1 minute read

POLÍTICAS CULTURALES PARA EL CARNAVAL DE ORURO

El Art. 4 de la Ley 2996, manifiesta expresamente que las instituciones señaladas como el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, los Viceministerios de Cultura y Turismo, el Consejo Departamental de Cultura y la Asociación de Conjuntos del Folklore –Oruro, en su condición de entes ejecutores, llevarán adelante la formulación de políticas culturales, las mismas que se operativizarán a través de la “Fundación para el Desarrollo Cultural de Oruro”, misma que ejecutará el Plan Decenal, en conformidad a la propuesta boliviana presentada en la carpeta de declaratoria del Patrimonio Oral e Intangible de la Humanidad al carnaval de Oruro ante la UNESCO.

En este marco de entrevistamos al Abog. Antonio Revollo Gestor

Advertisement

Cultural y autor del libro “Gestión

Cultural para el Desarrollo” quien plasma en su libro una propuesta referida al Carnaval de Oruro; el afirma que debe funcionar el Consejo Departamental de Cultura , instancia encargada de manejar todo lo relacionado con el Patrimonio Natural y Tangible e Intangible.

El entrevistado menciona que la Ley 2996 establece que debe haber una nueva estructura administrativa del Carnaval de Oruro, mediante la cual se implementen proyectos como lo estipulado en la cátedra de la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, Ciencia y Cultura (Unesco), elaborados el mes de octubre del año 2001.

La mencionada ley expresa que se deben implementar políticas interinstitucionales públicas y privadas para proteger y promocionar la Obra Maestra.

This article is from: