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CONVOCATORIA PAGO ACREEDORES C.M.- 432/2010
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JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN
En diecinueve de marzo de dos mil diecinueve, se da cuenta/0 juez con el estado que guardan los autos. Conste-e
Ciudad de México, diecinueve de marzo de dos mil diecinueve. Visto el estado que guardan los autos, de la cuenta se
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observa que mediante auto de catorce de marzo pasado, se dio por concluido el plazo otorgado a los acreedores reconocidos y a la comerciante para que manifestaran lo que a su derecho conviniera, respecto de la propuesta sobre la tercera dispersión de recursos económicos hecha por el síndico; obra asimismo, el dictamen rendido por José Manuel Barrios Acosta, perito contable designado por este juzgado de acuerdo con el artículo 231 de la Ley de Concursos Mercantiles. Ahora, toda vez que por sentencia de tres de abril de dos
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mil catorce, se declaró de plano en estado de quiebra a Compañía Mexicana de Aviación, sociedad anónima de capital variable -en lo sucesivo "Mexicana"- y dentro de la etapa de ejecución ya se verificaron la primera y segunda fases "de pago a los acreedores laborales reconocidos en el supuesto del artículo 224, fracción I de la Ley de Concursos Mercantiles", de conformidad con el orden de preferencia legal establecido de modo definitivo en la diversa sentencia de fecha veinticuatro de octubre de dos mil doce, dictada por el Segundo Tribunal Unitario en Materia Civil y Administrativa del Primer Circuito, en el toca número 72/2011 y sus acumulados: en tal sentido, las circunstancias actuales de autos son aptas para 1