Tercer Informe del Caso Ayotzinapa

Page 1


Informe de la Presidencia de la Comisión para la Verdad y Acceso a la Justicia del Caso Ayotzinapa

Septiembre de 2024

Directorio

Andrés Manuel López Obrador

Presidente Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos

Luisa María Alcalde Luján

Secretaria de Gobernación

Integrantes de la Comisión para la Verdad y Acceso a la Justicia del Caso Ayotzinapa:

Félix Arturo Medina Padilla

Subsecretario de Derechos Humanos, Población y Migración

Presidente de la CoVAJ

Froylán Vladimir Enciso Higuera

Titular de la Unidad para la Defensa de los Derechos Humanos

Subsecretaría de Derechos Humanos, Población y Migración

Presidente Suplente

Claudia Galindo de la Rosa

Directora General de Estrategias para la Atención de Derechos Humanos

Subsecretaría de Derechos Humanos, Población y Migración

Secretaria Técnica

Alicia Bárcena Ibarra

Secretaria de Relaciones Exteriores

Rogelio Ramírez de la O

Secretario de Hacienda y Crédito Público

Cristina Bautista Salvador

Representante de las madres y los padres de los estudiantes desaparecidos de Ayotzinapa

Emiliano Navarrete Victoriano

Representante de las madres y los padres de los estudiantes desaparecidos de Ayotzinapa

Hilda Legideño Vargas

Representante de las madres y los padres de los estudiantes desaparecidos de Ayotzinapa

María Martínez Zeferino

Representante de las madres y los padres de los estudiantes desaparecidos de Ayotzinapa

Mario César González Hernández

Representante de las madres y los padres de los estudiantes desaparecidos de Ayotzinapa

Organizaciones que acompañan a las madres y los padres de los estudiantes desaparecidos de Ayotzinapa:

Centro de Derechos Humanos de la Montaña, Tlachinollan, A.C.

Centro de Derechos Humanos Miguel Agustín Pro Juárez, A.C.

Fundar, Centro de Análisis e Investigación, A.C. Servicios y Asesoría para la Paz, A.C., serapaz

Instituciones asesoras:

Consejo Nacional de Humanidades, Ciencia y Tecnología (conahcyt)

Centro de Investigación en Ciencias de Información Geoespacial, A.C. (CentroGeo)

Equipo de búsqueda en campo

Juan Carlos Teliz García

Emilio García Ramos

Ramsés Fernández Martínez

Martín Adalberto Solis Zuñiga

Carlos Alberto del Jesus López Flores

Alexander Mosqueda Balan

Efren Miranda Blancas

Jesús Gabriel Vazquez Valdez

Luis Carcamo Cervantes

Felipe de Jesús Esteves Reyna

Manuel Jesús García González

Sara Rocío Onofre Izalde

Omar Gustavo Monter Pérez

Juan Alejandro Villafranco Castro Natividad Jacobo Xalapa

Estudiantes desaparecidos

Abel García Hernández

Abelardo Vázquez Penitén

Adán Abrajan De la Cruz

Antonio Santana Maestro

Alexander Mora Venancio (Identificado)

Benjamín Ascencio Bautista

Bernardo Flores Alcaraz

Carlos Iván Ramírez Villarreal

Carlos Lorenzo Hernández Muñoz

César Manuel González Hernández

Christian Alfonso Rodríguez

Telumbre (Identificado)

Cristián Tomás Colón Garnica

Cutberto Ortiz Ramos

Dorian González Parral

Emiliano Gaspar de la Cruz

Everardo Rodríguez Bello

Felipe Arnulfo Rosas

Giovanni Galíndez Guerrero

Israel Caballero Sánchez

Israel Jacinto Lugardo

Jesús Giovanni Rodríguez

Jhosivani Guerrero De la Cruz (Identificado)

Jonás Trujillo González

Jorge Álvarez Nava

Jorge Anibal Cruz Mendoza

Jorge Antonio Tizapa Leguideño

Jorge Luis González Parral

José Ángel Campos Cantor

José Ángel Navarrete González

José Eduardo Bartolo Tlatempa

José Luis Luna Torres

Julio César López Patoltzin

Leonel Castro Abarca

Luis Ángel Abarca

Luis Ángel Francisco Arzola

Magdaleno Rubén Lauro Villegas

Marcial Pablo Baranda

Marco Antonio Gómez Molina

Martin Sánchez García

Mauricio Ortega Valerio

Miguel Ángel Hernández Martínez

Miguel Ángel Mendoza Zacarías

Saúl Bruno García

ACRÓNIMOS

CIDH: Comisión Interamericana de Derechos Humanos

CNB: Comisión Nacional de Búsqueda

Corte IDH: Corte Interamericana de Derechos Humanos

CoVAJ: Comisión para la Verdad y Acceso a la Justicia del Caso Ayotzinapa

CRFI: Centro Regional de Fusión de Inteligencia

FGR: Fiscalía General de la República

GIEI: Grupo Interdisciplinario de Expertos Independientes

GN: Guardia Nacional

OBI: Órgano de Búsqueda de Información

PF: Policía Federal

PGR: Procuraduría General de la República

PPL: Persona Privada de la Libertad

SEDENA: Secretaría de la Defensa Nacional

SEGOB: Secretaría de Gobernación

SSPC: Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana

SRE: Secretaría de Relaciones Exteriores

UEILCA: Unidad Especial de Investigación y Litigación para el Caso Ayotzinapa

Introducción

“Ayotzinapa, una herida abierta”

Andrés Manuel López Obrador

Este informe tiene como objetivo comunicar a las madres y padres de los 43 estudiantes desaparecidos en Iguala, Guerrero, en los trágicos hechos del 26 y 27 de septiembre de 2014, así como al pueblo de México, los avances para encontrarlos. Además, se detallan las acciones encaminadas para llegar a la verdad, castigar a los responsables y, con ello, lograr justicia.

El informe se enfoca en las acciones realizadas por el Gobierno de México, a través de la Comisión para la Verdad y Acceso a la Justicia del Caso Ayotzinapa (CoVAJ), en cinco ejes fundamentales: (1) búsqueda en campo, (2) identificación genética, (3) verdad y justicia, (4) extradiciones y (5) ruptura del pacto de lealtad criminal. También se analiza el impacto de la sentencia del Tribunal Colegiado de Tamaulipas y lo relativo a la petición de las madres y padres en torno a los denominados folios CRFI.

En el eje de búsqueda en campo se informa que en lo que va de 2024 se han realizado acciones de búsqueda de los jóvenes desaparecidos en 294 sitios, tres veces más que el año anterior. Hoy se trabaja de manera

simultánea con nueve equipos multidisciplinarios en municipios de Guerrero: Cocula, Cuetzala del Progreso, Eduardo Neri, Huitzuco de los Figueroa, Iguala de la Independencia, San Miguel Totolapan, Taxco de Alarcón, Teloloapan y Tepecoacuilco.

Respecto al eje de identificación genética se informan las acciones que, en coadyuvancia con la Unidad Especial de Investigación y Litigación para el Caso Ayotzinapa (UEILCA), se emprendieron derivado de que se advirtió que existían restos óseos sin analizar. También se brinda información sobre las acciones dirigidas a identificar y analizar restos humanos o indicios hallados en las labores de búsqueda.

En el eje de verdad y justicia, la Fiscalía General de la República (FGR), a través de la UEILCA, informa el resultado de su trabajo de investigación y persecución de los posibles implicados en los hechos del 26 y 27 de septiembre de 2014, consistente en la obtención de nuevas órdenes de aprehensión y la detención de 23 probables responsables, lo que ha dado pie a la apertura de varios procesos y avanzar en la búsqueda de la verdad y justicia.

Dentro del eje de extradiciones, se describe el trabajo coordinado que ha llevado a cabo la CoVAJ, en coadyuvancia con la UEILCA, para impulsar las gestiones necesarias en las extradiciones de y , exfuncionarios de la entonces Procuraduría General de la República (PGR), así como de , exjuez de barandilla en Iguala.

