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Sumario

PROYECTO DE CREACIÓN DE UN HOSPITAL UNIVERSITARIO

Reunión del 16 de mayo de 1883 del Congreso nacional

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Agustín F. García Puga

Por considerar que es un valioso aporte al conocimiento de los inicios de nuestras instituciones, así como las dificultades que se presentaron ante innovaciones que el devenir histórico exigía, hemos decidido publicar textualmente, salvando algún término que podría confundir la lectura, lo actuado al respecto por nuestros legisladores en el siglo XIX. Los lectores tendrán oportunidad de tomar contacto con el manejo legislativo en lo que hace al tratamiento parlamentario de 1883, y constatar el nivel con que se argumentaban las distintas posiciones adoptadas por los Diputados en las Sesiones (5ª, 14ª, 15ª y 16ª) del 16 de mayo, 8, 11 y la última del 13 de junio de 1883, cuando se aprobó el proyecto elevado por el Poder Ejecutivo.

HOSPITAL “BUENOS AIRES”

En la 5ª Sesión Ordinaria del 16 de Mayo de 1883, bajo la presidencia del Dr. Navarro Viola, entre otros temas: “se rechaza una moción del señor Astigueta tendiente a resolver se considere sobre tablas un proyecto del P. E. destinando a Hospital de Clínicas el ´Buenos Aires´ de la Capital” (sic).

Trascripción del Acta: ASUNTOS ENTRADOS (Comunicaciones Oficiales) El Poder Ejecutivo Nacional, Buenos Aires, Mayo 14 de 1883. Al Honorable Congreso de la Nación. El P. E. tiene la satisfacción de enviar a V. H. el adjunto proyecto de ley, destinando el Hospital “Buenos Aires”, establecido en esta capital, a Hospital de Clínicas para la enseñanza de la Medicina, Farmacia y demás ramos del arte de curar. La Facultad de Ciencias Médicas de Buenos Aires, ha manifestado al P. E. que la existencia de un Hospital de Clínicas es indispensable para la enseñanza, tanto más premiosamente cuanto mayor extensión y más seriedad tengan los cursos que se dicten. El estudio de la Medicina ha llegado entre nosotros a un grado que no hace disonancia con el estado de nuestra civilización. Proporcionalmente a nuestros recursos nuestra Escuela Médica se halla con pocas deficiencias a la altura de las que gozan de buen crédito en el mundo, y es precisamente para salvar en parte una de esas deficiencias que el P. E. os remite este proyecto de ley. La índole de las ciencias modernas, es, como sabe V. H. esencialmente práctica. El estudiante aprende ahora, desde sus tiernos años con los objetos en la mano, lo que es la naturaleza en el seno de la cual ha de vivir, y con estas representaciones sensoriales, vivas y luminosas entra anticipadamente en el mundo de los hechos científicos por un camino seguro, que le evita dificultades para familiarizarse con las altas concepciones del espíritu en los grados máximos del saber humano. Así, la naturaleza es, en la enseñanza moderna, desde la escuela hasta la academia, el verdadero maestro que solo toma al profesor como intermediario entre ella que enseña y el discípulo que aprende. Así también, lo que caracteriza la ciencia contemporánea, es el elemento práctico que se ha injerido con ventaja en los estudios de nuestros días, apartando las disertaciones puramente especulativas de los siglos pasados, que no dejaban rastros en el espíritu. Y por lo mismo que es imposible enseñar la Física sin gabinetes, la Química sin laboratorios o la Historia Natural sin museos, es también imposible enseñar la Medicina sin enfermos. Nuestras Facultades de Medicina no han llenado hasta ahora sus funciones sin usar el elemento que menciono; pero el uso ha sido en cierto modo limitado, porque era aprovechado en nombre de una concesión, más que de un derecho. Las municipalidades han estado generalmente a cargo de todos los hospitales, algunos de los cuales, prestaban sus salas para las clínicas; pero se comprende perfectamente cuantos obstáculos han podido presentarse y se presentaban, siendo esos hospitales destinados principalmente a la

beneficencia pública y solo secundariamente al estudio. La primera parte exige que las salas sean llenadas indistintamente con enfermos afectados de diversas dolencias, mientras que el estudio clínico exige imperiosamente que solo una categoría de enfermos ocupe una repartición y que esta se halle bajo la dirección de un profesor especialista. El P. E. cree inútil insistir más sobre este punto que es de suma claridad, y espera que V. H. se hallará conforme con los tópicos que deja apuntados. En cuanto a la administración económica del Hospital de Clínicas no cree el P. E. que el proyecto que remite pueda ofrecer dificultad. Los asilos y las cárceles que alojan también individuos a cuyo mantenimiento es necesario atender, se hallan bajo la dependencia del Ministerio del Interior o el de Justicia, y no choca, por lo tanto, con las prácticas admitidas, que el Hospital de Clínicas dependa en su parte económica de la repartición a que este mensaje hace referencia. Dios guarde a V. H.

