva de una determinada geografía o estrato social. En realidad, la violencia familiar “se trata de un problema de mayor entidad porque su origen es estructural, es decir, nuestro propio sistema social y cultural po14 OPCIÓN, UNFV y MINISTERIO PÚBLICO: Op. cit., T. I, p. 168. 15 GANZENMÜLER ROIG, C.; ESCUDERO MORATALLA, F. y FRIGOLA VALLINA, J.: La violencia doméstica. Barcelona: Bosch, 1999, pp. 14-15. 16 En efecto “se desconoce el índice real de la violencia familiar, pues generalmente se identifican o priorizan solo las agresiones que ocasionan lesiones más graves, como las que se publican en la prensa. Teniendo en cuenta la opinión 20


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tencia que la mujer y los niños adopten una posición de subordinación con respecto al hombre”17. En efecto, el maltrato suele formar parte de nuestra socialización y por tanto de la rutina18 en la convivencia, y el hecho de verse como una conducta ordinaria, imposibilita asumir la realidad de dichas circunstancias o cuando se toma conciencia, ya las consecuencias son muy graves.

Ante esto se ha apreciado características de organización familiar que facilitan la aparición de la violencia19: ― Una organización jerárquica fija e inamovible, que se encuentra basada en la creencia y en las desigualdades naturales. ― Un sistema de autoridad, distribuyendo el poder de acuerdo a la jerarquía, conformando relaciones de dominación, subordinación autoritaria.

LIC muchos investigadores(as) (Ferraro y Jhonson 1983; Walker 1979; Falcón 1991), que afirman que la mayoría de las mujeres tienden a minimizar los actos de violencia de los que son víctimas, resulta imposible calcular la cifra exacta de mujeres que sufren maltrato físico, psíquico y sexual por parte de sus compañeros. Por otro lado, al no existir un adecuado sistema de registro y análisis de estadísticas sobre el tema, se infiere que el subregistro de la violencia familiar es alto” MOVIMIENTO MANUELA RAMOS y CENTRO DE LA MUJER PERUANA FLORA TRISTÁN: Op. cit., p. 14. 17 DE ESPINOSA CEBALLOS, Elena: La Violencia Doméstica. Análisis Sociológico, Dogmático y Derecho Comparado. Granada, Editorial Comares, 2001, p. 10 18 En muchos casos desde hace tiempo y en otros, el maltrato pasa inadvertido para la propia víctima. Este último caso es lo que el Instituto de la Mujer denomina “la mujer técnicamente maltratada”, que no tiene conciencia de su situación y sufre algunas veces o de manera frecuente alguna de estas situaciones: el compañero o marido le impide ver a la familia o tener relaciones con amigos o vecinos, le quita el dinero que gana o no le da lo que necesita para mantenerse, le insulta o amenaza, decide las cosas que ella no puede hacer, le insiste en tener relaciones sexuales aunque ella no quiera, no tiene en cuenta sus necesidades -v. gr. Le deja el peor sitio de la casa, lo peor de la comida…en ciertas ocasiones le produce miedo, cuando se enfada llega a golpearla o pegarle, le dice que todo lo que hace está mal o que es torpe, ironiza sobre sus creencias o no las valora, no valora su trabajo y delante de los hijos dice cosas para dejarla en mal lugar”. DE ESPINOSA CEBALLOS, Elena: Op. cit., pp. 11-12. 19 Cfr. GROSMAN, Cecilia y MESTERMAN, Silvia: Op. cit., p. 97. 21


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― Una modalidad relacional, en donde la familia actúa como el sistema lo impone, recortando de esta manera su autonomía. ― Fuerte adhesión a los modelos dominantes de género, estereotipos de géneros. ― Una comunicación de significados que invisibilizan el abuso, imponiendo un aire de naturalidad a los hechos. 1.4. Sujetos que sufren la violencia Recordemos que “la violencia en el medio familiar suele dirigirse a aquellas personas más vulnerables del grupo, configurándose por los especialistas la siguiente clasificación: a) la violencia sobre la mujer; b) la violencia sobre menores y c) la violencia sobre el anciano. Estas víctimas de malos tratos suelen presentar algunas características similares que ha generado que se hable, incluso, de la existencia de un síndrome. Según Lorente Acosta, el síndrome es el “cuadro o conjunto sintomático formado por una serie de síntomas y signos que existen en un tiempo y que definen clínicamente un estado morboso determinado”. En general, el síndrome hace referencia a un grupo de síntomas o signos que reconocen un mecanismo patogénico común, pero cuya causa puede ser múltiple. Los tres elementos que caracterizan a un síndrome son la etiología o factores que originan los mecanismos que conducen al resultado, los elementos patogénicos o forma de producirse y, finalmente, el resultado”20.

En ese mismo sentido, si bien la mayoría de textos especializados de violencia familiar otorgan capítulos enteros a la violencia contra las mujeres, niños y ancianos, ello no implica que la legislación excluya la violencia que tenga como agraviados a varones, hermanos, etc. Está pendiente aún estudios actualizados sobre estos otros agraviados, que quizá con el empoderamiento de la mujer en la sociedad contemporánea y el poder económico como variable desequilibradora se hagan necesarios, y a lo mejor urgentes. Tén-

20 DE ESPINOSA CEBALLOS, Elena: Op cit., pp. 12-13 22


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gase presente que el año 2008 se reportaron 5 721 casos de violencia contra varones21 por parte de sus parejas en el país (de los cuales 3 323 fueron por violencia psicológica y 1 996, por física).

21 Vid. Diario Expreso, del 25 de mayo del 2009. 23


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