También se analiza la sentencia de asilo político otorgada en Estados Unidos a , ya que ha frenado legalmente el proceso de

extradición solicitado por el Gobierno de México y ha impedido que esta persona comparezca ante las autoridades de nuestro país y declare para ayudar a esclarecer lo sucedido con relación a los 17 estudiantes que posiblemente fueron llevados a la comandancia bajo su responsabilidad como juez. En este apartado también se analiza el papel de agencias o instituciones extranjeras en este caso.

En el último eje se informan las acciones que ha emprendido el Gobierno de México para romper el pacto de lealtad criminal, el cual es un acuerdo entre delincuentes para guardar silencio y protegerse entre sí, garantizando que no se les sancione. Esto ha impedido la localización de los jóvenes desaparecidos. Una acción clave en esta etapa de los trabajos de la CoVAJ ha sido intensificar el diálogo responsable con informantes que han señalado tener datos respecto a la ubicación de los 43 jóvenes desaparecidos.

En esta etapa ha sido fundamental tener datos relevantes sobre la desaparición de los 43 jóvenes normalistas. Nos interesa tanto encontrarlos que el presidente instruyó a las titulares de Secretaría de Gobernación (SEGOB), la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana (SSPC) y de la Subsecretaría de Derechos Humanos establecer diálogo directo con personas en penales locales y federales que pudieran tener información sobre su paradero.

Además de estos cinco ejes, se da cuenta de dos temas importantes para esclarecer la verdad de los hechos.

El primero tiene que ver con el análisis de la sentencia del Tribunal Colegiado en Tamaulipas cuya resolución tuvo como consecuencia la liberación de 65 probables responsables. Esto derivó en una triple impunidad:

1) no esclareció los hechos, 2) no ayudó a encontrar a los desaparecidos y, 3) no sancionó a los responsables. Es importante que las madres y padres de los 43 jóvenes desaparecidos así como el pueblo de México, conozcan el impacto de esta resolución.

En el segundo tema, se informa sobre la solicitud de las madres y padres de los 43 estudiantes desaparecidos para la entrega de los folios del Centro Regional de Fusión de Inteligencia (folios CRFI) de la Secretaría de la Defensa Nacional (SEDENA). El informe presenta el hallazgo de 15 folios CRFI, junto con otros 70 documentos relacionados, encontrados en los archivos de la CoVAJ tras un nuevo análisis de la documentación proporcionada por SEDENA desde 2021, que comprende más de 121 mil fojas.

El Presidente Andrés Manuel López Obrador encabeza semanalmente reuniones con su gabinete para supervisar las investigaciones y evaluar los resultados. Ha presidido 22 de las 80 sesiones realizadas por la CoVAJ y mantiene un diálogo directo y constante con las madres y padres de los 43 normalistas desaparecidos.

Derivado de estos trabajos, el Presidente les envió una primera comunicación escrita acompañada de los anexos respectivos. En esta carta se plantearon las dos visiones desde las que hoy se discute públicamente este importante caso:

La primera pone énfasis en la participación directa del Ejército en la desaparición de los jóvenes y es impulsada por organizaciones defensoras de derechos humanos, así como por agencias y organismos internacionales.

En las investigaciones solo se ha documentado la presencia de elementos del ejército el día de los hechos en las calles, el C4, hospitales y en la comandancia de la policía municipal.

La segunda visión enfatiza la responsabilidad del grupo criminal denominado Guerreros Unidos, conocido por el uso de violencia extrema que operaba en esa zona, quienes actuaban en contubernio con autoridades locales. Las organizaciones, periodistas y organismos internacionales han minimizado este enfoque. No obstante, la identificación de dos de los estudiantes desaparecidos fue a través de información proveída por ellos.

Esta visión no excluye las omisiones o responsabilidades de personas o autoridades que tuvieron conocimiento en estos hechos.

La emisión de este informe es importante para las madres y padres de los 43 estudiantes desaparecidos, así como para el pueblo de México, ya que representa un ejercicio de transparencia en un caso que involucra graves violaciones a los derechos humanos.

El Gobierno de México reafirma su determinación de encontrar a los jóvenes, por lo que trabaja incansablemente para alcanzar la verdad y la justicia. Este reporte demuestra las acciones emprendidas, demostrando que no se ha escatimado en recursos ni esfuerzos para encontrar a los jóvenes, esclarecer los hechos y sancionar a los responsables.

-oOo-

Capítulo I. Búsqueda en campo

Uno de los compromisos más importantes de este gobierno ha sido conocer la verdad, sancionar a los responsables y, sobre todo, localizar a los 43 normalistas desparecidos.

En la etapa final de la administración del licenciado Andrés Manuel López Obrador se triplicaron los equipos de búsqueda en campo, lo que nos permitió aumentar el número de tareas de localización simultáneas en diversos sitios de interés.

Fortalecimiento de la búsqueda

Las búsquedas en campo han sido posibles gracias a la coordinación de la UEILCA, la Secretaría de Gobernación (SEGOB), la Comisión Nacional de Búsqueda de Personas (CNB), la SEDENA, la Guardia Nacional (GN) y la Secretaría de Seguridad Pública del Estado de Guerrero. En estas labores participan alrededor de 270 personas diariamente.

En lo que va de 2024 se realizaron búsquedas en 294 sitios, lo que representa un aumento de 341%, en comparación con los 86 sitios intervenidos en el 2023.

En este gobierno se ha buscado a los normalistas desaparecidos en un total de 858 sitios en nueve municipios de Guerrero: Cocula, Cuetzala del Progreso, Eduardo Neri, Huitzuco de los Figueroa, Iguala de la Independencia, San Miguel Totolapan, Taxco de Alarcón, Teloloapan y Tepecoacuilco.

Figura 1. Sitiosdebúsquedaencampo

Con estas acciones, en 2024, la UEILCA y los equipos de búsqueda han encontrado 10 osamentas humanas y 2 fragmentos óseos (un fémur y una tibia). De acuerdo con los análisis realizados por las fiscalías, se descartó que pertenecieran a los jóvenes desaparecidos. Sin embargo, estos hallazgos pueden contribuir a la verdad y la justicia en otras investigaciones.

Método de trabajo

Los trabajos de campo se realizan, sin parar, todos los días con jornadas de 10 a 12 horas y el resto del día con trabajo de análisis documental.

El proceso de búsqueda sigue los pasos siguientes:

1. Determinación de sitios: Los sitios de búsqueda se establecen a partir de investigaciones de la UEILCA, solicitudes de los familiares de los jóvenes desaparecidos, avisos anónimos y cualquier información que se aporta.

2. Corroboración en campo: La información se valida en el lugar identificando el punto de interés.

3. Análisis del punto: Se evalúa el área tomando en cuenta el tipo de operaciones de las células delictivas activas en la zona durante la época de los hechos así como los cambios en el terreno a lo largo del tiempo.

4. Acompañamiento de la CoVAJ: La CoVAJ colabora con los ministerios públicos y peritos, quienes lideran los trabajos de la UEILCA, apoyando en la fijación de los puntos y gestionando permisos para entrar en propiedades privadas.

5. Delimitación del sitio: El punto de interés se divide en una retícula de 400 metros cuadrados mediante imágenes satelitales, agrupados en sectores de 25 unidades, formando un mapa de trabajo para intervenir el sitio.

Figura 2. Tiposdeintervención

6. Selección del equipo de búsqueda: Según el análisis del terreno, se define el perfil del equipo y los materiales necesarios, ya sea para una prospección manual o con maquinaria. El equipo incluye un representante

de las madres y padres del Centro de Derechos Humanos de la Montaña Tlachinollan, peritos especializados de la FGR (arqueólogos, antropólogos, criminalistas, y expertos forenses), un agente del Ministerio Público, auxiliares ministeriales, servidores públicos de la SEGOB, la CoVAJ y la CNB y miembros de la SEDENA, la Guardia Nacional (GN) y la Secretaría de Seguridad Pública del Estado de Guerrero.

