Ciudad de México a 10 de agosto de 2020 Raymundo Riva Palacio Director Editorial - Eje Central Sr. Riva Palacio, El día 6 de agosto de 2020, fue publicado en Eje Central, el reportaje “Las redes corruptas de Pemex, el contrato de Etileno XXI se blindó en beneficio de Odebrecht” en la página 23, firmado por María Gómez y Tomas de la Rosa. Al respecto, quiero hacer las siguientes aclaraciones sobre los siguientes supuestos mencionados, que no son correctos: 1) Es falso que hubiera alguna influencia de la Constructora Odebrecht relacionada con el contrato de suministro de etano entre Braskem Idesa y Petróleos Mexicanos (Pemex). No existe evidencia alguna ni información alguna al respecto, sino todo lo contrario.
El contrato de suministro de etano entre Braskem Idesa y Pemex fue producto de una licitación pública internacional en la que participaron más de 30 empresas nacionales e internacionales. Si Braskem Idesa resulto ganadora de la misma, fue porque la suya fue la mejor postura y la que contaba con las condiciones económicas más positivas para Pemex. Tan esto es así que la ASF en su reporte de auditoría específica 2017, concluyó no haber encontrado irregularidades en el proceso de licitación para el contrato de suministro de etano de Pemex con Braskem Idesa. En el mismo sentido el Ministerio Público de Brasil dirigió una carta al Gobierno de México, donde confirma que no encontró acto alguno irregular de Braskem SA relacionado con México. Además, es importante aclarar que la convocatoria de la subasta que derivó en el contrato entre Pemex y Braskem Idesa se gestó durante 2008 y 2009, de tres a cuatro años antes de los eventos que han sido imputados a la Constructora Odebrecht en México. Es no solo temeraria, sino totalmente infundada y falsa la afirmación de que “La constructora brasileña y su filial petroquímica Braskem reconocieron, después de una investigación, que repartieron sobornos en 12 países para obtener contratos de infraestructura y otros como el celebrado entre “la paraestatal y el Consorcio Braskem e Idesa S.A.“ Si se hubieran tomado la molestia de revisar los acuerdos individuales, uno para cada organización, elaborados entre las empresas y el DOJ-Departamento de Justicia de EEUU, disponible en el sitio del DOJ, se habrían percatado que no hay ninguna mención a hechos de corrupción ocurridos en México por parte de Braskem o Braskem Idesa y que no se puede ni debe hacer la afirmación de que Braskem reconoció sobornos en 12 países. Esta información es totalmente falsa y sin fundamento, documento o prueba alguna que lo indique.
Braskem Idesa no es una filial de Constructora Odebrecht. Braskem Idesa es una empresa nacional, filial de Braskem SA y Grupo IDESA SA de CV con una administración propia e independiente de Odebrecht desde su origen en 2010. De hecho, cuando la Constructora Odebrecht reconoció haber ejecutado actos ilícitos en México (todos años después a la subasta pública internacional de la cual resultó el contrato de suministro de etano), Braskem y Braskem Idesa realizaron exhaustivos procesos de investigación interna, con abogados independientes, que concluyeron que no había actividad inapropiada o vínculo de estas con actos de la Constructora Odebrecht en México.
2) El precio de etano pactado entre Braskem Idesa y Pemex obedece a estándares de la industria que la propia Pemex ha utilizado por muchos años.
Es importante aclarar que la fórmula de precio no tiene ventaja alguna. La fórmula utilizada y propuesta por Pemex para establecer el precio del etano es típica en contratos a largo plazo de materias primas y coherente con los precios practicados por Pemex en los 16 años anteriores a la subasta, como puede ser verificada en documentos públicos existentes. Esta fórmula de precio fue aprobada por la Comisión Reguladora de Energía (CRE) y es la misma que se aplicó entre subsidiarias de Pemex y también a otras empresas privadas (ejemplo, el precio de Pemex TRI para PMV-Petroquímica Mexicana de Vinilos-empresa privada, Braskem Idesa o Pemex Etileno), y fue aplicada a esos otros clientes por un año antes mismo del inicio de operación de Braskem Idesa lo que puede ser verificado en los informes de la Auditoria Superior de la Federación (ASF).
3) Son también incorrectas, además de tendenciosas, las aseveraciones que sugieren que existen “ventajas para el proyecto Etileno XXI con penalizaciones de hasta 300 millones de pesos anuales”
El contrato realizado entre Pemex y Braskem Idesa fue aprobado por el Consejo de Administración de Pemex Gas, responsable en ese momento, y fue este Consejo que aprobó todos los términos del contrato, cuyas principales clausulas fueron propuestas por Pemex con anterioridad para todos los más de treinta participantes internacionales y nacionales del proceso selectivo, no sólo para Braskem Idesa. Las “multas o penalizaciones” son una más de esas disposiciones. Son ordinarias en cualquier tipo de contratos, para cuantificar compensaciones a pagar en el caso de que una parte no cumpla con sus obligaciones. El contrato de suministro entre Pemex y Braskem Idesa lo rige un modelo “take or pay”/”deliver or pay”, típico en suministros de largo plazo asociados a inversiones de infraestructura, como pueden ser, ductos, plantas petroquímicas o plantas termoeléctricas. Braskem Idesa se obligó a comprar cierta cantidad de gas etano a Pemex y Pemex se comprometió a hacer el suministro de este. Si cualquiera de las
partes dejare de cumplir con su parte del acuerdo en la proporción acordada, debería pagar sumas o penalidades a la otra. Dicho de otra forma, para Braskem Idesa el esquema es “take or pay”/recibe o paga, y para Pemex es “deliver or pay”/entrega o paga). De hecho, las penas convencionales que resultan aplicables cuando Pemex no suministra el etano en la proporción contratada, no alcanzan a cubrir el daño económico generado a Braskem Idesa. La empresa sin etano no puede producir de polietileno. Esto genera que Braskem Idesa no obtenga el retorno de la inversión que tendría en el caso de contar con el 100% del suministro. Braskem Idesa invirtió 5.2 mil millones de dólares para construir y poner en funcionamiento la planta Etileno XXI y genera hoy importantes beneficios para el país, sea con empleos de calidad, principalmente en el sureste, sea con importante impacto positivo en la balanza comercial de México.
Finalmente es importante aclarar que, con relación a los reportes de la ASF mencionados en el artículo periodístico, la ASF ha recomendado a Pemex en sus informes de auditoría (Informe PEP Gas Natural 2018), la necesidad de implementar acciones que garanticen recuperar la producción o disponibilidad de gas etano en México, que es la causa raíz de las dificultades del contrato. Concluimos con reiterar enfáticamente que es incorrecta cualquier información que afirme o insinúe que Braskem Idesa haya participado de cualquier actividad ilegal o relacionada con corrupción en México. Por lo tanto, solicitamos que se publique la presente aclaración en su medio de comunicación a fin de informar oportunamente a su público. Estamos a sus órdenes para aclarar cualquier duda o comentario respecto a las operaciones de nuestra empresa. Quedo a sus órdenes,
Armando Vera Comunicación Externa Braskem Idesa