JULIO A. ROCA Eduardo Wilde

PROYECTO DE LEY

El Senado y Cámara de Diputados, etc. Art. 1º - Desde la promulgación de la presente ley, el Hospital “Buenos Aires” establecido en la Capital de la República, servirá de “Hospital de Clínicas”, destinándosele a la enseñanza de la Medicina, Farmacia y demás ramos del arte de curar. Art. 2º - Para los fines de la enseñanza, el “Hospital de Clínicas” se hallará bajo la dirección técnica de la Facultad de Ciencias Médicas de la Capital, la que distribuirá el servicio, de manera que responda a los fines que se tienen en vista, ordenando que los catedráticos de la escuela tenga a su cargo las salas y elementos que sean necesarios para dictar sus cursos. Art. 3º - La administración económica del referido establecimiento estará a cargo de del Ministro de Instrucción Pública. Art. 4º - Las partidas sancionadas para el sostenimiento del Hospital “Buenos Aires”, en el presupuesto vigente de la Municipalidad, quedan transferidas al presupuesto de Instrucción Pública para el mismo objeto. Art. 5º - Autorízase al P. E. para invertir hasta la suma de 12.000 pesos, imputables a la presente ley, para verificar las reformas que requiera la nueva instalación. Art. 6º - La Municipalidad de la Capital hará entrega bajo inventario al Ministro de Instrucción Pública del mencionado Hospital y de todas sus existencias. Art. 7º - Comuníquese, etc.

E. WILDE

(Finalizada la lectura precedente, y con relación al Hospital de Clínicas, se produce el siguiente diálogo:)

Sr. Presidente – No habiendo más asuntos entrados…. Sr. Astigueta – Antes de pasar a la Orden del Día, voy a hacer una moción, con el objeto de pedir a la Comisión de Instrucción Pública (si la Cámara lo tiene a bien), que despache en el cuarto intermedio, el asunto de que se ha dado cuenta, relativo al establecimiento de un Hospital de Clínicas, en el “Hospital Buenos Aires”. Este asunto es de la mayor urgencia. La enseñanza de la Medicina no puede hacer grandes progresos a consecuencia de que las clínicas generales se dan en un edificio y las especiales en otros; lo que no permite ni siquiera mantener la disciplina en el establecimiento. Estas han sido las consideraciones primordiales del Poder Ejecutivo para destinar ese establecimiento, como lo solicitaba la Facultad de Ciencias Médicas, para Hospital de Clínicas. No se trata de aumentar gastos, ni de entrar en ninguna clase de detalles; estos quedarán para la ley de Presupuesto, que es la ley de los detalles. Se trata de hacer posible este año la enseñanza médica, y para eso es necesario que la sanción de este proyecto sea pronta. Hago, pues, moción para que la Cámara se ocupe de este asunto después de cuarto intermedio, previo despacho, si la Comisión no tiene inconveniente en expedirse.

Apoyada la moción se pone en debate

Sr. Paz – Voy a oponerme a la moción que acaba de hacer el señor Diputado por Tucumán, porque me parece que el asunto no es tan sencillo; creo que además de alguna cuestión de higiene, envuelve también una cuestión de atribuciones administrativas entre el Poder Ejecutivo y la Municipalidad. Hay una ley orgánica recientemente dictada que vendría a quedar derogada en parte por este proyecto. Me parece que el asunto es un poco serio; y, aun cuando la Comisión despache, no me creo habilitado para dar mi voto ni emitir opinión. Luego, el cumplimiento de esta ley ocasionaría algunos gastos; y precisamente ayer, en el seno de la Comisión, tratándose de una cuestión grave, el señor Ministro de Hacienda nos decía que desearía que cada vez que se tratar de algún proyecto ocasionara gastos, lo llamaran a este recinto, para saber si habría fondos para atenderlos, o para que la Cámara los acordara si faltasen, porque no es cuestión de votar sin dar con que pagar. Creo que, cuando más, debería recomendarse solamente a la Comisión el pronto despacho, poniendo el asunto a