En estas labores participan alrededor de 270 personas diariamente.

7. Intervención en el sitio: El personal de la CoVAJ organiza el apoyo de maquinaria, binomios caninos y otros recursos necesarios para una intervención efectiva, además de gestionar medidas de seguridad durante el traslado y las diligencias. En caso de hallazgos de restos óseos, se asegura la rápida intervención de equipos periciales.

8. Seguimiento y supervisión: Las autoridades de la CoVAJ y la UEILCA realizan supervisiones continuas en los sitios intervenidos para dar seguimiento a las prospecciones realizadas.

Persistencia y exhaustividad de la búsqueda

En ocasiones ha sido necesario volver a buscar en sitios de interés que ya habían sido intervenidos con el objetivo de agotar cualquier indicio. Por ejemplo, puntos ya analizados y descartados como fue el caso de los sitios en , , , , y

No hemos dejado de buscar un solo día. Las acciones de búsqueda solo se interrumpen cuando las condiciones climáticas no permiten un procesamiento adecuado del sitio

Capítulo II. Procesos de identificación humana

Los procesos de identificación que se realizan sobre los restos óseos en las labores de búsqueda son un componente crucial en las acciones que la FGR y el Gobierno de México llevan a cabo para localizar a los estudiantes desaparecidos.

Uno de los primeros pasos en este esfuerzo fue revisar exhaustivamente la información existente, lo que reveló que muchos restos óseos aún no habían sido analizados, ni se les había extraído su perfil genético para la confronta con las bases de datos de la FGR.

Este descubrimiento motivó una colaboración de la UEILCA con la Fiscalía General de Justicia del Estado de Guerrero donde se identificaron más de 1,500 indicios pendientes de análisis, de los cuales, 132 fueron considerados de interés por sus características, el tiempo y el lugar de su hallazgo.

Se detectó que los indicios recolectados en la búsqueda realizada en la , correspondientes a restos de nueve cuerpos no habían sido enviados para su análisis debido a la falta de autorización o validación por parte de los peritos argentinos.

En cuanto a los restos conocidos como “petrosas”1 también permanecían sin ser analizados desde 2014. Los peritos argentinos argumentaron que su alto grado de deterioro impedía un estudio viable, además de que, dijeron, dichos restos estaban relacionados con la llamada “verdad histórica”.

1 Parte del hueso temporal que aloja el oído interno encontrados en el y el

No obstante, la instrucción del Presidente ha sido clara: todos los hallazgos deben ser analizados sin excepción, independientemente de si los restos pertenecieran o no a los jóvenes de Ayotzinapa, cada caso involucra víctimas cuyas familias tienen el derecho de conocer la verdad y alcanzar la justicia.

La FGR llevó a cabo los procedimientos necesarios para realizar las pruebas correspondientes, a cargo de los especialistas de la Coordinación

General de Servicios Periciales, obteniendo los siguientes resultados.

Los 132 perfiles genéticos que se seleccionaron entre los 1,500 analizados y remitidos por la Fiscalía General de Justicia del Estado de Guerrero no coincidieron con los perfiles de los estudiantes desaparecidos.

Los indicios recolectados durante las búsquedas en la zona de l también arrojaron resultados negativos en la confronta con el ADN de los estudiantes desaparecidos.

En cuanto a los restos conocidos como “petrosas”, localizados en y en , almacenados en 33 cajas y 5 bolsas, se informa que:

• Los restos contenidos en 17 cajas y 4 bolsas no fueron susceptibles de análisis debido a su avanzado estado de deterioro.

• De los restos contenidos en las 16 cajas y una bolsa restantes, se tomaron 129 muestras para análisis genético, de las cuales se obtuvieron 5 haplotipos mitocondriales que resultaron negativos en la confronta con los perfiles genéticos de los estudiantes.

En el sitio denominado se identificaron restos consistentes en un fémur y una tibia, los cuales resultaron negativos.

Por su parte, en el lugar conocido como se localizaron 10 indicios que generaron 10 perfiles genéticos: 7 masculinos y 3 femeninos, todos con resultados negativos para los estudiantes.

Cuadro de resultados de estudios genéticos

Capítulo III. Verdad y justicia

La UEILCA y la CoVAJ

El Fiscal General de la República mediante Acuerdo A/010/19 publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 26 de junio de 2019, creó la UEILCA.

El propósito de crear este órgano investigador fue armonizar la función ministerial con el “DECRETO por el que se instruye establecer condiciones materiales, jurídicas y humanas efectivas, para fortalecer los derechos humanos de los familiares de las víctimas del caso Ayotzinapa a la verdad y al acceso a justicia” que emitió el Presidente el 4 de diciembre de 2018.

La UEILCA es la encargada de la investigación de los hechos cometidos el 26 y 27 de septiembre de 2014 y la persecución de los probables responsables con plena autonomía, de conformidad con los artículos 21 y 102 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Esto permitió especializar el trabajo de la FGR y avanzar en el cumplimiento de sus funciones constitucionales y legales bajo una actuación focalizada y multidisciplinaria en el conocimiento y resolución de los procedimientos penales y administrativos relacionados con los hechos.

En coadyuvancia de la investigación se encuentra la CoVAJ que participa en el esclarecimiento de los hechos como una herramienta de política criminal y combate a la impunidad frente a las violaciones graves de derechos humanos para fortalecer las investigaciones y garantizar el derecho a la verdad, con el objetivo prioritario de encontrar a los jóvenes desaparecidos.

La UEILCA cuenta con todo el apoyo de las dependencias y entidades que integran la Administración Pública Federal bajo el mando del Presidente de México

Rutas de investigación

Todos los días se realizan labores para robustecer las investigaciones que se integran en averiguaciones previas y carpetas de investigación, así como los procesos penales que se siguen en distintos juzgados y tribunales en el país. Actualmente, la UEILCA cuenta con 135 expedientes en trámite que se dividen en:

En el desarrollo de las indagatorias la UEILCA estableció dos rutas de investigación principales:

La primera de estas rutas tiene que ver con la desaparición de los estudiantes y los hechos ocurridos los días 26 y 27 de septiembre de 2014.

Derivado de esos hechos, el Ministerio Público ha ejercido acción penal contra miembros de una organización criminal en aquel entonces conocida como Guerreros Unidos, así como diversos funcionarios, entre ellos policías federales, estatales y municipales de Iguala, Cocula y Huitzuco, así como elementos del Ejército.

Las acciones ejercidas judicialmente actualizan conductas que configuran tipos penales como secuestro, desaparición forzada, delitos contra la salud, delincuencia organizada con la finalidad de cometer delitos contra la salud y secuestro.

La otra ruta surge como consecuencia del ejercicio de la acción penal en contra de los funcionarios que presuntamente participaron en la construcción de una versión de los hechos que fue nombrada como la “verdad histórica”, la cual fue cuestionada por la manipulación de los hechos, por las pruebas y los mecanismos de tortura que supuestamente fueron utilizados en la detención y toma de declaraciones de los presuntos implicados en los hechos.

La integración de esta segunda ruta trajo como consecuencia el inicio de carpetas penales por los delitos de tortura, desaparición forzada, abuso de autoridad, delitos contra la administración de justicia y coalición de servidores públicos, en donde los principales sujetos activos son exmiembros de la extinta PGR y se sostienen en las acciones u omisiones que, desde sus facultades como servidores públicos, hicieron o dejaron de hacer en la investigación de los hechos.

Estas dos principales rutas se subdividen, generando el desarrollo de nuevas líneas de investigación que el agente del Ministerio Público se encuentra obligado a desahogar; es así que, para un mejor manejo de la información, la UEILCA abrió diversos expedientes con la finalidad de ser llevadas ante los jueces competentes a través de consignaciones o judicializaciones (según corresponda al sistema procesal tradicional o acusatorio) para el juzgamiento correspondiente.

