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Manual del Sistema de Etiquetado

Checa y Elige, Claves de nutrici贸n



ÍNDICE

I. Objetivo II. Ámbito de Aplicación III. Criterios Generales de Implementación 1. Nutrimentos a declarar 1.1. Nutrimentos obligatorios 1.2. Nutrimentos voluntarios 2. Desarrollo científico 2.1. Valores Nutrimentales de Referencia 2.2. Valor de referencia por nutrimento 2.2.1. Valor nutrimental de referencia de energía para adultos 2.2.2. Valor nutrimental de referencia de grasa saturada para adultos 2.2.3. Valor nutrimental de referencia de azúcares para adultos 2.2.4. Valor nutrimental de referencia de sodio para adultos 2.2.5. Valor nutrimental de referencia de proteína para adultos 2.3. Declaración de nutrimentos voluntarios

3. Leyendas

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ÍNDICE

I. OBJETIVO

4. Desarrollo técnico de implementación

4.1. Cálculo de porciones 4.1.1. Presentaciones no fraccionables en unidades 4.1.2. Presentaciones fraccionables en unidades 4.1.3. Presentaciones familiares

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4.2. Iconografía 4.2.1. Ubicación de iconos y leyendas en el envase 4.2.2. Exenciones 4.2.3. Forma 4.2.4. Tipografía 4.2.5. Colores 4.2.6. Tamaño mínimo 4.2.7. Red básica 4.2.8. Área de protección

5. Guía para uso de sistemas de unidades

6. Glosario

8. Anexo 2

7. Anexo 1

El presente Manual tiene como objetivo establecer los criterios técnicos, legales y gráficos de implementación del sistema de etiquetado nutrimental, denominado Checa y Elige Claves de Nutrición.


II. ÁMBITO DE APLICACIÓN

III. CRITERIOS GENERALES DE IMPLEMENTACIÓN

1. NUTRIMENTOS A DECLARAR 1.1. Nutrimentos Obligatorios Energía Grasa saturada Azúcares Sodio El orden de los nutrimentos siempre debe ser:

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La adopción del sistema Checa y Elige Claves de Nutrición es voluntario para todas aquellas empresas que produzcan y comercialicen alimentos y/o bebidas no alcohólicas en México, y estará sujeta a los criterios de implementación establecidos en el presente Manual.

1.2. Nutrimentos Voluntarios Si el productor lo desea, podrá declarar hasta tres nutrimentos característicos del producto, conforme lo establecido en el punto 2.3


III. CRITERIOS GENERALES DE IMPLEMENTACIÓN

III. CRITERIOS GENERALES DE IMPLEMENTACIÓN

2. DESARROLLO CIENTÍFICO 2.1. Valores Nutrimentales de Referencia - Ingestión diaria sugerida (IDS): se usa en lugar de la IDR en los casos en que la información sobre requerimientos sea insuficiente. - Límite superior de consumo (LSC): establece la ingestión diaria que no se debe de sobrepasar y que tiene, por lo tanto, un sentido precautorio.

Los Valores Nutrimentales de Referencia (VNR) se pueden clasificar de la siguiente manera: 6

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- Requerimiento nutrimental promedio (RNP): es la cantidad de un nutrimento o componente de la dieta que cada individuo necesita ingerir para lograr una nutrición óptima. - Ingestión diaria recomendada (IDR): se obtiene sumando dos desviaciones típicas al promedio de los requerimientos con el fin de cubrir las necesidades de 97.5% de los individuos en la población. * Pérez-Lizaur AB, Marván-Laborde L. Manual de Dietas Normales y terapéuticas. (6ta. ed). México: Prensa Médica

*Extraído de Bourgues, H., et al. (2005) Recomendaciones de Ingestión de Nutrimentos para la Población Mexicana: Bases fisiológicas. Tomo 1. Editorial Panamericana. pp.15.


III. CRITERIOS GENERALES DE IMPLEMENTACIÓN

III. CRITERIOS GENERALES DE IMPLEMENTACIÓN

En el caso de los alimentos cuyo contenido de grasa saturada y azúcares sea de origen natural, se puede incluir una leyenda al respecto, cuya ubicación en la etiqueta la decide el productor:

2.2. Valor de referencia por nutrimento 2.2.1. Valor nutrimental de referencia de energía para adultos Energía (Cal/kcal)* 2000

Contenido naturalmente... Presente naturalmente...