la Orden del Día, tan luego como esta se expida. Sr. Astigueta – La moción que he hecho no importa apremiar a ningún Diputado que no se sienta capaz de dar su voto con conciencia sobre este asunto. La moción es para que la Comisión lo despache, si encuentra que es tan fácil como creo, si cree que no envuelve ninguna cuestión difícil de resolver; y todavía, aunque la Comisión despache, la Cámara, si se suscitasen objeciones de importancia, podría aplazar el debate para otra sesión. Se trata de un asunto cuya resolución es urgente, porque, ya digo, no es posible continuar en las condiciones en que hoy se encuentra la Facultad de Ciencias Médicas, sin los elementos necesarios. La cuestión de atribuciones, que acaba de indicar el Sr. Diputado, me parece que debe considerarla fuera de debate quien tenga la más pequeña noción de lo que son estas cosas. Un hospital de clínicas es para la enseñanza de la Medicina lo que un laboratorio de química o un gabinete de física para la enseñanza de estas ciencias; sin hospital de clínicas es imposible aprender la Medicina. No hay en esto cuestión de higiene ni de atribuciones; se trata únicamente de proporcionar elementos de enseñanza, nada más. Sr. Presidente – Tenga la bondad el Sr. Diputado de formular su moción. Sr. Astigueta – Que la Cámara trate después de cuarto intermedio, y previo despacho de la Comisión, el proyecto de la referencia. Sr. Paz – Las razones que ha dado el Sr. Diputado por Tucumán no han hecho variar mi opinión; al contrario, no han hecho más que robustecerla. En primer lugar, no creo tan urgente este asunto, que sea necesario despacharlo sobre tablas, puede decirse, pues se quiere que la Comisión despache en el cuarto intermedio. Así como ha pasado tanto tiempo sin que a nadie se le hubiera ocurrido esta idea, pueden pasar dos o tres días más; no por eso se han de encontrar más atrasados los alumnos al fin de año. No debe ser tan sin importancia el asunto cuando el P. E. le dedica un mensaje tan fundado, y entra en el terreno de las cuestiones filosóficas, tratándolas con tanto desarrollo. La cuestión no es tan sencilla como dice el Sr. Diputado; ella puede ser causa de conflictos de atribuciones, entre el P. E. y la Municipalidad. Ya hemos tenido conflictos muy serios entre la Escuela de Medicina y la Municipalidad, a punto que aquella ha estado mucho tiempo sin poderse abrir a causa de que la Facultad quería que el hospital dependiera de ella, y la Municipalidad se oponía. Estos conflictos pueden renovarse, y al dictar la ley debemos tomar todas las precauciones posibles para que no vuelvan a producirse, tanto más, cuando que la administración y suministros del establecimiento, dependen inmediatamente de la Municipalidad. Es necesario, pues, deslindar perfectamente las atribuciones de uno y otro cuerpo. Yo veo que el plan del P. E. es llamar a si una institución que está bajo la dependencia de la Municipalidad; pero es cuestión que debemos tratar despacio. Tal vez yo tuviera conciencia para dar mi voto; pero no tengo completa seguridad de proceder con acierto, ni me consideraría autorizado para emitir opinión. Por eso creo que debemos proceder como lo manda el Reglamento: pasar el asunto a Comisión, recomendándole el pronto despacho y destinándolo a la Orden del Día en la próxima sesión.

Se vota la moción del Sr. Diputado Astigueta y es rechazada por 35 votos contra 37.

(En la votación, se encontraban ausentes 18 legisladores. CON AVISO: Balsa, Febre, Dávila, Leguizamón, Lugones, Reyna, Solveyra. SIN AVISO: Araujo, Bustamante, Chavarría, Costa, Díaz, Gallo, Peña, Pinto, Posse, Unzué, Zeballos.

El mismo tema fue tratado por el Honorable Concejo Deliberante en la Sesión Ordinaria del 18 de Mayo de 1883, en la Sesión presidida por el Sr. Arauz, el Presidente manifestó al Concejo: “que tenía algo grave que someter a la deliberación de sus miembros. Que en el Congreso se trataba de pedir la cesión del Hospital San Roque o Buenos Aires, en el momento no recordaba el nombre, y que la Municipalidad debía velar en el sentido de proteger los intereses municipales, confiados por el pueblo. Se cambiaron ideas al respecto, entre los Sres. Mansilla y Aleu, y como era urgente dar una solución sobre el particular, se nombró una Comisión compuesta por los Sres. Aleu, Tedín, Cadret y Mansilla, para que apersonándose a la Comisión del Congreso, indagaran el alcance del Proyecto, y dieran cuenta al Concejo. Y como hubiese la nota del Sr. Intendente, que debía ser tratada en sesión secreta, dada la urgencia de conocer el resultado de la Comisión, se resolvió se citara al Concejo para una reunión extraordinaria, para el sábado diez y nueve del corriente, la cuál sería pública para conocer lo acordado entre las comisiones del Congreso y el Concejo, y secreta para tratar del acuerdo pedido por el Intendente”.

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