Avances en las investigaciones y procesos1

La UEILCA cuenta con 135 expedientes en trámite. Actualmente hay 151 personas procesadas, de las cuales 120 están detenidas bajo prisión preventiva y 31 personas están compurgando medidas cautelares diferentes a la prisión, tales como la firma periódica ante los juzgados, no salir del país, la imposición de fianzas, no acercarse a las víctimas y resguardo domiciliario.

También existen 60 órdenes de aprehensión pendientes de cumplimentar y 3 procesos de extradición en curso de actores en los hechos a los que se les sigue alguna investigación.

1 Las cifras de este capítulo se encuentran actualizadas al 13 de septiembre de 2024.

Cifras estadísticas de investigaciones y procesos penales

Las investigaciones y procesos se siguen en contra de quien resulte responsable sin importar su condición. El Estado trabaja incansablemente para proporcionar verdad y justicia.

Desglose de personas que se encuentran procesadas relacionadas con el caso

Se han obtenido 404 órdenes de aprehensión, de las cuales 225 se libraron en esta administración (2019 al 2024) y están pendientes de cumplimentarse 61 mandamientos judiciales.

Órdenes de aprehensión obtenidas de 2014 a la fecha

Desde que sucedieron estos hechos hasta la fecha, 391 personas tienen relación con las investigaciones o alguna vinculación con el caso.

Se encuentran 151 personas procesadas en una o varias averiguaciones, carpetas de investigación o causas penales, es decir, están llevando un juicio; otras 151 personas están en investigación, a 25 personas les dictaron un auto de libertad por falta de elementos, 7 personas recibieron una sentencia absolutoria (provocadas por el desvanecimiento de datos), 65 personas fueron liberadas de forma directa o por efectos de la sentencia del juicio de amparo 203/2017 del Primer Tribunal Colegiado del Decimonoveno Circuito, así como 60 órdenes de aprehensión que se encuentran pendientes de cumplimentar.

Detención de personas

De octubre de 2023 a la fecha, se han cumplimentado 23 órdenes de aprehensión de personas que están relacionadas con el caso: miembros de Guerreros Unidos, expolicías de los municipios de Iguala, Cocula y Huitzuco, así como elementos del Ejército.

Listado de personas detenidas

Capítulo IV. Extradiciones

Hay personas que han sido señaladas de participar o tener conocimiento de los hechos de la desaparición de los jóvenes normalistas el 26 y 27 de septiembre en Iguala, Guerrero o que intervinieron en la creación de la llamada “verdad histórica”, y que huyeron de nuestro país, por lo que el Gobierno mexicano ha iniciado los procesos de extradición que, de acuerdo con el derecho internacional permite a un Estado entregar una persona que fue requerida por otro para que éste sea enjuiciado, o bien, cumpla una sentencia.

A continuación, se detalla el estatus de cada uno de ellos.

Respecto a Tomás “N”, quien huyó del país desde el 13 de agosto de 2019 y al que se le persigue por presunta tortura, desaparición forzada y coalición de servidores públicos, se solicitó la extradición desde el 20 de diciembre de 2021.

TOMÁS “N”
ABRAHAM “N”
ULISES “N”
Tomás “N”

Con Israel no se tiene un tratado que permita la extradición. Sin embargo, el licenciado Andrés Manuel López Obrador, Presidente de México, solicitó apoyo enviando una carta al Primer Ministro de ese país. En respuesta, dicha nación reiteró su interés en cooperar con el Estado mexicano.

El 4 de abril de 2024, el Presidente hizo un llamado al gobierno de Israel para reiterar la autorización de la extradición, y al día siguiente, se obtuvo comunicación por parte de la embajadora Einat Kranz señalando que las áreas jurídicas de ambos países se coordinan para lograr tal fin.

En coadyuvancia con la FGR y la Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE), se trabaja para lograr la extradición lo más pronto posible y que la probable participación de esta persona no quede impune.

Abraham “N”

Respecto a Abraham “N”, exmando de la Subprocuraduría Especializada en Investigación de Delincuencia Organizada (SEIDO), a quien se le persigue por las presuntas torturas a un supuesto miembro de Guerreros Unidos implicado en el caso, se solicitó su extradición el 30 de marzo de 2023.

Se conoce que el exservidor público reside al sur de los Estados Unidos y se realizan gestiones para lograr su extradición; sin embargo, su proceso no tiene avance. En marzo de 2024 el gobierno estadounidense solicitó información complementaria para emitir su dictamen, petición que ya fue atendida por la UEILCA.

Ulises “N”

Finalmente, respecto de Ulises “N”, el exjuez de barandilla, quien cuenta con asilo político en Estados Unidos, el 14 de marzo de 2024 se requirió información complementaria por parte del gobierno de Estados Unidos, la cual ya fue remitida.

La relevancia de este probable responsable radica en que pudo haber tenido contacto con estudiantes que aparentemente fueron detenidos y llevados a la comandancia de Iguala donde él era juez. Acorde con declaraciones que obran en las carpetas de investigación, se desprende que él pudo haber entrevistado a los jóvenes y con ello haber obtenido datos relevantes sobre su paradero.

Este procedimiento se encuentra detenido y el gobierno de Estados Unidos no reporta avance alguno.

Sentencia de asilo político a Ulises “N”

El asilo político es la protección que otorga un Estado a un extranjero considerado perseguido, puede ser por motivos o delitos de carácter político o por aquellos delitos del fuero común que tengan conexión con motivos políticos, pero se debe actualizar una circunstancia de riesgo, es decir, la vida, libertad o seguridad de quien lo solicita se debe encontrar en peligro.

Cada Estado establece procesos para declarar la condición de asilado de acuerdo con su propia normatividad; sin embargo, estas resoluciones tienen consecuencias internacionales como acontece con Ulises “N”.

Desde 2015, la entonces PGR obtuvo una orden de aprehensión en su contra por su probable responsabilidad en los hechos de la desaparición de los estudiantes, pues de la evidencia documental y testimonios que obran en la indagatoria, se advierte que un grupo de al menos 17 estudiantes fue llevado, durante las primeras horas del 27 de septiembre de 2014, a la comandancia por policías municipales de Iguala, Guerrero, por un breve tiempo. El exjuez de barandilla habría sido omiso en registrarlos en sus bitácoras y minutos más tarde, los entregaría al Subdirector de Seguridad

Pública de ese municipio, Francisco “N”, para que fueran trasladados a otro destino y finalmente ser entregados a miembros de la organización delincuencia Guerreros Unidos.

Ulises “N” evadió la acción de la justicia huyendo a Estados Unidos, mientras que en México se alertó su acción fugitiva y se solicitó la emisión de una ficha roja a la Interpol, que es una solicitud dirigida a las fuerzas del orden de todo el mundo para localizar y detener provisionalmente a una persona en espera de su extradición.

El exjuez de barandilla ingresó a Estados Unidos desde abril de 2015, cuando aparentemente solicitó de manera formal el otorgamiento de asilo político, iniciando un proceso en el que declaró que los estudiantes nunca fueron llevados a la comandancia de Iguala; además señaló que

era perseguido por ser detractor de la verdad histórica, y que temía por su integridad.

La declaración que da el exjuez de barandilla acerca de que no estuvieron los jóvenes en la comandancia es lo que sostiene como prueba de que supuestamente el Ejército sí salió a las calles todo ese día; inclusive, el Departamento de Justicia del gobierno de los Estados Unidos de América le otorgó a dicho exjuez el derecho de asilo que solicitó en 2015 y se le concedió en 2020 bajo los criterios siguientes:

• La Corte de Inmigración del Departamento de Justicia de Estados Unidos de América consideró verídico el testimonio de Ulises “N” y el de la señora de que el Ejército mexicano estuvo presente durante los ataques y desaparición de los estudiantes.