*Este valor es una recomendación nutricional para una población sana, se puede expresar ya sea en kcal o en Cal

2.2.2. Valor nutrimental de referencia de grasa saturada en adultos

2.2.4. Valor nutrimental de referencia de sodio para adultos

Grasa saturada* 10% del VET** 20 g

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* Este valor se obtiene mediante un IDS. El 10% de 2000 Cal es 22.3 g, pero este valor se redondea a los 10 g más cercanos, dando como resultado 20 g. **VET = Valor Energético Total, es la cantidad diaria de energía que necesita un individuo sano

Sodio* (g) 2.4 Sodio (mg) 2400 *Este valor se obtiene mediante un LSC.

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2.2.5. Valor nutrimental de referencia de proteínas para adultos 2.2.3. Valor nutrimental de referencia de azúcares para adultos Azúcares* 90 g

*Este valor se obtiene mediante un IDS, calculado a partir de un consumo estimado de frutas y vegetales de 28 g, productos lácteos de 17g y azúcares añadidos de 50 g, lo cual da un total de 95 g. Este valor se redondea a los 10g más cercanos, dando como resultado, 90 g.

Proteína*

15% del VET**

75 g

*Este valor se obtiene mediante un IDR. **VET = Valor Energético Total, es la cantidad diaria de energía que necesita un individuo sano


III. CRITERIOS GENERALES DE IMPLEMENTACIÓN

III. CRITERIOS GENERALES DE IMPLEMENTACIÓN

3. LEYENDAS 2.3. Declaración de nutrimentos voluntarios Los productores podrán elegir hasta tres nutrimentos voluntarios a declarar en el envase. La declaración está sujeta a que el nutrimento esté presente en el alimento o bebida no alcohólica en una cantidad que deberá ser de 10% o más del VNR correspondiente (sea un IDR o IDS), referido en la normatividad nacional vigente o, en caso de no existir, citado en una fuente nacional o internacional reconocida.

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La posibilidad de incluir los nutrimentos voluntarios está sujeta a que primero se hayan ubicado los cuatro obligatorios: Energía, Grasa Saturada, Azúcares y Sodio. En el caso específico de la proteína se debe seguir el VNR citado en el punto 2.2.5. Los nutrimentos adicionados obligatoriamente por normatividad, no podrán ser declarados como nutrimentos voluntarios, a menos que rebasen la cantidad establecida como obligatoria, debiendo cumplir con las disposiciones vigentes.

La leyenda que indica la porción se colocará en la parte superior de los íconos obligatorios: Opción A: Un envase/pieza/porción aporta Opción B: Un envase/pieza/porción de mg/g/o ml aporta La leyenda que referencia la determinación de los porcentajes se colocará en la parte inferior de los iconos obligatorios, cuya ubicación en la etiqueta la decide el productor: Opción A: % de los requerimientos diarios recomendados basados en una dieta de 2000 Cal/kcal 11

Opción B: % diario basado en una dieta de 2000 Cal/kcal Opción C: % diario en una dieta de 2000 Cal/kcal Cuando el valor de un nutrimento sea igual a cero “0” se declara con el icono en cero “0”. Si el producto lo desea y el producto cumple con esta condición, se puede agregar la siguiente leyenda o una similar conforme a la normatividad vigente, cuya ubicación en la etiqueta la decide él mismo: Por su origen no contiene…


III. CRITERIOS GENERALES DE IMPLEMENTACIÓN

III. CRITERIOS GENERALES DE IMPLEMENTACIÓN

4. DESARROLLO TÉCNICO DE IMPLEMENTACIÓN Cuando la empresa desee hacer un “disclaimer” respecto de las variaciones de los VNR’s, ya sea en la etiqueta o en cualquier material de difusión, deberá utilizar la siguiente leyenda, cuya ubicación en la etiqueta la decide el productor: Los requerimientos nutrimentales pueden variar de acuerdo con la edad, el sexo y los niveles de ejercicio.

4.1. Cálculo de Porciones 4.1.1. Presentaciones no fraccionables en unidades Por envase en todos los casos: El productor definirá la porción máxima que razonablemente supone será consumida por ocasión. La porción debe ser una sin importar la cantidad en gramos o mililitros contenidos, ya que se espera que su consumo sea total y no fraccionado. Ejemplo: Envase de Yogurt Tamaño de la porción: 125 g Porciones por envase: 1

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III. CRITERIOS GENERALES DE IMPLEMENTACIÓN

4.1.2. Presentaciones fraccionables en unidades

4.1.3. Presentaciones familiares

Los alimentos en presentaciones fraccionables en unidades pueden reportarse bajo dos esquemas:

Los envases familiares deben reportar la porción de referencia determinada por el productor y, en su caso, el número de unidades o medidas caseras en las que puede ser fraccionable.

- Por envase conforme al punto 4.1.1. - Por unidad, proveyendo la información del número de unidades contenidas en el envase. Las presentaciones por pieza no suponen necesariamente un consumo total del paquete. 14

III. CRITERIOS GENERALES DE IMPLEMENTACIÓN

Ejemplo: Paquete de galletas: 1 Tamaño de la porción: 1 pieza (44g) Porciones por envase: 4

Ejemplo: Leche 1 l Tamaño de la porción: 240 ml (1 taza) Porciones por envase: 4 aprox. Unidades de medida caseras* que se pueden utilizar como referencia:

Pieza Fracción Rebanada Taza Cucharada Cucharadita

* Las equivalencias para la declaración de estas unidades se encuentran en el Anexo 1.

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III. CRITERIOS GENERALES DE IMPLEMENTACIÓN

III. CRITERIOS GENERALES DE IMPLEMENTACIÓN

4.2 ICONOGRAFÍA En los alimentos que requieren de preparación antes de ser consumidos (deshidratados o concentrados), la información nutrimental debe ser declarada como se consume de acuerdo con las instrucciones Se sugiere utilizar recursos adicionales para ayudar al consumidor a visualizar la porción:

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- Secciones marcadas en las botellas de los líquidos en las presentaciones familiares. - Indicar el número de porciones para las que está diseñado el producto. - Rebanadas, piezas y unidades. Asímismo en todos los casos, las porciones de referencia deberán ser las mismas que se declaren en la tabla nutrimental. El productor que lo desee puede incluir en la tabla nutrimental los VNRs de los nutrimentos declarados en los iconos.

4.2.1. Ubicación de los iconos en el envase El orden de los iconos y ubicación de las leyendas es la que se muestra en la imagen.

Iconos obligatorios

Cuando por el tamaño del envase, sea mandatorio únicamente declarar energía, las leyendas se deberán ubicar de la misma manera.

Si el productor lo desea puede además referir una página web (www.páginaweb.com) para ampliar la información nutrimental al consumidor.

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III. CRITERIOS GENERALES DE IMPLEMENTACIÓN

Los iconos opcionales (nutrimentos voluntarios) se ubicarán dejando un espacio notoriamente visible que los separe de los nutrimentos obligatorios.

III. CRITERIOS GENERALES DE IMPLEMENTACIÓN

- Mida entre 50 cm2 y 100 cm2, se deberá ubicar el icono de energía en el panel frontal y los otros tres iconos en los paneles laterales o posteriores. Si el productor lo desea puede ubicar todos los iconos en el panel frontal.

Iconos opcionales

Cuando el envase: 18

- Cuando la superficie principal de exhibición:

- Mida entre 20 cm2 y 50 cm2 se deberá ubicar el icono de energía en el panel frontal. Si el productor lo desea puede ubicar los otros tres iconos en los paneles laterales o posteriores. 19

Sea mayor a 100 cm2 los cuatro iconos deberán ubicarse en el panel frontal.

- Tenga una única superficie de exhibición y sea menor de 100 cm2, sólo deberán declarar el icono de Energía. Si el productor lo desea pude ubicar todos los iconos.