• Dichas autoridades estadounidenses sostuvieron textualmente lo siguiente: “resulta inverosímil que un departamento de policía municipal tenga la influencia política y los recursos necesarios para organizar un intrincado encubrimiento y la desaparición de 43 estudiantes mexicanos. Es mucho más plausible que el gobierno federal mexicano y la Policía Federal (PF) fueran los responsables de este horrible incidente”.1

Paralelamente, la Corte de Estados Unidos determinó en su resolución de 7 de enero de 2020, suficientes y creíbles sus dichos a pesar de que el Departamento de Seguridad Nacional de Estados Unidos afirmó

1 Traducción libre de la sentencia de 7 de enero de 2020 de la Corte de Inmigración de los Estados Unidos.

durante el proceso que Ulises “N” estuvo involucrado en la desaparición de los jóvenes, basado en declaraciones de testigos, así como una ficha roja activa emitida por la Interpol, en la que se solicitaba su detención por delincuencia organizada y secuestro, pero todo fue desestimado. México no fue informado.

La Sra. fue designada como testigo experto, es decir, perito en favor de Ulises “N”. Las pruebas de peso para otorgarle el asilo fueron las entrevistas que ella le hizo a Ulises “N”, es decir, el exjuez de barandilla presentó como pruebas a su favor sus propios dichos pero reporteados por ella, y el juez los validó.

El tribunal de migración estadounidense ignoró la orden de aprehensión que existía en su contra desde 2015 por los delitos de delincuencia organizada y secuestro. Esta orden de detención estuvo vigente hasta inicios de 2023 cuando Ulises “N” tramitó un amparo en su contra.

No obstante, en julio de 2023, el actual fiscal de la UEILCA, Rosendo

Gómez Piedra, obtuvo una nueva orden de aprehensión por el delito de desaparición forzada a pesar de las omisiones en el litigio dentro del amparo por el anterior fiscal especial.

Por lo referido, es inaudito que un tribunal en Estados Unidos minimizara múltiples declaraciones que obran en expedientes ministeriales y judiciales en México, la ficha roja y la orden de aprehensión en su contra, y en cambio, concediera el asilo político a una persona que evidentemente tiene información relacionada con los hechos vinculados a la desaparición.

Resolución en la que se otorga asilo político a Ulises “N”

Disponibleenhttps://es.scribd.com/document/447354005/ Dicta-Corte-de-Arizona-sentencia-historica-sobre-el-caso-Ayotzinapa

Capítulo V. Ruptura del pacto de lealtad criminal

Es tan importante para nosotros el caso Ayotzinapa que el Presidente de México instruyó formar una comisión de funcionarios de alto nivel para hablar con quienes pudieran tener información. En este grupo participan las titulares de la SEGOB, la SSPC, así como el titular de la Subsecretaría de Derechos Humanos, Población y Migración. Esta comisión visitó penales federales y locales en los que están recluidas diversas personas relacionadas con el caso.

Esto se realiza en el entendido de que estas personas determinan de manera voluntaria si desean colaborar o no, en cuyo caso nuestra labor concluye en acercarlos con la UEILCA, quien es la encargada de generar las condiciones legales pertinentes. Además, se les informa los beneficios que, conforme a las leyes vigentes, pueden obtener.

A partir de ello, se realizaron sesiones de trabajo con diversas personas.

Algunos testimonios aportan elementos que son valorados para determinar si son relevantes o conducen a nuevos indicios, principalmente al destino de los estudiantes desaparecidos, información que procesa y valora la FGR.

De la información recibida se obtuvieron los siguientes sitios de interés:

Estos sitios están ubicados en los municipios de Iguala, Tepecoacuilco de Trujano, Eduardo Neri y Cocula, todos en Guerrero.

El testigo “Juan”

En octubre de 2019, dentro de los trabajos de investigación en uno de los expedientes del caso Ayotzinapa se incorporó como testigo colaborador a quien se le denominó “Juan”. Este testigo había sido exonerado en diversas causas penales, ya sea por desvanecimiento de datos o por supuesta tortura derivado de los efectos de la sentencia del amparo en revisión 203/2017 del Tribunal Colegiado de Tamaulipas.

El testigo proporcionó información que sirvió para localizar a dos de los estudiantes desaparecidos. Su colaboración se extendió durante 5 años. Se le dio protección y recompensas. Sin embargo, posteriormente condicionó nueva información de la ubicación de los estudiantes a la amnistía y la no extradición de un líder de alto nivel de otra organización criminal, con quien el testigo colaborador ya había trabajado para tener los primeros hallazgos.

La extradición de ese personaje se ha diferido. En septiembre de este año, la comisión de funcionarios dialogó con dicho líder criminal. La respuesta del Gobierno de México fue puntual: si en un breve plazo proporcionaba información veraz de la ubicación de los jóvenes desaparecidos y las pruebas de identificación genética daban positivo, podría continuar sus procesos penales en México y obtener, para quienes le ayudaran, la amnistía y recompensas.

Al momento de redactar este informe, el diálogo continúa aunque no se ha recibido ninguna información.

Una de las obligaciones que derivan del Decreto que creó la CoVAJ es fortalecer el ejercicio del derecho que tienen los familiares de las víctimas de conocer la verdad.

Por ello, una de las tareas de la CoVAJ fue analizar todos los documentos que ha emitido el Poder Judicial de la Federación con relación al caso.

En este capítulo informamos los resultados del análisis de la sentencia que puso fin al amparo en revisión 203/2017 resuelto por el Primer Tribunal Colegiado del Decimonoveno Circuito con residencia en Tamaulipas que sirvió como instrumento para liberar 65 personas, en diferentes momentos, que eran señaladas como probables responsables en la desaparición de los normalistas.

Antecedentes

Durante la investigación que se llevó a cabo entre 2014 y 2018, la PGR de-

tuvo e inició procesos a diversas personas por ser parte de la organización criminal Guerreros Unidos, quien habría participado en la desaparición de los normalistas.

Uno de estos detenidos era , alias “Chequel”, “Duba” o “Duvalín”, con quien comenzó este entramado judicial cuando el

Juzgado Primero de Distrito de Procesos Penales Federales en el Estado de Tamaulipas determinó que había suficientes elementos de responsabilidad para vincularlo a proceso por el delito de delincuencia organizada con la finalidad de cometer delitos contra la salud

Esta situación fue confirmada en apelación por parte del Segundo Tribunal Unitario del Decimonoveno Circuito 1 dentro de la causa penal 123/2014-II.

Inconforme con esa resolución, presentó un amparo del que conoció el Tercer Tribunal Unitario del Decimonoveno Circuito con residencia en Reynosa.2

En esta etapa, el Tercer Tribunal Unitario tendría que haberse limitado a resolver si era correcto o no que se hubiera consignado a por el delito de delincuencia organizada. No obstante, le concedió el amparo porque, según su criterio, en el proceso penal se había omitido llamar a las víctimas indirectas, que dijo, eran los familiares de los normalistas. El magistrado del Tribunal Unitario de propia mano amplió un asunto que se trataba de delincuencia organizada a uno de desaparición forzada.

En contra de esta determinación, el agente del Ministerio Público adscrito al Tercer Tribunal Unitario interpuso un recurso de revisión y argumentó que no era necesario llamar a las víctimas porque el proceso era instruido por delincuencia organizada por delitos contra la salud, en donde la víctima es la sociedad. Este argumento fue desestimado por el Primer Tribunal Colegiado del Decimonoveno Circuito.3

1 Toca penal 323/2015-V.

2 Juicio de amparo 177/2015-II

3 Amparo en revisión 203/2017.

Dicho Tribunal señaló que, retomando la teoría del caso sostenida por el Ministerio Público, determinó la existencia de víctimas, porque presuntamente pertenecía a la organización criminal de Guerreros Unidos, la cual habría participado en la desaparición de los normalistas durante los ataques del 26 y 27 de septiembre de 2014; también sostuvo que había otras víctimas afectadas relacionadas con esos hechos, como el equipo de Los Avispones, por lo que el reconocimiento de la calidad de víctimas, según el tribunal, debía extenderse a estas últimas y sus familiares.

El tribunal no reconoció la existencia de Guerreros Unidos y en consecuencia descartó la comisión del delito de delincuencia organizada a pesar de tener la oportunidad de emitir la primera sentencia que acreditara la existencia de dicho grupo, incluso señaló que las declaraciones de las que tuvo conocimiento no eran idóneas para acreditarlo.

A través de esta maniobra, el tribunal incluyó aspectos sobre la desaparición forzada y ejecución extrajudicial de los normalistas que nada tenía que ver con el problema que se planteaba en el amparo, que era resolver si pertenecía o no al grupo Guerreros Unidos (motivo por el que fue procesado), limitándose a conceder el amparo contra el auto de formal prisión y con esto resolver plenamente el fondo del asunto planteado.

Lo anterior implica una violación al principio de relatividad de las sentencias conforme al cual, el juez de amparo se debía limitar a analizar las violaciones constitucionales que fueron alegadas y afectan al quejoso,

aspecto de lo que hay pronunciamientos de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).

El tribunal trató de justificar su actuar bajo el argumento de que el Ministerio Público, al ejercer la acción penal, involucró el tema de la desaparición de los normalistas, por lo que, dijo, eran aspectos que debían ser analizados por ese tribunal, extralimitándose en su función.

Impunidad: tortura presumida, no acreditada

Conforme a las leyes que rigen en México la sentencia de un Tribunal Colegiado es definitiva y por lo tanto inatacable. Todo lo que se resolvió en este caso constituye verdad legal para los procesados, y sus efectos no pueden ser revisados.

Al incorporar la desaparición forzada y la ejecución extrajudicial al asunto, el Tribunal se aseguró de que los posibles responsables no fueran procesados por estos delitos ni por ningún otro relacionado con los hechos con base en las declaraciones anuladas, porque determinó que la mayoría eran auto incriminatorias y presuntamente habían sido obtenidas mediante tortura. También declaró que las imputaciones o señalamientos de los coacusados constituían prueba ilícita, desestimando 19 declaraciones relacionadas con el caso.

Esto al margen de que las personas hayan alegado o no actos de tortura, porque, según dijo, la sola existencia de daños en la salud de los

procesados hacía necesario realizar una investigación de oficio por parte del Ministerio Público. La tortura de los probables responsables es una situación que implica la contaminación de toda la investigación

Asimismo, el Tribunal Colegiado consideró que en un contexto en donde pudo haber ocurrido tortura sería necesario reponer el procedimiento, de modo que se dejara insubsistente todo lo actuado con posterioridad a la declaración inicial de los procesados y ordenó la suspensión del plazo constitucional pidiéndole al agente del Ministerio Público que en un término no mayor de diez días naturales presentara un dictamen médico psicológico practicado conforme al protocolo de Estambul.

El protocolo de Estambul es una herramienta que, a través de diversos estudios, permite determinar si una persona ha sido víctima de tortura. No es un documento jurídico, sino una guía que en ningún apartado ordena su realización sea obligatoria en casos de presunta tortura. Tampoco establece que, de no llevarse a cabo, se deba presumir la veracidad de los actos de tortura alegados. De hecho, ningún instrumento internacional impone tal obligación.

Esta herramienta usualmente se practica de 3 a 6 meses, pero en este caso el Tribunal ordenó que se llevara a cabo en 10 días, y de no hacerlo así, se presumiría que existió tortura.

Este plazo no era razonable para que la FGR pudiera acreditar que no existió tortura. Incluso, para intentar cumplir con esa orden judicial, el Ministerio Público solicitó una prórroga que no le fue concedida por el Tribunal.

Al no presentarse los dictámenes correspondientes en el plazo y conforme fueron solicitados se concluyó que las declaraciones fueron obtenidas mediante tortura, generando que todas aquellas personas investigadas por la FGR por su posible participación en los hechos del caso de Iguala relacionadas con dichas pruebas, fueran liberados sin responsabilidad penal.

En consecuencia, se liberaron a 65 procesados en los siguientes momentos:

• Ocho el 31 de julio de 2018.

• Uno el 30 de septiembre de 2018.

• Veinte el 25 de octubre de 2018.

• Dos el 29 de noviembre de 2018.

• Veinticuatro el 14 de septiembre de 2019.

• Nueve el 26 de septiembre de 2019.

• Uno el 2 de octubre de 2019.

No solo se eliminó cualquier valor probatorio de los estudios y protocolos que ya habían sido realizados por la PGR, sino que también excluyó prácticamente que todas las autoridades administrativas mexicanas pudieran intervenir en su realización.

Después de la emisión de este fallo, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) remitió a la CoVAJ un informe en el que se

detallaba que de acuerdo con protocolos de Estambul que sí fueron realizados por esa Comisión, de 35 de los liberados, solamente 7 dieron positivos al protocolo, y los 28 restantes fueron negativos. En 30 protocolos restantes, no obra constancia de que se hubieran realizado.

El caso que ejemplifica la impunidad que generó esta sentencia es el del propio , personaje que propició la emisión de esta resolución, cuyo protocolo de Estambul fue negativo, es decir, no existe prueba de que hubiera sido torturado.

El Gobierno de México está en contra de la tortura, pero en este caso no quedó acreditada, sino que se presumió por los efectos de una sentencia.

Doble impunidad

Algunos de estos procesados liberados por efecto de la sentencia sí participaron en la ejecución y desaparición de los jóvenes. Esto queda de manifiesto cuando uno de los supuestamente torturados, poco después de ser liberado, afirmó en calidad de testigo colaborador que él formaba parte de los Guerreros Unidos y participó en la desaparición de los jóvenes.

La sentencia generó impunidad, pues sobreponderó el tema de la tortura y excluyó de su análisis las declaraciones relevantes que pudieran acercar a las víctimas a la verdad, esto es, restó peso jurídico a la verdad.

Reconocimiento como víctimas

Otra de las cuestiones graves es que no solo se liberaron, sino que se les reconoció el carácter de víctimas a los presuntamente torturados, lo que ha implicado para el Estado garantizarles los derechos y en su momento, reparar las violaciones que les fueron cometidas.

Esta sentencia no solo destruyó la “verdad histórica”, sino que realizó un cambio de paradigma al pasar los derechos de las verdaderas víctimas –normalistas desaparecidos y sus familiares– a un segundo plano de atención frente a aquellas personas que alegaron tortura.

Lenguaje atípico

La sentencia utilizó criterios y disposiciones convencionales, así como jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH).

Sin embargo, se centró en destacar la responsabilidad del Estado por probables actos de tortura. Cita en repetidas ocasiones, con valor probatorio, los informes rendidos por el GIEI y organismos internacionales de derechos humanos pero solo en los capítulos relativos a la tortura de los procesados, ignorando aquellos relativos al saneamiento y protección de los derechos de las víctimas, esto es, los normalistas desaparecidos y sus familiares.

Ello sin dejar de lado lo atípico de adjudicar valor probatorio a documentos originados fuera de la autoridad ministerial.

Inconstitucionalidad de la sentencia

El tribunal elaboró una extensa argumentación con la finalidad de generar desconfianza en la PGR. Señaló que los titulares de esa dependencia, así como los de la SEGOB, la Policía Federal y la SEDENA, estaban subordinados al Ejecutivo Federal. Destacan los señalamientos reiterados relativos a que la PGR no fue imparcial ni independente, así como que los involucrados en la presunta tortura pertenecían al mismo gobierno.

Con este argumento, el Tribunal desacreditó todo el trabajo realizado por la PGR, y en su lugar, propuso que la labor de investigación recayera en una comisión en la que las madres y padres de los normalistas condujeran la investigación con la colaboración de organismos de derechos humanos.