III. CRITERIOS GENERALES DE IMPLEMENTACIÓN

Con el objetivo de ampliar la información, si el productor lo desea, en los últimos dos casos puede colocar la leyenda: Visite nuestra página www.páginaweb.com - Sea menor a 20 cm2 se procurará referenciar al consumidor a una línea de atención al consumidor o a un sitio web.

www.páginaweb.com 20 Ubicación Mandatoria Ubicación Opcional Panel Frontal Panel Posterior/Lateral Panel Frontal Panel Posterior/Lateral

20 cm2 ó menos

<20 a 50 cm2 50 a <100 cm2

www.paginaweb.com / www.paginaweb.com

III. CRITERIOS GENERALES DE IMPLEMENTACIÓN

4.2.2. Exenciones Quedan exentos de declarar bajo este sistema de etiquetado: – Los envases menores a 20 cm2. – Los envases retornables. – Los envases “multi-pack” mixtos. – Hierbas, especias o mezcla de ellas. – Extractos de café puros, granos enteros, molidos, descafeinados o no, solubles o no solubles. – Infusiones de hierbas, te descafeinado o no, instantáneo y/o soluble que no contengan ingredientes añadidos. – Vinagres fermentados y sucedáneos. – Aguas purificadas embotelladas, aguas minerales naturales. – Los productos cuyos envases tengan como propósito servir de regalo y/o artículo decorativo. – Los alimentos y bebidas no alcohólicas que contengan 1% o menos de todos los nutrimentos. El productor que por esta característica no coloque ningún icono, no deberá hacer ninguna declaración nutrimental relacionada con los nutrimentos obligatorios objeto de la exención.

100 cm2 ó más

No será obligatorio el uso de iconos nutrimentales para aquellas presentaciones individuales que indiquen la leyenda de “No etiquetado para su venta individual” y que se encuentren en un empaque múltiple o colectivo.

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III. CRITERIOS GENERALES DE IMPLEMENTACIÓN

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III. CRITERIOS GENERALES DE IMPLEMENTACIÓN

4.2.3. Forma

4.2.4. Tipografía

La imagen de los iconos es una adaptación de los que son utilizados en la actualidad por varios mercados (Reino Unido, Chile, México, entre otros).

La tipografía empleada para la elaboración de los iconos nutrimentales deberá ser de fácil legibilidad con diferentes estilos y puntajes, no contar con patines (Sans serif) y diferenciarse fácilmente de los otros textos en la etiqueta.

De acuerdo con los objetivos de comunicación se seleccionó la forma considerando los siguientes factores:

Se recomienda la fuente Myriad Pro, que, además, es de fácil acceso (gratuita para plataformas PC y Mac).

- Mayor área para inserción de textos propiciando legibilidad, impacto visual y facilidad de aplicación.

La tipografía que se elija se debe emplear en tres variantes:

- La forma perimetral que ocupa menos espacio y que puede ser replicable horizontalmente sin ocupar mucho espacio es la siguiente:

Myriad Pro Bold Condensed para denominar la cantidad de nutrimento que se presenta ya sea en gramos, calorías, miligramos, etc.

Myriad Pro Condensed para denominar el nutrimento.

Myriad Pro Bold para denominar el porcentaje del nutrimento.

- En la selección de forma interna, para la comunicación de porcentajes, se consideran los mismos factores. Cuando la declaración de nutrimentos requiera decimales, se podrán usar comas o puntos indistintamente.

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III. CRITERIOS GENERALES DE IMPLEMENTACIÓN

4.2.5. Colores El color de los iconos lo elegirá cada productor, debiéndose usar el mismo color en un mismo envase. La tipografía y las líneas de la forma deberán tener suficiente contraste con el color elegido.

III. CRITERIOS GENERALES DE IMPLEMENTACIÓN

4.2.7. Red Básica Esta red deberá ser utilizada como base para reproducir los iconos de una manera correcta y bien proporcionada. Esta red consta de un cuadro que toma como base de altura la letra minúscula “o” de la palabra “sodio” en tipografía Myriad Condensed.

Se sugiere emplear colores contrastantes con el resto de los colores de la etiqueta y evitar los colores del semáforo, especialmente el rojo. 24

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4.2.8. Área de protección Para asegurar la limpieza de los iconos se debe cuidar un área alrededor del icono. Este espacio está determinado por la altura de la letra “o” de la tipografía Myriad Pro Bold Condensed que se usa para determinar la cantidad del ingrediente.