Esta determinación es inconstitucional y vulnera los derechos de las víctimas porque transgrede lo dispuesto por los artículos 17, 20 y 21 Constitucionales en los cuales se establece que la investigación de los delitos sólo corresponde al Ministerio Público, y que las víctimas tienen derecho al acceso a la justicia impartida por tribunales previamente establecidos por el Estado.

Además, la sentencia no cumplió con la obligación de respetar derechos humanos de los normalistas desaparecidos y sus familiares a partir del principio pro-persona, porque no reparó en la existencia de una

violación compleja de derechos humanos frente a los derechos de los presuntamente torturados.

Inconvencionalidad de la sentencia

La sentencia del Tribunal Colegiado es inconvencional porque permitió que las declaraciones y testimonios en torno a la desaparición quedaran sin efectos o sin poder considerarse, vulnerándose con ello, entre otros derechos, el derecho a la justicia y a la verdad de las víctimas directas e indirectas violándose la Convención Americana de Derechos Humanos (CADH), entre otros preceptos internacionales que tutelan los derechos de las víctimas.

Razones de impunidad

Desestimó pruebas clave. El tribunal anuló las declaraciones de los acusados al considerarlas obtenidas bajo tortura, a pesar de que solo algunos de los procesados fueron confirmados como víctimas de este delito. Esto eliminó pruebas fundamentales que vinculaban a los imputados con la desaparición de los estudiantes, dejando sin valor jurídico las declaraciones que podrían haber aclarado los hechos.

El tribunal se extralimitó en su función judicial. El Tribunal se desvió del tema central (la pertenencia de a la organización Guerreros Unidos) al incluir aspectos de desaparición

forzada y ejecución extrajudicial que no formaban parte del proceso. Esta ampliación de los temas en el juicio permitió que los procesados fueran liberados sin responsabilidad penal por cualquier delito relacionado con la desaparición.

Sobreponderó el tema de la tortura. La sentencia se centró desproporcionadamente en la presunta tortura sufrida por los acusados, lo que resultó en la liberación de 65 procesados. Este enfoque restó importancia a los derechos de las víctimas directas (los normalistas desaparecidos) y sus familias, priorizando la protección de los presuntos perpetradores.

Imposibilidad de revertir la sentencia. Dado que la sentencia del tribunal colegiado es definitiva e inatacable, las irregularidades en su resolución no pueden ser corregidas. Esto implica que los procesados liberados no podrán ser juzgados nuevamente con las mismas pruebas, aun cuando existieran indicios claros de su participación en la desaparición de los normalistas.

La sentencia liberó a los implicados en la desaparición y también obstaculizó las posibilidades de obtener justicia y verdad, garantizando impunidad para los probables responsables de uno de los crímenes más graves en la historia reciente de México.

Hoy, frente a los obstáculos que puso el Tribunal a la PGR, la UEILCA ha logrado sanear algunos elementos en las investigaciones para que estos lamentables hechos no queden impunes.

Capítulo VII. Folios CRFI

Una de las principales solicitudes de las madres y padres de los jóvenes desaparecidos en Iguala la noche del 26 de septiembre del 2014, es la entrega de 868 documentos a los cuales se les ha llamado in-

distintamente “folios” o “folios CRFI”. Por ello, es importante precisar a qué nos referimos con esto, quién los elabora o emite y cuál es el avance de la CoVAJ a esta solicitud.

Los folios CRFI son documentos emitidos por el Centro Regional de Fusión de Inteligencia de SEDENA en Iguala, que describen hechos que, dependiendo de su trascendencia, pueden o no ser verificados, por ejemplo, a través del despliegue de los Órganos de Búsqueda de Información (OBI).

De acuerdo con su estructura, señalan entre otras cosas el nivel de atención, el número de folio, la cantidad de fojas, fechas y referencia que le da origen, asimismo, ubica al emisor del documento y el destinatario.

El Gobierno de México ha entregado la totalidad de la información encontrada en los archivos de la SEDENA como se precisa a continuación:

• El 20 de septiembre de 2023, el Presidente de México recibió una petición de las madres y padres de los normalistas desaparecidos mediante la cual solicitaron la entrega de 868 folios.

• El 25 de septiembre de 2023, en sesión presidida por la titular de la SEGOB e integrantes del Gabinete de Seguridad, se dio lectura a la respuesta de la SEDENA, quien manifestó haber identificado 5 folios CRFI dentro de la información entregada dos años antes.

• El 17 de octubre de 2023, se emitió un adendum al Segundo Informe de la CoVAJ en el que se entregaron 18 folios CRFI y 2 intervenciones de comunicaciones que obraban en la información proporcionada por la SEDENA.

• El 3 de enero del 2024, las madres y padres de los jóvenes desaparecidos reiteraron su petición de información que detallaba los folios CRFI.

• El 29 de diciembre de 2023, el Presidente de México instruyó que se abrieran todos los archivos de todas las dependencias en búsqueda de los folios CRFI para que las madres y padres, si así lo decidían, acompañados de sus representantes y especialistas de cualquier universidad pública o privada tuvieran acceso a ellos por un plazo de dos meses, que después se amplió a 90 días.

Por instrucciones del Presidente a partir de enero de 2024 se hizo una revisión hoja por hoja de cada una de las 121,028 fojas que obraban en la CoVAJ y que habían sido entregadas por la SEDENA desde 2021 y de las cuales tuvieron conocimiento el GIEI, los representantes de las madres y los padres precisamente durante las revisiones que hicieron directamente en los archivos militares y la UEILCA.

El 3 de junio de 2024 la CoVAJ entregó a las madres y padres un nuevo hallazgo documental consistente en:

• 15 folios CRFI que ellos habían solicitado;

• 25 documentos relacionados a estos 15 folios CRFI, que plasman acciones de seguimiento que motivó el CRFI;

• 29 documentos relacionados a los 18 folios publicados en el Adendum del segundo informe de octubre del 2023 y;

• 16 documentos relacionados a 11 CRFI que se encuentran dentro del listado solicitado por los padres, (CFRI-525, CRFI-873, CRFI-1109)

aunque no se cuenta con el documento CRFI.

Lo anterior se ejemplifica en el siguiente gráfico:

La relevancia de estos 85 documentos radica en que:

a) Son parte de los folios solicitados por las madres y los padres o;

b) Son documentos que se derivan o dan seguimiento a los hechos plasmados en esos folios.

No todos los documentos contienen información relacionada con los hechos vinculados a la desaparición de los jóvenes, sin embargo, los que sí se vinculan a estos lamentables sucesos, plasman la siguiente información:

• Seguimiento de comunicaciones de personas y presuntos integrantes del crimen organizado relacionadas con los hechos del 26 y 27 de septiembre.

• Acciones de la delincuencia organizada y de autoridades de diferentes niveles de gobierno, así como de movilizaciones por los estudiantes desaparecidos.

• Actividades de búsqueda.

• Reportes de los Órganos de Búsqueda de Información (OBI).

Haciendo un desglose de la información de los 15 nuevos folios CRFI entregados a las madres y padres, se dividen en tres momentos con relación a los hechos:

• 6 folios CRFI fechados anteriormente.

• 1 folio CRFI fechado el mismo día.

• 8 folios CRFI fechados posteriormente.

Asimismo, se identificó que, de los 15 nuevos folios CRFI, solo 8 cuentan con información relacionada con los hechos:

1. CRFI 1195: tiene información sobre los hechos del 26 y 27 de septiembre del 2014

2. CRFI 1227: manifestaciones en apoyo a los 43 estudiantes desaparecidos

3. CRFI 1252: hallazgo de fosas, con posibles cuerpos de los estudiantes

4. CRFI 1253: hallazgo de fosas

5. CRFI 1254: hallazgo de fosas

6. CRFI 1309: acción de búsqueda

7. CRFI 1310: manifestación en apoyo a los 43 estudiantes desaparecidos y detención de policías municipales en Tlaxcala

8. CRFI 1400: manifestación en apoyo a los 43 estudiantes desaparecidos

Relativo a los 25 documentos relacionados a los 15 folios CRFI que se mostraron se hace una división en 3 momentos:

• 10 documentos relacionados a folios CRFI fechados antes de los hechos.