4.2.6. Tamaño mínimo Para asegurar la buena legibilidad de los iconos es necesario no imprimir en un tamaño menor de 1cm (en su parte más larga, es decir, de forma vertical). 1 cm


III. CRITERIOS GENERALES DE IMPLEMENTACIÓN

III. CRITERIOS GENERALES DE IMPLEMENTACIÓN

5. GUÍA PARA EL USO DEL SISTEMA DE UNIDADES La siguiente propuesta de redondeo tiene por objetivo precisar los contenidos de nutrimentos al primer decimal inmediato, y evitar los decimales en los valores de energía y los porcentajes para facilitar la lectura del consumidor. Si el productor, prefiere declarar en múltiplos de cinco o diez, puede seguir la expresión sugerida en la NOM -051-SCFI/SSA1-2010 (Anexo 2). El redondeo que se elija debe ser congruente con el empleado en la tabla nutrimental obligatoria.

Para redondear los decimales se propone la siguiente fórmula: Valor energético: Se reporta como Energía en kilocalorías (kcal) o en calorías (Cal) y el criterio de aproximación para el redondeo es el siguiente: Redondeo a la unidad siguiente más cercana: * Menos de 5 Cal reportar en cero “0” * Si el primer dígito que se va a descartar es igual o mayor que 0.5, se reporta la unidad siguiente. Energía 86.51 Cal 87 Cal Si el dígito que se va a descartar es menor que 0.5 se deja la unidad anterior. Energía 86.35 Cal 86 Cal

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III. CRITERIOS GENERALES DE IMPLEMENTACIÓN

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III. CRITERIOS GENERALES DE IMPLEMENTACIÓN

Grasa Saturada Se reporta en gramos (g) y el criterio de aproximación para el redondeo es el siguiente:

Azúcares Se reportan en gramos (g) y el criterio de aproximación para el redondeo es:

Redondeo al primer decimal: * Menos 0.5 g se declara en cero “0” * Si el dígito que se va a descartar es igual o mayor que 0.5, se reporta la unidad siguiente. Grasa Saturada 5.75 g 5.8 g

Redondeo al primer decimal: * Menor a 0.5 g se declara en cero “0” * Si el dígito que se va a descartar es igual o mayor que 0.5, se reporta en una unidad el dígito siguiente.

* Si el dígito que se va a descartar es menor que 0.5 se deja el dígito anterior. Grasa Saturada 5.72 g 5.7 g

Azúcares 3.75 g 3.8 g 29

Si el dígito que se va a descartar es menor que 0.5 se deja el dígito anterior. Azúcares 3.72 g 3.7 g


III. CRITERIOS GENERALES DE IMPLEMENTACIÓN

Sodio Se reportan en miligramos (mg) y los criterios de aproximación son: * Se redondea a enteros * Menos 5 mg es igual a cero “0” * Si el dígito que se va a descartar es igual o mayor que 0.5, se reporta en una unidad el dígito siguiente.

III. CRITERIOS GENERALES DE IMPLEMENTACIÓN

Valores Nutrimentales de Referencia (VNR) Los porcentajes de los VNR’s se determinarán con el siguiente criterio de aproximación: Redondeo en números enteros: * Si el dígito que se va a descartar es igual o mayor que 0.5, se reporta en una unidad el dígito siguiente.

Sodio 136.5 mg 137 mg 30

Si el dígito que se va a descartar es menor que 0.5 se deja el dígito anterior. Sodio 136.3 mg 136 mg

Energía 130 Cal 6.50% 7% * Si el dígito que se va a descartar es menor que 0.5 se deja el dígito anterior. Energía 126 Cal 6.30% 6% * Cuando el valor de un nutrimento sea igual a “0” se declara en cero “0”.

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III. CRITERIOS GENERALES DE IMPLEMENTACIÓN

III. CRITERIOS GENERALES DE IMPLEMENTACIÓN

6. GLOSARIO Ácidos Grasos Saturados. También conocidos como grasas saturadas, estos carecen de dobles ligaduras. Se recomienda que no excedan más de una tercera parte de los ácidos grasos consumidos. Azúcares. Todos los monosacáridos y disacáridos presentes en un alimento o bebida no alcohólica2.

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Caloría. Es la cantidad de calor necesario para aumentar la temperatura de 1L de agua de 14.5 a 15.5 °C a presión normal. En nutrición se utiliza el término de kilocaloría ( kcal ) o Caloría (Cal) indistintamente. Una kcal/Cal es una unidad de medida que equivale a mil calorías, a 4.185 kilojoules (Kj) o a 4185 joules (J). Checa y Elige Claves de Nutrición. Representación gráfica que, mediante el etiquetado, provee al consumidor información acerca de los contenidos de calorías, grasas saturadas, azúcares, sodio y otros nutrimentos en alimentos y bebidas no alcohólicas, así como de su relevancia en el contexto de la dieta de un individuo adulto sano.

Energía. En nutriología es el resultado de la degradación oxidativa de los hidratos de carbono, los ácidos grasos y los aminoácidos. La energía se transforma con el fin de generar trabajo como el crecimiento, el mantenimiento, el transporte y la concentración de sustancias, así como para efectuar actividades físicas e intelectuales. 3 Etiqueta. Cualquier rótulo, marbete, inscripción, imagen u otra materia descriptiva o gráfica, escrita, impresa, estarcida, marcada, grabada en alto o bajo relieve, adherida o sobrepuesta o fijada al envase del producto preenvasado o, cuando no sea posible por las características del producto, al embalaje.4 Envase. Cualquier recipiente o envoltura en el cual está contenido el producto preenvasado para su venta al consumidor.4 Envase múltiple o colectivo. Cualquier recipiente o envoltura en el que se encuentran contenidos dos o más unidades de producto preenvasado iguales o diferentes, destinadas para su venta al consumidor en dicha presentación.5 3 Glosario de términos para la orientación alimentaria. Cuadernos de Nutrición Vol.24 Num.1 Enero-Febrero 2001

2 Norma Oficial Mexicana NOM-051-SCFI/SSA1-2010, Especificaciones generales de etiquetado para alimentos y bebidas no alcohólicas preenvasados.

4 Norma Oficial Mexicana NOM-051-SCFI/SSA1-2010, Especificaciones generales de etiquetado para alimentos y bebidas no alcohólicas preenvasados. 5 Consulta FAO/OMS de expertos. Grasas y aceites en la nutrición humana. Roma, FAO 1997

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III. CRITERIOS GENERALES DE IMPLEMENTACIÓN

Grasa. Todos los lípidos de los tejidos vegetales y animales que se ingieren como alimentos. Las grasas (sólidas) o aceites (líquidos) más frecuentes son una mezcla de triacilglicéridos (triglicéridos) con cantidades menores de otros lípidos. Los ácidos grasos presentes en varias moléculas de lípidos constituyen la parte con mayor interés nutritivo.5 Individuo Sano. Se considera como individuo sano a la mujer adulta no embarazada ni lactante, que tiene un peso corporal adecuado para su edad y estatura y que realiza ejercicio de forma cotidiana.

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Ingestión diaria recomendada (IDR). Se obtiene sumando dos desviaciones típicas al promedio de los requerimientos con el fin de cubrir las necesidades de 97.5% de los individuos en la población. Ingestión diaria sugerida (IDS). Se usa en lugar de la IDR en los casos en que la información sobre requerimientos sea insuficiente. Límite superior de consumo (LSC). Establece la ingestión diaria que no se debe de sobrepasar y que tiene, por lo tanto, un sentido precautorio.

III. CRITERIOS GENERALES DE IMPLEMENTACIÓN

Nutrimento. Cualquier sustancia incluyendo a las proteínas, aminoácidos, grasas o lípidos, carbohidratos o hidratos de carbono, agua, vitaminas, minerales y nutrimentos inorgánicos (minerales) consumida normalmente como componente de un alimento o bebida no alcohólica que: proporciona energía o es necesaria para el crecimiento, el desarrollo y el mantenimiento de la vida o cuya carencia haga que se produzcan cambios químicos o fisiológicos característicos. Panel Frontal. Definido este como la superficie principal de exhibición del envase. Porción Cantidad de producto que se sugiere consumir o generalmente se consume en una ingestión, expresada en unidades del Sistema General de Unidades de Medida. Producto preenvasado. Los alimentos y bebidas no alcohólicas, que son colocados en un envase de cualquier naturaleza, en ausencia del consumidor, y la cantidad de producto contenido en él no puede ser alterada, a menos que el envase sea abierto o modificado perceptiblemente. Requerimiento nutrimental promedio (RNP). Es la cantidad de un nutrimento o componente de la dieta que cada individuo necesita ingerir para lograr una nutrición óptima. Sal. Equivalente del cloruro de sodio, así como de otras fuentes como nitratos de sodio, carbonatos de sodio y fosfatos de sodio.6