» Ninguno está vinculado con los hechos.

• Un documento relacionado a un folio CRFI fechado el día de los hechos.

» No está vinculado con los hechos.

• 14 documentos relacionados a folios CRFI fechados posterior a los hechos.

» 13 tienen relación con los hechos.

A continuación, se hace un desglose de la relación que guardan entre sí:

En el Adendum al Segundo Informe que se entregó a las madres y padres de los estudiantes desaparecidos en octubre de 2023 se entregaron 18 folios CRFI que se dividieron en tres momentos:

• 6 folios fechados antes de los hechos.

• 4 folios del día de los hechos; de estos documentos se hicieron 196 extractos de conversaciones sobre los hechos de esa noche.

• 8 folios después de los hechos; se destacó la existencia de comunicaciones, presumiblemente, entre miembros de la delincuencia organizada, autoridades locales y sujetos de interés.

De esta manera, se identificó que, de los 18 documentos localizados, solo 12 guardaban relación con el caso:

1. CRFI 1194

2. CRFI 1202

3. CRFI 1203

4. CRFI 1204

5. CRFI 1212

6. CRFI 1220

7. CRFI 1294

8. CRFI 1296

9. CRFI 1316

10. CRFI 1363

11. CRFI 1374

12. CRFI 1375

Como se mencionó, a raíz de la nueva búsqueda, en junio de 2024 se localizaron y entregaron a los padres 29 nuevos documentos relacionados con los 18 CRFI publicados en el Adendum del Segundo Informe. Estos se dividen de la siguiente manera:

• 8 documentos relacionados a folios CRFI fechados antes de los hechos.

• 4 documentos relacionados a folios CRFI del día los hechos.

• 17 documentos relacionados a folios CRFI posteriores a los hechos.

Para mayor referencia de estos documentos, se anexa tabla en la que se refieren los 18 folios CRFI que fueron entregados en octubre de 2023 y los documentos relacionados o vinculados a estos hallados en 2024.

Además, se encontraron 16 documentos que hacen referencia a 11 folios CRFI. A continuación, se hace un desglose:

• 4 documentos relacionados a folios CRFI fechados antes de los hechos.

» Ninguno tiene relación con los hechos.

• 12 documentos relacionados a folios CRFI fechados posteriormente.

» 10 tienen relación con los hechos.

En los subsecuentes gráficos se ilustra el contenido de estos 16 documentos:

El Gobierno de México ha demostrado su firme compromiso con la transparencia y la búsqueda de la verdad en el caso de los 43 estudiantes desaparecidos. La presente administración ha reiterado su disposición para seguir analizando toda la documentación proporcionada por la SEDENA a la CoVAJ, la UEILCA y las madres y padres.

En reuniones con las madres y padres de los desaparecidos, el Presidente Andrés Manuel López Obrador ha reafirmado su compromiso con su causa, subrayando la apertura de los archivos y garantizando que no se oculta información alguna. El llamado constante a los familiares, sus representantes y especialistas para revisar los archivos refleja el compromiso del gobierno con la verdad y la justicia, principios fundamentales para esclarecer estos lamentables hechos.

Capítulo VIII. Sesiones de trabajo

De noviembre de 2023 al 30 de agosto de 2024 se han llevado a cabo

7 reuniones de la Presidencia de la CoVAJ: 2 ordinarias, 1 extraordinaria y 4 sesiones presidenciales.

Cabe destacar que las sesiones ordinarias de noviembre y diciembre fueron reprogramadas a solicitud de los abogados de las madres y padres.

Desde la creación de la CoVAJ, se han realizado 80 sesiones: 25 ordinarias; 33 extraordinarias y 22 con la asistencia del Presidente de México,

Lic. Andrés Manuel López Obrador

Sesiones de la Comisión para la Verdad y Acceso a la Justicia del Caso Ayotzinapa

Conclusión

En el último año, la CoVAJ realizó una revisión exhaustiva de toda la información y documentación con la que se contaba. Esto nos permitió tener un panorama claro del estado de las investigaciones y los avances previos.

Todo este trabajo lo realizamos con una visión renovada y libre de prejuicios, lo que nos permitió identificar áreas de oportunidad que antes no habían sido exploradas en su totalidad.

Para dotar de una mejor estructura de organización y manejo de datos, decidimos reorganizar los trabajos que se llevaban a cabo establecimos 5 ejes de trabajo principales: (1) la búsqueda en campo, (2) identificación genética, (3) verdad y justicia, (4) extradiciones y (5) ruptura del pacto de lealtad criminal respecto de los cuales presentamos resultados.

Aumentamos la capacidad de los equipos en campo, lo que nos permitió triplicar el alcance de las búsquedas en todos los sitios en los que existieran indicios para encontrar a los jóvenes.

Analizamos toda la información sobre restos humanos encontrados en el último año y 1500 indicios que se encontraban sin analizar en la Fiscalía del Estado de Guerrero. Estos restos no arrojaron coincidencias

con los estudiantes desaparecidos, pero muchos de los resultados ayudarán en el proceso de verdad y justicia para otras familias que buscan a personas desaparecidas.

Sobre las rutas de investigación que sigue la Unidad Especial de Investigación y Litigación para el Caso Ayotzinapa (UEILCA) esencialmente en:

1)La relacionada con la desaparición de los jóvenes, y 2) La relacionada con la construcción de la verdad histórica. En coadyuvancia de la CoVAJ se avanzó significativamente en los procesos judiciales.

Hoy se tienen más de 135 expedientes en trámite y 151 personas procesadas, de las cuales 120 están detenidas bajo prisión preventiva y 31 personas están compurgando medidas cautelares diferentes a la prisión.

Trabajamos coordinadamente con la Secretaría de Relaciones Exteriores y la Fiscalía General de la República para lograr las extradiciones de tres personas que han sido vinculadas a este caso: Tomás “N”, Ulises “N” y Abraham “N”. En particular, en la revocación de asilo político otorgado a Ulises “N”.

También se intensificó el diálogo con personas que pudieran tener información sobre el paradero de los estudiantes desaparecidos lo que nos permitió obtener información sobre sitios de búsqueda en los que se trabaja actualmente.

Se crearon condiciones que incentivan la colaboración voluntaria de personas que pudieran tener información relevante para esclarecer los hechos como la promulgación de la Ley de Amnistía.

La Fiscalía Especial trabaja en sanear las investigaciones y solicitar nuevas órdenes de aprehensión a pesar de los efectos de la sentencia del amparo en revisión 203/2017, emitida por el Tribunal Colegiado de Tamaulipas que liberó a 65 probables implicados en la desaparición de los estudiantes.

Respecto a los documentos solicitados por las madres y padres, el Gobierno de México ha entregado toda la información proporcionada por la SEDENA, la última entrega consistente en 15 folios CRFI y 70 documentos relacionados a éstos y otros folios.

El Estado mexicano ha demostrado un compromiso incansable para proporcionar verdad y justicia, garantizando que los responsables, sin importar su condición, enfrenten las consecuencias legales de sus acciones.

No descartaremos ninguna línea de investigación y seguiremos trabajando para sumar todos los indicios que nos permitan encontrar a los jóvenes, sancionar a los responsables dar con la verdad, hacer justicia y que estos terribles hechos nunca más se repitan.

-oOo-

Turn static files into dynamic content formats.

Create a flipbook
Issuu converts static files into: digital portfolios, online yearbooks, online catalogs, digital photo albums and more. Sign up and create your flipbook.