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III. CRITERIOS GENERALES DE IMPLEMENTACIÓN

III. CRITERIOS GENERALES DE IMPLEMENTACIÓN

7. ANEXO 1 Sodio. Nutrimento inorgánico indispensable para el funcionamiento del organismo. Es uno de los elementos de la sal que por razones fisiológicas y socioculturales se añade a los alimentos.

Tabla de equivalentes*

Superficie principal de exhibición. Es aquella área donde se encuentra la denominación y la marca comercial del producto. Se determina conforme a lo establecido en la NOM-030SCFI-2006, Información Comercial-Declaración de Cantidad en la Etiqueta-Especificaciones. Para superficie de envase cilíndricos y botellas, se considera 40% del resultado de multiplicar la altura del envase, excluyendo bordes, cuellos y hombres, por el perímetro de la circunferencia mayor. 36

Valores Nutrimentales de Referencia (VNR)7. Están dirigidos a poblaciones sanas y representan la ingestión diaria deseable, como promedio de varios días a lo largo de cierto período, que cubre los requerimientos nutrimentales (RN) de cierta proporción de los individuos en una población. Los 4 principales VNR son: Ingestión Diaria Recomendada (IDR), Ingestión Diaria Sugerida (ISR), Requerimiento Nutrimental Promedio (RNP) y Límite Superior de Consumo (LSC).

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Valor Energético Total (VET) Es la cantidad diaria de energía que necesita un individuo sano. 6 Definición establecida por el grupo de trabajo de la Confederación de la Industria de Alimentos y Bebidas de la Unión Europea (Confederation of the Food and Drink Industries of the EU CIAA). 7 Bourges, Héctor, et al. 2005 Recomendaciones de Ingestión de Nutrimentos para la Población Mexicana. Bases Fisiológicas. Tomo 1. Editorial Médica Panamericana.

*Bourges H, Casanueva E, Rosado JL. Recomendaciones de ingestión de nutrimentos para la población mexicana. Tomo 2. México: Editorial Médica Panamericana, 2008


III. CRITERIOS GENERALES DE IMPLEMENTACIÓN

8. ANEXO 2 NOM-051-SCFI/SSA1-2010* PARÁMETRO DE REDONDEO NUTRIMENTO Contenido Energético < 5 cal - reportar 0 < 50 cal - expresar en múltiplos de 5 cal o Calorías > 50 cal - expresar en múltiplos de 10 cal Grasas o lípidos Colesterol

< 2 mg - reportar 0 2-5 mg - reportar “menos de 5 mg” > 5 mg - expresar en múltiplos de 5mg < 5 mg - reportar 0 5 - 140 mg - expresar en múltiplos de 5 mg > 140 mg - expresar en múltiplos de 10 mg

Sodio Potasio 38

< .5 g - reportar 0 < 5 g - expresar en múltiplos de 0.5 g > 5 g - redondear al entero más cercano

Carbohidratos y sus < 0.5 g – reportar 0 < 1 g – reportar “contiene menos de 1 g” o componentes “menos de 1 g” Fibra Dietética > 1 g redondear al entero más cercano < 0.5 g – reportar 0 < 1 g – reportar “contiene menos de 1 g” o “menos de 1 g” > 1 g redondear al entero más cercano

Proteína

Vitaminas y Minerales

Expresar en porcentaje del VNR < 2% del VNR- reportar 0 ≤ 10% del VNR – expresar en múltiplos de 2% > 10% - 50% del VNR - expresar en múltiplos de 5% > 50% de VNR – expresar en múltiplos de 10%

* Tabla modificada para la aplicación de este manual.

DERECHOS RESERVADOS ©2011 Primera edición Consejo Mexicano de la Industria de Productos de Consumo, A.C.(CONMEXICO) Av. Ejército Nacional #904 Piso 10, Col. Palmas Polanco Del. Miguel Hidalgo, D.F. CP 11560.


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